"Todos los seres humanos nacen libres e iguales en
dignidad y derechos y, dotados como
están de razón y conciencia, deben
comportarse fraternalmente los unos con los otros."
Debemos partir del principio de que todos los derechos son
fundamentales por lo que no debemos establecer ningún tipo
de jerarquía entre ellos y mucho menos creer que unos son
más importantes que otros. Es difícil pensar en
tener una vida digna si no disfrutamos de todos los derechos.
Violar cualquiera de ellos es atentar contra la dignidad humana,
que se fundamenta en la igualdad y la
libertad, tal
como lo establece el Artículo 1 de la Declaración
Universal cuando establece que todos los seres humanos nacen
libres e iguales en dignidad y derechos.
Por ello, son inherentes o innatos al ser humano, todos los seres
los poseen pues se generan a partir de la misma naturaleza
humana, son universales, se extienden a todo el género
humano, cualquiera sea su condición histórica,
geográfica, etnia, sexo, edad o
situación en la sociedad.
El reconocimiento de la dignidad es inherente a todos los
miembros de la familia
humana y de sus derechos iguales e inalienables constituye el
fundamento de la libertad, de la justicia y de
la paz , que el desconocimiento y el desprecio de los derechos humanos
han conducido a actos de barbarie que sublevan a la conciencia de
la humanidad y que el advenimiento de un mundo donde los seres
humanos estén libres de hablar y de creer, liberados del
terror y de la miseria, ha sido proclamado como la más
alta aspiración del hombre, es
esencial que los derechos humanos estén protegidos por un
régimen de derecho para que el hombre no
se vea forzado, como recurso supremo, a la rebelión contra
la tiranía y la opresión.
Son inalienables, no se pueden quitar ni enajenar pues son parte
consustancial de la propia naturaleza humana, son inviolables, no
se pueden o no se deben transgredir o quebrantar y en caso de ser
así, el ciudadano víctima puede exigir una
reparación o compensación por el daño
causado a través de los tribunales de Justicia, son
imprescriptibles, es decir no caducan ni se pierden por el
transcurso del tiempo.
En cuanto al ejercicio en plenitud de los Derechos Humanos,
existe una cierta relatividad ya que dicho ejercicio está
limitado por las exigencias del bien común de la sociedad,
" mi libertad termina donde comienza la suya"
Cuando ser humano nace, somos libres y debemos ser tratados en todo
tipo de circunstancias de la misma manera, compartimos una
dignidad y unos derechos iguales, es decir; todas las personas
mujeres u hombres, niños o
niñas nacen en total libertad y responsabilidad. Por eso, los personas pueden
vivir libremente su vida, así como pensar y decir lo que
quieran, siempre y cuando no lesionen a otras personas ni
interfieran en la vida de los demás, lo que nos hace
especiales es nuestra naturaleza humana, el hecho de que seamos
seres humanos. Como seres humanos podemos pensar y expresar
nuestros pensamientos; también tenemos conocimiento
del bien y del mal, lo que constituye nuestra conciencia. Pero
esa libertad no significa que podamos hacer cualquier cosa que se
nos ocurra, como tampoco significa que para que algunos sean
libres se limite la libertad de los demás. Sin
embargo aunque nacemos libres, vivimos en una comunidad que
funciona porque existe un entendimiento entre sus miembros, hay
normas que
debemos obedecer y responsabilidades que debemos asumir.
Que seamos iguales no significa que todos seamos
idénticos. Cada uno de nosotros se distingue de los
demás de una forma muy particular. Ahora bien,
también tenemos atributos en común como miembros
del género humano. Por lo tanto, cada uno de nosotros debe
ser tratado con respeto y
dignidad, a la vez que cada uno de nosotros debe tratar a los
demás de esa misma forma, los diferentes grupos humanos
que habitan una comunidad necesitan vivir en un ambiente de
libertad, justicia y paz.
El derecho a la igualdad no significa la absoluta uniformidad del
ordenamiento jurídico. No implica en consecuencia, la
necesidad de que todos los ciudadanos se encuentren siempre en
todo momento y circunstancia, en condiciones de absoluta
igualdad, de entenderse en función de
las circunstancias que conciernen en cada supuesto concreto,
sólo pudiendo aducirse la quiebra de tal
principio cuando se den los requisitos propios de una desigualdad
relevante, considerando como desigualdad relevante aquel tipo de
desigualdad que el sistema de
Derechos Humanos considera inadmisible por atentar contra la
dignidad de la persona
humana.
La Igualdad es el valor
jurídico fundamental legitimador de los derechos humanos,
cuya realización social efectiva supone la ausencia de
discriminación hacia cualquier sujeto de
derecho; el derecho a la igualdad presupone no sólo el
reconocimiento del valor igualdad como valor supremo del
ordenamiento jurídico, sino además su necesaria
coordinación y armonización con los
demás valores
superiores, de tal manera que forman, entre sí una unidad
sistemática.
Sin duda, las personas son diferentes en sus capacidades y
necesidades, pero todos poseen por igual ciertas capacidades y
necesidades básicas. Cuando se dice que todas las personas
son iguales, no significa sólo que tienen un derecho igual
de algún tipo, sino también que, a pesar de las
muchas desigualdades naturales existentes entre los seres
humanos, todos están igualmente dotados de ciertas
capacidades y necesidades básicas y que en lo que se
refiere a algunas de esas cualidades compartidas, difieren
radicalmente de otros animales.
