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Sistema tributario de Brasil




Enviado por gatsby_morgado



    1. Breve reseña
      histórica del país
    2. Datos
      económicos
    3. Estructura jurídico
      tributaria
    4. Secretaría de ingresos
      federales
    5. Presencia
      fiscal
    6. Autonomía
    7. Descripción de las
      Funciones de las Unidades Centralizadas y
      descentralizadas
    8. Unidades
      descentralizadas
    9. Anexos
    10. Conclusiones
    11. Bibliografía

    INTRODUCCIÓN

    En Brasil hay
    multiplicidad de órganos con funciones
    típicas de Administración Tributaria, fruto,
    principalmente, de su estructura
    federativa de organización política.

    Nos encontramos con yn Sistema
    Tributario bastante diversificado, enb donde todas las entidades
    colaboran y copoperan entre síç, para subsanar
    aquellas deficiencias o inconsistencias por concepto de
    ingresos qoe
    pueda en algún momento dasdo, tener una región o
    distrito determkinado.

    Otro aspecto importante

    Los demás miembros de la Federación –
    Distrito Federal, Estados y Municipios – mantienen
    administraciones tributarias propias, en el ámbito de los
    tributos de
    sus potestades, ejerciendo cada una de ellas todas las funciones
    inherentes a una administración tributaria. Debe ser
    resaltado que Brasil posee un Distrito Federal, veintiséis
    Estados y más de cinco mil quinientos Municipios, cada uno
    de ellos con su propia administración
    tributaria.

    BRASIL

    BREVE
    RESEÑA HISTÓRICA DEL PAÍS

    Brasil es el país de mayor extensión
    territorial del hemisferio sur del continente americano, con 8,5
    millones de km2 de área continua. posee cerca de 7,4 mil
    kilómetros de costas oceánicas (océano
    atlántico) y más de 15,7 mil kilómetros de
    fronteras terrestres, teniendo frontera con todos los
    países de América
    del sur, con excepción de Chile y
    Ecuador.

    Brasil es una República Federativa, formada por
    la Unión, 26 Estados, 1 Distrito Federal y más de
    cinco mil quinientos municipios. El país se divide en
    cinco macroregiones territoriales – Norte, Nordeste,
    Sudeste, Sur y Centro-Oeste – que agrupan estados con
    características físicas, humanas,
    económicas y sociales comunes.

    Su población aproximada es de 165,7 millones
    de habitantes (datos de mayo del
    2000), la más grande del cono sur, siendo un país
    predominantemente urbano, con cerca de 76% de la población
    viviendo en las ciudades. Su población
    económicamente activa (PEA) está en torno de 76
    millones de trabajadores. Cuenta con un clima tropical
    favorable al desarrollo de
    diversificados económicos, y que viene de un proceso de
    recuperación de su economía, aspecto que
    favorece la consolidación de las inversiones y
    de las actividades de empresas y
    sociedades de
    capital
    extranjero.

    DATOS
    ECONÓMICOS

    En un país sin grandes embates culturales
    causados por diferencias de idiomas, de religión o, incluso,
    étnicas, la federación brasileña fue creada
    en 1891, después de la proclamación de la
    república, en respuesta a las diferencias regionales y a
    las necesidades administrativas, vista la dimensión
    continental del territorio. Tal federación no nació
    de alguna coalición de abajo hacia arriba, sino por
    decisión de arriba, a través del desdoblamiento de
    un estado
    unitario. En lo que se refiere al sistema tributario, la
    federación interesaba principalmente a las provincias
    más desarrolladas del sur y del sudeste, especialmente a
    São Paulo, en donde se concentraba el nuevo sector
    exportador. El principal objetivo,
    entre otros, era el de la obtención de mayor libertad de
    movimiento
    para imponer impuestos locales
    a sus exportaciones.3 A
    cambio de
    esto, se ofreció a las regiones menos desarrolladas una
    representación más que proporcional en el Poder
    Legislativo. Desde su creación, el sistema federativo
    brasileño ha pasado por ciclos nítidos de
    contracción y descontracción en relación al
    poder
    central.4 De esta forma, entre 1891 y 1930, bajo la égida
    de la denominada "República Vieja" y en el zenit de la
    economía primario-exportadora cafetera, el poder central
    era relativamente débil. En ese período, la
    participación relativa del gobierno federal
    en los gastos
    públicos totales disminuyó de cerca de tres cuartos
    a la mitad. Al mismo tiempo, la
    parcela de los ingresos totales de los gobiernos de los estados
    que corresponde a la provincia de São Paulo subió
    de poco más de 10 para casi el 40 por ciento.

    Después de un largo período de
    paralización durante el siglo XIX, la economía
    brasileña tuvo el mayor crecimiento de todas las naciones
    del mundo, desde la década de los años 70 del
    citado siglo hasta la misma década del siglo XX y
    pasó paralelamente, por profundas transformaciones
    estructurales. Sin embargo en los últimos veinte
    años, ese ritmo de crecimiento, especialmente vigoroso
    después de la Segunda Guerra
    mundial, pasó por una fuerte inflexión
    descendente. Por eso, su renta per cápita aún
    está en el octogésimo octavo lugar y la distribución de la renta está entre
    las más desiguales del planeta.

    Brasil posee actualmente, la 9ª mayor
    economía del mundo, estimada en US$ 1 billón, 40
    mil millones de dólares, considerando el poder de compra y
    de consumo de su
    población.

    De acuerdo con los datos fornecidos por el "IBGE –
    Instituto Brasilero de Geografía e Estadística", el producto interno
    bruto (PIB),
    encerró el ejercicio de 1.999 con una variación
    positiva de 0,8% (cero coma ocho por ciento), y la
    proyección para el año 2000 en curso, es de alza
    del 3% (tres por ciento).

    El PIB brasileño se presenta, porcentualmente
    distribuido así:

    . 50% (cincuenta por ciento) Sector de Servicios.

    . 39% (treinta y nueve por ciento) Sector
    Industrial.

    . 11% (once por ciento) Sector de la agricultura.

