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La protección al consumidor en el Perú y sus principales problemas



  1. Introducción
  2. Perspectivas del derecho del consumidor
  3. Institución encargada de la defensa del consumidor
  4. Código de protección y defensa del consumidor
  5. ¿Cuáles son los problemas más comunes que enfrentan hoy los consumidores?
  6. Principales problemas del consumidor
  7. Conclusiones
  8. .Anexos
  9. Glosario
  10. Bibliografía

Introducción

La protección al consumidor en el Perú es un tema muy amplio del cual muy pocas personas conocen, por lo que podemos observar en la actualidad como estos derechos en su mayoría no son cumplidos.

Lamentablemente en nuestro país existen muchos casos, en el cual los consumidores se han visto afectados por el incumplimiento de sus derechos por parte de los proveedores y también por las entidades que dicen ser defensoras de los consumidores y no han sabido cumplir con su función, no actuado en el momento indicado.

En esta presente monografía abordaremos al consumidor y sus principales problemas, y como día a día son afectados por estos y que a pesar de eso las autoridades encargadas de velar por el bienestar del consumidor no se preocupan en defender al consumidor, ni brindar una adecuada información sobre sus derechos, es por esta razón que en estos capítulos podremos conocer lo más relevante que debemos saber y aprender cómo consumidores, para hacer prevalecer nuestros derechos.

Perspectivas del derecho del consumidor

La aparición del Derecho del Consumidor se desarrolla a partir de una perspectiva individualista y reparadora (protección del individuo-consumidor hasta llegar a cubrir al público-consumidor),

Gradualmente, sin embargo, se fue comprendiendo que el Derecho del Consumidor tenía que ser fundamentalmente preventivo, en función de ciertas características del mercado: la velocidad de sus transformaciones; la aparición diaria de nuevas y más complejas modalidades de negocios y tecnologías; la vulnerabilidad del consumidor, bien para buscar su reparación; la naturaleza y dimensión de los accidentes de consumo, muchas veces de difícil reparación (cuando no imposible), etc.

Esta característica preventiva del Derecho del Consumidor, hoy preponderante en la nueva disciplina, tiene dos vertientes. Una es la de impedir que la fragmentación de la relación de consumo cause perjuicios al consumidor. Otra es la de prevenir que el conflicto de consumo venga a debilitar el propio mercado, y con ello, el orden capitalista, porque el Derecho del Consumidor, así como el Derecho Económico, es "una acción tendiente a la preservación del mercado -en cuanto mecanismo de coordinación del proceso económico- teniendo en cuenta el interés social".

En esta perspectiva, el INDECOPI creo hace algunos años un servicio especial de atención en materia del consumidor llamado OSCAR (Oficina de Servicio de Consultas y Atención de Reclamos), y el Servicio de Atención al Consumidor (SAC), pero eso no basta porque no es parte de una política integral del Estado en esta materia, es sólo un esfuerzo individual muy focalizado.

Institución encargada de la defensa del consumidor

INDECOPI

Es un Organismo Público Especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno. En consecuencia, goza de autonomía funcional, técnica, económica, presupuestal y administrativa.

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Misión

Es Propiciar el buen funcionamiento del mercado, para beneficiar a los ciudadanos, consumidores y empresarios, en la defensa de los consumidores, la prevención y fiscalización de prácticas restrictivas de la libre y leal competencia, la protección de la propiedad intelectual y la promoción y desarrollo de una infraestructura y cultura de la calidad en el Perú.

Visión

Que los ciudadanos, consumidores y empresarios se beneficien de un mercado que opera sin distorsiones, gracias a la labor técnica, proactiva, oportuna, predecible y confiable del INDECOPI, la misma que garantiza un entorno de libre y leal competencia en el que se respetan los derechos de los consumidores, así como los derechos de propiedad intelectual, y se promueve una infraestructura y cultura de calidad

Funciones de Indecopi

  • Ejecutar una política nacional y un plan nacional para proteger al consumidor.

  • Propone normativas y da opiniones de los sectores productivos.

  • Ejecuta acciones para mejorar la protección al consumidor.

  • Dar orientación a los consumidores.

  • Establecer un sistema de alerta sobre productos y servicios peligrosos.

  • Elaborar y presentar el informe anual del estado.

