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Aspectos generales del mercado de valores de Quito




Enviado por julio.baldeon



Partes: 1, 2

    1. Antecedentes
      Generales
    2. Entes Reguladores
      y de Control
    3. Entes
      participantes
    4. Análisis
      del comportamiento bursatil en el Ecuador
    5. Comportamiento
      del mercado accionario
    6. Sistema
      tributario de los títulos-valores
    7. Anexo
    8. Bibliografía

    1.1 Antecedentes
    Generales

    El mercado de
    valores se
    denomina también mercado de capitales porque los
    fondos que se canalizan se documentan en títulos –
    valores, apelándose al ahorro
    público, al de los particulares y al de las empresas en
    general. A estos se les ofrece una rentabilidad
    por orientar sus dineros hacia inversiones
    productivas y no para consumo.

    Así, el establecimiento de los mercados de
    valores a largo plazo juega un papel crucial
    en el impulso económico sostenido de un país, pues
    incrementa el volumen total de
    fuentes
    financieras y moviliza grandes cantidades de ahorros hacia el
    sector productivo, utilizando períodos de significativo
    alcance.

    Aquí se negocian esencialmente acciones,
    bonos y
    obligaciones
    corporativas. Las negociaciones de los valores se
    efectúan en forma abierta al público, en igualdad de
    condiciones para los oferentes y demandantes, lo que promueve la
    creación de títulos negociables, permitiendo un
    impulso al mercado de
    capitales en el que se contrata capitalriesgo mediante
    los títulos de capitalización o acciones, que
    pueden resultar muy rentables, pero también pueden generar
    pérdidas para el inversionista.

    El desarrollo del
    mercado de valores es una tarea de largo plazo que requiere
    sembrarse en corto plazo. En relación a la
    financiación de las empresas, en especial mediante
    acciones. Estos títulos se constituyen a perpetuidad para
    el crecimiento sostenido de la misma.

    1. Definición
      del Mercado de Valores y sus Funciones
    • Es una parcela o segmento del Mercado Financiero que
      tiene lugar principalmente en las bolsas de valores y que
      procura la canalización directa de recursos
      financieros hacia los sectores que los requieren, mediante el
      mecanismo de emisión, colocación y negociación de títulos-valores de
      corto, mediano y largo plazo.
    • Es el segmento del Mercado Financiero que canaliza
      recursos de capitales en forma directa desde los sectores
      oferentes hacia los sectores productivos, de mediano y largo
      plazo hacia las actividades productivas, mediante la
      emisión y negociación de títulos valores
      en los ámbitos bursátiles y extra
      bursátiles.
    • Es el segmento del Mercado Financiero que canaliza el
      ahorro de mediano y largo plazo, en forma directa, hacia el
      financiamiento de las actividades productivas;
      mediante la emisión y negociación de
      títulos-valores.

    El mercado de valores canaliza los recursos financieros
    hacia las actividades productivas a través de la
    negociación de valores en los siguientes
    segmentos:

    Mercado Bursátil. Conformado por ofertas,
    demandas y negociaciones de valores inscritos en el Registro del
    Mercado de Valores y en las bolsas de valores, realizadas por los
    intermediarios de valores autorizados.

    Mercado Extrabursátil. Se desarrolla fuera
    de las bolsas de valores, con la participación de
    intermediarios de valores autorizados e inversionistas
    institucionales, con valores inscritos en el Registro del Mercado
    de Valores.

    Mercado Privado. Son todas aquellas negociaciones
    que se realizan entre el comprador y el vendedor en forma directa
    sin la intervención de intermediarios de valores o
    inversionistas institucionales.

    Mercado Primario. Es aquel en el cual se realiza
    la primera venta o
    colocación de Títulos-Valores que hace el emisor
    con el fin de obtener directamente los recursos que
    requiere.

    Mercado Secundario. Comprende todas las
    negociaciones o operaciones que
    se realizan con posterioridad a la primera
    colocación.

    En el Mercado de Valores, existen muchos participantes
    como: emisores, inversionistas e intermediarios.

    Las principales funciones del
    Mercado de Valores son:

    • La canalización de recursos financieros para
      actividades productivas de mediano y largo plazo.
    • Constituirse en fuente de financiamiento a bajos
      costos
      financieros, así como fuente de inversión con alta rentabilidad y
      diversidad de instrumentos.

    Entre las ventajas más importante del Mercado de
    Valores tenemos:

    • Genera un ambiente de
      confianza en la variedad y eficacia de
      sus
      mecanismos.
    • Los empresarios consiguen mayores volúmenes de
      recursos y a costos
      más convenientes.
    • Existe facilidad para entrar o salir del mercado
      .
    • Las personas se ven estimuladas a generar ahorros
      para invertirlos.
    • Existe una intermediación eficiente y
      económica para la transferencia de recursos de quien los
      tiene a quien los necesita.
    • Provee liquidez al emisor y al inversionista por
      igual
    • Estimula la democratización del capital
      accionario de las empresas
    • Permite la reestructuración de
      pasivos.
    1. Entes Reguladores
      y de Control

    1.2.1 Consejo Nacional de Valores

    Mediante la Ley de Mercado de
    Valores, publicada en el R. O. N. 367, de 23 de julio de 1998, en
    su Art. 5, se crea adscrito a la Superintendencia de
    Compañías, como órgano rector del mercado de
    valores el Consejo Nacional de Valores (C.N.V) a fin de
    establecer la política general del
    mercado de valores y regular su funcionamiento, el mismo que
    estará integrado por siete miembros:

    Cuatro del sector
    público:

    • El Superintendente de Compañías, quien
      lo presidirá;
    • Un delegado del Presidente de la
      República;
    • El Superintendente de Bancos
      y
    • El Presidente del Directorio del Banco Central
      del Ecuador;
      y

    Tres del sector privado, designados por el Presidente de
    la República de las ternas enviadas por el Superintendente
    de Compañías.

    El Superintendente de Compañías
    cuidará que las designaciones establezcan un equilibrio
    regional, los miembros del sector privado durarán cuatro
    años en sus funciones.

    El C.N.V. sesionará obligatoriamente, de manera
    ordinaria, por lo menos una vez al mes; y extraordinariamente,
    cuando lo convoque su presidente o subrogante. Este organismo no
    podrá sesionar sino con la asistencia de al menos cinco de
    sus miembros. Las decisiones se adoptarán con el voto de
    al menos cinco de ellos.

    Entre las atribuciones más importantes del
    Consejo Nacional de Valores, tenemos las siguientes:

    1. Impulsar el desarrollo del mercado de valores,
      mediante el establecimiento de políticas y mecanismos de fomento y
      capacitación sobre el mismo;
    2. Promocionar la apertura de capitales y de
      financiamiento a través del mercado de valores,
      así como la utilización de nuevos instrumentos
      que se puedan negociar en este mercado;
    3. Regular la oferta
      pública de valores, estableciendo los requisitos
      mínimos que deberán tener los valores que se
      oferten públicamente; así como el procedimiento
      para que la información que deba ser difundida al
      público revele adecuadamente la situación
      financiera de los emisores;
    4. Regular las inscripciones en el Registro del Mercado
      de Valores y su mantenimiento;
    5. Establecer las reglas generales de la garantía
      de ejecución;
    6. Establecer las políticas generales para la
      supervisión y control del
      mercado, así como los mecanismos de fomento y
      capacitación;
    7. Establecer convenios de cooperación con otros
      organismos nacionales e internacionales;
    8. Autorizar las actividades conexas de las bolsas de
      valores, casas de valores, administradoras de fondos y
      fideicomisos y calificadoras de riesgo que sean necesarias para
      el adecuado desarrollo del mercado de valores;
    9. Velar por la observancia y cumplimiento de las
      normas que
      rigen el mercado de valores;
    10. Emitir el plan de
      cuentas y
      normas contables para los partícipes del
      mercado;

    1.2.2 Superintendencia de
    Compañías

    La Superintendencia de Compañías es un
    organismo técnico y autónomo encargado de vigilar y
    controlar la
    organización, actividad y funcionamiento del sector
    empresarial del país, con criterios modernos y mecanismos
    eficaces. Precautela los intereses de los inversionistas y vela
    por la permanencia de la empresa porque
    es fuente generadora de producción, riqueza y empleo.

