Enviado por fernandezangaritaEl Estado Colombiano es democrático, participativo y pluralista indicando que es el propio pueblo quien directa o indirectamente elige a sus representantes en los diferentes estamentos, y que participa activamente en la toma de sus decisiones, aspecto que conlleva, entre otras cosas, a que el patrimonio de la Nación sea propiedad de todos los colombianos y que, por lo tanto, todo ciudadano esté llamado a velar por el cabal cumplimiento de las funciones de quienes fueron elegidos, y a ser partícipe en el control y vigilancia de sus recursos.
El artículo 90 de la Constitución Política de Colombia, y los preceptos de la Ley 678 de 2001, indican que cualquier servidor público que infrinja la Constitución y/o las Leyes, sea por omisión, por extralimitación o acción antijurídica en sus funciones, será responsable ante las autoridades por el perjuicio causado (Concuerdan con arts. 6 y 92 de la C.P.). Las normas de control interno son claras en las definiciones de las funciones, responsabilidades y autoridad, de hecho, su desconocimiento, así los dispone nuestro ordenamiento, no es justificación para evadir la propia responsabilidad en el cumplimiento de labores o la inaplicabilidad de las normas –artículo 9º Código Civil Colombiano-.
En materia de la armonización del control, muchos han sido los esfuerzos que en los diferentes niveles de la administración se han adelantado, sin embargo, la gran mayoría de éstos no se han consolidado en acuerdos permanentes, y se dejan las meras disposiciones sueltas sin contar con un eje que las agrupe y menos que las armonice. De otra parte, es común que se confundan los controles con las responsabilidades, olvidando que a pesar ser conceptos que no se excluyen son diferentes.
Con el presente ensayo, se pretende presentar un análisis académico acerca de la Teoría de los Controles de y en la Administración Pública Colombiana, para tal efecto se reduce el universo investigativo a temas trascendentes tales como la misma definición de control desde un punto de vista general y otro aplicado a la Administración Pública; la necesidad del control, sus indicadores, órganos; la corrupción y sus efectos; los indicadores, entre otros temas que se irán tímidamente deshilvanando a lo largo del ensayo, y finalmente sendos capítulos de conclusiones, sugerencias y recomendaciones.
A pesar de que el tema lo amerita, no se considerará la propuesta incluida dentro del refrendo concerniente a la supresión de Contralorías y Personerías, la razón, pues sencillamente ese solo tema da para una ensayo, o mejor un tratado, y la sola discusión tomaría tanto tiempo que no podríamos dedicárselo en menos de una hora de clases. No obstante, se está presto a ventilar el tema en el aula de clases si el docente o los compañeros así lo estiman.
HIPOTESIS PRINCIPAL: ¿Son suficientes y efectivos los controles de la Administración Pública?
HIPOTESIS SECUNDARIAS: ¿Qué tan convenientes resultan tantos controles en la Administración? ¿Qué sería de nuestro país sin los controles? ¿Se deben aumentar o disminuir los controles? ¿Para que se dan los controles? ¿La corrupción es propiciada por el sistema? ¿Si funcionan los controles?
1.- QUÉ ES EL CONTROL Y SU NECESIDAD.
Uno de los objetivos del hombre a lo largo de su existencia ha sido siempre alcanzar el control, primero sobre su persona, su familia, su tribu, y finalmente sobre la forma más avanzada de sociedad, el Estado, todo conduce al control del poder para controlar a sus semejantes, es allí donde entra precisamente el tema de control sobre la Administración Pública. El ejercicio del poder y del control son connaturales al hombre. El control debe entenderse como el dominio o capacidad de mantener la estabilidad del sistema, para tal efecto se recurre a la inspección, comprobación, verificación y examen, esto es, mantener el funcionamiento de la actividad dentro de los lineamientos preestablecidos.

El control como proceso encaminado al equilibrio implica la localización de restricciones (inspección) en las acciones ejecutadas. La finalidad de todo proceso de control es asegurar que el sistema no se salga del curso trazado para alcanzar los objetivos. Hay entonces un parámetro ya dado, patrones que nos imponen pautas tanto de conducta como de resultado, se resaltan entre otros los principios de legalidad, responsabilidad, prevalencia de los derechos fundamentales y del interés general sobre el particular y finalmente el de la división de poderes y su colaboración armónica.
El control se fundamenta en la información y en la acción, tiene como premisa principal la CONSTANCIA, no es esporádico, y cada sistema de control debe crear sus propios mecanismos tendientes a mantener a raya la desviación de parámetros. Un ingrediente clave para el control son las personas controladas y controladoras para lograr éxitos en los medidores. La administración sola por medio de castigos y amenazas no puede garantizar control, necesita del involucramiento y compromiso de su personal, columna vertebral de cualquier organización.
