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Inquisición en la Nueva España




Enviado por ivan_escalona



    1. Origen y carácter de la
      Inquisición Española
    2. Breve idea de la
      legislación inquisitorial.
    3. La inquisición en
      México antes del establecimiento del Tribunal del Santo
      Oficio.
    4. Inquisición
      Monástica
    5. La inquisición
      episcopal
    6. El Santo
      Oficio
    7. Inquisición
      española
    8. Bibliografías

    Origen y carácter
    de la Inquisición Española

    Por motivos obvios, la iglesia
    católica ha estimado como enemigos de Dios y suyos a los
    cristianos que en materia de fe
    se oponen con pertinencia a lo que ella cree y propone es decir,
    a los herejes. En tiempos pasados y en los países que
    profesaban la fe católica, la herejía se
    consideraba como un delito, como un
    acto que podía y debía castigarse. A este efecto,
    un concilio reunido en la ciudad de Verona en el año de
    1185 concedió a los obispos la facultad de proceder
    judicialmente contra los sospechosos de herejía y, en caso
    de ser culpables deberían ser entregados a la autoridad
    civil para que se les impusiera un castigo, que podía ser
    la pena capital. Tal
    remoto antecedente de esa famosa institución que, andando
    el tiempo, se
    llamó Tribunal de Santo oficio de la Inquisición.
    Comúnmente citado en su forma abreviada
    "Inquisición".

    Este nombre – derivado del latín inquisitio
    – se debe a que, a diferencia de otros tribunales, los del
    Santo Oficio podían proceder libremente por su cuenta para
    averiguar o inquirir en secreto la conducta y
    creencias de cualquier persona que por
    algún motivo pudieran ser sospechosas.

    Breve idea de la
    legislación inquisitorial.

    En lo sucesivo solamente nos ocupamos de la
    Inquisición española, cuyo carácter oficial
    hemos subrayado, porque es obvio que la establecida en México de
    igual índole, como dependiente suprema.

    Mucho se ha escrito y opinado de la inquisición
    como por ejemplo más flagrante y elocuente del cargo de
    oscurantismo antiprogresista y supersticioso que se le ha hecho a
    la Nueva España, sobre todo durante los reinados de la
    dinastía de los Austria y muy particularmente el de Felipe
    II (1556 – 1598).

    La base de la legislación inquisitorial
    española sé remota a la época del primer
    inquisidor general, fray Tomás de Torquemada.
    Refiriéndose a tan decisivo asunto para nuestro relato. La
    Torquemada convocó una gran junta para discutir esas
    instrucciones, a la que concurrieron los miembros del consejo y
    los inquisidores de cuatro tribunales de España. El
    documento fue definitivamente aprobado y, sin bien en años
    posteriores sufrió adicciones y
    algunos cambios, es la base de todas las constituciones
    posteriores del tribunal. En él se contienen reglas para
    el establecimiento de tribunales y "los trámites a que
    debían arreglarse los inquisidores en la secuela y
    sentencia de un proceso y
    ejecución de la sentencia". Este código
    fundamental se llamó Compilación de las
    instrucciones del oficio de la Santa Inquisición;
    circuló en copias manuscritas y fue impreso por primera
    vez en 1537.

    Veinticuatro años más tarde, en 1561, el
    inquisidor general don Fernando Valdés promulgó en
    Toledo otra compilación con objeto de uniformar la
    practica que habían seguido los tribunales durante aquel
    lapso de tiempo. Este código adicional fue conocido con el
    nombre de Ordenanzas de Toledo. Estos dos libro y un
    formulario acerca de los procedimientos
    que debían observar los inquisidores, recopilado por el
    secretario del Consejo supremo de Inquisición.

    Por último, pata completar esta reseña
    sobre la legislación inquisitorial, debe mencionarse las
    cartillas que publicaron los tribunales locales para instruir en
    sus deberes los llamados "comisarios" del Santo Oficio, o sean
    los empleados auxiliares que tenían los inquisidores
    determinados por todo el territorio de su jurisdicción. El
    tribunal de México mandó a imprimir en diversas
    fechas esas cartillas. Los inquisidores se valían,
    además, como guía para definir los delitos que
    perseguían, de libro doctrinales aprobados por la iglesia
    donde se examinaban los actos que caían bajo la especie de
    herejías, brujerías, pactos con el demonio,
    supersticiones y otros semejantes. Famoso fue, en este sentido,
    un libro intitulado Tractatus contra hereticam pravitatem,
    compuesto por Gundisalvus de Villa Diego y muy usado por la
    inquisición de Nueva España.

