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Transporte Multimodal



Partes: 1, 2

    Transporte multimodal
    Una operación logística de transporte

    1. Requerimientos del
      mercado
    2. Contratos tradicionales de
      transporte
    3. Contrato de transporte
      multimodal
    4. Infraestructura para transporte
      multimodal
    5. Operación
      logística
    6. Marco
      jurídico.
    7. Beneficios del transporte
      multimodal.
    8. Responsabilidad e
      indemnizacion
    9. Infracciones y
      sanciones
    10. Manual de
      diligenciamiento
    11. Incoterms
      2000

    CAPITULO I

    REQUERIMIENTOS DEL MERCADO

    Los contratos de
    transporte se
    diferencian unos de otros, fundamentalmente, en la responsabilidad en la coordinación de la operación de
    transporte y
    en la responsabilidad sobre la carga.

    A nivel internacional, las transacciones comerciales se
    realizan bajo los INCOTERMS, que son las diferentes posibilidades
    de realizar un intercambio comercial internacional, donde
    además de precisar las características de la mercancía y
    quien asume los costos del
    transporte, se determina el lugar en el cual la responsabilidad
    sobre esta pasa del vendedor al comprador.

    Los contratos de
    transporte tienden a ajustarse al INCOTERM con el cual han sido
    negociadas las mercancías, de acuerdo con el contrato de
    compra – venta. Cada vez,
    con mayor frecuencia se utilizan aquellos INCOTERMS en que la
    responsabilidad del vendedor, sobre el transporte y sobre la
    carga, termina en su propia bodega o en la bodega del comprador o
    en el destino final acordado.

    La tendencia en, lo que se podría llamar,
    la
    globalización de los contratos, obedece a la necesidad
    de aprovechar las ventajas competitivas del transporte para
    convertirlas en ventajas competitivas en las mercancías
    que se están trasladando. Esto es lo que se conoce como
    Operaciones
    Logísticas del Transporte.

    En las formas tradicionales del transporte, el generador
    de la carga debe hacer seguimiento a sus mercancías,
    dedicando esfuerzos, recursos y
    perdiendo nivel de concentración en sus procesos
    productivos. Mientras que para el transportador su principal
    preocupación es obtener carga en el presente con buen
    nivel de utilidades pero no se preocupa de conservar la carga
    históricamente. Si el generador de la carga tiene malos
    resultados la carga desaparecerá del mercado y se
    perderá la posibilidad de transportes futuros.

    Las formas modernas de contratar el servicio de
    transporte permite a los generadores de carga concentrarse en
    elevar sus niveles de productividad,
    para incrementar su competitividad
    en los mercados
    internacionales. El Transportador moderno, es un asesor del
    generador de la carga, es quien coordina todo el proceso y
    asume toda la responsabilidad desde la bodega del comprador hasta
    la bodega del vendedor. La gran riqueza del transportador moderno
    es el
    conocimiento del mercado, el
    conocimiento
    de las operaciones de
    transporte y un sistema de
    información que le permite, entre otros, estar en
    contacto con toda su red de agentes y estar
    actualizado de las nuevas exigencias que surjan en los diferentes
    lugares por donde presta servicio.

    Los servicios de
    transporte tradicional no son una respuesta a los requerimientos
    del mercado moderno. La globalización de la economía pretende
    integrar comercialmente a todos los países del mundo,
    permitiendo que cada economía pueda hacer
    aportes, ahí donde sus productos
    tengan la posibilidad de participar en condiciones favorables. La
    eficiencia y
    competitividad
    son requisitos indispensables para lograr nuestra integración con los mercados
    mundiales y los servicios de
    transporte deben responder a estos requerimientos.

    La conformación de bloques
    económicos y la tendencia de abolir las barreras
    comerciales a nivel continental, han obligado a los países
    del mundo a crear y buscar ventajas competitivas para enfrentarse
    en condiciones cada vez mas favorables en los mercados
    internacionales.

    Como parte del proceso de
    globalización, las economías
    individuales de los países tienden a desaparecer. Los
    productos que
    se consumen en el mercado interno y los productos que concurren a
    mercados externos son aquellos capaces de competir en condiciones
    favorables sin considerar el lugar de procedencia.

    Las ventajas comparativas con que cuenta cada
    país, dependen en gran medida, de la abundancia de ciertos
    factores productivos, como son el trabajo y
    los recursos
    naturales, así como condiciones climáticas que
    favorecen determinados procesos. Las
    ventajas comparativas se identifican fácilmente y suelen
    ser estáticas, al menos en el corto plazo, y algunas de
    ellas inmodificables. Colombia tiene
    ventajas comparativas en clima y suelos para
    producir café
    suave. La mano de obra abundante y barata era una importante
    ventaja comparativa, que se argumentaba, hace algunos
    años, para atraer inversión
    extranjera. Las ventajas comparativas aportan a la
    competitividad pero no son suficientes.

    Las ventajas competitivas son de carácter
    dinámico, es decir varían con el tiempo y se
    alcanzan con los procesos de modernización. En
    relación con la fuerza de
    trabajo laboral la
    ventaja competitiva es contar con bajos niveles de desempleo y mano
    de obra calificada. En el desarrollo
    certero de estas ventajas competitivas es que se centran los
    costos y
    beneficios de los tratados de
    libre
    comercio.

