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Experimentación con embriones (página 2)




Enviado por anagelfo anagelfo



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5. La peculiaridad estadounidense

Por su interés y
por sus diferencias respecto de la perspectiva europea, resumimos
el estado de
la cuestión y las perspectivas en los EEUU: en 1993 el
Congreso concedió al NIH la autoridad para
financiar investigación sobre FIV y embriones. Sin
embargo, tras el anuncio ese mismo año de un experimento
de partición de embriones humanos, los NIH decidieron una
moratoria hasta aclarar aspectos éticos, para lo que
encargaron al Human Embryo Research Panel (HERP) un informe.
Éste apareció en 1994, y delimitó algunas
posibilidades de investigación que se estimaba aceptables
para ser financiadas federalmente: investigación sobre
embriones sobrantes de FIV, hasta los 14 días.
Creación de embriones ex profeso para investigar en
áreas clave que presentan promesas científicas y
terapéuticas.
Partenogénesis (activación de óvulos no
fecundados) siempre que no se transfirieran al
útero.Trasplante de núcleos somáticos a
óvulos enucleados, sin transferencia del embrión
resultante al útero.

Creación de líneas de células
madre embrionarias.
Sin embargo, posteriormente el Congreso rescindió su
permiso para la financiación de investigaciones
con fondos federales sobre estos temas.
Recientemente, con la novedad de la transferencia de
núcleos y las promesas de la "clonación terapéutica", está
habiendo intentos de sacar adelante legislación federal
que permita emplear fondos públicos, incluida la
opinión favorable del Comité Asesor Nacional de
Bioética (NBAC). El 15 de enero de 1999 el
NIH determinó que la prohibición federal no
cubría la investigación con líneas de
células
madre desarrolladas por otros. Pero el director de los NIH,
Harold Varmus, anunció que el apoyo se volvía a
posponer hasta que hubiera directrices y normativas. A mediados
de 2000 se siguen produciendo novedades, ya que los NIH pretenden
que se financien federalmente las investigaciones
sobre células madre, pero no la obtención de las
mismas, que quedaría en el sector privado.
El resultado de esto es que en EEUU, donde el sector privado no
se ve afectado por estas discusiones federales, tiene de hecho
vía libre para investigar en esta área, sin
más control
científico y ético que el que ellos mismos se
quieran imponer y la normativa general que les sea de
aplicación, mientras los biológos del sector
público se ven "con las manos atadas", recurriendo en
el mejor de los casos a subterfugios basados en convenios con
empresas, que
les suministran el "material". Geron (la empresa
propietaria de la tecnología del
Instituto Roslin que condujo a Dolly) reunió a un grupo de
consejeros bioéticos independientes, sin ninguna
vinculación con la empresa, y les
encargó la elaboración de un Informe
ético sobre la cuestión de las células madre
que la empresa estaba
desarrollando. Sin embargo, por mucho que el informe tenga puntos
positivos, se pueden hacer varias críticas: al parecer, el
informe se elaboró después o en paralelo a la
investigación que dio origen a las células
madre.