    De las atribuciones y funciones de la Superintendencia
    de Compañías en el Mercado de Valores podemos
    citar:

    1. Ejecutar la política general del mercado de
      valores dictada por el C.N.V.;
    2. Inspeccionar y verificar, en cualquier tiempo, a las
      compañías, entidades y demás personas que
      intervengan en el mercado de valores, sin que se le pueda
      oponer el sigilo bancario o bursátil, considerando que
      cuando la Superintendencia de Compañías deba
      actuar en una entidad sujeta a la vigilancia y control de la
      Superintendencia de Bancos, lo hará a través de
      ésta o en forma conjunta.
    3. Autorizar, previo el cumplimiento de los requisitos
      establecidos, la realización de una oferta
      pública de valores, así como suspender o cancelar
      una oferta pública cuando se presentaren indicios de que
      la información proporcionada no refleje adecuadamente la
      situación financiera, patrimonial o económica de
      la empresa sujeta
      a su control;
    4. Autorizar el funcionamiento en el mercado de valores
      de bolsas de valores, casas de valores, compañías
      calificadoras de riesgo, depósitos centralizados de
      compensación y liquidación de valores, sociedades
      administradoras de fondos y fideicomisos, auditoras externas y
      demás personas o entidades que actúen o
      intervengan en dicho mercado, de acuerdo con las regulaciones
      de carácter
      general que se dicten para el efecto;
    5. Disponer, mediante resolución fundamentada, la
      suspensión o modificación de las normas de
      autorregulación expedidas por las bolsas de valores o
      las asociaciones gremiales, cuando tales normas pudieran
      inferir perjuicios al desarrollo del mercado o
      contraríen expresas normas legales o
      complementarias;
    6. Disponer la suspensión o cancelación de
      la inscripción en el Registro del Mercado de Valores de
      las instituciones o valores, debiéndose poner
      tal hecho en conocimiento
      del C.N.V. en la sesión inmediatamente
      posterior;
    7. Previa consulta urgente con el Ministro de Finanzas,
      Superintendente de Bancos, Gerente del
      Banco Central del Ecuador y Presidentes de las bolsas de
      valores del país, la Superintendencia de
      Compañías, a fin de preservar el interés
      público del mercado así como brindar
      protección a los inversionistas, podrá suspender
      temporalmente hasta por un término de siete días,
      las operaciones de mercado de valores en caso de presentarse
      situaciones de emergencia que perturbaren o que ocasionaren
      graves distorsiones que produzcan bruscas fluctuaciones de
      precios.

    1.2.3 Bolsa de Valores

    En el mercado bursátil se realizan operaciones de
    compra – venta de valores ya emitidos, bajo normas especiales,
    que promueven el desarrollo de un mercado libre y organizado,
    donde predominan las fuerzas de la oferta y la demanda,
    así como la existencia de amplia información, bajo
    el principio de máxima transparencia. La entidad que
    facilita la negociación y centraliza las operaciones de
    este mercado, es la Bolsa de
    Valores.

    La Bolsa de Valores, es una corporación civil,
    sin fines de lucro, autorizada y controlada por la
    Superintendencia de Compañías, que tiene por objeto
    brindar a sus miembros los servicios y
    mecanismos requeridos para la negociación de
    valores.

    En general, las bolsas de valores tienen las siguientes
    obligaciones:

    • Fomentar un mercado integrado, informado, competitivo
      y transparente;
    • Establecer las instalaciones, mecanismos y sistemas que
      aseguren la formación de un mercado transparente,
      integrado y equitativo, que permitan la recepción,
      ejecución y liquidación de las negociaciones en
      forma rápida y ordenada;
    • Mantener información actualizada sobre los
      valores cotizados en ellas, sus emisores, los intermediarios de
      valores y las operaciones bursátiles, incluyendo las
      cotizaciones y los montos negociados y suministrarlas a la
      Superintendencia de Compañías y al público
      en general;
    • Brindar el servicio de
      compensación y liquidación de
      valores;
    • Expedir certificaciones respecto a precios, montos y
      volúmenes de operaciones efectuadas en bolsa y el
      registro de sus miembros, operadores de valores, emisores y
      valores inscritos.

    1.2.4 Casas de Valores

    Casas de valores son las compañías
    anónimas autorizadas y controladas por la Superintendencia
    de Compañías, para ejercer la intermediación
    de valores, cuyo objetivo
    social único es la realización de las actividades
    previstas en la Ley de Mercado de Valores.

    Los grupos
    financieros, las instituciones del sistema
    financiero privado, podrán establecer casas de
    valores, si constituyen una filial distinta de la entidad que
    funge como cabeza de grupo en la
    que el porcentaje de su propiedad sea
    el autorizado por la Ley General de Instituciones del Sistema
    Financiero.

    Las casas de valores tendrán las siguientes
    facultades:

    • Administrar portafolios de valores o dineros de
      terceros para invertirlos en instrumentos del mercado de
      valores de acuerdo con las instrucciones de sus comitentes. Se
      considera portafolio de valores a un conjunto de valores
      administrados exclusivamente para un solo
      comitente;
    • Realizar operaciones de underwriting con personas
      jurídicas del sector público, del sector privado
      y con fondos colectivos;
    • Dar asesoría e información en materia de
      intermediación de valores y finanzas,
      estructuración de portafolios de valores, adquisiciones,
      fusiones,
      escisiones u otras operaciones en el mercado de valores,
      promover fuentes de
      financiamiento, para personas naturales o jurídicas
      y entidades del sector público.
    • Anticipar fondos de sus recursos a sus comitentes
      para ejecutar órdenes de compra de valores inscritos en
      el Registro del Mercado de Valores, debiendo retener en
      garantía tales valores hasta la reposición de los
      fondos y dentro de los límites
      y plazos que establezcan las normas que para el efecto
      expedirá el C.N.V.;
    • Efectuar actividades de estabilización de
      precios únicamente durante la oferta pública
      primaria de valores, de acuerdo con las normas de
      carácter general que expida el C.N.V.

    1.3 ENTES
    PARTICIPANTES

    1.3.1 Bolsa de Valores

    1.3.1.1 Antecedentes Históricos

    La existencia de las bolsas de valores en realidad tiene
    un origen muy remoto. Se podría aventurar que surgen
    cuando los antiguos mercaderes se reunían en algún
    lugar conocido con el propósito de comprar o vender sus
    productos
    primarios. A medida que pasó el tiempo fue
    ampliándose el espectro de los bienes objeto
    de intercambio, hasta llegar finalmente a la producción y
    negociación de productos más sofisticados y
    complejos como son valores representativos de derechos económicos,
    sean patrimoniales o crediticios.

    En ese proceso se
    detallan los hechos y fechas más relevantes que conforman
    la historia
    jurídica del sistema bursátil.

    • Julio 4 de 1955, en el Decreto Ejecutivo No. 34 se
      crea la Comisión Nacional de Valores.
    • Agosto 11 de 1964, se expide la Ley de la
      Comisión de Valores – Corporación Financiera
      Nacional sustituyendo a la Comisión Nacional de
      Valores
    • Marzo 26 de 1969, se expide la Ley No.111 que faculta
      el establecimiento de bolsas de valores,
      compañías anónimas, otorgando facultad a
      la Comisión de Valores – Corporación Financiera
      Nacional para fundar y promover la constitución de la Bolsa de Valores de
      Quito C.A.
    • Mayo 30 de 1969, se autoriza el establecimiento de
      las Bolsas de Valores en Quito y Guayaquil
    • Agosto 25 de 1969, se otorga Escritura de
      Constitución de la Bolsa de Valores de Quito C.
      A
    • Mayo 28 de 1993, se expide la primera Ley de Mercado
      de Valores, en donde se establece que las Bolsas de Valores
      deben ser corporaciones civiles y dispone la
      transformación jurídica de las
      compañías anónimas.
    • Mayo 31 de 1994, se realiza la transformación
      jurídica de la Bolsa de Valores de Quito C.A. a la
      Corporación Civil Bolsa de Valores de Quito.

    La Bolsa de Valores de Quito ha tenido dos momentos de
    especial relevancia: su primera fundación que tuvo lugar
    en 1969 en calidad de
    Compañía Anónima, como iniciativa de la
    llamada entonces Comisión de Valores – Corporación
    Financiera Nacional. En 1993 el mercado bursátil
    ecuatoriano se vio reestructurado por la Ley de Mercado de
    Valores, en la que se estableció la disposición de
    que las Bolsas se transformen en Corporaciones Civiles sin fines
    de lucro. En mayo de 1994 la institución se
    transformó en la Corporación Civil Bolsa de Valores
    de Quito.

    La Bolsa de valores de Quito, busca adecuarse
    positivamente a los requerimientos y exigencias de un mercado
    dinámico, eficiente y especializado, estableciendo como
    visión fundamental la de: "ser la institución
    natural del mercado de Valores", y como Misión la
    de "ofrecer el medio eficaz para lograr los mejores precios de
    los títulos valores al más bajo costo y en el
    menor tiempo de transacción".

    1.3.1.2 Conceptos de Bolsa

    • La Bolsa es considerada por muchos como una
      institución que refleja la marcha real de la economía. Es un
      indicador inmejorable de todo lo que ocurre. El incremento o
      disminución en el precio de
      las acciones no es una casualidad. Aunque algunos la consideran
      un mero instrumento de especulación para ganar dinero, el
      mercado de valores cumple una labor fundamental dentro del
      sistema financiero.
    • La Bolsa es el mercado financiero más
      conocido. Pero, ¿qué es un mercado financiero? Se
      entiende por tal el mecanismo o lugar a través del cual
      se produce un intercambio de activos
      financieros y se determinan sus precios. En general las Bolsas
      de Valores constituyen un mercado público, que permite
      congregar en el mismo lugar a vendedores y compradores de
      títulos-valores, bajo diversas modalidades de
      transacción, determinándose los precios mediante
      la libre concurrencia de la oferta y la demanda, con criterios
      formados por la existencia de amplia información sobre
      la empresa emisora y las condiciones del mercado.
    • Las bolsas son herramientas
      vitales para el manejo de los mercados de capital por que
      facilitan el financiamiento de diversas tareas
      económicas con el ahorro público, permitiendo la
      transferencia de recursos entre los que disponen de excedentes,
      hacia los que requieren de ellos para impulsar el
      desenvolvimiento de sus actividades, principalmente para el
      mediano y largo plazo.

