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Estrategias para el fortalecimiento del sector financiero de I+D+I (página 2)



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De acuerdo a lo establecido en LA GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA ? 37.583 DEL 03 DE DICIEMBRE DE 2002, DEL "DECRETO LEY PARA LA PROMOCION Y DESARROLLO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA INDUSTRIA",(13) se define como pequeña y mediana empresa, a toda unidad de explotación económica realizada por una persona jurídica que efectué actividades de producción de bienes industriales y de servicios conexos, comprendidas en los siguientes parámetros:

  • 1. Para las Pequeñas Empresas: Planta de trabajadores con un promedio anual no menor de once (11) trabajadores, ni mayor a cincuenta (50) trabajadores y cuyas ventas anuales estén entre nueve mil una (9001) unidades tributarias y cien mil (100.000) unidades tributarias.

  • 2. Para las Medianas Empresas: Planta de trabajadores con un promedio anual no menor a cincuenta y un (51) trabajadores, ni mayor a cien (100) trabajadores y cuyas ventas anuales se ubiquen entre cien mil y una (100.001) unidades tributarias y doscientos cincuenta mil (250.000) unidades tributarias. En general, el número de empleados y el volumen de negocio ayudan a identificar a las PYME.

El Sector denominado PYME en especial en los países de un grado semejante o inferiores a Venezuela juegan un papel importante en el desarrollo y formación de los sectores medios y bajos de la sociedad contribuyendo a generar un adecuado factor de ingresos para el país. El potencial de crecimiento del Sector se ha visto afectado por factores internos que inciden en su eficiencia operativa, tales como la escasa planificación, información, administración, baja calificación de la mano de obra, el desconocimiento del mercado y su evolución, así como una actitud de poca disposición hacia la asociatividad. Esto ha ocasionado, entre otras consecuencias, la escasa participación en los programas de adquisiciones del sector publico, debido también a la gran cantidad de trámites exigidos, falta de información sobre los procesos, y limitado acceso al financiamiento. La pequeña y mediana empresa ha contribuido al desarrollo de la economía nacional con un 56.8% del total de los establecimientos industriales existentes en el país.

Tipos de PYME Es necesario considerar algunas clasificaciones y precisiones contextuales. En primer lugar no existe una forma única para clasificar a la empresa en función de su tamaño. Esta actividad varía entre países, actividades económicas y también cambia con el transcurso del tiempo, pero generalmente se aceptan criterios de valor de su capital, La penetración geográfica y el número de sus empleados. Dentro de la clasificación de las pequeñas y medianas empresas se hablan de las PYME de Subsistemas y Dinámicas como los dos extremos típicos de organización que reflejan qué tanto potencial puede esperarse de ellas.

Las PYME de subsistema cuentan con un capital muy rudimentario, con procesos tecnológicos simples y mano de obra no calificada, la capacidad gerencial es muy poca, lo que merma su visión empresarial, por otra parte adolece de una organización empresarial y no motiva la innovación, se inclina a producir bienes de consumo y tiene muy poca o ninguna incidencia en el mercado nacional, los ingresos obtenidos se van en autoconsumo Las PYME dinámicas cuentan con un capital más avanzado pero sus presupuestos son igualmente limitados, utilizan tecnología flexible, que ha su vez pueda estar compuestas de nuevas tecnologías informáticas y/o por estrategias organizacionales más eficientes. Por lo tanto, usan fuerza de trabajo calificada. Las PYME Dinámicas tienen un alto potencial gerencial para comportarse adecuadamente dentro del sector, responde a los cambios en la demanda y a la competencia con innovaciones en procesos y productos, puede llegar a producir bienes de inversión y gracias a su organización llegan a tener incidencias en el mercado, presenta altos niveles de ahorro y reinversión, ya que su principal fuente de financiamiento son sus propios recursos.

Existen diferentes criterios para clasificar las empresas. Entre éstos podemos citar: el número de trabajadores, la cuantía del capital social, el volumen de facturación, u otros según la ley. De acuerdo con la recomendación 96/280/CE efectuada por la Comisión Europea en lo referente al criterio nº de trabajadores, se considerarán PYMI aquellas empresas con menos de 250 trabajadores/as, siendo medianas las que tienen entre 50 y 250, pequeñas las que tienen menos de 50 trabajadores/as.

Según BARROW (1992), "la pequeña empresa desafía cualquier definición, por lo que se aplica el término de pequeña empresa a las llamadas "orquestas de un solo hombre" (14) como tiendas y restaurantes del vecindario, y se aplica el término de gran empresa a gigantes como IBM, General Motors, Shell, entre otros.

Características de las PYMI Las pequeñas industrias tienen en general características específicas, no compartidas con las grandes, que hacen necesario un tratamiento diferenciado de su gestión. En este sentido, un estudio realizado por el INSTITUTO DE ECONOMÍA APLICADA A LA EMPRESA ENPRESARI APLIKATURIKO EKONOMI INSTITUTUA (1999), (15) de manera muy sistemática señala algunos elementos de las PYMI entre las que destacan las siguientes:

  • d) presentan un bajo grado de diversificación en sus productos/servicios;

  • e) están próximas a las necesidades de mercados locales; y, finalmente,

  • f) demuestran una gran flexibilidad y rapidez de respuesta frente a los cambios de entorno.

Centrándose en los aspectos relativos a la gestión de las PYMI, es habitual que en este tipo de empresas haya una persona que asuma los cometidos de dirección, liderazgo, planificación y control, además de soportar el riesgo económico del negocio. Frecuentemente, el nivel de calificación técnica del líder del negocio es alto, pero normalmente no ha recibido formación específica orientada a la gestión eficiente de la empresa y suele permanecer al margen de las innovaciones en gestión que realizan las empresas de mayor tamaño.

Además de éstas, los gestores de las PYMI suelen presentar otras características en lo referente a la gestión BARROW (1992) destaca: "la existencia de dificultades para reemplazar al directiva cuando éste es propietario o socio, independientemente de su nivel de eficacia en el desempeño como gestor." (16), gestión guiada por orientación a corto plazo y escasa utilización de la dirección estratégica motivada por la falta de recursos, personal y tiempo así como la presión del día a día.

Por otra parte, las pequeñas empresas suelen depender fuertemente de las aportaciones personales de sus miembros para realizar sus actividades y para alcanzar sus objetivos.

Importancia de las PYMI en la Economía Asegurar el mercado de trabajo mediante la descentralización de la mano de obra cumple un papel esencial en el correcto funcionamiento del mercado laboral.

Tienen efectos socioeconómicos importantes ya que permiten la concentración de la renta y la capacidad productiva desde un número reducido de empresas hacia uno mayor.

Reducen las relaciones sociales a términos personales más estrechos entre el empleador y el empleado favoreciendo las conexiones laborales ya que, en general, sus orígenes son unidades familiares.

Presentan mayor adaptabilidad tecnológica y menor costo de infraestructura.

Obtienen economía de escala a través de la cooperación interempresarial, sin tener que reunir la inversión en una sola firma.

La importancia de las PYMI como unidades de producción de bienes y servicios, en nuestro país y el mundo justifica la necesidad de dedicar un espacio a su conocimiento.

Debido a que desarrollan un menor volumen de actividad, las PYMI poseen mayor flexibilidad para adaptarse a los cambios del mercado y emprender proyectos innovadores que resultaran una buena fuente generadora de empleo, sobre todo profesionales y demás personal calificado.

En la casi totalidad de las economías de mercado las empresas pequeñas y medianas, incluidos los microemprendimientos, constituyen una parte sustancial de la economía. BARROW (1992) señala que "las pequeñas empresas son una chispa vital en la economía y destaca que estas, debido a que son pequeñas y que disponen de recursos limitados, se encuentran a merced de los desplomes del mercado." (17). Cuando cambian las condiciones económicas ellas también deben cambiar. Las grandes empresas no son tan ágiles y a menudo pueden continuar durante algún tiempo en una dirección no requerida por la economía, antes de reconocer la necesidad de un cambio.