En este orden de ideas Los Derechos Humanos son el conjunto de
características, atributos o facultades que
corresponden a todos los seres humanos como consecuencia de su
dignidad, por tanto no pueden ser afectados o vulnerados, como su
vida, su integridad física y
psíquica, su libertad personal, su
libertad de conciencia, entre otros. Sin estos atributos los
seres humanos no pueden existir o llevar una vida propiamente
humana, por tanto son derechos que no pueden ser violados y
resulta tremendamente importante que el Estado y
sus leyes los
reconozcan, los difundan, los protejan y garanticen.
Evidentemente no existe democracia si
no podemos ejercer libremente el derecho a manifestar para
defender nuestros derechos o peticiones, sólo lograremos
que los derechos humanos sea una realidad cuando eduquemos,
luchemos y exijamos al Estado la
vigencia de todos los derechos humanos por igual y para
todos.
Todos los pueblos y todos los seres humanos, sin
distinción alguna por motivos de raza, color , sexo,
idioma, religión , nacionalidad, origen
étnico, situación familiar o social o convicciones
políticas o de otra índole, tienen
derecho a vivir con dignidad y a gozar libremente de los frutos
del progreso social y, por su parte, deben contribuir a
él.
La rápida elevación del ingreso y la riqueza
nacional y su equitativa distribución entre todos los miembros de la
sociedad constituyen la base de todo progreso social y deben
figurar, por lo tanto, en el primer plano de las preocupaciones
de todo Estado y de todo gobierno .
¿Podemos tener salud si no hay agua potable y
no contaminada, si no tenemos un servicio de
recolección de basura diario y
eficiente?, ¿Si nuestra comida no es balanceada o
simplemente completa?, ¿Si en los hospitales no recibimos
la atención debida?
¿Podemos vivir una vida digna si los salarios no son
justos y las condiciones de trabajo no nos dejan tiempo para
desarrollarnos como personas y como integrantes de la comunidad?
¿Podemos esperar que nuestros hijos o hermanos aprendan en
la escuela si no
están bien alimentados o no tienen un espacio
cómodo e higiénico para estudiar en casa? o
¿Si tienen que salir a trabajar desde niños o si en
las cercanías del hogar no hay escuelas? ¿Podemos
ejercer el derecho a participar en los destinos del país y
elegir si nos reprimen cuando manifestamos para reclamar nuestros
derechos, no ha sido fácil ponerse de acuerdo y más
bien el resultado han sido diferentes posiciones sobre los
derechos humanos Si partimos de la definición como partes
integrantes de un todo, queda claro que en el caso de los
derechos humanos significa que estos son indivisibles e
interdependientes, todos los derechos humanos y las libertades
fundamentales son indivisibles e interdependientes, debe darse
igual atención y urgente consideración a la
aplicación, promoción y protección de los
derechos civiles, políticos, económicos, sociales y
culturales.
Por ello en 1776, se promulgo la Declaración de los
Derechos del Hombre como consecuencia de la independencia
de las Trece Colonias de Norteamérica, se planteaba que
hombres sin excepción, son libres y tienen ciertos
derechos por nacimiento, que el gobierno debe establecerse para
el provecho, seguridad y
protección del pueblo. En 1789, al triunfo de la Revolución
Francesa , se publicaron los Derechos del Hombre y el
Ciudadano, que consideraban las facultades del hombre como
naturales, inalterables y sagradas.
La ausencia de tolerancia y
derechos humanos no es sólo una negación de la
dignidad humana. Es también la raíz del sufrimiento
y el odio que provocan la violencia
política e
impiden el desarrollo
económico .
Los derechos humanos son la expresión de las tradiciones
de tolerancia, en todas las culturas, en que se fundan la paz y
el progreso. Los derechos humanos, bien entendidos e
interpretados de manera justa, no son extraños a ninguna
cultura ; son
inherentes a todas las naciones, La tolerancia y la piedad han
sido siempre, y en todas las culturas, ideales de gobierno y de
comportamiento
humano. Hoy en día llamamos a estos valores derechos
humanos.
No hay un solo modelo de
democracia, derechos humanos, ni expresión cultural para
todo el mundo. Pero para todo el mundo debe haber democracia,
derechos humanos y libertad de
expresión cultural. Debemos garantizar estas
condiciones, no porque pensemos que todos los seres humanos son
iguales, sino porque sabemos que todos los seres humanos
necesitan comida, libertad y un futuro sostenible, estos nos
inspira para que hagamos más para más gente.
Así es que en 1948 se estableció la
Declaración Universal de Derechos Humanos, apoyada por los
países miembros de la
Organización de las Naciones Unidas ,
entre los que figura Panamá ,
esta declaración tiene el propósito de defender la
democracia, la libertad y las realizaciones humanas, como lo
establece nuestra Constitución Nacional en el Artículo
19: No habrá fueros o privilegios personales ni
discriminación por razón de raza, nacimiento, clase
social, sexo, religión o ideas políticas.
En síntesis ,
todos los derechos humanos y las libertades fundamentales son
indivisibles e interdependientes, debe darse igual
atención y urgente consideración a la
aplicación, promoción y protección de los
derechos civiles, políticos, económicos, sociales y
culturales, el respeto y el disfrute de ciertos derechos humanos
y libertades fundamentales no pueden justificar la
denegación de otros derechos y libertades
fundamentales.
Autor:
José Martín