    La transparencia, es el
    conocimiento general y detallado por parte del público
    inversionista, de las negociaciones y cotizaciones de los
    títulos-valores y de toda la información
    económica y financiera sobre las entidades emisoras, dando
    libertad para
    el ingreso o salida del mercado, tanto a emisores como a
    inversionistas .

    1.3.1.4 Funciones de la Bolsa de
    Valores.

    Dentro de las funciones que tienen las Bolsas de Valores
    en sentido general, están las de encauzamiento de
    recursos, de transformación, de equilibrio, y las de
    liquidez, difusión y de información.

    Resumiendo cada una de ellas tenemos:

    La de encauzamiento de recursos. Se refiere a la
    tarea fundamental de canalizar el ahorro privado hacia las
    instituciones públicas o privadas que lo necesiten y
    demanden a través de la emisión de
    títulos-valores.

    La de Transformación. En la Bolsa los
    recursos de corto plazo, es decir, los del mercado monetario
    pueden transformarse en recursos a largo plazo o sea, propios del
    mercado de capitales . A través de la Bolsa que recepta
    una parte de la oferta y demanda
    dinerarias, se facilita la formación de capitales y el
    proceso de inversión.

    La de Equilibrio. Es la función
    principal de las Bolsas de Valores, pues debe lograr el
    equilibrio entre la oferta y la demanda de títulos
    –valores en base a lo que podría llamarse
    política de precios libres, mediante transacciones
    públicas efectuadas en su seno.

    La de liquidez. Tiene el carácter de
    función complementaria de las anteriores, pues permite al
    inversionista convertir en numerario, al momento que lo requiera,
    los títulos mantenidos en su poder. El
    grado de liquidez que pueda ofrecer las Bolsas de Valores
    está principalmente en función de la organización y desarrollo que ésta
    tenga.

    La de Difusión. Tiene relación en
    cuanto la Bolsa sea un órgano de colaboración para
    las diferentes entidades cuyos títulos han sido inscritos.
    Puede decirse que ésta es la función social de la
    Bolsa.

    La de información. Función que da a
    las Bolsas de Valores el carácter de voceros oficiales
    sobre el comportamiento
    financiero de las diferentes empresas que han inscrito y cotizado
    sus títulos en ellas. Información que, a
    través de la Bolsa, está abierta al público
    inversionista a efectos de que cuenta con los elementos de juicio
    necesarios para la toma de
    decisiones, además las Bolsas informan al
    público en general sobre las transacciones efectuadas,
    dando a conocer los montos de oferta y demanda, los precios, las
    operaciones acordadas y todo lo relacionado con las cotizaciones
    máximas y mínimas, rendimientos, etc.

    Adicionalmente son funciones de la Bolsa de Valores de
    Quito las siguientes:

    • Regular y mantener el financiamiento del Mercado de
      Valores, para que sea técnicamente organizado y ofrezca
      a los inversionistas y al público en general condiciones
      de seguridad,
      honorabilidad y corrección.
    • Inscribir los valores, establecer la
      cotización efectiva de las mismas de forma que ofrezcan
      el máximo de seguridad a los inversionistas.
    • Velar porque se realicen los negocios de
      Bolsa con respecto a los principios
      mercantiles de honor, probidad, justicia y
      equidad; controlando a los agentes y operadores que su conducta no
      riña con los más elevados principios de la
      ética
      comercial.
    • Publicar en el boletín de Bolsa las
      cotizaciones de títulos negociados.
    • Ofrecer a los agentes y al público las
      informaciones que posea y que no sean de carácter
      reservado, sobre las entidades cuyos valores estén
      inscritos en la Bolsa.

    1.3.1.4 Ventajas de Invertir en Bolsa

    • En la Bolsa de Valores se pone a prueba la
      valoración de acciones, pues en base a la libre oferta y
      demanda se manifiestan los juicios, tanto de la estructura
      financiera de las compañías como de sus
      fortalezas intrínsecas en el mercado de competencia. Al
      estar inscrita en Bolsa, una empresa
      obtiene una imagen de
      confiabilidad, por lo tanto su cotización accionaria
      será mayor y se facilitará su crecimiento y su
      nuevo financiamiento.
    • Los emisores del sector público ecuatoriano y
      extranjero están exentos del pago de la cuota de
      inscripción y de las cuotas de mantenimiento en la bolsa
      de Valores.
    • La Bolsa de Valores cuenta con un fondo de
      garantía, como mecanismo que busca la protección
      para los inversionistas frente a cualquier eventualidad de
      incumplimientos, lo que garantiza un funcionamiento fluido del
      mercado, e incrementan los niveles de confianza y
      seguridad.
    • Ingreso a los mercados mundiales de capitales. Ello
      se realiza mediante la interconexión e integración de bolsas a nivel
      internacional, ampliando las oportunidades de las fuentes de
      financiamiento y opciones económicas
      globales.
    • Mide el pulso del país, al actuar como
      termómetro de todo el acontecer
      económico, político y social, nacional e incluso
      internacional.
    • Facilita la protección del ahorro cuando hay
      inflación, al efectuarse, por ejemplo, inversiones en
      acciones que están respaldadas por activos reales que se
      revalorizan y, por otra parte, posibilitan tasas positivas de
      rentabilidad. Los demandantes pueden obtener un rendimiento
      real mayor que el que obtendrían a través de los
      medios e
      instrumentos tradicionales.

    Complementando el último punto, los recursos
    canalizados a las compañías, a través de la
    colocación de acciones, son dineros que en términos
    empresariales logran una mayor eficiencia.

    1.3.1.5 Organización y Funcionamiento de la
    Bolsa

    Siendo la Bolsa una Compañía
    anónima, su órgano principal es la Junta General de
    Accionistas y tiene la facultad de orientar y resolver los
    asuntos sociales de la misma, nombrar y remover a los miembros
    del Directorio y Comisarios, conocer anualmente las cuentas,
    estados financieros e informes que
    presten el Directorio, el Gerente y los comisarios.

    El Directorio está integrado por siete vocales
    elegidos por la Junta General de Accionistas. Cada vocal
    principal tiene su respectivo suplente. Seis vocales principales
    con sus respectivos suplentes se eligen entre los accionistas de
    la compañía, para un período de dos
    años, pudiendo ser indefinidamente reelegidos. El
    séptimo vocal principal y su suplente son elegidos por la
    Junta de Accionistas entre los candidatos propuestos por la
    Asociación de los Agentes de Bolsa y duran un año
    en sus funciones.

    Anualmente el Directorio elige entre sus miembros al
    Presidente y al Vicepresidente de la
    Compañía.

    Son atribuciones del Directorio: establecer las
    líneas de política general de la
    Compañía y dictar sus regulaciones, nombrar y
    remover al gerente, calificar y designar a los Agentes y
    Apoderados de Bolsa, entre otras.

    Al Gerente le corresponde la representación
    judicial y extra judicial y de la compañía y la
    gestión
    administrativa de la misma . Es elegido por el directorio para un
    período de tres años en sesión a la que
    concurren los siete vocales. En caso de ausencia temporal del
    Gerente, es reemplazado por el Presidente del
    Directorio.

    Al mercado de Bolsa concurren todos los días
    hábiles los operadores de las diferentes casas de valores,
    para cumplir las órdenes de compra o de venta formuladas
    por múltiples inversionistas individuales o
    institucionales. Los títulos que se negocian deben estar
    previamente inscritos en el Registro de Mercado de Valores y en
    la Bolsa.

    Dichos valores se negocian en lo que se denomina "Rueda
    de Bolsa", lugar en el que se desarrollan las operaciones
    bursátiles, determinándose los precios
    (cotizaciones) de cada uno de los títulos. Actualmente
    existen dos tipos de ruedas: la de Viva Voz , la cual se
    efectúa todos los días hábiles del
    año, en horarios de 12h30 a 14h00, que incluye un
    período de preapertura de 12h15 a12h30; y la Rueda
    Electrónica
    (SINEL) que se realiza todos los
    días hábiles desde las 9h00 a las 16h00, incluido
    un período de preapertura de 30 minutos.

    Hay que tener en cuenta que todo lo que ocurra en ellas,
    la información que se genera en el mercado, es en tiempo
    real.

