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La Evaluación Andragógica y el Contrato de Aprendizaje (página 2)



Partes: 1, 2

4. Contrato de
Aprendizaje

  1. Introducción

El Aprendizaje
Andragógico es un proceso de
interacción mutua entre los Estudiantes y
el Facilitador, caracterizado por la Horizontalidad y la
Participación. Contenidos, objetivos,
normas,
funciones,
actividades y tareas, por lo general, están definidos
claramente antes de dar inicio a la
administración de la unidad curricular
correspondiente.

Es muy frecuente que en tales situaciones, los
diseñadores del curso propongan la secuencia lógica
de los temas de aprendizaje y la evaluación
correspondiente. Sin embargo, la Praxis
Andragógica establece que los estudiantes participantes
deben colaborar activamente expresando sus dudas, proponiendo
algunos cambios, dando a conocer experiencias y sugiriendo
algunas actividades e innovaciones, siempre dentro del marco
conceptual de la unidad curricular y las orientaciones del
Facilitador.

De las consideraciones anteriores, se infiere que los
productos
deseables del aprendizaje deben estar especificados en los
contenidos, objetivos, metas, propósitos, actividades,
tareas y fines del curso en cuestión. La Andragogía
propone estrategias que
permiten facilitar la formación de adultos capaces de
intervenir, dialogar, participar, investigar y proporcionar
cambios significativos en los distintos espacios disponibles en
la
Educación Abierta y a Distancia.

Tanto en los Facilitadores como en los Participantes la
atención se focaliza fundamentalmente en la
búsqueda de alternativas válidas y factibles con
las que se pueda optimizar la calidad del
rendimiento académico. Esto es muy posible de lograr a
través de la aplicación de estrategias que
faciliten el acceso al conocimiento
especialmente de los adultos que trabajan.

Una forma de actuar en forma activa con Criterios de
Horizontalidad y Participación, de los adultos
Participantes, se concreta en la Praxis Andragógica con la
elaboración de un documento escrito que se ha convenido en
llamar Contrato de Aprendizaje.

Es oportuno aclarar que aunque este Contrato de
Aprendizaje se elaboró para ser aplicado en la administración de la unidad curricular
Andragogía, el mismo puede aplicarse en la administración de cualquier otra unidad
curricular.

Aunque el término contrato suele definirse de
muchas maneras, consideremos sólo dos (2) de
ellas:

  1. Es una relación jurídica bilateral, en
    virtud de la cual los participantes celebrantes determinan la
    creación, modificación o extinción de
    obligaciones
    de dar, hacer o no hacer (Visor, 1999).
  2. En el Código
    Civil de Venezuela,
    puede leerse (artículo 1133): El Contrato es una
    convención entre dos (2) o más personas para
    constituir, reglar, transmitir, modificar o extinguir entre
    ellas un vínculo jurídico.

Reflexionando en torno a las
definiciones precedentes, comparándolas con el tipo de
contrato que nos concierne y considerando normas
andragógicas, debe tenerse en cuenta lo
siguiente:

  • No es una relación jurídica en el
    más amplio significado del concepto ya
    que no se ajusta totalmente a las normas del
    derecho.
  • Es una relación de carácter educativo en la que las partes
    celebrantes se comprometen a cumplir un conjunto de algunos:
    procesos,
    lineamientos, funciones, normas, procedimientos, actividades y
    tareas.
  • El Contrato de Aprendizaje cumple con los elementos
    esenciales de todo contrato: (a) del consentimiento de las
    partes contratantes (Facilitador y Participantes), (b) el
    objeto del contrato (aprendizaje) y (c) causa
    lícita.
  • El Contrato de Aprendizaje es una relación
    educativa de tipo bilateral porque afecta las partes
    celebrantes: Facilitador y Participantes, en lo que se
    refiere al Aprendizaje Andragógico en el cual
    prevalece una acción mutua, de carácter
    democrático y fundamentada en los principios de
    Horizontalidad y Participación.
  • Es un Contrato Solemne pues las partes celebrantes
    se comprometen a cumplir ciertas formalidades.
  • El Objeto del Contrato, que en nuestro caso es
    el
    aprendizaje de la Unidad Curricular Andragogía, es
    posible, lícito, determinado o
    determinable.
  • El Contrato de Aprendizaje debe ejecutarse de buena
    fe y obliga a las partes contratantes, no solamente a cumplir
    lo expresado en él, sino a todas las consecuencias que
    se derivan del mismo contrato, según la equidad,
    el uso, la costumbre o la ley
    correspondiente.
  • Es un Contrato Consensual ya que se trata de un
    acuerdo entre las partes.
  • Como el contenido de los materiales
    de apoyo de la unidad curricular Andragogía se
    elaboraron previamente a su administración, en el
    Contrato de Aprendizaje no se contemplan cambios en aspectos
    relacionados con: (1) Número de unidades, (2) Distribución de los temas que conforman
    el contenido programático. (3) Objetivos de la unidad
    curricular. (4) Lecturas Recomendadas. (5) Escala de
    Calificaciones. Sin embargo, las observaciones que realicen
    los Participantes podrían originar modificaciones
    posteriores en los temas señalados.
  • Los aspectos más importantes que
    podrían modificarse en el momento de elaborar y
    discutir el Contrato de Aprendizaje son: (1)
    Distribución del tiempo
    asignado a las actividades a realizar durante los momentos
    presenciales. (2) Ponderación de las partes
    principales de los trabajos escritos elaborados con
    propósitos de evaluación. (3) Cantidad de
    Participantes por cada equipo de trabajo.
    (4) Tiempo de intervenciones orales de los Participantes y
    del Facilitador. (5) Frecuencia de consultas a los
    Facilitadores por parte de los Participantes.