    Aquellos países que sean más exitosos en
    desarrollar ventajas competitivas en sectores donde realmente se
    necesitan, se beneficiarán en mayor grado del libre
    comercio. Por
    el contrario, aquellos países que fallen en identificar y
    promover sus sectores competitivos se verán perjudicados
    con el libre comercio,
    pues la competencia
    internacional tenderá a desplazar a los productores
    nacionales de aquellos bienes que
    compiten con las importaciones.

    El desarrollo de
    una industria
    competitiva, requiere estar rodeada de sectores competitivos, en
    especial:

    1. Los sectores productivos que lo abastecen de materias
      primas,
    2. Los servicios que se incorporan al proceso o que
      facilitan las operaciones (agua,
      luz, comunicaciones, transporte), y
    3. Mano de Obra (calificada).

    El Transporte Multimodal, acompañado de los
    servicios conexos que facilitan su operatividad, es un requisito
    sin el cual no es posible mejorar los niveles de competitividad
    de nuestros productos en los mercados internacionales.

    El movimiento de
    la carga, la logística de la distribución física, los Centros
    de Transferencia Intermodal, los Terminales Interiores de Carga o
    Puertos Secos, y la transmisión electrónica de documentos, entre
    otros, son expresiones nuevas en el transporte de
    mercancías, que aunque recientemente incorporadas, surgen
    con un fuerte dinamismo, gracias a los resultados que
    muestran.

    El Transportador Multimodal debe ser un gran empresario,
    con un gran conocimiento
    del mercado y de sus exigencias para que realmente se encuentre
    en condiciones de asesorar a sus clientes.

    Un Transportador Multimodal debe conocer no solo la
    operación física de su
    actividad sino las normas y
    reglamentos que establecen las condiciones, requisitos,
    restricciones y exigencias en los países donde pretende
    operar para los productos que pretende transportar.

    Estamos en una economía globalizada y las
    exigencias del mercado requieren de un trasportador moderno y
    competitivo que garantice la participación de los
    productos en condiciones de competitividad en los mercados. El
    transportador tradicional, cuya fortaleza económica se
    centra en el número de vehículos que posee y en las
    rutas en que presta el servicio, no tiene alternativa, si no se
    transforma, desaparecerá. El transportador moderno, que se
    requiere actualmente, centra su fortaleza en el
    conocimiento del mercado, conocimiento de las operaciones a
    la carga, conocimiento y destreza en los trámites
    documentarios y es un asesor y cómplice de sus clientes. El
    éxito
    del transportador moderno depende del éxito
    de sus clientes.

    CAPITULO II

    CONTRATOS TRADICIONALES DE
    TRANSPORTE

    1. TRANSPORTE UNIMODAL

    Es el servicio de transporte que permite el traslado de
    mercancía de un lugar a otro utilizando un solo modo de
    transporte, bajo un documento de transporte, Guía
    aérea, Bill of Lading B/L o Conocimiento de Embarque
    Marítimo, o Carta de Porte
    Terrestre, etc.

    La coordinación del servicio de transporte la
    realiza directamente el generador de la carga, o a través
    de su representante, que puede ser un Agente de Carga, quien
    contrata, en nombre del generador, al transportador carretero,
    ferroviario, aéreo, marítimo o fluvial y su
    responsabilidad se limita a la coordinación de la
    operación, mas no ante los siniestros que pudieran
    presentarse.

    . En circunstancias de un siniestro, el Agente de Carga
    hace la reclamación ante quien tuvo la carga bajo su
    responsabilidad, le colabora al dueño de la carga en la
    reclamación. El Agente de Carga nunca toma la carga bajo
    su responsabilidad.

    La responsabilidad del operador de transporte,
    normalmente, está sujeta al periodo de duración del
    transporte efectivo, es decir, se inicia y termina con el viaje.
    El transportador no tiene responsabilidad en el periodo de
    bodegaje antes o después del viaje. Es normal y frecuente
    que el transportador unimodal desconozca las mercancías
    que está transportando.

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     2. TRANSPORTE SEGMENTADO

    Es una de las modalidades de Transporte Intermodal, se
    utilizan tantos documentos de
    transporte como modos de transporte se requieran para el
    desplazamiento de las mercancías entre el origen y el
    destino. Adicionalmente, se utilizarán otro tipo de
    contratos, algunos de ellos verbales, en los puntos de
    transferencia de uno a otro modo de transporte, ya sea para el
    cargue, descargue, almacenamiento u
    otros servicios.

    La característica principal de esta modalidad
    es que el generador de la carga, directamente o a través
    de su Agente de Carga, realiza la coordinación de toda la
    operación de transporte y normalmente asume una parte de
    la responsabilidad en los puntos de transferencia.

    La responsabilidad sobre la carga esta segmentada entre
    los diferentes actores que intervienen en la operación.
    Cuando la carga no es visible, por ejemplo un contenedor, y esta
    llega en malas condiciones a su destino final, sin muestras
    aparentes de deterioro, es muy difícil para un experto en
    generar carga identificar el lugar o el modo de transporte donde
    se produjo el siniestro. Con el uso generalizado del contenedor
    esta modalidad tiende a desaparecer.

    El Transporte Segmentado es una forma costosa de
    realizar las operaciones de transporte. Las empresas
    dedicadas a la producción, que utilizan esta modalidad,
    requieren de un departamento de transporte y de personal
    capacitado para contratar los servicios, hacerle el seguimiento a
    sus mercancías, atenderlas en los diferentes puntos de
    transbordo y diligenciar la documentación requerida.

