Indice
1.
Presentación
2.
Introducción
3. Hipótesis
4. Antecedentes
5. Marco jurídico del servicio
civil de carrera
Los esfuerzos realizados por el Estado para
fortalecer y planear la actividad económica, han
transcurrido en forma paralela con los dos esfuerzos realizados
por prestar mayor atención a los programas de
desarrollo y
bienestar del personal al
servicio del Estado.
Resultado de todo esto, ha sido el surgimiento del Servicio Civil
de Carrera como un medio seguro para
atraer los procesos de
desarrollo integral de la Administración
Pública.
Un estado moderno, requiere de la planeación
como requisito documental para obtener un grado de desarrollo
económico y social, que permita programar el manejo
optimo de los recursos
disponibles del país, adecuado a ello, se ha instrumentado
en el Servicio Civil de Carrera, para que en forma
sistemática justa, continua y dinámica aplique y coordine en su
implantación de métodos de
investigación social, los principios que le
rigen y las técnicas
más modernas que se han desarrollado en la capacitación y en materia de
administración y economía. Todo ello
con el fin de garantizar a cada individuo la realización
de sus potencialidades y su contribución más eficaz
al desarrollo cultural, social u económico del
país, con este ensayo a
partir de un análisis somero de las cuatro
administraciones (Luis Echeverría Alvarez, José
López Portillo, Miguel Madrid Hurtado, Carlos Salinas de
Gortari.), se manifestará a través de las
vicisitudes que el Servicio Civil de Carrera ha tenido, su
efectividad, contemplado desde la óptica
de su funcionalidad y aplicación señalando aciertos
y errores, quedando a consideración de los interesados, el
criterio que le permita distinguir las bondades y prejuicios que
el servicio civil de carrera ha impuesto desde su
aparición.
No se pretende, dentro de este trabajo de investigación,
enjuiciar al Servicio Civil de Carrera desde un punto de vista
nihilista, sino de proponer o señalar lo valioso y lo
erróneo, para así estar en condiciones de buscar
alternativas para que el Servicio Civil de Carrera cumpla
realmente con los objetivos para
los cuales fue diseñado.
Vivimos una época intensa de transición
hacia formas distintas de organización y convivencia social. Un nuevo
tipo de sociedad irrumpe
bajo el impacto de una revolución
científica y tecnológica sin precedentes estamos
frente a circunstancias y desafíos inéditos. Los
pueblos se liberan de formas de organización autoritarias,
comunidades culturales y nacionales, exigen reconocimiento y
respeto a su
derecho de decidir su destino. La democracia se
impone como modelo de
convivencia social y de gestión
pública.
En todos los rincones del orbe, sin faltar México,
las transformaciones han afectado usos y costumbres modificando
ritmos y estilos de vida, obligando a pueblos y dirigentes a
buscar alternativas para hacer frente a las nuevas perspectivas y
retos. A fin de enfrentar estos retos y aprovechar las nuevas
oportunidades México decidió volverse participante
activo no espectador pasivo de los procesos de cambio en el
mundo.
Es ahora, en este sexenio, cuando la modernización de
la
administración se efectúa más
profundamente. Es mayor el intento por lograrlo, aunque claro, el
interés
siempre ha existido desde la Reforma Administrativa (1982-1989),
hasta la Reforma del Estado y Modernización
Administrativa (1989-1994). Es a estas dos últimas a las
que nos referimos específicamente, porque en estas es
donde se instaura el Servicio Civil de Carrera, nuestro objetivo de
estudio.
La economía mexicana ha sido orientada durante los dos
últimos regímenes hacia la reconstrucción,
la reestructuración y la modernización del aparato
productivo nacional, en la búsqueda de una nueva
inserción en la economía mundial y de más y
mejor participación en el cambio internacional de bienes
servicios y
capitales.
Concomitante a este proceso
surgió la divulgación, liderada por el Estado
neoliberal de una nueva cultura de
"Calidad Total",
"Productividad", "Gestión Administrativa y
Gerencial", etc., según la cual el que produce más
y mejor (mayor cantidad–cero defectos) en menos tiempo (menor
número de horas trabajo–hombre),
será quien sobreviva y obtenga el triunfo.
