Los derechos económicos, sociales, culturales y de desarrollo progresivo
Indice
1.
Introducción.
2. El Trabajo Como Motor Del Desarrollo
Económico.
3. La Cultura Como Medio Del Desarrollo
Social.
4. La Protección De La Familia y
Los Menores para el Auge Social.
5. Los Derechos de Desarrollo Progresivo
y la Dinámica Social: Una Tarea
Pendiente.
6. Conclusión.
… No puede realizarse el ideal del ser humano
libre, liberado del temor y de la miseria, a menos que se creen
condiciones que permitan a cada persona gozar de
sus derechos
económicos, sociales y culturales, tanto como de sus
derechos civiles y políticos.
La concepción y desarrollo en
los últimos siglos de los derechos humanos
en el hombre ha
desatado una gran variedad de teorías, discusiones filosóficas y
estudios jurídicos que han evolucionado en una serie de
cuestiones dogmáticas plasmadas en tratados
internacionales que poco a poco se están convirtiendo,
por así decirlo, en la ley suprema de la
comunidad
internacional, buscando de esta manera medios
eficaces y tendientes al crecimiento de las naciones.
No obstante que intentar delinear con precisión una
definición, fundamento y clasificación exacta de
los distintos derechos humanos
resulta complicado y ocioso, ya que sería redundar en
distintas posturas filosóficas e ideologías
políticas antagónicas que
difícilmente pueden aunarse en una sola, podemos
señalar que, universalmente, los teóricos de los
derechos humanos suelen catalogar en una rama de derechos humanos
a los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y de
Desarrollo Progresivo, que son aquellos que les corresponden a
las personas en función de
las actividades que desarrollan o de la categoría de
individuos a la que pertenecen, ya sea por la edad o por
algún otro motivo que merezca un amparo especial
de la ley; como por
ejemplo: los derechos a la educación, a una
vivienda digna, al trabajo en condiciones favorables, a la
salud, a la
seguridad
social, etc.
Estos derechos encuentran su primer antecedente en el Pacto
Internacional del mismo nombre promovido por la
Organización de las Naciones Unidas y
firmado en Nueva York (16-12-1966) por los Estados miembros.
Dicho pacto contiene los principios
básicos que rigen a las naciones obligadas –y entre
estas México– a
mantener un criterio fijo de cooperación internacional y
ayuda mutua para así adoptar las medidas necesarias para
el cumplimiento de los derechos sociales que la propia carta expone y
que específicamente versan sobre este tema.
De manera genérica, esta categoría de derechos
puntualiza la especial atención hacia las clases
sociales de bajos recursos;
concretamente la clase obrera. A su vez, busca precisar la
importancia de la educación y la
cultura como
medios
indispensables en la vida social y, por último, determina
ciertos derechos especiales que gozan las familias y los menores
de edad como recursos para el
futuro progreso de los Estados. Es necesario aclarar que, aunque
el contenido de derechos que se intentan proteger en esta
categoría es mucho mayor a los ya mencionados, la
mayoría de estos derechos se desprenden de los primeros y,
en nuestra opinión, creemos pertinente desarrollar con
más detalle los derechos laborales, culturales y
familiares por ser las bases y fundamentos para otras
garantías y normas que rigen
al derecho positivo.
Y es por tal motivo, que el presente ensayo se
enfoca concretamente a estos conceptos.
2. El Trabajo
Como Motor Del
Desarrollo
Económico.
"Toda persona tiene
derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se
promoverán la creación de empleos y la organización social para el trabajo,
conforme a la ley".
El constituyente de Querétaro en 1917 estaba compuesto, en
su mayoría por una clase de personas que representaba a la
masa triunfante de la revolución, sumida en ideas socialistas que
se propusieron firmemente terminar abusos patronales y opresiones
por parte de la clase burguesa que concluyó dando origen a
una Constitución protectora de las clases
sociales desfavorecidas. Sin duda alguna el artículo
123 de nuestra constitución es un claro ejemplo del
espíritu del constituyente pues participa en gran parte en
la protección a los derechos de la clases trabajadora. Es
así, que nuestra Constitución actual dio
importantes avances en materia de
derechos humanos y logró, por así decirlo, un
progreso inaudito en materia
laboral. Sin
embargo, aunque en teoría
México sea
un país con gran desarrollo y conciencia en los
derechos laborales, en la práctica sigue una inmensa
desigualdad entre clases; es decir, la norma no se aplica en su
totalidad o, simplemente, se corrompe.