    El generador de la carga tiene un gran conocimiento de
    su actividad productiva, pero su especialidad no es el
    transporte, carece de la información necesaria para lograr una
    operación de transporte eficiente. Adicionalmente el
    movimiento de
    pequeños volúmenes de carga da un bajo poder de
    negociación con las empresas de
    transporte.

    Las normas
    internacionales, no solo sobre transporte, sino sobre empaques,
    embalajes, restricciones de ingreso de algunos productos no son
    materia de la
    actividad del generador de carga. La información del comercio y del
    transporte se encuentra en manos de los transportadores
    modernos.

    Los generadores de carga que deseen competir en el
    mercado internacional, deben abandonar las actividades de
    transporte y entregar estas a los Operadores Logísticos de
    Transporte que son expertos en el tema y los mejores asesores de
    los productores, porque ellos necesitan que su cliente sea
    exitoso para que se incremente el volumen de carga
    a transportar.

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     3. TRANSPORTE COMBINADO

    Es el servicio de transporte intermodal que permite el
    transporte de mercancías utilizando varios modos de
    transporte, bajo un Documento de Transporte Combinado origen –
    destino, con un régimen fraccionado de responsabilidad,
    pues a cada modo de transporte se le aplican las normas que lo
    regulen.

    Esta forma de contratar el servicio de transporte, se
    utiliza frecuentemente en el transporte internacional de
    mercancías y mas frecuentemente cuando el trayecto
    principal es marítimo.

    En consideración a las grandes dificultades y
    costos de los transportes interiores las empresas
    marítimas iniciaron el ofrecimiento de un servicio
    integral de coordinación, que les permitía a sus
    clientes despreocuparse de contratar a la llegada de las
    mercancías al puerto, el traslado de estas hasta su
    destino final. Actualmente, este servicio lo prestan los Agentes
    de Carga Internacional, que actúan como Operadores de
    Transporte Combinado.

    El Operador de Transporte Combinado, quien tiene bajo su
    responsabilidad, la coordinación integral de la
    operación, no tiene responsabilidad sobre las
    mercancías en los trayectos que no ha ejecutado, pues,
    frente a los otros transportadores actúa como Agente de
    Carga, en representación del generador de la carga y no
    como transportador.

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    CAPITULO III

    CONTRATO DE TRANSPORTE MULTIMODAL

    Cuando se combinan varios modos de transporte, es decir
    cuando se utiliza el transporte intermodal, hay varias formas de
    contratarlo: Transporte Segmentado, Transporte Combinado y
    Transporte Multimodal.

    El Transporte Segmentado cuenta con múltiples
    contratos, tantos como servicios de atención a la carga se requieran y la
    responsabilidad está en cabeza de cada uno de los
    contratistas. En caso de un siniestro el expedidor deberá
    identificar bajo la responsabilidad "de quien" se encontraba su
    mercancía en el momento de suceder este evento.

    EL Transporte Multimodal es el porte de
    mercancías por dos modos diferentes de transporte por lo
    menos, en virtud de un único Contrato de
    Transporte Multimodal, desde un lugar en que el Operador de
    Transporte Multimodal toma las mercancías bajo su custodia
    hasta otro lugar designado para su entrega.

    El Operador de Transporte Multimodal (OTM) es la
    persona que
    celebra un Contrato de Transporte Multimodal y asume la
    responsabilidad de su cumplimiento en calidad de
    porteador.

    La gran diferencia del Transporte Multimodal con los
    contratos tradicionales, es que en esta modalidad de contratar el
    servicio de transporte, el generador de la carga o expedidor,
    hace un solo contrato con un operador de transporte que asume la
    responsabilidad tanto de la coordinación de toda la cadena
    entre el origen y el destino de la mercancías, así
    como de los siniestros que pudieran presentarse a la carga y los
    siniestros a terceros o a los bienes de
    terceros que la carga pueda ocasionar.

    Los servicios que pueden incluirse en un Contrato de
    Transporte Multimodal pueden iniciarse con el recibo de la
    mercancía en la bodega del productor y entregarse en las
    instalaciones del vendedor que pueden ser sus puntos de distribución final en diferentes locales o
    almacenes.

    Adicionalmente, el Operador de Transporte Multimodal
    puede comprometerse a brindar un servicio de abastecimiento a su
    cliente en forma
    regular y justo a tiempo.
    Este es el único contrato de transporte que incluye el
    justo a
    tiempo.

    Ante un siniestro, en cualquier lugar o momento del
    recorrido de las mercancías, el expedidor o dueño
    de la carga tiene un solo interlocutor que le responde por la
    pérdida, el daño o el retraso en la entrega de las
    mercancías.

    El Transporte Multimodal, no solo es una
    expresión moderna del transporte, sino que principalmente
    es una forma eficiente y adecuada, a los nuevos requerimientos
    del mercado, de trasladar las mercancías entre un origen y
    un destino.

    El gran alcance del Transporte Multimodal es lograr que
    la combinación de modos de transporte sea competitivo
    frente al transporte unimodal, segmentado o combinado, y logre
    transformar en una realidad la complementariedad de los modos de
    transporte. Por esta razón la implementación del
    Transporte Intermodal es un requisito para hacer posible el
    Transporte Multimodal.

     Los múltiples contratos que es necesario
    hacer en una operación de transporte internacional
    tradicional, ha obligado a que el industrial se distraiga de sus
    actividades fundamentales para atender los requerimientos del
    transporte. El Transporte Multimodal permite a los industriales
    trasladar sus mercancías, desde el origen hasta el destino
    final con un solo contrato de transporte, con atención técnica de la carga,
    menores costos de transporte, en la cantidad adecuada y con la
    frecuencia requerida.