    La inquisición
    en México antes del establecimiento del Tribunal del Santo
    Oficio.

    Aunque, según hemos visto, la Inquisición
    quedó formalmente constituida en España con
    carácter órgano judicial oficial desde los
    años ochenta del siglo XV, las actividades inquisitoriales
    en México tardaron mucho tiempo en ser sometidas a la
    jurisdicción de un Tribunal del Santo Oficio propiamente
    dicho, puesto que no lo hubo antes de 1571.

    Los principios de
    aquellas actividades sin confusos por la diversidad de
    autoridades que intervinieron y la falta de precisión de
    sus facultades para hacerlo. La autoridad seglar, incluso, se
    abocó en no pocos casos, y durante buen números de
    años, al conocimiento y
    castigo de los actos que normalmente correspondían a la
    jurisdicción episcopal y, mejor aún, a la
    inquisitorial. Citemos al respecto y sólo como casos muy
    notorios las Ordenanzas contra blasfemos promulgadas por
    Hernán Cortés en 1520, es decir, aún ante de
    la caída de Tenochtitlan, y el proceso por
    idolatría incoado por Nuño Beltrán de
    Guzmán en 1530 contra el Caltzontzin, señor de los
    tarascos. Por otra parte, hay indicios ciertos de actividades
    inquisitoriales contra herejes desde 1522, realizadas al parecer,
    por frailes que desde la época ya que se hallaban en
    México, quizás actuando con poderes directos del
    papa. Ahora bien, este hecho tienen interés
    partículas de ofrecernos el antecedente inmediato de la
    primera etapa de la Inquisición en México la etapa
    "monástica", de la que nos ocuparemos
    enseguida.

    Inquisición
    Monástica

    Para extender la acción de el Santo Oficio a las
    tierra
    americanas, el cardenal Adriano de Utrecht, inquisidor general de
    España desde 1517, delegó su autoridad en don
    Alonso Manso, obispo de Puerto Rico, y e
    fray Pedro de Córdoba, viceprovincial de los dominicos en
    las indias, con residencia en la ciudad de Santo Domingo de la
    isla Española. En 1524, de camino a México,
    pasó por dicha ciudad la misión
    franciscana de "los doce" encabezada por fray Martín de
    Valencia, De acuerdo con lo anterior, debemos contar a Fray
    Martín de Valencia como el primer inquisidor en
    México, aunque no en sentido riguroso. Es muy poco lo que
    se sabe de sus actividades de inquisidor y casi se reduce a la
    ejecución, por idólatras, de cuatro indios nobles
    tlaxcaltecas, como castigo ejemplar en la enérgica
    campaña evangelizadora emprendida por los franciscanos. A
    poco tiempo, en 1526 a Nueva España los religiosos de la
    Orden de Santo Domingo, a cuyos miembros correspondía por
    tradición, según ya indicamos, el ejercicio de las
    funciones
    inquisitoriales. El cargo de inquisidor pasó, pues, de
    fray Martín al dominico fray Tomás Ortíz,
    que encabezaba la misión. Este duró poco en el
    cargo, puesto que al año siguiente el célebre fray
    Domingo de Betanzos, el verdadero fundador de su Orden en Nueva
    España, fue designado para sustituirlo y quedó
    investido de las mismas facultades que su antecesor. El
    ministerio inquisitorial de Betanzos también fue corta
    duración (mayo 1527 – septiembre 1528), pero, a
    diferencia de Ortíz, el nuevo inquisidor se
    demostró sumamente activo. Procesó a muchos de los
    antiguos conquistadores por blasfemos, mostrándose en ello
    muy enemigo de los afectos al partido que favorecía los
    intereses de Hernán Cortés. El proceso más
    notable de los incoados por Betanzos fue el del viejo
    conquistador Rodrigo Rengel, que había servido los puestos
    de alcalde en Veracruz y Pánuco y era en ese momento
    regidor del ayuntamiento de la ciudad de México. Sin duda,
    la afición de Rengel era, en realidad, culpable de las
    más horrendas blasfemias, según fueron informando
    las averiguaciones durante el proceso. También se le
    acusó de herejía y de haber llevado una vida
    disoluta. Rengel supo defenderse con habilidad empleando los
    servicios de
    abogados notables y mediante confesiones y protestas de
    arrepentimiento. El asunto se complicó
    políticamente por intervención indirecta de
    Cortés, de suerte que el padre Betanzos se vio presionado
    hasta un punto de abdicar su jurisdicción a favor de los
    franciscanos. El padre custodio de éstos, fray Luis de
    Fuensalida, aceptó la responsabilidad del proceso y comisionó al
    famoso misionero e historiador fray Toribio Motolinía para
    que dictara la sentencia. Así lo hizo con fecha 3 de
    septiembre de 1527, y si bien es seguro que fue
    menos severo de lo que habría sido Betanzos, no por eso
    dejó de imponerle a Rengel una pena económicamente
    considerable y encarcelamiento por cinco meses en un monasterio.
    De mayor importancia fue la actuación inquisitorial del
    sucesor del Padre Betanzos, fray Vicente de Santa María,
    que se distingue por haber llevado a cabo, en octubre de1528, el
    primer auto de fe que se celebró en México, por
    ahora basta decir que se trata de una ceremonia pública en
    la que la Inquisición sacaba a la plaza o a la iglesia a
    los reos sentenciados, daba a conocer sus causas, los
    exponía a humillaciones y los entregaba al castigo. Este
    primer auto de fe está muy mal documentado , pero lo
    suficiente para saber que en él fueron quemados por
    herejes Hernando Alonso y Gonzalo de Morales y que salieron otros
    reos sentenciados a penas menores. Después de este acto
    espectacular se advierte una cesación de las actividades
    inquisitoriales hasta la época en que el cargo de
    inquisidor fue depositado en el primer obispo de México,
    fray de Zumárraga. Se han propuesto varias explicaciones
    de esa misteriosa cesación de actividades, pero ninguna de
    ellas fue suficiente comprobada para merecer absoluto crédito.

