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Teoría Contable




Enviado por emelece



    Documentación
    Contable

    1. Clasificación de la
      documentación Contable
    2. Tipos de
      documentación
    3. Circuito que muestra quien
      emite y quien recibe la documentación
      contable:

    Los documentos
    comerciales son todos los comprobantes extendidos por escrito en
    los que se deja constancia de las operaciones que
    se realizan en la actividad mercantil, de acuerdo con los usos y
    costumbres generalizados y las disposiciones de la ley. Estos son de
    vital importancia para mantener un apropiado control de todas
    las acciones que
    se realizan en una compañía o empresas.

    Su misión es
    importante ya que en ellos queda precisada la relación
    jurídica entre las partes que intervienen en una
    determinada operación. También ayudan a demostrar
    la realización de alguna acción comercial y por
    ende son el elemento fundamental para la contabilización
    de tales acciones.

    Finalmente estos documentos
    permiten controlar las operaciones
    practicadas por la empresa o el
    comerciante y la comprobación de los asientos de contabilidad.

    La misión que
    cumplen los documentos comerciales es de suma importancia,
    conforme surge de lo siguiente:

    • En ellos queda precisada la relación
      jurídica
      entre las partes que intervienen en una
      determinada operación, o sea sus derechos y obligaciones.
    • Por lo tanto, constituyen un medio de prueba para
      demostrar la realización de los actos de comercio
    • Constituyen también el elemento fundamental
      para la contabilización de dichas
      operaciones.
    • Permiten el control de las operaciones
      practicadas por la empresa o el
      comerciante y la comprobación de los asientos de
      contabilidad.

    Clasificación de la documentación Contable

    • Desde el punto de vista de quién recibe o
      emite la documentación:

    Los comprobantes externos son aquellos emitidos fuera de
    la empresa y
    luego recibidos y conservados en la empresa. Ej.:
    facturas de compras, recibos
    de pagos efectuados, etc.

    Los comprobantes internos son los documentos emitidos en
    la empresa que pueden entregarse a terceros o circular en la
    misma empresa. Ej.: facturas de ventas,
    recibos por cobranzas, presupuestos,
    vales.

    • Desde el punto de vista de documentación
      que se registra y archiva:

    Documentos que se archivan y generan
    registración:

    Factura

    Nota de Débito

    Nota de Crédito

    Ticket

    Recibo

    Pagaré

    Cheque

    Nota de Crédito
    Bancaria

    Documentos que sólo se archivan:

    Orden de Compra

    Nota de Venta

    Remito

    Resumen de Cuenta

    Por otra parte, no solamente se registran los documentos
    comerciales: los instrumentos públicos (escrituras,
    hipotecas) y privados (contratos de
    arrendamiento, depósito) y cualquier comprobante que sea
    respaldo de una registración contable, es fuente de
    información (planillas de sueldos,
    informes

    Tipos de
    documentación

    Nota de pedido o de compra

    Es un documento mediante el cual una persona o empresa
    formula un pedido de compra a un comerciante. Este
    documento comercial no obliga a realizar la
    operación.

    Deberán extenderse cómo mínimo dos
    ejemplares: uno que queda en poder del que
    lo suscribió (comprador) y otro, que es el que se entrega
    o envía al vendedor.

    Nota de ventas

    Se llama nota de venta al
    documento comercial en el que el vendedor detalla las
    mercaderías que ha vendido al comprador, indicando,
    cantidad, precio, fecha
    de entrega, forma de pago y demás condiciones de la
    operación.

    Aceptado el pedido por parte del vendedor, este formula
    la Nota de Venta, por la que
    toma a su cargo el compromiso de entregarle la mercadería
    que se detallan en la misma, y el comprador se obliga a
    recibirlas. Este documento comercial obliga a ambas partes a
    realizar la operación en los términos establecidos.
    Es emitida por duplicado (el original para el vendedor y
    el duplicado para el comprador). Este documento no origina
    registros
    contables.

    Remito

    Se utiliza este comprobante para ejecutar la entrega
    o remisión de los bienes
    vendidos
    . En él, la persona que
    recibe esos bienes deja
    constancia de su conformidad, y con ello queda concretado el
    derecho del vendedor a cobrar y la obligación del
    comprador a pagar
    . Sirve de base para la
    preparación de la factura.

