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Marco de referencia para política pública sobre educación superior por ciclos y por competencias (página 3)



Partes: 1, 2, 3

Las normas de habilitación profesional hacen referencia a los requisitos para ser reconocido como profesional de un área de conocimiento así como a aquéllos necesarios para el desempeño profesional. Igualmente, permiten la delimitación de su ejercicio debido a que ciertos oficios y/o profesiones comparten objetos de estudio con diferentes perspectivas de análisis. Actualmente, alrededor de 60 profesiones se encuentra reglamentadas en el país, algunas de ellas contemplan un código de ética específico y la expedición de la tarjeta profesional correspondiente.

Existen normas específicas que reconocen y reglamentan el ejercicio de las siguientes profesiones: Abogacía, Enfermería, Laboratorista Clínico, Contador Público, Odontología, Medicina y Cirugía, Química Farmacéutica o Farmacia, Economista, Microbiología, Bacteriología, Agronómicas y forestales, Técnico Constructor, Químico, Fisioterapista. o Terapista Físico, Ingeniero Químico, Licenciados en Ciencias de la Educación, Trabajador Social, Ingeniería, Arquitectura y profesiones Auxiliares, Nutrición y Dietética, Bibliotecología, Topógrafo, Administración de Empresas, Instrumentación Técnico Quirúrgica, Secretariado, Ingeniero de Petróleos, Biología, Medicina Veterinaria, y Zootecnia, Ingeniería Eléctrica, Ingeniería Mecánica y Profesiones Afines, Ingeniería Pesquera, Ingeniero de Transportes y Vías, Actuación, Dirección Escénica y el Doblaje en Radio y Televisión, Técnico Electricista, Agente de Viajes, Administrador Público, Fotografía y Camarografía, Geógrafo, Diseño Industrial, Guía de Turismo, Optometría, Estadística, Fonoaudiología, Ingeniería Naval, Tecnólogo en Electricidad, Electromecánica, Electrónica y Afines, Administradores de Empresas Agropecuarias, Administradores Agrícolas o Administradores Agropecuarios, Desarrollo Familiar, entre otras.

Igualmente, existe reglamentación para las denominadas "profesiones internacionales", tales como: Tecnólogo en Regencia de Farmacia; Relaciones Internacionales; Finazas, Gobierno y Relaciones Internacionales; Comercio y Finanzas Internacionales; Finanzas y Comercio Exterior; Comercio Internacional; Comercio Exterior; y Administración en Negocios Internacionales y carreras afines.

Decreto 2888 de 2007, por el cual se reglamenta la organización y funcionamiento de las instituciones de educación para el trabajo y el desarrollo humano antes educación no formal".

Los artículos 2 y 3 presentan el marco de fundamentación de este Decreto. Concretamente establecen que la educación para el trabajo y el desarrollo humano, comprende la formación permanente, personal, social y cultural, que se fundamenta en una concepción integral de la persona, que una institución organiza en un proyecto educativo institucional, y que estructura en currículos flexibles sin sujeción al sistema de niveles y grados propios de la educación formal. La educación para el trabajo y el desarrollo humano hace parte del servicio público educativo, responde a los fines de la educación consagrados en el artículo 5° de la Ley 115 de 1994 y da lugar a la obtención de un certificado de aptitud ocupacional.

Son objetivos de la educación para el trabajo y el desarrollo humano:

  • Promover la formación en la práctica del trabajo mediante el desarrollo de conocimientos técnicos y habilidades, así como la capacitación para el desempeño artesanal, artístico, recreacional y ocupacional, la protección y aprovechamiento de los recursos naturales y la participación ciudadana y comunitaria para el desarrollo de competencias laborales específicas.

  • Contribuir al proceso de formación integral y permanente de las personas complementando, actualizando y formando en aspectos académicos o laborales, mediante la oferta de programas flexibles y coherentes con las necesidades y expectativas de la persona, la sociedad, las demandas del mercado laboral, del sector productivo y las características de la cultura y el entorno.

DEL SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR (SNIES)

En cumplimiento de su objetivo, la Ley 30, en su Art. 56, también crea el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior SNIES el cual tiene como objetivo fundamental consolidar y divulgar información para orientar a la comunidad sobre la calidad, cantidad y características de las instituciones y programas del Sistema, también reglamentado por el CESU, facilitar el conocimiento del sector y favorecer la integración con el sector productivo.

Dentro de la información que ofrece, se encuentra la referida a la situación legal, planes de estudio, perfiles del aspirante profesional y ocupacional, criterios de admisión, valores de matricula, recursos físicos, centros de investigación e Investigaciones, planta docente, personal administrativo, etc.

1c. FORMACIÓN PARA EL TRABAJO EN COLOMBIA

La dinámica adelantada en los últimos años respecto de la formación para el trabajo, ha permitido que Colombia cuente con la formulación de dos sistemas que orientan y organizan las acciones correspondientes, y las articulan entre sí y con el Sistema de Educación Nacional. Estos sistemas son: el Sistema Nacional de Formación para el Trabajo y el Sistema de Calidad de la Formación para el Trabajo – SCAFT

Sistema Nacional de Formación para el Trabajo

Este sistema se conformó mediante el Documento Conpes 2945 de 1997 y se complementó mediante el Documento Conpes 081 de 2004.

Sus componentes (Informe del Ministerio de Protección Social del mes de junio de 2006) son:

  • Acreditación de entidades y programas. Reconocimiento del Cumplimiento de estándares de calidad.

  • Pertinencia. Flexibilidad en la administración de programas mediante el enfoque de la formación por competencias para facilitar la cadena de formación y la movilidad educativa de los usuarios de la formación y capacitación.

  • Normalización en lo relacionado a la definición de estándares o normas de competencia laboral requeridos para el mejoramiento de la calidad y productividad del desempeño de los trabajadores.

