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Sistema Financiero y Monetario en la Rep Dominicana




Enviado por larissa_kiss



    El Sistema
    Financiero y Monetario de la República Dominicana ha
    tenido varias inestabilidades económicas, si así
    podría decirse, por ejemplo es curioso saber, que el
    billete dólar norteamericano circuló con carácter
    exclusivo hasta la reforma bancaria y monetaria de 1947, en la
    primera etapa de vigencia del sistema monetario
    dicha moneda circuló juntamente con el "peso oro
    dominicano". Posteriormente, al ponerse en vigencia la segunda
    etapa, los billetes norteamericanos fueron retirados de
    circulación. Sin Embargo, los primeros indicios de
    regulación bancaria en República Dominicana
    aparecen con el surgimiento del Banco Nacional de
    Santo Domingo, S. A. en el año 1869.

    En 1909 el Estado
    Dominicano promulga la primera Ley General de
    Bancos, donde
    se establecen regulaciones específicas para Bancos
    Hipotecarios, Emisores y Refaccionarios y surgen instituciones
    de crédito
    con las características de bancos comerciales, bajo
    la supervisión y control de la
    Secretaría de Estado de
    Hacienda y Comercio,
    denominada hoy Secretaría de Estado de
    Finanzas, la
    cual disponía de interventores nombrados por el Poder
    Ejecutivo en cada banco para
    ejercer su control. Este
    sistema de
    supervisión, se estima, era bien simple
    considerando lo limitado de las operaciones
    comerciales de esa época, cuya función
    principal consistía en la autorización de nuevas
    oficinas.

    En el año 1947 se produce en el país una
    verdadera transformación del sistema
    financiero; se crea la Unidad Monetaria Dominicana, el Banco
    Central y la Superintendencia de Bancos, esta última bajo
    la Ley No. 1530 del
    9 de octubre del 1947. Dicha Ley fue modificada y sustituida por
    la Ley General de Bancos No. 708, del 14 de abril del 1965
    (aunque la Ley No.708 se mantiene vigente, ha sido modificada en
    algunos de sus artículos por la Junta Monetaria para
    adecuarla a las necesidades y requerimientos de estos
    tiempos)

    El 3 de febrero del 1967, mediante decreto del poder
    ejecutivo se dictó el Reglamento N°934 "Reglamento
    Interior de la Superintendencia de Bancos", en cuyo contenido se
    establecieron las funciones del
    Superintendente de Bancos y la
    Organización General de la Superintendencia de Bancos,
    así como la Estructura
    Organizativa formal.

    La Administración Monetaria y financiera
    está compuesta por la Junta Monetaria, el Banco Central y
    la Superintendencia de Bancos, siendo La Junta Monetaria el
    órgano superior del Banco Central, esta a su vez, dirige
    la política
    monetaria, crediticia y cambiaria de la Nación.
    Están entre sus funciones:
    establecer el encaje legal aplicable a los bancos comerciales y
    demás entidades del sistema bancario nacional; fijar las
    tasas máximas de interés
    descuentos y comisiones que podrán cobrar o reconocer los
    bancos sobre las distintas clases de operaciones
    activas y pasivas de las entidades del sistema; autorizar la
    emisión de títulos de valores;
    autorizar la concesión de facilidades crediticias del
    Banco Central a los bancos comerciales, a las sociedades
    financieras de empresas que
    promueven el desarrollo
    económico y al Banco Agrícola; autorizar la
    formalización de obligaciones
    en moneda extranjera por parte de las entidades públicas y
    privadas; aprueba el Presupuesto Anual
    de Ingresos y
    Egresos de dicha institución; autoriza la apertura de
    nuevos bancos comerciales, sociedades
    financieras y de préstamos de menor cuantía en el
    territorio nacional; autoriza la impresión de billetes y
    la acuñación de monedas divisionarias, autoriza la
    incineración de billetes del Banco Central, dicta el
    Reglamento del Banco Central y sus modificaciones.