Tipos de Empresas La definición de PYMI distingue tres tipos de empresas en función del tipo de relación que mantienen con otras empresas según su participación:

Empresa Autónoma La empresa autónoma es el caso más frecuente. Se trata, sencillamente, de toda empresa que no pertenece a uno de los otros dos tipos de empresa (asociada o vinculada).

Una empresa es autónoma si:

  • No tiene una participación del 25 % o más en otra empresa;

  • No tiene un 25 % o más controlado por una empresa o un organismo público, o conjuntamente por varias empresas vinculadas u organismos públicos, salvo algunas excepciones;

  • No tiene cuentas consolidadas y no figura en las cuentas de una empresa que tenga cuentas consolidadas, con lo que no es una empresa vinculada.

Empresa Asociada La empresa asociada corresponde a la situación de empresas que llevan a cabo asociaciones financieras importantes con otras empresas, sin que una ejerza un control efectivo directo o indirecto sobre la otra. Son asociadas las empresas que no son autónomas pero que tampoco están vinculadas entre sí.

Una empresa está «asociada» a otro si:

  • Posee una participación de entre el 25 % y menos del 50 % de la otra;

  • La otra empresa posee una participación de entre el 25 % y menos del 50 % de la primera;

  • La primera no tiene cuentas consolidadas en las que figure la otra y no figura por consolidación en las cuentas de aquella o de una empresa vinculada a aquella.

Empresa Vinculada La empresa vinculada corresponde a la situación económica de empresas que forman parte de un grupo, por el control directo o indirecto de la mayoría del capital o de los derechos de voto (incluso a través de acuerdos o, en algunos casos, mediante personas físicas accionistas), o por la capacidad de ejercer una influencia dominante sobre una empresa. Se trata, pues, de casos menos frecuentes que se distinguen en general de forma muy clara de los dos tipos precedentes.

ÁREA DE MATERIALES Y METALMECÁNICOS El estado Bolívar posee un parque industrial de aproximadamente veinte (20) empresas, las cuales han visto disminuida su capacidad de funcionamiento por la crisis política y económica del país, razón por la cual las I + D+ I representan una fuente para generar éstas ventajas competitivas en el sector.

La OFICINA INTERNACIONAL DEL TRABAJO – OIT- (1997) puntualiza que desde el punto de vista cualitativo, la pequeña y mediana empresa (PYME) puede considerarse como: "…. Una entidad en la cual tanto la producción como la gestión se concentran en manos de una o dos personas, que son igualmente responsables de tomar las decisiones principales" (18) .

La clasificación que propone la OIT (ya citada) contempla las categorías principales de empresas (no agrícolas) que podrían considerarse PYME.

Las categorías de la clasificación de la OIT son:

  • Distribución: considera el comercio mayorista y minorista, resaltando la descentralización de los centros de distribución.

  • Servicios: Incluye, entre otros, restaurantes y lavanderías.

  • Mantenimiento y reparación: Lo conforman actividades del sector mecánico. Y textil y ecléctico.

  • Transporte: Contempla empresas de transporte (camiones, autobuses y taxis).

  • Construcción: Incluye a contratistas y subcontratistas locales.

  • Industrias manufactureras: Considera industrias modernas, tradicionales y artesanales.

  • Industrias extractivas: incluyendo la minería e industrias afines.

Para la OIT, también debe incluirse en la categoría PYME al sector no estructurado, constituido por empresas caracterizadas por: facilidad de acceso, aprovechamiento de recursos locales, propiedad familiar, actividad a escala reducida, tecnología apropiada y de alta densidad de mano de obra, capacidad obtenida principalmente fuera de los sistemas oficiales de educación y formación, mercados no sujetos a reglamentación y basados en la competencia.

Las empresas de materiales y metalmecánica en la región Guayana están agrupadas en las siguientes áreas:

a) Área: Calderería El área de calderería la conforman las empresa especializadas en el desarrollo de diseños de calderería que se refiere al manejo y tratamiento del acero en planchas para la fabricación de calderas, tanques de almacenamientos, recipientes a presión, tolvas, ductos para gases y tuberías en general. Así también se incluyen en esta área las empresas especializada en la fabricación de equipos indústriales de gran envergadura en los que se incorporan los conjuntos de acero estructural con el ensamblaje de partes y piezas mecanizadas, fabricación de naves industriales, vigas, carrileras, galpones y edificios.

Área Fundición y Forja: El área de fundición y forja abarca todas aquellas empresas que satisfacen las necesidades de las grandes empresas, siderurgias, del aluminio y de minería en el abastecimiento de partes y piezas fabricadas en aluminio, acero, fundición gris, fundición nodular, bronce, latón y ferroaleaciones. Mediante la aplicación de normas solicitadas por el cliente o diseños propios.

Áreas servicio y especialidades: El área de servicio y especialidades agrupa a empresas con alto nivel de tecnologías exigidas en sus procesos de manufacturas con herramientas y equipos modernos, así como con personal y especialistas altamente calificados para cubrir las necesidades de bienes y servicios requeridos por el cliente.

Área Metalmecánica: El área metalmecánica agrupa las empresas que ofrecen servicios como: a) fabricación de piezas livianas, medianas y pesadas; b) tallados de engranajes; c) rectificación, servicios que se ejecutan en maquinas y herramientas convencionales o en modernas maquinas de control numéricos computarizados.

CAPÍTULO III

Diseño metodológico

En el presente capítulo se exponen los aspectos referido al diseño metodológico que será utilizado para el desarrollo de los objetivos de este trabajo de investigación. En primer lugar, se indica el tipo de estudio, la población y muestras evaluadas. Luego se describen los instrumentos para la recolección de la información, el método para el análisis y procesamiento de la misma. Finalmente, se expone el procedimiento para el diseño de las estrategias que vinculará el sector financiero y las PYMI del Estado Bolívar.

TIPO DE ESTUDIO De acuerdo a los objetivos planteados, el presente trabajo será desarrollado en dos fases. La primera fase será realizada como una investigación no experimental de tipo evaluativo, y la segunda fase como una investigación de tipo aplicada. Es un estudio evaluativo porque se diagnosticará la situación actual de las condiciones de financiamiento de los proyectos de I+D+I en las PYMI del Estado Bolívar. Según MARTÍNEZ (1994), un estudio del tipo evaluativo es un:

Proceso orientado para la toma de decisiones y a la acción, que busca determinar la pertinencia, eficacia e impacto del uso de recursos, actividades y resultados en función objetivos pre- establecidos…, constituye un proceso dinámico, técnico, sistemático riguroso, transparente, abierto y participativo, apoyado en datos, informaciones, fuentes y agentes diversos y explícitamente incorporado en el proceso de toma de decisiones.(19)

Es un estudio del tipo aplicado. De acuerdo a la investigación efectuada por INTERNET (2007) Este tipo de investigación se caracteriza porque busca la aplicación o utilización de los conocimientos que se adquieren. La investigación aplicada se encuentra estrechamente vinculada con la investigación básica, pues depende de los resultados y avances de esta última; esto queda aclarado si nos percatamos de que toda investigación aplicada requiere de un marco teórico. Sin embargo, en una investigación empírica, lo que le interesa al investigador, primordialmente, son las consecuencias practicas (20)

De acuerdo con lo citado anteriormente este estudio permitirá a partir del diagnóstico se realizará el diseño de estrategias que favorezcan la vinculación del sector financiero y las PYMI del Estado Bolívar, con miras a fortalecer el desarrollo tecnológico.