  • Formación. Ampliación de cobertura para que un mayor número de colombianos cuente con las competencias requeridas por un mercado laboral cada día más exigente y globalizado.

  • Certificación de competencias laborales. Puesta en marcha de servicio de certificación de las competencias de los trabajadores.

El sistema articula la oferta educativa, de carácter técnico, tecnológico y de formación profesional, desde los niveles básicos y medios hasta los más especializados; contribuye a superar las limitaciones de calidad y pertinencia; y hace congruente la oferta de formación con las necesidades del sector productivo, teniendo como base y punto de partida la normalización de las competencias laborales de los trabajadores. (Documento: Sistema Nacional de Formación para el Trabajo – Enfoque Colombiano)

En el documento Sistema Nacional de Formación para el Trabajo. Enfoque Colombiano, SENA, Bogotá, D.C., Noviembre de 2003, se describe así el sistema:

Su interés primordial es lograr una mayor integración entre la formación y el trabajo productivo en el marco del desarrollo humano y tecnológico sostenible. El objetivo general se orienta a Promover la calidad del desempeño de los recursos humanos definiendo las prioridades de mejoramiento para contribuir a su desarrollo personal y a la productividad y competitividad del país. Los objetivos específicos, comprometen al sistema con:

  • El desarrollo de procesos de normalización, formación, y evaluación y certificación del desempeño laboral de los trabajadores colombianos para elevar su competencia laboral mediante el mejoramiento continuo y permanente a lo largo de la vida.

  • El fortalecimiento de la articulación sistemática de la oferta educativa, para facilitar la homologación, reconocimiento de aprendizajes previos, y formación continua de los trabajadores con base en normas de competencia laboral.

  • La ampliación y cualificación de la articulación entre el mundo del trabajo y el sector educativo para elevar la pertinencia, oportunidad, flexibilidad y calidad de la educación y formación.

El SENA es la entidad encargada de liderar el sistema, el cual vincula a todos los actores del desarrollo económico y social: empresarios, trabajadores, instituciones de educación formal y de formación para el trabajo, y entidades del Estado.

El Sistema Nacional de Formación para el Trabajo está conformado por tres sistemas interrelacionados e integrados:

  • Normalización de competencias laborales.

  • Evaluación y Certificación de competencias laborales.

  • Formación con base en competencias laborales.

Sistema de Normalización de Competencias Laborales

El soporte fundamental del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo es el sistema de normalización de competencias laborales; su objetivo es organizar, estructurar y operar procesos de normalización, con el propósito de establecer, desarrollar y actualizar, en concertación con el sector productivo, educativo y el gobierno, normas de competencia laboral colombianas, que faciliten la ejecución de procesos de formación, y evaluación y certificación de los recursos humanos.

En este contexto, se entiende por competencia laboral la capacidad de una persona para desempeñar funciones productivas en diferentes contextos, con base en los estándares de calidad establecidos por el sector productivo.

Las normas de competencia laboral, construidas sobre indicadores de resultados de desempeño, asociados a actividades laborales concretas -funciones productivas-, establecen los requisitos ciertos, objetivos e incuestionables para asegurar que quien los cumple es competente. Constituyen una expectativa de desempeño en el trabajo y aluden a resultados que se esperan del trabajador y por tanto, son el lenguaje común para la comunicación y el entendimiento entre la oferta laboral (trabajadores), los agentes que los emplean (las empresas) y las entidades encargadas de su formación (las entidades educativas).

La identificación y definición de las normas nacionales de competencia y sus niveles demandan además de la participación sistemática de empresarios, trabajadores, organizaciones profesionales, sector educativo y gobierno, esfuerzos metodológicos importantes, de los cuales ya hay importantes avances dentro del Sistema.

Este sistema opera mediante dos instancias básicas:

  • Organismo Normalizador, cuya función central es la aprobación de Normas de Competencia Laboral Colombianas. Para Colombia como ya se describió, el Organismo Normalizador de Competencias Laborales es el SENA.

  • Mesas Sectoriales, instancias de concertación nacional donde se proponen políticas de desarrollo de los recursos humanos y de formación y un marco nacional de calificaciones que facilitan el aprendizaje permanente y la empleabilidad mediante procesos de normalización, formación, y evaluación y certificación de competencias laborales.

Sistema de Evaluación y Certificación de competencias laborales

Este sistema tiene como objetivo organizar, estructurar y operar procesos de evaluación y certificación de la competencia en las personas, con base en estándares de calidad establecidos por el sector productivo. Los procesos de evaluación y certificación de competencias laborales, contribuyen a asegurar la calidad de la formación y facilitan el reconocimiento social de las competencias de las personas, sin importar cómo y dónde fueron adquiridas, facilitando su vinculación, permanencia y promoción en el trabajo.

Este sistema requiere para su organización y operación de:

  • El Organismo Acreditador de entidades certificadoras de personal; para Colombia la Superintendencia de Industria y Comercio-SIC, es la responsable de acreditar organismos certificadores de personal.

  • Organismos Certificadores acreditados para certificar personal.

  • Evaluadores calificados y reconocidos por los organismos certificadores.

Sistema de Formación con base en competencias laborales

La necesidad de acercar los mundos educativo y productivo, reordenar la oferta educativa, armonizar los papeles del Estado, la escuela y la empresa, alternar mejor la teoría y la práctica, incorporar en los diferentes procesos las competencias laborales como síntesis de lo que la persona es, sabe y hace, además de la exigencia de tener una visión integradora de su dimensión personal, social y productiva, entre otras, es la razón de ser del sistema de formación.

