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Análisis y enunciación de las falencias del Anteproyecto de Ley de Intervención económica



    1. Análisis de la
      presentación o exposición de
      motivos
    2. Análisis de los
      títulos I y II
    3. Análisis del
      título III

    El presente documento pretende poner sobre la mesa de
    discusión algunos elementos o disposiciones contenidos en
    el anteproyecto de
    ley, que,
    creo, merecen ser considerados con detenimiento, puesto que de su
    aplicación pueden derivarse perjuicios tanto para el
    profesional contable nacional como para el país
    entero.

    Para mejor ordenamiento del análisis, voy a dividir la exposición
    en tres acápites así: Análisis de la exposición
    de motivos, Análisis de los títulos I y II y
    Análisis del titulo III.

    I-
    ANÁLISIS DE LA PRESENTACIÓN O EXPOSICIÓN DE
    MOTIVOS.

    1. Se adopta una actitud,
    frente al fenómeno de la
    globalización, que la reconoce como base de desarrollo
    equitativo, a partir del cual el país debe establecer unas
    medidas de apertura ilimitada que, supuestamente le
    permitirán participar, de manera ventajosa en la dinámica económica mundial. Por ello
    se acepta sin crítica ni comentario la
    participación en el apoyo a la asociación mundial
    para el fomento de "un sistema comercial
    y financiero abierto, basado en normas,
    previsible y no discriminatorio", para lo cual deben establecerse
    reglas de juego
    homogéneas para los diferentes actores de los mercados
    financieros.

    Se da por aceptado que Colombia es un
    actor válido en los grandes mercados
    financieros mundiales, por lo que debe adoptar el mismo
    estándar contable, de información, de control y
    profesional. Nada más alejado de la realidad. Nuestra
    actividad bursátil no tiene ningún significado ante
    las astronómicas cifras que mueven los actores
    verdaderamente válidos, en tales mercados.
    Nuestras empresas que
    corresponden al escenario denominado "de interés
    público", no alcanzan a 1.000 en el país, de un
    total superior al millón de entidades nacionales. Es
    decir, menor al 1 por mil, a más de que la importancia de
    tales empresas es
    mínima o insignificante frente a las cifras que se transan
    en tales mercados.

    De otra parte, los contables sabemos que la información contable se mueve en un entorno
    de "asimetría de información", por lo que los
    datos
    derivados del proceso
    informativo no son igualmente equitativos, claros y transparentes
    para todos los usuarios. Cuando adoptamos un modelo, cuyo
    objetivo es la
    protección del capital
    financiero, sus datos favorecen
    tal objetivo
    frente a otros posibles. En Colombia
    adolecemos de estudios empíricos que hayan determinado
    unos objetivos de
    información contable que representen los intereses de la
    mayoría de los partícipes en la dinámica económica nacional, por lo
    que no es raro legitimar que tales objetivos son
    coincidentes con los del gran capital
    financiero internacional. Esto es equivocado. Hemos dicho en
    alguna ocasión "La norma contable no es inocua. Su
    papel consiste
    en sustentar la elaboración de información
    orientada a determinar la magnitud de la riqueza creada en los
    procesos
    productivos y en establecer la asignación de tal resultado
    entre los diversos agentes participantes en el proceso de
    distribución." Establecer tal coincidencia
    implica poner al servicio del
    interés
    financiero mencionado la información contable y el trabajo
    profesional de los contadores del país.

    2. La exposición de motivos, en su segundo
    párrafo, se refiere a que
    ‘la comunidad
    internacional ha reconocido la necesidad de "armonizar" las
    distintas normas de
    información financiera’ para alcanzar altos
    grados de calidad,
    transparencia y comparabilidad en la información preparada
    por los entes económicos, independientemente de su
    país de origen, pero más adelante y dentro del
    articulado del proyecto se
    utiliza, con más acierto, el término de "adopción".
    Para algunos colegas la discusión entre si se armoniza o
    se adopta no tiene importancia ni fundamento. No es un
    discusión bizantina. De la aplicación de una u otra
    dinámica, se derivarían diferentes productos. La
    adopción correspondiente con la
    estandarización se orienta a "eliminar todo el
    contenido regulativo nacional concerniente a una temática,
    en este caso la contable, y, en su reemplazo, validar como un
    todo la normativa internacional". "El término
    armonización, opuesto al término
    estandarización, implica la reconciliación de
    puntos de vista diferentes. Esto a su vez representa un enfoque
    más práctico que la estandarización,
    particularmente cuando esta última quiere significar que
    los procedimientos de
    un país deberían ser adoptados por todos los
    demás. La armonización se convierte en un
    asunto de mejor comunicación de información en una
    forma tal que se pueda interpretar y comprender
    internacionalmente". Belkoui agrega: "Esta definición de
    armonización es más objetiva y presenta una
    mayor probabilidad de
    ser aceptada que la estandarización. Todos los
    países tienen sus propias normas, filosofías y
    objetivos a escala nacional,
    cuyo objetivo es proteger o controlar los recursos
    naturales. Este aspecto del nacionalismo
    surge de normas y medidas particulares que finalmente afectan el
    sistema contable
    de un país. La armonización consiste en
    reconocer tales idiosincrasias nacionales e intenta, como primer
    paso, reconciliarlas con los objetivos de otros países. El
    segundo paso es el de corregir algunas de esas barreras con el
    fin de conseguir un grado aceptable de
    armonización"