Es la modernización la base de apoyo en todo el proceso de
reestructuración de la administración y sus
respectivas relaciones. Los valores en
que se funda son: eficiencia,
agilidad, productividad y la simplificación. Aunque para
esto, quienes estén involucrados deben dejar atrás
estilos, mitos y
tabúes, transformar los hábitos
prácticas que no permiten incorporarse a la nueva realidad
que se vive.
Por nuestro interés y con el objetivo de señalar lo
referido, contemplaremos el impacto que la modernización
ha tenido en la administración pública visto desde
varios enfoques; en su intención de implantar un estado
moderno.
de contratos
colectivos, desaparición de condiciones generales de
trabajo siendo sustituidas por el Servicio Civil de Carrera o
Profesionalización, como algunos le llaman, del sector
público.
Este instrumento de control de la
modernización de la administración pública,
conjuga nuestro interés por analizarlo debido a su
importancia cada vez mayor en el sector público.
Desde su origen (27 de junio de 1983) y en su naturaleza
pretende hacer garantizar la estabilidad y seguridad en el
empleo,
promover la responsabilidad, diligencia y eficacia mediante
una motivación
adecuada, elevando así la eficiencia y la agilidad,
así como promover la capacidad permanente del personal
federal, también afirma que el servicio civil de carrera
debe contribuir a asegurar la lealtad a la institución en
un marco de eficiencia y honradez.
Se entiende como Servicio Civil de Carrera "La
Racionalización de todos los procesos de administración
de personal al servicio del estado, llevados rango de
ley a fin de
garantizar su vigencia y aplicación permanente con el
propósito de propiciar y fomentar en los trabajadores la
realización de una auténtica carrera como servidores
públicos (Guerrero 1984).
Se inserta en si dentro de la administración
pública, el Servicio Civil de Carrera como una estrategia
fundamental que permitirá modernizar los sistemas de
administración de personal teniendo siempre presente que
es la acción cotidiana de los trabajadores al servicio del
estado lo que permite la consecución de los
objetivos y metas del gobierno
federal.
Aunque en la realidad no ha cumplido con sus objetivos, partiendo
de la efectividad de sus tres componentes se analiza: catalogo de
puestos, tabulador único y comisión
intersecretarial del Servicio civil de Carrera.
Catalogo de puestos, se define a partir de:
1. Conocimiento y
aptitudes
2. Responsabilidades
3. Esfuerzos y ambiente
4. Riesgos
Tabulador de sueldos: depende de asociar las
percepciones actuales con los puestos valuados, estableciendo una
relación directa entre sueldos y
salarios pagados y las obligaciones y
responsabilidades.
Escalafón: Se divide en funcional e Intercomunicado.
a) Funcional. Permite el movimiento
ascendente del servidor
público mediante la capacitación entre puestos a
fines de la misma rama.
b) Intercomunicado. Se dan los movimientos de promoción para ascender a puestos distintos
del mismo grupo
inclusive en otras ramas de distintos grupos por
capacitación.
El catalogo de puestos, permitió establecer un modelo de
tabulador, desde entonces la promoción se
restringió en extremo, las funciones de base
se convirtieron en funciones de confianza y las categorías
se transformaron en una sola categoría: el salario
mínimo regional.
Así el catalogo de puestos y tabulador único han
sido instrumentos para controlar salarios
(nulificación de la promoción y
recategorización), reajuste de personal (conversión
de las funciones de base de confianza), abolición de las
conquistas laborales (derechos escalafonarios
entre otros y nulificación de las organizaciones
sindicales.
En cuanto a la comisión intersecretarial del Servicio
Civil de Carrera, esta ha sido un instrumento de coordinación y asesoría del
ejecutivo, cancelando la tradicional negociación de los sindicatos con
los titulares de las dependencias. En fin, más que
motivación para lograr mayor productividad, ha habido
despidos y reubicaciones, factores que enturbian el proceso de
modernización.
El presente trabajo no pretende minimizar en cierto modo, los
objetivos que en el Servicio Civil de Carrera se delinea. El
único propósito es el tratar de encuadrarlo
mediante un análisis en su efectividad no plena, por
circunstancias que quizá no se incluyan dentro de sus
objetivos, pero que han hecho que a su funcionalidad no se le
haya dado la real valía que pretende tener. Para ello, se
considera importante remarcar los problemas que
genera, para así tener la oportunidad de optimizarlo y que
realmente sirva como un factor de desarrollo institucional y de
productividad laboral en
beneficio de la administración pública.