POBLACIÓN Y MUESTRA De acuerdo con los objetivos planteados se define la población y la muestra que serán objeto de estudio del presente anteproyecto, de la manera siguiente:

Referente a la población TRIOLA (2006) indica "La población es la colección completa de todos los elementos (puntuaciones, personas, mediciones, etc.) a estudiar. Se dice que la colección es completa, pues incluye a todos los sujetos que se estudiaran" (21)

Y con relación a la muestra dice WEBSTER (2002), "Muestra es una parte representativa de la población que se selecciona para ser estudiada ya que la población es demasiado grande como para analizarla en su totalidad" (22)

MUESTRA La muestra utilizada para obtener la información de esta investigación fue el 27% de las entidades financieras públicas y privadas localizadas en el Estado Bolívar, la cual será consultada mediante una encuesta entrevista a objeto de obtener informaron sobre las opciones de financiamiento de las actividades I+D+I.

INSTRUMENTOS Para evaluar la situación actual del sector financiero y las necesidades de financiamiento de las PYMI del Estado Bolívar, se utilizará la encuesta (Apéndice 1), la entrevista a especialistas y la revisión documental como instrumentos para la recolección de la información base para el desarrollo de este estudio. En tal sentido, HERNÁNDEZ Y OTROS (2002), establece que durante este proceso debe considerarse las siguientes etapas:

…a) seleccionar o desarrollar un instrumento de medición. Este instrumento debe ser valido y confiable, b) aplicar este instrumento de medición (medir las variables), y c) preparar las mediciones obtenidas (codificación de los datos) para que puedan analizarse correctamente. (23)

También SABINO (2000), indica que "un instrumento de recolección de datos es, en principio, cualquier recurso de que se vale el investigador para acercarse a los fenómenos y extraer de ellos información. Dentro de cada instrumento concreto pueden distinguirse dos aspectos diferentes: forma y contenido."(24).

En relación a lo expuesto por los autores citados anteriormente, para la recolección, codificación y análisis de los datos se utilizará los instrumentos tomando en cuenta los objetivos de la investigación, los que se presentan a continuación:

ENTREVISTA Y ENCUESTA Con la aplicación de la entrevista se buscaran opiniones por medio de una guía de preguntas estructuradas y previamente elaboradas a través de una encuesta la cual consistirá en un total de ¿? preguntas, de tipo ¿?, con respuesta de ¿? niveles, para medir y evaluar el financiamiento público y privado de las PYMI del Estado Bolívar, el cual se aplicará a las pequeñas y medianas industrias del sistema regional de ciencia, tecnología e innovación y que están estrechamente relacionados al estudio de la investigación (ver Apéndice A).

OBSERVACIÓN DIRECTA Para la recolección de los datos se utilizará la técnica de observación directa, la cual permitirá registrar, compilar y analizar la información dentro de los procesos productivos y administrativos de la organización relacionados con el sistema regional de ciencia, tecnología e innovación. Además se inspeccionará los registros contables relativos a los costos financiamiento de las diferentes actividades de I+D+I que se están realizando en la actualidad.

MANUALES Los manuales con que actualmente cuenta la empresa serán revisados con la finalidad de conocer los planes y proyectos de I+D+I que están llevando a cabo las PYMI del Estado Bolívar.

INFORMES INTERNOS DE LA EMPRESA Los informes mensuales y trimestrales que ejecuta la empresa para medir su gestión financiera tales como: Estado de Resultado y Balance General.

BIBLIOTECAS Y RED DE INTERNET Este instrumento será utilizado para recolectar información bibliográficas relacionados con el tema de investigación desde el punto de vista teórico por lo cual se usará los servicios prestados por las bibliotecas e Internet.

PAQUETES COMPUTARIZADOS Entre los principales paquetes computarizados a utilizar se encuentra: Word, Excel, Power Point, para realizar gráficos, tablas, trascripción de información, cálculos, diseñar formatos.

PROCEDIMIENTO Para evaluar el impacto de las estrategias que coadyuvarán al fortalecimiento de las finanzas en apoyo de las actividades de I+D+I de las PYMI, a continuación se describe el procedimiento que se seguirá en la elaboración del presente trabajo de investigación:

  • Análisis de las referencias bibliográficas relativas al sector financiero, al sistema de ciencia, tecnología e innovación, y las PYMI.

  • Análisis del marco legal y de las políticas públicas referentes al financiamiento de las PYMI.

  • Realización de un diagnóstico de la situación actual de las PYMI del Estado Bolívar, con relación a las necesidades de financiamiento de los proyectos de I+D+I, a través de la aplicación de una encuesta.

  • Determinación de las opciones y fuentes de financiamiento de las PYMI, específicamente para I+D+I.

  • Realización de las auditorias interna y externa para determinar las fortalezas, debilidades, oportunidades y amenazas de las PYMI en el Estado Bolívar.

  • Diseño de la propuesta para mejorar la aplicación del financiamiento a las PYMI, con relación a ciencia, tecnología e innovación.

CAPÍTULO IV

Marco legal para el financiamiento de la i+d+i

En el presente capítulo se exponen los aspectos referidos al Marco Legal que regulan el funcionamiento de las I+D+I en Venezuela. En primer lugar, se hace un resumen de la LOCTI. luego un resumen de las ley de las PYMI, posteriormente un resumen de la ley general de Bancos y otros institutos de créditos y por último las políticas publicas en Ciencia Tecnología e Innovación (C, T + I).

LEY ORGANICA DE CIENCIA Y TECNOLOGIA E INNOVACION (LOCTI) Esta ley fue decretada, con rango y fuerza de Ley Orgánica de Ciencia Tecnología e Innovación (LOCTI). El 30 de agosto de 2001. bajo el decreto Nº 1.290, Dicha ley fue reformada a través de las modificaciones y la incorporación de nuevos artículos, entrando en vigencia el día 3 de Agosto del 2005, en la Gaceta Oficial Nº 38242, aprobada por la Asamblea Nacional.

La LOCTI tiene como objeto desarrollar los principios orientadores que en materia de ciencia, tecnología e innovación, establece la Constitución de l República Bolivariana de Venezuela; establecer el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, definir lineamientos que orientarán las políticas, estrategias para la actividad científica, tecnológica y de innovación (Artículo 01). Entre los sujetos de ley que forman o pueden formar parte del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación se encuentran los organismos del sector privado, empresas, proveedores de servicios, insumos y bienes de capital, redes de información y asistencia que sean incorporados al Sistema (Artículo 03, tercer punto); dentro del cual se encuentra la PYMI.

ÓRGANO RECTOR DEL SISTEMA El Ministerio de Ciencia y Tecnología es el órgano rector en materia de ciencia, tecnología e innovación y actuará como coordinador y articulador del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, en las acciones de desarrollo científico y tecnológico, con lo organismos de la Administración Pública Nacional (Artículo 20).

APORTE Y LA INVERSIÓN EN LA ACTIVIDAD CIENTÍFICA, TECNOLÓGICA Y DE INNOVACIÓN Los integrantes del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (entre estas la PYMI que forme parte de este sistema), que comercialicen propiedad intelectual de bienes y servicios, desarrollada con recursos provenientes total o parcialmente de los financiamientos otorgados a través del ministerio de Ciencia y Tecnología o sus organismos adscritos, deberán aportar de acuerdo con la modalidad de dicho financiamiento, una cantidad comprendida entre una décima por ciento (0,1%) y el medio por ciento (0,5%) lo ingresos brutos obtenidos por dicha comercialización, en cualesquiera de las actividades señaladas en el artículo 42 de la presente ley (Artículo 34). Por otro lado, el Ministerio de Ciencia y Tecnología, sin menoscabo de otros tipos de financiamiento público o privado propiciará el establecimiento de programas crediticios y de incentivos por el sector bancario nacional para el financiamiento de la innovación tecnológica, para lo cual promoverá sistemas de incentivos a las instituciones financieras que participen en el financiamiento de actividades de innovación tecnológica (artículo 41).

Según el Artículo 42, las actividades consideradas por el órgano rector como inversión en ciencia, tecnología e innovación son:

  • Aportes financieros en programas y proyectos contemplados en el plan nacional de ciencia, tecnología e innovación, ejecutados a través de acuerdos con el Ministerio de Ciencia y Tecnología o con los entes adscritos.

  • Aportes a fondos dependientes del Ministerio de Ciencia y Tecnología.

