Fuentes de la moralidad
Siguiendo el Catecismo de la Iglesia
Católica (nn. 1750-1756) y la Enclíclica Veritatis
Splendor nn. 76-78.
Las fuentes o
elementos constitutivos de la moralidad de los actos humanos
son:
-el objeto elegido.
-el fin que se busca o la intención
– las circunstancias de la acción.
El objeto elegido es un bien hacia el cual tiende
deliberadamente la voluntad. Especifica moralmente el acto del
querer, según que la razón lo reconozca y lo juzgue
conforme o no conforme al bien verdadero.
El objeto del obrar no es una cosa, sino una
acción finalizada, el significado objetivo del
obrar (por ejemplo: el objeto de robar un caballo no es el
caballo, sino el acto de robarlo). Por eso dos actos
idénticos físicamente, exteriormente
indistinguibles, pueden pertenecer a especies morales diferentes.
Como puede ser el caso de una mujer que ha de
tomar la píldora por motivos médicos no anticonceptivos. Su acción exterior es
idéntica a la que la toma sólo para hacer
infecundos los actos conyugales, pero es una acción
moral
distinta. La diferencia tiene que ver con un dato objetivo, el
significado objetivo del acto, que no viene captado por el plano
físico exterior, sino por la razón práctica
a partir de la persona que
actúa. (Un ejemplo clásico es la legítima
defensa. En el caso en que mato defendiéndome, el objeto
de mi elección no es el matar al otro, sino la
protección de mi vida con medios
proporcionados.)
Buscando precisar aún más en qué
consiste el objeto, es importante detenerse en la diferencia que
hay entre el significado verdadero, iluminado por la Veritatis
splendor y el Catecismo de la Iglesia
Católica, y lo que se propone erróneamente desde la
teoría de la acción:
El objeto de un acto de alcance moral
está constituido propiamente, no por el contenido
puramente físico del acto, como señalábamos.
El objeto moral, es decir, el objeto sobre el que se apoya la
razón práctica, no es jamás simplemente el
objeto material (físico) del acto, sino este acto mismo en
cuanto que está sometido al imperio de la voluntad y, en
consecuencia, en cuanto que es realizado por la persona en un
contexto humano. No es, pues, la naturaleza
física
objetiva de un acto la que, por sí misma, determina su
alcance moral; es más bien la relación del acto con
la voluntad lo que resulta decisivo. Acá se distinguen las
diferentes perspectivas:
-comprender la acción como un hacer: suceso
físico que provoca efectos exteriores al hombre.
(teoría
de la acción). El aspecto físico del acto viene
determinado por la observación exterior de lo que
sucede.
-comprender la acción como un obrar, no como algo
que sucede fuera de mí, sino como la elección que
hago. Las elecciones tienen también un carácter
inmanente: cuando obro, elijo algo perteneciente a mí
mismo. El obrar produce un efecto sobre el que lo escoge al
realizar una acción determinada. Por ejemplo: cuando
miento elijo ser un mentiroso. El aspecto moral del acto es el
acto visto desde el interior del sujeto.
Desde esta distinción previa, se puede reafirmar
que la moralidad del acto humano depende sobre todo y
fundamentalmente del objeto elegido racionalmente por la voluntad
deliberada. Así pues, para poder
aprehender el objeto de un acto, que lo especifica moralmente,
hay que situarse en la perspectiva de la persona que
actúa. En efecto, el objeto del acto del querer es un
comportamiento
elegido libremente. Y en cuanto es conforme con el orden de la
razón, es causa de la bondad de la voluntad, nos
perfecciona moralmente y nos dispone a reconocer nuestro fin
último en el bien perfecto, el amor
originario. Así pues, no se puede tomar como objeto de un
determinado acto moral, un proceso o un
evento de orden físico solamente, que se valora en cuanto
origina un determinado estado de
cosas en el mundo externo. El objeto es el fin próximo de
una elección deliberada que determina el acto del querer
de la persona que actúa. En este sentido, como
enseña el Catecismo de la Iglesia Católica, hay
comportamientos concretos cuya elección es siempre errada
porque ésta comporta un desorden de la voluntad, es decir,
un mal moral.
La intención se sitúa del lado del sujeto
que actúa. Es un movimiento de
la voluntad hacia un fin, fin que designa el objeto buscado en la
acción, que apunta al bien esperado de la acción
emprendida.
La intención es el fin que la persona tiene
presente, cualquiera que sea el resultado efectivo de la
acción. Desde el punto de vista de la moral, no
es necesario que se alcance el fin propuesto para que el acto sea
calificado moralmente por éste; la intención,
incluso no realizada, es por sí sola un factor de
moralidad.
