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La pintura religiosa colonial venezolana




Enviado por l0765



    1. Resumen
    2. La pintura religiosa colonial
      durante el barroco venezolano. Siglos
      XVI-XVIII
    3. La imagen pictórica
      religiosa colonial venezolana como expresión del Derecho
      Misional en Francisco de Vitoria.

    RESUMEN

    Esta investigación pretende establecer a
    través de textos referentes al tema, la relación
    entre el derecho misional planteado en la relección
    primera De los Indios recientemente descubiertos de Francisco de
    Vitoria y las imágenes
    pictóricas religiosas coloniales venezolanas producidas
    durante los siglos XVI-XVIII, debido a que las mismas son la
    expresión plástica de los dictámenes
    establecidos por la iconografía cristiana creada a partir
    del siglo II d.c y que sirvió posteriormente, para apoyar
    la función
    catequizadora de la Iglesia
    Católica romana en los nuevos territorios americanos
    descubiertos. La imaginería pictórica colonial
    venezolana surge impulsada por la utilización de temas
    religiosos con el fin de ser usados como medio de
    persuasión visual y comunicacional para lograr la
    conversión pacífica hacia la nueva fe de la
    población indígena de la provincia
    y, debido también, al desconocimiento mutuo tanto de las
    lenguas de los indios como la de los misioneros y conquistadores
    españoles durante el proceso de
    colonización. Esto se fundamenta en el segundo
    título legítimo de la relección De indis
    referido a la causa de la propagación de la religión cristiana
    planteada por Vitoria cuando se refiere al carácter
    jurídico internacional de la función
    espiritual evangelizadora, la cual se sustenta en los derechos de comunicación que se establecen en toda
    sociedad
    natural conformada por el género
    humano. De allí se deriva, el derecho de misión
    propuesto por el teólogo en este título y
    previamente instituido por Jesucristo para todo el mundo, el cual
    se ha realizado mayormente, a través de la
    predicación de los misioneros católicos dentro de
    las tierras americanas descubiertas, con el fin de comunicar a
    los indios los bienes del
    espíritu, la difusión de la cultura y la
    verdad religiosa sin hacer uso de la coacción, ni de los
    medios
    represivos dictaminados en los principios del
    iusnaturalismo.

    Palabras clave: Francisco de Vitoria,
    iusnaturalismo, De indis, Barroco
    Latinoamericano, pintura
    colonial venezolana.

    THE PICTORIAL RELIGIOUS COLONIAL
    VENEZUELAN IMAGES AS THE EXPRESSION OF THE MISSIONARY RIGHT IN
    FRANCISCO DE VITORIA.

    ABSTRACT

    This investigation endeavours to establish, through the
    textbooks referred to the theme, the relation between the
    missionary right asserted in the first re-lesson Of the recently
    discovered indians by Francisco de Vitoria and the pictorial
    religious colonial venezuelan images produced during the
    XVI-XVIII centuries, since they are the plastic expression of
    judgments established by the christian iconography created since
    the II century a.c., which ulteriorly helped to support the
    cathechismal function of de Roman Catholic Church in the new
    discovered American lands. The pictorial colonial Venezuelan
    imagery appears impelled by the recourse of religious themes, to
    be used as visual and communicant persuasive means, to reach the
    peaceable conversion into the new faith of the indian population
    in the province, and also, due to the mutual ignorance of the
    indian language and of the Spaniard missionaries and conquerors
    language, during the colonialistic process. The above is based
    upon the second legitimate title of the re-lesson De indis,
    referred to the cause of the propagation of the christian
    religion, set forth by Vitoria, when he explains the
    international juridical nature of the spiritual, evangelistic
    function, which is sustained in the communicatory rights
    established for each natural society constituted by the mankind.
    From above, it is derived the right to the mission proposed by
    the theologist under this title, which had been previously
    instituted by Jesus Christ for de whole world, which has been
    mainly performed through the Catholic missionaries preaching
    within the discovered American lands, to communicate to the
    indians the spiritual supreme goodnesses, the diffusion of the
    culture and of the religious truth, using neither any coaction,
    nor any repressive means, proclaimed by the jusnaturae
    priciples.

    Key Words: Francisco de Vitoria, Jusnaturae, De
    Indis, Latin American Baroque, Venezuelan Colonial
    Painting.

    LA PINTURA
    RELIGIOSA COLONIAL DURANTE El Barroco
    VENEZOLANO. sIGLOS xvi-xviii.

    El arte barroco
    colonial venezolano comparado con el de los virreinatos de Nueva
    España
    y Perú, se caracterizó por ser muy limitado, debido
    básicamente a dos aspectos: en primer lugar, a la escasez
    económica de la provincia producto del
    desconocimiento que se tenía para aquel entonces de las
    riquezas naturales del subsuelo venezolano. Y también a
    que la sociedad colonial
    no ofrecía características de prosperidad, ya que no
    abundaban las familias acaudaladas capaces de sufragar por
    sí mismas la construcción de grandes iglesias,
    conventos, retablos e imágenes
    escultóricas y pictóricas.

    En segundo lugar, la Iglesia, los
    obispos y las Ordenes religiosas no contaban con recursos
    económicos suficientes para igualarse en la
    realización de producciones artísticas como las que
    existían en México,
    Perú, Guatemala,
    Ecuador y
    Colombia.
    Aunado a lo antes dicho, se tenía la visión de que
    el territorio no requería de edificaciones monumentales,
    debido básicamente, a las características del medio social y a las
    carencias económicas tanto del gobierno como de
    la Iglesia.