El Facilitador elaborará una Propuesta de
Contrato de Aprendizaje, igual o similar a ésta, que
será presentada a los Participantes, en el primer momento
presencial, para su análisis, discusión, cambios,
observaciones y aprobación.

(b) Contrato de Aprendizaje
Entre el Docente Facilitador del Aprendizaje, quien se
denominará El Facilitador, por una parte y por la otra,
los Estudiantes Participantes quienes se denominarán Los
Participantes uno y otras personas adultas que al final de este
documento se identifican plenamente, hemos convenido en celebrar,
como en efecto lo hacemos, el presente Contrato de Aprendizaje,
el cual contiene los principales aspectos normativos,
procedimentales y evaluativos que caracterizarán la
estrategia
andragógica a aplicarse en la praxis educativa
correspondiente a la administración de la unidad
curricular Andragogía, la cual tendrá una
duración de seis (6) semanas comprendidas en el lapso
asignado en el Diseño
Curricular de la Maestría en Educación Abierta y a
Distancia de la Universidad
Nacional Abierta (U.N.A.). El Contrato referido, se regirá
por tres (3) grupos de
Cláusulas: las dos (2) primeras podrán ser objeto
de modificaciones en la administración de futuras cohortes
y el tercero podría ser susceptible de modificaciones
inmediatas; todo esto será posible al considerar los
cambios y las observaciones propuestas por Los Participantes, en
forma oral en los Talleres y por escrito en las respuestas dadas
al aplicarse los Cuestionarios de Evaluación.

(1) Deberes y Derechos del Facilitador
Primera: El Facilitador llevará a cabo la mayor parte de
las actividades concernientes al proceso
Orientación-Aprendizaje relacionadas con la
administración de la Unidad Curricular
Andragogía.
Segunda: El Facilitador debe orientar a Los Participantes en lo
que respecta a las dudas, dificultades y problemas que,
durante el tiempo que dure el proceso de aprendizaje de la Unidad
Curricular Andragogía, pudiesen presentársele a los
mismos.
Tercera: El Facilitador se compromete a elaborar los materiales
de aprendizaje, propuesta de evaluación en el Plan de Curso e
instrumentos de evaluación, que luego se
especificarán en este documento, necesarios para
garantizar una praxis educativa efectiva fundamentada en los
Principios Teóricos y Prácticos de la Ciencia de
la Educación de Personas Adultas.
Cuarta: El Facilitador debe enviar a Los Participantes con la
debida antelación, los materiales que servirán de
soporte a la administración de la Unidad Curricular
Andragogía que, para los efectos de este Contrato,
estarán conformados, como mínimo, por: (1) Libro
Guía de Estudio. (2) Plan de Curso, (3) Lecturas
Complementarias y (4) Contrato de Aprendizaje; de igual manera,
se compromete a realizar las gestiones pertinentes a fin de que
en las Bibliotecas de
los Centros Locales se encuentren, a la disposición de Los
Participantes, además de los materiales citados, los
libros-textos
recomendados en las bibliografías recomendadas
en el Libro Guía y en el Plan de Curso.
Quinta: El Facilitador propiciará lo concerniente a la
creación de un ambiente
cónsono con los principios de: libertad,
democracia,
respeto mutuo e
individualidad de manera tal que motive a Los Participantes a:
interactuar, aprender, investigar, asociarse en equipos de
trabajo sin imposiciones y ejercer la Participación y
la Horizontalidad.
Sexta: El Facilitador, conjuntamente con los Participantes,
deciden los procedimientos, estrategias, medios,
ambientes, tendencias y métodos de
aprendizaje más adecuados a una praxis andragógica
efectiva.
Séptima: Durante el proceso de evaluación, el
Facilitador: orienta, aclara dudas, evita enfrentamientos
estériles, enseña y respeta las decisiones de
evaluación final propuesta por los Participantes.
Octava: El Facilitador debe realizar dos (2) momentos
presenciales tipo taller, en los Centros Locales de la UNA; el
primero, durante un (1) día de la semana anterior al
inicio del mes de administración de la Unidad Curricular
Andragogía y, el segundo, durante un (1) día de la
semana después de haber culminado el período
mencionado. Las características y actividades propias de
cada momento presencial, están contenidas en el Libro
Guía y el Plan de Curso.