    De lo citado antes podemos inferir la gran importancia
    que implica tener clara la diferencia entre si el proceso es de
    adopción o de armonización normativo y las
    consecuencias que de ahí podemos derivar. En
    páginas subsiguientes, Belkoui anota: "se sabe que las
    políticas contables deben ser adecuadas
    para poder alcanzar
    objetivos políticos o económicos compatibles con el
    sistema político o económico propuesto por cada
    país. Como no existe la posibilidad de tener un solo
    sistema político o económico internacional,
    entonces se puede esperar que las diferencias en los sistemas
    políticos o económicos continuarán actuando
    como una barrera contra la armonización contable
    internacional". De aquí derivamos que si los objetivos
    políticos y económicos del país son
    totalmente coincidentes con los del entorno internacional,
    debería estandarizarse o adoptarse el modelo
    internacional; pero si tales objetivos no son coincidentes, debe
    adelantarse un proceso de armonización, que garantice la
    presencia y mantenimiento
    de tales objetivos como orientadores del proceso informativo y de
    control contable.
    Ello significa que el modelo contable debe ser desarrollado
    conforme a las necesidades del entorno, dentro de las que, de
    alguna manera amplia o menos amplia, dependiendo de las
    circunstancias particulares del entorno, aparecerán
    consideradas las necesidades del entorno internacional, y en
    tales circunstancias el modelo contable incluirá algunos
    de los procesos,
    mediciones y dinámicas informativas impulsadas por el
    entorno internacional, como parte del modelo contable
    nacional.

    3. En el mismo segundo párrafo
    de la exposición de motivos se afirma que se busca
    construir una información de la "más alta
    calidad,
    transparente y comparable
    ". Los dos primeros términos
    involucran dos juicios de valor que
    merecen una mínima discusión.

    La "más alta calidad" está
    relacionada con que la información está dotada de
    características que la califican para ser
    tomada por el usuario con confianza para fundamentar en ella sus
    decisiones, podría decirse, en principio, que es una
    información objetiva. Los contables sabemos que el hecho
    contable puede tener diversas presentaciones, dependiendo del
    contenido regulativo al que obedezca el proceso de medición-valoración que subyace al
    trabajo contable. No existe en general una verdad absoluta, menos
    en estas actividades que dependen fundamentalmente de las
    perspectivas social, económica y contable, y éstas,
    también lo sabemos, varían de entorno en entorno.
    Por ello, mientras las ciencias
    físicas o lógicas tienden a ser
    monoparadigmáticas, las socio-humanísticas son
    multiparadigmáticas. En estas circunstancias la calidad de
    la información depende de los contenidos regulativos y
    éstos responden a las condiciones del entorno, dentro del
    cual se establecen unos objetivos, que como lo citábamos
    antes, están relacionados con las condiciones políticas
    y económicas de tal entorno. De aquí derivamos que
    la objetividad que se reclama por la "alta calidad" debe estar
    relacionada con cierta correspondencia de la información
    con los objetivos del entorno, ya que un objetividad absoluta o
    general, válida para todos los entornos, no es posible
    alcanzar. Deducimos que la "más alta calidad"
    implica un objetividad relacionada con el entorno internacional,
    en cuya consideración y satisfacción de necesidades
    se propone el proyecto y cuyos
    objetivos no están en correspondencia total o
    significativa con los de nuestro entorno nacional. De donde
    concluimos que la "más alta calidad" no es una cualidad
    que garantice la mejor información para el entono
    nacional.

    En cuanto a la "transparencia" tomada como "la perfecta
    accesibilidad a la información en las áreas que
    competen a la opinión
    pública", se entiende como la característica de la información
    contable que garantiza al usuario la libre y total
    disposición del dato, completo y fidedigno. Está
    relacionada esta cualidad con la objetividad, en tanto
    ésta no podrá ser completa si no es objetiva y,
    así mismo, no podría ser confiable o fidedigna. La
    información transparente permite su acceso sin desgaste en
    el proceso decisional y por ello debe corresponder al desarrollo a
    partir de unos fundamentos y bases conocidos y compartidos. Por
    supuesto que tal característica coadyuva en el
    acrecentamiento de la riqueza de algunos actores, aquellos que
    con ciertas ventajas actúan en el mercado. Si el
    mercado es uno
    donde dominan las grandes empresas internacionales, la
    transparencia estará a su servicio. Ello
    no quiere decir que tal cualidad no sea deseable para cualquier
    sistema informativo. Es una cualidad ‘sine quanon’ de
    éstos. Algunas preguntas que habría de hacerse son
    las siguientes: ¿las bases que soportan el sistema
    informativo y de control internacional, que se adopta en el
    pre-proyecto, sí están garantizando tal
    transparencia? No parece ser así dadas las recientes
    experiencias de grandes empresas de la producción y del control contable, donde el
    "buen gobierno" brilla
    por su ausencia. ¿Dónde está la
    falla?.