El control es una necesidad. En todas las actividades del hombre se requiere de controles desde los más elementales hasta los más complejos. La Administración Pública no es la excepción al proceso de control, si algo está llamado a ser controlado es ella. El ejercicio del poder de la cosa pública lleva inmerso el control. El poder corrompe, incluso la teoría clásica de la tridivisión del poder tuvo origen, entre otros aspectos, en la omnipotencia desmedida del monarca, legislaba, ejecutaba y juzgaba, era un crisol de sapiencia e infalibilidad. Es de humanos que el poder corrompa, por eso es necesario el control, el control en todo lo que implica es una necesidad, pero, ¿Es necesario y conveniente el exceso de controles? ¿Son suficientes esos controles? Ya nos ocuparemos de ello.
2.- LOS CONTROLES DE LA ADMINISTRACION.
Tal como se ha indicado en repetidas ocasiones en el aula de clases, se enunciarán los principales controles y órganos existentes en la Administración, sin detenernos en su análisis, pues válidamente se presume su conocimiento. Previas las anteriores aclaraciones, destacamos que nuestro ordenamiento materialmente consagra un sinfín de controles y órganos para la Administración Pública –a pesar de que la Carta Política solo erige oficial y formalmente como órganos de control a la Contraloría y la Procuraduría-, a continuación se presenta una enumeración de los órganos o dependencias que están llamados a ejercerla, reiterando el supuesto elemental anotado, que es conocido por todos, y aclarando, eso si, que el listado es meramente enunciativo, y obviamente dejando a un lado el precepto constitucional anotado. Destaco que usualmente resaltamos el control disciplinario, fiscal y penal, así lo hacemos por las responsabilidades inmersas en cada uno de ellos, tradicionalmente conocemos las "ÍAS", procuraduría, contraloría y fiscalía, pero como veremos a continuación, los anteriores a pesar de resaltarse como los más comunes e importantes (incluyo fiscalía), nos son los únicos ni mucho menos los más efectivos.
Del anotado listado, se colige válidamente que el control va de la mano con la autoridad, y ésta está inmersa en todas y cada una de las dependencias oficiales, de hecho, tal como se indicó en la introducción todos los ciudadanos pueden hacer control y los servidores públicos no están exentos de ello. Ahora bien, como si los anteriores controles resultaran cortos, existen otros que están a cargo de la misma administración del respectivo ente, entre éstos se resalta fundamentalmente el ejercido por las oficinas de Control Interno y las Oficinas de Control Interno Disciplinario.
En complemento de lo anterior, se enuncia el concepto de autocontrol, cuestión que consiste, en responder por la ejecución de una labor, desde el inicio de un proceso hasta su finalización, ejerciendo por si mismo el control de nuestras propias actividades y operaciones en forma sistemática y permanente.
Sigue igualmente en su orden el control jerárquico, ejercido por el superior de cada dependencia quien es el responsable de la supervisión y verificación permanente, completa y oportuna de toda actividad realizada dentro de un proceso por los funcionarios adscritos a su dependencia. Igualmente se da el control de gestión, que exige que todos los funcionarios que intervengan en el desarrollo de un proceso actúen como autocontroladores de cada operación, inducidos a evaluar. Inclusive se da el Control de controles, que es ya una actividad de auditoria interna ejercida por la Oficina de Control Interno –se repite- mediante evaluación presencial con el fin de medir la calidad, eficiencia, eficacia y efectividad de los demás niveles de control, con el propósito de recomendar a la administración los correctivos necesarios. No olvidemos los principios que rigen la actividad de la Administración Pública previstos en el artículo 209 de la Carta Política.
Finalmente, a continuación se citan otros controles que si bien pueden entenderse inmersos dentro de los citados, tienen una consagración constitucional.
Pues bien, nótese que hasta ahora, sin mayores vacilaciones y sin adentrarnos profundamente en el campo de la Administración Pública hemos logrado detectar diferentes clases de controles así como varias dependencias del orden nacional, departamental y municipal o distrital, cuya finalidad única y exclusiva es hacer control a través del ejercicio de la autoridad.
Resultan de esta disertación una serie de preguntas obligadas, ¿Si son efectivos los controles de la Administración? ¿Qué tan convenientes resultan tantos controles en la Administración? ¿Qué sería de nuestro país sin los controles? ¿Se deben aumentar o disminuir los controles?. El ejercicio no es contestar particularmente cada uno de los cuestionamientos planteados, este es el tema de discusión en clases, sencillamente se trata de hacer una alto en el camino, hacer reflexiones en voz alta y entrar en calor.