Órganos funcionales

Son los órganos internos que desempeñan la función ejecutiva en el Indecopi, y velan por el correcto desenvolvimiento de los agentes económicos (consumidor) que concurren en el mercado, garantizando el respeto de los derechos de los consumidores, las normas de la honesta competencia

  • Comisión de Defensa de la Libre Competencia (CLC)

  • Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CEB)

  • Comisión de Fiscalización de Dumping y Subsidios (CFD)

  • Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal (CCD)

  • Comisión de Normalización y Fiscalización de Barreras Comerciales no Arancelarias (CNB)

  • Comisión de Procedimientos Concursales (CCO)

  • Comisión de Protección al Consumidor (CPC)

  • Servicio Nacional de Metrología (SNM)

  • Servicio Nacional de Acreditación (SNA)

Código de protección y defensa del consumidor

Este código establecerá las normas de protección y defensa de los consumidores, además establecerá los principios de protección de los derechos de los consumidores, quienes podrán acceder a productos y servicios idóneos y que gocen de los derechos y los mecanismos efectivos para su protección. Sus disposiciones se aplican a las relaciones de consumo que se dan en territorio nacional

Consumidor o usuario

Persona natural o jurídica que: adquiere, utiliza, es el destinatario final de los productos o servicios en beneficio propio.

Asociaciones de consumidores

Su finalidad es: proteger, defender, informar y representar a los consumidores e interponer ante autoridades superiores reclamos y denuncias a nombre de sus asociados.

Principios del consumidor

  • Soberanía: Fomentar las decisiones libres e informadas
    de los consumidores

  • Pro Consumidor: El Estado ejerce una acción tuitiva
    a favor de los consumidores.

  • Transparencia: Los proveedores generan una plena accesibilidad
    a la información a los consumidores acerca de los productos o servicios.

  • Corrección de asimetría: Las normas de protección
    al consumidor buscan corregir las malas prácticas generadas por la
    asimetría informativa.

  • Buena Fe: Tanto consumidores, proveedores y asociaciones de
    consumidores deben guiar su accionar de acuerdo al principio de buena fe
    de confianza y lealtad entre las partes.

  • Protección Mínima: Al establecerse este principio
    no se impide que las normas sectoriales puedan dispensar un nivel de mayor
    protección.

  • Pro Asociativo: El Estado facilita la actuación de
    las asociaciones de consumidores.

  • Primacía de la realidad: Se consideran situaciones
    y relaciones económicas que efectivamente se realicen, persigan o
    establezcan.

Derechos de los consumidores

  • Protección eficaz respecto a los productos.

  • Información oportuna, suficiente, veraz.

  • Protección contra cláusulas abusivas e información interesadamente equivoca.

  • Derecho a un trato justo y equitativo y a no ser discriminados.

  • Derecho a la reparación o reposición del producto o en casos previstos a la devolución de la cantidad pagada.

  • Derecho a elegir libremente entre productos y servicios idóneos y de calidad.

  • Derecho a la reparación y a la indemnización por daños.

  • Derecho al pago anticipado con la consiguiente reducción de los intereses.

Información a los consumidores

Información Relevante

El proveedor tiene la obligación de ofrecer al consumidor toda la información relevante para tomar una decisión o realizar una decisión adecuada de consumo, prohibiendo la información falsa o que induzca al error al consumidor.

Información sobre la integridad del precio

El proveedor debe indicar en forma destacada el precio total de los productos que puso a la venta.

Asimismo los consumidores no pueden ser obligados al pago de sumas o recargos adicionales al precio fijado.

Los establecimientos que expenden comidas, bebidas y los servicios de hotelería y hospedaje están obligados a colocar sus listas de precio en el exterior de forma accesible para el consumidor.

Información de precios en moneda nacional o extranjera

En lugares visibles del local, carteles, avisos debe haber información sobre el tipo de cambio aceptado para efectos de pago si el precio se anuncia en moneda extranjera.

Información sobre medio de pago

Las rebajas o descuento el consumidor puede utilizar cualquier medio de pago, salvo que el proveedor ponga en su conocimiento restricciones y forma de pago.

Información acerca de productos envasados

Estos deben tener de manera visible la información.

Protección al consumidor frente a la publicidad

La protección del consumidor frente a la publicidad engañosa tiene por finalidad proteger a los consumidores de la asimetría informativa y de publicidad engañosa o falsa.

La publicidad sobre promociones debe consignarse en cada uno de los anuncios que lo conforman.

Cuando exista condiciones y restricciones deben ser informadas de forma clara, destacada y de manera que sea fácil y advertible al consumidor.