La efectividad del Servicio Civil de Carrera, depende de la funcionalidad y aplicación optimas e interpretación positiva que le de por parte de quienes lo ejecutan dentro de la administración pública.
Evidentemente tales leyes no se
expidieron, la federación dio el primer paso al promulgar
el estatuto de los trabajadores al servicio de los poderes de la
unión en 1938, reconoció el carácter
de asalariados de estos trabajadores. El derecho de
sindicalización, de huelga (con
las modalidades respectivas que implica la función
pública), el derecho de un tribunal para resolver los
conflictos
entre estos trabajadores y el Estado.
El nivel estatutario de este ordenamiento es impugnado por la
burocracia
estatal y solicitó su elevación a rango
Constitucional, la solicitud fue aprobada a partir de la
adición al artículo 123 constitucional en 1960, de
un apartado especial para los trabajadores al servicio de los
Poderes de la Unión y del Gobierno del Distrito Federal,
en virtud de esta reforma, se expide en 1963 la Ley Federal de
los Trabajadores al Servicio del Estado.
Cabe hacer notar que la disposición sólo
se refería a los trabajadores al servicio de los Poderes
Federales y de ninguna manera a los trabajadores de los Estados y
Municipios. Como esta facultad es explícita para la
Federación, de acuerdo al artículo 124
Constitucional, se tenía reservada a los Estados; por
tanto, varias Entidades Federativas expidieron sus leyes del
servicio administrativo, que regulaban la relación de los
Estados y Municipios y sus trabajadores.
Por regla general, en cuanto a los contenidos de estas leyes
estatales, existe disparidad entre ellas mismas y la Ley de los
Trabajadores de los Poderes de la Unión, que trae consigo
la no contemplación de derechos consagrados en la Norma
Federal.
5. Marco jurídico del servicio civil de carrera
Los instrumentos jurídicos relacionados con el
Servicio Civil de Carrera son los siguientes:
a) Constitución Política de los
Estados Unidos
Mexicanos. Artículo 123, que establece que toda persona tiene
derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto se
promoverán la creación de empleos y la
organización social para el trabajo
conforme a la Ley.
b) Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. esta
Ley reglamenta los derechos consignados en el apartado "b" del
Artículo 123 Constitucional, además de que regula
lo relacionado con las obligaciones de los trabajadores y de los
titulares de las dependencias y entidades. La organización
colectiva de los trabajadores, las condiciones generales de
trabajo, los riesgos
profesionales y enfermedades no
profesionales.
Bases Jurídicas que permiten su instrumentación:
a) Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal Artículo 32 Fracción X.
Esta ley facultaba a la Secretaría de Programación y Presupuesto para
establecer normas,
lineamientos y políticas
en materia de administración, remuneraciones,
capacitación y desarrollo de personal, así
como coordinar y vigilar la operación del sistema general
de administración y desarrollo de personal del Poder
Ejecutivo Federal.
b) Ley de Planeación. Artículo 14 de la ley que
señala las atribuciones de la Secretaría de
Programación y Presupuesto en cuento a
coordinar las actividades de la planeación nacional de
desarrollo tomando en cuenta la opinión de las
dependencias y proyectar y coordinar la planeación
regional, entre otras.
c) Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los
Trabajadores al Servicio del Estado. En este ordenamiento se
garantiza la seguridad
social del trabajador en una forma integral, que comprende
desde el ingreso al servicio hasta el periodo post–empleo
mediante la pensión activa, que es el concepto moderno
de seguridad social.
d) Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores
Públicos. En esta base jurídica se consignan los
diversos tipos de responsabilidades que pueden originar la mala
actuación de todo servidor, es un ordenamiento congruente
con la tesis de
renovación moral del
Presidente de la República.
e) Ley de Premios, estímulos y recompensas civiles. Esta
ley establecer los premiso y estímulos que el gobierno
otorga a los servidores públicos, que se hacen acreedores
a los mismo por una destacada actuación en el servicio
público, constituye uno de los elementos que permiten
motivar una mayor responsabilidad y eficiencia en el
servicio.
f) Reglamento Interior de la Secretaría de
Programación y Presupuesto. Este ordenamiento se atribuye
a la coordinación General de Modernización de la
Administración Pública Federal, entre otras
funciones la de diseñar, coordinar, supervisar y evaluar
el sistema del Servicio Civil de Carrera del personal del
poder
Ejecutivo Federal, así como implementar, analizar e
integrar la información básica
necesaria.
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