Su objetivo es articular a los proveedores de educación técnica, tecnológica y formación profesional en el país, para modernizar y mejorar sus programas, de acuerdo con las necesidades y demandas del sector productivo, garantizando mayor cobertura, pertinencia, flexibilidad y servicios de calidad que contribuyan a la competitividad nacional, atendiendo las siguientes características:

  • Pertinencia: Garantizar la articulación entre la formación y capacitación que se imparte con base en las necesidades y demandas del sector productivo.

  • Flexibilidad: Facilitar el acceso de las personas a la formación y capacitación, reconociendo su heterogeneidad y los aprendizajes adquiridos de diversas maneras, mediante diseños modulares basados en normas nacionales de competencia laboral, estrategias, ambientes y nuevos métodos de aprendizaje.

  • Continuidad: Facilitar el aprendizaje permanente y a lo largo de toda la vida.

El diseño, desarrollo y modernización de los programas, por parte de las diferentes entidades de formación con base en normas de competencia laboral colombianas, facilitan los procesos de homologación y reconocimiento de aprendizajes previos y aseguran la pertinencia de la oferta, garantizando el concurso del talento humano con la competencia requerida en las nuevas condiciones internacionales de competitividad.

Es también objetivo de este sistema, diseñar herramientas y mecanismos de homologación y equivalencia entre los planes de formación basada en competencias laborales y los planes de estudio del sistema educativo formal, para facilitar la transferencia y movilidad entre los dos sistemas y allanar los procesos de formación continua.

El SENA inició su proceso de implementación del enfoque de formación por competencias, con el desarrollo de metodologías para el diseño y desarrollo de estructuras curriculares y formación de docentes, la documentación de los procesos de administración educativa y el inicio de experiencias piloto de ejecución de la respuesta. Igualmente viene impulsando la adopción del enfoque entre los integrantes de las Redes Departamentales de Formación para el Trabajo y las organizaciones productivas, fundamentalmente mediante la transferencia de las metodologías y los servicios de normalización, formación y evaluación y certificación.

El enfoque de formación por competencias recoge los principios de la formación profesional integral y se establece dentro del marco doctrinario de la entidad, definido en el Estatuto de la Formación como el proceso educativo teórico-práctico de carácter integral, orientado al desarrollo de conocimientos técnicos, tecnológicos y de actitudes y valores para la convivencia social, que le permiten a la persona actuar crítica y creativamente en el mundo del trabajo.

El mundo del trabajo se refiere a la actividad productiva en el ámbito laboral y a la construcción de la dimensión personal y social.

Para su organización, administración y operación, el Sistema Nacional de Formación para el Trabajo requiere la interacción sistémica de los sistemas de normalización, formación, y evaluación y certificación, soportado en procesos de aseguramiento de calidad.

Organización del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo

Las siguientes instancias conforman el sistema:

  • Consejo Directivo Nacional – CDN: Instancia máxima de direccionamiento estratégico en el que concurren, entre otros, el gobierno, a través de los Ministerios de la Protección Social, Educación, y de Comercio, Industria y Turismo; los empleadores, representados por gremios y empresarios; los trabajadores, representados por organizaciones sindicales; el sector educativo, mediante agremiaciones de los oferentes de formación técnica, tecnológica y de formación profesional así como de la educación superior universitaria. En este contexto sus funciones claves son la definición de políticas, de lineamientos y de estrategias para el funcionamiento del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo y el establecimiento de esquemas para la financiación de cada uno de sus subsistemas.

  • Organismo Normalizador – ON. El SENA mediante Acuerdo 933 del 11 de abril de 2003, es el Organismo encargado de asegurar la unidad técnica y metodológica en el proceso de elaboración de normas de competencia laboral. Entre sus funciones centrales están: Promocionar y apoyo a la operación de las Mesas Sectoriales; garantizar la adecuada participación de los representantes del sector productivo; Investigar, adaptar, divulgar y transferir metodologías para la elaboración y aprobación de normas de competencia laboral colombianas.

  • Mesas Sectoriales – MS. Instancias de concertación nacional donde se proponen políticas de desarrollo de los recursos humanos y de formación y un marco nacional de calificaciones que facilitan el aprendizaje permanente y la empleabilidad mediante procesos de normalización, formación, y evaluación y certificación de competencias laborales. Las Mesas Sectoriales operan mediante Equipos Técnicos, conformados por expertos de la subárea de análisis, con conocimiento, experiencia y dominio de los procesos productivos, formas de organización del trabajo y de las ocupaciones y funciones de los trabajadores del área tratada. Como resultado del trabajo de las Mesas Sectoriales y de sus Equipos Técnicos se obtienen fundamentalmente los siguientes productos: Estudio de Caracterización Ocupacional, Mapa Funcional, Normas de Competencia Laboral y Titulaciones para cada Subárea de Desempeño.

  • Organismo Acreditador de certificadores de personal – OA. Instancia investida de autoridad por el Estado, para acreditar mediante acto formal y a nivel nacional, que un organismo de certificación es idóneo para operar como certificador de la competencia laboral de los trabajadores. Para Colombia, como ya se enunció anteriormente, es la Superintendencia de Industria y Comercio- SIC, organismo adscrito al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

  • Organismos Certificadores – OC. Organismos que poseen y demuestran competencia técnica, estructura organizacional y personal competente para realizar procesos de certificación de personal y que han sido acreditados por la Superintendencia de Industria y Comercio. Los organismos certificadores aseguran por escrito que una persona cumple con los requisitos de una norma o Titulación de competencia laboral colombiana, y que es competente para el desempeño laboral, de conformidad con los procedimientos establecidos.

  • Evaluadores – E. Son personas jurídicas o naturales, reconocidas por un organismo certificador para adelantar procesos de evaluación del desempeño, con base en normas de competencia laboral colombianas. Para el evaluador no son relevantes las condiciones y la forma de cómo el candidato obtuvo su competencia, pero sí que lo evidencie en su actividad laboral.