En cuanto a la publicidad dirigida a menores de edad se debe respetar la ingenuidad, la credulidad, la inexperiencia el sentimiento de lealtad de los menores.

La Comisión de la Competencia Desleal del Indecopi es la autoridad encargada de forma exclusiva y excluyente para conocer en primera instancia la verificación de las normas que regulan la publicidad en protección al consumidor.

Idoneidad

Es lo que el consumidor espera y lo que efectivamente recibe, esta se evalúa en función a su propia naturaleza del producto o servicio y a su aptitud para satisfacer por qué ha sido puesto en el mercado.

Garantías

Estas se obtienen mediante la comparación del producto o servicio con las garantías que el proveedor está brindando y a las que está obligado.

Las garantías pueden ser legales explicitas o implícitas:

  • Legal: Por mandato de la ley o de las regulaciones vigentes no se permite la comercialización de un producto o prestación de servicios.

  • Explicita: Es cuando se deriva de los términos y condiciones expresadamente ofrecidas por el proveedor al consumidor en el contrato.

  • Implícita: Cuando el producto cumple los fines y usas previsibles para los que han sido adquiridas por el consumidor.

Servicios de reparación

El prestador de servicio está obligado a brindar el servicio diligentemente.

El consumidor puede dejar en dicho documento cualquier observación que considere pertinente respecto de lo anterior.

Deber general de seguridad

Los productos o servicios ofertados en el mercado no deben conllevar riesgos injustificados o no advertido.

Si se tratase de un daño grave a la vida o salud de los consumidores, las advertencias deben ser difundidas de inmediato.

Inocuidad de los alimentos

Los consumidores tienen derecho a consumir alimentos inocuas, de conforman con la legislación unitaria.

Etiquetado y denominaciones a los alimentos

Deben llevar etiquetas que refleje su verdadera naturaleza, sin generar confusión ni engaño al consumidor.

Prohibición de discriminación de consumidores

Está prohibida la exclusión de personas sin que me midan causas de seguridad de establecimiento o tranquilidad de sus clientes.

Información sobre consumidores en centrales privadas de trabajo

El consumidor tiene derecho la actualización de su registro en una central de riesgo, dentro de un plazo no mayor a 5 días hábiles contados.

Protección mínima del contrato de consumo

No pueden incluirse clausulas o ejercerse prácticas que impongan obstáculos.

Métodos comerciales agresivos o engañosos

Los métodos comerciales agresivos o engañosos disminuye significativamente la libertad del consumidor, ya que representa acoso, coacción, influencia indebida o el dolo. Por lo mismo se defiende al consumidor, de que:

  • Crea que obtendrá un premio realizando un determinado acto, cuando en verdad no existe dicho premio o este sujeto a pago o incurra a un gasto.

  • Se le proporcione información cambiada de la original (sin no habérsele informado), en el momento de celebrar la contratación.

  • No le informen sobre el cambio de las condiciones del producto o servicio antes de la celebración del contrato.

  • Reciba visitas a su domicilio o proposiciones no solicitadas por algún medio, de manera persistente e impertinente, ignorando su petición para que cese estas actividades.

  • Aquellos consumidores que han sido incorporados en el registro implementado por Indecopi (mediante números telefónicos y direcciones electrónicas) estén sujetos a las modalidades de promoción cuando no lo desean.

Si ocurriera cualquiera de estos casos el consumidor tiene derecho a la restitución inmediata de las prestaciones materia del contrato de consumo dentro de un plazo de 7 días calendarios (contados a partir del día en que se produjo la contratación del producto o servicio o desde el día de su recepción o inicio de su ejecución), siempre y cuando el consumidor haya comunicado fehacientemente al proveedor sobre ello y proceda a la devolución de los productos recibidos o solicite la interrupción del servicio contratado. Es irrenunciable el derecho de la restitución.

Está prohibido afectar la reputación del consumidor cuando los proveedores usan métodos de cobranza que atenten la privacidad del hogar, afecten las actividades laborales o la imagen ante a terceros de los consumidores.

Protección al usuario de los servicios públicos

La protección al usuario de los servicios públicos son regulados por los organismos reguladores. Para eso cada organismo regulador debe efectuar la permanente fiscalización de la medición del servicio, de las condiciones de facturación, y desarrollar sus facultades de sanción.