Su diseminación fue pobre en principio.
Críticas generales a los comités de ética de
empresas (EAB)
y comités internos de revisión (IRB): desconocemos
los criterios éticos que emplean los IRB para revisar
protocolos de
investigación
Los comités de empresas privados son privados, pueden
funcionar con normas impuestas
de la empresa, no
están obligados a ser abiertos y a diseminar toda la
información
¿Cómo se resuelven los eventuales desacuerdos entre
los EAB y los IRB?. El problema en EEUU entonces es: que
aún no hay regulación federal que cuando la haya,
lo más probable es que sólo afecte a la
investigación realizada con fondos públicos. Los
NIH no tienen autoridad
sobre la pujante industria de
FIV.
¿Dejaremos un mercado libre de
productos
reproductivos y embriones?. Que en última instancia, gran
parte de la investigación en un tema ético y social
delicado va a estar en manos de empresas privadas, cada una con
sus propios criterios "éticos". No hay ninguna
garantía de que la compañía haga caso a un
comité que recomiende cosas que vayan en detrimento de su
estrategia
comercial. ¿Cómo se armonizarían las
directrices de diferentes empresas? Lo que puede ser aceptable
para una puede ser inaceptable para otra.
Incluso las clínicas privadas de FIV podrían hacer
su propia investigación, sin pasar en absoluto por
ningún comité. Ya el informe del HERP
constató que gran parte de la investigación en FIV
se realiza en las propias clínicas con material humano,
sin ninguna evaluación. Estas clínicas carecen a
menudo de experiencia solvente en investigación
básica y biología del desarrollo.
¿Se crearán mercados libres u
ocultos de embriones y células madre? No podemos
minusvalorar la fuerza de los
intereses comerciales. ¿Incentivos a
embriones sobrantes? ¿Incentivos a
crear embriones para investigar?
En resumidas cuentas, lo
más probable es que en los EEUU termine por no haber
leyes
vinculantes para todos, sino normativas para el sector
público y autorregulación para el sector
privado, con todo lo que esto puede suponer: heterogeneidad de
criterios privados, comercialización, presiones del mercado, etc.
¿Cómo es posible que se pueda dejar en manos del
mercado cuestiones esenciales para los valores
sociales y morales de una sociedad?
Es curioso que Paul Berg, al proponer que se aplique a la
clonación el esquema que funcionó bien al
comienzo de la era del ADN recombinante,
no se dé cuenta de una difererencia fundamental con la
situación al comienzo de la era de la
clonación: mientras en la primera el sector
biotecnológico privado y empresarial era casi inexistente
e irrelevante, ahora la situación es la contraria.
¿Cómo se pretende dejar cándidamente a la
buena voluntad de las empresas su propia regulación, ante
las fuertes apuestas económicas en juego?
En última instancia, si lo único que cuenta es la
autonomía individual, no contrapesada por responsabilidad
social y criterios de justicia y
bien común[34], no habrá impedimentos
legales para una variedad de prácticas:
Selección De Embriones Por Rasgos
Triviales
Manipulación Genética
De Embriones
Clonación Reproductiva
Si seguimos sin reflexionar en serio sobre los vínculos
entre autonomía y bien común, sólo
lograremos afianzar aún más la economía de libre
mercado, que invade ahora ámbitos muy sensibles donde se
juegan valores clave
de lo que consideramos humano. ¿Queremos realmente que el
mercado se inmiscuya cada vez más en estos ámbitos?
Como dice Lisa Cahill, a lo más que llegará la
bioética dirigida por el mercado es a pedir
que todos los individuos tengan igual acceso a todas las
novedades biotecnológicas y reproductivas que el propio
mercado vaya generando.
En cambio, en
Europa se tienen
más en cuenta otros factores: dignidad humana, mayor
valoración de los embriones, rechazo a la
mercantilización de la vida y la reproducción, límites a
las presiones del mercado sobre valores
sociales y culturales. Y de manera coherente, las legislaciones
afectan tanto al sector público como al
privado.