    Algunos de los contratos y actividades que es necesario
    realizar técnicamente en el transporte internacional de
    una mercancía, son: el embalaje, la consolidación
    de contenedores adecuadamente estibados, la transferencia
    intermodal, el transporte efectivo por los diferentes modos,
    cargue y descargue, almacenamiento,
    trámites e inspecciones aduaneras. Todas estas actividades
    pueden estar a cargo y bajo la responsabilidad del Operador de
    Transporte Multimodal.

    El transportador tradicional no requiere conocer la
    normatividad a nivel mundial, ni sus diferencias, ni ser experto
    en los desarrollo del mercado. Por el contrario, esto es un
    requerimiento del OTM, quien debe ser un experto en todas y cada
    una de ellas. El capital mas
    importante del OTM, es tener conocimiento e información
    actualizada del mercado, y una red de comunicaciones
    y agentes que soporte las operaciones y le permita ofrecer
    servicios eficientes.

    El movimiento de grandes volúmenes de carga de
    comercio
    internacional se hace principalmente a través del
    transporte marítimo, lo que obliga a que las
    mercancías deban trasladarse hasta el puerto para su
    embarque o desde el puerto hasta los centros de consumo. Los
    traslados internos se pueden hacer por uno o varios modos de
    transporte dependiendo de las alternativas existentes, la
    vocación de la carga y la vocación de los modos de
    transporte.

    En condiciones normales el transporte incluye un
    riesgo, pero
    este se incrementa en la medida en que aumentan los intercambios
    modales. Hay dificultades para determinar la ubicación del
    actor responsable del daño sufrido en el transporte de las
    mercancías cuando han intervenido múltiples
    operadores. El Transporte Multimodal pone en cabeza del OTM la
    responsabilidad total, ante el usuario, en el transporte de las
    mercancías, desde su origen hasta su destino
    final.

    El OTM asume frente al usuario una responsabilidad total
    por el movimiento de la mercancía desde el origen hasta el
    destino. Es decir, que independientemente del trayecto
    (marítimo, ferroviario, carretero, fluvial o aéreo)
    donde haya ocurrido el daño o la pérdida de la
    mercancía, el OTM es quien debe responder frente al
    usuario, por dichas eventualidades, salvo las circunstancias
    exonerativas establecidas en la normatividad.

    El concepto de
    tiempo y de
    justo a tiempo se introduce en las nuevas formas de contratar el
    servicio de transporte desde la bodega del industrial o del
    vendedor en el país de origen hasta la bodega del
    comerciante o del comprador en el país de destino. Los
    negocios se
    hacen en un momento determinado, el industrial necesita programar
    el consumo de
    materias primas. Los equipos y maquinarias deben estar en el
    momento de la puesta en marcha de una explotación minera o
    industrial, el día siguiente puede ser demasiado
    tarde.

    La certeza de un transporte "justo a tiempo", permite
    programar los inventarios y
    contar con los equipos, materias primas o productos terminados en
    el lugar indicado, en la cantidad requerida y en el momento
    oportuno, disminuyendo así los costos de
    producción y comercialización al evitar, entre otros,
    las grandes instalaciones de almacenamiento, los tratamientos y
    atención a mercancías especiales. Tanto las
    deficiencias como los excesos incrementan los costos, bajan el
    rendimiento y pueden afectar la calidad del
    producto.

    Las relaciones de competitividad en que se enfrentan los
    productos de diferentes países del mundo, requieren de una
    mayor especialización de las diferentes actividades
    económicas y de servicios, para aumentar calidad,
    oportunidad de la producción, oportunidad en la entrega y
    menores costos.

    CAPITULO IV.

    INFRAESTRUCTURA PARA TRANSPORTE
    MULTIMODAL

    El Operador de Transporte Multimodal (OTM) es un
    empresario del transporte, con un alto conocimiento del mercado y
    con una visión comercial de lo que representa el
    transporte en la competitividad de un producto. Su
    actividad es eminentemente internacional, lo cual implica que
    debe tener una red de agentes,
    encargada de la dirección operativa de sus actividades en
    las rutas atendidas.

    Una operación de Transporte Multimodal involucra
    a muchos actores pero también requiere de infraestructura
    física. Entre los actores se encuentran: el OTM., las
    autoridades de cada país por donde circula la carga, los
    usuarios y los organismos nacionales e internacionales que
    trabajan en su regulación.

    El Transporte Multimodal utiliza la infraestructura del
    transporte unimodal y segmentado, pero esto no es suficiente
    cuando se necesita que la carga fluya rápidamente entre su
    lugar de origen y su lugar de destino. Nuevos conceptos entran a
    participar en la infraestructura de transporte, que requiere una
    carga internacional que circula por el interior del territorio
    nacional y el manejo del contenedor. Los Terminales Interiores de
    Carga o Puertos Secos, los Centros de Transferencia y las
    instalaciones de seguimiento y comunicaciones, hacen parte de la
    nueva infraestructura que debe incorporarse para hacer posible el
    Transporte Multimodal.

    Los Terminales Interiores de Carga o Puertos Secos son
    instalaciones fijas, ubicadas en los lugares de origen y/o
    destino de la carga internacional, donde se le presta servicio a
    cada uno de los actores que intervienen. El principal actor es la
    carga, adicionalmente están los vehículos, los
    operadores, los conductores y los expedidores, entre
    otros.