    1.3.1.6 Las Operaciones de Bolsa y su
    Cotización

    Para realizar sus operaciones en la Rueda de Bolsa, los
    intermediarios (operadores) presentan las ofertas y demandas de
    valores en base a las instrucciones que sus clientes,
    denominados comitentes, hayan efectuado. Tales
    instrucciones se denominan órdenes, y en ellas se
    especifican el tipo de valor, monto y
    precio. Las transacciones se desarrollan considerando normas
    especiales,
    con el objeto de que exista equidad entre los
    participantes. Todo esto se recoge en un Reglamento de
    Operaciones, debiéndose aclarar que la Bolsa de Valores
    tiene la facultad de autorregularse mediante la expedición
    de sus propios reglamentos y demás normas
    internas.

    Con respecto a su cotización, es el precio
    alcanzado por un título-valor en una determinada
    sesión realizada en la Rueda de Bolsa, o es el precio
    acordado por las partes para la realización de la
    operación.

    1.3.1.7 Comisiones

    Los Agentes de Bolsa tienen derecho a una
    comisión sobre todas las operaciones que verifiquen tanto
    por cuenta de sus clientes compradores, como por cuenta de sus
    clientes vendedores conforme al porcentaje que señala el
    Directorio, el que será inversamente proporcional al monto
    de la transacción.

    1.3.1.7.1 Comisiones que Corresponden a la Bolsa y
    a los Agentes de Bolsa

    La comisión de la Bolsa de Valores es del 1% , y
    la comisión de los Agentes de Bolsa, que son los que
    representan a las Casas de Valores, difiere entre una y otra
    casa, pero en promedio se encuentra en el 1%. Dependiendo de la
    estructura y márgenes comunes, dicha comisión puede
    llegar al 2%, por mutuo acuerdo entre las partes.

    1.3.1.7.2 Comisiones Sobre Títulos-Valores de
    Corto Plazo

    El Directorio de la Corporación Civil Bolsa de
    Valores de Quito, en sesión del 18 de mayo del 2001, con
    la finalidad de estandarizar los porcentajes de comisiones que
    esta Corporación cobra por las operaciones que se
    efectúan, y en virtud de que el proceso de dolarización está en vigencia,
    decidió establecer el nuevo porcentaje mínimo de
    comisión del 1%, teniendo en cuenta que éste es
    anualizado.

    1.3.1.7.3 Comisiones Sobre Títulos-Valores de
    Largo Plazo

    Se rige en base a la decisión señalada en
    el punto anterior, en el que se estable el nuevo porcentaje
    mínimo de comisión del 1%.

    1.3.1.8 Formularios
    Utilizados

    Dentro de los formularios de Renta Fija
    tenemos:

    • Oferta o Demanda, de color
      rosado.
    • Operaciones Cruzadas, de color amarillo.
    • Mejora de precios para operaciones cruzadas, de color
      lila.
    • Y el comprobante de transacción.

    Dentro de los formularios de Renta Variable
    tenemos:

    • Oferta o Demanda, de color celeste.
    • Operación es cruzada, el cuál tiene un
      color verde.
    • Mejora de precios para operaciones cruzadas, que
      también es lila.
    • Y el comprobante de transacción.

    1.3.1.8.1 Uso de formularios

    Dependiendo de las características propias de cada uno de los
    títulos-valores negociados en la bolsa, los formularios en
    los que deberán ser anotadas todas las especificaciones y
    condiciones de cada uno de los títulos-valores.

    No se puede registrar oferta y demanda en un mismo
    formulario.

    1.3.1.8.2 Inscripción de Registro de
    Formularios

    Cada uno de los formularios son registrados en el reloj
    de control. Teniendo en cuenta que manualmente se les asigna un
    número de orden adicional, en base a éstos
    formularios se mantiene un cuadro de resumen.

    1.3.1.9 Clases de Ruedas

    En la Rueda de Bolsa participan los operadores en
    representación de una Casa de Valores bajo una orden
    específica de un cliente.
    También puede actuar la Casa de Valores por cuenta propia
    en el caso de manejo de su portafolio.

    La Rueda de Bolsa es un mecanismo centralizado de
    negociación, en el que intervienen distintas casas de
    valores a través de sus operadores, con el
    propósito de negociar sus valores inscritos en
    Bolsa.

    La Rueda de Bolsa es conducida por un funcionario de la
    bolsa de valores, conocido como director de Rueda, quien tiene
    amplias atribuciones para decidir sobre la validez de las
    operaciones que se efectúen. Con la guía del
    director de rueda y siendo partícipe los operadores, la
    institución reduce el riesgo del manejo físico de
    los títulos-valores, minimiza el riesgo de fraude o
    falsificaciones, mejora la eficiencia operativa, y provee a los
    depositantes y participantes la información oportuna sobre
    los movimientos diarios. A continuación numeramos los
    siguientes tipos de ruedas:

    1. Ordinarias que son aquellas que suceden todos los
      días hábiles dentro de un horario ya establecido
      por la Bolsa.
    2. Las especiales que son autorizadas por el Consejo
      Nacional de Valores, en función de sus requerimientos de
      diversificación del mercado, éstas tendrán
      lugar en un horario diferente al de la rueda
      ordinaria.

    1.3.1.9.1 Rueda de Viva-Voz

    Es el modo tradicional en donde las transacciones se
    efectúan en un salón de sesiones denominados
    rueda de bolsa, allí se desenvuelven las
    negociaciones en forma abierta, rápida y
    segura.

    Las ruedas de piso son conducidas por el Director de la
    Bolsa. A ellas pueden acudir todos los poseedores de
    títulos-valores, a través de un operador-corredor,
    a ofertarlos de manera pública para lograr el mejor precio
    del mercado ajustado al juego de la
    oferta y la demanda.

    Las transacciones se realizan a través de
    órdenes (papeles-formularios) donde se especifican los
    datos respecto
    a la operación correspondiente, como tipo de valor, clase
    de renta, monto y precios.

    Este tipo de rueda comprende dos
    períodos:

    Período de Pre-apertura y Ordenamiento.
    Aquí se receptan e inscriben las posturas de oferta y de
    demanda, y el Director de Rueda las ordena por precio y secuencia
    de inscripción. Los operadores que intervengan en una
    Rueda de Bolsa podrán presentar posturas de valores
    previamente inscritos en el Registro de Mercado de Valores y en
    la Bolsa, para lo cual presentarán por escrito las ofertas
    o demandas en el correspondiente formulario que por
    duplicación entregará la respectiva Bolsa de
    Valores.

    Este formulario deberá contener al menos los
    siguientes datos:

    Si se trata de Valores de Renta Fija: fecha,
    denominación, emisor, aceptante, avalista o endosante,
    monto nominal del instrumento, precio expresado en porcentaje,
    interés, plazo, rendimiento respectivo, fecha de
    vencimiento, derechos accesorios del instrumento; de ser el caso,
    garantías colaterales, si preceden fecha valor de la
    operación, y nombre y firma del operador.

    Si se trata de Valores de Renta Variable: fecha,
    denominación, emisor, número de acciones, valor
    nominal de cada una las acciones, precio expresado en sucres
    (ahora en dólares) no en porcentajes, derechos accesorios,
    fecha valor de la operación, y nombre y firma del operador
    o agente de bolsa autónomo.

    Período de Rueda. Este es el lapso en el
    que se realizan las negociaciones, previo pregón de todas
    las posturas y su registro en el sistema. Pregonadas las ofertas
    y demandas se procede a calzar las posturas, es decir a verificar
    los casos en los cuales coincidan las condiciones de una postura
    de compra y una postura de venta, permitiendo cerrar una
    operación. Conforme se vayan concertando las
    transacciones, se irán confirmando y registrando los
    precios de cierre de forma inmediata.

    Una vez que se realiza el calce, esto es que tanto la
    postura de compra como la de la venta tienen las mismas
    características, se produce el cierre definitivo de la
    transacción cuando hayan transcurrido dos minutos para la
    puja, luego se procede a ingresar en el Sistema de Liquidaciones,
    las características del titulo-valor negociado, como
    identificación del comprador, del vendedor y las
    comisiones pactadas, para la correspondiente
    liquidación.

    La papeleta de Liquidación Contrato es un
    documento que refleja el acuerdo sobre la transacción y,
    por lo mismo, genera obligaciones para las partes. Además,
    la Bolsa de Valores de Quito aplica las normas de
    compensación y liquidación respectivas para
    asegurar el cumplimiento de las operaciones.

    1.3.1.9.1.1 Organización o Estructura de Rueda
    Viva-Voz

    En una Rueda intervienen diferentes elementos y procesos que
    permiten llevar a cabo las negociaciones. Estos elementos
    son:

    • Corro.
    • Director de la Rueda.
    • Asistentes del Director.
    • Operadores.
    • Pregonero.
    • Pantallas y tableros.
    • Computadores.
    • Pantalla de Comunicación Nacional e
      Internacional.
    • Reloj.
    • Casetas-Cubículos.
    • Galería Pública.
    1. Descripción de funciones

    Corro. Es un anillo central de salón de
    Ruedas que facilita la atención a diferentes operaciones en un
    mismo momento. Tiene micrófonos con el fin de grabar los
    convenios y tratos anunciados públicamente. Al corro
    sólo pueden entrar los operadores-corredores y
    funcionarios autorizados. El corro es el sistema tradicional para
    efectuar las contrataciones a viva voz.