6. Clonación
reproductiva: sus dilemas éticos

El grupo de
Yanagimachi y Wakayama, en el artículo reciente que
informa sobre clonación de ratones a partir de
núcleos de células madre, propone un posible
esquema que permitiría la clonación ilimitada a
partir de casi cualquier célula del
organismo (al menos en esta especie):
Transferencia por microinyección de un núcleo de
célula
somática a un óvulo enucleado.
Se dejaría desarrollar el embrión in Vitro hasta
una fase previa a la de implantación.
A partir de las células de la masa interna del blastocisto
se pueden establecer cultivos estables (inmortales) de
células madre (ES). Todas esas células
contendrían el mismo genoma nuclear que el individuo
donante, genoma que quedaría de esta forma
"inmortalizado".
Las células madre pueden servir a su vez para:
Terapias celulares
Clonación reproductiva
Manipulación genética:
se podrían generar ratones mutantes, incluso en
homozigosis, en una sola generación, sin pasar por la
generación intermedia de quimeras. Ello permitiría
analizar las funciones
complejas que dependen de varios genes.
Combinación de b) y c) para producir individuos
clónicos transgénicos.
Si este protocolo
funciona en ratones, no está lejano el día en que
sean factibles técnicamente todas esas alternativas en
humanos, sobre todo ahora que contamos con cultivos de
células madre embrionarias de nuestra especie.
Dolly no es una copia idéntica de la "madre" que
donó el núcleo (no se olvide que el óvulo
contiene ese pequeño ADN de la
mitocondria). Aunque ambas comparten el mismo ADN nuclear, las
instrucciones genéticas de Dolly no experimentaron
exactamente el mismo tipo y combinación de
estímulos que los de su "madre nuclear". Esto se debe a
los fenómenos de epigénesis, complejas series de
interacciones entre los genes y el entorno, y aquí
entendemos por entorno desde los factores presentes en el
citoplasma del óvulo, pasando por los procesos de
formación del embrión/feto, a su vez sometidos al
peculiar ambiente
uterino, y alcanzando a la vida extrauterina (estímulos al
nacer, periodo de lactancia, relaciones con la madre,
interacciones "sociales" con otros individuos de la especie,
etc). En resumidas cuentas, el ADN
no contiene un programa
unívoco de instrucciones, sino que es flexible, y la
expresión genética en cada individuo queda matizada
por multitud de factores, quedando "abierta" con una finalidad
adaptativa clara.