    Otro rasgo a señalar también, fue el hecho
    de que Venezuela
    durante la época prehispánica se encontraba al
    margen del eje cultural de la América
    Nuclear (la misma se inicia desde el norte de México, se
    extiende por Centro América, parte de Colombia y llega
    hasta el sur del antiguo Perú). De allí deriva el
    hecho de que sea sólo en esta zona donde se gestó
    lo que se ha denominado una "alta cultura", la
    cual se distinguió por el desarrollo de
    la agricultura,
    la cultura urbana, la arquitectura
    monumental, la escultura, la pintura, la astronomía, las matemáticas y otras manifestaciones
    cultuales de la inteligencia
    humana. De ello, se destaca, el carácter
    sencillo del arte colonial
    venezolano en relación con el de otros virreinatos de la
    época.

    Al respecto, Graziano Gasparini en su obra La Arquitectura
    Colonial Venezolana. expresa que al arte barroco colonial
    nacional se lo puede considerar "tácito" en el sentido de
    una ausencia de la exhuberancia decorativa que caracteriza a las
    manifestaciones artísticas de otras poblaciones
    hispanoamericanas; por lo cual llega a dudar no sólo de la
    existencia de un verdadero barroco en Venezuela,
    sino de una arquitectura hispanoamericana como la que
    poseían los virreinatos de Nueva España y
    Perú.

    Es así como el proceso de
    colonización y desarrollo
    cultural venezolano se retrasó bastante, debido en parte a
    la lejanía geográfica de la provincia con
    relación a las grandes corrientes migratorias que se
    dirigían hacia Nueva España y Perú y
    también a la incomunicación establecida durante
    décadas entre Venezuela y España. Por tal
    motivo:

    … Existen varias razones para explicar el
    tardío comienzo de la imaginería en nuestro
    medio. Por ser la Provincia de Venezuela muy despoblada, de
    escasas minas y de aborígenes pobres y rebeldes, se
    encontró el territorio aislado de las rutas de las
    grandes navegaciones españolas. La historia de nuestros
    comienzos está llena de la angustia de sentirse solos,
    sin recursos y
    abandonados a la inclemencia del medio, a los saqueos de los
    piratas y a las flechas y macanas de los indios. Aquel
    aislamiento, que llegó a veces a situaciones
    verdaderamente dramáticas, tuvo mucho que ver con el
    limitado número de objetos religiosos que para ese
    tiempo
    llegaban a estas tierras, ejerciendo esa carencia un indudable
    influjo negativo en la conciencia
    artística que hubiera podido entonces existir en nuestro
    medio de pobladores españoles. Vacío y retardo
    que es la causa de la demorada aparición de ciertas
    escuelas, así como de la larga permanencia de otras que
    ya habían sido superadas en sus propios lugares de
    origen. El intercambio comercial con México quedó
    bien establecido a mediados del siglo XVII. Es entonces cuando
    pudo iniciarse, en cierta forma, la influencia de su pintura
    sobre la nuestra.

    De ello se explica que el siglo XVI y comienzos del XVII
    transcurrieran en un medio de escasas inquietudes como
    posibilidades de creación artística, según
    consta en la revisión de documentos
    realizada por Alfredo Boulton "… En ningún instante se
    hace mención de escuela, obrador
    o taller; o de otro dato que pueda servir para pensar que en
    Venezuela existió durante ese tiempo alguna
    forma establecida de enseñanza plástica. Casi nada se
    sabe de escuelas, gremios, cofradías o corporaciones de
    carácter artesanal y menos aún
    artístico.[…]. Otros documentos
    revelan tan sólo en forma esporádica, algunos
    nombres y oficios mencionados a veces de manera casual en
    relación a alguna actividad asociada con la Iglesia o el
    Municipio".

    Sin embargo, habrá que esperar hasta el siglo
    XVIII para percibir el surgimiento de un nuevo período en
    la provincia con la Fundación de la Real
    Compañía Guipuzcoana de Caracas la cual trajo
    consigo una época de prosperidad que perduró hasta
    los inicios de la independencia
    venezolana.

    En cierto modo, el arribo a las costas venezolanas de
    las primeras embarcaciones pertenecientes a la
    Compañía durante el año 1730,
    propició el inicio de una nueva colonización para
    la provincia, ya que las actividades de ella en regiones como La
    Guaira y Puerto Cabello, fomentaron la ganadería,
    el cultivo de la caña, el añil, el tabaco y el cacao
    y, además, el establecimiento de factorías
    relacionadas con estas áreas. Esto dio como resultado, un
    impulso económico y una mayor explotación de las
    riquezas del territorio.

    Por otra parte, este incremento coincide también
    con la época más esplendorosa de las congregaciones
    religiosas como las franciscanas, jesuitas y capuchinas ubicadas
    en Cumaná, Píritu y el Orinoco. Esto se
    debió fundamentalmente, a que su labor evangelizadora fue
    decisiva tanto para la conquista espiritual de la provincia como
    para la pacificación de los ricos territorios que
    aportaban luego sus recursos para el desarrollo financiero de la
    misma.

    Así, en otro orden de ideas, y
    adentrándose al tema de la pintura colonial venezolana, se
    puede decir que ella ha experimentado un redescubrimiento gracias
    a estudiosos del área como Enrique Planchart (La Pintura
    en Venezuela, Caracas, 1956), José Nucete Sardi (Notas
    sobre la Pintura y la Escultura en Venezuela, Caracas, 1957),
    Alfredo Boulton (Historia de la Pintura en
    Venezuela. Epoca Colonial. Tomo I, Caracas, 1964) y tantos
    otros que se dedicaron a investigar sobre esta interesante
    disciplina.
    Debido a ello, estos valiosos trabajos, le han permitido a la
    pintura venezolana recobrar su alto sitial dentro de la pintura
    barroca hispanoamericana.

    Sin embargo, hay que destacar que de todas las investigaciones
    nombradas con antelación, la de Alfredo Boulton es la
    más importante, ya que ha contribuido a ampliar el
    horizonte de la pintura colonial venezolana de los siglos XVII y
    XVIII. Es así como a través del estudio de los
    testamentos, el autor extrae varios aspectos que permiten aclarar
    de alguna manera, la vida social, religiosa y artística de
    la Caracas de aquella época.

