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Antecedentes históricos y conceptuales del Derecho Informático



  1. Diferencias del Derecho Informático con la Informática jurídica
  2. Diferencias entre el Derecho Informático e Informática jurídica

Diferencias del Derecho Informático con la Informática jurídica

El desarrollo de las relaciones de producción que se vinieron dando a partir de los finales del siglo V y principios del IV milenio a.n.e, fueron el factor determinante para que las sociedades comenzaran a dividirse en clases, esto trajo consigo que la clase que poseía el poder concibiera un instrumento que facilitara la regulación de todas las actividades que se originaran a partir del trabajo del hombre.

Desde entonces comienzan a establecerse un cúmulo de relaciones sociales que conllevaron a que la clase económicamente dominante creara un medio o instrumento coactivo que respondiera a sus intereses e imponer su voluntad sobre el resto de la sociedad, es entonces cuando se comienza a implantar normas de obligatorio cumplimiento para regir todas las actividades que surgían producto del trabajo.

A esas normas en su conjunto o reglas de conducta, que tenían la misión de regular la vida social se les denomino derecho, convirtiéndose este en el instrumento de dominación y regulación de las relaciones sociales que se fueron dando a través de la historia y que respondían y reflejaban los intereses de la clase económicamente dominante y que por supuesto tenía el poder absoluto.

A partir de la segunda mitad del siglo XX en los años 50 se ha venido dando una revolución tecnológica que ha llegado a alcanzar un importante papel en la sociedad debido a su intervención en la mayoría de los sectores, como la política, economía, la educación y por supuesto el fenómeno jurídico no ha sido la excepción.

Este alto nivel de desarrollo que han alcanzado las ciencias informáticas ha dado al traste con el surgimiento de nuevas relaciones sociales que se dan precisamente mediante el uso y explotación de los medios informáticos que al derecho le interesa tutelar, lo cual ha conllevado a que se establezca una relación entre el derecho y la informática dando surgimiento a una nueva rama del ordenamiento jurídico denominada Derecho Informático.

Esta joven y novedosa rama jurídica tiene como objeto de estudio a la informática siendo conocida también en América Latina como Derecho de las Tecnologías de la Información y Comunicación. A diferencia de otras ramas jurídicas presenta una corta e incipiente evolución en su historia, pues para analizarla hay que tener en cuenta el desarrollo de la informática que en definitiva es su objeto de estudio.

Uno de los primeros autores que hace referencia al Derecho Informático es Norbert Wiener en el año 1949. Este autor se refiere a esta rama jurídica, en su obra consagra al derecho y las comunicaciones cuando expresa "…así los problemas de la ley deben considerarse como comunicativos y cibernéticos, es decir, son problemas de regulación ordenada y reproducible de ciertas situaciones críticas…"

Años más tarde específicamente en el 1970 en la universidad de Ratisbona Alemania, el Dr. Wilhelm Steinmuller es quien ya habla y se refiere al Derecho Informático (Rechts informatik) como rama del Derecho.

El Derecho Informático goza hoy en día de una serie de definiciones que han sido abordadas por distintos autores, no llegando a un consenso sobre una definición o conceptualización unánime de la joven rama antes mencionada por lo que a continuación expondremos algunas de estas definiciones.

Al Derecho Informático puede considerársele como las normas destinadas a brindar un respaldo legal a todos los procesos que originan relaciones jurídicas surgidas en el terreno de la informática. Asimismo puede llegar hacer el conjunto de legislación basada en principios e instituciones que se ajustan a aquellas relaciones sociales que surgen a través del uso de las tecnologías.

Según la enciclopedia libre electrónica. On line se considera Derecho Informático "El conjunto de principios y normas que regulan los efectos jurídicos de la interrelación entre el Derecho y la Informática".

En el año 2004 se realiza la publicación del diccionario especializado en las ciencias jurídicas de Filosofía y Teoría del Derecho e Informática jurídica en el que se plantea que es el "conjunto de normas que dentro determinado sistema jurídico regulan los procesos de información". (Pérez Luño, A. Enrique, Díaz Soriano, R. Luis, Torres Gómez, C. José.)