  • Oferentes de Formación – OF. Comprende el universo de entidades que imparten capacitación y formación técnica, tecnológica y de formación profesional, encargadas de la preparación y calificación de los recursos humanos, con base en las normas de competencia laboral establecidas por el Sistema Nacional de Formación para el Trabajo a través del Organismo Normalizador.

Conceptos básicos utilizados en el sistema de formación para el trabajo

ANÁLISIS FUNCIONAL: Método mediante el cual se identifica el propósito clave de una subárea de desempeño, como punto de partida para enunciar y correlacionar sus funciones hasta llegar a especificar las contribuciones individuales; este método facilita la elaboración de normas de competencia laboral.

ÁREA DE DESEMPEÑO: Sector de actividad productiva delimitado por la misma naturaleza de trabajo donde, por tanto, el conjunto de funciones que desarrollan sus trabajadores tienen como propósito común producir bienes o servicios de similar especie. La Clasificación Nacional de Ocupaciones de Colombia tiene 10 áreas de desempeño (Metodología para la elaboración de Normas de Competencia Laboral . SENA 2003)

ÁREA OBJETO DE ANÁLISIS: Subárea de desempeño o campo ocupacional sobre la cual se realiza un estudio para identificar características, propósito clave, funciones, normas de competencia y titulaciones, con participación de trabajadores y empresarios, como base para el desarrollo de procesos de capacitación, reconocimiento de competencias, gestión de personal y modernización empresarial.

ÁREA OCUPACIONAL: Agrupación de funciones laborales relacionadas que, ejecutadas en conjunto, conduce al logro de un objetivo de producción y que requiere un determinado nivel de cualificación para el desempeño laboral.

CAMPO OCUPACIONAL: Conjunto de ocupaciones homogéneas en cuanto a los sistemas, procedimientos y recursos que emplean las personas en el desempeño laboral.

EVALUACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIA LABORAL: Proceso por medio del cual un organismo debidamente acreditado reconoce y certifica que una persona ha demostrado ser competente para desempeñar una función laboral determinada, con base en una norma de competencia laboral colombiana. El proceso se centra en los resultados, sobre los cuales el evaluador emite juicios de "competente" o "aún no competente".

CLASIFICACIÓN NACIONAL DE OCUPACIONES : Organización sistemática de las ocupaciones existentes en el mercado laboral colombiano, atendiendo a dos criterios: e área de desempeño y el nivel de competencia.

COMPETENCIA: Son los conocimientos, las aptitudes profesionales y los conocimientos técnicos especializados que se aplican y dominan en un contexto específico (Revisión de la Recomendación sobre Desarrollo de los Recursos Humanos 1975 No. 150 Primera Discusión, Ginebra 2003)

COMPETENCIA: Habilidad demostrada para aplicar conocimientos y aptitudes (ISO 9000:2000)

COMPETENCIA LABORAL: Capacidad de una persona para desempeñar funciones productivas, en diferentes contextos, con base en los estándares de calidad establecidos por el sector productivo (Metodología para la elaboración de Normas de Competencia Laboral . SENA 2003)

COMPETITIVIDAD: Capacidad de una nación, empresa, institución u organización para participar y permanecer en el mercado con rentabilidad atractiva y, al mismo tiempo, incrementar los niveles de bienestar de sus habitantes, socios o colaboradores.

CONOCIMIENTO Y COMPRENSIÓN ESENCIALES: Teorías, principios, conceptos e información relevante que sustenta y se aplica en el desempeño competente (Metodología para la elaboración de Normas de Competencia Laboral . SENA 2003)

CONTRIBUCIÓN INDIVIDUAL: Función laboral que puede desarrollar una sola persona para obtener un resultado final o intermedio en la elaboración de un bien o en la prestación de un servicio.

CRITERIOS DE DESEMPEÑO: Resultados que una persona debe obtener y demostrar en situaciones reales de trabajo, con los requisitos de calidad especificados para lograr el desempeño competente. (Metodología para la elaboración de Normas de Competencia Laboral . SENA 2003)

ELEMENTO DE COMPETENCIA LABORAL: Descripción de lo que una persona debe ser capaz de hacer en el desempeño de una función productiva, expresada mediante los criterios de desempeño, el rango de aplicación, los conocimientos y comprensiones esenciales y las evidencias requeridas. (Metodología para la elaboración de Normas de Competencia Laboral . SENA 2003)

EQUIPOS TÉCNICOS: Grupos de trabajo conformados por personal experto de las empresas (empresarios, trabajadores, supervisores, profesionales) y eventualmente clientes o proveedores, todos ellos con experiencia e interés en las funciones motivo de análisis. La función principal del equipo es describir las competencias laborales, con la asesoría de un experto metodológico en la aplicación del análisis funcional.

EVALUACIÓN DE COMPETENCIA LABORAL: Proceso por medio del cual se recoge, evidencias de desempeño, de producto y de conocimiento de una persona con el fin de determinar si es competente o aún no para desempeñar una función laboral. (Metodología para Evaluar y Certificar competencias laborales . SENA 2003)

EVIDENCIAS: Pruebas claras y manifiestas de los conocimientos , habilidades, destrezas y actitudes que una persona posee y que determinan su competencia. (Metodología para Evaluar y Certificar competencias laborales . SENA 2003)

EVIDENCIAS REQUERIDAS: Pruebas necesarias y suficientes definidas en una norma de competencia laboral colombiana, que debe presentar una persona para ser evaluado y juzgado su desempeño.

FORMACIÓN BASADA EN NORMAS DE COMPETENCIA LABORAL: Enfoque que tiene como propósito central formar personas con conocimientos, habilidades, destrezas, valores y actitudes relevantes y pertinentes al desempeño laboral. Se sustenta en procesos de aprendizaje y evaluación, orientados a la obtención de resultados observables del desempeño.