Los principios que se rigen en la tramitación de los procedimientos de reclamación interpuestas por los usuarios de los servicios públicos regulados son:

  • Principio de celeridad: Las reclamaciones de los usuarios
    deben ser atendidas y solucionadas sin exceder el plazo fijado, si el proveedor
    excede dicho plazo se le da la razón al reclamante.

  • Principio de concentración procesal: Las reclamaciones
    de los usuarios deben ser atendidas y solucionadas tendiendo a una reducción
    de los actos procesales sin afectar el derecho al debido procedimiento.

  • Principio de simplicidad: Los procedimientos de reclamaciones
    de usuarios deben ser atendidos y solucionados con las formalidades mínimas
    asegurando protección a los derechos del usuario.

  • Principio de transparencia: Las reclamaciones de los usuarios
    deben ser atendidas y solucionadas, garantizando el acceso de estos al expediente
    y a la información sobre el procedimiento, en cualquier etapa de
    las mismas, con restricciones que establezca la Ley.

  • Principio de no discriminación: En los procedimientos
    de reclamaciones, no se discrimina entre los usuarios de servicios de naturaleza
    equivalente.

  • Principio de responsabilidad: Los órganos competentes
    a cargo de la tramitación de las reclamaciones presentadas por los
    usuarios son responsables de los actos procesales que ejecutan.

  • Principio de Gratuidad: La interposición de reclamaciones
    de los usuarios de servicios públicos es gratuita

  • Principio de eliminación de exigencias costosas: No
    se exige la presentación de documentos que contengan información
    que la propia entidad que los solicita posea o deba poseer por haber sido
    generada en cumplimiento de sus funciones.

  • Principio de buena fe en los procedimientos: Las partes intervinientes
    en un procedimiento de reclamación realizan sus respectivos actos
    procedimentales guiadas por el respeto mutuo, la colaboración y la
    buena fe.

Atención de reclamaciones

Los prestadores de los servicios públicos deben implementar un sistema en el que deben registrarse todas las reclamaciones que presenten los usuarios de los servicios públicos para eso debe proporcionar al usuario reclamante información oportuna respecto al estado de los procedimientos de reclamación.La empresa proveedora del servicio público debe remitir de forma periódica al organismo regulador correspondiente, un reporte de las reclamaciones presentadas, de acuerdo a su respectiva regulación sectorial.Los usuarios tienen derecho a recibir el servicio público de acuerdo con los parámetros de calidad y condiciones establecidos por la normativa sectorial correspondiente.Los usuarios de servicios públicos tienen derecho a la continuidad del servicio.

Procedimiento sumarísimo

Para establecer un procedimiento ágil, el consejo directivo crea órganos resolutivos. Cada órgano jurídico como primera instancia procesa denuncias cuya suma no supere las 3 UIT, sobre requerimientos de información, etc. No puede conocer denuncias que involucren productos peligrosos.

Debe tramitarse en un plazo no mayor a treinta días. Solo se pude entregar medios probatorios documentales.

El Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumaristico tiene un jefe que cuenta con autonomía y tiene como función resolver en primera instancia los procedimientos sumaristico,

La defensa de los derechos del consumidor puede realizarse a beneficio del interés individual, colectivo y difuso.

  • Interés colectivo: Se reclama un derecho común para varios consumidores que tienen un mismo proveedor.

  • Interés difuso: Derecho que se reclama para un número no determinados de consumidores.

Procedimiento sobre los procesos legales

Indecopi está facultada para promover procesos de defensa del interés colectivo y delegar estas acciones a las asociaciones de consumidores reconocidas; en el proceso se puede alcanzar pretensiones de indemnización por daños y perjuicios, reparación o sustitución de productos, etc. INDECOPI representa a todos los consumidores, salvo que este manifieste su voluntad de renunciar a su derecho o hacerlo por separado. Cuando se da la sentencia Indecopi deberá devolver a los consumidores que se apersonen la cantidad proporcional, de no ser así después de un año el saldo será transferido a un fondo especial. Las asociaciones de consumidores deberán seguir el mismo proceso.

Las funciones del consejo nacional de protección al consumidor

El consejo nacional de protección al consumidor constituye un órgano de coordinación y está compuesto 15 representantes de diferentes instituciones

  • Proponer políticas de protección del consumidor.

  • Da recomendaciones sobre sectores de consumo.

  • Emite opinión sobre programas para la protección del consumidor.

  • Es el intermediario entre el sector público y privado.