    Director de la Rueda. La Rueda de Bolsa es
    conducida por un funcionario de la Bolsa que tiene la
    denominación de Director de Rueda, a quien le compete
    resolver las cuestiones que se presentaren en el curso de la
    sesión bursátil. Tiene responsabilidad respecto a la veracidad y validez
    de las transacciones.

    Asistentes del Director. Los asistentes del
    director, apoyan a éste, verifican que los convenios se
    efectúen de manera correcta y adecuada, que los datos
    estén completos y sean fehacientes.

    Operadores. Son los agentes-corredores y
    autorizados por sus casas de valores para efectuar las
    negociaciones de compra-venta de títulos indicados por sus
    clientes. Un agente-corredor es un operador de bolsa cuya
    función es permitir que la oferta y la demanda lleguen a
    concretarse a un precio que satisfaga tanto al cliente vendedor
    como al comprador. Un operador de Bolsa actúa
    también como asesor bursátil y técnico del
    mercado de valores. Es un "stock-broker".

    Puede asumir varias posiciones: actuar en operaciones
    denominadas cruzadas en las que tiene dos roles, uno en
    posición de compra y otro en posición de venta.
    Puede tener dos clientes diferentes para el mismo título;
    y/o actuar en negociaciones acordadas donde asume una sola
    posición.

    Pregonero. Es el funcionario encargado de hacer
    pública, en voz alta, las ofertas y demandas indicadas por
    los operadores. El pregonero anuncia las ofertas, las demandas y
    las operaciones cerradas identificando el tipo de título,
    el valor nominal, el precio, la tasa de rentabilidad, el
    vencimiento, el nombre del corredor responsable de la
    transacción. La voz del pregonero es la definitiva en el
    momento de la adjudicación de una
    operación.

    Pantallas y tableros. Existen varias
    pantallas-tableros electrónicos que contienen datos
    básicos y generales de las ofertas y demandas. Una
    pantalla muestra la lista
    de los valores inscritos en la Bolsa con sus correspondientes
    instituciones, otra el movimiento de
    acciones y una tercera los títulos emitidos por diferentes
    sectores.

    Una pantalla registra las ofertas y las demandas en base
    a las operaciones que canta el pregonero. Otra reporta las
    operaciones cerradas, con el tipo de título, la
    rentabilidad (interés), el plazo, el monto, el precio o
    descuento, y la cantidad de acciones negociadas.

    Varias pantallas informan constantemente (en segundos)
    los precios de los títulos y sus variantes.

    Computadores. Los computadores registran la
    información de los convenios efectuados y transcriben los
    datos que de cada negociación canta el
    pregonero.

    Estas máquinas
    son parte del sistema electrónico de transacciones y
    tienen conexión muy dinámica con las oficinas de control de
    operaciones de la Bolsa.

    Pantalla de Comunicación Nacional e
    Internacional.
    Varias agencias de conexión proveen
    información de tipo económico, tanto locales como
    extranjeras, que pueden incidir en el comportamiento del
    mercado.

    A través de sistemas de comunicación
    directa (dealing) se mantiene contacto con otras Bolsas del
    país y del exterior.

    Reloj. Marca las horas de inicio y
    paralización de las sesiones. Su presencia provee validez
    legal a las ruedas de la Bolsa. Las negociaciones que se realizan
    fuera del horario de la sesión bursátil, para su
    admisión deben someterse a determinadas normas.

    Casetas-Cubículos. Las casetas tipos
    cubículos son espacios en donde trabajan los empleados de
    las casas de valores, para tomar pedidos por teléfono y usando el peculiar lenguaje de
    señales con las manos envían el pedido a los
    operadores.

    Galería Pública. La galería
    pública es un lugar físico que sirve para que el
    público interesado observe el desarrollo de las ruedas en
    vivo y en directo.

    1.3.1.9.1.3 Mecánica Aplicada de Rueda
    Viva-Voz

    A modo de información didáctica, sintetizaremos el procedimiento
    para efectuar una operación de Bolsa:

    • Los operadores presentan en la rueda de Bolsa, sus
      ofertas y/o demandas de valores.
    • El pregonero, como delegado del Director de la Rueda,
      pregona a viva voz cada oferta o demanda para informar a los
      presentes.
    • En el momento que un corredor muestra interés
      por un título, presenta la demanda, y la
      operación se plantea indicando plazos, rendimientos,
      formas de pago, etc.
    • Luego, la operación es transmitida a las otras
      Bolsas de Valores del país o región y se esperan
      unos pocos minutos, lapso en el cual puede hacer otras demandas
      que mejoren el precio, y entonces se vuelve a plantear y
      acordar la negociación.
    • A continuación, se produce lo que se conoce
      como "puja",efecto que se cierra cuando se acuerda
      definitivamente la transacción.
    • Pactada la negociación, se deja constancia de
      la liquidación, en contratos de
      compra-venta que se elaboran en base a papeletas de
      operación, en ellas se detallan las
      características del título valor transado. Estos
      documentos
      generan obligaciones legales para las partes.
    • Toda operación es registrada con el precio
      pactado en una pantalla electrónica. En otra, se anotan las
      ofertas y demandas presentadas que lo llegaron a
      celebrarse.
    • Posteriormente, se emite un contrato de
      liquidación con el siguiente contenido: nombres de los
      operadores que participaron en la negociación,
      especificación de los títulos transados, cantidad
      y precio; las comisiones correspondientes a la Bolsa y
      corredores; la liquidación de intereses y
      retención del impuestos
      cuando fuere aplicable. Este contrato es firmado tanto por los
      operadores como por el Director de la Bolsa.

    Todas las operaciones cerradas en una Rueda se publican
    diariamente. Las Ruedas de Bolsa se llevan a cabo todos los
    días hábiles del año y también se
    efectúan ruedas especiales en circunstancias particulares,
    en horarios diferentes a los normales.

    1.3.1.9.1.4 Clases de Posturas

    Posturas en Firme. Las posturas se inscriben con
    un precio definido respetando siempre los rangos de
    fluctuación del precio del inicio del día. Las
    posturas en firme tendrán vigencia hasta el cierre de la
    rueda, pero podrán ser retiradas por el operador si no ha
    recibido ninguna demanda u oferta, siempre tiene que ser por
    escrito con la utilización del formulario respectivo
    usados tanto en renta fija como en renta variable los cuales
    pueden ser inscritos en un período de
    preapertura.

    Posturas de Mercado. Son exclusivamente verbales,
    puede ser utilizada para renta fija y renta variable,
    únicamente sirven para calce o posturas planteadas en
    firme (cerrar operaciones) y se sujetan al mejor precio de compra
    o de venta.

    Posturas Cruzadas. Son aquellas que provienen de
    órdenes de dos clientes (comitentes) diferentes,
    encargadas a un mismo operador. Toda postura cruzada es una
    postura en firme, se debe indicar que es una orden cruzada, el
    precio y condiciones de la postura, utilizándose para esta
    transacción el formulario correspondiente, en este tipo de
    postura se permite a los demás participantes interferir en
    la operación (puja).

    Posturas de Fracciones. Aquellas que por no
    alcanzar los requisitos mínimos de las posturas deben
    registrarse solamente durante la sesión de
    rueda.

    1.3.1.10 Sistema de Negociación
    Electrónica (SINEL)

    El sistema electrónico de transacciones es una
    estructura computacional debidamente automatizada y organizada,
    que permite realizar negocios bursátiles entre ciudades,
    regiones y países. Además, permite a los usuarios
    acceder directamente al mercado desde sus oficinas (casa de
    valores) hacia las Bolsas, mediante la conexión de
    terminales con ellas.

    SINEL trabaja en el ambiente de Market Works, que da al
    usuario completa confidencialidad a través del proceso de
    conexión requiriendo una clave y código
    de identificación.

    Este mecanismo facilita extraordinariamente las
    negociaciones, tanto de los oferentes como de los demandantes. A
    los primeros, porque les capacita la inscripción de los
    títulos-valores que ofrecen para la venta, y a lo
    segundos, porque pueden registrar sus demandas con agilidad, para
    lo cual se crean pantallas de negociación. De esta forma
    se ofrecen mayores oportunidades para que oferentes e
    inversionistas actúen directamente en una rueda de
    Bolsa.

    El sistema incluye información pormenorizada de
    los movimientos de los títulos, estados
    financieros, datos relevantes de las empresas cotizantes e
    información del mercado.

    En las ofertas se proporciona información sobre
    todas las características de los valores, la tasa de
    rentabilidad ofrecida, montos, precios, etc.

    El demandante interesado en un título, propone, a
    través del sistema electrónico automatizado, la
    tasa de rentabilidad deseada. Transcurrido un tiempo prefijado,
    el título se adjudica al mejor postor para el
    vendedor.