    De otra parte hay que considerar que existe una
    importancia pública de la información, no en el
    sentido que adopta el proyecto de tomar "el interés
    público" como la sumatoria de los intereses privados de
    las personas jurídicas o naturales dominantes en los
    mercados
    financieros internacionales, sino en el de la
    representación de los intereses generales sociales
    más amplios y representativos de la nación.
    En tal sentido, hablar de transparencia y de libre
    disposición de los datos de la nación
    entera, para ponerlos al servicio de entidades transnacionales,
    cuyos fines están dirigidos a acrecentar sus ganancias,
    sin importar si originan beneficios o perjuicios al país,
    no es cosa de poca monta, y es un asunto que tiene que ver hasta
    con la seguridad
    económica y social del país.

    4. En el tercer párrafo de la presentación
    se afirma que la comunidad
    internacional y las Naciones Unidas,
    han reconocido a algunas entidades como emisores de
    estándares internacionales y que por ello los estados
    miembros de la ONU han iniciado
    un proceso de adopción en su
    derecho interno, de los diferentes estándares
    emitidos. Aquí también se establece
    una especie de denominador común, cuando se considera a
    todos los países, en igualdad de
    condiciones. Obviamente que países con economías
    desarrolladas podrán adoptar tales estándares pues
    se verán interpretados por sus objetivos y
    dinámicas. Pero tal circunstancia no es la de Colombia,
    así se proponga adoptar a partir de ciertos niveles de
    escalabilidad, ya que el segundo y tercer nivel estarían
    soportados en las normas emitidas por ISAR-UNCTAD, cuya
    orientación es la misma de los IFRS, que no responden a
    los intereses de nuestro entorno, dado el escasísimo nivel
    de desarrollo socioeconómico, el que no se va a ver
    favorecido ni impulsado por la adopción normativa
    contable, financiera o económica. Tampoco se
    alcanzará el tan deseado incremento en el nivel de
    desarrollo de un país por su inclusión de forma no
    previsiva ni planeada, en los mercados internacionales,
    experiencia que estamos viviendo en otros órdenes,
    diferentes al contable y que nos aporta datos del escandaloso
    fracaso de tales medidas, adoptadas en la pasada década y
    hoy impulsadas con denuedo por este gobierno. Como
    ejemplo de estudio y planeación
    del proceso de adopción del modelo internacional contable,
    no muy cercano por las grandes diferencias en el tamaño y
    desarrollo de la economía, se puede
    tomar el caso de España (la
    economía
    española está entre la diez más grandes del
    mundo y es siete veces mayor que la colombiana). A finales de
    2002 deciden recomendar la adopción de los
    estándares internacionales, luego de un estudio
    pormenorizado de 18 meses (precedido de 30 años de
    experiencia en regulación y planificación contables), realizado por un
    amplio grupo de
    expertos, en representación de los diversos grupos de
    afectados, pero además de ello, de haber contado con
    diversos estudios orientados a establecer las diferencias entre
    la normativa española y la internacional. También
    hay que tener en cuenta que tal decisión se toma por su
    pertenencia a la UE, entidad que tiene una gran influencia al
    interior de los organismos normalizadores contables,
    circunstancia que favorece la inclusión de objetivos y
    criterios que reflejen el interés de los miembros de la
    Unión.

    En nuestro caso, el estudio se ha hecho a puerta cerrada
    por un comité gubernamental sin participación de
    los afectados por las medidas a tomar. No constituye el resultado
    de un proceso de participación, pues las universidades,
    los gremios profesionales, los gremios económicos y
    entidades de dirección y control profesional, que
    constituyen el grueso de sectores y organismos interesados en la
    profesión contable no han participado en su
    elaboración. Es un producto
    terminado presentado a consulta con escaso tiempo para su
    conocimiento y
    crítica. La participación de una organización en un proceso implica que
    ésta esté presente, de forma continua en tal
    proceso y que se le permita aportar elementos que deben ser
    tomados en cuenta en la elaboración del producto, el
    cual debe reflejar el resultado de los acuerdos al que hayan
    llegado el conjunto de partícipes. En este caso estamos
    ante un producto que refleja el interés de una sola de las
    partes, el gobierno, interesado en imponerlo, para cumplir con
    sus compromisos, sin medir las consecuencias para los grupos afectados.
    No se conocen estudios de impacto orientados a determinar
    cuál será el efecto de la adopción en la
    economía de las empresas o en la economía del
    país; tampoco se conoce ningún estudio que
    determine cual es la disponibilidad de recursos
    profesionales idóneos para garantizar la
    realización del cambio de las
    estructuras
    informativas de las entidades colombianas; ni cuál es la
    situación de la universidades y gremios para calificar a
    los estudiantes ya los profesionales en la nueva temática.
    Este es otro caso de improvisación en el proceso normativo
    contable y de imposición inconsulto con los afectados por
    las disposiciones contenidas en el anteproyecto de
    adopción normativa.