Por una parte, el concepto de
organismos sociales que contribuyen al progreso del trabajador
tales como el IMSS, el
INFONAVIT o los sindicatos
son, en principio, realmente afables y necesarias para la
sociedad. Sin
embargo, la constante corrupción
y desvío de capital
colaboran al desprestigio e ineficaz labor que realizan en
realidad estas instituciones.
Se encuentran enviciados por la falta de formalidad, responsabilidad y la sensatez de sus dirigentes.
Parece ser que en nuestro país la norma objetiva en
existencia comprende una visión distinta a la realidad que
se vive en sociedad.
La necesidad de que estos organismos sean sublimados en el
ejercicio justo y concienzudo se refleja en las condiciones de
vida que actualmente hay en México. Podemos decir que "si
no hay un orden social y jurídico que garantice el
ejercicio del trabajo, si los diferentes oficios, dependientes
los unos de los otros, no colaboran y se completan entre
sí y, lo que es más todavía, no se asocian y
se funden como en una unidad la inteligencia,
el capital y el
trabajo, la eficiencia humana
no será capaz de producir sus frutos"
Se encuentra, por ejemplo, la Ley Federal del Seguro Social
que señala: "La seguridad social
tiene por finalidad garantizar el derecho a la salud, la asistencia
médica, la protección de los medios de subsistencia
y los servicios
sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo,
así como el otorgamiento de una pensión que, en su
caso y previo cumplimiento de los requisitos legales, será
garantizada por el Estado".
Pero esto aún esta muy lejos de cumplirse. Leyes como las
del seguro social y
la del INFONAVIT, aún son muy deficientes en la
práctica y confusas en la norma; es necesario hacer una
reforma que precise los principios
ideológicos en los que se fundamenta y un mayor control y
vigilancia de los fondos que obtiene para una mayor distribución y repartición de
bienes. Pues,
como lo señala Montesquieu:
"La Corrupción
de los gobiernos comienza casi siempre por la de sus normas y
principios".
El pacto firmado en Nueva York, en materia laboral,
aún sigue siendo un idealismo en
la mayoría de los países subdesarrollados y
México no es la excepción. La búsqueda del
equilibrio de
clases no concluye con una constitución revolucionaria ni
con la ratificación de un tratado internacional; se debe
de ampliar, en cambio, el
concepto de
instituciones
proteccionistas de clases desfavorecidas con menor burocracia, mayor
claridad en la rendición de cuentas pero
sobre todo mayor seguridad
social.
3. La Cultura Como
Medio Del Desarrollo
Social.
"La educación es medio
fundamental para adquirir, transmitir y acrecentar la cultura; es
proceso
permanente que contribuye al desarrollo del individuo y a la
transformación de la sociedad, y es factor determinante
para la adquisición de conocimientos y para formar al
hombre de
manera que tenga sentido de solidaridad
social".
La reagrupación de pueblos y culturas diversas dio a
luz un mundo
pluricultural sometido a las tensiones mundiales y resultante de
la
globalización. Así, se puede constatar una
verdadera vuelta a los valores
tradicionales, a las culturas y al deseo de preservar su identidad
nacional. Este clima de cambios
da lugar a nuevos desafíos en el campo de los derechos
universales del hombre. Las
raíces culturales constituyen el fundamento de la identidad
social porque están ligadas a la definición
personal y a
la noción de pertenencia a un grupo
étnico específico. Cuando las culturas se
entrelazan y se mezclan, las identidades se modifican -como lo es
en México-. Este proceso puede
ser instructivo y desestabilizador al mismo tiempo.
Es instructivo, ya que otorga al país una riqueza cultural
de atractivo particular a la población en general y de relaciones que se
pueden sustentar en la ayuda mutua de las distintas culturas
dando origen a un orden con mayor eficacia. Pero, a
su vez, es desestabilizador pues da nacimiento a racismos y
abusos de una cultura hacia la otra suprimiendo el respeto de
igualdad de
todos ante la ley.
La situación que evocamos modela un dilema constante:
¿Cómo pueden existir los derechos universales del
hombre dentro de un mundo plural, cuando la comunidad
internacional se vuelve cada vez más integrada?,
¿Cómo puede ser respetada la diversidad cultural?,
¿Es inevitable el camino que conduce a una cultura
global?, ¿Está el mundo preparado para esta
transformación?, ¿Cómo lograr la
creación de una cultura global fundada y guiada por la
tolerancia y
la dignidad humana? Estas son algunas de las preguntas planteadas
durante muchos debates internacionales sobre los derechos humanos
y el relativismo cultural.