    En sus operaciones de
    comercio exterior
    (importaciones y
    exportaciones), Brasil mantiene relaciones comerciales con la
    Unión
    Europea, Estados Unidos,
    Asociación de Integración latinoamericana, Japón y
    países de la OPEC.
    En la década del 90, Brasil lanzó su programa de
    privatización, trayendo inversiones
    externas considerables. Aproximadamente, 90 sociedades federales
    y 30 estaduales fueron privatizadas en Brasil, con destaque de
    los sectores de telecomunicaciones, siderúrgico y
    petroquímico.

    La economía brasileña depende de
    inversiones y préstamos extensos, y por eso acumula una
    deuda externa
    aproximadamente de US$ 200.000 millones de dólares. El
    sector
    público brasileño presenta un déficit
    próximo a los 50% de su PIB, haciendo con que el gobierno
    deliberara aumentos de tributos y redujera sus
    inversiones.

    Como consecuencia, Brasil presenta una de las mayores
    cargas tributarias del mundo, con 70 modalidades de impuestos
    aproximadamente, lo cual hace que los inversionistas programen
    sus aplicaciones en Brasil, por medio de una eficaz planificación fiscal y
    tributaria.

    El sistema tributario de Brasil se caracteriza por la
    existencia de impuestos propios a cada uno e los tres niveles de
    gobierno (federación, estados y municipios) y de dos
    mecanismos fiscales que son bien diferentes, primero, un sistema
    de repartición de ingresos tributarios que igualmente
    figuran en los fiscos de las unidades que los comparten como
    recursos propios
    y segundo, un sistema de transferencias intergubernamentales que
    opera en forma redistributiva y compensatoria atenuando
    desigualdades regionales. Tiene esta última un
    direccionamiento vertical hacia abajo, es decir el gobierno
    federal transfiere hacia los estados y municipios y a su vez los
    estados transfieren a sus municipios.

    ESTRUCTURA JURÍDICO
    TRIBUTARIA

    La estructura tributaria brasileña está
    definida por la Constitución Federal de 1988. Los impuestos
    vigentes en Brasil, clasificados por su naturaleza y por
    la respectiva competencia, son
    los siguientes:

    IMPUESTOS VIGENTES EN BRASIL

    IMPUESTOS

    COMPETENCIA

    – Impuestos sobre el Comercio
    Exterior

    – Impuesto
    sobre la Importación –
    II

    Unión

    – Impuesto sobre la Exportación –
    IE

    Unión

    – Impuestos sobre el Patrimonio y la Renta

    – Impuesto Predial y Territorial Urbano –
    IPTU

    Municipios

    – Imposto Territorial Rural –
    ITR

    Unión

    – Impuesto de Transferencia Inter Vivos de
    Bienes
    Inmuebles – ITBI

    Municipios

    – Impuesto de Transferencia Causa Mortis y
    Donaciones – ITCD

    Estados

    – Impuesto sobre la Propiedad de Vehículos Automotores
    IPVA

    Estados

    – Impuesto
    sobre la Renta y Ganancias – IR

    Unión

    – Impuestos sobre la Producción y
    Circulación

    – Impuesto sobre Productos Industrializados –
    IPI

    Unión

    – Impuesto sobre Circulación de
    Mercancías y Servicios de Transporte y Comunicación –
    ICMS

    Estados

    – Impuesto sobre Servicios de Cualquiera
    Naturaleza – ISS

    Municipios

    – Impuesto sobre Servicios de Cualquiera
    Naturaleza – ISS

    Unión

    Carga Tributaria

    En 1999 la Carga Tributaria Bruta en Brasil,
    considerando las tres esferas de gobierno – Unión,
    Estados e Municipios – y la Seguridad
    Social, correspondió a 30,27% del PIB, representando
    una recaudación total de R$ 305.731 billones (US$
    168.545). De ese total, la Unión, los Estados y los
    Municipios contribuyeron con 70,4%, 25,6% y 4,0%,
    respectivamente.

    En Brasil, cada esfera de gobierno posee competencia
    tributaria propia. Mientras, la Constitución Federal
    determina algunas transferencias de ingresos tributarios, con
    vista a corregir desequilibrios regionales y propiciar una mejor
    distribución de los ingresos, de acuerdo con las distintas
    necesidades de Estados, Municipios y regiones del
    País.

    Las transferencias constitucionales son
    automáticas y tienen una naturaleza bastante
    descentralizadora, beneficiando sobre todo a los Municipios. En
    1998, por ejemplo, luego de las transferencias constitucionales,
    la proporción de ingreso tributario total asignada por la
    Unión, por los Estados y por los Municipios fue de 59,8%,
    25,2% y 15,0% (para una participación en el esfuerzo de
    recaudación de 69,3%, 26,4% y 4,3%, respectivamente). (Ver
    anexos 1 y 2).

    Recaudación

    Administrando todos los impuestos de competencia federal
    y varias contribuciones sociales para la Seguridad Social,
    la SRF tiene a su cargo la tributación y
    fiscalización de toda la actividad económica y
    financiera del País (inclusive la realizada con el
    exterior), contando en sus Registros con
    documentos de
    más de 100 millones de contribuyentes personas
    físicas y más de 10 millones de contribuyentes
    personas jurídicas.

    Los ingresos administrados por la Secretaría de
    Ingresos Federales alcanzaron, en 1999, el monto de R$ 142.557
    millones (US$ 78.590 millones), que representaran,
    aproximadamente, 46,6% de la carga tributaria brasileña
    total y 66,2% de los ingresos tributarios de la
    Unión.

    Por otra parte, según la Coordinadora de la
    Política Tributaria de la República Federal, Andrea
    Lemgruber, afirma que Los impuestos pagados el año pasado
    por los brasileños fueron equivalentes al 34.36 por ciento
    del Producto
    Interior Bruto (PIB) y superiores en porcentaje a lo que se paga
    en México y
    Argentina, las
    otras dos grandes economías de la región.
    agregó que la recaudación tributaria en Brasil el
    año pasado fue de 406,870 millones de reales (unos 163,000
    millones de dólares), lo que supuso un aumento del 5.88
    por ciento en comparación con la del 2000

    En el mismo período la economía
    brasileña apenas creció un 1.51 por ciento y la
    renta per cápita tuvo un leve aumento del 0.19 por
    ciento.

    Lemgruber atribuyó el crecimiento en la
    recaudación tributaria principalmente a modificaciones en
    la forma como se cobran los tributos de los sectores de
    combustibles, automotriz y sobre ganancias de capital, para
    combatir la evasión fiscal.