Libro de reclamaciones

Todo establecimiento comercial debe contar con un libro de reclamaciones virtual o físico, debe estar en un lugar visible y accesible, el consumidor puede exigir el libro de reclamaciones para formular su queja

¿Cuáles son los problemas más comunes que enfrentan hoy los consumidores?

Los llamados telefónicos insistentes para ofrecerles productos y la recepción de ofertas no deseadas por correo electrónico generan las mayores dificultades.

Cuáles son las quejas más populares y cómo responden las empresas

Las insistentes llamadas de los call centers

Para ofrecer productos y servicios y el envío de spam son las conductas de las empresas que más dolores de cabeza generan a los usuarios, tanto para hombres como para mujeres, el inconveniente que han sufrido más comúnmente durante el último año son los llamados telefónicos insistentes para ofrecerles productos y la recepción de ofertas no deseadas por correo electrónico.

Pese a la frecuencia de este problema, los consumidores no suelen iniciar quejas ante las empresas por esta situación.

Las trabas y complicaciones: que encuentran al momento de intentar dar de baja un servicio o rescindir un contrato. Si bien no se observan mayores diferencias sobre los problemas experimentados por los consumidores de diferentes edades, los jóvenes se quejan algo más de que les cobraron un precio distinto al exhibido (53 contra 37% en los adultos) y de haber adquirido algo que les vino fallado (60% contra 42% entre los adultos).

El estudio también advierte que 8 de cada 10 personas aún no tiene conocimiento de los nuevos derechos que le otorga la Ley de Defensa del Consumidor.

Del total de consultados, 9 de cada 10 alguna vez tuvo inconvenientes con respecto a la contratación o compra de productos o servicios. De ese total, 6 efectuó en alguna ocasión un reclamo ante una entidad de defensa del consumidor.

Sin embargo, muchos desisten de reclamar ante las empresas, desalentados por el temor a perder tiempo y por las dificultades para comunicarse con alguien capacitado para dar una respuesta.

RECLAMOS

  • No respetar los tiempos y la forma en que se debe brindar un servicio es la situación que más moviliza los reclamos de los clientes ante las empresas.

  • Un bien adquirido recientemente está fallado

  • Dificultades para rescindir contratos, respectivamente.

Los consumidores no suelen iniciar quejas ante las empresas por la complicación del proceso y la pérdida de tiempo que les ocasionaría. En la mayoría de los casos, los clientes no reciben respuesta ni positiva ni negativa. Los productos o servicios con más reclamos son Internet y telefonía móvil.

Con la misma finalidad de que los consumidores denuncien a los proveedores que infringen sus derechos, se puede incentivar que a través de asociaciones o por medio de class actions, hagan seguimiento y denuncien infracciones, bajo la expectativa de recibir indemnizaciones que compensen su inversión. Actualmente hay una limitación para que el Indecopi otorgue indemnizaciones que podría ser cambiada por una ley (aunque hay quienes discutirían su constitucionalidad). El sinceramiento de la tasa y la posibilidad de que el denunciante sea condenado al pago de costas y costos mitigarían el riesgo de las denuncias maliciosas.

Principales problemas del consumidor

1° caso:

A veces muchos de nosotros solo vamos a ingerir alimentos sin saber si estos son debidamente almacenados y son protegidos de los insectos que pueden infectar los alimento, se tiene que tener prudencia a la hora de escoger un lugar en donde puedas asegurar tu bienestar ya que tu salud es lo único que importa.

2° caso:

Si bien es cierto el comedor viene a formar parte de un derecho de los propios alumnos tenemos que estar debidamente informados sobre cada cosa que ocurra tanto dentro como fuera de las instalaciones del comedor porque de alguna u otra forma afecta a los propios estudiantes.

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3° caso:

Tal vez ocurre muy a menudo que por los mercados se venda productos en remate o a bajo precio de lo normal podría ser porque ya vencieron o estén a punto de vencer, muchos de nosotros al ver que está muy barato lo compramos sin saber que nos hacemos un daño a nosotros mismos al consumir productos vencidos.

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Conclusiones

En este trabajo hemos tratado los derechos del consumidor y sus principales problemas, a fin de comprender la importancia que tiene el poder saber cuáles son los derechos del consumidor. El objetivo es que las personas tomen conciencia de lo importante que es hacer cumplir nuestros derechos y no quedarse callados.

Como resultado de este trabajo podemos concluir que existe una gran desinformación por parte de los consumidores con respecto a sus derechos, por eso es que podemos observar muchos casos donde los proveedores se aprovechan de esta desinformación.