  • Aportes a organismos adscritos al Ministerio de Ciencia y Tecnología

  • Inversión en proyectos de innovación relacionados con las actividades de la empresa, que involucren la obtención de nuevos conocimientos o tecnologías en el país, con participación nacional n los derechos de propiedad intelectual.

  • Financiamiento de patentes nacionales.

  • Inversión en actividades de investigación y desarrollo que incluyan:

  • Consolidación de redes de cooperación científica, tecnológica y de innovación a nivel nacional e internacional.

  • Formación de unidades de vinculación entre centros de investigación y desarrollo y las empresas, para procesos de transferencia tecnológica.

  • Otras

  • Inversión en actividades de fortalecimiento de talento humano nacional que incluyan:

  • Financiamiento de becas para estudios a nivel técnico, de mejoramiento, capacitación, actualización y de post grado para el personal que labora o sea incorporado en la empresa o en una red de empresas nacionales.

  • Programas permanentes de actualización del personal de la empresa con participación de universidades u otras instituciones de educación superior del país.

  • Otras.

  • Otras.

El Ministerio de Ciencia y Tecnología tendrá las facultades de control, fiscalización, verificación y determinación cuantitativa y cualitativa de los aportes contenidos en l título III (Artículo 45). De igual manera coordinará con la autoridad aduanera y tributaria, lo referente a las declaraciones y demás documentos que se requieren del aportante, a los fines de la verificación y determinación del aporte (Artículo 46).

RÉGIMEN SANCIONATORIO Y PROCEDIMIENTOS A quienes hubieren obtenido recursos provenientes del Ministerio de Ciencia y Tecnología o de sus órganos o entes adscritos, para el desarrollo0 de alguna actividad científica, tecnológica y/o de innovación e incumpliere las estipulaciones acordadas en los reglamentos que rigen el otorgamiento de tales recursos y las disposiciones de la presente Ley, no les será otorgado nuevos recursos durante un lapso de dos (2) a cinco (5) años y se le aplicarán multas comprendidas entre diez unidades tributarias (10 U.T.) a cincuenta mil unidades tributarias (50.000 U.T.) que serán canceladas en la tesorería del ente o a cargo del órgano otorgante de los recursos serán determinadas por la máxima autoridad de dicho ente u órgano de acuerdo con la gravedad del incumplimiento (Artículo 71).

LEY PARA LA PROMOCION DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA INSDUSTRIA (PYMI)

  • DISPOSICIONES GENERALES

Esta ley tiene por objeto regular las relaciones que se dan entre los órganos y entes que intervienen en el proceso de desarrollo de la pequeña y mediana industria y las empresas de servicios conexos a las mismas; así como el apoyo, fomento, promoción, recuperación y expansión de la pequeña y mediana industria, mediante la reestructuración de sus deudas, la recuperación de su capacidad instalada, el financiamiento oportuno, la capacitación, asistenta técnica y las preferencias en las compras del sector público; entre otras acciones de apoyo para la pequeña y mediana industria (Artículo 01). El Estado tendrá como función promover y fomentar las iniciativas particulares y colectivas que conlleven a la constitución, recuperación y desarrollo sustentable de la pequeña y mediana industria (Artículo 02). Se define como Pequeña Y Mediana Industria (PYMI) toda unidad de explotación económica, realizad por las personas jurídicas que realicen actividades de transformación de materias primas en insumos, en bienes industriales elaborado o semielaborados, que responda a uno de los parámetros establecidos por el Ejecutivo Nacional mediante el Reglamento de esta Ley (Artículo 03, punto 01).

FINANCIAMIENTO A LA PEQUEÑA Y MEDIANA INDUSTRIA El ejecutivo nacional, por órgano del Ministerio del ramo y de los otros entes públicos encargados del fomento, promoción y desarrollo de la pequeña mediana industria, establecerá las medidas tendentes a desarrollar y promover la adopción de modalidades de financieras preferenciales, promover el desarrollo y fortalecimiento del Sistema Nacional de Garantías Recíprocas para la pequeña y mediana industria, promover el desarrollo y constitución de Fondos y Sociedades de Capital de Riesgo que ofrezcan modalidades alternas de financiamiento y promover, ante el Sistema Financiero, la utilización de mecanismos y procedimientos que faciliten el proceso e la evaluación crediticia (Artículo 16).

DEBERES DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA INDUSTRIA Son deberes de la pequeña y mediana industria contribuir a la capacitación y el adiestramiento de su personal, adoptar las medidas necesarias para el aumento de los niveles de calidad, productividad y competitividad de sus productos en los mercados, entre otros deberes (Artículo 21). El Ejecutivo Nacional, por órgano del ministerio del ramo promoverá la participación de las pequeñas y medianas industrias en programas de mejoramiento de sus niveles de calidad, productividad y competitividad con el objeto de propiciar su desarrollo integral como unidades de producción (Artículo 22).

FORMACIÓN, INNOVACIÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO El Ejecutivo Nacional, a través del ministerio del ramo, deberá promover la innovación el desarrollo tecnológico en el sector, mediante programas de asistencia técnica en las pequeñas y medianas industrias (Artículo 23). De igual manera, el Ministerio de Ciencia y Tecnología, en coordinación con el ministerio del ramo, fomentará el establecimiento y desarrollo de una infraestructura tecnológica de apoyo al sector de la pequeña y mediana industria, de promoción de parques tecnológicos, así como de transferencia de tecnologías, garantizando y coordinando su ejecución dentro del Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación. Así mismo, en coordinación con el ministerio del ramo, instrumentará programas de apoyo a la innovación y el desarrollo tecnológico de la pequeña mediana industria, fomentando la incorporación, asimilación o aplicación de innovación en las diferentes etapas de los procesos productivos la modernización de las estructuras organizativas y de gestión e incorporando Sistemas de Aseguramiento de la Calidad que permitan la certificación de sus procesos, sistemas y productos finales de acuerdo con los estándares y normas nacionales e internacionales (Artículo 25 y 26).

LEY GENERAL DE BANCOS Y OTROS INSTITUTOS DE CREDITOS Según lo establecido por esta ley(25), las actividades financieras consisten en la captación de recursos financieros incluidos las operaciones de mesas de dinero con la finalidad de otorgar créditos o financiamientos inversiones en valores, cuya actividad solo podrá ser realizada por los bancos, entidades de ahorro y préstamo y demás instituciones financieras regidas por este decreto ley.

Se rigen por esta ley los bancos universales, bancos comerciales, bancos hipotecarios, bancos de inversión, bancos de desarrollo, bancos de segundos pisos, arrendadoras financieras, fondo del mercado monetario, entidades de ahorro y préstamo, casas de cambio, grupos financieros, operadores cambiarios fronterizos, así como las empresas emisoras y operadoras de tarjetas de créditos.

El organismo encargado de la supervisión, vigilancia, fiscalización, de las instituciones financieras regidas por la ley general de bancos y otros institutos de créditos se conoce con el nombre de la Superintendencia de Banco (26).

De las instituciones financieras regidas por la presente ley, y para los efectos de estudios, se consideran los siguientes bancos:

  • Bancos universales.

  • Bancos comerciales.

  • Entidades de ahorro y préstamos.

  • Banco de Inversión

  • Bancos de desarrollo.

  • Bancos de segundo piso.

Bancos universales: son aquellos que pueden realizar todas las operaciones de conformidad con lo establecido en el presente decreto ley, que efectúan los bancos e instituciones financieras especializadas excepto las de los bancos de segundo piso.

Los bancos universales para operar deben de tener un capital de bolívares 40.000.000 millones en el distrito metropolitano y fuera de el, de la ciudad de caracas y una vez obtenidos de la superintendencia de bancos y otras instrucciones financieras la calificación de regional, se requiera un capital pagado de no menor de 20.000.000 millones de bolívares.

Bancos comerciales: tendrán por objetos realizar operaciones financieras y las demás operaciones y servicios financieros que sean compatibles con su naturaleza, ejemplo, conceder pagares, descuentos, créditos, cuentas corrientes, recibir depósitos a la vista y a la largo plazo.