    En el plano religioso, la institución
    eclesiástica era la que se encontraba más
    sólidamente instalada en el país, ejerciendo por
    tanto, gran influencia espiritual sobre familias de cierto nivel
    cultural como las de los hacendados y encomenderos. En este
    sentido, ese rasgo se convertirá luego en la causa que
    dará los primeros frutos del espíritu y de la
    cultura criolla. Sin embargo, a pesar de la preeminencia de la
    Iglesia en la realización de pinturas con temas de
    carácter religioso también hubo otros
    géneros como el de las naturalezas muertas, el paisaje y
    el retrato, lo cual demuestra una vez más, la riqueza
    temática y estilística de este
    período.

    Asimismo, la implantación del barroco
    hispanoamericano en tierras venezolanas se debió
    fundamentalmente a los artistas y misioneros viajeros procedentes
    de España, quienes a través de sus conocimientos
    académicos relacionados con las artes plásticas
    fomentaron el desarrollo de estas inquietudes en un pueblo
    carente hasta ese momento de manifestaciones artísticas.
    Esta situación trajo por consiguiente, la
    implantación de la cultura occidental. "…Los obispos
    españoles destinados a las Indias solían llegar con
    un lúcido séquito de pintores, canteros, plateros,
    carpinteros y otros artesanos, que además de servir a la
    Mitra ejercían también sus oficios en beneficio de
    la comunidad en que
    se establecían".

    De lo antes señalado, se constata la afluencia de
    arquitectos, escultores y pintores españoles, flamencos e
    italianos entre otros, no solo a los virreinatos,
    capitanías generales y provincias del Nuevo Mundo, sino
    también a costas venezolanas influyendo en el desarrollo
    de la expresión pictórica local con los
    conocimientos que sobre este campo traían desde tierras
    lejanas. Al respecto Boulton expresa:

    …, la pintura que se hizo en Venezuela durante los
    siglos XVI, XVII y XVIII fue idioma plástico
    español, fruto de aquella compleja y
    estratigrafiada formación humana. Fue la
    conjunción de su espiritualidad. Los elementos
    negativos, así como los positivos que la integraron,
    fueron el reflejo de lo que constituía el alma de aquel
    pueblo. No debe, por consiguiente, existir un criterio radical
    para pensar que sólo una de aquellas facetas fue reflejo
    característico de su cultura, olvidándose de que
    todas las otras, que también la integraron –buenas
    o menos buenas- fueron las que junto con ésta formaron
    su verdadera estructura.
    Lo selectivo tiene valor
    histórico en cuanto sirve a determinar algunos aspectos
    que componen un todo.

    En este sentido, un factor determinante que
    contribuyó a la producción plástica de la provincia
    fue la llegada durante los siglos XVII y XVIII de artistas
    religiosos pertenecientes a las diferentes congregaciones de
    aquella época como la de los franciscanos, dominicos,
    agustinos y mercedarios, las cuales eran enviadas por la Casa de
    Austria para que comenzaran la evangelización de
    América. Se destaca que "… Desde finales del siglo XVI,
    empezaron a establecerse en Caracas congregaciones religiosas. La
    primera, en 1575, fue la de los Franciscanos, que más
    tarde construyeron su Iglesia y su convento. Para 1608 los
    dominicos no habían concluido su monasterio de San
    Jacinto."

    Pero desde principios del
    siglo XVII hasta el año 1767, surge en el panorama del
    arte hispanoamericano toda una importante constelación de
    artistas pertenecientes a la Compañía de
    Jesús procedentes de Flandes, Alemania,
    Bohemia, Suiza y norte de Italia. Esto se
    debió a que dicha congregación tuvo como
    característica (comparada con otras órdenes
    mendicantes que se bastaban a sí mismas), realizar
    constantes demandas de religiosos no sólo provenientes de
    España, sino de otros pueblos con el fin de cumplir las
    labores de evangelización encomendadas para los dominios
    americanos. En este sentido, su acción mayor estuvo
    expresada en territorios como Ecuador,
    Perú, Colombia, Paraguay,
    Chile y
    Argentina

    Sin embargo, por lo que toca a la Provincia de Venezuela
    la presencia de artistas españoles fue la que tuvo
    más impacto y entre ellos habría que destacar,
    según las investigaciones
    realizadas por Alfredo Boulton, a Tomás de Cócar,
    Pedro de la Peña, Juan Agustín Riera, Francisco
    Saballos y Torres, fray Fernando de la Concepción,
    Cristóbal Valdés, Juan Maldonado, Valerio Juan
    Acosta, Fabiana González, Juan Francisco de Lerma, fray
    Diego de los Ríos y Mauricio Robes, entre
    otros.

    Asimismo, el influjo de la pintura no española
    como la flamenca, alemana e italiana se percibió en los
    pintores venezolanos principalmente a través de las
    láminas procedentes de las planchas pertenecientes a las
    famosas imprentas de Amberes Plantín y Moretus y a las
    ilustraciones de los libros de
    devoción. En ello se destaca que la participación
    de estas culturas en el ámbito plástico
    se dio mayormente a nivel del dibujo y la
    composición, más que en las cualidades propiamente
    pictóricas.