    5. El cuarto y el quinto párrafos de la
    exposición de motivos, están dedicados, sin
    ningún reato de conciencia de los
    autores, a exponer la necesidad "de
    adoptar en Colombia el conjunto de prácticas contables que
    ha desarrollado la comunidad internacional para fortalecer el
    sistema de información
    de los entes económicos
    y aumentar su efectividad en la prevención y
    solución de crisis

    asegurando que se presenta la información de manera
    precisa y de modo regular
    acerca de todas las cuestiones
    materiales
    referentes a la situación financiera de la entidad
    . El
    desarrollo y la puesta en práctica de los
    estándares internacionalmente aceptados
    permitirán unos mercados financieros más sanos y
    más estables
    , en consideración al alto grado
    de calidad y aceptación
    de los postulados
    internacionales"

    No hace ni dos años que el mundo financiero y con
    él las economías de varios gigantes empresariales y
    de países desarrollados se estremecieron ante los diversos
    escándalos producidos por la "aplicación razonable"
    de los criterios y técnicas
    de medición, información y control
    derivados de los modelos
    anglosajones de contabilidad y
    auditoría, identificados como NIC, NIIF o IAS,
    IFRS, US-GAAP (por sus siglas en inglés), NIA, NAGA o ISA, ISQCAARS(por sus
    siglas en inglés), originados en el concierto
    internacional o en los Estados Unidos
    (pero que cada vez se corresponden más, dado el programa de
    convergencia que adoptaron los dos frentes de trabajo normativo,
    desde mediados de la década de los noventa); todo ello
    bajo la guía ética
    contenida en el Código
    de Ética
    para Contadores Profesionales emitido por IFAC.

    A la luz de estas
    normativas se produjeron los atropellos contra indemnes
    pequeños propietarios accionarios de las corporaciones,
    quienes al no contar con la información privilegiada, de
    que sí disponían los accionistas directivos,
    perdieron la oportunidad de vender las acciones antes
    de que la bancarrota se conociera. Grandes capitales
    desaparecieron como por arte de magia,
    pero, así mismo, grandes capitales fueron a parar a manos
    de personajes que se favorecieron por la disposición de
    información privilegiada y que contaron con la
    protección y complicidad de firmas transnacionales de
    auditoría, como la Arthur Andersen.

    Justamente a raíz de tales escándalos en
    los Estados Unidos se
    impulsó la ley Sarbanes-Oxley que establece un control
    estatal a las firmas de contabilidad y auditoría, para
    evitar que los desmanes y corruptelas empresariales se siguieran
    cometiendo. El modelo de información, control y gobierno
    corporativo anglosajón está en crisis y sus
    responsables están sometiéndolo a revisión.
    La ley mencionada es una demostración de ello, pues el
    control corporativo no se deja sólo en manos de firmas de
    auditoría privadas sino que se toma desde un organismo con
    participación gubernamental.

    Si esto es lo que está ocurriendo en el
    ámbito profesional contable internacional, me pregunto
    ¿cuál es la justificación para
    adoptar sin ningún reparo, el contenido normativo
    derivado de IASB-IFAC, que está haciendo crisis?
    ¿Cómo se puede afirmar lo citado entre comillas y
    resaltado en negrilla, en el párrafo precedente, numerado
    con 4? Este párrafo es escandaloso porque ignora la
    realidad que hoy por hoy se sigue viviendo, como resultado de la
    aplicación del mencionado modelo, como nos lo demuestra el
    caso Parmalat o el de Adeco.

