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Sistema Carcelario Argentino




Enviado por agusceballos



Partes: 1, 2

    1. Marco legal
    2. Diagnóstico de las
      diferentes dimensiones del sistema
      penitenciario
    3. El Sida
    4. La
      resocialización
    5. Políticas
      públicas
    6. Que es Lusida
    7. United nations: human
      rights
    8. Conclusión
      personal
    9. Bibliografía

    Problema: Su funcionamiento y eficacia a partir
    de la restauración de la democracia en
    la Argentina
    (1983).

    Objetivos:

    Describir el marco legal del Sistema
    Carcelario, incluyendo normas
    constitucionales y convenios internacionales.

    Desarrollar un breve diagnóstico del sistema penitenciario
    analizando las condiciones en que viven los encarcelados
    abarcando las esferas de: infraestructura, alimentación,
    atención médica, trabajo, educación y drogadicción.

    Evaluar el proceso de
    resocialización como una necesidad para la socialización de los encarcelados en su
    futura inserción social.

    Investigar el desarrollo de
    políticas públicas o programas que se
    localizan sobre los problemas
    diagnosticados (incluye un acta resumida de una sesión de
    las Naciones Unidas
    en el campo de los Derechos
    Humanos).

    Introducción

    Uno de los temas argentinos olvidados es el problema
    carcelario. Quizá porque pierde magnitud frente a otros,
    de mayor entidad, no se le ha buscado soluciones
    adecuadas. Es sobradamente conocido que en el catálogo
    general de penas de los Estados de nuestro tiempo la de
    prisión ocupa el primer término, aunque no se pueda
    ignorar que desgraciadamente la pena de muerte
    aún continúa vigente en la mitad de los Estados
    existentes.

    Para empezar este informe creo que
    es necesario definir la pena de prisión, que se
    entiende como una clausura bajo un régimen de disciplina
    obligatorio que consiste en la privación de la libertad de
    movimiento, el
    penado ya no puede disponer de sí mismo respecto de su
    lugar material de residencia y respecto de la distribución de su tiempo en distintas
    actividades si no es dentro del marco de la pena impuesta y el
    grado del sistema penitenciario.

    Sin embargo no sería realista limitar el
    contenido de la pena de prisión a la exclusiva
    privación de la libertad de movimientos, hay otras
    libertades fundamentales que pueden ser anuladas o limitadas al
    condenado a la pena de prisión.

    Los fines de las instituciones
    penitenciarias suelen ser los siguientes: resocializar al
    delincuente, reeducarlo, reinsertarlo en la comunidad;
    manteniendo el orden y la seguridad
    social. En la actualidad estos objetivos han
    tomado un carácter
    utópico, ya que solo una ejecución orientada y
    desarrollada puede resociabilizar a un individuo en un medio como
    la prisión. Es necesario tener en cuenta que toda
    resocialización o reeducación de los condenados
    requiere de un cierto tratamiento que lo prepare para su
    reinserción social y de esta manera no los convierta en
    marginados una vez que han cumplido la condena.

    Las precarias condiciones de vida de los condenados,
    falta de higiene, de
    asistencia médica, de ocupación laboral, de un
    tratamiento para su reinserción en la comunidad,
    convierten al artículo 18 de la Constitución Nacional en letra muerta.
    Este establece que "…las cárceles deben ser sanas y
    limpias, para seguridad y no
    para castigo de los delincuentes detenidos en ellas". La reforme
    de 1949 agrego lo siguiente "… y adecuadas para la reeducacion
    social de los detenidos en ellas".

    El Sistema Carcelario Argentino también esta
    regido por pautas establecidas en Tratados Internacionales
    y por reglas mínimas para el tratamiento de los
    reclusos y recomendaciones relacionadas aprobadas por la
    Organización de las Naciones Unidas en 1955, en
    Ginebra (Suiza). A esto se le suma las recientes creaciones de
    organismos administrativos, como la Secretaria de Política
    Penitenciaria y de Readaptación Social y el Plan Director de
    la Política Penitenciaria Nacional. Estas organizaciones
    tienen el fin de respetar la ley, procurando
    la adecuada reinserción social del condenado, promoviendo
    el apoyo y comprensión de la sociedad;
    logrando que el individuo sometido a una pena privativa de
    libertad se reintegre a la sociedad logrando su adaptación
    mediante la incorporación de los valores
    fundamentales que posibilitan la vida en comunidad.

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