    La inquisición
    episcopal

    Comprendemos dentro de esta designación las
    actividades inquisitoriales realizadas en la Nueva España
    desde el fin de la etapa monástica hasta el tiempo (1571)
    en que se fundó en México un Tribunal del Santo
    Oficio semejante a los de España y dependientes de la
    Suprema; calificamos esa segunda etapa como "episcopal" porque,
    en términos generales, la responsabilidad recayó en
    los obispos en virtud de la antigua facultad que tenían
    para proceder judicialmente contra los herejes. El 12 de
    diciembre de 1527 el emperador Carlos V presentó a la
    Santa Sede el nombre de un fraile llamado Juan de
    Zumárraga para que ocupara el obispado de México.
    Por dificultades entre el papa y el emperador, Zumárraga
    no obtuvo de inmediato las bulas que los acreditaban como obispo
    y se vio obligado a venir a México sin ellas,
    colocándose en una posición sumamente débil
    y ambigua. Estuvo en la capital de Nueva España desde 1528
    hasta mediados de 1532, e que regresó a España para
    regularizar su situación. El 27 de abril de 1533 fue
    consagrado obispo de Valladolid, y en octubre de 1534 se
    encontraba de nuevo en México. Desde esa fecha, fray Juan
    de Zumárraga desarrolló actividades inquisitoriales
    como juez eclesiástico "ordinario" es decir, en virtud de
    las facultades de que ordinariamente se hallaban investidos los
    obispos, y no como "inquisidor", cargo que requería
    nombramiento especial. Consta, en efecto, que el primer proceso
    en que fungió Zumárraga en calidad de juez
    es, precisamente, del año 1534. Se trata de un caso de
    bigamia y concubinato, actos que, si bien no se clasifican como
    herejía, eran perseguidos inquisitorialmente, por ser
    contrarios a los mandatos de la iglesia y de la ley de Dios. En
    el propósito de fortalecer la misión del nuevo
    obispo como custodio de la fe y de las buenas costumbres, el
    inquisidor general de España y presidente de Consejo
    supremo de la inquisición le concedió, el 27 de
    junio de 1535, el título especial de inquisidor
    apostólico para todo el territorio de su obispado . Este
    cargo, que le fue indirectamente revocado en 1543, no
    añadía nada a las facultades del juez de que ya se
    hallaba investido Zumárraga, pero sí lo
    autorizó a nombrar los oficiales y empleados que estimara
    necesarios para la buena marcha del proceso. En la historia de la
    inquisición en México, el obispo Zumárraga
    ocupa, pues, un lugar intermedio: fue, propiamente hablando, el
    primer inquisidor; pero también, propiamente hablando, el
    primer inquisidor; pero también propiamente hablando, no
    llegó a fundar un Tribunal del Santo Oficio. La
    actuación inquisitorial de Zumárraga refleja, como
    no podía ser de otro modo, las tensiones intelectuales que
    la nuevas corriente renacentistas significaron para la ortodoxia
    tradicional en España. El mismo Zumárraga resulto
    levemente sospechoso por ese motivo, dada su afición a las
    enseñanzas de Erasmo; mas para nuestro propósito,
    lo que tiene más relieve de
    aquella actuación fue el modo en que el obispo se
    enfrentó con el grave y novedoso problema de los indios
    recientemente evangelizados y convertidos al cristianismo.
    Muchos de ello, en efecto, y sobre todos los señores y
    antiguos sacerdotes, continuaban a escondidas sus ancestrales
    prácticas religiosas, consideradas idolátricas por
    los españoles, y aun seguían sacrificando seres
    humanos, tenidos por homicidios, con la agravante del
    propósito diabólico con que se penetraban.
    Zumárraga, buen fraile franciscano investido de la
    autoridad del obispo y de inquisidor, no pudo permanecer
    indiferente a esa situación y se mostró,
    además, poco comprensivo respecto a ella. Poco a poco la
    investigación ha ido sacando luz un crecido
    número de procesos
    incoadas por el obispo – inquisidor en contra de indios
    _"idólatras" que no cabe siquiera inventariar en esta
    breve reseña; pero no podemos dejar de mencionar el
    más sonado de ellos. El que se siguió en 15339
    contra don Carlos, cacique de Texcoco, indio de noble estirpe,
    como que descendía en línea directa del famoso
    Nezahualcoyotl. Don Carlos que, ocultamente usaba
    el título de Chichimecatecuhtli, el de sus ilustres
    antecesores, no sólo idolatraba y sacrificaba, sino que
    incitaba a los indios a rebelarse contra e dominio de los
    españoles por considerarlo injusto y
    tiránico.