Clonación reproductiva en humanos
Como es sabido, cuando una técnica se pone a punto en un
animal doméstico o de laboratorio,
sólo es cuestión de tiempo y dinero el que
pueda ser aplicada a humanos. Esta perspectiva es la que,
obviamente, ha despertado esa mezcla de fascinación,
ansiedad y temor en la opinión
pública. El ciudadano actual percibe los adelantos
científicos con cierta ambivalencia: si bien reconoce como
positivos el avance del conocimiento y
del bienestar, es igualmente consciente de que pueden acarrear
problemas
ambientales, y amenazar valores y creencias importantes para
la cohesión social. El mito de
Frankestein no es más que la plasmación
simbólica del temor a que nuestras creaciones
tecnológicas nos sobrepasen y nos dominen, una idea
sistematizada por las recientes aportaciones de la
filosofía y sociología de la ciencia y
la tecnología.
Desgraciadamente, la mayoría de los medios de
comunicación han perdido una nueva oportunidad de
demostrar que pueden estar al servicio del
debate social
y del diálogo
sobre bases racionales, primando la difusión de
estereotipos trasnochados e ideas peregrinas. Pero por otro lado,
algunas revistas científicas siguen empeñadas en
querer demostrarnos que la racionalidad tecnocientífica es
la forma más excelsa (¿quizá única?)
de conocimiento
auténtico, y que los otros criterios deberían
rendirse a ella.
Lo que se juega en el debate sobre
la clonación no es obtener copias de Einstein o de
Hitler, (algo
imposible, porque en cada individuo influye poderosamente el
ambiente y
la
educación). Olvidémonos de anti-utopías
de tipo Un mundo feliz. Tampoco me parece pertinente la postura
de los comentaristas de la revista
Nature, cuando despachan lo que ellos llaman "vagas aseveraciones
sobre la dignidad humana", imputando a sus defensores el caer en
ideas sobre determinismo genético. Efectivamente, nuestros
genes no determinan nuestra individualidad ni nuestra dignidad
como personas. Pero la auténtica oposición a la
clonación en humanos no va por esos derroteros.
Evidentemente, un individuo clónico (aparte de no ser
totalmente idéntico al original, por las razones ya
apuntadas) tendría su propia individualidad, y es absurdo
hablar en este sentido de "fotocopias humanas" (sobre todo en lo
referente al carácter y
conducta). Esto,
insisto, no es lo esencial. Según mi opinión, el
cogollo de la cuestión ya quedó brillantemente
apuntado hace casi 20 años por Hans Jonas, cuando
analizó lo que significaría existencialmente ser un
clónico para el propio individuo afectado.
Independientemente de la influencia real que tengan los genes en
la conducta humana
(desde luego, no superior a la ambiental y cultural), el
clónico se sentiría como individuo diseñado
ex-profeso por terceras personas, y su situación, a
diferencia de lo que se ha dicho, no es en absoluto equivalente a
la de los gemelos idénticos. Mientras los gemelos
comparten simultáneamente en el tiempo un mismo
genotipo aleatorio totalmente nuevo, del que nadie sabe nada a
priori, al clónico se le impone un genotipo ya
experimentado anteriormente por otra persona. La clave
de la crítica estriba en que esto crearía una
situación asimétrica del clónico respecto
del original: el clónico tendrá encima la "losa" de
saberse fruto de diseño
de otras personas, y su autopercepción se
resentiría por ello. Todo el proceso de su
autodescubrimiento y sus relaciones con los demás
quedarán marcados indeleblemente. Una vez más: no
se trata de determinismo genético, sino de la
intromisión de un conocimiento perturbador en lo
más central de lo que constituye la búsqueda que
cada individuo hace de su propia personalidad.
Cada uno de nosotros responde a la pregunta "¿Quién
soy yo?" partiendo de un genotipo nuevo (con sus potencialidades
desconocidas para todos) y del secreto. Pero el clónico
tiene un prototipo ya vivido (no original), y tenderá a
creer que sabe demasiado de sus propios límites y
posibilidades: este mero conocimiento puede ser profundamente
condicionador de su personalidad.
¿Dónde quedaría la aventura de sentirse
único e irse descubriendo a sí mismo? Por estas
razones, y al igual a lo que se ha propuesto para los avances en
las técnicas
de sondeo de propensiones genéticas, la bioética y
el bioderecho están articulando y reclamando la
proclamación de un "derecho a ser fruto del azar" y de un
"derecho a la ignorancia", a no saber (o creer saber) demasiado
de uno mismo por adelantado.
Comité de Ética
francés: el crear individuos "…cuyo genoma no
dependerá de la lotería genética, sino de la
voluntad del hombre, es un
atentado a las características esenciales de la persona
humana".
El filósofo Fernando Savater, aludiendo a la
clonación (pero aplicable también a la eugenesia
positiva por ingeniería
genética) declaró la gravedad de "obligar a un
individuo a ser como otro quiera", añadiendo que "si de lo
que se trata es de la libertad del
individuo, es mejor que su origen se deba a la casualidad
[genética] que al diseño". En este sentido se expresan otros
autores, incluyendo importantes biólogos.
El reciente informe del Comité Español de
Expertos sobre la Clonación lo ha expresado de la