    Tanto ofertas como demandas aparecen en forma
    anónima. Se mantienen estrictos esquemas de seguridad para
    el caso, con miras a garantizar la transparencia y confiabilidad
    en las negociaciones electrónicas.

    Las operaciones mediante este mecanismo se liquidan de
    igual forma como si se hubiesen realizado en una rueda de viva
    voz, porque funcionan con información en tiempo real . La
    única diferencia es que en el sistema de viva voz se
    requiere la presencia física de quienes
    demandan y ofertan, y en la rueda electrónica sólo
    se necesita una computadora
    para negociar desde la propia oficina, sin
    importar el lugar dónde se encuentre.

    Ventajas importantes de esta modalidad son: que los
    compradores pueden conformar sus portafolios de acuerdo a la
    oferta de títulos inscritos en el sistema, y se promueve
    una adecuada optimización de la creación de los
    precios en el mercado bursátil, debido al amplio nivel de
    participación de la competencia, entre compradores
    convenientemente informados.

    1.3.2 Casas de Valores

    Son compañías anónimas constituidas
    en el Ecuador y autorizadas por la Superintendencia de
    Compañías para realizar la función de
    intermediación de valores en el mercado, asesorar en
    materia de inversiones, ayudar a estructurar el mercado y
    realizar la colocación y distribución de emisiones primarias. Para
    ello, estas compañías deben ser necesariamente
    "miembros" de una Bolsa de Valores.

    Las casas de valores negociarán en el mercado de
    valores, a través de operadores inscritos en el Registro
    del Mercado de Valores, quienes actuarán bajo
    responsabilidad solidaria con sus respectivas casas. Los
    representantes legales, dependientes y operadores de una casa de
    valores no podrán serlo simultáneamente de otra
    casa de valores. Toda orden para efectuar una operación
    bursátil se entenderá respecto de la casa de
    valores y de los comitentes, efectuada sobre la base de que estos
    quedan sujetos a los reglamentos de la Bolsa respectiva. Y en el
    mercado extrabursátil, a las normas de carácter
    general que expida el C.N.V.

    Las Casas de Valores podrán suscribir contratos
    con los inversionistas institucionales para que bajo el amparo y
    responsabilidad de éstas, puedan realizar operaciones
    directas en Bolsa. El C.N.V. expedirá las normas
    especiales para estos contratos.

    Las Casas de Valores que actúen en la compra o
    venta de valores, quedan obligadas a pagar el precio de la compra
    o efectuar la entrega de los valores vendidos, sin que puedan
    oponer la excepción de falta de provisión.
    Serán responsables de la identidad y
    capacidad legal de las personas que contrataren por su
    intermedio, de la existencia e integridad de los valores que
    negocien y de la autenticidad del último endoso, cuando
    procediere. Sin embargo, no serán responsables ni
    asumirán responsabilidad respecto de la solvencia del
    emisor.

    Para que una Casa de Valores pueda actuar en el mercado
    de valores, debe cumplir una serie de requisitos societarios, de
    mercado y bursátiles necesarios para garantizar su
    idónea participación y desempeño.

    En el Ámbito Societario, las Casas de Valores han
    sido concebidas por la legislación como sociedades
    anónimas, autorizadas y controladas por la
    Superintendencia de Compañías. Para constituirse
    deberán tener como mínimo un capital inicial pagado
    equivalente a cuarenta mil UVC, cotizados a la fecha de la
    apertura de la cuenta de integración de capital, que
    estará dividido en acciones nominativas.

    En el ámbito de Mercado, de acuerdo con la Ley de
    Mercado de Valores y reglamentos correspondientes, para que la
    compañías anónimas constituidas puedan
    participar en el mercado, ejerciendo la actividad de
    intermediación de valores, deben cumplir lo
    siguiente:

    • Demostrar que ha sido aceptada como miembro de una
      Bolsa de Valores, para lo cual debe adquirir una cuota
      patrimonial.
    • Obtener la autorización para funcionamiento,
      la misma que es otorgada por la Superintendencia de
      Compañías, una vez que se ha demostrado que
      existe la capacidad técnica, financiera, profesional y
      administrativa requerida para el cumplimiento de su objeto
      social.
    • Haberse inscrito en el registro de Mercado de
      Valores, para lo cual debe presentar una solicitud a la
      Superintendencia de Compañías acompañando,
      entre otra información, el manual
      orgánico funcional, la lista de administradores y
      operadores y el Reglamento Operativo Interno.

    En el ámbito Bursátil, para que la Bolsa
    de Valores de Quito acepte como miembro a una Casa de Valores y
    autorice operar en su mercado, debe cumplir lo
    siguiente:

    • Adquirir una cuota de membresía
    • Entregar una garantía de cumplimiento, por el
      monto y características que establezca el Directorio de
      la Bolsa.
    • Obtener la calificación de operadores de
      valores por parte de la Bolsa.
    • Inscripción de los operadores en el Registro
      de Mercado de Valores.
    • Entregar a la Bolsa la siguiente documentación:
    • Copia de la Escritura de
      Constitución
    • Copia de los certificados de inscripción de la
      Casa de Valores y los operadores de valores en el Registro del
      Mercado.
    • Copia del certificado de autorización de
      funcionamiento expedido por la Superintendencia de
      Compañías.
    • Copia del nombramiento del Representante
      Legal.
    • Nómina de Directores y
      Administradores.

    Las Casas de Valores podrán cumplir con las
    siguientes actividades :

    • Comprar y vender títulos de acuerdo con las
      instrucciones de sus comitentes en el mercado bursátil y
      extrabursátil. En este último caso
      únicamente con valores no inscritos en
      Bolsa.
    • Administrar portafolios o dineros de clientes para
      invertirlos en Títulos- Valores
    • Operar por cuenta propia, es decir comprar o vender
      para o de su portafolio
    • Promover nuevas fuentes de financiamiento para
      personas naturales o jurídicas y entidades del sector
      público.

    Les está prohibido a las Casa de Valores lo
    siguiente:

    • Realizar negociaciones privadas con títulos
      inscritos en el Registro Nacional del Mercado
    • Realizar operaciones extrabursátiles con
      títulos inscritos en Bolsa
    • Garantizar rendimientos o asumir perdidas de sus
      clientes
    • Divulgar información falsa, tendenciosa,
      imprecisa o privilegiada.
    • Recibir depósitos del
      público.

    Las Casas de Valores deberán cumplir con algunas
    obligaciones para con sus clientes, el mercado y los organismos
    de control. Las principales son:

    • Realizar los registros
      contables necesarios para respaldar todas sus
      operaciones
    • Entregar a sus clientes la liquidación de
      Bolsa y comprobante de operación, cuando la
      negociación ha sido realiza en el mercado
      bursátil
    • Proveer a los clientes estados de cuenta en el caso
      de portafolios entregados para su
      administración
    • Guardar reserva tanto respecto a la
      identificación de sus clientes cuanto a las
      características de las operaciones encargadas y
      cumplidas
    • Entregar en forma periódica estados
      financieros y otra información relevante requerida por
      los organismos de control.

    1.3.3 El Depósito Centralizado de
    Compensación y Liquidación de
    Valores

    Los Depósitos Centralizados de
    Compensación y Liquidación de Valores son las
    compañías anónimas autorizadas y controladas
    por la Superintendencia de Compañías para recibir
    en depósito valores inscritos en el Registro del Mercado
    de Valores, para su custodia y conservación y brindar los
    servicios de liquidación y registro de transferencias de
    los mismos y, operar como cámara de compensación de
    valores.

    Los depósitos centralizados de
    compensación y liquidación deberán cumplir
    los parámetros, índices, relaciones y demás
    normas de solvencia y prudencia financiera y controles que
    determine el C.N.V., tomando en consideración el
    desarrollo del mercado de valores y la situación
    económica del país.

    Existen dos etapas en la negociación de
    títulos – valores, las mismas que se realizan en momentos
    distintos. La primera es la de aceptación o de acuerdo
    formal de realizar una compra – venta de títulos en
    determinadas condiciones y características. La segunda es
    el cumplimiento cabal de la operación
    realizada.

    El mecanismo de compensación y liquidación
    de valores es indispensable e importante en un mercado de valores
    moderno, en la etapa de cumplimiento. Tiene que ver con el
    proceso ordenado y oportuno tanto de la entrega –
    recepción de los títulos negociados, como el flujo
    de los medios de pago (dinero) respectivos, derivados de las
    negociaciones bursátiles.