    Hoy, a tantos años de distancia, la figura de ese
    príncipe textocano nos parece altiva y digna de respeto; sus
    jueces pensaban de otro modo, y el obispo Zumárraga, por
    tanto otros motivos admirables, lo condenó a la hoguera.
    Fue quemado en la plaza pública el 30 de noviembre de
    1539. Pero su sacrificio no fue en vano; el obispo fue censurado
    por el consejo supremo a causa de la excesiva severidad de la
    sentencia, y en otra carta de igual
    fecha (22 de noviembre de 1540) el consejo le comunicó
    que, por ser los indios muy nuevos en el cristianismo, "no se
    guarde con ellos el rigor del derecho" y "no se proceda contra
    ellos por la inquisición". En la recopilación de
    las leyes de Indias
    se sancionó ese privilegio, que se mantuvo en vigor a lo
    largo de los siglos coloniales. Tal fue la deuda que contrajeron
    con el señor textocano sus hermanos de raza, aunque debe
    aclararse que don Carlos no fue el último indígena
    procesado inquisitorialmente.

    Por la misma época, el emperador consideró
    necesario obtener un informe fidedigno
    del estado de la
    Nueva España y para ese efecto comisionó con el
    temido cargo de "visitador" al licenciado Francisco Tello de
    Sandoval, a quien se le concedió (1543) además el
    título y facultades de inquisidor apostólico en
    todo el virreinato. Duró la visita de febrero de 1544 a
    principios de 1547, y de corto plazo para tarea tan compleja fue
    poco el tiempo que pudo dedicar a negocios
    inquisitoriales. Obviamente la designación a favor de
    Tello de Sandoval revocó indirectamente la que se
    había hecho a favor de Zumárraga; y parece claro
    que le nuevo inquisidor aprovechó la
    organización inquisitorial que halló a su
    llegada a México. En términos generales, puede
    afirmarse que no inició procesos, sino que le fueron
    sometidos los ya iniciados por los obispos novohispanos.
    Actuó, según se sabe, en poco más de una
    docena de causas por herejía, bigamia y blasfemia; pero de
    mayor interés es la actitud de
    cautela que observó en denuncias que recibió contra
    indios sospechosos de idolatría. Los casos principales
    involucraron a los señores indígenas de la Mixteca,
    y especialmente una denuncia contra el cacique, el gobernador y
    un indio principal de Yanhuitlán. Tello recibió las
    denuncias y los testimonios e incluso ordenó la
    práctica de investigaciones.
    Estas resultaron muy graves para los indicados.