siguiente manera: "[L]a cuestión no es tanto qué
rasgos nos gustaría a nosotros que tuviera un ser
determinado, por ejemplo, nuestro hijo, sino cuáles son
los que pudieran resultar compatibles con la dignidad del ser
humano. Y si no sabemos contestar a esta pregunta de modo
razonable, lo mejor que podemos hacer es respetar el actual
estado de
cosas. Cuando no se tienen razones suficientes para
actuar, lo más prudente es la abstención, es decir,
el respeto".
Adicionalmente, la clonación plantea otro problema, el de
privar al individuo clónico del derecho a una
filiación capaz, como dice Savater, de "inscribirlo en el
orden simbólico del doble origen masculino y femenino",
tan importante en el desarrollo
psicológico del individuo.
Y, por supuesto, paralelamente a estos argumentos, no deja de
resonar un viejo principio ético básico de nuestra
cultura: los
seres humanos son fines en sí mismos, y no pueden ser solo
medios para
otros fines, por muy loables que éstos sean (incluyendo el
avance científico). ¿Con qué autoridad y con
qué sabiduría podríamos imponer a otros
seres humanos nuestro diseño en su misma entraña
biológica, a carecer de la referencia a un padre y una
madre, a ser fruto de una unión sexual?
¿Seríamos capaces de experimentar ("a ver lo que
sale") con otros seres humanos so pretexto de eliminar el azar
biológico? ¿Quiénes somos nosotros para
abrogar este mecanismo de lotería genética que
lleva miles de millones de años funcionando, qué
criterios usaríamos en su lugar, y quién
decidiría? El debate de la clonación (junto con
otros avances derivados de la biotecnología) va a ser un buen campo para
poner a prueba la capacidad de nuestras sociedades
para discutir racional y democráticamente sobre la
posibilidad de encauzar la tecnología. ¿Tendremos
en nuestras manos la oportunidad de ponerla al servicio de
las profundas necesidades de la humanidad, o seguiremos
deslizándonos por la pendiente del sonambulismo
tecnológico?
Para los expertos que asesoraban al Gobierno
alemán en relación a la clonación,
ésta plantea problemas
éticos novedosos que afectan a la ordenación
básica de la vida y a la dignidad del ser humano.
Habría que establecer de novo diques éticos
derivados de fundamentos morales y jurídicos, debido a que
hasta ahora, la propia Naturaleza
imponía sus propios límites fácticos a
ciertas intervenciones humanas.
Sin embargo, muchos expertos anglosajones van por otros
derroteros. Para John Harris (que sigue en parte las ideas de
Ronald Dworkin en el sentido de que la constitución de EEUU es base suficiente
para proteger la libertad de
los individuos en la elección de sus opciones
reproductivas) existe un derecho de los individuos, amparable
legalmente, a reproducirse con los genes que cada uno elija, y
con los medios
(incluida la clonación) que reflejen la idea de cada cual
sobre la clase de personas que deberían venir al mundo,
aunque esto suponga pagar el precio de que
tengamos que soportar cierto grado de ofensa social por
contemplar elecciones con las que no estamos de acuerdo. El
presidente de la Comisión Asesora de Bioética de
los EE.UU. confirma esta idea, que se refleja en el modo como se
trató la cuestión de la clonación
reproductiva en el correspondiente informe elevado al Gobierno. De este
documento parece deducirse que, suponiendo que se resuelven los
temas de seguridad de la
técnica, y si no se demuestra que el niño clonado
vaya a sufrir daños físicos o psíquicos,
la Carta Magna
norteamericana y sus Enmiendas podrían amparar la
clonación. De alguna manera, se reconoce que los supuestos
o posibles problemas
éticos y sociales no serían justificación
suficiente para que el Estado se
inmiscuyera en el área de libertad e intimidad
reproductiva. Estamos ante un punto clave de las discrepancias
con otras propuestas, que precisamente se centran en las "ofensas
sociales y éticas", que reflejan la complejidad de
dimensiones simbólicas y culturales que contribuyen al
bien común, y que no se pueden obviar precipitadamente. La
misma reflexión jurídica europea incorpora, de una
u otra forma, diversos mecanismos de compensación a la
autonomía, basados en otros clásicos principios
bioéticos, como no-maleficencia y justicia. En
este sentido, desde siempre se ha se reconocido el interés y
la necesidad de la comunidad
política
de configurar de alguna forma la estructura
familiar. De todos modos, hay que reconocer que la
argumentación sobre supuestos daños a las ideas
sobre familia y
sociedad no
terminan de funcionar, al menos desde el punto de vista de cierta
filosofía jurídica, ya que conceden supuestos
"derechos de
intangibilidad" a meras figuras jurídicas, no a personas.
Insistir demasiado en este punto sin aportar razones convincentes
puede enmascarar en algunos casos una simple estrategia
conservadora al servicio de ciertas ideas, históricamente
condicionadas, sobre un tipo de familia y de
sociedad, y al servicio de ciertos intereses de grupo o clase.
Quizá debamos buscar razones al menos prudenciales en los
intereses y derechos del
niño, que llegado el caso deberían predominar
sobre la libertad reproductiva paterna.
Al menos en algunos países queda abierta la posibilidad de