    Los Centros de Transferencia Intermodal son
    instalaciones que facilitan la combinación de los
    diferentes modos de transporte presentes en un Corredor de
    Comercio
    Exterior, con el fin de aprovechar las ventajas y los
    beneficios, que de acuerdo con la vocación de la carga,
    ofrece cada uno.

    Los corredores de Comercio
    Exterior, son el conjunto de la infraestructura y de
    servicios, para los actores del transporte de carga, ubicada
    entre el origen y el destino de la carga, constituida por, entre
    otras: las vías, los servicios de comunicaciones, los
    centros de transferencia, los Puertos Secos, los talleres de
    atención a los vehículos, los hoteles y los restaurantes.

    CAPITULO V

    OPERACIÓN LOGÍSTICA

    Los conceptos producción, comercio y transporte,
    dentro de este nuevo esquema, no pueden analizarse en forma
    separada, el uno no tiene razón de ser sin los otros. Una
    producción altamente eficiente no garantiza niveles de
    competitividad en los mercados si no se cuenta
    simultáneamente con un transporte también altamente
    eficiente y competitivo. La competitividad en los procesos
    productivos, en el transporte y en la transferencia de las
    mercancías es un requisito para mejorar nuestras
    condiciones de participación en los mercados
    internacionales.

    El precio de
    nuestros productos en el mercado internacional, está
    conformado en gran parte por el costo del
    transporte. Por esta razón para mejorar las condiciones
    de competitividad en el mercado internacional es necesario,
    además de incrementar los niveles de productividad,
    disminuir la participación del transporte en su precio
    final.

    El Transporte Multimodal se está imponiendo en el
    mundo como la modalidad mas adecuada de contratación del
    transporte internacional de mercancías en un ambiente
    altamente competitivo. El multimodalismo permite aplicar
    economías de escala al proceso
    de transporte de mercancías, aprovechando las ventajas de
    cada modo de transporte, para obtener mayor precisión en
    los tiempos de entrega. Esto permite a los empresarios adelantar
    una planeación
    estratégica de sus procesos de producción y
    distribución.

    El comercio
    internacional en la actualidad se caracteriza por un proceso
    de lucha constante por obtener mayores niveles de competitividad,
    como única manera de conquistar o mantener mercados. Es
    cada día mas evidente la incidencia de los costos de
    transporte en la competitividad de los productos en los mercados
    externos. El Transporte Multimodal permite obtener ahorros
    substanciales en los procesos de distribución
    física de las mercancías de importación y de exportación posibilitando así a los
    empresarios mejorar la competitividad de sus productos en
    mercados externos.

    De otra parte, el Operador de Transporte Multimodal
    facilita al empresario el proceso mismo de contratación
    del transporte, brindándole mayor precisión en los
    tiempos de entrega de las mercancías, a mas de la ventaja
    de contar con un solo interlocutor en cuanto a la
    distribución física de sus productos.

    En el ámbito internacional, los usuarios de
    servicios de transporte han encontrado en el Transporte
    Multimodal una herramienta útil y flexible para manejar la
    distribución física de sus productos de una manera
    ágil, segura, eficiente y a costos
    competitivos.

    En Colombia, sin
    embargo, y en general en los países en vías de
    desarrollo, existe todavía resistencia a
    contar con el Transporte Multimodal como una alternativa viable,
    en parte por deficiencias estructurales para el desarrollo
    adecuado de esta modalidad de transporte y por el desconocimiento
    sobre sus beneficios.

    El Transporte Multimodal ha hecho posible convertir
    en ventajas, los obstáculos de la combinación de
    modos, mediante el desarrollo de modernas tecnologías de
    planeación y de operaciones de transporte,
    aplicando conceptos de reingeniería, racionalización de
    procesos y logística empresarial.

    Hace algunos años, a comienzos de la
    década de los noventa, la Comisión Económica
    para América
    Latina (CEPAL) planteaba que la facilitación y la
    logística podrían convertirse en verdaderas
    armas para
    disminuir los costos en el transporte internacional de
    mercancías y en su distribución física.
    Estos planteamientos Cepalinos ya no están en
    discusión, la evidencia los ha superado, estamos en un
    escenario superior. Los procesos aperturistas, la
    globalización y el fortalecimiento de la
    formación de importantes bloques
    económicos han demostrado que no es posible concurrir
    al mercado mundial, sin niveles aceptables de competitividad, sin
    contar con altos niveles de calidad, precios
    ajustados a la competencia y
    soportados en una infraestructura para el eficiente manejo de la
    carga.

    La participación del transporte en el precio de
    los productos que comercializa Colombia, pertenecientes al sector
    primario con destino al mercado internacional, oscila entre un
    20% y un 60%, según lo muestran los estudios realizados
    por la Oficina Regional
    sobre Logística Comercial Internacional del Centro de
    Comercio Internacional CCI/UNCTAD-OMC. Estas
    escalofriantes cifras son razón suficiente para que sea
    una preocupación, del sector
    público y del sector privado, la modernización
    del transporte, en tal forma que este permita bajar su
    participación en el precio final de las
    mercancías.

    CAPITULO VI

    MARCO
    JURÍDICO.