    No obstante, el sector productivo brasileño
    presiona desde hace años por la aprobación en el
    Congreso de una reforma tributaria que elimine los impuestos en
    cascada, para hacer más competitiva a la industria
    nacional.

    En el sistema tributario brasileño existen
    impuestos que son cobrados tanto por la unión federal,
    como por los estados y municipios, lo que incide sobre los
    costos de
    producción de bienes y servicios.

    Secretaría de Ingresos
    Federales
    Recaudación de Ingresos Administrados –
    1999

    Tributos

    Recaudación

    PIB
    %

    R$
    millones*

    US$
    mil

    Impuesto sobre Importación-II

    7.916

    4.364

    0,78

    Impuesto s/ Productos
    Industrializados-IPI

    16.503

    9.098

    1,64

    Impuesto sobre la Renta-IR

    51.516

    28.400

    5,10

    Impuesto sobre Operaciones
    Financieras-IOF

     4.877

     2.689

     0,48

    Contrib. Social s/ Utilidad
    Líquida-CSSL

    7.303

    4.026

    0,72

    Contribución para el Financiamiento de la Seguridad Social
    – COFINS

     32.184

     17.743

     3,19

    Contribución para el PIS/PASEP

    9.835

    5.422

    0,97

    Contrib. Provisional sobre Movimientos Financieros
    – CPMF

     

    7.956

     

    4.386

     

    0,79

    Contrib. para el Plan de
    Seguridad del Servidor
    Público Federal

     

    3.142

     

    1.732

     

    0,31

    Otros tributos y contribuciones

    1.325

    730

    0,13

    TOTAL

    142.557

    78.590

    14,11

    Órganos de
    Administración Tributaria en Brasil

    La Secretaria de Ingresos Federales es el principal
    órgano de Administración Tributaria en el
    ámbito federal, siendo responsable de la
    administración de todos los tributos de competencia de
    la Unión y de varias contribuciones sociales.

    Las contribuciones que afectan la planilla (adeudadas
    por los empleados y por los empleadores) y sobre el trabajo
    independiente, cuya recaudación está dirigida al
    financiamiento del sistema público de bienestar (seguro
    social), no se encuentran bajo la responsabilidad de la SRF, cabiendo su
    administración al Instituto Nacional de Seguro Social –
    INSS, entidad autónoma vinculada al Ministerio de
    Bienestar y Asistencia Social. El INSS ejerce, de manera
    complementaria, las funciones de agente recaudador de otras
    contribuciones– tales como Salario Educación y otras de
    intervención en el dominio
    económico y de interés de
    categorías económicas – que también
    afectan la planilla de las empresas.

    Con relación al sistema público de
    bienestar (seguro social), el INSS ejerce la
    administración tanto de los ingresos como de los gastos,
    manteniendo, para dicho fin, una estructura propia de registro de los
    contribuyentes / asegurados y de recaudación,
    fiscalización y cobro de las contribuciones bajo su
    competencia.

    Los demás miembros de la Federación –
    Distrito Federal, Estados e Municipios – mantienen
    Administraciones Tributarias propias, en el ámbito de los
    tributos bajo su competencia, ejerciendo cada una de las/todas
    las funciones inherentes a una AT.

    SECRETARÍA DE INGRESOS
    FEDERALES

    Organización y
    funciones

    1La Secretaría de la Renta
    Federal (SRF) fue creada por medio del Decreto n.º
    63.659/68. Su estructura actual está definida por el
    Decreto nº 3.786, de 24.07.2001.

    La Secretaria de Ingresos Federales-SRF fue creada por
    el Decreto nº 63.659/68. Su estructura actual está
    definida por el Decreto n.º 63.659/68, su estructura actual
    está definida por el Decreto nº 3.786, de
    24.07.2001.

    La SRF forma parte de la estructura del Ministerio de
    Hacienda y se caracteriza por ser un órgano central de
    dirección superior de la
    administración tributaria. A la SRF compete la
    planificación, supervisión, ejecución, control y
    evaluación de las actividades relacionadas
    a los tributos en la esfera federal, inclusive aquéllos
    relativos al comercio exterior.

    La estructura organizativa de la Secretaria de Ingresos
    Federales presenta los siguientes niveles: Central, que abarca
    las funciones de dirección general y asesoría;
    Regional, de supervisión y controle: y Local, de
    ejecución.

    La SRF mantiene una estructura funcional,
    descentralizada y sistémica, con cada uno de los niveles
    jerárquicos desarrollando las funciones básicas de
    la administración tributaria. Con excepción de los
    Juzgados, que tienen una estructura diferenciada, cada uno de los
    órganos descentralizados posee sus propias divisiones
    especializadas en las áreas de atención y registro del contribuyente,
    fiscalización, recaudación y cobro de tributos, y
    control aduanero (cuando sea apropiado).

    La dirección de la Institución es ejercida
    por el Secretario de Ingresos Federales, que ocupa el cargo de
    mayor nivel jerárquico de la SRF. El Secretario es
    auxiliado en sus tareas por tres Secretarios Adjuntos,
    además de contar con las Unidades Centrales.

    OBJETIVOS

    La Secretaría de Ingresos Federales fue creada
    con los siguientes

    objetivos:

    • Dinamizar la administración tributaria,
      tornándola capaz de administrar varios tributos
      (inclusive los del área aduanera), maximizando la
      utilización de los recursos
      humanos y materiales.
    • Presentar a la administración tributaria
      como una representación única ante los
      contribuyentes
    • Definir criterios claros y eficientes de descentralización, con gran
      autonomía de los órganos locales de
      punta.

    MISIÓN

    La Secretaría de Ingresos Federales es el
    órgano central de dirección superior, subordinado
    al Ministerio de Hacienda, responsable de la
    administración de los tributos internos y aduaneros de la
    Unión, con el propósito de promover el cumplimiento
    voluntario de las obligaciones
    tributarias recaudar los recursos para el Estado y
    efectuar las acciones de
    fiscalización y lucha contra el fraude, de forma
    de promover la justicia
    fiscal.

