Monografias.com > Derecho
Descargar Imprimir Comentar Ver trabajos relacionados

La participación delictiva




Enviado por cloustaunau



Partes: 1, 2

  1. Autoría
  2. La participación como especie
  3. La inducción o instigación
  4. La complicidad

En la comisión de delitos, a menudo intervienen varios sujetos a través de un reparto funcional de actividades dando lugar al fenómeno de la participación. Así como también a la naturaleza de determinados delitos que se consideran plurisubjetivos, requiere de varios activos, como lo puede ser, en los delitos de conspiración, adulterio, etc.

Tanto doctrinal como legal se distingue entre autores y partícipes sobre todo, como ya se dijo, cuando más o dos personas intervienen en la realización de un tipo penal de naturaleza unisubjetiva, es decir, se distingue el actuar de cada persona, sobre todo para efecto de la punibilidad valorándose aspectos subjetivos como lo es, el acuerdo previo de voluntades así como objetivos, traduciéndose en actos materiales que penetran en el núcleo del tipo penal, no obstante se considera que la temática que se trata se sale del tipo-tipicidad para trasladarse a una técnica sobre atribuibilidad, lo que permite formular una regulación genérica sobre quien o quienes deben atribuirse las conductas hipotéticamente previstas en el Código Penal, y haciendo especial incapié al nexo causal entre la conducta desplegada y el resultado. La institución de la participación delictiva la podemos clasificar en ésta como género, y en sus especies la autoría y que da sustento a la teoría del dominio del hecho, teoría objetivo-material, teoría objetivo-formal que comprende la directa, la mediata, la coautoría y los de propia mano. Mientras que en la participación como especie ubicamos la inducción u hostigación y la complicidad.

Autoría

CONCEPTO UNITARIO DE AUTOR.- Edificado a partir de la teoría de la equivalencia de las condiciones, esta corriente rechaza la posibilidad de distingue entre autor y partícipe, ya que cualquier participación por insignificante que sea posee idéntico valor causal, siempre que suprimido idealmente impida la producción del resultado, ya que cualquier persona que intervenga en un hecho delictivo será considerado como autor.

CONCEPTO EXTENSIVO DEL AUTOR.- al igual que lo anterior, encuentra su punto de partida en la teoría de la equivalencia de las condiciones y postula que ese autor, todo individuo que ha contribuido de alguna manera a la producción de un hecho delictuoso, siempre que su aportación resulte ineludible para la concreción del evento, pero se reconoce la necesidad de matizar los distintos grados de responsabilidad en función de un criterio de carácter anímico ante la imposibilidad de realizar mediciones de índole objetivo-causal.

CONCEPTO RESTRICTIVO DE AUTOR.- Se finca en criterios de índole objetivo, es decir, la mera aportación causal es insuficiente para estimar que el contribuyente posee carácter de autor, es además necesario que aquél realice la conducta integradora del tipo correspondiente, por lo tanto, la contribución de una de las múltiples condiciones necesarias para la producción del resultado, no es sinónimo de autoría, no obstante que el delito se asuma como propio.

TEORÍA DEL DOMINIO DEL HECHO.- Aquí se comprende dentro de la esfera de la autoría no únicamente el ejecutor directo, a quien planea el acontecimiento delictuoso, a los que intervienen en el de manera conjunta, etcétera, concluyendo que califica como autor a quien controla de manera final el desarrollo del evento.

AUTORÍA DIRECTA O DEFINICIÓN MATERIAL.- Se ha sostenido como característica de la conducta delictiva, quien la realiza antijurídicamente y culpablemente, por tanto autor es el definido en el tipo, es aquél que realiza la acción principal o acción ejecutiva. Quien de manera final y de propia mano realiza la parte objetiva del tipo, por lo que siempre será el autor. El artículo 13, fracción II del Código Penal Federal, hace referencia a este tipo de autor como: "los que realicen el delito por sí".

AUTOR INTELECTUAL.- Es aquél que idea la realización de la conducta delictiva y organiza el transcurso del hecho, y por lo tanto ejerce dominio sobre él, es decir, se entiende como el planificador del delito. El artículo del citado ordenamiento en su fracción I se refiere a los autores intelectuales como: "los que acuerden o preparen su realización".

AUTORÍA MEDIATA.- esta especie de autoría se caracteriza porque el autor del delito no realiza de propia mano la acción típica, sino a través de otra persona quien funge como mero instrumento para la realización de la conducta típica, y en éste se actualice una causal de inculpabilidad (comprendía la imputabilidad), exista ausencia de conducta o tipicidad o se encuentre amparado por alguna causa de justificación. El artículo 13, fracción IV del Código Penal, se refiere al autor mediato como el que lleva a cabo el delito "sirviéndose de otro".

COAUTORÍA.- Implica la concurrencia de varios individuos que mediante el reparto del trabajo, realiza cada quien diversas funciones que buscan en común la obtención de la meta delictiva. Este enfoque admite la realización parcial del hecho típico por varios sujetos, incluso permite otorgar el carácter de coautor a quien aporta una contribución que se considera indispensable para la comisión del delito. La fracción III del multicitado artículo se reviere a los coautores del delito como: "Los que realicen conjuntamente".

Partes: 1, 2

Página siguiente 

Nota al lector: es posible que esta página no contenga todos los componentes del trabajo original (pies de página, avanzadas formulas matemáticas, esquemas o tablas complejas, etc.). Recuerde que para ver el trabajo en su versión original completa, puede descargarlo desde el menú superior.

Todos los documentos disponibles en este sitio expresan los puntos de vista de sus respectivos autores y no de Monografias.com. El objetivo de Monografias.com es poner el conocimiento a disposición de toda su comunidad. Queda bajo la responsabilidad de cada lector el eventual uso que se le de a esta información. Asimismo, es obligatoria la cita del autor del contenido y de Monografias.com como fuentes de información.

Categorias
Newsletter