La intención no se limita a la dirección de cada una de nuestras acciones
tomadas aisladamente, sino que puede también ordenar
viarias acciones hacia
un mismo objetivo; puede orientar toda la vida hacia el fin
último. Por ejemplo, un servicio que
se hace a alguien tiene por fin ayudar al prójimo, pero
puede estar inspirado al mismo tiempo por el
amor de Dios
como fin último de todas nuestras acciones. Por otra
parte, la acción del servicio puede
estar también inspirada por la intención de obtener
un favor o satisfacer la vanidad.
Una intención buena (por ej: ayudar al
prójimo) no hace ni bueno ni justo un comportamiento
en sí mismo desordenado (como la mentira). Por el
contrario, una intención mala sobreañadida (como la
vanagloria) convierte en malo un acto que, de suyo, puede ser
bueno (como la limosna). O sea: un fin malo basta para corromper
un acto que, considerado en su solo aspecto exterior,
sería aceptable (como orar y ayunar para ser visto por los
hombres).
Las circunstancias, comprendidas en ellas las
consecuencias, son los elementos secundarios de un acto moral.
Contribuyen a agravar o disminuir la bondad o malicia moral de
los actos (por ejemplo: cantidad de dinero
robado). Pueden también atenuar o aumentar la responsabilidad del que obra (como actuar por
miedo a la muerte).
Las circunstancias no pueden modificar la calidad moral de
los actos; no pueden hacer ni buena ni justa una acción
que de suyo es mala.
Es erróneo juzgar la moralidad de los actos
humanos considerando solo la intención que los inspira o
las circunstancias (ambiente,
presión
social, coacción o necesidad de obrar, etc.) que son su
marco. Hay actos que en sí y por sí mismos son
siempre gravemente ilícitos por razón de su objeto;
por ejemplo: la blasfemia y el perjurio, el homicidio y el
adulterio.
Las circunstancias o intenciones nunca podrán
transformar un acto intrínsecamente deshonesto por su
objeto en un acto subjetivamente honesto o justificable como
elección.
Los objetos del acto humano que contradicen radicalmente
el bien de la persona han sido denominados en la tradición
moral de la Iglesia "intrínsecamente malos": lo son
siempre y por sí mismos, es decir por su objeto,
independientemente de las ulteriores intenciones de quien
actúa y de las circunstancias. Hay comportamientos
concretos (como la fornicación) que siempre es un error
elegirlos, porque su elección comporta un desorden de la
voluntad, es decir, un mal moral.
Por eso, las circunstancias o intenciones nunca
podrán transformar un acto intrínsecamente
deshonesto por su objeto en un acto subjetivamente honesto o
justificable como elección.
El bien procede de la integridad de las condiciones, es
por la causa entera (bonum ex integra causa), mientras que el mal
resulta de la falta de una sola de ellas. Es decir, que para que
un acto sea bueno es necesario que concurran todos los factores
de la moralidad, a saber, la bondad del objeto, la rectitud de la
intención y la conveniencia de las circunstancias. Para
que un acto sea malo basta o bien que su contenido objetivo sea
reprensible o bien que el fin que se persigue a través de
éste no sea honesto, o también que las
circunstancias no sean del todo apropiadas.
Sucede frecuentemente -afirma Santo Tomás de
Aquino- que el hombre
actúe con buena intención, pero sin provecho
espiritual porque le falta la buena voluntad. Por ejemplo, si una
persona roba para ayudar a los pobres, si bien la
intención es buena, falta la rectitud de la voluntad
porque las obras son malas.
Concluimos que la buena intención no autoriza a
hacer ninguna obra mala. El fin no justifica los medios.
Un fin subjetivo, aunque sea bueno, no justifica el uso de
medios
intrínsecamente malos para conseguirlo. No está
permitido hacer el mal para obtener un bien. Así, por
ejemplo, no se puede justificar la condena de un inocente como un
medio legítimo para salvar al pueblo.
Y la razón por la que no basta la buena
intención, sino que es necesaria también la recta
elección de las obras, reside en el hecho de que el acto
humano depende de su objeto, o sea de si éste es o no es
ordenable a Dios, a Aquel que "sólo es el Bueno", y
así realiza la perfección de la persona. Por tanto,
el acto es bueno si su objeto es conforme con el bien de la
persona en el respeto de los
bienes
moralmente relevantes para ella. Si el objeto de la acción
concreta no está en sintonía con el verdadero bien
de la persona, la elección de tal acción hace
moralmente mala a nuestra voluntad y a nosotros mismos y, por
consiguiente, nos pone en contradicción con nuestro fin
último, el bien supremo, es decir, Dios mismo.
Viviana Endelman Zapata