(2) Deberes y Derechos de los Participantes
Primera: El Participante es el centro de atención
más importante del hecho o acto andragógico; en
consecuencia, su experiencia e interacción con El
Facilitador y los restantes compañeros en situación
de aprendizaje, contribuirán a propiciar un ambiente
educativo democrático y participativo que le permita
desarrollar sus capacidades y evidenciar sus saberes y dudas.
Segunda: Los Participantes tienen como derecho básico
ejercer la Horizontalidad y la Participación activa
durante el desarrollo de
todas las etapas correspondientes a su proceso de aprendizaje;
incluyendo en éstas, la evaluación.
Tercera: Los Participantes tienen derecho a ser atendidos,
asistidos y orientados oportunamente y de manera permanente,
utilizando los medios de
comunicación a convenir, en forma individual o por
equipos, por El Facilitador en todo lo concerniente al proceso de
aprendizaje y al ajuste de la calificación final
correspondiente a la evalaución de la Unidad Curricular
Andragogía.
Cuarta: Los Participantes tienen derecho, durante los momentos
presenciales, a interactuar libremente con sus compañeros
de estudio, a ubicarse en su lugar de preferencia, entrar, salir
y expresar sugerencias, ideas, experiencias, observaciones y
aportes con el fin de mejorar, conjuntamente con El Facilitador,
la teoría
y praxis andragógicas, correspondientes a su respectivo
proceso de aprendizaje.
Quinta: Los Participantes se comprometen, ante sus
compañeros y El Facilitador, a cumplir todas las
actividades y tareas asignadas para los respectivos procesos de
aprendizaje y evaluación correspondientes a la Unidad
Curricular Andragogía presentadas en forma detallada en el
Plan de Curso.
Sexta: Los Participantes deben asistir puntualmente a los
momentos presenciales correspondientes a los dos (2) talleres a
realizarse en los Centros Locales de la Universidad o cualquier
otro lugar convenido entre los Participantes y el
Facilitador.
Séptima: En el Segundo Momento Presencial se
realizarán las actividades de Evaluación en las que
prevalecerán las exposiciones de trabajos de Investigación, la autoevaluación ,
la coevaluación y la evaluación del Facilitador y
de los instrumentos de autoinstrucción.
Octava: Los Participantes, orientados por el Facilitador deciden,
de mutuo acuerdo, la calificación de cada uno de los
participantes, durante las actividades del Segundo Momento
Presencial.
Novena: Los Participantes deben responder, con la debida
objetividad, las preguntas contenidas en los cuestionarios, de
Evaluación del Facilitador y de los Materiales de
Aprendizaje que serán aplicados por El Facilitador durante
el segundo taller ya que el procesamiento de la información correspondiente será un
aporte muy valioso para mejorar la teoría, la praxis
andragógica y los instrumentos de evaluación en
próximas cohortes.