la ingeniería genética y la
clonación de humanos, o al menos su no
penalización. ¿Significa esto que ante la falta de
prohibiciones se habría perdido la batalla ética?
Ni mucho menos. Como bien expone el citado Informe de la
Comisión de Expertos sobre la clonación, en el
análisis ético de estas cuestiones
hay que distinguir entre los planos exhortativo y prohibitivo. Si
queremos avanzar en el progreso moral de
nuestras sociedades,
hemos de tener claro que las prohibiciones no son las
únicas ni más adecuadas herramientas.
Nuestras comunidades basadas en el pluralismo de ideas y valores
no pueden aspirar a que determinados ideales del bien queden
siempre respaldados por sistemas legales.
La ley puede ser la
expresión de un mínimo común denominador
moral que
garantice la paz social y los derechos individuales. Pero
el objetivo de la
ética va más allá, proponiendo e invitando a
la "autorrealización personal y
colectiva", en una búsqueda de lo mejor. Los argumentos
esgrimidos más arriba contra la clonación
reproductiva y la eugenesia positiva, tomados por separado,
quizá no tienen fuerza
suficiente para justificar su prohibición absoluta, y
conjuntamente suponen argumentos razonables para actuar con
extremada prudencia, aunque quizá no para impedirlas en un
futuro, sobre todo cuando puedan presentar alguna
justificación terapéutica. Queda por delante la
tarea más fascinante y enriquecedora: reflexionar
individual y colectivamente, formar el sentido de la responsabilidad, ejercer una crítica adulta
de los valores
sociales dominantes, y buscar la manera de promover los valores
auténticamente humanizantes.
Para Bayertz, la autonomía de los padres incluye la
libertad de decidir el número de hijos que desean tener
por medio de medidas contraceptivas o "proceptivas" (mediante
técnicas de fertilización asistida),
pero no se puede prolongar en el sentido de realizar
manipulaciones genéticas o reproductivas a voluntad con el
propósito de configurar su dotación genética
(modificación genética no terapéutica y
clonación). Hay que proclamar, pues, el derecho a
desarrollar la biografía vital
partiendo de un genoma no manipulado ni que sea copia del genoma
de otra persona anterior, viva o muerta. La razón es que
estas manipulaciones atentarían al derecho del nuevo ser a
no ser producto del
diseño de otras personas, a no venir "prejuzgado", a no
ser fruto de un plan o ideal de
vida que otros (aunque sean sus padres) le imponen desde fuera, y
que con ello crean unas expectativas que coartan radicalmente la
posibilidad de autodescubrimiento, y por lo tanto, atentan a su
libertad. De otra manera, se crearía una ilícita
asimetría, por la que la autodeterminación de los
padres entraría en radical colisión con derechos
inalienables del hijo, que quedaría de esta forma
"instrumentalizado", convertido en un objeto sometido a la
voluntad de otros. La única manipulación moralmente
válida sería la destinada a curar o prevenir una
enfermedad en el individuo en cuestión, lo que
incluiría la terapia génica germinal en el caso de
que su puesta en práctica no supusiera el sacrificio de
vidas humanas inocentes mientras se pone a punto la
técnica.
La crítica antropológico-cultural y la misma
filosofía del derecho pueden aportar herramientas
que ayuden al desmontaje de ciertos presupuestos
que están en la base de las paradojas en las que nos
parece introducir la tecnología genética y
reproductiva. Como ha mostrado Carlos Lema, la gramática jurídico-política del Estado moderno
y del Derecho igual no admite crítica al deseo. El Derecho
parece condenado a ordenar y encauzar los deseos y necesidades
(no cuestionados) de individuos "atomizados", de modo que tales
deseos quedan resguardados por la esfera inviolable de la
intimidad. Pero ello se hace en nombre de un sujeto abstracto,
del que se ha suprimido toda referencia (y crítica) al
origen de tales deseos, borrándose la idea de que
éstos pueden ser creados o manipulados. De hecho, la
expulsión del deseo de la consideración
jurídico-política lo que hace es remitirlo a la
esfera del mercado. Y estamos asistiendo al fenómeno de
cómo traer hijos al mundo entra decididamente en las
fuerzas mercantiles, con las técnicas en el papel de
creadoras de nuevos deseos a la hora de configurar la
descendencia, y con el Derecho como garante de los llamados
"derechos reproductivos" (asociados ya no a la fundación
de una familia, sino como prerrogativas individuales). No es
extraño, pues, que en este marco, el Derecho no pueda
establecer límites a los deseos individuales, ni ubicarlos
en referencia a bienes
colectivos. Lo más que puede hacer es justificar a
posteriori unos supuestos "deseos racionales" recurriendo a
alguna variante de psicología o sociología empíricas, que a su vez
no entran en la crítica del deseo ni de las condiciones
sociales y culturales de las que éste surge. Igualmente,
Beck ha señalado cómo diversos intereses sociales y
económicos se sirven de las apelaciones a la "libre
voluntad" para triunfar. Dicha libre voluntad alteraría
las relaciones entre instituciones,
valores sociales y tecnologías, transformándolas en
una circunstancia privada.