FUNCIÓN LABORAL: Conjunto de actividades laborales, necesarias para lograr resultados específicos de trabajo, en relación con el propósito clave de una subárea objeto de análisis.

MAPA FUNCIONAL: Expresión gráfica que representa el propósito clave de un área objeto de análisis y se ordenan y correlacionan las funciones necesarias para lograr dicho propósito.

MESA SECTORIAL: Instancia de concertación nacional donde se proponen políticas de desarrollo de los recursos humanos y de formación y un marco nacional de calificaciones que facilitan el aprendizaje permanente y la empleabilidad mediante procesos de normalización, formación, y evaluación y certificación del las competencias laborales.

MOVILIDAD LABORAL: Adaptación del trabajador a nuevas normas de funcionamiento relacionadas con los cambios tecnológicos y organizacionales.

NIVEL DE CUALIFICACIÓN: Grado de competencia requerido en las funciones de una ocupación, obtenido como combinación de factores que determinan la complejidad, el grado de autonomía y responsabilidad y las exigencias de conocimientos propios del desempeño idóneo de esas funciones.

NORMA DE COMPETENCIA LABORAL: Estándar reconocido por trabajadores y empresarios, que describe los resultados que un trabajador debe lograr en el desempeño de una función laboral, los contextos en que ocurre ese desempeño, los conocimientos que debe aplicar y las evidencias que debe presentar para demostrar su competencia. (Metodología para la elaboración de Normas de Competencia Laboral . SENA 2003)

OCUPACIÓN: Conjunto de puestos de trabajo, con funciones productivas afines, cuyo desempeño requiere competencias comunes relacionadas con los resultados que requiere el sistema productivo.

PRODUCTIVIDAD: Rendimiento de una unidad de trabajo (empresa, departamento, trabajador, hora de trabajo), como medida de la elaboración de bienes o la prestación de servicios.

RANGO DE APLICACIÓN: Descripción de los diferentes escenarios, elementos y condiciones variables, donde la persona debe ser capaz de demostrar dominio sobre el elemento de competencia (Metodología para la elaboración de Normas de Competencia Laboral . SENA 2003)

SUB-ÁREA DE DESEMPEÑO: Subconjunto de un área de desempeño donde las funciones que desarrollan los trabajadores tienen como propósito común producir un grupo homogéneo de bienes o servicios.

TITULACIÓN: Conjunto de normas de competencia laboral que describe los desempeños competentes en un Campo Ocupacional o en una Ocupación.

TRANSFERIBILIDAD: Propiedad de la competencia laboral que permite a la persona desempeñarse en contextos técnicos y laborales diferentes.

SISTEMA DE CALIDAD DE LA FORMACIÓN PARA EL TRABAJO – SCAFT

En el mes Junio de 2006, mediante un trabajo conjunto de los Ministerios la Protección Social, de Educación Nacional y de Comercio Industria y Turismo, se expide el Decreto 2020, "por medio del cual se organiza el Sistema de Calidad de Formación para el Trabajo".

Este Sistema es el conjunto de mecanismos de promoción y aseguramiento de la calidad, orientados a certificar que la oferta de formación para el trabajo cuenta con los medios y la capacidad para ejecutar procesos formativos que respondan a los requerimientos del sector productivo y reúnan las condiciones para producir buenos resultados. El Sistema de Calidad de la Formación para el Trabajo será reconocido como Unidad Sectorial de Normalización de la Calidad de la Formación para el Trabajo, en el marco del Sistema de Normalización, Certificación y Metrología, por parte del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, de acuerdo con el artículo 28 del Decreto ley 210 de 2003. La normatividad que corresponde a este aspecto, tal como se vio en el apartado anterior, organiza y regula la educación para el trabajo y establece los requisitos que deben cumplir todos los implicados para garantizar la calidad del servicio.

El Sistema de Calidad de la Formación para el Trabajo SCAFT está conformado por las siguientes instancias:

  • La Comisión de Calidad de la Formación para el Trabajo , CCAFT

  • Los Comités Sectoriales

  • Los organismos de tercera parte

  • Los programas e instituciones oferentes de formación para el trabajo, tanto públicas como privadas.

La Comisión de Calidad de la Formación para el Trabajo CCAFT está conformada por:

  • El Ministro de la Protección Social o el Viceministro delegado, quien la presidirá.

  • El Ministro de Educación Nacional o el Viceministro delegado.

  • El Ministro de Comercio, Industria y Turismo o el Viceministro delegado.

  • Invitados permanentes de la CCAFT, con voz y sin voto: El Director General del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, o su delegado; un representante de las instituciones de formación para el trabajo y el desarrollo humano, anteriormente denominadas de educación no formal; un representante de las entidades de educación técnica y tecnológica y un representante de los empresarios. Estos representantes, exceptuando el del SENA, serán elegidos por la CCAFT por períodos de dos años

Secretaría Técnica: La CCAFT contará con una Secretaría Técnica que será ejercida por la Dirección de Calidad para la Educación Superior del Ministerio de Educación Nacional, la cual estará encargada de operar el SCAFT mediante la coordinación de las acciones de las distintas instancias que lo conforman.

Comités Técnicos Sectoriales. Se conformarán Comités Técnicos Sectoriales encargados del establecimiento de las normas, guías y especificaciones normativas para la certificación de la calidad de los programas e instituciones de formación para el trabajo, así como de la acreditación de los organismos certificadores.

Los Comités Técnicos Sectoriales se conformarán siguiendo los criterios de transparencia, apertura y competencia técnica, por representantes del sector productivo que sean miembros de las Mesas Sectoriales convocadas por el SENA, de los Consejos Superiores de Micro, Pequeña y Mediana Empresa y de los Consejos Regionales Asesores de Comercio Exterior, CARCE, que coordina el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo; oferentes de servicios de formación para el trabajo; usuarios de la formación para el trabajo; asociaciones de profesionales, funcionarios de entidades gubernamentales.

