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Formularios de derecho procesal fiscal




Enviado por josemsc



Partes: 1, 2

  1. Instancia de inconformidad
  2. Declaratoria de prescripción
  3. Recurso de revocación
  4. Demanda de nulidad

Instancia de inconformidad

C. ADMINISTRADOR LOCAL DE AUDITORÍA FISCAL DE ZAPOPAN PRESENTE . José Miguel Sánchez Cárdenas, en representación legal de LA RED, S.A. de C.V., clave de Registro Federal de Contribuyentes LRD953107, personalidad que se acredita con copia certificada de la Escritura Pública número 3107, pasada ante la Fe del Notario Público número 32 de Zapopan, Jalisco; con domicilio fiscal en Av. Naciones Unidas 2876, Código Postal 44566, en Zapopan, Jalisco, y señalando domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en Av. Pablo Casals 7000, Código Postal 44570, en Guadalajara, Jalisco, y autorizando para tales efectos a la C. Licenciada en Derecho Raquel Cárdenas Aubert, comparezco y E X P O N G O Que por medio del presente escrito, a nombre de mi representada, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 46, fracción IV, del Código Fiscal de la Federación, vengo a instaurar INSTANCIA DE INCONFORMIDAD en contra de los hechos observados en la Última Acta Parcial, levantada por auditores de esta H. Administración, la cual se contiene en el Oficio número 321/00, correspondiéndole los folios 321, 322, 323 y 324.

Al efecto se manifiestan las siguientes C O N S I D E R A C I O N E S PRIMERA.- Según se desprende del Oficio de observaciones antes citado, el personal adscrito a esta H. Administración, determinó que mi representada no efectuó, conforme a las disposiciones fiscales, los pagos provisionales para efectos del Impuesto Sobre la Renta, en cantidad de $222,000.00 (dos cientos veintidós mil pesos 00/100 moneda nacional), correspondientes a los meses de noviembre y diciembre de 1999.

La anterior observación queda desvirtuada al advertirse de la Declaración Anual que por el ejercicio revisado presentó mi mandante, que aunque no se hayan efectuado los pagos provisionales en relación con los meses que esta autoridad menciona, el impuesto del ejercicio que le correspondió a mi representada no fue un saldo a cargo, sino por el contrario, le resultó un saldo a favor. Por lo tanto, el hecho de que por un error involuntario se hubiere efectuado un pago provisional menor al que correspondía en los meses en cuestión, si a fin de cuentas, después del pago de este impuesto anual, el saldo que le resulta a mi mandante sigue siendo favorable, aún considerando las cantidades no enteradas, ello trae como resultado que no se causó ningún perjuicio al fisco federal.

SEGUNDA.- Con relación a la observación que esta H. Administración hace, respecto de que mi mandante no efectuó pagos provisionales para efectos de Impuesto al Activo, en cantidad de $111,000.00 (ciento once mil pesos 00/100 moneda nacional), correspondientes a los meses de noviembre y diciembre de 1999, la misma no es procedente.

Tal observación queda desvirtuada con la simple observación de la Declaración Anual que por el ejercicio revisado presentó mi mandante, ya que a pesar de que no se hayan efectuado los pagos provisionales relacionados con los meses que la autoridad menciona, en los importes que son observado, el impuesto del ejercicio que le correspondió a mi representada no fue un saldo a cargo, sino que por el contrario le resultó un saldo a favor.

Considerando que el presente impuesto se paga de manera anual, y que los pagos provisionales no son más que pagos a cuenta de dicho impuesto, el hecho de que por un error involuntario se hubiere efectuado un pago provisional menor al que correspondía en los meses en cuestión, si a fin de cuentas el saldo que le resulta a mi mandante sigue siendo favorable aún considerando las cantidades no enteradas, ello trae como resultado que en estricto sentido no se causó ningún perjuicio al fisco federal, toda vez que mi mandante enteró el total del impuesto que a la misma le correspondió en el ejercicio que es revisado.

A efecto de probar lo manifestado en el presente escrito, se ofrecen los siguientes M E D I O S D E P R U E B A I. Prueba documental pública, consistente en copia certificada de la Escritura Pública número 3107, pasada ante la Fe del Notario Público número 32 de Zapopan, Jalisco, con la cual acreditó la personalidad con que comparezco.

II. Prueba documental privada, consistente en copia de la Declaración Anual correspondiente al ejercicio fiscal 1999, cuya original ya obra en poder de esta H. Administración, la cual relaciono con la consideración primera y segunda del presente escrito.

Por lo antes expuesto, atentamente P I D O

PRIMERO. Se tenga por presentada en tiempo y forma, en los términos del presente escrito, Instancia de Inconformidad.

SEGUNDO. Se me reconozca la representación con que me ostento y se tenga por autorizada a la persona señalada en el proemio de este escrito.

TERCERO. Se tengan por ofrecidas y exhibidas las probanzas que aparecen referidas en el presente escrito.

CUARTO. Dentro del plazo de ley, se levante Acta Final, considerando que no existen observaciones a mi representada, ordenándose enviar el expediente al archivo.

A T E N T A M E N T E Lic. José Miguel Sánchez Cárdenas Guadalajara, Jalisco 24 de septiembre de 2001

Partes: 1, 2

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