El Pacto de Nueva York no impone un modelo
estándar cultural determinado sino un nivel mínimo
de protección de la dignidad humana. No favorece una
cultura en detrimento de otra, sino que refleja el esfuerzo
coordinado de la comunidad internacional con el fin de poner en
marcha un modelo
común y un sistema de
leyes
internacionales cuyo objetivo es
proteger los hombres respetando y protegiendo la diversidad y la
integridad cultural por medio de cierto número de derechos
culturales.
El problema actual en México sobre los derechos
indígenas ciertamente es de una temática muy
difícil de definir. Sin embargo, el sustento cultural en
México dictado por nuestra Constitución: La
Nación
Mexicana es única e indivisible nos habla de una realidad
que es clara, y Aristóteles asiente en el mismo sentido: el
bien de la sociedad es más excelente que el bien de un
solo hombre.
Estas afirmaciones tienen un sentido integrador de las diferentes
expresiones de la sociedad humana. Existe la diversidad cultural,
cierto, pero no dejamos de ser, por ese solo hecho, parte de una
misma sociedad; y el bien de un solo hombre o de un grupo de ellos
jamás podrá ser mejor que el bien de la sociedad
entera.
Siguiendo la cultura democrática es claro que hay que
escuchar las necesidades de todos los distintos grupos
étnicos, respetar su cultura y cumplir con sus exigencias,
pero siempre teniendo en base el mismo principio constitucional;
la Nación
Mexicana es única e indivisible y la igualdad de
los hombres exige que no haya preferencia alguna sobre raza o
credo. No es propicio para la democracia
participativa ni para el desarrollo de nación alguna el
que queden aún pequeñas sociedades de
hombres apartadas de las demás o –como les llama
Ortega y Gasset– islas de humanidad, que floten en
México como olvidadas de sus compatriotas, con leyes,
garantías y recursos distintos del resto de los mexicanos,
en donde su riqueza cultural es más un peso que un
orgullo.
Es por tanto, imperativo, que el gobierno mexicano
tome en cuenta todos estos factores al rendir cuentas. El
crecimiento del país debe buscar su soporte en la soberanía del Estado
mexicano, teniendo en consideración el respeto de todos
los mexicanos –sin excepción– y la firmeza y
perseverancia en sus decisiones. Son éstos dos elementos
que van de la mano y deben regir la política
actual.
4. La Protección De
La Familia y
Los Menores para el Auge Social.
Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el
derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para
sí y su familia, incluso
alimentación, vestido y vivienda adecuados
y a una mejora continua de las condiciones de existencia.
Gran parte de los derechos económicos, sociales y
culturales se centran en la protección de la familia y
de los niños.
El cuidado en el desarrollo de los aspectos de alimentación,
igualdad, identidad,
salud y convivencia pacífica son básicos para su
crecimiento y estabilidad. La legislación mexicana
establece en la Ley para la Protección de los Derechos de
Niñas, Niños y
Adolescentes
un conglomerado de normas en defensa de estos derechos que,
tristemente, no han sido aplicadas en plenitud; ya que, aunque la
ley contiene principios de atención y tutela en general, no hay
medidas prácticas que remedien con claridad esta
categoría de derechos.
Esta ley y el Pacto de Nueva York, aún siguen siendo un
conjunto de buenas intenciones de los Estados miembros de ayudar
a resolver problemas de
índole social, en especial de este carácter.
Difícilmente un país subdesarrollado progresa en
tanto la
familia no es
reconocida como un primordial factor de la sociedad y protegida
con singular dedicación.
Lamentablemente, en las últimas décadas la familia
ha perdido el protagonismo pertinente en cualquier sociedad. La
institución de la familia es verdadero y único
principio de toda sociedad, en tanto que es la primera y
más necesaria de las comunidades humanas, y a los hombres
les es más difícil desarrollarse plenamente si no
tienen el apoyo y la identidad de una familia.
La familia favorece ampliamente la educación primera de
los hombres, su seguridad y
desarrollo
personal, afectivo, emocional y espiritual, pues se
fundamenta en una unión de plena intimidad humana.
Es por eso que no hay nada que favorezca más la
cohesión y la estabilidad social que la cohesión y
la estabilidad de la familia en esa sociedad. La defensa de la
fuerza e
importancia de la familia es medular en el desarrollo de la
cultura, del desarrollo, de la identidad
nacional, de la preparación educativa y la iniciativa
social de todos los individuos.
5. Los Derechos de
Desarrollo Progresivo y la Dinámica Social: Una Tarea
Pendiente.