Los bancos comerciales deberán tener un capital pagado en dinero efectivo de bolívares 16.000.000 millones si tienen su asiento en el distrito metropolitano y fuera de el una vez calificada como regionales se requiere un capital pagado de bolívares 8.000.000 millones.

Entidades de ahorro y préstamo: tienen por objetos crear, mantener, fomentar, y desarrollar condiciones y mecanismos favorables para la captación de recursos financieros, principalmente ahorros y su canalización en forma segura y rentable mediante cualquier tipo de actividad crediticia hacia la familia, la sociedades cooperativas, el artesano, el profesional, y las pequeñas industrias, comerciales, etc.

Bancos de inversión: Los bancos de inversión tendrán como objeto intermediar en la colocación de capitales, participar en el financiamiento de operaciones en el mercado de capitales, financiar la producción, la construcción y proyectos de inversión, y, en general, ejecutar otras operaciones compatibles con su naturaleza, con las limitaciones previstas en este Decreto Ley.

Los bancos de inversión deberán tener un capital pagado en dinero en efectivo o mediante la capitalización de resultados acumulados disponibles para tal fin, no menor de DIEZ MIL MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 10.000.000.000,oo). Los aumentos adicionales a dicho monto, igualmente deberán ser en dinero en efectivo o mediante la capitalización de dichos resultados acumulados.

No obstante, si tienen su asiento principal fuera del Distrito Metropolitano de la ciudad de Caracas y han obtenido de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras la calificación de banco regional, se requerirá un capital pagado, en las condiciones antes mencionadas, no menor de CINCO MIL MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 5.000.000.000,oo).

Una vez modificado el capital mínimo requerido, los bancos de inversión deberán ajustar en un lapso de noventa (90) días continuos contados a partir de la modificación realizada, su capital social a la cantidad que corresponda.

Las operaciones que realicen los bancos de inversión en el mercado de capitales se efectuarán con los siguientes títulos valores:

  • a. Los emitidos o avalados por la República.

  • b. Los emitidos de conformidad con el presente Decreto Ley y la Ley del Banco Central de Venezuela.

  • c. Los autorizados por la Comisión Nacional de Valores.

A los fines de facilitar la liquidación y posterior pago de los créditos otorgados, se asignará al deudor una cuenta especial, no movilizable mediante cheques, medios electrónicos, o cualquier otra modalidad de pago.

En la cuenta especial, el deudor sólo podrá depositar las respectivas comisiones, el monto exacto de la cuota que corresponda al período causado; o las amortizaciones extraordinarias, de conformidad con lo previsto en el respectivo contrato; así como también todos aquellos gastos que se deriven del crédito otorgado. En ningún caso, los montos que se mantengan en dicha cuenta generarán intereses.

Bancos de desarrollo: Los bancos de desarrollo, tendrán por objeto principal fomentar, financiar y promover actividades económicas y sociales para sectores específicos del país, compatibles con su naturaleza, con las limitaciones de este Decreto Ley. Cuando se trate de recursos provenientes del Ejecutivo Nacional destinados a programas específicos, podrán realizar operaciones de segundo piso.

Cuando tengan por objeto exclusivo fomentar, financiar o promover las actividades microfinancieras sustentadas en la iniciativa pública o privada, tanto en las zonas urbanas como rurales, otorgarán créditos de menor cuantía, bajo parámetros de calificación distintos a los establecidos en el resto de los bancos, entidades de ahorro y préstamo e instituciones financieras, y podrán realizar las demás operaciones de intermediación financiera y servicios financieros compatibles con su objeto.

Los bancos de desarrollo deberán tener un capital pagado en dinero en efectivo o mediante la capitalización de resultados acumulados disponibles para tal fin, no menor de Dieciséis Mil Millones de Bolívares (Bs. 16.000.000.000,oo). Los aumentos adicionales a dicho monto, igualmente deberán ser en dinero en efectivo o mediante la capitalización de dichos resultados acumulados. No obstante, si tienen su asiento principal fuera del Distrito Metropolitano de la ciudad de Caracas y han obtenido de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras la calificación de banco regional, se requerirá un capital pagado, en las condiciones antes mencionadas, no menor de Ocho Mil Millones de Bolívares (Bs. 8.000.000.000,oo).

Cuando su objeto sea exclusivamente atender al sector microempresarial deberán tener un capital pagado en dinero efectivo o mediante la capitalización de resultados acumulados disponibles para tal fin, no menor de Tres Mil Millones de Bolívares (Bs. 3.000.000.000,oo).

Una vez modificado el capital mínimo requerido, los bancos de desarrollo deberán ajustar en un lapso de noventa (90) días continuos contados a partir de la modificación realizada, su capital social a la cantidad que corresponda.

Bancos de segundo piso: Los bancos de segundo piso, tendrán como objeto principal fomentar y financiar los proyectos de desarrollo industrial y social del país, así como las actividades microempresariales, urbanas y rurales, con las limitaciones de este Decreto Ley; y sólo podrán realizar sus operaciones crediticias a través de los bancos universales, bancos comerciales, bancos de desarrollo, entidades de ahorro y préstamo, y fondos regionales, salvo que se trate de créditos otorgados a los microempresarios o microempresas, en cuyo caso podrán otorgarlos a través de los entes de ejecución conforme a las disposiciones de la Ley que rige a ese sector; pero podrán realizar las demás operaciones de intermediación financiera y servicios financieros compatibles con su objeto.

En el caso de las actividades microempresariales, otorgarán créditos de menor cuantía, bajo parámetros de calificación distintos a los establecidos en el resto de los bancos, entidades de ahorro y préstamo e instituciones financieras.

Los bancos de segundo piso deberán tener un capital pagado en dinero en efectivo o mediante la capitalización de resultados acumulados disponibles para tal fin, no menor de Dieciséis Mil Millones de Bolívares (Bs. 16.000.000.000,oo). Los aumentos adicionales a dicho monto, igualmente deberán ser en dinero en efectivo o mediante la capitalización de dichos resultados acumulados.

No obstante, si tienen su asiento principal fuera del Distrito Metropolitano de la ciudad de Caracas y han obtenido de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras la calificación de banco regional, se requerirá un capital pagado, en las condiciones antes mencionadas, no menor de Ocho Mil Millones de Bolívares (Bs. 8.000.000.000,oo).

Una vez modificado el capital mínimo requerido, los bancos de segundo piso deberán ajustar en un lapso de noventa (90) días continuos contados a partir de la modificación realizada, su capital social a la cantidad que corresponda.

POLITICAS PUBLICAS EN C, T + I EN VENEZUELA A partir del año 1950 se viene impulsando la actividad científica y tecnológica en Venezuela, con la creación del Instituto Venezolano de Investigaciones Científicas y Tecnológicas, IVIC. Posteriormente, en el año 1967 se crea el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Tecnológicas, cuya misión era promocionar y apoyar las actividades Científicas y Tecnológicas en el país. Sin embargo, el hito mas importante en materia de políticas públicas en materia de CTI, fue su inclusión en la Constitución de la República, en el Articulo 110. En 2005 se aprueba la LOCTI, estableciendo la creación del Ministerio de Ciencia y Tecnología como rector de las políticas públicas de CTI, el diseño del Sistema Nacional de Innovación, el Fondo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación y la Formulación del Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Es el año 2005 cuando se aprueba el Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación 2005 – 2030, cuyos objetivos estratégicos son propiciar la independencia tecnológica del país, favorecer la inclusión social y generar mayores capacidades nacionales de ciencia, tecnología e innovación referida a la formación de talento, la creación y fortalecimiento de infraestructura científica y al conjunto de plataformas tecnológicas requeridas en nuestro país. Las líneas de acción prioritarias a desarrollar en este plan son:

  • 1. Investigación y desarrollo para mejorar la calidad de vida.

  • 2. Generación de conocimientos y fomento del talento humano.