    FUNCIONES

    La SRF es el órgano central de dirección
    superior de la Administración Tributaria de Brasil,
    ejerciendo las funciones básicas de control,
    elaboración de normas,
    recaudación y fiscalización de tributos (incluso
    los Aduaneros) y contribuciones federales. Actúa en la
    formulación de la Política Tributária del
    País y es responsable, aun, por el Juzgamiento, en primera
    instancia, del Contencioso Administrativo Fiscal.

    PERSONAL DE LA SRF

    Las actividades típicas de administración
    tributaria son ejercidas en la Secretaría de Ingresos
    Federales por funcionarios de carrera ARF – Auditoria de
    Ingresos Federales.

     Creada por el Decreto Ley nº
    2.225/85 y modificada por la Medida Provisional nº 1.915, de
    29.06.99, la carrera ARF está formada por los Auditores
    Fiscales de Ingresos Federales (AFRF) y por los Técnicos
    de Ingresos Federales (TRF). El ingreso en la Carrera se
    efectúa exclusivamente mediante Concurso Público,
    exigiéndose una formación de nivel superior, en
    cualquier área.

     Los concursos para la Carrera ARF, bajo la
    responsabilidad de la ESAF – Escuela de
    Administración Hacendaria (vinculada al Ministerio de
    Hacienda), se realizan en dos fases, la primera fase consiste en
    pruebas de
    conocimientos y la segunda, consiste en curso de
    formación. Los candidatos que aprueban y clasifican en la
    primera fase son sometidos a un Curso de Formación, de
    aproximadamente tres meses y de carácter
    eliminatorio, donde se ofrecen clases sobre Sistema Tributario,
    Código
    Tributario, Administración Tributaria, Derechos del Contribuyente,
    Código de Ética y
    Disciplina, y,
    de modo más específico, sobre los tributos
    administrados por la Secretaría de Ingresos
    Federales.

     Además de la carrera ARF, las actividades
    de administración tributaria reciben el soporte de
    funcionarios administrativos (funcionarios administrativos,
    oficinistas, conductores y otros) y de un grupo de
    funcionarios del SERPRO – Servicio
    Federal de Procesamiento de
    Datos, ubicado en la SRF.

    Secretaría de Ingresos
    Federales Distribución de Personal

    (En ejercicio – diciembre de
    1999)

    Categoría de

    Funcionario

    Dirección

    Nivel
    Superior

    Nivel
    Técnico

    Soporte

    (4)

    TOTAL

    %

    Ubicación

    DAS/FG

    (1)*

    AFRF

    (2)

    TRF

    (3)

    SERPRO

    Otros

     

    (5)**

    Unid. Centrales

    288

    293

    226

    147

    167

    833

    4,2

    Unid.
    Descentralizadas

    2.657

    7.084

    6.141

    2.729

    2.900

    18.854

    95,8

    TOTAL

    2.945

    7.377

    6.367

    2.876

    3.067

    19.687

    100,0

    %

    15,0

    37,5

    32,3

    14,6

    15,6

    100,0

     Fuente: SRF/COPOL/DIARH

    * Columna (1): El total de funcionarios de esta columna
    está distribuido en las columnas siguientes (AFRF, TRF y
    soporte).

    ** Columna (5) = AFRF (2) + TRF (3) + Soporte
    (4)

     El personal de la
    Secretaría de Ingresos Federales, en diciembre de 1999,
    estaba formado por 19.687 servidores en
    ejercicio, de los cuales 69,8% pertenecían a la carrera
    ARF y 30,2% al personal de soporte. La distribución de los
    servidores entre Unidades Centrales y Unidades descentralizadas
    (incluyendo DRJ) era de 4,2% y 95,8%, respectivamente. Los cargos
    de dirección representaban 15% del personal (en
    ejercicio), totalizando 2.945 cargos.

    PRESENCIA
    FISCAL

    Además de la función de
    coerción que posee, la Secretaría de la Renta
    Federal ha buscado, en los últimos años, aumentar
    la efectividad de su acción con una mayor presencia junto
    al contribuyente.

    Esa presencia se puede traducir en la
    implantación de un moderno sistema de atención al
    contribuyente; en el desarrollo de los mecanismos que facilitan
    el cumplimiento de las obligaciones tributarias y la
    comunicación con el contribuyente; en la
    ampliación de la presencia aduanera; en la
    agilización y facilitación de la rutina aduanera y
    en actividades de educación fiscal.

    Atención y asistencia.

    La mayor innovación realizada por la
    Secretaría de la Renta Federal en los últimos
    años fue la incorporación del concepto de
    administración centrada en el contribuyente, lo que
    llevó a una revisión de toda la estrategia de
    relación y comunicación con el público, por
    parte de la
    organización.

    La atención al contribuyente es tratada en la SRF
    como un servicio especializado y de fundamental importancia como
    instrumento de inducción y facilitación del
    cumplimiento de las obligaciones tributarias, siendo realizado
    por los Centros de Atención al Contribuyente
    (CAC).

    El concepto de Administración Tributaria centrada
    en el contribuyente representa hoy día una tendencia
    dominante, no solo en el pensamiento
    tributario, como también en toda la Administración
    Pública.

    Facilitación del cumplimento de la
    obligación tributaria.

    La Secretaría de la Renta Federal ha realizado
    grandes esfuerzos en el sentido de disponerle a los
    contribuyentes instrumentos que faciliten el cumplimiento de las
    obligaciones tributarias principales y accesorias,
    tornándolas más sencillas y cómodas. Ello ha
    causado una constante inversión en nuevas
    tecnologías de comunicación y
    transmisión de datos, así como, de forma paralela,
    un mayor compromiso con la calidad de la
    atención al contribuyente. De esta manera, la SRF busca
    cultivar un clima de respeto en la
    relación fisco-contribuyente, facilitando y
    desburocratizando al máximo esa relación y teniendo
    siempre en cuenta los derechos del contribuyente.

    Los esfuerzos despendidos por la SRF en el sentido de
    proporcionar al contribuyente/ ciudadano una atención de
    alta calidad a través de Internet, han sido
    reconocidos por la crítica especializada y por los propios
    contribuyentes- internautas, rindiéndole a la
    Secretaría de la Renta Federal varias premiaciones en el
    ámbito nacional.

    Presencia fiscal en el área
    aduanera.