La Democracia
tuvo su origen en la creencia de que, siendo los hombres iguales
en cierto aspecto, lo son en todo.
Cualquier sociedad se encuentra establecida en una serie de
clases o niveles sociales que conforman la población. Existe la clase más baja,
que es más pobre, menos preparada y más necesitada;
y otras varias clases intermedias hasta llegar a la clase alta,
que es aquella que tiene buena capacidad económica y
oportunidades de preparación y consumo
sobresalientes.
La existencia de clases no es ninguna injusticia, dado que es lo
propio de la sociedad el contar con jerarquías y oficios
mejor remunerados que otros, y personas con distintas
capacidades; y los unos no podrían subsistir sin los
otros.
Podemos observar, a guisa de ejemplo, una empresa
cualquiera. Existe un patrón, varios directores, otros que
son gerentes, y muchos trabajadores u obreros. Desde luego, el
patrón tiene mejor percepción
económica que los obreros, dado que su labor intelectual
acaso sea mayor, y su trabajo es fundamental para la empresa; pero
¿podría haber un patrón sin trabajadores que
produzcan algo? Imposible. Desde ese punto de vista, el director
depende de los trabajadores y, estos, a su vez, dependen del
patrón, que les contrata, dirige y paga.
En todo esto no se observa injusticia alguna. La dinámica social exige que haya distintos
tipos de labores, sin las cuales la sociedad no puede
desarrollarse. Sin embargo, en México esta dinámica
ha sido llevada a los extremos, pues las clases bajas sufren de
excesiva pobreza, mientras
que las clases altas gozan de excesiva riqueza. Esta brecha
social se ha ido agrandando hasta el punto que la realidad que
viven las personas de la clase alta es totalmente inimaginable
para los de clase baja.
Así también, observamos que en nuestro país
las clases o niveles sociales son casi herméticos,
estacionarios. Es difícil que una persona de bajos
recursos alcance un bienestar igual o mayor al de la clase alta.
Más bien, las personas y familias que pertenecen a una
clase social tienden a permanecer allí, sin poder subir
más, pues las personas de los distintos niveles repelen a
quienes intentan acceder a ellos.
¿Acaso no suele pasar en México que la persona que
es, por ejemplo, obrera de una fábrica, se mantenga toda
su vida en el mismo puesto y con las mismas percepciones?,
¿y que sus hijos le substituyan en esa tarea, y que la
familia se mantenga, por generaciones, en la misma clase social,
con las mismas necesidades? Estas personas trabajan para
sobrevivir, pero no logran avanzar, desarrollarse, crecer y
mejorar su situación conforme trabajan. Su trabajo es para
la supervivencia, pero no para el desarrollo.
Todos los hombres tienen derecho al desarrollo progresivo, en dos
sentidos: el primero, a lograr un buen nivel de bienestar
personal y
familiar, sin importar la clase a la que se pertenezca o la labor
que se desempeña. El segundo, a tener una verdadera
posibilidad de desarrollo, en el sentido de desempeñar
labores mejor remuneradas y más especializadas conforme se
avanza en el trabajo diario.
Una adecuada protección de los derechos de desarrollo
progresivo deberá tender a:
- Disminuir la brecha social entre clases, de manera
que aún los de más baja percepción económica obtengan lo
necesario para su mantenimiento y desarrollo. - Fortalecer la verdadera dinámica social para
que las personas puedan avanzar, prepararse y ocupar niveles
más altos en la sociedad y en el trabajo, aún
cuando comiencen de la nada, hasta un bienestar consistente. En
esto se distinguen los países del primer mundo de los
del tercero, pues en los primeros todas las personas
están académicamente preparadas para enfrentar
los retos propios de una sociedad en movimiento.
El cumplimiento del Pacto Internacional de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales de Nueva York firmado el
16 de Diciembre de 1966 contiene principios normativos
fundamentales para el seguimiento de los derechos humanos.
Aún no se han tomado medidas concretas para su
cumplimiento; pero ya hay conciencia plena
mundial de tomar acciones para
el desarrollo de las clases sociales.
Podemos concluir, entonces, que el desarrollo
político, económico y social de un país
depende en gran medida de las resoluciones que se tomen sobre
estos derechos. La sociedad sólo conseguirá su
cometido rumbo al bien común en tanto los derechos y
deberes humanos sean cumplidos cabalmente y cada
obligación, sea del Estado o del
particular, sea visualizada en torno al desarrollo
personal y social en general.
Autor:
Gabriel Villalever García de Quevedo y Francisco
García-Pimentel Ruiz