  • 3. Fomento de la calidad e innovación productiva.

  • 4. Fortalecimiento y articulación de redes de cooperación científica e innovación tecnológica.

  • 5. Innovación de la gestión pública y articulación social de la ciencia y la tecnología.

En el Plan de CTI, se establecen las metas a cumplir en su horizonte de vigencia, entre las cuales se puedes citar algunas vinculadas al fortalecimiento de las actividades de I+D+I en el sector industrial, a saber:

  • 1. Incrementar la inversión en I+D+I en el país hasta un 2%.

  • 2. Incrementar el financiamiento de líneas de investigación en áreas estratégicas que beneficien a investigadores, centros de investigación y redes.

  • 3. Elevar la capacidad innovativa nacional popular y empresarial en 50% en los próximos cinco años, y en 70% en los próximos diez años, en términos de investigación, adaptación y diseño de nuevos productos y procesos.

  • 4. Crear capacidades para asimilar tecnología, generar conocimiento y promover el desarrollo tecnológico nacional.

MISION CIENCIA En el año 2005, inicio sus actividades la Misión Ciencia con el propósito de "modelar una nueva cultura científica y tecnológica que aborde la producción colectiva de conocimiento científico, el diálogo de saberes, la integralidad, la interdisciplinariedad y la participación de diversidad de actores en el ámbito del desarrollo científico- tecnológico del país, con la finalidad de alcanzar mayores niveles de soberanía". Piñero (2007). Para lograr estos objetivos cuenta con un presupuesto de 941 millardos de bolívares en el año 2007, procedentes de la renta petrolera. Esta misión pretende incorporar y articular eficientemente los actores sociales e institucionales utilizando redes económicas, sociales, académicas y políticas para uso extensivo del conocimiento, en función del desarrollo endógeno y la integración. De esta manera se garantiza apoyar el modelo de desarrollo del gobierno nacional.

La Misión Ciencia tiene previsto fortalecer las actividades de I+D+I en las PYMI, a través de programas de apoyo técnico, formación, proyectos conjuntos con los centros y laboratorios de I&D, entre sus líneas de investigación prioritarias están metalurgia, nuevos materiales y procesos industriales. En el caso de Ciudad Guayana, se tiene previsto crear un Centro Innovación de Tecnología de Acero y Aluminio, cuyo objetivo es para fortalecer las capacidades y potencialidades de Investigación y Desarrollo Tecnológico de los centros y laboratorios de las Universidades, Empresas Básicas, PYMI, Cooperativas, Redes de Innovación Productivas y Empresas de Producción Social.

4.1 FONDO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN El Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Tecnológicas (CONICIT), hoy denominado Fondo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (FONACIT), es un instituto autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio e independiente del Fisco Nacional, adscrito al Ministerio de Ciencia y tecnología y gozará de las perrogativas, privilegios y exenciones de orden procesal, civil tributario conferidos por la normativa aplicable a la República (Artículo 60). El FONACIT es el órgano ejecutor y financiero de los programas y proyectos definidos por el Ministerio de Ciencia y Tecnología, por lo que se encarga de administrar lo recursos asignados por éste al financiamiento de la ciencia, la tecnología y la innovación, velando por su adecuada distribución, sin perjuicio de las atribuciones conferidas a otros enes adscritos al Ministerio de Ciencia Tecnología por leyes especiales (Artículo 61).

CAPÍTULO V

Opciones de financiamiento para las actividades de i+d+i en las pymi

En este capitulo se analizan las diferentes opciones de financiamiento para las actividades de I+D+I dirigidos al sector de las PYMI, en el estado Bolívar. En primer lugar se realiza un diagnóstico de las necesidades de financiamiento del sector, se caracteriza el sector financiero público y privado, luego se realiza un análisis FODA de las condiciones generales de financiamiento de las actividades de I+D+I. Finalmente, se plantean una serie de estrategias para mejorar las políticas y mecanismos de financiamiento de las PYMI del área de materiales y metalmecánica del estado Bolívar.

1 NECESIDADES DE FINANCIAMIENTO DE LAS ACTIVIDADES DE I+D+I EN LAS PYMI DEL ESTADO BOLIVAR Durante el desarrollo de la investigación se consultaron algunos empresarios de las áreas de materiales y metalmecánica, localizados en el estado Bolívar, cuyas empresas han desarrollados innovaciones en los últimos cinco años. Según sus opiniones, las necesidades generales y de financiamiento de las PYMI, se puede resumir en los siguientes aspectos:

  • Falta de Laboratorio y Centros de Investigación certificadoras.

  • Dificultad en la obtención de financiamiento para actividades generales de la empresa y particularmente las de I+D+I.

  • Falta de apoyo por parte de las empresas básicas, en materia de sustitución de importaciones, situación que desestimula el desarrollo de nuevos productos.

  • Dificultad en la obtención de divisas para obtener bienes y servicios en el exterior, en cuanto a la cantidad otorgada y la oportunidad en la entrega.

  • Apoyo técnico – financiero para desarrollar nuevos productos y procesos, y mejorar los existentes.

  • El plagio en innovaciones desarrolladas, ocasiona perdida de los recursos invertidos y merma en los ingresos por su comercialización.

  • Falta de personal calificado y la alta rotación de los existentes.

Estos resultados coinciden con los hallazgos Genatios y La Fuente, (2004)(27), quien concluyo que en Venezuela la inversión en términos de recursos financieros suministrados por el Estado al sector de Ciencia y Tecnología, es inferior al 0,5% del PIB por parte las instituciones de financiamiento de las actividades de Ciencia y Tecnología y la contribución del sector privado es casi inexistente.

Según Rodríguez (2001)(5) la problemática del sector metalmecánica del Estado Bolívar se puede resumir en que "no se realiza actividades de Investigación y Desarrollo, existe una baja inversión para capacitar a su personal, la desarticulación con los centros de I +D de la región para desarrollar nuevos productos o mejoras de procesos y el apoyo de estado, la falta de materia prima no producida en el país afectando los costos, los precios y el tiempo de entrega, la baja capacidad técnica para el diseño de producto, la inadecuada infraestructura para exportar y problemas con la tecnología y el financiamiento propio". Por su parte, Arzola (2001)(28) concluyo que la inversión en I&D en el sector metal del estado Bolívar, es muy deficiente.

El gobierno nacional tiene previsto mejorar el financiamiento de las actividades de innovación, con los recursos aportados por la LOCTI, la cual favorecerá la inclusión social, impulsara el crecimiento de la economía, mejorara la calidad de vida y contribuirá con la soberanía del país al vincularse directamente al Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación. En este sentido, Navarro (2007)(29) afirmo que con la ejecución de la LOCTI en 2006, la inversión en I+D+I alcanzo el 2,11% del PIB a nivel nacional. Esta situación favorece el financiamiento de las actividades de I+D+I en las PYMI, dada la disponibilidad de recursos internos y en los organismos publico promotores de la innovación.

CARACTERIZACIÓN DEL SECTOR FINANCIERO EN EL ESTADO BOLIVAR Según la Superintendencia General de Bancos e Instituciones Financieras (2007), en Venezuela existe 52 Instituciones Financieras Publicas y Privadas, entre cuyas responsabilidades esta el financiamiento de las actividades de I+D+I de la PYMI. Particularmente en el estado Bolívar, el sector financiero se puede clasificar en entes financieros y banca comercial, públicos y privados en ambos casos.

En total existen cuatro entes financieros público y un ente financiero privado; cuatro bancos comerciales públicos y diecisiete bancos comerciales privados. Se obtuvo información del 27% de la población, mediante la aplicación de un cuestionario– entrevista, a partir de la cual se caracteriza el sector financiero del Estado Bolívar.

