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La atenuante de dilaciones indebidas en el código penal español (página 2)



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[1] La entrada en vigor de la citada Ley se produjo el día 23 de Diciembre de 2010, tras una vacatio legis de seis meses

[2] Para algunos autores como MIR PUIG el fundamento de las circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal residen en que a través de las mismas se modifica el contenido del injusto, de la culpabilidad, o de la punibilidad. Otros autores como COBO-VIVES y GONZÁLEZ CUSSAC entienden que las mismas responden a razones de política criminal. Finalmente RUIZ VADILLO considera que pueden fundarse en la totalidad del ordenamiento jurídico o en el propio Derecho Natural.

[3] Las circunstancias que atenúan la responsabilidad criminal se comprenden en el Capítulo III, del Título I sobre La Infracción Penal, y Libro I que comprende las Disposiciones Generales sobre los Delitos y las Faltas, las Personas Responsables, las Penas, las Medidas de Seguridad y demás Circunstancias de la Infracción Penal.

[4] Pleno de la Sala del 2 de Octubre de 1992.

[5] Pleno de 29 de Abril de 1997.

[6] Pleno del 21 de Mayo de 1999.

[7] Ver Sentencia del Tribunal Supremo de 4 de Diciembre de 1981.

[8] Ver Sentencia del Tribunal Supremo de 3 de Abril de 1993.

[9] Ver Sentencia del TEDH de 15 de Julio de 1982 caso ECKLE.

[10] Ver Sentencia del Tribunal Supremo de 28 de Diciembre de 1999.

[11] Ver Sentencia del Tribunal Supremo 140/1998

[12] Ver Sentencias del TEDH de 28 de Julio de 1999 y de 28 de Octubre de 2003.

[13] Ver Sentencia del Tribunal Supremo312/1996 de 20 de Abril.

[14] Ver Sentencias del Tribunal Constitucional 51/85, 152/87 ,59/88 y 128/89.

[15] Ver Sentencia del Tribunal Supremo de 15 de Febrero de 1005.

[16] Ver Sentencia del Tribunal Supremo 79/2007.

[17] Ver Sentencia del Tribunal Supremo 1053/2007.

[18] Ver Sentencia del Tribunal Supremo 1288/2006 de 11 de Diciembre.

[19] Ver Sentencia del Tribunal Supremo 204/2004.

[20] Ver Sentencia del Tribunal Supremo 2172/2002.

[21] Ver Sentencia del Tribunal Supremo 182/2008.

[22] Ver Sentencia del Tribunal Supremo 283/2003.

[23] Ver Sentencia del Tribunal Supremo 1074/2004.

[24] Ver Sentencia del Tribunal Supremo 1074/2004.

[25] Ver Sentencia del Tribunal Supremo de 28 de Junio de 2006.

[26] Ver Sentencias del Tribunal Supremo 896/2008 y 291/2003.

[27] Ver Sentencia del Tribunal Supremo 85/2011 de 7 de Febrero de 2011.

[28] Ver Sentencia del Tribunal Supremo 739/2011 de 14 de Julio.

[29] “el derecho fundamental a un proceso sin dilaciones indebidas, que no es identificable con el derecho procesal al cumplimiento de los plazos establecidos en las leyes, impone a los órganos jurisdiccionales la obligación de resolver las cuestiones que les sean sometidas, y también ejecutar lo resuelto, en un tiempo razonable” asimismo establece que “ en particular debe valorarse la complejidad de la causa, el comportamiento del interesado y la actuación de las autoridades competentes”. También establece que “mas allá de la falta de unanimidad de la exigencia de esa denuncia previa, sí existe acuerdo en que no basta la genérica denuncia al transcurso del tiempo en la tramitación de la causa, sino que se debe concretar los periodos y demoras producidas”.

[30] “en cuanto a las dilaciones indebidas para su aplicación como muy cualificada esta Sala requiere la concurrencia de retrasos de intensidad extraordinarios, casos excepcionales y graves, cuando sea apreciable alguna excepcionalidad o intensidad especial en el retraso de la tramitación de la causa o en casos extraordinarios de dilaciones verdaderamente clamorosas y que se sitúan muy fuera de lo corriente o de lo más frecuente”.

[31] es en efecto, constante la doctrina de este Tribunal sobre el carácter indeterminado del concepto dilaciones indebidas y, por ello, la afirmación de que ha de estarse a las circunstancias de cada caso” también establece que “el transcurso del tiempo, como dato meramente empírico a describir, debe ser susceptible de ser calificado de extraordinario, lo que quiere decir algo más que contrario a la norma. Debe tratarse de algo que no sucede de ordinario por lo que no es común”.

[32] Ver Sentencia del Tribunal Supremo 184/2011 de 17 de Marzo.

[33] Ver Sentencia del Tribunal Supremo 184/2011 de 17 de Marzo.

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