    La Secretaría de la Renta Federal mantiene en el
    área aduanera una presencia fiscal altamente intensiva en
    mano de obra, debido a la necesidad de estar presente en
    distintas aduanas de la
    zona primaria (puertos, aeropuertos y puntos de frontera), o
    secundaria (Estaciones Aduaneras del Interior – EADI),
    acompañando el movimiento propiamente dicho de personas y
    mercancías y desarrollando una acción permanente de
    vigilancia y represión al contrabando y al tráfico
    de drogas.

    La lógica
    de la actuación de la Secretaría de la Renta
    Federal en el área aduanera es que, en un mundo de
    comercio globalizado, donde la competitividad
    es fuertemente afectada por la velocidad de
    los flujos de las mercancías, el control por parte de las
    autoridades aduaneras no debe obstaculizar el comercio regular.
    De ese modo, el gran reto es justamente buscar el equilibrio
    entre control y facilitación de los procedimientos, a
    partir de la premisa de que la eficacia de la
    fiscalización aduanera para el combate a los fraudes puede
    y debe buscarse sin perjuicio de la agilidad de los flujos
    comerciales.

    Educación fiscal.

    Con relación a la importancia, reconocida por
    todos, de una política de educación fiscal, la SRF
    sufrió una discontinuidad de sus programas
    formadores de conciencia y
    cultura
    tributaria en la sociedad, los
    cuales tan sólo recientemente fueron retomados.

    En el año 2000, intentando actuar de manera
    más fuerte, la SRF indicó representantes en cada
    región fiscal para participar del Programa Nacional de
    Educación Fiscal (PNEF). La principal atribución de
    esos funcionarios es interactuar, como representantes regionales
    de la Secretaría de la Renta Federal, con las
    representaciones estaduales en la realización de acciones
    coordinadas de educación fiscal, en el ámbito de
    sus jurisdicciones.

    AUTONOMÍA

     La SRF dispone de una relativa autonomía
    – administrativa y financiera – en el desempeño de sus actividades. Aunque gran
    parte de sus gastos (cerca de 60%) los cubre el FUNDAF –
    Fondo Especial para el Desarrollo y Perfeccionamiento de las
    Actividades de Fiscalización, administrado por la SRF, la
    realización de esos gastos requiere de la anuencia de los
    órganos de administración del Ministerio de
    Hacienda.

    Al crearse la Secretaría de Ingresos Federales,
    se pretendía que ésta se dedicase exclusivamente a
    sus funciones, especializándose en las actividades de
    administración tributaria. Por este motivo fueron
    retirados de la competencia de la SRF los servicios de compras, recursos
    humanos y obras, entre otros, que pasaron a ser ejecutados por
    las DAMF – Delegaciones de Administración del Ministerio
    de Hacienda.

     Esta opción, mientras tanto, se
    mostró, con el tiempo, inadecuada para satisfacer las
    demandas de la Institución, en vista de la
    desproporción entre el tamaño / necesidades de la
    SRF (que corresponde a más de 70% de toda la Estructura
    del Ministerio de Hacienda) y la disponibilidad de recursos
    humanos y materiales de las DAMF, las cuales, en adición,
    necesitan atender también todas las demás
    Secretarías del Ministerio.

     En los últimos años, parte de los
    servicios ejecutados anteriormente por las DAMF se devolvieron a
    la SRF, que pasó a responsabilizarse por todos los
    procesos de
    licitaciones de la Institución, realizándolos de
    forma centralizada o descentralizándolos hacia las
    Superintendencias Regionales.

     A partir de 1999, con la extinción de once
    (11) DAMF y la "racionalización" de las que permanecieron,
    pasó a ser responsabilidad de la Secretaría de
    Ingresos Federales la administración de todos sus contratos –
    alquileres, compras, servicios y otros – lo que viene exigiendo
    de la Institución la asignación de recursos humanos
    importantes en esta nueva actividad. (En algunas localidades en
    las que existe DAMF y donde la SRF comparte espacios
    físicos con otras Unidades del Ministerio de Hacienda,
    algunos contratos – en el área de limpieza y
    seguridad, por ejemplo – continúan siendo
    administrados por las DAMF).

    La estructura
    organizacional de la Secretaría de Ingresos Federales
    presenta los siguientes niveles:

    1. Central, que comprenden las funciones de la
      dirección general y asesoría.
    2. Regional, de supervisión y
      control.
    3. Sub-regional, de ejecución y
      supervisión.
    4. Local, de ejecución.

    En la siguiente página se muestra el
    organigrama de la
    Secretaria de Ingresos Federales

    Para ver el gráfico seleccione la
    opción "Descargar" del menú superior

    Descripción de las Funciones de
    las Unidades Centralizadas y Descentralizadas