Algunas declaraciones y normativas internacionales y
nacionales
UNESCO: Declaración Universal del Genoma Humano y los
Derechos
Humanos, adoptada por la XXIX Asamblea General, el 11 de
noviembre de 1997, y asumida por la Asamblea General de las
Naciones Unidas
el 9 de diciembre de 1998.
· Art. 11: "Las prácticas contrarias a la dignidad
humana, como la clonación reproductiva de seres humanos,
no deben permitirse"
Consejo de Europa: Protocolo
Adicional al Convenio para la protección de los derechos humanos
y la dignidad del ser humano en relación con la
aplicación de la biología y la
medicina,
sobre la prohibición de clonar seres humanos.
París, 12 de enero de 1998. Fue firmado por 19
países europeos (no Reino Unido ni Alemania,
aunque por distintas razones).
· Art. 1: "Se prohibe cualquier intervención que
tenga por objeto crear un ser humano genéticamente
idéntico a otro, ya sea vivo o muerto".
En estas dos declaraciones queda abierta, en principio, la
permisibilidad de clonación no reproductiva
("terapéutica").
Parlamento Europeo, Resolución del 12 de marzo de
1997:
· 1. "Hace hincapié en que todo individuo tiene
derecho a su propia identidad
genética y en que la clonación humana está
prohibida y debe seguir estándolo;
· 3. "Urge a todos los Estados Miembros a que
prohíban la clonación de seres humanos en todos los
estadios de desarrollo, independientemente del método
utilizado…"
Países con legislaciones que explícitamente
prohíben la clonación:
· Alemania
(1990): punible incluso generar un embrión clónico,
aunque no se transfiera.
· Argentina
(1997)
· España:
Código
Penal (1995): Redacción confusa: Art. 161.1:
"Serán castigados… quienes fecunden óvulos
humanos con cualquier fin distinto a la procreación
humana". Art. 161.2: "… se castigarán la
creación de seres humanos idénticos por
clonación u otros procedimientos
dirigidos a la selección
de la raza".
· Francia
(1994): en referencia con la eugenesia. "Nadie podrá
vulnerar la integridad de la especie humana".
· Reino Unido: Ley de Fecundación Humana y Embriología (1 noviembre de 1990):
Permitido manipular y crear embriones hasta el día
14ª, con autorización gubernamental.

 

 

 

 

 

Autor:

Ana Gelfo

Partes: 1, 2
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