    1. NORMATIVIDAD INTERNACIONAL.

    En consideración a los requerimientos del
    comercio internacional, la Asamblea General de las Naciones Unidas,
    en 1978, convocó a una Conferencia de
    Plenipotenciarios para elaborar un "Convenio de Transporte
    Multimodal Internacional". La Conferencia se
    reunió en Noviembre de 1979 y en Mayo de 1980. En ambas
    reuniones se contó con la participación de 77
    países, entre ellos Colombia. Adicionalmente se
    contó con la participación de organismos
    especializados, intergubernamentales y no gubernamentales. La
    Conferencia preparó el "Convenio de las Naciones Unidas
    para el Transporte Multimodal Internacional de
    Mercancías", y fue adoptado, por la misma, el 24 de Mayo
    de 1980.

    El Convenio de las Naciones Unidas sobre Transporte
    Multimodal, estableció las condiciones generales de los
    Contratos de Transporte Multimodal, la Reglamentación para
    los Operadores de Transporte Multimodal, las responsabilidades en
    la operación y los requisitos a cumplir. Este instrumento
    que aunque no ha sido ratificado por los 30 países que se
    requiere, es utilizado, por adopción
    voluntaria, en los Contratos de Transporte Multimodal
    Internacional.

    En Colombia, a partir de los años 80 y de este
    Convenio se inició un proceso de búsqueda de
    instrumentos para la facilitación del Comercio
    Internacional y el desarrollo del Transporte
    Multimodal.

    Posteriormente, y en consideración a que el
    Convenio no lograba la ratificación por el número
    de países requerido para su entrada en vigor, se le
    encomendó a la Conferencia de las Naciones Unidas para el
    Comercio y el Desarrollo UNCTAD y a la Cámara de Comercio
    Internacional CCI, elaboraran reglas, hoy conocidas como las
    "Reglas UNCTAD/ICC relativas a los Documentos de Transporte
    Multimodal" las cuales son de adopción
    voluntaria y entraron en vigor el 1º. de enero de 1992.
    Estas reglas son provisionales y solo pueden ser adoptadas hasta
    cuando el Convenio entre en vigor.

    La normatividad de Naciones Unidas, aunque aún no
    ha entrado en vigor, ha servido de marco jurídico para
    precisar los conceptos sobre Transporte Multimodal y las
    responsabilidades del Operador de Transporte
    Multimodal.

    El Acuerdo de Cartagena, hoy Comunidad
    Andina, utilizó como marco Jurídico el Convenio
    de Naciones Unidas y las Reglas de la UNCTAD/ICC, para elaborar
    la normatividad común subregional sobre Transporte
    Multimodal Internacional.

    Los países miembros del Acuerdo de Cartagena, en
    1993, aprobaron la Decisión 331, sobre Transporte
    Multimodal Internacional, la cual, en su calidad de norma
    supranacional, es de obligatorio cumplimiento para todos los
    países miembros. Posteriormente, el Acuerdo de Cartagena,
    en 1996, aprobó la Decisión 393 que modifico
    algunos artículos de la Decisión 331.

    En ese mismo, 1996, la Junta del Acuerdo reglamento la
    inscripción en el Registro de
    Operadores de Transporte Multimodal y preciso algunos de los
    requerimientos, mediante la Resolución 425.

    En aras de armonizar las Decisiones del Acuerdo de
    Cartagena y la normatividad de los países miembros de
    MERCOSUR, sobre
    Transporte Multimodal Internacional, la ALADI
    elaboró como marco Jurídico, la Resolución
    23 de noviembre de 1996, la cual fue el producto de un proceso de
    concertación entre ambos bloques Subregionales, sin
    embargo, estos acuerdos aun no han sido adoptados.

    La Decisión 477 de Junio de 2000 de la Comunidad Andina,
    introdujo el Tránsito Aduanero Internacional para el
    Transporte Multimodal entre los países de la Comunidad
    Andina, situación que estaba en mora de considerar,
    dado que la derogada Decisión 327 no lo
    contemplaba.

    De dicha forma, aunque el Convenio de Naciones Unidas,
    no ha entrado en vigor, ha permitido, la armonización a
    nivel mundial del Transporte Multimodal Internacional,
    facilitando un marco jurídico que ha venido siendo
    adoptado mediante normas nacionales o de bloques
    económicos en diferentes países del
    mundo.

    La supranacionalidad de las normas de la Comunidad Andina,
    han facilitado a nuestros países los dispendiosos y largos
    trámites en el poder
    legislativo de cada uno de los países miembros,
    alcanzado así, con mayor celeridad el desarrollo normativo
    del Transporte Multimodal Internacional.

    2. NORMATIVIDAD NACIONAL.

    Aunque la normatividad Subregional es de carácter
    obligatorio para todos los países miembros, fue necesario,
    por mandato de las mismas o por la necesidad de precisar las
    formalidades en el ámbito nacional, aprobar algunas normas
    con estos objetivos.

    En mandato de la Decisión 331 del Acuerdo de
    Cartagena, se incluyó en el Estatuto Nacional de
    Transporte, Ley 336 de 1996,
    la designación del Ministerio de Transporte como el
    organismo nacional competente para lo relativo al Transporte
    Multimodal .

    En 1999, mediante el Decreto 149, se precisaron algunas
    formas para el proceso de Inscripción en el Registro de
    Operadores de Transporte Multimodal ante el Ministerio de
    Transporte, se identificaron las infracciones y se establecieron
    las sanciones correspondientes.