Servicios que ofrecen Según la información suministrada por las entidades financieras en el Estado Bolívar, éstas ofrecen 37 tipos servicios financieros generales, a saber:

  • Cuenta de Ahorro (Personal Natural y Jurídica)

  • Fideicomisos

  • Banca On line

  • Comercios y puntos de venta

  • Microcréditos

  • Créditos Comerciales

  • Pagaré

  • Fianza

  • Línea de crédito comercial

  • Depósitos a plazo fijo

  • Factoring

  • Créditos para vehículos

  • Créditos hipotecarios

  • Créditos agropecuarios y turismo

  • Cuenta de ahorro de nóminas

  • Cuenta de ahorro infantil

  • Cuenta corriente

  • Cuenta corriente nómina

  • Cheque de gerencia

  • Compra de cheques en moneda extranjera

  • Venta de dólares en efectivo

  • Transferencia en moneda extranjera

  • Caja de seguridad

  • Abono automático

  • Domiciliación de pagos

  • Financiamiento integral

  • Comprendido de seguimiento y acompañamiento

  • Participaciones

  • Colocaciones en mesa de dinero

  • Créditos al consumo (tarjeta de crédito)

  • Créditos al constructor

  • Asistencia técnica integral

  • Asistencia Financiera

  • Tarjetas de Débito

  • Créditos personales

  • Créditos industriales

  • Convenios especiales con entes gubernamentales

Del total de servicios financieros ofrecidos, sólo once des estos pueden utilizarse para financiar las actividades de I+D+I en las PYMI. La definición de cada uno de estos servicios financieros se describe a continuación:

  • Factoring: Es un instrumento financiero mediante el cual las entidades financieras adquieren las cuentas y efectos por cobrar de sus clientes convirtiéndolas en efectivos inmediatamente, en lugar de tener que esperar la cobranza de dichas cuentas; el proceso de Factoring permite convertir rápida y convenientemente los efectos y cuentas por cobrar en efectivo.

  • Pagare: son créditos concedidos por el banco documentándoles a través de un titulo de créditos o títulos de valor que contiene la promesa incondicional de una persona a la cual se le denomina suscriptora de que pagara a un beneficio

  • Financiamiento integral: son políticas de financiamientos de proyecto a largo plazo.

  • Asistencia técnica integral: consiste en los servicios de atención al cliente que utilizan los bancos de una forma integral, ejemplo: asistencia técnica a las producciones agropecuarias industriales, acompañamientos técnicos a los productos sin familia, acompañamiento técnico a las comunidades de pequeña producción.

  • Asistencia financiera: se trata de una operación triangular configurada normalmente por los negocios jurídicos:

  • De asistencia financiera (entre la sociedad y el tercero asistido).

  • De adquisición de acción (entre el tercero asistido y uno o varios accionistas) y/o la propia sociedad.

  • Créditos industriales: son créditos que se otorgan a mediano o largo plazo para la instalación, ampliación de industrias y desarrollo inmobiliarios. Incluye el financiamiento de compra de terreno industriales, maquinarias, equipos y capital de trabajo. Este tipo de créditos debe respaldarse con garantías hipotecarias y una fianza solidaria (jurídica o personal). Entre las características destacan que los beneficios se conceden a un plazo de hasta 5 años; para cancelar el crédito

al constructor. Cuando el destino del crédito sea la construcción se debe tomar en cuenta un periodo de gracias de 18 meses que implica el pago de intereses no de capital; el crédito no es entregado de un solo desembolso, sino por el método de valuaciones (donde se realizan las entregas parciales a medida que avanza la obra); se designa un ingeniero inspector que supervisa las valuaciones entregadas por el cliente solicitante del crédito. La forma de pago puede ser mediante trimestres anticipados (intereses cobrados por anticipado por un periodo de 90 días o mensualmente vencido).

  • Convenios con entes gubernamentales: son los convenios que establecen los bancos con instituciones del gobierno a fin de llevar a cabo una determinada actividad por ejemplo los convenios educativos.

  • Fideicomiso: son actividades o encargos de confianzas realizadas por las instituciones financieras autorizadas por las superintendencias de bancos donde la institución financiera actúa como fideiciario y el beneficiario como fideicomitente.

ENTIDADES FINANCIERAS PÚBLICAS Planes de Financiamiento Según la muestra consultada, el 67% de las entidades financieras públicas poseen planes de financiamiento para apoyar las actividades de I+D+I en las PYMI, en el Estado Bolívar, ver Figura 1. Los requisitos exigidos para otorgar el financiamiento son la presentación del proyecto, formulado según la metodología de cada ente, la documentación legal de la empresa y las garantías financieras según el caso.

Los instrumentos financieros aplicados con más frecuencia son: Activos Fijos, Capital de trabajo, Fabrica Adentro, Cooperativas de Producción y Apoyo a las Exportaciones.

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Figura 2. Planes de Financiamiento de apoyo a la PYMI, entidades financieras públicas Convenios con otros Organismos Públicos El 33% de los Entes Financieros públicos del Estado Bolívar poseen convenios con otras instituciones públicas, tales como FUNDAYACUCHO, Universidad Bolivariana de Venezuela y las Fuerzas Armadas Nacionales, con el objetivo de financiar actividades de i+D+I, orientadas básicamente con la formación del talento humano, ver Figura 2.

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Figura 3. Convenio con otros organismos públicos para financiar actividades de I+D+I Según la información suministrada, los entes financieros públicos destinan entre un 10 y un 20% de su cartera de crédito al financiamiento de las actividades de I+D+I, utilizando los instrumentos financieros disponibles en su cartera y de esa forma cumplir con las regulaciones legales vigentes.

Capital de Riesgo Según la consulta realizada los entes financieros públicos localizados en el estado bolívar no estimulan la creación de capital de riesgo para promover el financiamiento de actividades de I+D+I en la PYMI.

Fideicomiso Según la consulta realizada los entes financieros públicos localizados en el estado Bolívar no utilizan el fideicomiso como instrumento financiero para apoyar las actividades de I+D+I en la PYMI.

Mora e Incumplimiento El 67% de las entidades financieras públicas de la muestra consultada poseen un procedimiento de tipo administrativo o legal para casos de mora e incumplimiento del crédito concedido, ver Figura 3.

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Figura 4. Mora e incumplimiento, Entidades Financieras Públicas

Financiamiento de Actividades de I+D+I según LOCTI El 33% de las entidades financieras publicas consultadas, han financiado actividades de I+D+I según lo establecido en la LOCTI, específicamente Mejora de Productos Existentes en las PYMI, ver Figura 4.

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Figura 5. Financiamiento actividades de I+D+I según LOCTI, Entidades Financieras Públicas

Incentivos al Financiamiento de Actividades de I+D+I El 100% de las entidades financieras públicas consultadas, no han recibido incentivos por el financiamiento y promoción de actividades de I+D+I. Este resultado evidencia la escasa participación de las entidades financieras públicas del Estado Bolívar en la promoción y financiamiento de las actividades de I+D+I.

BANCA COMERCIAL Planes de Financiamiento Según los resultados de la muestra consultada, el 75% de los bancos comerciales posee un plan para apoyar las actividades de I+D+I en la PYME, ver Figura 5. Los requisitos generales exigidos par otorgar este tipo de financiamiento son: poseer cuenta en la entidad, consignar el proyecto y la documentación de identificación y balances de la empresa. Los financiamiento mas frecuentes se dirigen al sector agrícola, turismo y al constructor y ningunas de las entidades financieras brinda asesoría con respecto al financiamiento concedido.

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Figura 6. Planes de Financiamiento de apoyo a la PYMI, Banca Comercial Convenios con Organismos Públicos El 25% de los bancos consultados tienen convenios con organismos públicos para apoyar las actividades de I+D+I en las PIMI, ver Figura 6. Esta situación evidencia el desconocimiento de los programas de financiamiento públicos y la escasa participación del sector financiero privado en el financiamiento de proyectos de I+D+I en las PIMI del Estado Bolívar.

Según la información suministrada, la banca comercial destina entre un 10 y un 20% de su cartera de crédito al financiamiento de las actividades de I+D+I, utilizando los instrumentos financieros disponibles en su cartera y de esa forma cumplir con las regulaciones legales vigentes.