La duración de los Comités Técnicos Sectoriales será determinada por recomendación de la CCAFT, de acuerdo con el plan de trabajo del Comité.

Grupos de Trabajo. Los grupos de trabajo de los Comités Técnicos Sectoriales tendrán a su cargo las siguientes funciones:

  • Elaborar normas, guías o especificaciones normativas o parte de ellas, de acuerdo con el plan de trabajo del respectivo Comité Sectorial.

  • Realizar los ajustes a las normas, guías o especificaciones normativas o parte de ellas, las normas técnicas de calidad de acuerdo con las recomendaciones de los procesos de verificación técnica y metodológica

  • Presentar al Comité Técnico Sectorial las normas, guías o especificaciones normativas elaboradas para que sean sometidas al aval de la CCAFT.

Organismo de tercera parte: Es una organización pública o privada que no es oferente de servicios de formación para el trabajo, especializada y reconocida públicamente por la Superintendencia de Industria y Comercio, dentro del marco del Decreto 2269 de 1993, conforme a criterios técnicos previamente establecidos por la Comisión de la Calidad de la Formación para el Trabajo.

Son los responsables de la certificación de calidad, tanto de los programas como de las instituciones de formación para el trabajo.

Programas e instituciones que ofrecen formación para el trabajo. Serán objeto de certificación de calidad de formación para el trabajo:

  • Los programas de educación para el trabajo y el desarrollo humano

  • Los programas de educación media técnica que sean de formación para el trabajo

  • Los programas técnicos profesionales y tecnológicos de educación superior que cuenten con registro calificado otorgado por el Ministerio de Educación Nacional y que sean de formación para el trabajo (se certifican una vez cuenten con el registro calificado otorgado por el MEN).

  • Los programas desarrollados por las empresas para efectos del reconocimiento del contrato de aprendizaje.

El contrato de aprendizaje, como se indicó en el apartado anterior, es una forma especial de vinculación dentro del Derecho Laboral, sin subordinación y por un plazo no mayor a dos (2) años en la que una persona natural recibe formación teórica en una entidad de formación autorizada con el auspicio de una empresa patrocinadora que suministra los medios para que adquiera formación profesional metódica y completa requerida en el oficio, actividad u ocupación dentro del manejo administrativo, operativo, comercial o financiero propios del giro ordinario de las actividades del patrocinador con exclusividad en las actividades propias del aprendizaje y el reconocimiento de un apoyo de sostenimiento que garantice el proceso de aprendizaje y el cual, en ningún caso, constituye salario (Decreto 933 de 2003).

Por último, el Ministerio de Educación mediante el Decreto 2888 de 2007, como se dijo en el apartado del marco normativo, reglamentó la creación organización y funcionamiento de las instituciones que ofrezcan programas de educación para el trabajo y el desarrollo humano y los requisitos básicos para el funcionamiento de los programas correspondientes.

1 d. REFERENTES INTERNACIONALES SOBRE LOS NIVELES DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR Y SU CONEXIÓN CON LA FORMACIÓN PARA EL TRABAJO

En la Declaración Mundial sobre Educación en el Siglo XXI – 1998, la UNESCO retoma y actualiza la pertinencia como concepto y práctica inherente a la educación, la cual "debe evaluarse en función de la adecuación entre lo que la sociedad espera de las instituciones y lo que éstas hacen. Ello requiere normas éticas, imparcialidad política, capacidad crítica y, al mismo tiempo, una mejor articulación con los problemas de la sociedad y del mundo del trabajo, fundando las orientaciones a largo plazo en objetivos y necesidades societales, comprendidos el respeto de las culturas y la protección del medio ambiente. El objetivo es facilitar el acceso a una educación general amplia, y también a una educación especializada y para determinadas carreras, a menudo interdisciplinaria, centrada en las competencias y aptitudes, pues ambas preparan a los individuos para vivir en situaciones diversas y poder cambiar de actividad".

En este contexto, la educación permanente como criterio y la diversificación de la oferta educativa como práctica de dicho criterio, se han convertido en la tendencia y en el propósito de los sistemas educativos en el ámbito mundial, cuyo compromiso se ha de traducir, según la UNESCO, en formar personas y "ciudadanos responsables, capaces de atender a las necesidades de todos los aspectos de la actividad humana, ofreciéndoles cualificaciones que estén a la altura de los tiempos modernos, comprendida la capacitación profesional, en las que se combinen los conocimientos teóricos y prácticos de alto nivel mediante cursos y programas que estén constantemente adaptados a las necesidades presentes y futuras de la sociedad"

Entre las propuestas prioritarias hechas en la Conferencia Mundial sobre la Educación Superior en el Siglo XXI (UNESCO, 1998) figuran "una mejor capacitación del personal, la formación basada en las competencias, la mejora y conservación de la calidad de enseñanza, la investigación y los servicios, la pertinencia de los planes de estudio, las posibilidades de empleo de los diplomados, el establecimiento de acuerdos de cooperación eficaces y la igualdad de acceso a los beneficios que reporta la cooperación internacional". Declara como funciones de la educación superior, entre otras, "proporcionar las competencias técnicas adecuadas para contribuir al desarrollo cultural, social y económico de las sociedades". Propone una nueva visión de la educación superior, cuyo "objetivo es facilitar el acceso a una educación general amplia, y también a una educación especializada, para determinadas carreras, a menudo interdisciplinaria, centrada en las competencias y aptitudes, pues ambas preparan a los individuos para vivir en situaciones diversas y poder cambiar de actividad".