    En lo correspondiente, al comportamiento
    Aduanero, el Transporte Multimodal se rige por el Decreto 2685 de
    1999, la Resolución 4240 de 2000 de la Dirección de Impuestos y
    Aduanas
    Nacionales, la cual reglamenta dicho Decreto, y las normas que
    los modifican.

    CAPITULO VII

    BENEFICIOS DEL TRANSPORTE MULTIMODAL.

    El Transporte Multimodal presenta beneficios para el
    país, para los transportadores y para los usuarios.
    Algunos de estos beneficios son:

    Para el País:

    1. Descongestión de los Puertos
      Marítimos,
    2. Menores costos en el control de
      las mercancías,
    3. Mayor seguridad
      del recaudo de los tributos,
    4. Autocontrol del contrabando,
    5. Reducción en costos de recaudos de Tributos
      Aduaneros,
    6. Mayor competitividad de nuestros productos en los
      mercados Internacionales, y
    7. Menores precios de
      las mercancías importadas.

    Para el OTM y el transportador
    Efectivo:

    1. Programación de las actividades,
    2. Control de la carga de
      compensación,
    3. Carga bien estibada (evita siniestros),
    4. Programación del uso de vehículos de
      transporte,
    5. Programación de Ingresos.
    6. Continuación de Viaje hasta el destino
      final,
    7. A diferencia del Transito Aduanero, el OTM no
      requiere de una SIA para solicitar la Continuación de
      Viaje. El OTM es DECLARANTE.
    8. Reconocimiento del Documento de Transporte Multimodal
      como documento aduanero.
    9. Tratamiento preferencial en aduanas de
      ingreso y de paso. La carga amparada por un Documento de
      Transporte Multimodal debe ser autorizada para continuar viaje
      el mismo día que se solicita.

    Para el Usuario:

    1. Menores costos en operación total de
      transporte,
    2. Menores Tiempos de Viaje,
    3. Programación de los despachos y tiempos de
      viaje,
    4. Programación de inventarios,
    5. Certeza en el cumplimiento de la
      operación,
    6. Tener un solo interlocutor con responsabilidad
      total,
    7. Atención técnica de manejo de la
      carga,
    8. Menores riesgos de
      pérdida por saqueo o robo, y
    9. Capacidad de negociación (grandes
      generadores).

    CAPITULO VIII

    RESPONSABILIDAD E INDEMNIZACION

    1. RESPONSABILIDAD SOBRE LA CARGA.

    La responsabilidad del OTMI esta señalada en las
    Normas Supranacionales: Decisiones 331, 393 y Resolución
    425 del Acuerdo de Cartagena.

    El OTM es el único responsable, ante su cliente,
    por el retraso en la entrega de las mercancías, por los
    daños o deterioros que estas sufran mientras estén
    bajo su custodia y por la pérdida parcial o total de
    ellas. La responsabilidad del Operador de Transporte Multimodal,
    abarca el periodo comprendido desde el momento en que toma las
    mercancías bajo su custodia hasta el momento en que las
    entrega.

    El Operador de Transporte Multimodal será
    responsable de las acciones y
    omisiones de sus empleados o agentes en el ejercicio de sus
    funciones, o
    de las de cualquier otra persona a cuyos
    servicios recurra para el cumplimiento del contrato, como si esas
    acciones u
    omisiones fuesen propias .

    El Operador de Transporte Multimodal es responsable de
    los daños y perjuicios resultantes de la pérdida o
    el deterioro de las mercancías, así como del
    retraso en la entrega, si el hecho que causó la
    pérdida, el deterioro o el retraso en la entrega se
    produjo cuando las mercancías estaban bajo su custodia, a
    menos que pruebe que él, sus empleados o agentes, o
    cualquier otra de las personas, a cuyos servicios haya recurrido
    para el cumplimiento del contrato, adoptaron todas las medidas
    que razonablemente podían exigirse para evitar el hecho y
    sus consecuencias .

    El OTM solo podrá contratar servicios
    relacionados con su actividad con aquellas empresas que se
    encuentren legalmente constituidas y que cuenten con cubrimientos
    de seguros que
    garanticen su responsabilidad ante la carga, en tal forma que el
    OTM pueda repetir contra ellos en caso de un
    siniestro.

    Adicionalmente a lo dicho en el párrafo
    anterior, el Operador de Transporte Multimodal, no será
    responsable de la pérdida, el deterioro o el retraso en la
    entrega de las mercancías transportadas, si prueba que el
    hecho que ha causado tales pérdidas, deterioro o retraso
    ha sobrevenido durante ese transporte, por una o mas de las
    siguientes circunstancias:

    1. Acto u omisión del expedidor, de su
      consignatario o de su representante o agente.
    2. Insuficiencia o condición defectuosa del
      embalaje, marcas o
      números de las mercancías.
    3. Manipuleo, carga, descarga, estiba y desestiba de las
      mercancías realizadas por el expedidor, el consignatario
      o por su representante o agente.
    4. Vicio propio u oculto de las
      mercancías.
    5. Huelga, lock-out, paro o trabas impuestas total o
      parcialmente en el trabajo y
      otros actos fuera del control del
      Operador de Transporte Multimodal, debidamente
      comprobados.