    En ese sentido, puede afirmarse que tanto las Indias
    como España, fueron influenciadas por las producciones
    artísticas de destacados pintores flamencos e italianos,
    los cuales enriquecieron con sus trabajos a estas dos culturas.
    De allí se explica que los rasgos propios de estos pueblos
    hayan sido incorporados indirectamente en las tierras americanas
    a través del arte español
    durante la conquista y colonización de ellas. Por tanto,
    el influjo de estas culturas sobre el arte hispanoamericano debe
    ser visto como parte de ese vasto complejo español
    conformado por las mezclas,
    influencias y alteraciones que la península también
    tenía para ese momento. "… La expresión
    plástica que floreció en Venezuela durante las tres
    centurias transcurridas entre el Descubrimiento y la Independencia,
    formó parte, por su ámbito geográfico y por
    su significado artístico y sociológico, de lo que
    entonces fue el Imperio Español; debe, por lo tanto, ser
    integrada al mismo, y explicada en relación con la
    estructura
    social y cultural de ese Imperio"

    Otro aspecto a considerar en esta hibridación de
    características formales y estilísticas entre el
    pintor extranjero y el sector cultural indígena durante
    esta época fue el proceso de mestizaje que en el caso de
    Venezuela fue prácticamente nulo en comparación con
    otros pueblos como México, Guatemala,
    Honduras y Perú. Según lo afirma Alfredo Boulton la
    expresión de esa huella plástica india y negra
    en la pintura venezolana no posee influencias en la misma como en
    efecto también se percibe en otras regiones del continente
    americano.

    … La expresión artística que
    caracterizaba ese momento venezolano (siglo XVII) fue
    indudablemente distinta a la de otros países. El lenguaje
    pictórico de nuestra Provincia no fue el mismo que el
    del Ecuador o el mexicano. Así como diferían las
    respectivas condiciones sociales, hacíanlo
    también las formas de expresión. Los pintores
    cuzqueños o de Santa Fé, aunque trataron los
    mismos temas que los nuestros –santos, vírgenes o
    marqueses-, usaron un lenguaje
    pictórico sui géneris, de acuerdo cada cual con
    los rasgos culturales de su propio ambiente.
    Aquel fue un período germinal en que nació el
    estilo "nacional" de cada región americana, y
    empezó a formarse el lenguaje
    artístico y humano de las futuras
    nacionalidades".

    Así, la iniciación del movimiento
    plástico venezolano se sitúa a mediados del siglo
    XVII, cuando se produce la consolidación de la empresa
    colonizadora con la pacificación y dominio efectivo
    de la tierra.
    Este retraso temporal, se debió en parte a que varias
    regiones de la provincia como la centro occidental y la oriental
    fueron un gran obstáculo al proceso colonizador, debido a
    la resistencia de
    los grupos
    indígenas que las poblaban. Otro factor que incidió
    negativamente en la producción plástica venezolana fue
    el hecho de que las costas caribeñas eran constantemente
    asaltadas por piratas extranjeros trayendo como consecuencia que
    el sosiego y la prosperidad de las aldeas solo se alcanzara en la
    fecha antes mencionada.

    En efecto, junto a la fundación y planificación de las ciudades se van
    estableciendo las directrices relacionadas con la
    representación plástica del santo patrono. De
    allí se deriva el que la imaginería religiosa se
    difundiera al ser un complemento de orden social que
    respondía a una forma de cultura y función personal,
    sirviendo también como protección y fuente de
    fortaleza para el ánimo de sus pobladores.

    La imagen sagrada
    fue en Venezuela como en Europa desde
    siglos pasados fuente de inspiración, escudo protector y
    arma eficaz para la conquista.

    … Era usual invocar los poderes milagrosos de las
    más resaltantes figuras del cielo en ocasiones de
    emergencia o al ocurrir sequías, epidemias o plagas.
    Nuestra historia está llena de esos ejemplos. Se
    recordará que la primera advocación que tuvo
    Caracas fue la de San Sebastián. La instituyó el
    propio Diego de Losada para preservarse de las flechas de los
    indios de Nirgua, recordando las saetas del romano
    Diocleciano.

    Retomando la idea, se constata que a través de la
    extensión geográfica de la provincia venezolana
    surgieron poblados, capillas, monasterios e iglesias, lo cual
    favoreció el inicio de la artesanía local, con
    rasgos de inmadurez y falta de perfeccionamiento, pero sin dejar
    de cumplir con su función principal de ser estrictamente
    religiosa y sin preocupaciones de orden
    estético.

    "Es frecuente encontrar en las relaciones de nuestros
    cronistas ciertas referencias sobre adornos y pinturas en
    aquellas edificaciones, que vienen a demostrar que la
    penetración religiosa conllevaba la colaboración
    plástica dentro de sus requisitos básicos. Y fue
    justamente esa estrecha asociación de necesidades la causa
    de la propagación de la pintura".

    Otro aspecto que incrementó la producción
    pictórica religiosa se debió al terremoto (conocido
    con el nombre de San Bernabé) ocurrido en el siglo XVII,
    el cual a pesar de haber sido lamentable en varias facetas, fue
    positivo y determinante para el desarrollo de la ciudad y de la
    pintura colonial. Al respecto Boulton comenta:

    … Si el terremoto de 1641 destruyó las obras
    de arte, sirvió en cambio para
    dar impulso, de manera decisiva, en años subsiguientes,
    a las actividades pictóricas, pues abrió nuevos
    campos de trabajo a los artesanos locales que tuvieron desde
    entonces y por esa razón, mucha mayor oportunidad de
    ejercer sus oficios. Es a partir de esos años de la
    reconstrucción de la ciudad cuando aparecen con cierta
    frecuencia nombres de pintores, profesionales o no, que
    formaron el semillero de nuestra artesanía. Hombres de
    distintos rangos y ocupaciones – frailes, médicos,
    militares y pintores- fueron los iniciadores de nuestras Artes
    Plásticas.