También recomienda "propiciar la adquisición de conocimientos prácticos, competencias y aptitudes para la comunicación con el análisis creativo y crítico, la reflexión independiente y el trabajo en equipo en contextos multiculturales". Así mismo, propone " ratificar y aplicar los instrumentos normativos regionales e internacionales relativos al reconocimiento de los estudios, incluidos los que atañen a la homologación de conocimientos, competencias y aptitudes de los diplomados, a fin de permitir a los estudiantes cambiar de curso con más facilidad y aumentar la movilidad dentro de los sistemas nacionales y entre ellos".

Por su parte, la UNESCO y la OIT, en el marco del programa de colaboración mutua, firmado en 1958, reconocen, en la publicación conjunta denominada "Enseñanza y formación técnica y profesional, en el siglo XXI – Recomendaciones de la UNESCO y OIT, 2002", que la educación y formación no pueden por sí solas resolver los problemas que enfrenta la sociedad humana pero afirman que ellas son "instrumentos poderosos para mejorar las condiciones económicas y sociales generales y para luchar contra la exclusión social y la discriminación", siempre y cuando logren "articularse con las políticas económicas, del empleo y de otra naturaleza para que la nueva sociedad del conocimiento y de las calificaciones se inserte equitativamente en la economía mundial".

En concreto, afirman que "una enseñanza técnica y profesional de calidad ayuda a ampliar los conocimientos de una persona en materia de ciencia y tecnología en un vasto ámbito ocupacional que requiere competencias técnicas y profesionales y aptitudes específicas de cada empleo"

Criterios y requerimientos como los anteriores, planteados a la educación superior, suponen la concepción y el diseño de sistemas educativos que respondan a cuestiones como:

  • Estar abiertos al mundo y promover el fortalecimiento de las capacidades endógenas y la consolidación en un marco de justicia, de los derechos humanos, el desarrollo sostenible, la democracia y la paz.

  • Hacer efectiva la equidad en el acceso a la educación superior empezando por el fortalecimiento y, de ser necesario, una nueva orientación de su vinculación con los demás niveles de enseñanza, y más concretamente con la enseñanza secundaria. Las instituciones de educación superior deben ser consideradas componentes de un sistema continuo al que deben también contribuir.

  • Reforzar los vínculos con el mundo del trabajo mediante: la participación de sus representantes en los órganos rectores de las instituciones; la intensificación de la utilización, por los profesores y los estudiantes, en los planos nacional e internacional, de las posibilidades de aprendizaje profesional y de combinación de estudios y trabajo; el intercambio de personal entre el mundo del trabajo y las instituciones de educación superior; y la revisión de los planes de estudio para que se adapten mejor a las prácticas profesionales.

  • Satisfacer las demandas planteadas en el ámbito del trabajo, mediante la creación y evaluación conjunta de modalidades de aprendizaje, programas de transición y programas de evaluación y reconocimiento previo de los conocimientos adquiridos, que integren la teoría y la formación en el empleo.

  • Ofrecer una óptima gama de opciones y la posibilidad de entrar y salir fácilmente del sistema, así como oportunidades de realización individual y de movilidad social con el fin de formar ciudadanos que participen activamente en la sociedad.

  • Preparar a las nuevas generaciones en nuevas competencias y nuevos conocimientos e ideales. Las instituciones de educación superior deberían brindar a los estudiantes la posibilidad de desarrollar plenamente sus propias capacidades con sentido de la responsabilidad social, educándolos para que tengan una participación activa en la sociedad democrática y promuevan los cambios que propiciarán la igualdad y la justicia.

La interrelación de la enseñanza general con la técnica y profesional, se está revisando desde hace algún tiempo, en muchos países, para adecuarla de manera más eficaz al criterio de la educación permanente. En este marco se han venido explicitando diferentes modalidades de acceso a la educación superior en todas sus formas, para que permanezca abierta a cuantos hayan terminado sus estudios secundarios o su formación equivalente. De la misma manera, se están diseñando y validando los programas de transición, para que los que acceden al mercado laboral puedan retomar los estudios superiores ulteriormente.

Colombia ha planteado teórica y jurídicamente la diversificación de la educación superior desde hace varias décadas. Sin embargo, su aplicación ha sido débil. "En el país, la educación técnica y tecnológica representa apenas una cobertura bruta del 4.61 por ciento y, aunque la universitaria es más alta (17.41 por ciento), está muy por debajo de los estándares internacionales" (centro Virtual de Noticias – CVN wwwmineducación.gov.co/cvn – 18 de octubre de 2006).

Lo indicado en el párrafo anterior, junto con otros datos de diagnósticos sobre la formación técnica, tecnológica y universitaria en Colombia, y con la opinión de expertos sobre el tema, han llevado al Gobierno a redefinir la política educativa superior, para lo cual, uno de los aspectos de especial interés ha sido la reflexión crítica sobre experiencias nacionales e internacionales (Australia, Chile, Francia y Colombia) relevantes en formación técnica y tecnológica.

Estas experiencias presentadas en el documento "Referentes Internacionales de la formación para el Trabajo", el cual acompaña a este documento de política, apoyan la propuesta colombiana primordialmente en los siguientes aspectos:

Niveles educativos: articulación y movilidad

Se observa un avance respecto del interés y la búsqueda de mecanismos para la articulación entre niveles, especialmente con la educación media. Sin embargo, todos los consultores reconocen que en sus países aún falta mucho por hacer.

Un mecanismo orientado a esta articulación de la educación media y el mundo del trabajo es el bachillerato profesional del sistema educativo francés. Este bachillerato tiene una duración de 4 años y, al finalizar los dos primeros, el estudiante puede obtener un certificado de aptitud profesional que lo habilita para el trabajo, o un diploma de estudios profesionales que lo habilita para continuar en el bachillerato profesional o tecnológico.