    Los depósitos centralizados de
    compensación y liquidación de valores están
    autorizados para realizar las siguientes operaciones:

    1. Recibir depósitos de valores inscritos en el
      Registro de Mercado de Valores y encargarse de su custodia y
      conservación hasta su restitución a quien
      corresponda;
    2. Llevar a nombre de los emisores los registros de
      acciones, obligaciones y otros valores, los libros de
      acciones y accionistas de las sociedades que inscriban sus
      acciones en la Bolsa y, efectuar el registro de transferencias,
      así como la liquidación y compensación de
      los valores depositados que se negocien en Bolsa y en el
      mercado extrabursátil;
    3. Los entes partícipes del mercado de valores
      informarán al Depósito los nombres y apellidos o
      denominaciones o razones sociales, según corresponda, de
      las personas a las que pertenezcan los valores depositados. El
      depósito procederá a abrir una cuenta a nombre de
      cada depositante.
    4. Presentar, a aceptación o a pago, los valores
      que le sean entregados para el efecto y levantar protestos por
      falta de aceptación o de pago de los valores,
      particularizando en acto pertinente de conformidad con las
      disposiciones legales aplicables. Estos protestos
      tendrán el mismo valor y eficacia que los protestos
      judiciales o notariales;
    5. Podrá unificar los títulos del mismo
      género y emisión que reciba de sus
      depositantes, en un título que represente la totalidad
      de esos valores depositados. El fraccionamiento y las
      transferencias futuras se registrarán mediante el
      sistema de anotación de cuenta con cargo al
      título unificado.

    El contrato de depósito de valores, debe constar
    por escrito en formatos aprobados por la Superintendencia de
    Compañías, se perfecciona por la entrega real de
    los títulos o de los registros electrónicos. En
    caso de valores en cuentas, el C.N.V. emitirá normas de
    carácter general que establecerán los
    códigos de seguridad que contendrán los registros
    electrónicos contentivos de los valores en cuenta. A
    partir de la entrega, es responsabilidad del depósito el
    garantizar la autenticidad de los actos de transferencia,
    gravamen o limitación que inscriba en los registros a su
    cargo.

    La traspaso físico de los títulos –
    valores o el cambio
    contable, desde el vendedor hacia el comprador, se denomina
    "Compensación" (Clearing). En cambio la entrega de los
    recursos económicos que respaldan la operación
    realizada, del comprador al vendedor, se denomina
    "Liquidación" (Settlement). Las dos acciones deben
    cumplirse en forma simultánea, para que se realice "el
    pago contra entrega".

    El sistema adoptado en la Bolsa de Valores de Quito toma
    en cuenta únicamente los saldos deudores de cada una de
    las Casas de Valores, resultantes de netear el volumen de las
    ventas con el
    volumen de las compras
    efectuadas y que deben cumplirse en una determinada Fecha –
    Valor. Ejecuta este saldo neto mediante transferencias a cuentas
    abiertas en el Banco Central, tanto por la Bolsa de Valores como
    por los bancos privados con los que operan las Casas de
    Valores.

    Con los saldos netos, que se preparan y envían
    oportunamente a las Casa de Valores, a la cuenta de la Bolsa de
    Valores en el Banco Central, la Bolsa realiza los trámites
    e instrucciones respectivas para la efectivización de las
    transferencias desde la cuenta de la Bolsa hacia las cuentas de
    las Casas de Valores en los bancos privados.

    Si el valor de las ventas totales es mayor al de las
    compras totales, el valor neto es negativo, es decir es un valor
    a favor de la Casa de Valores que debe ser cubierto por la Bolsa
    de Valores.

    Si el valor de las ventas es inferior al de las compras
    totales, el valor neto es positivo. Es decir, es un valor a favor
    de la Bolsa de Valores, que debe ser cubierto por la Casa de
    Valores.

    Para que exista una mayor seguridad en las
    transferencias de recursos se las efectúa a través
    del Banco Central.

    Para la compensación de las operaciones
    internacionales se seguirá el mismo lineamiento que para
    las nacionales. Cuando exista transferencia, el pago se
    hará a través del banco del exterior según
    señale la Bolsa. En caso contrario, los pagos se
    realizarán con cheque
    internacional del Citibank New York. En caso que el pago se
    realice con cheque dólar sobre una cuenta local, la Casa
    de Valores deberá comunicar a la Bolsa de Valores con la
    debida anticipación.

    Las compensaciones, transferencias y cheques son
    oportunamente entregados a las Casas de Valores. Las
    compensaciones y transferencias son enviadas por medio de
    telefax.

    1.3.4 Calificadoras de Riesgos

    Las calificadoras de riesgo son sociedades
    anónimas o de responsabilidad limitada autorizadas y
    controladas por la Superintendencia de Compañías e
    inscritas en el Registro del Mercado de Valores, que tienen por
    objeto principal realizar la calificación del riesgo de
    los emisores y valores que estén autorizados.

    . Estas sociedades deberán cumplir los
    parámetros, índices, relaciones y demás
    normas de solvencia, exigencia y controles que determine el
    C.N.V., de acuerdo a su objeto social, tomando en
    consideración el desarrollo del mercado de valores y la
    situación económica del país.

    Se entenderá por calificación de riesgo la
    actividad mediante la cual den a conocer al mercado y
    público en general su opinión sobre la solvencia y
    probabilidad
    de pago que tiene el emisor para cumplir con los compromisos
    provenientes de sus valores de oferta pública en un plazo
    determinado.

    La calificación se refiere a una emisión
    específica, no al emisor ni al conjunto de sus emisiones.
    No es una evaluación
    sobre el rendimiento de una emisión ni tampoco es una
    recomendación para comprar, mantener o vender
    títulos. Las calificaciones son opiniones no garantizadas
    en cuanto a su exactitud y/o precisión, por lo que deben
    ser utilizadas solamente como uno de los factores que determinen
    la inversión.

    Rating S.A. y Equability S.A. son las empresas
    calificadoras que proveen a la Bolsa de Valores de Quito la
    calificación mensual de riesgo para cada
    emisión.

    El C.N.V., dictará las normas de carácter
    general que establezcan la Constitución y funcionamiento
    del comité de calificación de las entidades
    calificadoras.

    Toda información que reciban las calificadoras,
    excepto aquella que se considere como información
    pública, deberá mantenerse como reservada y
    confidencial. La obtención de la información por
    parte de las calificadoras o su entrega a éstas no se
    considerará falta al sigilo bancario o
    bursátil.

    La calificación deberá mantenerse
    periódicamente actualizada hasta la redención del
    título o mientras éstos puedan ser objeto de oferta
    pública.

    En caso de que la Superintendencia de
    Compañías dudare de la veracidad o calidad de una
    calificación podrá designar un calificador de
    riesgo distinto, a fin de que efectúe la
    calificación de los valores en forma adicional. El costo
    de dicha calificación estará a cargo del
    emisor.

    Las entidades calificadoras deberán hacer
    públicas sus calificaciones en la forma y periodicidad que
    determine el C.N.V.

    Son sujetos de calificación de riesgo todos los
    valores materia de colocación o negociación en el
    mercado, excepto aquellos emitidos, avalados, aceptados o
    garantizados por el Banco Central del Ecuador, el Ministerio de
    Finanzas, así como las acciones de sociedades
    anónimas y demás valores patrimoniales.

    El C.N.V. mediante resolución general,
    determinará los sistemas, procedimientos,
    categorías de calificación y periodicidad de la
    misma, considerada su naturaleza de
    valores de renta fija o variable, y en atención a las
    siguientes normas generales:

    1. Se consideran las siguientes
      calificaciones:

      AAA.La más alta capacidad de pago de
      capital e intereses y se estima que no se vería
      afectada ante posibles cambios en el emisor y su garante, en
      el sector al que pertenecen y en la economía en
      general

      AA. Alta capacidad de pago de capital e
      intereses y se estima que no se vería afectada en
      forma significativa ante posibles cambios en el emisor y su
      garante, en el sector al que pertenecen y en la
      economía en general

      A. Buena capacidad de pago de capital e
      intereses pero es susceptible de afectarse ante posibles
      cambios en el emisor y su garante, en el sector al que
      pertenecen y en la economía en general

      B. Tiene capacidad de pago de capital e
      intereses pero es susceptible de afectarse ante posibles
      cambios en el emisor y su garante, en el sector al que
      pertenecen y en la economía en general, pudiendo
      incurrirse en retraso en el pago de intereses y del
      capital.

      C. Emisores con un mínimo de capacidad
      de pago y son susceptible de afectarse ante posibles cambios
      en el emisor y su garante, en el sector al que pertenecen y
      en la economía en general, pudiendo incurrirse en
      pérdidas de intereses y capital.

      D. Emisores y garantes no tienen capacidad
      para el pago de capital e intereses en los términos y
      plazos pactados, y presentan posibilidad de incumplimiento
      efectivo de pago de intereses y capital

      E. Emisor y garante no tienen capacidad para
      el pago de capital e intereses, o se encuentran en estado de
      suspensión de pagos o no cuentan con activos
      suficientes para el pago en caso de quiebra o
      liquidación

    2. Los valores representativos o Títulos de deuda
      se calificarán en consideración a la solvencia
      y capacidad de pago del emisor, a su posición de corto
      y largo plazo, a las garantías que presentare, a la
      probabilidad de no pago del capital e intereses, a las
      características del instrumento, a la
      información disponible para su calificación, y
      otros factores que pueda determinar el C.N.V.