En el libro Derecho Informático, utilizado en América Latina como un fuerte referente bibliográfico de la materia, se plantea que es aquella rama de las ciencias jurídicas que contempla a la informática como instrumento (Informática jurídica) y como objeto de estudio (Derecho Informático)". (Téllez Valdéz Julio, p. 13).

De igual forma Téllez Valdés lo define como "un conjunto de principios y normas que regulan los efectos jurídicos nacidos de la interrelación entre el Derecho y la informática". (Valdéz, J. T. (2009). Conceptos y antecedentes del derecho informático. En J. T. Valdéz, Derecho informático (pág. 78). México: Mc Graw Hill).

De igual manera el Derecho Informático es definido como aquel "conjunto de principios y normas que regulan los efectos jurídicos nacidos de la interrelación de sujetos en el ámbito de la informática y sus derivaciones, especialmente en el área denominada "tecnología de la información". (Tato S. Nicolás).

"El Derecho Informático es la aplicación del derecho a la informática permitiendo que se adopten o creen soluciones jurídicas a los problemas que surgen en torno al fenómeno informático." (Núñez Ponce, Julio, p. 22).

Partiendo del análisis que hemos realizado sobre las distintas conceptualizaciones que han sido esbozadas por los autores sobre el Derecho Informático, nos permite llegar a una sistematización del mismo definiéndolo como aquella rama del derecho que fija principios, categorías, instituciones y disposiciones normativas, con carácter obligatorio, sistemático que orientan y regulan una esfera de las relaciones sociales que surgen y se desarrollan a partir de toda la actividad que se genera con el uso y explotación de los medios de la informática.

Diferencias entre el Derecho Informático e Informática jurídica

En este epígrafe pretendemos realizar una diferenciación entre el Derecho Informático y la Informática jurídica con el objetivo de evitar confusiones cuando se haga alusión a nuestro objeto de investigación y viabilizar el conocimiento sobre el mismo, debido a que ambas tanto el Derecho Informático, como la Informática jurídica presentan objetos de estudio diferentes.

Este autor coincide con los criterios expuestos por Julio Téllez Valdéz y Yarina Amoroso Fernández los cuales plantean muy sucintamente las diferencias entre los término antes referido.

Por una parte Julio Téllez Valdéz en su libro Derecho Informático plantea o define a la Informática jurídica como"…la técnica interdisciplinaria que tiene por objeto el estudio e investigación de los conocimientos de la informática en general, aplicables a la recuperación de información jurídica, así como la elaboración y aprovechamiento de los instrumentos de análisis y tratamiento de información jurídica necesarios para lograr dicha recuperación…" (Téllez Valdéz J. pág. 86).

Mientras que para el año 2000 la revista Alfa-Redi pública un artículo de Yarina Amoroso Fernández en el cual la autora plantea "…la informática ha llegado a constituirse en infraestructura del quehacer moderno, dado que bases de datos y redes telemáticas captan, procesan inmediatamente y transmiten a gran velocidad cantidades ilimitadas de información. Por la connotación adquirida por las nuevas tecnologías, se han producido un conjunto de aplicaciones de la informática en el ámbito del Derecho en el que la informática es instrumento del Derecho lo que se conoce como informática jurídica…" (Amoroso F. Yarina, Sociedad de la información: "contribución de la informática jurídica". Alfa-Redi revista virtual de Derecho Informático, julio 2002. On line).

Finalmente podemos decir que cuando hacemos alusión al Derecho Informático nos referimos aquella rama jurídica que tiene por objeto de estudio a la informática y todas las actividades que surjan de ella. Mientras que la Informática jurídica es cuando se pone al servicio de los profesionales del derecho todos los avances tecnológicos que brinda la informática.

 

 

Autor:

Lic. Julio Llanes Robaina.

Centro de procedencia: Universidad de Pinar del Río
"Hermanos Saíz Montes de Oca"

 

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