    Esta circunstancia tan dolorosa confirma entonces, el
    desarrollo de la pintura venezolana y explica el carácter
    improvisado e inmaduro de algunas obras ejecutadas durante ese
    período debido al hecho de que muchos hombres tuvieron que
    servir de instructores y maestros a un sinnúmero de
    pintores ingenuos que se dedicaban a la reedificación de
    la ciudad y de los templos. Es así como sin pretender
    llegar a ser grandes artistas, contribuyeron a la
    realización de las manifestaciones pictóricas
    apoyándose en las imágenes que provenían de
    España y México. Al respecto, se expresa que. "
    Debe tomarse muy en cuenta, al analizar los verdaderos
    orígenes de nuestras Artes Plásticas, que
    éstas se formaron fundamentalmente de la imitación
    de obras de Sevilla, de Nueva España, así como del
    Nuevo Reino de Granada, pero también con el aporte de
    factores que se encontraban en nuestro propio medio".

    Asimismo, conviene destacar la delimitación
    geográfica de las áreas de influencia que
    poseían características plásticas definidas
    como: la región central, que abarcaba Caracas y llegaba
    hasta los llanos de Calabozo. La sección de El Tocuyo y
    Barquisimeto que limitaba con el estado
    Trujillo, en los Andes. Y esta última, la sección
    andina, que tenía su principal centro de producción
    en la ciudad de Mérida. Sin embargo, con relación a
    la zona oriental del país se debe decir que fue muy pobre
    en la producción de manifestaciones
    artísticas.

    Sin duda, el desarrollo de la pintura colonial
    venezolana estuvo influenciado primordialmente por la labor
    evangelizadora que debían llevar a cabo en territorio
    venezolano los misioneros que llegaban desde distintos lugares
    del mundo. De esta manera, la imaginería religiosa se
    constituyó en el apoyo visual de la doctrina
    católica emprendida intensamente durante la etapa de la
    consolidación evangelizadora acontecida a lo largo de los
    siglos XVII-XVIII.

    En este sentido, el medio plástico se va a
    convertir en la manifestación visual de los contenidos en
    materia de fe
    expresados a través de la representación de las
    escenas del Antiguo y Nuevo Testamento relacionadas con la vida
    de Cristo, la Historia de la Salvación, la vida de los
    santos, mártires, vírgenes, prelados y doctores de
    la Iglesia especialmente. Y asimismo, se valdrá de las
    directrices establecidas por la iconografía religiosa que
    estipula todo lo concerniente a la codificación de los
    símbolos, signos, vestiduras y atributos relacionados con
    la identificación de cada uno de los personajes nombrados
    anteriormente.

    La IMAGEN PICTORICA
    RELIgiosa colonial venezolana como expresión deL DERECHO
    MISIONAL EN Francisco de Vitoria.

    Existe en la tesis
    iusnaturalista de la relección primera De los indios
    recientemente descubiertos de Vitoria, un planteamiento en el
    Segundo Título Legítimo de la misma relacionado con
    el derecho de intervención en defensa de la
    predicación misional, en el cual el autor analiza la causa
    de propagación de la fe cristiana. En tal sentido, se
    trata de constatar el carácter jurídico de ese
    título como también, la validez de la
    función espiritual de la evangelización con
    relación al derecho
    internacional; pues antes –en los títulos
    ilegítimos 2 y 4-, el teólogo había refutado
    los falsos derechos y títulos de
    conquista sustentados en el poder de
    imponer la fe por la fuerza, en la
    supremacía de la Iglesia sobre los infieles y en la
    pérdida de los derechos humanos
    por infidelidad.

    Cabe resaltar al respecto, como Vitoria coloca los
    derechos de comunicación por encima de los derechos de
    evangelización, debido a que en el plano jurídico
    internacional son primarios en la sociedad natural del género
    humano. Sin embargo, ello no obstaculiza que la valoración
    axiológica de la predicación misional expresada por
    el autor y en los otros promotores de la colonización
    española fuese de mayor importancia y estuviera por encima
    de los intereses económicos.

    Es de sumo valor el
    proceso tan coherente que el maestro sigue en la
    fundamentación de este título a través de
    sus cuatro conclusiones, las cuales se expresan a
    continuación:

    1.- Los cristianos tienen derecho de predicar y de
    anunciar el evangelio en las provincias de los bárbaros.
    En ella, el autor analiza si los cristianos tienen derecho de
    predicar y anunciar el evangelio en las provincias de los
    bárbaros. Al respecto, Vitoria comienza enunciando un
    derecho fundamental de la convivencia internacional, cuya
    violación hará surgir la causa justa de
    intervención. Es el derecho de misión que
    proviene del mandato establecido por Cristo de evangelizar a los
    suyos. Sin duda se trata de una especie de convenio espiritual,
    que involucra también una obligación espiritual.
    Con esta orden Jesucristo otorgó potestad y
    carácter sobrenatural a la predicación misional,
    recayendo entonces en la Iglesia la función de enviar
    predicadores evangélicos por todo el mundo.

    Prueba al respecto Vitoria que ese precepto divino de
    anunciar el Evangelio también ha sido impuesto a los
    cristianos y lo demuestra relacionándolo con los deberes
    de caridad hacia el prójimo. Así, lo compara con el
    deber de corrección solidaria que obliga a enmendar los
    errores cometidos por el infiel causados por su desviación
    de la salvación ofrecida por Dios a todo el género
    humano. Y también por el deber de limosna espiritual que
    dictamina a instruir a los ignorantes,
    enseñándoles, en primer término, las
    verdades necesarias para salvarse.

    De aquí brota el derecho que asiste a todos los
    cristianos de propagar la verdad revelada, el cual es ante todo
    de carácter divino-positivo por su materia y
    connatural al orden cristiano. Vitoria establece al respecto que
    este derecho ante los infieles se presenta englobado en el
    derecho
    natural de expresar y difundir toda la verdad, entre la que
    se encuentra también la religiosa como condición
    única para alcanzar la gloria eterna.

    Por eso con profunda razón el teólogo
    expone este derecho de misión como extensión del
    ius peregrinandi et negotiandi, de los anteriores derechos de
    emigración y comercio que
    brotan de la natural comunicación entre los hombres. En
    este sentido, el carácter de él debe tener como
    objetivo
    comunicar a otros pueblos los bienes del
    espíritu, la difusión de la cultura y de la verdad
    religiosa.