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Figura 7. Convenio para financiar actividades de I+D+I con organismos públicos Capital de Riesgo El 25% de las entidades bancarias consultadas, poseen programas de capital de riesgo para financiar las actividades de I+D+I en las PYMI, ver Figura 7; obteniendo un retorno de la inversión superior al 70%. Este tipo de instrumento financiero es típico en el financiamiento de actividades de investigación y emprendimiento.

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Figura 8. Fondos para capital de riesgo, Banca Comercial Fideicomiso El 50% de los bancos consultados poseen instrumentos financiero tipo fideicomiso para apoya a las PYMI en el desarrollo de las actividades de I+D+I, ver Figura 8.

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Figura 9. Uso del fideicomiso como instrumento de financiamiento, Banca Comercial Mora e Incumplimiento El 100% de los bancos de la muestra consultada poseen un procedimiento de tipo administrativo o legal para casos de mora e incumplimiento del crédito concedido. Este procedimiento comienza con la notificación al cliente de los retardos en el pago, de no obtener respuestas satisfactoria se procede legalmente.

Incentivos al Financiamiento de Actividades de I+D+I El 100% de los bancos consultados, no ha recibido incentivos por el financiamiento y promoción de actividades de I+D+I. Este resultado evidencia la escasa participación de la banca comercial del Estado Bolívar en la promoción y financiamiento de las actividades de I+D+I.

ANALISIS FODA DE LAS CONDICIONES DE FINANCIAMIENTO A LAS ACTIVIDADES DE I+D+I EN EL ESTADO BOLÍVAR Luego de evaluadas las necesidades de financiamiento de la PYMI y las oportunidades de financiamiento de las entidades financiera localizadas en el estado Bolívar, a continuación se plantean el análisis FODA de las condiciones generales de financiamiento a las actividades de I+D+I en el estado Bolívar.

FORTALEZAS

  • Existen instituciones financieras con instrumentos financieros de apoyo a las actividades de I+D+I.

  • Existen políticas públicas de apoyo a las actividades de I+D+I, para aumentar la inversión en I+D+I, establecidos en el Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación 2007-2030.

  • Marco Legal Vigente: LOCTI, Ley de las PYMI y Ley de Bancos

DEBILIDADES

  • Escasa inversión en actividades de I+D+I de las PYMI.

  • Desconocimiento de los programas de financiamiento a las actividades de I+D+I, lo cual ocasiona la subutilización de los recursos disponibles en el sector financiero de la región.

  • La cantidad de requisitos exigidos para otorgar financiamiento dificulta su utilización por parte de las PYMI.

  • Falta de mecanismos de difusión de los planes, programas y proyectos de financiamiento a las actividades de I+D+I.

  • Condiciones y requisitos exigidos inflexibles para otorgar financiamiento: plazos y condiciones de pago, tiempo del trámite y tasas de interés.

  • Trámites para obtener divisas.

OPORTUNIDADES

  • Condiciones industriales y ventajas comparativas del estado Bolívar favorecen el desarrollo y consolidación de las PYMI, a través de actividades de I+D+I.

AMENAZAS

  • Condiciones políticas y económicas del país

ESTRATEGIAS PARA MEJORAR LAS POLÍTICAS DE FINANCIAMIENTO A LAS ACTIVIDADES DE I+D+I EN EL ESTADO BOLÍVAR Las estrategias a proponer para mejorar las condiciones de financiamiento a las actividades de I+D+I en el estado Bolívar, se clasificaron en función de los diferentes actores que participan, a saber:

SECTOR PÚBLICO:

  • Establecer un programa de difusión en la PYMI, para dar a conocer las ventajas invertir internamente los recursos establecidos de la LOCTI, para mejorar su posición competitiva.

  • Establecer mecanismos de difusión y promoción de los programas de financiamiento, principalmente por parte del gobierno para estimular la participación de las PYMI en programas de financiamiento:

  • Enviar información a las PYMI, a través de las asociaciones empresariales que las agrupan

  • Publicar información en medios impresos y audiovisuales

  • Eventos difundir planes y programas del sector financiero públicos y Privados

  • Establecer mecanismos de reconocimiento y premiación al sector PYMI, para las empresas más destacadas en el desarrollo de actividades de I+D+I.

  • Establecer prioridades para otorgar las divisas requeridas por la PYMI, en cuanto a cantidad y oportunidad.

ENTIDADES FINANCIERAS

  • Simplificar los procedimientos para el otorgamiento de financiamiento a las actividades en las PYMI.

  • Flexibilizar las condiciones para otorgar el financiamiento, en cuanto a plazos de pago, duración del trámite y tasa de interés.

  • Establecer convenios con organismos públicos para apoyar financieramente a las PYMI, en materia de I+D+I.

PYMI

  • Internalizar y reconocer la importancia de las actividades de I+D+I, como instrumento para su crecimiento y desarrollo.

  • Identificar y difundir sus necesidades de financiamiento, a fin de establecer convenios interinstitucionales a través de las cámaras y asociaciones que las agrupan.

  • Formular proyectos de I+D+I.

CONCLUSIONES

  • 1. Existe un desconocimiento de las políticas y programas públicos de financiamiento por parte de la PYMI.

  • 2. Las condiciones de financiamiento de las instituciones públicas y privadas son inflexibles en cuanto a los plazos de pago, tasa de interés y los requisitos exigidos.

  • 3. Existen un marco legal y políticas públicas para financiar las actividades de I+D+I en las PYMI.

  • 4. Escasa inversión en proyectos de innovación en las PYMI del estado Bolívar.

  • 5. En general, la problemática del financiamiento a las PYMI se resumen en los siguientes aspectos:

  • a. Falta de Laboratorio y Centros de Investigación certificadoras.

  • b. Dificultad en la obtención de financiamiento para actividades generales de la empresa y particularmente las de I+D+I.

  • c. Falta de apoyo por parte de las empresas básicas, en materia de sustitución de importaciones, situación que desestimula el desarrollo de nuevos productos.

  • d. Dificultad en la obtención de divisas para obtener bienes y servicios en el exterior, en cuanto a la cantidad otorgada y la oportunidad en la entrega.

  • e. Apoyo técnico – financiero para desarrollar nuevos productos y procesos, y mejorar los existentes.

  • f. El plagio en innovaciones desarrolladas, ocasiona perdida de los recursos invertidos y merma en los ingresos por su comercialización.

  • g. Falta de personal calificado y la alta rotación de los existentes.

  • 6. Falta articulación de los actores del sistema de innovación del estado Bolívar para aprovechar los recursos e infraestructura existentes para investigación

RECOMENDACIONES

  • Crear un Sistema Regional de Innovación que permita la interrelación de los actores del sistema, particularmente las PYMI del Estado Bolívar.

  • Aplicar las estrategias propuestas en esta investigación, a objeto de favorecer el crecimiento y desarrollo de las PYMI en el Estado Bolívar.

Bibliografia

  • (1) ) INTERNET (2006). http://www.vitalis.net/LOCTI.htm. Ley Orgánica de Ciencia Tecnología e Innovación (LOCTI). Titulo I, Disposiciones fundamentales, Artículo 3.

  • (2) PIÑERO Y ARZOLA. (2006). Trabajo de Investigación; "Capacidades y potencialidades endógenas de centros, laboratorios de centros de investigación y desarrollo tecnológicos, en las áreas de materiales y mecánicas de Ciudad Guayana". Puerto Ordaz (Venezuela).

  • (3) REVISTA DINERO. (2006). PYMI y Financiamiento: necesidad de un diálogo urgente. Artículo Publicado Revista Dinero, Agosto. Caracas, Venezuela.

  • (4) MORA, S. (2005). Evaluación de la posición competitiva y diseño de un Modelo de Excelencia para la sobre vivencia y recuperación económica de las PYMI de Ciudad Guayana ante mercados globalizados. Tesis de Maestría. Venezuela, Puerto Ordaz. UNEXPO.

Partes: 1, 2, 3
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