¿Para que se dan los controles? Sencillo, porque sin él muy seguramente no se cumplirían los mandatos de la Carta Política, ese "mandato" es referido a todos los preceptos antes anotados, no obstante, por rigurosidad académica tomaremos esos controles aplicados a contrarrestar un pilar de la falta de confianza en la Administración Pública "La Corrupción", mayor flagelo que azota nuestra administración, y por ende, el cuérrago por donde se fugan nuestros impuestos. Una vez ubicados en este estadio, debemos entrar a determinar que se entiende por corrupción y la forma más acertada de contrarrestarla. Tenemos pues, que la corrupción es ciertamente un problema sumamente importante y de gran trascendencia pública, al punto que a partir de la sigla DRAGACOL –Dragados de Colombia-, en la opinión pública, la prensa, los gremios, la ciudadanía y en la misma Administración Pública se conjuga el verbo, "dragacolear", se ha vuelto verbo, adjetivo y hasta sustantivo, como es de esperarse es sinónimo de corrupción. Vaticino la absolución de todos los implicados -de puños y cuellos blancos, pero almas y conciencias negras-, por falta de pruebas y vencimientos de términos, que descaro!!
La corrupción es generalmente analizada de manera superficial. Es vista como un mero problema judicial o policial, descuidando el alto ingrediente político y cultural.
La corrupción es uno de los problemas más graves del país. Entre sus efectos más serios está la pérdida de confianza en la Administración Pública y el surgimiento de un apreciable grado de apatía y disociación en la ciudadanía hacia los servidores públicos. Asimismo, ésta erosiona la legitimidad del Estado, limita el proceso de desarrollo nacional y pervierte el ahorro público. En países con niveles altos de corrupción, la tasa de inversión apenas llega al 12,3%, mientras que en países con baja corrupción la inversión alcanza el 21,3%. Esta brecha se traduce en escaso crecimiento y en altas tasas de desempleo.
Una encuesta realizada por la Presidencia de la República de Colombia con el apoyo del Banco Mundial, arroja datos reveladores en relación con el desvío presupuestal en las compras y contrataciones estatales, y el débil desempeño institucional en materias de transparencia, control interno y autonomía. Ningún esfuerzo del Gobierno contra la corrupción es efectivo sin el respaldo ciudadano.
Es evidente que prácticamente en todos los países del mundo, la corrupción merece atención, preocupación e indignación. Permanentemente la prensa se detiene en ella denunciando sus múltiples modalidades, y sumado este fenómeno al deseo inmesurado de figuración de quienes dirigen los órganos de control, frecuentemente se falta a la verdad, así los órganos de control y la prensa le faltan al País.
Ciertamente también todos los gobiernos, ora a través del Poder Ejecutivo o del Judicial, llevan a cabo periódicamente campañas contra la corrupción, ayudados también por el interés de los medios de comunicación en el tema. No podemos entonces considerarnos indiferentes ante este problema; lo que tenemos que hacer es llamar la atención sobre un hecho fundamental: ¿Por qué, a pesar de estar todos preocupados por la corrupción y de existir múltiples programas contra ella, nunca hemos podido combatirla eficazmente? Obvia respuesta, pues por ella misma, que cada vez se trepa más y más, llegando, en ocasiones, a unos niveles que no alcanzamos siquiera a imaginar. En Colombia no hemos entendido qué es la corrupción. Generalmente la tomamos como una causa, cuando es un efecto.
Este elemento es capital para poder entender la lógica de los sistemas corruptos. Todos se preocupan por el problema pero equivocadamente se cree es que, por ser demasiado corruptos, no funciona el sistema, no funciona la democracia, no funciona la Ley, cuando es exactamente al revés. Como no funciona el Estado social de derecho, como no funciona el sistema institucional, se produce la corrupción como una alternativa para que la gente pueda desarrollar sus diferentes actividades económicas. ¿Es entonces la corrupción facilitada por el sistema? Es Irresponsable decir que si, aunque una respuesta negativa puede ser mas irresponsable aún. Esfuerzos para contrarrestarla tales como el Sistema de Información de Contratación Estatal –SICE-, el mismo Decreto 2170 de 2002, son regias intenciones ojalá no resulten infructuosos. La corrupción es una herencia un legado de nuestros bárbaros, colonizadores que llegaron a saquear y arrasar con todo lo estuviera a su paso, incluso podría pensarse en un legado genético, hay tratadistas que así lo afirman, pero tal teoría se desvirtúa al comprobar que incluso que en los países mas industrializados y desarrollados igualmente se presenta el fenómeno de la corrupción, a veces en mayor grado.