    Además, es un derecho que asiste a los Estados
    católicos, puesto que también ellos tienen el deber
    de profesar y promover dicha religión. Por este
    motivo, Vitoria concibe estos derechos de gentes, como reglas
    verdaderas de derecho internacional
    público que, ejercidos por particulares o por los
    Estados, imponen siempre deberes y derechos a éstos.
    Asimismo, ellos también corresponden a los Estados
    cristianos para que puedan fomentar por todos los medios
    pacíficos la religión católica a
    través de la predicación evangélica, la
    colaboración y el cuidado de los predicadores dentro y
    fuera de sus reinos.

    Al respecto, el teólogo plantea también
    que el ius praedicandi ha existido previamente en todos los
    cristianos y no a partir de la comisión especial otorgada
    por el Papa a los reyes españoles como se ha pretendido
    hacer creer, ya que de lo contrario, el derecho de proteger la
    libertad de
    predicación misional le hubiera otorgado a España
    el poder de
    intervenir en caso de su violación.

    La segunda conclusión expresa que aunque esta
    misión sea común y pertenezca a todos, el Papa pudo
    encomendar este negocio a los españoles y
    prohibírselo a los demás. Es así como por la
    suprema potestad espiritual que posee el pontífice de
    promover la predicación del Evangelio en todo el orbe,
    puede disponer que sea ejercido este apostolado misional del modo
    más conveniente, encomendando a los reyes españoles
    la predicación evangélica en las provincias y
    prohibiéndosela a todos los demás.

    El valor jurídico de la donación
    pontificia de las Indias occidentales a España queda,
    pues, definido como una comisión dada a sus gobernantes de
    promover la predicación evangélica en aquellos
    territorios, con derechos exclusivos y en una especie de monopolio
    misional. Vitoria añade que esa donación a
    España del mandato y privilegio misional implicaba
    también la concesión privilegiada del ius
    peregrinandi y del comercio en
    las Indias "con prohibición a los demás pueblos de
    comerciar" y ejercer allí su derecho de emigración,
    contra la omnímoda libertad de
    tráfico que antes había sostenido.

    Con todo, en el nuevo orden internacional promulgado por
    Vitoria, estos derechos adquiridos de España y su
    magnífico e inmediato despliegue de acción misional
    eran sólo títulos para que el Pontífice
    otorgara el monopolio de
    la predicación religiosa misional.

    De esta concesión primera derivaba la
    conveniencia de los derechos también exclusivos de
    comercio, que Vitoria supone concedidos por la potestad indirecta
    de la Iglesia, extensiva a las cosas temporales pudiendo el Papa
    disponer de todo cuanto era conveniente para la
    propagación evangélica. Es así como ante la
    posible amenaza de la conversión de los indios por la
    enemistad entre los territorios europeos, el pontífice le
    confiere a España, además del monopolio misionero,
    el de navegación y comercio.

    La tercera conclusión concerniente a este
    título está referida a la permisibilidad de los
    bárbaros para que los españoles prediquen el
    evangelio libremente y sin obstáculos, sea que se
    conviertan o no a la fe, ya que no es lícito por esta
    causa hacerles la guerra ni
    ocupar sus territorios. Con ello, Vitoria reivindicaba la
    doctrina católica de la libertad de la fe y negaba el solo
    título religioso como causa de dominación política desterrando
    del orden internacional las simples guerras de
    religión.

    Queda fundamentado solamente el derecho divino y
    natural, que asiste a los cristianos, de anunciar la
    predicación evangélica y, a los indígenas la
    libertad de oir y recibir o no la fe. Sin embargo, deberán
    respetar, junto con todos los demás derechos humanos
    de los predicadores, el derecho de propagar libremente toda la
    verdad, más aun la verdad de la fe cristiana, necesaria
    para la salvación.

    La cuarta conclusión de este título
    legítimo trata de que si los indígenas –
    tanto los jefes como el pueblo- impidieran a los misioneros
    anunciar libremente el Evangelio, éstos pueden contra la
    voluntad de los indios, predicarles y exhortarles a la fe,
    aceptando en caso de requerirlo la condición de declarar o
    hacer la guerra hasta
    asegurarse de poder predicar la doctrina cristiana.

    Tal es el nuevo título de intervención
    hispánica en los diversos grados de la misma, hasta la
    guerra y la ocupación permanente de las Indias. No la
    resistencia
    religiosa a la fe cristiana como tal, sino la injuria inferida a
    los españoles por violación de un nuevo derecho de
    gentes, el cual se basa en la anunciación de la verdad
    ejercida para el provecho de los indios. Cabe destacar que dada
    la condición especial de la acción evangelizadora,
    Vitoria plantea no sólo la moderación en el
    empleo de los
    medios bélicos y abstención de toda crueldad, sino
    ceder hasta en los propios derechos y dejar de hacer la guerra,
    cuando el supremo interés de
    conseguir favorable acogida del Evangelio por medios
    pacíficos, e incluso soportando injurias, así lo
    reclamara. Esto se debe, a que sobre los derechos de guerra deben
    prevalecer las razones trascendentes de caridad
    evangélica.