    El remito se extiende por triplicado: El original
    firmado por el vendedor se entrega al adquirente; el duplicado,
    con la conformidad del comprador por los efectos que los ha
    recibido, queda en poder del
    vendedor y se destina ala sección facturación para
    que proceda ala emisión de la factura. Por
    último el triplicado permanece en la sección
    depósito par constancia de las mercaderías salidas.
    Se extiende, como mínimo, por duplicado; aunque es
    práctica generalizada hacerlo por triplicado para que al
    transportista también le quede una constancia de la
    operación realizada.

    No se registra en los libros de
    contabilidad, dado a que generalmente los Remitos se emiten sin
    valores

    Factura

    Es la relación escrita que el vendedor entrega
    al comprador detallando las mercancías que le ha
    vendido
    , indicando cantidades, naturaleza,
    precio y
    demás condiciones de la venta.

    Con este documento se hace el cargo al cliente y se
    contabiliza su deuda a favor del vendedor. Para el comprador es
    el documento que justifica la copra y con su
    contabilización queda registrado su compromiso de
    pago.

    Como mínimo la factura debe extenderse por
    duplicado. El original queda en poder del comprador y el
    duplicado queda para el vendedor y con el se contabiliza la venta
    y el cargo al comprador.

    La factura es el documento principal de la
    operación de compraventa con ella queda concretada y
    concluida la operación y es un documento de contabilidad y
    medio de prueba legal

    Nota de débito

    Llámase así a la
    comunicación que envía un comerciante a su
    cliente, en la
    que le notifica haber cargado o debitado en su cuenta una
    determinada suma o valor
    , por el concepto que la
    misma indica
    . Este documento incrementa la deuda, ya sea por
    un error en la facturación, interés
    por pago fuera de término, etc.

    Nota de crédito

    Es el documento en el cual el comerciante envía a
    su cliente, con el objeto de comunicar la acreditación
    en su cuenta una determinada cantidad, por el motivo expresado en
    la misma.

    Algunos casos en que se emplea: roturas de
    mercaderías vendidas, rebajas de precios,
    devoluciones o descuentos especiales, o corregir errores por
    exceso de facturación.

    Resumen de cuenta

    Es usual remitir a los clientes a fin de
    cada mes un resumen de su cuenta, con la finalidad de:

    Comprador: le permite cotejar el saldo pendiente de
    pago que figura en el resumen de Cuenta con el que surge de sus
    propios registros.

    Vendedor: es una forma de recordarle al cliente el
    saldo pendiente.

    Recibos

    El recibo es una constancia de pago o de haber
    recibido dinero. Lo
    otorga siempre el que recibe y su firma puesta al pie es la
    prueba de la extinción parcial o total de la
    deuda.

    Este documento tiene importancia:

    • Legal: constituye una prueba para quien hizo
      el pago.
    • Contable: para quien lo confeccionó es
      una constancia de los ingresos de
      fondos, y para quien lo recibe es un elemento de control de
      la salida de valores.

    Se emite por duplicado, y se registra en los libros
    contables.

    Pagaré

    Documento Literal o Titulo de valor o
    Instrumento Financiero, documento escrito mediante el cual una
    persona

    ( Emisor) Se compromete a pagar a otra persona (El
    Beneficiario) Una determinada cantidad de dinero en una
    fecha acordada.

    Los pagares pueden ser al portador o endosables es
    decir, que se pueden transmitir de un tercero los pagares pueden
    emitirlos los individuos particulares de empresas o
    estados.

    Personas que Intervienen en el
    Pagaré

    1. Librador es quien se compromete a pagar la
      suma de dinero, a la vista o en una fecha futura fija o
      determina dable.
    2. El Beneficiario o Tenedor, es aquel cuya orden
      debe hacerse el pago de la suma de dinero estipulada en el
      pagare
    3. El Fiador o Avalista. La persona que garantiza
      el pago del pagare.

    Endosar un pagaré, es cuando una persona
    beneficiaria transmite a otra la propiedad del
    pagaré
    y en consecuencia el derecho de percibir el importe puede ser en
    blanco o completo.

    1. En Blanco: El beneficiario se limita a firmar al
      dorso del documento.
    2. Completo: Además de la firma debe indicarse la
      fecha y los datos
      personales del nuevo beneficiario.

    Para ser considerado comercial debe tener la
    cláusula: "a su orden",
    que le confiere la calidad
    transmisible y endosable.

    Nota de Crédito
    Bancaria o Boleta de Deposito

    Es el documento que el banco entrega a
    sus clientes
    declarando haber recibido dinero, cheques u
    otros valores en
    calidad de
    depósito en cuenta corriente.