    6. El párrafo sexto se refiere a que el
    anteproyecto es el resultado de "esfuerzo conjunto" de
    representantes de siete entidades. Yo diría que fue un
    esfuerzo por evitar que los interesados en sus efectos se
    enteraran y se involucraran. Personalmente fui objeto de una
    airada advertencia del Dr. Samuel Mantilla, quien por medio del
    correo
    electrónico me reclamó por haber circularizado
    entre colegas interesados un borrador del anteproyecto que
    llegó a mis manos. La misión de
    los involucrados era clara: mantener en secreto su contenido
    hasta que estuviera completamente terminado. Después de
    esto y de saber que el señor Superintendente de Sociedades se
    expresara, en un evento de la profesión, de manera
    desobligante sobre el posible pensamiento en
    contra del preproyecto, por parte de buena parte de los
    profesionales contables, me pregunto: ¿sí
    habrá disposición del Comité para modificar
    todo el contenido del preproyecto? Pienso que admitirán
    variación sólo de algunas cosas formales, pero el
    fondo, aunque perjudique a la profesión y al país,
    permanecerá inmodificable y sólo los organismos
    legislativos y jurisdiccionales podrán variarlo y
    ojalá hundirlo.

    7. El séptimo párrafo se refiere al
    sometimiento a discusión de todos los interesados del
    preproyecto, que fue conocido a mediados de diciembre, otorgando
    escasos dos meses para la "discusión", dos meses
    atravesados por las vacaciones y las fiestas decembrinas,
    recurriendo a la misma estrategia
    gubernamental de expedición de las reformas tributarias y
    los decretos de alzas en los precios de los
    bienes y
    servicios, en
    momentos en que los interesados están desinteresados. Sin
    embargo conozco varios pronunciamientos y comunicados de gremios
    profesionales y de particulares, contentivos de reparos y
    argumentos en contra de los planteamientos del anteproyecto que
    no han merecido respuesta por parte del Comité
    Interinstitucional. Lo correcto es que el periodo de
    discusión del producto terminado, ya que no hubo
    participación en su fundamentación,
    direccionamiento y confección, fuera, al menos, de igual
    tiempo al
    empleado en su elaboración, descontando el mes de las
    vacaciones, ello es hasta el 10 de Noviembre de 2004.
    Además de la discusión, deben realizarse los
    correspondientes estudios de impacto en el medio empresarial,
    educacional y profesional contable del país. De otra
    manera se entenderá que no existe ánimo, ni en el
    Comité ni en el Gobierno, para someter a una verdadera
    discusión y a su transformación en consecuencia,
    del articulado del anteproyecto.

    8. El octavo párrafo que dice
    "El Gobierno Nacional entiende que
    si bien es necesario y urgente realizar el ajuste a los
    parámetros internacionales, ello conlleva realizar
    transformaciones de fondo no sólo en la normatividad sino
    particularmente en las prácticas nacionales
    . El
    proyecto de ley que se expone a discusión pública
    presta especial consideración a ello."
    Parece que el Gobierno fuera consciente de la magnitud de
    los cambios que se proponen bajo el esquema de la adopción
    y del tiempo que ellos requieren, tanto en la normatividad como
    en la práctica profesional, pero cuando uno va al
    articulado propuesto, según el artículo 35, para el
    nivel 1 de escalabilidad, hay menos de dos años y menos de
    tres para el nivel 2, concluiría que tal conciencia no
    existe. ¿Se ha pensado en la incidencia de estos cambios
    en el mercado laboral? La
    adquisición de un nivel medio de experticia en los
    fundamentos, procedimientos y
    técnicas del modelo de contabilidad, de
    control y ético internacional que se está
    pretendiendo adoptar requiere de un periodo de tiempo mucho mayor
    que el aquí contemplado, lo que traería como
    consecuencia que el mercado, que hoy atienden las firmas
    nacionales, no expertas en el modelo, tendería a caer en
    manos de firmas internacionales, extranjeras, ya que los
    propietarios y los administradores de las empresas
    preferirían contratar para estos servicios de
    asesoría a los contables más experimentados, sin
    importar la nacionalidad. ¿Cuál será la
    incidencia del cambio
    propuesto en las empresas, que deben adoptar el nuevo modelo en
    un tiempo perentorio? Si se mantiene el plazo, como ya lo
    observamos, para el nivel 1 de escalabilidad hay menos de dos
    años y para el nivel 2 menos de tres, agravando estas
    circunstancias el hecho de que aun no se conoce el texto
    definitivo de la ley, pues ni siquiera ha comenzado su
    tránsito en las Cámaras legislativas.
    ¿Qué contadores y qué auditores les
    llevarán las cuentas y las
    controlarán? ¿Se ha pensado en las universidades y
    en el tiempo que les llevará capacitar a sus profesores
    para que impartan estos conocimientos entre los estudiantes?
    ¿Y qué decir de los estudiantes que
    egresarán en los próximos dos años, que no
    han estudiado este modelo, pero que la práctica
    profesional se lo exigirá de manera inmediata? "El
    proyecto que se expone presta especial atención a ello
    " dice el párrafo
    citado. ¿Será ello cierto? Si es así, que
    publiquen los estudios realizados y las estrategias que
    se han planeado para solucionar estos interrogantes y otros que
    se están haciendo los afectados. De otro modo hay que
    entender la situación como el resultado de un plan orientado a
    causar el mayor perjuicio a la profesión contable
    nacional.