    Procedimientos

    Los inquisidores se establecían por un periodo
    definido de semanas o meses en alguna plaza central, desde donde
    promulgaban órdenes solicitando que todo culpable de
    herejía se presentara por propia iniciativa. Los
    inquisidores podían entablar pleito contra cualquier
    persona sospechosa. A quienes se presentaban por propia voluntad
    y confesaban su herejía, se les imponía penas
    menores que a los que había que juzgar y condenar. Se
    concedía un periodo de gracia de un mes más o menos
    para realizar esta confesión espontánea; el
    verdadero proceso comenzaba después.

    Si los inquisidores decidían procesar a una
    persona sospechosa de herejía, el prelado del sospechoso
    publicaba el requerimiento judicial. La policía
    inquisitorial buscaba a aquellos que se negaban a obedecer los
    requerimientos, y no se les concedía derecho de asilo. Los
    acusados recibían una declaración de cargos contra
    ellos. Durante algunos años se ocultó el nombre de
    los acusadores, pero el papa Bonifacio VIII abrogó esta
    práctica. Los acusados estaban obligados bajo juramento a
    responder de todos los cargos que existían contra ellos,
    convirtiéndose así en sus propios acusadores. El
    testimonio de dos testigos se consideraba por lo general prueba
    de culpabilidad.

    Los inquisidores contaban con una especie de consejo,
    formado por clérigos y laicos, para que les ayudaran a
    dictar un veredicto. Les estaba permitido encarcelar testigos
    sobre los que recayera la sospecha de que estaban mintiendo. En
    1252 el papa Inocencio IV, bajo la influencia del renacimiento del
    Derecho
    romano, autorizó la práctica de la tortura para
    extraer la verdad de los sospechosos. Hasta entonces este
    procedimiento
    había sido ajeno a la tradición
    canónica.

    Los castigos y sentencias para los que confesaban o eran
    declarados culpables se pronunciaban al mismo tiempo en una
    ceremonia pública al final de todo el proceso. Era el
    sermo generalis o auto de
    fe. Los castigos podían consistir en una
    peregrinación, un suplicio público, una multa o
    cargar con una cruz. Las dos lengüetas de tela roja cosidas
    en el exterior de la ropa señalaban a los que
    habían hecho falsas acusaciones. En los casos más
    graves las penas eran la confiscación de propiedades o el
    encarcelamiento. La pena más severa que los inquisidores
    podían imponer era la de prisión perpetua. De esta
    forma la entrega por los inquisidores de un reo a las autoridades
    civiles, equivalía a solicitar la ejecución de esa
    persona.

    Aunque en sus comienzos la Inquisición
    dedicó más atención a los albigenses y en menor grado
    a los valdenses, sus
    actividades se ampliaron a otros grupos
    heterodoxos, como la Hermandad, y más tarde a los llamados
    brujas y adivinos. Una vez que los albigenses estuvieron bajo
    control, la
    actividad de la Inquisición disminuyó, y a finales
    del siglo XIV y durante el siglo XV se supo poco de ella. Sin
    embargo, a finales de la edad media los
    príncipes seculares utilizaron modelos
    represivos que respondían a los de la
    Inquisición.

    El Santo
    Oficio

    Alarmado por la difusión del protestantismo y por su penetración
    en Italia, en 1542
    el papa Pablo III hizo caso a reformadores como el cardenal Juan
    Pedro Carafa y estableció en Roma la
    Congregación de la Inquisición, conocida
    también como la Inquisición romana y el Santo
    Oficio. Seis cardenales, incluido Carafa, constituyeron la
    comisión original, cuyos poderes se ampliaron a toda la
    Iglesia. En realidad, el Santo Oficio era una institución
    nueva vinculada a la Inquisición medieval sólo por
    vagos precedentes. Más libre del control episcopal que su
    predecesora, concibió también su función de
    forma diferente. Mientras la Inquisición medieval se
    había centrado en las herejías que ocasionaban
    desórdenes públicos, el Santo Oficio se
    preocupó de la ortodoxia de índole más
    académica y, sobre todo, la que aparecía en los
    escritos de teólogos y eclesiásticos
    destacados.