(3) Cláusulas Susceptibles de Modificaciones
Inmediatas
Primera: El Facilitador y los Participantes convienen, en que
cada uno de estos últimos, si así lo desea, pueda
intervenir oralmente durante las actividades propias de los dos
(2) talleres, hasta un tiempo máximo de diez (10) minutos.
De igual manera, las exposiciones orales y defensa de trabajos
escritos de investigación de los equipos dispondrán
de un tiempo máximo de treinta (30) minutos por cada
equipo.
Segunda: El Facilitador y los Participantes convienen, de mutuo
acuerdo, poner en práctica actividades que conduzcan a un
intercambio de experiencias que mejoren significativamente el
proceso orientación-aprendizaje especialmente en lo que
respecta a propuestas e innovaciones sugeridas por Los
Participantes.
Tercera: El Facilitador y Los Participantes convienen en revisar
las ponderaciones asignadas a los trabajos escritos presentados
con fines de evaluación, contenidas en el Plan de
Curso..
Cuarta: Facilitador y Participantes convienen en discutir las
calificaciones finales que deben asignarse a los Participantes al
concluir las actividades correspondientes a la
administración de la Unidad Curricular Andragogía,
considerando para ello la calidad de los trabajdos escritos, las
intervenciones, los aportes, las innovaciones, la
autoevaluación, la coevaluación y la
evaluación unidireccional
Quinta: Facilitador y Participantes acuerdan hacer valer las
sugerencias y recomendaciones propuestas en el desarrollo de las
actividades que conforman los dos (2) talleres a fin de lograr
mejor calidad en futuras interacciones andragógicas.
Para todos los efectos derivados de las obligaciones
contraídas en este Contrato, se elige la Dirección de Investigaciones y
Postgrado, ubicada en la Sede Principal de la U.N.A. en San
Benardino, en la ciudad de Caracas, Venezuela.

FACILITADOR
___________ ____________ _____________ _____________
Apellido Nombre C.I. Firma

PARTICIPANTES
____________ ____________ _____________ _____________
Apellido Nombre C.I. Firma
____________ ____________ _____________ _____________
Apellido Nombre C.I. Firma
____________ ____________ _____________ _____________
Apellido Nombre C.I. Firma
____________ ____________ _____________ _____________
Apellido Nombre C.I. Firma
____________ ____________ _____________ _____________
Apellido Nombre C.I. Firma
_________ _ ___________ _____________ _____________
Apellido Nombre C.I. Firma 

5.
Conclusiones

  1. En la praxis andragógica, la
    evaluación se extiende a: Participantes,
    Facilitadores, Materiales de autoinstrucción y la
    Institución Universitaria.
  2. En Andragogía, la evaluación es una
    actividad de aprendizaje: rutinaria, permanente,
    dialógica, democrática, participativa, no
    traumática y no impuesta.
  3. Si la evaluación, que a nuestro juicio
    consideramos como parte relevante del proceso
    orientación-aprendizaje, se administra en ambientes
    apropiados y aplicando estrategias andragógicas, es
    bastante probable que la misma se traduzca en una actividad
    de aprendizaje
    colaborativo que puede ser altamente beneficiosa para los
    Participantes y el Facilitador.
  4. El Contrato de Aprendizaje es un documento escrito
    de importancia fundamental tanto para teoría de la
    Educación de Adultos como para la práctica de
    la Evaluación Andragógica, por cuanto: (a) Se
    elabora conjuntamente y de mutuo acuerdo, entre el
    Facilitador y los Participantes. (b) Lo propu7esto en sus
    cláusulas, se ajusta perfectamente a lo establecido en
    la teoría y praxis de la Andragogía. (c) Es
    perfectible por estar sujeto a cambios en su estructura
    en función de las modificaciones y aportes
    proporcionados por los Participantes. (d) En lo que a la
    evaluación se refiere, contempla todo lo estatuido en
    la Evaluación Andragógica.