En todos lo países estudiados, se avanza hacia el reconocimiento de las competencias logradas mediante la experiencia, con vistas a transitar por las ofertas de formación para el trabajo hasta el nivel técnico profesional. De todas maneras, se percibe que la articulación contempla diferentes vías, pero condicionadas por la certificación de competencias previas y por otras exigencias de entrada. El paso de un nivel a otro no es automático

Competencias

Se observa que hay diferencias, en su mayoría sutiles, entre las diversas maneras de comprender lo que es "competencia", no solamente de país a país, sino dentro de los propios países. Así mismo, existen también diferentes estadios de madurez en relación con la identificación, normalización y certificación de las competencias y, por consiguiente, en relación con la formación por competencias.

La meta en Colombia es llegar a establecer un marco general de cualificaciones, como sucede en el caso australiano. Para ello se requiere la normalización de las competencias por sectores. Por eso se han conformado 70 Mesas Sectoriales con la participación del sector productivo, el gobierno y el sector educativo (de manera incipiente en el caso de las instituciones de educación superior). Las 70 Mesas Sectoriales fragmentan en exceso los sectores. De allí que no se puedan establecer las articulaciones que conduzcan a precisar troncos comunes en la formación.

Diseño curricular y créditos académicos

Se observa que la formación por competencias cobra sentido en un diseño curricular cuyo punto de partida está en la definición del perfil profesional, para plantear desde allí un perfil del egresado. Luego se seleccionan las competencias que se desarrollarán en cada unidad de formación (módulo, curso o asignatura) siguiendo tres componentes: formulación de aprendizajes esperados, formulación de estrategia de evaluación, identificación de la estrategia formativa (métodos, medios, modalidades).

Tanto en Australia (Paquete de entrenamiento) como en Francia (Referencial de Formación) y en Chile (Manual para la elaboración de módulos) existen instrumentos que permiten poner en escena los diseños curriculares elaborados por expertos. En Colombia se dan unas normas (a veces muy específicas y, en algunos casos, poco claras) para que cada institución haga su propio diseño curricular.

Respecto a los créditos académicos, la tendencia es que la exigencia de tiempo semanal, presencial y no presencial, de trabajo académico del estudiante se ajuste, en lo posible, a la semana laboral establecida en cada país.

La adopción del sistema de créditos responde a intereses de flexibilización curricular, comparación de planes de estudio, movilidad estudiantil y, especialmente, en el reconocimiento del tiempo de trabajo del estudiante.

El concepto de crédito que se maneja en Australia en el sistema VET, más que una medida del tiempo de trabajo del estudiante, supone el reconocimiento (dar crédito) de los requisitos alcanzados por una persona en un módulo, materia o unidad de competencia (en VET).

Investigación

En Australia las universidades asumen su responsabilidad en investigación y existen centros nacionales de investigación que apoyan a las instituciones técnicas y tecnológicas. En Francia las instituciones técnicas hacen investigación aplicada y participan en la investigación fundamental que hacen otras instituciones. En Colombia y Chile la investigación es incipiente en el ámbito de la educación para el trabajo.

En conclusión, el modelo colombiano de ciclos propedéuticos, aunque coincide en algunos aspectos con los modelos de los países estudiados, es un modelo original que permite una gran flexibilidad, especialmente en lo concerniente a la movilidad de los estudiantes entre el mundo laboral y el académico, con todas las ventajas que esto puede traer.

Se considera que, en los modelos estudiados, hay aspectos que podríab analizarse en Colombia, para una eventual implementación. Algunos de estos aspectos son los siguientes:

  • La formulación de programas con currículos modularizados más cercanos al desarrollo de competencias en cada módulo que a la presentación de un contenido académico.

  • La implementación modelos de evaluación distintos, que tengan en cuenta la formación por competencias

  • Una mayor flexibilidad en el ingreso, de tal forma que se haga un reconocimiento de aprendizajes y competencias adquiridos previamente, ya sea en programas formales anteriores o mediante la experiencia calificada y certificada.

  • Un marco de educación permanente o aprendizaje a lo largo de la vida

  • El desarrollo de competencias a partir de la definición de un perfil del egresado derivado del perfil profesional.

  • Una definición clara de competencias y perfiles del egresado, de tal manera que haya mayor confianza en el sistema de educación superior. En los países del estudio, en mayor o menor grado, el diseño de la totalidad o gran parte de los currículos está centralizado, facilitando así las certificaciones de reconocimiento nacional.

  • El desarrollo de una pedagogía pertinente y coherente con la formación por competencias (métodos de enseñanza – aprendizaje y evaluación, TICs, etc.) que incluya el manejo del tiempo presencial e independiente por parte del estudiante.

  • El fortalecimiento del vínculo con el mundo laboral.

  • La identificación, caracterización y normalización de competencias permite orientar de manera más adecuada la organización y el desarrollo de los procesos formativos. Para lograrlo, una posibilidad es asumir la metodología Tuning y sus propuestas para América Latina, articulando las competencias normalizadas ya existentes junto con otras aproximaciones realizadas, a esta metodología.

 

 

Autor:

Ing. Lic. Yunior Andrés Castillo S.

"NO A LA CULTURA DEL SECRETO, SI A LA LIBERTAD DE INFORMACION"?

Santiago de los Caballeros,

República Dominicana,

2015.

"DIOS, JUAN PABLO DUARTE Y JUAN BOSCH – POR SIEMPRE"?

[1] N??ez y Silva (2005) DETERMINANTES DE LA POBREZA Y LA VULNERABILIDAD. Documento elaborado para la Misi?n para el Dise?o de una Estrategia para la Reducci?n de la Pobreza y la Desigualdad (MERPD), Bogot?

[2] El gobierno considera grupos vulnerables: Poblaci?n con necesidades educativas especiales, poblaci?n afectada por la violencia, etnias, poblaci?n rural dispersa, poblaci?n urbano-marginal, j?venes y adultos iletrados y la poblaci?n de frontera.

Partes: 1, 2, 3
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