    1. Gabinete – GABIN. Asiste al
      Secretario en su representación institucional y en la
      preparación y despacho del expediente; da seguimiento a
      la tramitación de materias de interés de la
      Secretaria ante el Congreso Nacional; asiste al Secretario en
      sus relaciones con la prensa.
    2. Asesoría Especial: Actúa en
      actividades de apoyo técnico jurídico al
      Secretario y a la Secretaria Adjunta; coordina el Programa de
      Impuesto sobre la Renta – PIR y otros programas especiales
      establecidos por el Secretario de Ingresos Federales; examina y
      prepara propuestas de convenio, ajuste o protocolo, a
      celebrarse con representantes de los departamento de hacienda
      pública federal, estatal, Distrital y
      municipal
    3. Asesoría técnica: Actúa
      en las actividades de apoyo técnico-jurídico al
      Secretario y a la Secretaría adjunta.
    4. Asesoría de Divulgación y Relaciones
      Externas
      : Ejecuta las actividades de las relaciones de la
      SRF con entidades extranjeras y organismos internacionales;
      promueve el estudio de la legislación tributaria
      comparada y analiza propuestas de acuerdos internacionales para
      evitar la doble tributación y prevenir la evasión
      fiscal, participando de las negociaciones de acuerdos y
      convenios con otros países relacionados a la materia
      tributaria. Coordina las actividades que involucren la
      participación de la SRF en el Mercado
      Común del Sur-MERCOSUR, en
      el área de Libre Comercio
      de las Américas-ALCA y en el
      Sistema Integrado de Comercio Exterior-SISCOMEX.
    5. Coordinación General de Estudios
      Económicos, Tributarios y Estratégicos
      (COGET):
      Desarrolla estudios económico tributarios,
      promoviendo la elaboración y análisis de escenarios alternativos, de
      proyecciones de comportamiento y simulación de resultados; efectúa
      la recopilación y el manejo de datos e informaciones y
      la diseminación de estadísticas gerenciales, tributarias y
      de comercio exterior; consolida el Plan de Acción Anual
      de la SRF y evalúa el desempeño del Órgano
      en función de los programas y planes de gobierno;
      coordina la cooperación técnica entre la SRF y
      entidades similares nacionales o internacionales, en asuntos de
      interés intersistémico; coordina la
      participación de la SRF en el ámbito de la
      Comisión Técnica Permanente – COTEPE, responsable
      por el apoyo técnico a las reuniones del Consejo
      Nacional de Política Hacendaria – CONFAZ; brinda
      apoyo al Secretario en cuanto a la participación de la
      SRF en el CIAT.
    6. Coordinación General de Auditoría y Rectificación
      (COAUC):
      Desempeña las gestiones relacionadas con
      Auditoria interna y en el control del comportamiento
      ético-funcional; ejecuta indagatorias e investigaciones
      administrativo-disciplinares
    7. Coordinación General del Sistema de
      Tributación (COSIT)
      : Planifica, coordina, orienta y
      evalúa las actividades de tributación. Es
      responsable de la interpretación y aplicación de
      la legislación tributaria y relacionada y de la
      expedición de actos normativos, destinados a uniformizar
      la interpretación de la legislación en el
      ámbito de la SRF; considera las propuestas de
      institución, modificación y extinción de
      exenciones o reducciones de tributos, incentivos
      fiscales y regímenes especiales de
      tributación.
    8. Coordinación General del sistema de
      Recaudación y Cobro (COSAR
      ): Elabora la propuesta de
      previsión de la recaudación de los tributos y
      contribuciones administrados por la SRF y coordina y consolida
      las previsiones de los demás ingresos federales, para
      subsidiar la elaboración de la propuesta presupuestaria
      de la Unión; realiza el análisis del
      desempeño de la recaudación y ejecuta el cobro,
      inclusive por medio de acciones fiscales; ejecuta el
      reconocimiento de los créditos tributarios y de las
      devoluciones de tributos; orienta, controla y fiscaliza las
      actividades de recaudación de los Agentes de la Red
      Recaudadora.
    9. Coordinación General del Sistema de
      Fiscalización (COFIS)
      : Promueve estudios y
      análisis de sectores económicos y de
      contribuyentes con vista a la formulación y
      determinación de los objetivos y
      prioridades de la política de fiscalización,
      relativa a los tributos y contribuciones administrados por la
      SRF, a excepción de los tributos sobre el comercio
      exterior; elabora la programación general de la
      fiscalización de los tributos y contribuciones
      administrados por la SRF, a excepción de los tributos
      sobre el comercio exterior.
    10. Coordinación General de Indagación e
      Investigación (COPEI):
      Realiza el
      levantamiento de datos e informaciones sobre la práctica
      de evasión, contrabando y fraudes fiscales, al igual que
      promueve estudios para el desarrollo de técnicas
      de investigación que permitan identificar tales
      irregularidades fiscales.
    11. Coordinación General del Sistema Aduanero
      (COANA):
      Planifica, orienta, supervisa y evalúa las
      actividades aduaneras y las relacionadas con la nomenclatura y
      clasificación de mercancías; interpreta y aplica
      la legislación aduanera, en conjunto con la COSIT;
      formula y define los objetivos y criterios para el control
      aduanero y elabora el programa general de fiscalización
      relativo a los tributos sobre el comercio exterior, inclusive
      en una zona franca; da seguimiento a la preparación de
      anteproyectos y proyectos de
      Acuerdos, Tratados,
      Convenciones, Convenios y recomendaciones internacionales en
      materia aduanera; promueve estudios y análisis, con
      miras a formular las normas sobre el control del comercio
      exterior.
    12. Coordinación General de Tecnología y Sistemas de
      Información – COTEC
      . Es responsable de la
      definición del modelo
      informático global de la SRF y de la
      investigación de tecnologías a ser adoptadas por
      la Secretaria, así como de la consolidación de
      los programas de entrenamiento
      en informática; define normas y patrones
      para la adquisición, el uso y la contratación de
      servicios de informática. Le compete también la
      administración de datos, incluyendo su captación,
      los sistemas de
      información, el programa de seguridad de
      datos e informaciones, los registros de contribuyentes y las
      listas corporativas de la SRF.
    13. Coordinación General de Programación
      y Logística – COPOL.
      Su
      área de competencia está relacionada con el
      presupuesto y
      la programación financiera; con los convenios y
      contratos; con la asignación de recursos, en coordinación con las demás
      unidades de la Secretaria y con el órgano sectorial del
      Ministerio de Hacienda; con la ejecución de las
      actividades operativas relacionadas a la evaluación del desempeño de los
      funcionarios y con la ejecución de las actividades
      auxiliares vinculadas a los servicios administrativos de las
      Unidades Centrales, así como con el control de
      mercancías aprehendidas. Coordina las actividades
      relacionadas con la organización, planificación y
      modernización administrativa, así como las
      relacionadas a proyectos de capacitación y desarrollo de los
      servidores de la SRF.

    UNIDADES DESCENTRALIZADAS

    Desde el punto de vista de la jurisdicción, las
    unidades descentralizadas están divididas en Regionales y
    Locales.

    Para facilitar el ejercicio de la administración
    tributaria, el país está dividido en diez Regiones
    Fiscales (RF); en cada Región Fiscal se localiza una
    Superintendencia Regional de Ingresos Federales (SRRF); cada una
    de las Regiones Fiscales se Subdivide en Sub-regiones cuya
    jurisdicción comprende las unidades sub-regionales
    denominadas Delegaciones de Ingresos Federales, (DRF), en total
    82, que se clasifican en Delegaciones de clase A, B y C
    (dependiendo de factores tales como el monto de la
    recaudación y el numero de contribuyentes, personas
    físicas o jurídicas).