Por otro lado también podemos ver que las autoridades encargadas de la defensa del consumidor (Indecopi), no está cumpliendo con su labor de fiscalizar a los proveedores y defender a los consumidores, es por eso que la mayoría de usuarios ante los problemas que aparecen al comprar un producto, no tienen la confianza de tomar las acciones correspondientes porque piensan que es pérdida de tiempo.

.Anexos

RECLAMOS EN EL SECTOR INMOBILIARIO

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SEMANA DEL CONSUMIDOR

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ESTADISTICAS SOBRE RECLAMACIONES

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LIBRO DE RECLAMACIONES

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ESTADISTICAS SOBRE MOTIVOS POR QUE NO RECLAMAN

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PRINCIPALES PROBLEMAS DE LA PRESTACION DE SERVICIOS PUBLICOS

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Glosario

Procedimiento Sumarísimo: Hace referencia a cierta clase de juicios, tanto civiles como criminales, a que por la urgencia o sencillez del caso litigioso, o por la gravedad o flagrancia del hecho criminal, señala la ley una tramitación brevísima.1 En dicho proceso judicial, las distintas partes ordinarias del mismo se acumulan en un solo acto y, generalmente, en un solo momento.

Perspectiva: Sistema de representación espacial sobre una superficie plana: los pintores renacentistas impulsaron la técnica de la perspectiva. Obra o representación ejecutada con esta técnica. Paisaje o conjunto de cosas vistas desde un punto determinado, especialmente desde lejos.

Interés difuso: versan sobre cuestiones que afectan bienes esenciales de la vida, no sólo de la individual, sino de las cuestiones que comparte una pluralidad de personas en determinado lugar o espacio ambiental.

En este sentido, los intereses difusos corresponden por ejemplo a los siguientes derechos: acceso a la cultura, derecho a la protección de la salud, derecho a la educación, etc.

Legislación: Se denomina legislación al cuerpo de leyes que regularán determinada materia o ciencia o al conjunto de leyes a través del cual se ordena la vida en un país, es decir, lo que popularmente se llama ordenamiento jurídico y que establece aquellas conductas y acciones aceptables o rechazables de un individuo, institución, empresa, entre otras.

Rendimiento del efectivo: Porcentaje neto del flujo de efectivo de una propiedad y la cantidad media de capital invertido durante el año de funcionamiento especificado.

Bibliografía

PRESIDENCIA DE CONSEJO DE MINISTROS (2014) [En línea]. El consumidor peruano se encuentra fortalecido con normas realistas y herramientas que le permitan tomar mejores decisiones de compra. Disponible en: hhtp://www.pcm.gob.pe/2014/03/indecopi-el-consumidor-peruano-se-encuentra-fortalecido-con.normas-realistas-y-herramientas-que-le-permitem-tomar-mejores-decisiones-de-compra/ (2015, 18 de Junio)

INDECOPI, (2010) [EN LINEA]. Código de protección y defensa al consumidor. Disponible en: http://www.indecopi.gob.pe/repositorioaps/0/8/jer/legislacion_lineamientos/CodigoDProteccionyDefensaDelConsumidor.pdf (2015,15 de junio).

PERU ECONOMICO (2012) [En línea]. El sistema de protección al consumidor. Disponible en: http://perueconomico.com/ediciones/69/articulos/1257 (2015, 15 de Junio)

Baltazar, D (2011) [En línea]. Los vacíos del Nuevo Código de Protección y Defensa del Consumidor y su repercusión en los derechos del consumidor, perspectivas y efectos en el Derecho Civil. Disponible en: http://www.usmp.edu.pe/derecho/instituto/revista/articulos/inv_consumidor.pdf (2015, 15 de junio)

INDECOPI (2015) [En línea]. Sobre el Indecopi. Disponible en: http://www.indecopi.gob.pe/0/modulos/JER/JER_Interna.aspx?ARE=0&PFL=0&JER=600 (2015, 16 de junio)

 

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Autor:

Alcantara Siapo, Lizeth

Barrantes Aréstegui, Angello

Díaz Fernández, César Enrique

Chilón Rodríguez, Yesenia Katherine

Idrogo Peña, Kelly Allison

Leiva Gutierrez, Elie Mayte

Tunque Fabian, Maribi Sheyla

DOCENTE: HIDALGO TUPIA, MANUEL ALBERTO

ASIGNATURA: TEORÍA ECONÓMICA

AÑO: 2015

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