    Derivado de esto es necesario y obligante preguntarse:
    ¿Cuál es el impacto causado en la economía
    de las empresas nacionales por la adopción del modelo de
    información contable internacional? Según el
    artículo 14 del anteproyecto, Fases de transición,
    se deben cumplir dos fases, una de evaluación
    y otra de ejecución. "Durante
    la fase de evaluación los entes económicos y
    del sector
    público deberán comunicara todos los que
    resultaren afectados por la conversión del proceso que se
    inicia, indicando la fecha para la cual se espera razonablemente
    cumplir con la transición. Igualmente deberán
    estimar las necesidades de recursos
    humanos y técnicos necesarios para la
    conversión
    , así como el impacto de la
    transición,
    incluyendo una descripción de las prácticas
    contables que deberán ser modificadas, las revelaciones
    adicionales que se requieren y señalando el efecto que
    tendrá la transición en el patrimonio, en
    los ingresos netos y
    en los flujos de efectivo del ente económico o del
    sector
    público. En la fase de ejecución, los
    entes económicos y del sector público
    deberán analizar en detalle las diferencias existentes
    entre las prácticas que vienen observando y aquellos que
    correspondan a los estándares internacionales de
    contabilidad
    y adoptarán las medidas adecuadas para
    realizar la transición, tales como identificar la
    información contable que deba ser reportada,
    reconocerán las debilidades que deban ser eliminadas y
    determinarán el cronograma de actividades detallado para
    la recolección, análisis, cuantificación y
    registro
    de dicha
    información". Esto significa, que una vez
    adoptado el modelo se hará el estudio de impacto y la
    determinación de necesidades humanas y técnicas.
    También se realizará el análisis de las
    diferencias entre las prácticas viejas y nuevas. Me
    pregunto: ¿Estas consideraciones no deberían
    resolverse antes de adoptar el modelo? ¿No debería
    inducirse a un proceso de capacitación en las universidades y en las
    empresas, para luego tomar la decisión de adoptar el
    modelo contable, si tales estudios lo avalan como pertinente para
    la economía de las empresas y la del país en
    general? Según lo que parece, el Gobierno se ha
    comprometido con organismos internacionales a adoptar el modelo y
    no ha realizado los estudios de impacto pertinentes ni ha
    elaborado ninguna estrategia para
    enfrentar los múltiples problemas que
    la adopción va a generar entre los sectores profesional,
    empresarial y educativo afectados. Tal posición es
    coherente con la política de apertura
    económica y de adscripción irrestricta a las
    orientaciones de la OMC y de otros
    organismos internacionales, de apoyo a los tratados de
    libre
    comercio, negociaciones en las cuales el gobierno,
    según algunos analistas, ha nombrado equipos de
    negociadores académicos, sin experiencia, con conflictos de
    interés, que definen posiciones al gusto de la
    contraparte. Por ello se puede afirmar que el anteproyecto es una
    parte de dicha política, pues de
    esta manera la información económica y financiera,
    base importante para el éxito
    del programa
    liberalizador, fluirá de la manera más adecuada
    para los usuarios partícipes de los mercados financieros
    internacionales.

    II.
    ANÁLISIS DE LOS TÍTULOS I y II

    TÍTULO I – DE LOS FINES Y ALCANCES DE LA
    INTERVENCIÓN.

    El título primero inicia determinando el
    ámbito de la aplicación de la ley,
    estableciéndolo a partir de la definición de entes
    económicos, para las actividades económicas, tanto
    privadas, mixtas o estatales y de entes del sector
    público, para los organismos del poder
    público, no reconocidos como entes económicos por
    el Gobierno Nacional.

    El fin de la ley se plantea como la orientación
    de las actividades de los entes de acuerdo con prácticas
    de buen gobierno y el del manejo de la información
    financiera en condiciones de credibilidad e
    igualdad
    .

    Se agrega, entre otros, que el fin de la
    intervención es el de desarrollar un sistema comercial y
    financiero abierto y no discriminatorio, de promover el
    buen gobierno empresarial, desarrollar en el interés
    público
    un solo conjunto de estándares de
    alta calidad, transparente y comparable, cuya
    credibilidad se incrementará por la
    verificación de un profesional independiente y,
    todo ello, para contribuir al fortalecimiento de la
    economía.

    Para alcanzar estos fines, se propone adoptar
    estándares internacionales de contabilidad,
    auditoría y contaduría, desarrollados por la
    comunidad internacional, y entendidos como el marco
    conceptual, principios,
    reglas y criterios, emitidos por organismos internacionales
    competentes
    y reconocidos en el texto de esta
    ley.

    He resaltado en negrilla los términos que, a mi
    juicio, son fuertemente controversiales porque encarnan juicios
    de valor, y son
    los términos en los que descansa la argumentación
    oficial para justificar la ley de intervención y con esta
    la adopción normativa incondicional.