    En consecuencia, el modo propio de llegar a los
    indígenas debe ser pacífico, por "persuaciones y
    explicaciones" de las intenciones de paz, como reafirma Vitoria y
    hasta con la solicitud de hospitalidad y petición de que
    sea escuchado su mensaje. El empleo de la
    fuerza
    sólo se hace lícito frente al hecho consumado de
    obstaculización a la acción misional. Es
    así, como los planteamientos de la doctrina vitoriana
    sobre el método de
    la predicación misional sin coacción, basado en la
    libertad de la fe y en la opción de los indios para
    acogerla fue aceptada y aprobada por teólogos y juristas
    del siglo XVI en contra de pocas excepciones junto con el derecho
    de intervención armada para reprimir toda oposición
    violenta a la predicación. Con relación a lo antes
    planteado se expresa que:

    … Todos ellos llegan a compartir los supuestos
    jurídicos sentados por el maestro de que el Papa no
    posee dominio
    universal del orbe, sino una potestad indirecta sobre lo
    temporal en orden a los fines espirituales. Por eso, como
    precisa de una manera especial Soto, el Papa en virtud de su
    potestad suprema de magisterio puede "repartir" a las naciones
    cristianas la función misional en las distintas regiones
    de infieles. Y así se distribuyó a España,
    en el famoso "diploma" de Alejandro VI, el cuidado o promoción de la predicación
    evangélica en las Indias. Esta misma idea vitoriana del
    sentido primordial de la concesión pontificia como
    reparto o "división" de la labor evangelizadora en los
    distintos países de misión es la que repite
    exactamente Las Casas.

    En esa orden misional también se contemplaba la
    concesión de una tutela o mecanismo de amparo de la
    evangelización y de sus misioneros contra aquellos
    obstáculos realizados por los infieles. Es a partir de
    esto, que los reyes españoles están en el derecho
    de enviar ejércitos para proteger a los predicadores del
    posible peligro de agresiones hostiles, y de suceder
    éstas, estar en la capacidad de ocupar por medio de las
    armas aquellas
    tierras, ya que poseían el derecho para ello.

    En la mente de estos teólogos este privilegio
    de ser "tutores" de la predicación, daba, pues, a los
    reyes de España un verdadero derecho de protectorado
    sobre los países de las Indias, ejercido en beneficio de
    la propagación de la fe cristiana y emanado de la
    potestad indirecta del Pontífice sobre el orbe cristiano
    y, en todo caso, del mismo derecho de gentes.

    El derecho de intervención en defensa de los
    convertidos es el tercer título legítimo llamado
    también por Vitoria título de religión y de
    amistad y
    sociedad humana el cual se presenta como un fundamento para la
    dominación política de las
    Indias; ya que se deriva, de la comisión pontificia dada a
    los Reyes Católicos de promover la evangelización
    de la doctrina católica en el continente americano. De
    allí que los teólogos Domingo de Soto y Juan de la
    Peña lo consideren como un título contenido en el
    anterior y causa general de defensa de la predicación
    misional y la religión cristiana. Por ello estos autores
    lo dividen en:

    1.- El deber y derecho exclusivo de enviar los
    mensajeros evangélicos.

    2.- La tutela de los misioneros mediante la
    protección armada.

    3.- El cuidado de defender a los cristianos convertidos
    bajo la protección del imperio español.

    Además, hay otro aspecto mencionado por Vitoria
    en torno a este
    derecho que es el referido a la justificación de la
    intervención como fundamento de la sociabilidad natural y
    el derecho de gentes. Al respecto expresa que los hombres y los
    pueblos están en el derecho de profesar, defender y
    propagar la doctrina católica a otros por todos los medios
    legítimos que encuentre para este fin. En caso de violarse
    el ius credendi y el ius discendi et docendi veritatem de este
    derecho se puede recurrir a la intervención utilizando las
    armas en
    defensa de los inocentes y vejados, por parte de los
    príncipes de otras naciones a causa de su auctoritas
    totius orbis

    En este sentido, también expresa que si ha habido
    indígenas convertidos al cristianismo y
    continúan siendo obligados por sus jefes a través
    de la violencia y el
    miedo a regresar a la idolatría, pueden los
    españoles intervenir con las armas con el fin de que los
    bárbaros desistan de tal injuria y de aquellos que
    fomenten la guerra hasta sus últimas
    consecuencias.

    Es así como este título de la
    intervención es legítimo bajo dos aspectos:
    primero, de acuerdo a la autoridad
    internacional, o de todo el orbe, causado por la violación
    de los derechos humanos básicos, y que conllevan a los
    Estados al deber de dar cumplimiento a las leyes del orden
    internacional relacionadas con la solidaridad que
    debe existir entre las naciones cristianas.

    El segundo aspecto se refiere al derecho que tienen los
    españoles a intervenir por mandato y delegación de
    la autoridad
    papal debido a la concesión entregada a los Reyes de
    España de intervenir tanto en defensa de los misioneros
    como de aquellos convertidos a la fe cristiana. Por ese motivo,
    la Iglesia tiene el derecho supremo de enviar predicadores a
    todos los pueblos, a defenderlos de las injurias y a proteger su
    labor incluso a través de las armas.

    De allí se desprende el planteamiento formulado
    por Vitoria en el segundo título legítimo de la
    primera parte de la relección De indis referido a la
    propagación de la doctrina católica a través
    de la predicación evangelizadora contemplada dentro del
    derecho de misión. Por tal motivo, se puede establecer la
    tesis de que
    durante la época colonial venezolana, las manifestaciones
    pictóricas producidas durante ese período fueron la
    expresión tangible del derecho misional. En este sentido,
    dichas producciones se hacen textos visuales que narran de una
    forma más clara y amena todo lo concerniente a la
    formación espiritual de los pobladores de ese entonces,
    caracterizados en su mayoría por su desconocimiento de la
    lengua de los
    conquistadores y misioneros.

    Se considera además, que las representaciones de
    imágenes religiosas en la pintura colonial venezolana,
    tenían como bien lo expresa Vitoria un "carácter
    persuasivo y de convencimiento de los fieles para ser convertidos
    sin coacción alguna y por voluntad propia a la nueva
    religión que se deseaba implantar en el territorio de la
    provincia venezolana.