3.- FORMULAS PARA CONTRARRESTAR LA CORRUPCION. EJERCICIO DEL CONTROL SIN IMPONER SANCIONES
Está demostrado que la sola represión de la conducta no ha funcionado, por tanto se deben introducir algunos cambios organizacionales, además de los existentes, que inhiban esa proclive tendencia a la corrupción, nótese que el control no implica siempre represión, como equivocadamente se cree, tenemos pues:
Un reciente estudio de la Corporación Transparencia por Colombia demostró que de 88 entidades pertenecientes a la Administración Pública, sólo una entidad Interconexión Eléctrica S.A. (ISA) logró el promedio por encima de los 90 puntos (nivel óptimo), 53 entidades correspondientes al 70% están por debajo de los 70 puntos (nivel bajo) y 22 entidades equivalentes a 29% presentan un desempeño apenas regular. Nótese que los principales órganos de control, esto es, Contraloría y Procuraduría, es más, la misma Fiscalía General, no quedaron propiamente entre los que tienen mayores índices de integridad.
Entidades como la Cámara de Representantes, el Senado de la República, varios ministerios responsables del manejo de los mayores porcentajes de recursos del presupuesto nacional (Transporte, Educación y Defensa), y cuatro de los Fondos y Cajas encargados de los recursos de salud y seguridad social, se encuentran por debajo de los 50 puntos.
4.- ¿SI FUNCIONAN LOS CONTROLES?
Si, pero, ¿Sus medidores si son reales y nos conducen a algo? Hablar de medidores de los controles de la administración en ocasiones nos arrojan cifras que normalmente ni entendemos, el uso continuo de indicadores, bajos o negativos regularmente, generan al interior de la administración desmoralización y desidia, al notarse que las cosas se hacen pero no se cumplen metas ni objetivos formulados usualmente por "Gurús" –educados en otro país-, que no conocen normalmente nuestro país y menos las entidades estudiadas.
El objetivo de un indicador es que, a partir de su utilización puedan conocerse algunos resultados que brinden información comparativa respecto del nivel de eficiencia y eficacia, conque son producidos por el Gobierno Nacional los bienes y servicios que están bajo su órbita de responsabilidad, como así también de la demanda insatisfecha o de los impactos de sus políticas en la sociedad. Los indicadores deben ser una herramienta útil en el proceso de evaluación, contribuyendo a visualizar logros y falencias de gestión de cada dependencia gubernamental, ya sea por que se los compara con valores correspondientes a años anteriores, con un standard internacional de organismos semejantes o con respecto a lo presupuestado. Además, se busca que constituyan un elemento adicional al proceso de toma de decisiones gubernamentales, y porqué no, legislativas.
5.- ELEMENTOS QUE DISTORSIONAN EL CONTROL DE
LA ADMINISTRACION.
Existen varios elementos que distorsionan el control, no obstante, dados los requerimientos académicos se resaltarán los más determinantes y propios de la Administración Pública:
6.- RESULTADO DE LOS CONTROLES.
Indudablemente los controles son buenos, pero como todo lo hecho por el hombre trae unas consecuencias buenas y malas, sobre las buenas ni nos ocuparemos, digamos que son conocidas por todos –v. gr. ver anexo anotado en caso de Ferrovías-, pero las malas generadas fundamentalmente por lo anotado en el punto anterior, son desastrosas, entre las principales que resaltamos están los potenciales efectos de la Ley 734 de 2002, que tuvo la "virtud" mediante un plumazo de tipificar unas conductas a faltas gravísimas, son 63 numerales –incluye literales y parágrafo-, que conllevan prácticamente a una capitis diminutio máxima para los servidores públicos, detengámonos tan solo en la introducción de la expresión "ignorancia supina", tan solo con esa sencilla frase se puede hacer del funcionario investigado un perfecto integrante del carnaval de investigaciones y sanciones propias de nuestro tiempo.
Solo yerra quien decide, los servidores públicos en el acontecer diario toman decisiones, la entrada en vigencia de la Ley de marras, y ese temor a su imperio los obliga no solo a pensar bien, sino que en ocasiones por temor no deciden, fatal aspecto pues hasta por omisión los sancionan. Los excesivos controles de la Administración han producido una alta deserción de buenos y duchos profesionales al servicio del Estado, le temen a los controles, pues siempre reposará en sus cabezas la espada de Damocles, es sencillo "palo porque boga y palo porque no boga". El Estado antes que gastar recursos en sancionar, debe invertirlos en prevenir y capacitar a sus servidores, es su obligación v.gr. art. 31 Ley 489 de 1998.
El principal inconveniente de los controles son las personas que tienen a su cargo su ejercicio, esto se complementa con lo ya manifestado en el punto 5 -elementos que distorsionan el control-, aunque existen otros inconvenientes no imputables a las personas sino al sistema –lo veremos en recomendaciones y sugerencias-.
En los capítulos siguientes correspondientes a las conclusiones, recomendaciones y sugerencias, se presenta el resultado del ejercicio de responder la hipótesis principal y secundarias, apreciaciones que constituyen la materia prima para el debate en el aula de clases.
8.- RECOMENDACIONES Y SUGERENCIAS.
ALONSO PÍO FERNÁNDEZ ANGARITA
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