    El área de cada delegación a su vez
    está subdividida en Unidades Locales (Agencias e
    Inspecciones de Ingresos Federales – de Clase B y C). Son
    además, Unidades Locales, pero vinculadas directamente a
    las respectivas SRRF, y de Aduanas y Las Inspectorías
    Especiales de clase A.

    Además de las unidades administrativas
    mencionadas, en 1994 se crearon dieciocho (18) Delegaciones de
    Ingresos Federales de Juzgamiento (DRJ), subordinadas
    directamente al Secretario de Ingresos Federales.

    Descripción de cada una de las
    Unidades Administrativas Descentralizadas
    :

    1. Superintendencias Regionales SR (10): Tienen a
      su cargo la programación, supervisión,
      implementación, control y evaluación regional de
      las funciones de tributación, recaudación y
      cobro, fiscalización, control aduanero,
      orientación al contribuyente, y captación de
      datos e informaciones económico fiscales de los tributos
      administrados por la Secretaria de Ingresos Federales, y las
      funciones de programación y logística, dentro de
      los límites
      de sus jurisdicciones.
    2. Delegaciones de Ingresos Federales de Juzgamiento
      (18).
      A los DRJ compete juzgar, en primera instancia, los
      procesos administrativo fiscales relativos a los tributos y
      contribuciones administrados por la SRF. El principal objetivo
      de la creación de estos Juzgados fue desvincular la
      autoridad
      ejecutora de la autoridad juzgadora en el proceso de
      determinación y demanda de
      los créditos tributarios.
    3. Las Delegaciones de Ingresos Federales DIF
      (82):
      Desarrollan las actividades de tributación,
      recaudación y cobro, fiscalización, control
      aduanero, orientación al contribuyente y de
      captación de informaciones económico fiscales
      relativas a los tributos administrados por la SRF, y las
      actividades de programación y logística, en su
      jurisdicción. Con este fin, elaboran el programa de
      trabajo y, en coordinación con las respectivas
      Superintendencias Regionales y con el apoyo de las
      Inspectorías y Agencias subordinadas, promueven su
      ejecución. Asisten a las unidades subordinadas en la
      implantación y utilización de técnicas
      operativas, y, finalmente, cumplen y hacen cumplir las normas
      de procedimiento
      emitidas por las unidades centrales y regionales.
    4. Inspectorías de Ingresos Federales – IIF
      (52).
      Ejercen actividades de control, tanto de los
      impuestos internos como sobre los del comercio exterior.
      Desarrollan las actividades de tributación,
      recaudación y cobro, fiscalización, control
      aduanero, orientación al contribuyente y de
      captación de informaciones económico fiscales
      relativas a los tributos administrados por la SRF, dentro de
      los límites de sus jurisdicciones. Las
      Inspectorías Especiales y Clase A ejercen,
      además de eso, las funciones de programación y
      logística, en sus jurisdicciones. Las
      Inspectorías Clase Especial y algunas
      Inspectorías localizadas en puertos y aeropuertos
      ejercen exclusivamente actividades relacionadas a los
      tributos sobre el comercio exterior.

      1. Inscripción y ejecución de la deuda
        activa – a cargo de la Procuraduría General de
        Hacienda Nacional-PGFN; contencioso fiscal – con la 1ª
        Instancia a cargo de Ingresos Federales, la 2ª
        Instancia a cargo de los Consejos de Contribuyentes del
        Ministerio de Hacienda y la Instancia Especial a cargo de
        la Cámara Superior de Recursos Fiscales
        (también en el ámbito del Ministerio de
        Hacienda);
      2. Procesamiento de datos y parque
        tecnológico – a cargo del Servicio Federal de
        Procesamiento de Datos-SERPRO, bajo supervisión de
        Ingresos Federales (COTEC);
      3. Selección, capacitación y
        entrenamiento – a cargo de la Escuela de
        Administración Hacendaria-ESAF, de acuerdo con
        directrices trazadas por Ingresos Federales
        (COPOL);
      4. Ejecución presupuestaria – a cargo
        (parcialmente) de las Oficinas de Administración del
        Ministerio de Hacienda-DAMF.

      Además, Ingresos Federales otorga a terceros
      los servicios de recibo de tributos, que son ejecutados por
      la red bancaria, y los servicios de confección del
      CPF, realizados por los Correos.

    5. Las Agencias ARF (381): Tienen sus funciones
      limitadas a la orientación al contribuyente,
      recaudación y cobro y recopilación de
      informaciones económico fiscales relativas a los
      tributos administrados por la SRF, a excepción de los
      relacionados al comercio exterior. En relación con los
      tributos de su competencia administrativa, Ingresos Federales
      ejerce todas las funciones típicas de
      Administración Tributaria, sino en forma plena, al menos
      parcialmente. Algunas funciones típicas de
      administración tributaria son ejercidas por la SRF en
      conjunto con otros órganos públicos de la
      estructura del Ministerio de Hacienda, como sigue:
    6. Aduanas (21): Desarrollan actividades
      exclusivamente relacionadas al control del comercio exterior.
      Ejercen las actividades de tributación,
      recaudación y cobro, orientación al contribuyente
      y de captación de informaciones económico
      fiscales, y las actividades de programación y
      logística, en sus jurisdicciones.

    ANEXOS

    UNIDADES
    DESCENTRALIZADAS

    ANEXO 1- RECAUDACIÓN TRIBUTARIA
    PROPIA DE LOS ESTADOS Y DE LOS MUNICIPIOS: DISTRIBUCIÓN
    POR REGIÓN Y ESTADO EN 1998

    Recaudación Tributaria
    Total

    Recaudación Tributaria
    Directa: R$ millones

    Regiones y Estados

    % PIB pb

    Per Cápita

    Total

    Gobierno

    Estados

    Municipios

    (R$/hab.)