    Asimismo, este tipo de producción
    pictórica se valió de todos los recursos
    técnicos con los que se podía contar para aquel
    entonces como el empleo de colores en su
    mayoría llamativos y por ende, de carácter
    simbólico como es el caso del hojillado dorado,
    especialmente utilizado para resaltar los símbolos tanto
    de carácter real como glorioso que poseían
    determinados personajes bíblicos.

    Así, la posible relación entre el derecho
    de propagación de la doctrina católica (planteada
    por Vitoria en el segundo título legítimo de la
    relección De indis) con las producciones pictóricas
    coloniales (siglos XVI-XVIII) permite afirmar que las mismas son
    la expresión genuina de la función catequizadora y
    difusora de la doctrina católica establecida en el derecho
    misional y llevada a cabo por los misioneros de las distintas
    órdenes religiosas con el fin de evangelizar a todos los
    pobladores de las tierras americanas.

    En este sentido, es un derecho basado en el mandato
    establecido previamente por Jesucristo de evangelizar y propagar
    la fe y por lo tanto, inherente a los Estados Católicos,
    los cuales están en el deber de predicar y promocionar su
    religión. De allí, surge la visión vitoriana
    de considerar todos estos derechos de gentes como verdaderas
    normativas de derecho internacional
    público.

    Se explica de hecho, la relación directa con la
    función catequética y pedagógica de las
    imágenes pictóricas venezolanas ejecutadas durante
    la colonia y, dirigidas especialmente, a la gran población indígena de esa
    época. Debido a esto, los misioneros se valdrán de
    ellas como medio persuasivo para la enseñanza de la fe cristiana, incorporando
    como temas de las mismas, escenas y personajes religiosos que han
    conformado la Historia de la Salvación del Hombre.

    De hecho, siguiendo los planteamientos
    internacionalistas ético-jurídicos de Francisco de
    Vitoria basados en la tradición tomista y planteados en su
    relección De indis, se puede destacar la defensa que
    hacía el autor sobre la capacidad racional del
    indígena para ser adoctrinado tanto en materia de fe como
    en la de otros asuntos cotidianos de orden social,
    económico y político. Por consiguiente,
    según el teólogo se puede llegar a los gentiles
    (indígenas) de una manera pacífica a través
    de la persuasión y de la explicación, de las
    intenciones de paz, hospitalidad y solicitud de que el mensaje
    doctrinal sea escuchado por ellos. Además, destaca como
    rasgo fundamental que el uso de la fuerza solo será
    lícita cuando se constate la consumación de la
    obstrucción del derecho misional por parte de los
    pobladores.

    De lo antes señalado, deriva la gran
    aceptación que tuvo entre los teólogos del siglo
    XVI, la doctrina vitoriana sobre el método de
    la predicación misional, la cual debe ir exenta de
    coacción, respetando la libertad de la fe y la de los
    indios para recibirla, al tiempo de que se pudiera recurrir a una
    guerra justa si los misioneros percibieran en los mismos, una
    oposición violenta al derecho de difundir y propagar la fe
    cristiana.

    En vista de ello, cabe destacar, la importancia que la
    Iglesia católica le concedió a la
    representación de las imágenes religiosas para
    fines instruccionales a partir del Concilio Tridentino (realizado
    durante el siglo XVI) y bajo los lineamientos de la normativa
    iconográfica dedicada a establecer las pautas para la
    identificación universal de cada uno de los personajes
    bíblicos y santos que la jerarquía
    eclesiástica ha reconocido y canonizado a lo largo de su
    historia. Así, la imaginería pictórica
    durante el barroco latinoamericano venezolano se destacó
    por el seguimiento de los dictámenes de la
    iconografía cristiana establecida a partir de la Edad Media
    para fines doctrinales eclesiásticos en todo lo relativo a
    los atributos, vestimentas, colores, actitudes,
    expresiones, posturas y por consiguiente, al carácter
    imitativo de los temas religiosos presentes en la
    imaginería pictórica colonial venezolana, lo cual
    permitió facilitar ampliamente la lectura
    adecuada de los mismos por parte de los fieles. Y por
    último, otros aspectos a resaltar fueron la expresividad
    de los rostros y la actitud de los
    personajes representados, que le sirvieron al predicador para
    lograr la identificación del feligrés con el tema
    en cuestión a fin de facilitarle al mismo la
    interiorización de la doctrina católica a
    través de su sentir religioso.

    Para finalizar la investigación, se puede demostrar que las
    representaciones de imágenes y temas religiosos tanto del
    Antiguo como del Nuevo Testamento y todos lo relativos a la vida
    de los santos, correspondió básicamente a un fin
    misional y por ende, catequético de la Iglesia
    Católica sobre los pobladores indígenas de las
    tierras recientemente conquistadas lo cual permite afirmar su
    relación con el derecho misional planteado por Vitoria en
    el segundo título legítimo de su famosa
    relección internacionalista sobre los indios americanos.
    De allí se concluye que las pinturas más que
    manifestaciones artísticas intrínsecas se
    convirtieron en objetos cultuales (textos visuales) que apoyaban
    a los sacerdotes y misioneros en la narración y
    difusión de la doctrina cristiana.

    BIBLIOGRAFIA.

    ARELLANO, Fernando. El Arte
    Hispanoamericano. Caracas. Editorial Ex Libris. Universidad
    Católica Andrés
    Bello. 1988.

    BOULTON, Alfredo. Historia de la Pintura en
    Venezuela. Epoca Colonial. Tomo I. Segunda
    Edición. Ernesto Armitano Editor. Caracas.
    1975.

    URDANOZ, Teófilo. Obras de Francisco de
    Vitoria. Relecciones Teológicas. Edición
    crítica del texto latino,
    versión española, introducción general e introducciones con
    el estudio de doctrina teológico-jurídica. Biblioteca de
    Autores Cristianos. Madrid. 1960.

    ARBELÁEZ GONZALEZ, Lucrecia
    María.

    Maracaibo, Venezuela.

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