Monografias.com > Derecho
Descargar Imprimir Comentar Ver trabajos relacionados

RELACIONES COLECTIVAS DE TRABAJO




Enviado por psonic



Partes: 1, 2

    1. ¿Qué debe
      contener un contrato colectivo de trabajo?
    2. Revisión del contrato
      colectivo (se observan las siguientes normas)
    3. ¿Cuándo termina el
      contrato colectivo de trabajo?
    4. Bibliografía
    5. Conclusiones

    INTRODUCCIÓN

    El presente trabajo trata de dar un enfoque general de
    lo que es un contrato
    colectivo de trabajo, como es de saberse, éste contrato es el
    que se celebra entre el sindicato y el
    patrón, o viceversa, con el propósito de regular
    las relaciones de trabajo, en el sentido de favorecer a las
    necesidades de las partes.

    Como tema central analizaremos el contrato de un
    sindicato que
    es el STAUS( Sindicato de Trabajadores Académicos de la
    Universidad de
    Sonora).

    Definición

    El Artículo 386° de la Ley Federal del
    Trabajo lo define como:

    Convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de
    trabajadores y uno o varios patrones, o uno o varios sindicatos de
    patrones, con objeto de establecer las condiciones según
    las cuales debe prestarse el trabajo en
    una o mas empresas o
    establecimientos.

    La reglamentación legal del contrato colectivo de
    trabajo, para los efectos de su celebración obligatoria
    por parte del patrón, así como del contenido del
    mismo y de sus demás normas,
    relacionadas con su vigencia, revisión y
    terminación, se especifican en las siguientes normas
    legales:

    Artículos 386-403 Ley Federal del
    Trabajo

    El patrón que emplee trabajadores miembros de un
    sindicato tendrá obligación de celebrar con este,
    cuando lo solicite, un contrato colectivo.

    Si el patrón se niega a firmar el contrato,
    podrán los trabajadores ejercitar el derecho de huelga
    consignado en el articulo 450.

    En dado caso de que existan dentro de la empresa varios
    sindicatos, se observaran las normas siguientes:

    I. Si concurren sindicatos de empresa o
    industriales o unos y otros, el contrato colectivo se celebrara
    con el que tenga mayor numero de trabajadores dentro de la
    empresa;

    II. Si concurren sindicatos gremiales, el contrato
    colectivo se celebrara con el conjunto de los sindicatos
    mayoritarios que representen a las profesiones, siempre que se
    pongan de acuerdo. En caso contrario, cada sindicato celebrara un
    contrato colectivo para su profesión; y

    III. Si concurren sindicatos gremiales y de empresa o de
    industria,
    podrán los primeros celebrar un contrato colectivo para su
    profesión, siempre que el numero de sus afiliados sea
    mayor que el de los trabajadores de la misma profesión que
    formen parte del sindicato de empresa o de industria.

    Si existiere la pérdida de la mayoría a
    que se refiere el texto
    anterior, declarada por la JUNTA DE CONCILIACION Y
    ARBITRAJE
    , produce la de la titularidad del contrato
    colectivo de trabajo

    El contrato colectivo de trabajo deberá
    celebrarse por escrito, bajo pena de nulidad, se hacen por
    triplicado, entregándose un ejemplar a cada una de las
    partes y se depositara el otro tanto en la Junta de
    Conciliación y Arbitraje o en la
    junta federal o local de conciliación.

    Éste contrato surtirá efectos desde la
    fecha y hora de presentación del documento, salvo que las
    partes hubiesen convenido en una fecha distinta.

    ¿
    Qué debe contener un Contrato Colectivo de
    Trabajo?

    • Nombres y domicilios de las partes, es decir los
      contratantes
    • Empresas y establecimientos que abarque;
    • Duración del contrato o la expresión de
      ser por tiempo
      indeterminado o para obra determinada
    • Jornadas de trabajo;
    • Días de descanso y vacaciones;
    • Monto de los salarios;
    • Cláusulas relativas a la capacitación o adiestramiento de los trabajadores en la empresa
      o establecimientos que comprenda;
    • Disposiciones sobre la capacitación o adiestramiento inicial que se deba impartir a
      quienes vayan a ingresar a laborar a la empresa o
      establecimiento;
    • Las bases sobre la integración y funcionamiento de las
      comisiones que deban integrarse de acuerdo con esta ley;
      y,
    • Las demás estipulaciones que convengan las
      partes

    En los contratos
    colectivos podrá establecerse la
    organización de comisiones mixtas para el cumplimiento
    de determinadas funciones
    sociales y económicas. Sus resoluciones serán
    ejecutadas por las juntas de conciliación y arbitraje, en los
    casos en que las partes las declaren obligatorias.

    No producirá efectos de contrato colectivo cuando
    el convenio al que falte la determinación de los salarios. Si
    faltan las estipulaciones sobre jornada de trabajo, días
    de descanso y vacaciones, se aplicaran las disposiciones
    legales.

    El contrato colectivo no podrá concertarse en
    condiciones menos favorables para los trabajadores que las
    contenidas en contratos
    vigentes en la empresa o establecimiento.

    Partes: 1, 2

    Página siguiente 

    Nota al lector: es posible que esta página no contenga todos los componentes del trabajo original (pies de página, avanzadas formulas matemáticas, esquemas o tablas complejas, etc.). Recuerde que para ver el trabajo en su versión original completa, puede descargarlo desde el menú superior.

    Todos los documentos disponibles en este sitio expresan los puntos de vista de sus respectivos autores y no de Monografias.com. El objetivo de Monografias.com es poner el conocimiento a disposición de toda su comunidad. Queda bajo la responsabilidad de cada lector el eventual uso que se le de a esta información. Asimismo, es obligatoria la cita del autor del contenido y de Monografias.com como fuentes de información.

    Categorias
    Newsletter