    Central

    A

    B

    C=D+E+F

    D

    E

    F

    BRASIL

    29,70%

    29,70%

    239.706

    161.786

    65.375

    12.545

    100,00%

    100,00%

    100,00%

    100,00%

    Regiones Más
    Desarrolladas

    31,20%

    31,20%

    79,20%

    80,10%

    76,10%

    83,90%

    Región Sudeste

    32,80%

    32,80%

    65,90%

    67,40%

    61,00%

    70,90%

    Minas Gerais

    21,10%

    21,10%

    6,90%

    6,00%

    9,20%

    7,80%

    Espirito Santo

    38,90%

    38,90%

    2,00%

    1,80%

    2,40%

    1,50%

    Rio de Janeiro

    33,40%

    33,40%

    12,40%

    13,10%

    10,30%

    15,80%

    São Paulo

    35,50%

    35,50%

    44,50%

    46,60%

    39,00%

    45,90%

    Región Sur

    24,90%

    24,90%

    13,30%

    12,60%

    15,10%

    13,00%

    Paraná

    24,60%

    24,60%

    4,80%

    4,80%

    4,80%

    5,70%

    Santa Catarina

    25,40%

    25,40%

    2,60%

    2,30%

    3,30%

    2,60%

    Rio Grande do Sul

    25,00%

    25,00%

    5,90%

    5,50%

    7,00%

    4,70%

    Regiones Menos Desarrolladas

    25,20%

    727

    20,80%

    19,90%

    23,90%

    16,10%

    Región Norte

    15,80%

    518

    2,60%

    2,00%

    4,10%

    2,20%

    Acre

    11,40%

    386

    0,10%

    0,10%

    0,10%

    0,10%

    Amazonas

    25,00%

    1.028

    1,10%

    0,90%

    1,60%

    0,90%

    Pará

    11,80%

    356

    0,90%

    0,60%

    1,40%

    0,80%

    Rondonia

    11,50%

    513

    0,30%

    0,20%

    0,50%

    0,10%

    Roraima

    15,40%

    581

    0,10%

    0,00%

    0,10%

    0,10%

    Amapá

    11,90%

    390

    0,10%

    0,10%

    0,10%

    0,10%

    Tocantins

    25,90%

    306

    0,10%

    0,10%

    0,30%

    0,20%

    Región Nordeste

    20,50%

    455

    8,70%

    6,90%

    13,30%

    8,60%

    Maranhão

    14,20%

    208

    0,50%

    0,40%

    0,70%

    0,40%

    Piauí

    20,30%

    288

    0,30%

    0,30%

    0,50%

    0,20%

    Ceará

    23,30%

    488

    1,40%

    1,10%

    2,20%

    1,50%

    Rio Grande do Norte

    17,90%

    479

    0,50%

    0,40%

    0,80%

    0,50%

    Paraíba

    21,80%

    387

    0,50%

    0,40%

    0,90%

    0,40%

    Pernanbuco

    23,70%

    586

    1,80%

    1,40%

    2,70%

    2,20%

    Alagoas

    15,80%

    366

    0,40%

    0,30%

    0,70%

    0,50%

    Sergipe

    21,10%

    546

    0,40%

    0,30%

    0,60%

    0,40%

    Bahia

    20,10%

    519

    2,80%

    2,20%

    4,20%

    2,50%

    Región Centro Oeste

    40,20%

    2.083

    9,60%

    11,10%

    6,50%

    5,30%

    Distrito Federal

    75,40%

    8.501

    6,80%

    9,30%

    1,60%

    2,60%

    Goiás

    22,10%

    729

    1,40%

    1,00%

    2,40%

    1,70%

    Mato Grosso

    15,70%

    740

    0,70%

    0,50%

    1,40%

    0,60%

    Mato Grosso do Sul

    15,80%

    687

    0,60%

    0,40%

    1,10%

    0,30%

    CONCLUSIONES

    Brasil llega al final del siglo con grandes
    desafíos por delante. Hay que conciliar la
    estabilización de precios y la
    reactivación del desarrollo con una estructura fiscal
    caracterizada por una acentuada descentralización de
    poderes y de recursos tributarios, a favor de los gobiernos
    sub-nacionales (de los estados y de los municipios) así
    como de las unidades y regiones menos desarrolladas.

    La federación brasileña, aunque no
    terminada, exhibe trazos de razonable estabilidad. Para ello
    contribuyeron la herencia del
    Estado unitario y la moderación de las diferencias
    étnicas, lingüísticas y religiosas entre los
    brasileños. De la misma manera, los ciclos de
    contracción y descontracción en relación al
    poder central y la tradición conciliadora de la
    política brasileña han ido facilitando los ajustes
    necesarios en el transcurso del tiempo. Específicamente en
    el caso de los sistemas tributario y fiscal, los mecanismos de
    redistribución se utilizan para solidificar los intereses
    regionales divergentes y contradictorios, a través de la
    transferencia de recursos públicos entre las diversas
    esferas del gobierno y las regiones más y menos
    desarrolladas, en una medida de tiempo y de intensidad que pocas
    otras federaciones han conseguido realizar sin dramáticos
    sobresaltos políticos y civiles. No es una coincidencia
    que los ideales del federalismo
    fiscal sean siempre evocados en la defensa de intereses
    localizados y de políticas
    públicas de impacto regional.

    Es necesario que el gobierno federal ejerza una
    función de coordinación adecuada y que los
    gobiernos sub-nacionales adopten un mínimo de
    armonía entre sus ámbitos tributarios y de gastos.
    A pesar de las dificultades y complejidades, la federación
    brasileña ha tenido un razonable grado de estabilidad. Sin
    embargo, se impone anticiparse a los acontecimientos y adoptar
    reformas que impidan la reversión de ese cuadro y que
    hagan que la federación se torne más fuerte, unida
    y democrática.

    BIBLIOGRAFÍA

    El Diario de Hoy (2002). En Brasil se paga
    más impuestos. Pagina Web:

    http://www.elsalvador.com/noticias/2002/6/17/negocios/negoc3.html
    ,

    Juvenil Alves & Abogados Asociados (2000).
    Empresas Extranjeras. Cómo invertir en
    Brasil.

    Secretaría de Hacienda del Estado de Sao Paulo
    (2002). Programa de Fortalecimiento de la Gestión Fiscal del Estado de Sao
    Paulo.

    Serra, José, Rodrigues Afonso, José
    Roberto. El federalismo fiscal a la moda
    brasileña: algunas reflexiones. Rio de Janeiro,
    diciembre de 1999. ,
    ,
    http://federativo.bndes.gov.br

    Centro Interamericano de Administración
    Tributaria (2000-2001). CIAT. Revista.

    Constitución de Brasil (2002).

    http://www.elportaljuridico.com.mx/CoBra.html

     

     

    Integrantes:

    Reyes Indira

    Morgado Gatsby

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