6. Apoyo
Bibliográfico

  • ADAM, Félix. (1977). Algunos Enfoques Sobre
    Andragogía. Universidad Nacional Experimental
    Simón Rodríguez. Caracas, Venezuela.
  • ADAM, Félix. (1977). Andragogía.
    Ciencia de
    la Educación de Adultos. Universidad Nacional
    Experimental Simón Rodríguez. Publicaciones de la
    Presidencia.
  • ADAM, Félix. (1990). La Educación de
    Adultos en América
    Latina. Andragogía. Revista
    N° 14. FIDEA – INSTIA. Caracas,
    Venezuela.
  • ADAM, Félix. (1971). Metodología Andragógica. Anea
    Fidea. Caracas, Venezuela.
  • AGUSTÍ, Pascual C. (2000). Educación de
    Personas Adultas. Editorial Octaedro. Barcelona, España.
  • ALCALÁ, Adolfo. (1999). Andragogía.
    Libro Guía de Estudio. Caracas, Venezuela.
  • ALCALÁ, Adolfo. (1999). Plan de Curso de la
    Unidad Curricular Andragogía. Postgrado UNA. Caracas,
    Venezuela.
  • ALCALÁ, Adolfo. (1999). ¿Es la
    Andragogía una Ciencia?. Ponencia. Postgrado U.N.A.
    Caracas, Venezuela.
  • ALFONSO P., Antonio. (2000) El Plan de Curso:
    Reseña de un Nuevo Procedimiento
    Para su Elaboración. Revista Anuario. Año 3.
    Números 3 y 4. Diciembre de 2000. UNA. Caracas,
    Venezuela.
  • ANDER-EGG, Gelpi, Nyerere y Fluitman. (1996). La
    Educación de Adultos como Organización para el Desarrollo
    Social. Editorial Magisterio del Río de la Plata.
    (2da Edición) Buenos Aires,
    Argentina.
  • CASTRO PEREIRA, M. (1990). La Conformación de
    un Modelo de
    Desarrollo Curricular con Base en los Principios de la Ciencia
    Andragógica. Ponencia. Caracas, Venezuela.
  • CASTRO PEREIRA, M; Sánchez, Iris; Molina,
    Teresa; Ramos Zobeida y Tovar Antonio. (1996). Proyecto de
    Maestría en Educación Abierta y a Distancia.
    Postgrado U.N.A. Caracas, Venezuela.
  • Diccionario de las Ciencias de la
    Educación. (1993). Editorial Diagonal/Santillana.
    Madrid,
    España.
  • GARCÍA CARRASCO, Joaquín. (1997).
    Educación de Adultos. Editorial Ariel. Barcelona,
    España.
  • KNOWLES, Holton III y SWANSON. (2001).
    Andragogía. El Aprendizaje de los Adultos. Oxford
    University Press. (1ra Edición en Español). México. .
  • MONCLÚS, Antonio. (1997). Educación de
    Adultos: Cuestiones de Planificación y Didáctica. Fondo de Cultura
    Económica. México.
  • REAL ACADEMIA ESPAÑOLA. (2001). Diccionario
    de la Lengua
    Española. (22 edición).
    España.
  • RIVERO de García, Neida. (1987). Relaciones
    Entre el Sistema de
    Educación de la Universidad Nacional Abierta, los
    Fundamentos y Principios de la Andragogía y el
    Autoaprendizaje. Trabajo de Grado. U.N.A. Caracas,
    Venezuela.
  • TORRES PERDOMO, María; Fermín
    González, Ivonne; Piñero R., María y
    Arroyo G., Carlos. (1994). La Praxis Andragógica. U.L.A.
    Mérida, Venezuela.
  • UPEL y UNA. (1983). Currículo I. Caracas,
    Venezuela.
  • VISOR. (1999). Diccionario Enciclopédico.
    Enciclopedias Audiovisuales. S.A. Edición Especial para
    Latinoamérica. Argentina.

Resumen
El escrito que se detalla en páginas subsiguientes,
constituye el informe final de
los resultados de un Estudio Bibliográfico que
consistió fundamentalmente, en acopiar, revisar,
seleccionar y analizar de manera exhaustiva, las publicaciones
más importantes de los trabajos realizados por connotados
docentes
investigadores, tales como: Knowles, Adam y Castro, enfatizando
dicho estudio, en las áreas de Andragogía,
Evaluación y algunos aspectos legales, normativos y
procedimentales, del quehacer educativo de los Participantes
Adultos, que se dan a conocer en el Contrato de Aprendizaje.
Esta indagación, en la que se vincula la Evaluación
Andragógica y el Contrato de Aprendizaje, se
complementó con algunos aportes contenidos en informes
escritos de estudios previos fundamentados en experiencias
andragógicas del autor, en Educación Universitaria
Presencial y a Distancia. Con este instrumento, se pretende
proporcionar a Facilitadores, Participantes y personas
interesadas en la Ciencia y Arte de la
Educación de Adultos, un material de apoyo al aprendizaje
y la evaluación de la unidad curricular Andragogía
que es una de las asignaturas contempladas en el diseño de
la Maestría en Educación Abierta y a Distancia de
la Universidad Nacional Abierta.

 

 

 

Autor:

Dr. Adolfo Alcalá
Enviado por:
Pedro Gutiérrez Leal

pegutier[arroba]cantv.net
UNA- DIP
Caracas, Venezuela

Partes: 1, 2
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