    En términos generales, cuando la pérdida o
    el deterioro de las mercancías se hayan producido en una
    fase determinada del Transporte Multimodal, respecto de la cual
    un convenio internacional aplicable o la ley nacional
    imperativa hubiera establecido un límite de
    responsabilidad mas alto que el previsto entre las partes, se
    aplicará dicho límite . La responsabilidad
    acumulada del Operador de Transporte Multimodal no
    excederá de los límites de
    responsabilidad por la pérdida total de las
    mercancías. El Operador de Transporte Multimodal no
    podrá acogerse a la limitación de responsabilidad,
    si se prueba que la pérdida, el daño o el retraso
    en la entrega provinieron de una acción u omisión
    imputable a él, realizada con intención de causar
    tal pérdida, daño o retraso o temerariamente y a
    sabiendas de que probablemente sobrevendrían la
    pérdida, el daño o el retraso.

    Salvo acuerdo expreso en contrario, el Operador de
    Transporte Multimodal quedará exonerado de toda
    responsabilidad, si no se entabla acción judicial o
    arbitral dentro de un plazo de nueve (9) meses, contados desde la
    entrega de las mercancías o, si estas no han sido
    entregadas, desde la fecha en que las mercancías hubieran
    debido ser entregadas o desde la fecha en que el consignatario
    adquirió el derecho a considerarlas perdidas .

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    2. INDEMNIZACIÓN POR PERDIDA O DAÑO DE
    LAS MERCANCÍAS

    Se considera que las mercancías están
    perdidas:

    • Cuando el retraso en su entrega supera los 90
      días, o
    • Cuando se puede probar su
      pérdida.

    2.1. Indemnización Con Valor
    Declarado:

    Cuando el valor de las
    mercancías ha sido declarado y consignado en el
    documento de Transporte Multimodal por el expedidor, la
    indemnización se fijará, según el valor de
    estas en el lugar y momento de su entrega al consignatario o en
    el lugar y el momento en que, de conformidad con el Contrato de
    Transporte Multimodal, debieran haber sido entregadas
    .

    El valor de las mercancías se
    determinará con arreglo a la cotización que
    tengan en una bolsa de mercancías o, en su defecto, con
    arreglo al precio que tengan en el mercado o, si no se
    dispusiere de esa cotización ni de ese precio,
    según el valor usual de mercancías de igual
    naturaleza y
    calidad 14.

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    2.2. Indemnización Sin Valor Declarado y Sin
    Transporte Acuático:

    Si el Contrato de Transporte Multimodal, no incluye,
    el transporte por mar o vías de navegación
    interior, la responsabilidad del Operador de Transporte
    Multimodal estará limitada a una suma máxima
    equivalente a 8.33 DEG por kilogramo de peso bruto de las
    mercancías perdidas o dañadas .

    Para ver el gráfico seleccione la
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    superior 

    2.3. Indemnización Sin Valor Declarado y Con
    Transporte Acuático.

    Si el Contrato de Transporte Multimodal, incluye, el
    transporte por mar o vías de navegación
    interior, la responsabilidad del Operador de Transporte
    Multimodal estará limitada a una suma máxima
    equivalente a 666.67 DEG por bulto o por unidad o a 2.00 DEG
    por kilogramo de peso bruto de las mercancías perdidas
    o dañadas, si esta cantidad es mayor .

    Si un contenedor, una paleta o un elemento de
    transporte análogo es cargado con mas de un bulto o
    unidad, todo bulto o unidad de carga transportada, que
    según el Documento de Transporte Multimodal este
    contenido en ese elemento de transporte, se
    considerará como un bulto o una unidad de carga
    transportada. Si se omite la mención señalada
    en el DTM, todas las mercancías contenidas en ese
    elemento de transporte se considerarán como una sola
    unidad de carga transportada .

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    3. PLAZO DE RECLAMACION

    3.1. Daño Aparente:

    El consignatario deberá avisar por escrito al
    Operador de Transporte Multimodal, en el momento en que estas
    hayan sido puestas en su poder,
    acerca de la pérdida o de los daños sufridos por
    la mercancías, especificando la naturaleza
    general de estas, de no hacerlo, se establecerá la
    presunción, salvo prueba en contrario que el Operador de
    Transporte Multimodal ha entregado las mercancías tal
    como aparecen descritas en el Documento de Transporte
    Multimodal. (Dec. 331, Art. 21)

    3.2. Daño no aparente:

    El consignatario deberá avisar por escrito al
    Operador de Transporte Multimodal, en los seis días
    consecutivos siguientes al de la fecha en que las
    mercancías hayan sido puestas en poder del
    consignatario, de no hacerlo, se establecerá la
    presunción, salvo prueba en contrario que el Operador de
    Transporte Multimodal ha entregado las mercancías tal
    como aparecen descritas en el Documento de Transporte
    Multimodal. (Dec. 331, Art. 21)

    4. RESPONSABILIDAD POR RETRASO EN LA
    ENTREGA.

    Se considera que hay retraso en la entrega de las
    mercancías cuando las mercancías no han sido
    entregadas :

    • Dentro del plazo expresamente acordado, o a falta de
      este acuerdo,
    • Dentro del plazo que, atendidas las circunstancias
      del caso, sería razonable exigir de un OTMI
      diligente.
    1. INDEMNIZACIÓN POR RETRASO EN LA
      ENTREGA.

    El Operador de Transporte Multimodal deberá
    indemnizar a su cliente hasta con una suma equivalente al valor
    del flete de la operación de Transporte Multimodal,
    siempre y cuando haya existido compromiso de entrega en una fecha
    determinada y cuando haya:

    • Perjuicios directos resultantes del retraso en la
      entrega, y/o
    • Perjuicios indirectos: cualquier pérdida o
      daño, distintos de la pérdida o daños de
      las mercancías.

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