    Clasificación de los depósitos bancarios
    según el carácter
    de los fondos depositados:

    • Depósitos en Cuenta Corriente: Estos
      depósitos no otorgan el derecho a recibir
      intereses
      , porque los fondos están permanentemente a
      disposición del cliente. Los retiros se efectúan
      por medio de cheques.
    • Depósitos en Caja de Ahorro: Son los
      que realizan los ahorristas y obtienen un pequeño
      interés
      por los fondos depositados. El
      banco entrega
      una libreta donde se registran los depósitos, retiros,
      intereses y saldo. Existen 2 clases de Caja de Ahorro: a)
      Común b) Especial.
    • Depósitos a Plazo Fijo: Este tipo de
      depósito permite obtener un mayor interés,
      ya que el titular no puede disponer de los fondos hasta el
      vencimiento del plazo. El retiro de los fondos mas los
      intereses se efectúa con el comprobante que el banco
      entrega al realizar el deposito.

    Cheque

    Es una orden de pago librada contra un banco en el cual
    el librador tiene fondos depositados a su orden en cuenta
    corriente o autorización para girar en
    descubierto.

    Autorización para girar en descubierto:
    Significa librar cheques sin tener los fondos suficiente, previa
    autorización del banco.

    Partes de un cheque:

    1. Talón de Cobro: Sirve para cobrar el
      cheque en la
      ventanilla del banco.
    2. Cuerpo: Es la parte que se entrega al
      beneficiario, con o sin el talón de cobro.
    3. Talón fijo en libreta de cheques, puede
      o no estar. Tiene como finalidad que el cuentacionista lleve el
      control de sus fondos de cuenta corriente.

    Personas que intervienen:

    1. Librador o Firmante: Es quien emite el
      cheque y
      ordena su pago
    2. El Banco: Es la institución contra la
      cual se ha girado o librado el cheque y que debe
      pagarlo.
    3. Beneficiario: Es la persona que recibe el
      cheque y que puede cobrarlo.
    4. Endosante: Es el que transfiere el cheque por
      medio del endoso a favor del banco.

    Cheque Cruzado: Es el que lleva dos líneas
    paralelar transversales en el Angulo superior izquierdo.
    No
    se puede cobrar en ventanilla, por lo tanto, debe
    ser depositado en su cuenta corriente o caja de ahorro.

    Cheque al portador: Es aquel en el que no se
    menciona el nombre del beneficiario, pudiéndose dejar en
    blanco el lugar o escribir al portador. El banco lo abonara a
    la persona que lo presente en ventanilla
    para su cobro o
    aceptara su deposito en cuenta bancaria. Hasta un monto
    máximo de $200.- (doscientos)

    Presentación para pago:

    El término de presentación de un cheque
    común para su pago es de 30 días corridos, a
    partir de su emisión.

    Los cheques de pago diferido deberán presentarse
    para su registración dentro del plazo máximo de
    360 días.

    Cheque común: Se utiliza como medio de
    pago, el que lo recibe podrá cobrarlo en ventanilla,
    depositarlo en su cuenta bancaria o endosarlo. Puede ser endosado
    como máximo 2 veces.

    Cheque Diferido: Es utilizado como instrumento de
    crédito, se puede endosar indefinidamente.

    Casos en que el banco puede negarse a pagar un
    cheque:

    1. Por falta de fondos.
    2. Por ausencia de algunos de los requisitos
      esenciales.
    3. Si estuviere raspado, enmendado o
      borrado.
    4. Por falta de endoso por el beneficiario.
    5. Por estar prohibido su pago (quiebra del
      librador, etc.)
    6. Por dudosa autenticidad de la firma del
      librador.
    7. Cuando el librador denuncia que fue extraviado o
      sustraído.
    8. Por endosos tachados o que excedan el limite
      permitido.

    Endosar un cheque: El cheque extendido a favor de
    una persona determinada, que no posea la cláusula "no a la
    orden", será transmisible por endoso.

    La firma a insertarse en un cheque para su cobro o
    deposito, no se computa como endoso.

    El endoso deberá ser puro y simple y
    contendrá la firma del endosante, sus nombres y apellidos
    completos o la denominación de la persona jurídica
    que representa.

    Cheque común: Su endoso es
    limitado.

    Cheque Diferido: Su endoso es
    ilimitado.

    En este caso se puede adosar una hoja, si no caben mas
    firmas.

    Circuito que
    muestra quien
    emite y quien recibe la documentación
    contable:

     

     

     

    Ezequiel Bohrer – Guido Hassid

    Federico Romero – Alejandro
    Gambetta

    M. Laura Capponi – Yanina Godoy

    Gabriela

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