      Se consideran las siguientes
      calificaciones:

      AAA. Excelente situación
      económica-financiera, amplia información, la
      más alta liquidez, utilidades superiores a lo previsto
      en los últimos 3 años, fuerte tendencia alcista
      del precio durante el último año, sin tomar en
      cuenta factores especulativos.

      AA. Buena situación
      económica-financiera, buena información, buena
      liquidez, utilidades de acuerdo a lo previsto los
      últimos 2 años, moderada tendencia alcista del
      precio durante el último año, sin tomar en
      cuenta factores especulativos

      A. Buena situación
      económica-financiera, suficiente información,
      buena liquidez, utilidades generadas los últimos 2
      años, tendencia alcista del precio durante el
      último año, pudiendo obedecer a factores
      especulativos

      B. Capacidad económica-financiera,
      información, liquidez, utilidades generadas el
      último año, tendencia estable del precio
      durante el último año

      C. Regular situación
      económico-financiera, insuficiente información,
      poca liquidez, no ha generado utilidades el último
      año, inestabilidad en el precio durante el
      último año

      D. Deficiente situación
      económica-financiera, no difunde información,
      no tiene liquidez, ha generado pérdidas el
      último año, tendencia del precio a la baja
      durante el último año

      E. Mala situación
      económico-financiera, no tiene liquidez, se encuentra
      en estado de cesación en el cumplimiento de sus
      obligaciones, suspensión de pagos o quiebra y pretende
      ser rehabilitada

    3. Cuando se califiquen acciones de sociedades, se lo
      hará en atención a la solvencia del emisor, las
      características de las acciones, la información
      del emisor y sus valores y a otros factores que determine el
      C.N.V.

      Se consideran las siguientes
      calificaciones:

      AAA. Excelente liquidez de sus cuotas,
      seguridad y rentabilidad, amplia diversificación,
      excelente calificación, la más alta capacidad
      técnica, operativa y económica

      AA. Alta liquidez de sus cuotas, seguridad y
      rentabilidad, alta diversificación, alta
      calificación, muy buena capacidad técnica,
      operativa y económica

      A. Buena liquidez de sus cuotas, seguridad y
      rentabilidad, buena diversificación, buena
      calificación, buena capacidad técnica,
      operativa y económica

      B. Cuotas tienen liquidez, seguridad y
      rentabilidad, diversificación y calificación
      promedio, no inferior a la categoría A, capacidad
      técnica, operativa y económica

      C. Mínima liquidez de sus cuotas,
      seguridad y rentabilidad, mínima
      diversificación, mínima calificación,
      poca capacidad técnica, operativa y
      económica

      E. Cuotas no tiene liquidez, seguridad ni
      rentabilidad, activos de alto riesgo, baja
      calificación

    4. Las cuotas de los fondos de inversión
      colectivos se calificarán en base a la solvencia
      técnica de la sociedad
      administradora, la política de inversión del
      fondo, la calificación de riesgo de sus inversiones, la
      pérdida esperada por el no pago de créditos que mantenga el fondo y otros
      factores que determine el C.N.V.
    5. Valores emitidos por instituciones financieras, se
      califican considerando la solidez financiera de la empresa; la
      vulnerabilidad de la institución a cambios adversos en
      el propio negocio.

    Se consideran las siguientes calificaciones:

    AAA. Balance excepcionalmente fuerte, altos
    niveles de rentabilidad, excelente reputación.

    AA. Solidez financiera con historial favorable,
    no aparenta debilidades.

    A. Historial financiero sólido, bien
    percibida en el mercado. La probabilidad de que surjan problemas es
    pequeña.

    B. Institución percibida como buena
    deudora, debilidades no críticas o manejables a corto
    plazo.

    C. Institución con estados financieros que
    sugieren una debilidad evidente, nivel de incertidumbre y
    vulnerabilidad hacia el futuro. Su capacidad para enfrentar
    problemas inesperados es cuestionable.

    D. Areas con grandes debilidades. Alto grado de
    incertidumbre acerca de su capacidad para absorber problemas
    adicionales.

    E. Problemas serios que sugieren dudas acerca de
    su supervivencia sin ayuda, o está en
    rehabilitación.

    Las calificadoras de riesgo tendrán las
    siguientes prohibiciones:

    • Dar asesoría para realizar una determinada
      emisión de acciones o cualquier tipo de
      valor;
    • Ser socio o accionista de las entidades reguladas por
      Ley de Mercado de Valores.
    • Participar a cualquier título en la
      estructuración financiera, adquisición, fusiones
      y escisiones de compañías, y
    • Realizar las actividades expresamente asignadas a los
      otros entes del Mercado de Valores o Instituciones del Sistema
      Financiero.

    1.3.5 Administradoras de Fondos y
    Fideicomisos

    Las compañías Administradoras de Fondos
    (AF) son sociedades anónimas cuyo objetivo primordial es
    administrar fondos de inversión y fideicomisos. Estas
    empresas juntan los recursos de varias personas, forman con
    éstos un patrimonio
    común que es invertido en determinados documentos o
    activos según los propósitos de cada
    fondo.

    El objetivo social de las Administradoras de Fondos y
    Fideicomisos está limitado a:

    a) Administrar fondos de inversión;

    b) Administrar negocios fiduciarios;

    c) Actuar como emisores de procesos de
    titularización; y,

    d) Representar fondos internacionales de
    inversión.

    Los fondos de inversión, se clasifican
    en:

    1. Fondos administrados. Son aquellos que admiten
      la incorporación o retiro, en cualquier momento, de
      aportantes. Por lo que su monto es variable, y
    2. Fondos colectivos. Son aquellos que tienen
      como finalidad invertir en valores de proyectos
      productivos específicos.

    El capital de las sociedades Administradoras de Fondos
    estarán divididos en acciones nominativas.

    Las entidades del sector público están
    autorizadas para actuar como fiduciarios de conformidad con lo
    previsto en sus propias leyes.

    Las Administradoras invertirán los recursos de
    los fondos, conforme a los objetivos
    fijados en sus reglamentos internos y podrán componerse de
    los siguientes valores y activos:

    1. Valores inscritos en el Registro del Mercado de
      Valores;
    2. Valores crediticios o contentivos de obligaciones
      numerarias a cargo del Estado o del Banco Central del
      Ecuador;
    3. Depósitos a la vista o a plazo fijo en
      instituciones del sistema financiero controladas por la
      Superintendencia de Bancos y demás valores crediticios o
      contentivos de obligaciones numerarias a cargo de, avalados por
      o garantizados por ellas, inscritos en el Registro del Mercado
      de Valores;
    4. Valores emitidos por compañías
      extranjeras y transados en las Bolsas de Valores de terceros
      países o que se encuentren registrados por la autoridad
      reguladora competente del país de origen, y
    5. Otros valores o contratos que autorice el C.N.V., en
      razón de su negociación en mercados
      públicos e informados.

    Los recursos de los fondos colectivos se podrán
    también invertir en:

    1. Acciones y obligaciones de compañías
      constituidas en el Ecuador y no inscritas en el Registro del
      Mercado de Valores;
    2. Acciones y obligaciones negociables de
      compañías extranjeras, que no coticen en Bolsa u
      otros mercados públicos;
    3. Bienes raíces ubicados en territorio nacional
      o extranjero, y cuya renta para el fondo provenga de su
      explotación como negocio inmobiliario; y,
    4. Acciones de compañías que desarrollen
      proyectos productivos específicos.

    Las inversiones de los fondos deberán sujetarse a
    las siguientes reglas:

    1. Las operaciones entre fondos de una misma sociedad
      Administradora de Fondos, obligatoriamente deben negociarse a
      través de Bolsa;
    2. Las adquisiciones o enajenaciones de bienes inmuebles
      por montos iguales o superiores al cinco por ciento del activo
      total del fondo, deberán sustentarse con dos
      avalúos de peritos independientes no relacionados con la
      Administradora, y
    3. Las transacciones de los demás valores y
      bienes del fondo deberán ajustarse a los precios que
      habitualmente prevalecen en el mercado, en caso de existir una
      referencia y, a falta de ésta, deberán
      fundamentarse en estudios de valorización
      económica de esas inversiones.

    La Administradora estará obligada a proporcionar
    a los fondos los servicios administrativos que éstos
    requieran, tales como la cobranza de sus ingresos y
    rentabilidad, presentación de informes periódicos
    que demuestren su estado y comportamiento actual y, en general,
    la provisión de un servicio técnico para la buena
    Administración del Fondo.

    Las operaciones del fondo serán efectuadas por la
    Administradora a nombre del titular de los instrumentos
    representativos de las inversiones realizadas.

    Los títulos o documentos representativos de los
    valores y demás activos en los que se inviertan los
    recursos del fondo, deberán ser entregados por la
    Administradora a un depósito centralizado de
    compensación y liquidación de valores o a una
    entidad bancaria autorizada a prestar servicios de custodia. Para
    este último caso la entidad bancaria no podrá estar
    vinculada a la Administradora de Fondos y
    Fideicomisos.

     

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