    El Banco Central es una entidad pública con
    personalidad
    jurídica propia, este esta exento de impuestos, tasa o
    contribuciones ya sean nacionales o municipales. Tiene por
    función
    ejecutar las políticas
    monetarias, cambiaria y financiera, de acuerdo con el programa
    monetario aprobado por la Junta Monetaria y mediante el uso de
    instrumentos establecidos. Corresponde a este la
    supervisión y liquidación final de los sistemas de
    pagos, así como del mercado
    interbancario. Es función del Banco Central compilar y
    elaborar las estadísticas de balanza de pagos,
    del sector monetario y financiero. También corresponden al
    Banco Central la imposición de sanciones por deficiencias
    en el encaje legal, incumplimiento de las normas de
    funcionamiento de los sistemas de
    pagos, violación del deber de información.; emitir billetes y monedas en
    el territorio nacional, sujeto a las disposiciones de la Constitución de la República y las
    Leyes
    Monetaria y Orgánica; contrarrestar toda tendencia
    inflacionaria o deflacionaria perjudicial a los intereses
    permanentes de la Nación.
    En el Orden Internacional: Crear las condiciones para mantener el
    valor externo
    y la convertibilidad de la moneda nacional; Administrar
    eficientemente las reservas internacionales del país, a
    fin de preservar su seguridad,
    asegurar una adecuada liquidez y al mismo tiempo una
    eficiente rentabilidad;
    registrar las operaciones relativas a la deuda externa
    tanto del sector
    público como del sector privado y servir de agente
    financiero del Gobierno para el
    pago de la misma; efectuar las operaciones de cambio que
    ponen a su cargo las leyes vigentes
    y/o las resoluciones que a tal efecto dicte la Junta
    Monetaria.

    Por último, pero no menos importante, tenemos
    como otro órgano perteneciente al sistema monetario que es
    La Superintendencia de Bancos: Entidad pública de derecho
    público con personalidad
    jurídica propia. Esta al igual que el banco central
    está exenta de impuestos.
    Además de estos beneficios disfrutará de franquicia
    postal y telegráfica. La Superintendencia de Bancos tiene
    por función realizar con plena autonomía funcional,
    la supervisión de las entidades de intermediación
    financiera, con el objeto de verificar el cumplimiento por parte
    de dichas entidades de lo dispuesto en la ley, reglamentos,
    instructivos y circulares; requerir la constitución de provisiones para cubrir
    riesgos; exigir
    la regularización de los incumplimientos a las
    disposiciones legales y reglamentarias vigentes; e imponer las
    correspondientes sanciones, a excepción de las que aplique
    el Banco Central en virtud de la Ley. También le
    corresponde proponer las autorizaciones o revocaciones de
    entidades financieras que deba evaluar la Junta
    Monetaria.

    Una fase importante en el sistema monetario de un
    país es su Política Monetaria,
    la cual es la encargada de formular los objetivos,
    señalando los instrumentos adecuados para el control que
    ejerce el Estado
    sobre la moneda y el crédito. Su principal objetivo es
    velar por la estabilidad económica de un país; sus
    medidas deben ser de carácter
    preventivo, medidas que tiendan a lograr y mantener una
    situación económica de pleno empleo a un
    nivel de precios
    estable. Por tanto, el pleno empleo y el
    nivel razonable de precios se
    suman al objetivo
    básico de la política
    monetaria para mantener una adecuada política
    económica.

    Para que la economía de un
    país pueda desarrollarse, intervienen instituciones
    económicas que se dedican a la tarea de captar fondos del
    público con el objeto de cederlos a terceros, cualquiera
    que sea el tipo de la denominación del instrumento de
    captación o cesión utilizado, esta actividad es
    llamada Intermediación Financiera. Dichas entidades que
    realicen intermediación financiera podrán ser de
    naturaleza
    privada o pública, a su vez, las entidades privadas
    podrán ser de carácter accionario o no accionario.
    Se considerarán para los fines de la ley como entidades
    accionarias, los bancos Múltiples y Entidades de
    Crédito, pudiendo ser estas últimas, Bancos de
    Ahorro y
    Crédito y Corporaciones de Crédito. Asimismo, se
    considerarán entidades no accionarias, las Asociaciones de
    Ahorros y Préstamos y las Cooperativas
    de Ahorro y
    Crédito que realicen intermediación
    financiera.

