Indice
1.
Introducción
2. Salario
3. Obligaciones de
trabajadores.
4. Trabajo de las
mujeres.
5. Trabajo de los
menores.
6. Trabajadores de
confianza.
- Cumplir las disposiciones de las Normas de
trabajo aplicables con sus empresas. - Pagar a los trabajadores los salario e
indemnizaciones. - Proporcionar a los trabajadores, los útiles
instrumentos y materiales
necesarios para la ejecución del trabajo. - Proporcionar local seguro para la
guarda de los inst y útiles de trabajo pertenecientes al
trabajador. - Mantener el número suficiente de Asicatos para
que dispongan los . - Guardar a los trabajadores absteniéndose de un
maltrato de palabra o de otra. - Expedir cada 15 días constancia exenta de los
días trabajados. - Conceder a los trabajadores c/tiempo
necesario para el ejercicio del vota, en las
elecciones. - Permitir a los trabajadores faltar a su trabajo y de
Educación al fin de lograr la
alfabetización de trabajadores. - Proporcionar capacitación y adiestramiento a sus
trabajadores. - Instalar, seguridad e
higiene, prevenir riesgos de
trabajo. - No realizar propaganda
política
y religiosa. - Disponer de medicamento y material de curación
para primeros auxiliares. - Contribuir al fomento de las actividades
culturales. - Proporcionar a las mujeres embarazadas la
protección que establezcan los reglamentos.
Concepto de salario:
Es la retribución que debe pagar el patrón al
trabajador por su trabajo.
El salario puede fijarse por
Unidad de tiempo < por
el que los podrá a disposición del trabajador, sin
que pueda exigir cantidad.
Unidad de obra < Alguna por concepto del
desgaste natural que se hace constar la cantidad y la calidad del
material, el estado de
la herramienta y útiles del patrón.
Plazo de pago
8 días
15 días
Salario Mínimo
Es la cantidad menor que debe recibir en efectivo el trabajador
por los servicios
prestados en una jornada del trabajo.
3. Obligaciones de
trabajadores.
- Cumplir las Normas de
trabajo que les sean aplicadas. - Observar las medidas preventivas e higiénicas
que acuerden las autoridades. - Desempeñar el servicio.
- Ejecutar el trabajo
con la intensidad, cuidado y esmero apropiados y en la forma,
tiempo y lugar convenidos. - Dar aviso inmediato al patrón, salvo caso
fortuito o fuerza mayor
de las causas justificadas que le impidan concurrir a su
trabajo. - Restituir al patrón los materiales
no usados y conservar en buen estado los
instrumentos y útiles, que les hay dado para el
trabajo. - Observar buenas costumbres durante el servicio.
- Integrar los organismos.
- Poner en conocimiento
del patrón las enfermedades, contagiosas
que padezcan. - Comunicar al patrón las deficiencias que
advierten a fin de evitar daño o perjuicios a los
intereses. - Guardar escrupulosamente los secretos técnicos
y comerciales y de fabricación de los productos.
Queda Prohibido A Los Trabajadores
- Ejecutar cualquier acto que pueda poner en peligro su
propia seguridad y
la de sus compañeras de trabajo. - Faltar al trabajo sin causa justificada o sin permiso
del patrón. - Sustraer de la empresa
útiles de trabajo o materia
prima elaborada. - Presentarse al trabajo en estado de
embriagues. - Presentarse al trabajo bajo la influencia de un
narcótico o droga
enervante. - Portar armas de
cualquier clase durante las horas de trabajo. - Suspender labores sin autorización del
patrón. - Hacer colectas en el establecimiento o lugar de
trabajo. - Usar útiles y herramientas
suministrados por el patrón para objeto distinto de
aquel que están destinados. - Hacer cualquier clase de propaganda
en las horas de trabajo, dentro del
establecimiento.
- Disfrutar de las mismos derechos y tienen las
mismas obligaciones que los hombres. - Protección de la maternidad.
- No se podrá utilizar su trabajo en labores
insalubres y peligrosas, trabajo nocturno Industria en
establecimiento comercial o de servicio después de las
diez de la noche.
Derechos de las mujeres.
- No realizaran trabajos que exijan esfuerzos
considerables y signifiquen un peligro para la salud en relación
con la gestión. - Disfrutarán de un descanso de 6 semanas
anteriores, y seis semanas posteriores al parto. - Al regresar al puesto que desempeñaban siempre
que no haya transcurrido mas de un año de la fecha del
parto. - A los servicios de
guardería infantil otorgado por el IMSS.
- Menores de 16 años tienen derecho a disfrutar
de un período anual de 18 días de vacaciones
laborales pagadas. - Proporcionarles capacitación y adiestramiento.
- Jornada de 6 horas.
Queda prohibida la utilización de trabajo a
menores de 16 años .
- Expendio de bebidas embriagantes de
consumo - Trabajo que afectan su moralidad a sus
buenas costumbres - Trabajo ambulantes, salvo
autorización. - Trabajos subterráneos o
submarinos. - Trabajos superiores a sus fuerzas y los que
puedan impedir o retardar su desarrollo
físico moral. - Establecimiento, no industriales,
después de las 10 de la Noche.
18 años
Trabajos nocturnos Industriales.
- Los trabajadores de confianza no podrán formar
parte de los sindicatos. - El patrón podrá rescindir la
relación de trabajo si existe un motivo razonable de
perdida de la confianza aun cuando no coincida con las causas
justificadas. - El trabajador de confianza hubiese sido promovido de
un puesto de planta, volverá a él salvo que
exista causa justificada para su separación.
Autor:
Lic .Gabriela Villalobos Montealegre
Labtech Instrumentacion
S.A. de C.V