    Pasaré, a continuación a desarrollar
    algunos elementos de juicio frente a tales términos,
    eximiéndome de repetir los que ya han sido comentado en la
    primera parte de este artículo.

    1. Buen gobierno corporativo ha sido un
      término introducido en el ámbito nacional
      recientemente. No es difícil establecer su significado
      que está relacionado con el apego de las directrices
      empresariales a los objetivos corporativos, a su vez,
      coherentes con los objetivos del sistema socioeconómico
      que cobija a un entorno geográfico dado, en este caso,
      debería ser a nuestro entorno nacional. Es un
      término que cae dentro de los dominios de la
      ética en general y, particularmente, dentro de la
      recientemente desarrollada vertiente de la ética
      empresarial o ética de los negocios.
      Según Adela Cortina "la ética de los negocios
      puede entenderse como un modo de resolver moralmente conflictos
      de acción". Sirve para tomar mejores decisiones en
      torno a un
      deber ser, y para ello, es preciso contar con propuestas,
      observaciones, juicios de valor y supuestos. El problema surge
      cuando se adoptan como objetivos orientadores de ese deber ser
      los que les interesan a las minorías dominantes en el
      entorno global, como es el caso que nos ocupa. Así, "el
      buen gobierno corporativo" se entiende como el conjunto de
      acciones que
      tienden a alcanzar la metas previstas por el gran capital
      financiero transnacional orientado por la directriz de obtener
      la máxima ganancia con el mínimo costo
      posible, sin importar que en el camino se ignoren derechos y se eludan
      costos que
      deberían reconocerse y pagarse, de existir un conjunto
      de normas y deberes diferentes. Propulsar el buen gobierno de
      las empresas, de suyo no es un propósito despreciable,
      es loable en la medida en que tales directrices se refieran al
      manejo de los recursos y a la
      distribución de los resultados
      corporativos de forma que beneficie socioeconómicamente
      los intereses nacionales por encima de los externos. En este
      aspecto, como en otros muchos, no podemos estar de acuerdo con
      la propuesta del C.P. Samuel Mantilla, cuando aconseja al
      país el deber de honrar los compromisos adquiridos en el
      plano internacional, a propósito del establecido con la
      OMC y que
      originó el artículo 63 de la ley 550-99, sin
      importar que tal decisión implique sacrificios y
      negativas consecuencias al país.
    2. Credibilidad e igualdad, como condiciones de
      la información financiera, por supuesto que son dos
      características deseables para cualquier sistema
      informativo, pero como tales características no tienen
      un referente positivo común, dado que responden a
      posibles diversos intereses y condiciones específicas;
      hay que preguntarse, igual que los hacíamos antes en los
      temas de alta calidad y transparencia: ¿para satisfacer
      los intereses de quienes? No puede ofrecerse una
      información absolutamente neutra que responda al hecho
      empírico cuya interpretación, para cualquier
      observador, sea equivalente. La información es
      construida con base en diversos parámetros, hipótesis instrumentales o principios de
      contabilidad que son orientados al alcance de ciertos
      objetivos del sistema informativo. Unos serán los
      principios
      si se trata de informar para mantener el capital operativo,
      otros para mantener el capital financiero y otros, si se trata
      de favorecer los flujos de capital que circulan en los mercados
      financieros internacionales. También se puede decir que
      tendrán elementos comunes, pero el énfasis
      informativo será diferente en cada uno de los
      escenarios. Por ello hay establecer que la credibilidad e
      igualdad no
      son absolutas, son relativas, y su utilidad
      depende de los objetivos del sistema y de su coincidencia o no
      coincidencia con los propósitos del interesado. En
      nuestro caso tales características responden al
      último de los escenarios mencionados, que, como ya hemos
      afirmado, no es coincidente con el interés de nuestro
      entorno nacional, ya que el número y significado
      económico de las empresas que constituyen actores
      válidos en los grandes mercados financieros y de
      valores es
      bastante menor del 1%; entonces debemos concluir que tales
      características del sistema contable internacional que
      se pretende adoptar, no favorecen la información
      financiera necesaria para impulsar la dinámica
      económica de los entes nacionales.