    Mencionaremos algunos intermediarios financieros, como
    son:

    Instituciones Emisoras: Como su nombre lo indica tienen
    la facultad de la emisión y puesta en circulación
    de la moneda nacional y preservar el valor de
    ésta frente a otras monedas, ejemplo: Los Bancos
    Centrales

    Están también los Bancos Múltiples:
    Aquellas entidades que pueden captar depósitos del
    público de inmediata exigibilidad, a la vista o en cuenta
    corriente, y realizar todo tipo de operaciones incluidas dentro
    del catàlogo general de actividades establecidas en el
    Art. 40 de la Ley Monetaria, ejemplo: Banco de Reservas de la
    Rep. Dom, The Bank of Nova Scotia, Citibank, entre
    otros

    Entidades de Crédito: Son aquellas cuyas
    captaciones se realizan mediante depósitos de ahorro y a
    plazo, sujetos a las disposiciones de la Junta Monetaria y a las
    condiciones pactadas entre las partes. En ningún caso
    dichas entidades podrán captar depósitos a la vista
    o en cuenta corriente.

    Según reporte de la superintendencia de bancos; a
    Junio del año 2003; el total de activos y pasivos
    de las entidades de intermediación financiera son los
    siguientes:

    Bancos Mùltiples

    Activos RD$248,686,997,822 Pasivos
    RD$230,484,597,493

    Asociaciones de Ahorros y
    Préstamos

    Activos RD$42,408,573,984 Pasivos
    7,147,893,073

    Bancos de Desarrollo

    Activos RD$6,040,408,619 Pasivos
    RD$354,359,849

    Financieras

    Activos RD$4,635,478,003 Pasivos
    RD$3,492,202,044

    El conjunto de entidades financieras registrada hasta el
    momento, tiene un total de doce (12) instituciones, de las cuales
    mencionaremos las que tienen mayor activos
    según reporte de la Superintendencia de Bancos a Junio del
    2003:

    ACTIVOS

    Total del Sistema
    RD$248,686,997,822

    DEPOSITOS

    Total Sistema
    RD$124,292,651,648

    PATRIMONIO

    Total Sistema
    RD$18,202,400,329

    BANCOS

    Total Activos Banco X

    Participación %

    Total Depósitos Banco
    X

    Participación %

    Total Patrimonio banco X

    Participación %

    De Reservas

    63,066,982,379

    0.25

    27,268,228,183

    0.21

    3,750,182,459

    0.20

    Scotiabank

    8,145,345,848

    0.032

    3,959,766,765

    0.031

    834,746,929

    0.045

    Popular

    66,129,719,552

    0.27

    33,727,800,909

    0.27

    4,962,959,671

    0.27

    Dominicano del Progreso

    22,604,805,753

    0.09

    17,839,694,486

    0.14

    1,493,258,501

    0.082

    BHD

    30,718,085,114

    0.12

    14,662,777,764

    0.11

    2,264,301,567

    0.12

    EL sistema financiero de un país depende en gran
    medida, de cómo se este desarrollando todos estos indicadores
    mencionados en el presente ensayo, siendo
    de gran relevancia para la estabilidad económica de un
    país, en este caso de la República
    Dominicana.

    Bibliografía Utilizada:

    ,
    www.bancentral.gov.do,
    El Desarrollo de
    la Banca en la Rep.
    Dom. Del autor: Julio C. Estrella, Diccionario
    Economico de la Biblioteca del
    Banco Central, Ley Monetaria.

    Todos los datos
    numéricos se encuentran a disposición de cualquier
    interesado

    Betty Y. Jiménez E.

    Mariana Reynoso

    Larissa G. Martínez S.

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