    Durante los 12 primeros años, las actividades de
    la Inquisición romana fueron modestas hasta cierto punto,
    reducidas a Italia casi por completo. Cuando Carafa se
    convirtió en el papa Pablo
    IV en 1555 emprendió una persecución
    activa de sospechosos, incluidos obispos y cardenales (como el
    prelado inglés
    Reginald Pole). Encargó a la Congregación que
    elaborara una lista de libros que
    atentaban contra la fe o la moral, y
    aprobó y publicó el primer Índice de Libros Prohibidos en
    1559. Aunque papas posteriores atemperaron el celo de la
    Inquisición romana, comenzaron a considerarla como el
    instrumento consuetudinario del Gobierno papal
    para regular el orden en la Iglesia y la ortodoxia doctrinal; por
    ejemplo, procesó y condenó a Galileo en 1633. En
    1965 el papa Pablo VI, respondiendo a numerosas quejas,
    reorganizó el Santo Oficio y le puso el nuevo nombre de
    Congregación para la Doctrina de la Fe.

    Inquisición
    española

    Diferente también de la Inquisición
    medieval, la Inquisición española se fundó
    con aprobación papal en 1478, a propuesta del rey Fernando
    V y la reina Isabel I. Esta Inquisición se iba a ocupar
    del problema de los llamados marranos, los judíos que por
    coerción o por presión
    social se habían convertido al cristianismo;
    después de 1502 centró su atención en los
    conversos del mismo tipo del Islam, y en la
    década de 1520 a los sospechosos de apoyar las tesis del
    protestantismo. A los pocos años de la fundación de
    la Inquisición, el papado renunció en la
    práctica a su supervisión en favor de los soberanos
    españoles. De esta forma la Inquisición
    española se convirtió en un instrumento en manos
    del Estado más que de la Iglesia, aunque los
    eclesiásticos, y de forma destacada los dominicos,
    actuaran siempre como sus funcionarios.

    La Inquisición española estuvo dirigida
    por el Consejo de la Suprema Inquisición, pero sus
    procedimientos fueron similares a los de su réplica
    medieval. Con el tiempo se convirtió en un tema popular,
    en especial en las zonas protestantes, por su crueldad y
    oscurantismo, aunque sus métodos
    fueran parecidos a los de instituciones
    similares en otros países católicos romanos y
    protestantes de Europa. Sin
    embargo, su superior organización y la consistencia del apoyo
    que recibía de los monarcas españoles, descollando
    Felipe II, hicieron que tuviera un mayor impacto en la religión, la política o la
    cultura que
    las instituciones paralelas de otros países. Esta eficacia y el
    apoyo político permitieron a Tomás de Torquemada, el primero y
    más notable gran inquisidor, ejecutar por miles a
    supuestos herejes.

    El gran inquisidor y su tribunal tenían
    jurisdicción sobre los tribunales locales de virreinatos
    como México y Perú, donde estuvieron más
    ocupados con la hechicería que con la herejía. El
    emperador Carlos V introdujo la Inquisición en los
    Países Bajos en 1522, pero no consiguió acabar con
    el protestantismo. Se estableció en Sicilia en 1517,
    aunque no lo pudo hacer en Nápoles y Milán. Los
    historiadores han señalado que muchos territorios
    protestantes tenían instituciones tan represivas como la
    Inquisición española, por ejemplo el consistorio de
    Ginebra en tiempos del reformador francés
    Juan Calvino. La
    Inquisición quedó al fin suprimida en España
    en 1843, tras un primer intento, fallido, de los liberales en las
    Cortes de Cádiz, en 1812.

    Bibliografías:

    Encarta 98, Segunda edición, Estados Unidos,
    1998, editorial Microsoft
    corporation "inquisición"

    TAPIA Ortega Enrique, Historia 3 historia de
    México, Primera edición, México D.F.,
    Editorial Larousse 1995, P.p. 60

     

     

     

     

     

    Autor:

    Iván Escalona M.

     

    Estudios de Preparatoria: Centro Escolar
    Atoyac

    Estudios Universitarios: Unidad Profesional
    Interdisciplinaria de Ingeniería y Ciencias
    sociales y Administrativas (UPIICSA) del Instituto
    Politécnico Nacional (IPN)

    Ciudad de Origen: México, Distrito
    Federal

    Fecha de elaboración e
    investigación: Noviembre de 1998

    Profesor que revisó trabajo:
    Adrián Gutiérrez (Profesor de Historia del Atoyac y
    alias: Chico Homo)

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