    3. Uno de los fines propuestos para el sistema
    comercial que se pretende impulsar con esta ley, es que
    éste sea abierto y no discriminatorio. Estos
    términos son originarios del discurso
    neoliberal que promueve la apertura económica sin
    límites, una de cuyas consideraciones es
    la de que, si no se eliminan los aranceles y
    las condiciones para la admisión de bienes y
    capitales procedentes del exterior, el país
    estaría oponiéndose al progreso y a las
    oportunidades que nos ofrece, a manos llenas, la ola
    globalizadora de la economía. Sin detenerme a
    considerar, por que ya se ha hecho antes, en la escasa
    capacidad de nuestras empresas como actores válidos en
    los escenarios internacionales, sino a partir de establecer las
    condiciones de reciprocidad en las que se plantean tales
    condiciones del sistema comercial propuesto, quiero analizar
    muy brevemente algunos aspectos negativos de tal objetivo, ya
    que sólo se mencionan, por sus defensores, el gobierno
    entre ellos, los positivos. Las condiciones abiertas y no
    discriminatorias, como condiciones de las zonas de libre
    comercio
    establecen que todo los participantes actuarán bajo
    iguales requerimientos, entre los cuales se considera el
    arancel cero, la eliminación de subsidios y la
    eliminación de cualquier obstáculo a la libre
    circulación de bienes y de capitales. El ALCA es el
    ejemplo más cercano y pertinente para analizar. Se
    prevé que la cualidad de "abierto" es una exigencia para
    algunos y no para todos los miembros del acuerdo. Mientras a
    los países débiles, de economías
    dependientes, se les obligará por diversos mecanismos a
    eliminar las barreras arancelarias, los de economías
    dominantes, casos de Estados Unidos o Canadá,
    mantendrán los famosos subsidios al agro o ciertas
    condiciones de entrada a los productos
    originarios de economías débiles. Y uno de los
    aspectos que tienen que ver con este aspecto dentro del
    proyecto de intervención económica, es el
    relativo al libre ejercicio de las profesiones; está
    contemplado en el artículo 24, parágrafo 3, que
    establece que el Gobierno Nacional podrá aceptar
    títulos o certificaciones expedidos por otros
    países a extranjeros que deseen ejercer la
    Contaduría en Colombia, sin exigir los necesarios
    convenios sobre reciprocidad de títulos. La
    condición de "abierto y no discriminatorio" conlleva,
    entonces, toda una carga de inequidad y de preferencias que se
    mantienen a favor de las economías más poderosas,
    que hará aún más difícil y desigual
    la competencia
    mercantil para los países subdesarrollados como el
    nuestro.

    4. .Arriba anoté que para alcanzar los fines de
    buen gobierno empresarial y desarrollar en el interés
    público un solo conjunto de estándares de alta
    calidad, transparente y comparable, cuya credibilidad se
    incrementará por la verificación de un
    profesional independiente, el Gobierno propone adoptar
    estándares internacionales de contabilidad,
    auditoría y contaduría, desarrollados por la
    comunidad internacional, entendidos como el marco
    conceptual, principios, reglas y criterios, emitidos por un
    organismos internacionales competentes y reconocidos en
    el texto de esta ley. Dado que en las páginas
    precedentes se cuestionaron las acepciones que el proyecto da a
    los términos de interés público, alta
    calidad, transparente, comparable, y credibilidad
    ,
    realizaré un sucinto análisis de los
    términos resaltados en negrilla en este
    párrafo.

    La adopción, por el país, de
    estándares de contabilidad, auditoría y
    contaduría, desarrollados por la comunidad internacional
    y emitidos por organismos internacionales competentes, conlleva
    varios mensajes ocultos. Adoptar un conjunto regulativo, como
    ya se dijo, es reemplazar el existente por otro, en este caso
    el emitido por los mencionados organismos internacionales
    competentes. Esto implica un cambio de fondo en el proceso de
    emisión de normas contables en nuestro país.
    Tradicionalmente lo ha hecho el Congreso Nacional o el
    Ejecutivo, en uso de facultades otorgadas por la Constitución o la ley. En este proyecto
    se propone el reconocimiento de ciertos "organismos
    internacionales competentes", quienes desde que se apruebe esta
    ley serán los legisladores reconocidos por el
    país. Esto quiere decir que Colombia pierde la
    autonomía en este aspecto y, en adelante, tendrá
    que someterse a los dictámenes de tales organismos,
    determinen lo que determinen, generalmente en perjuicio de los
    intereses nacionales. Pero ¿quienes son, cuál es
    su origen y a quienes representan tales organismos
    internacionales? El proyecto identifica los siguientes:
    International Accounting Standards Board
    (IASB), Intergovernmental Working Group of Experts on
    International Standards of Accounting and Reporting (ISAR) de
    la United Nations Conference un Trade and Development (UNCTAD),
    el Public Sector Committee (PSC) de la International Federation
    of Accountants (IFAC), la International Auditing and Assurance
    Standards Board (IAASB) de la IFAC, el Institute of Internal
    Auditors (IIA), el Ethics Committee (EtC) de la IFAC, el
    Education Committee (EdC) de la IFAC y el World Trade Organization (WTO). Los
    orígenes de los organismos más importantes, como
    son el IASB es el Accountants International Study Group, AISG
    (que data de 1966), y de IFAC es el Comité para la
    Coordinación de la Profesión
    Contable, ICCAP (que data de 1972), se remontan a las
    décadas de los sesenta y setenta, cuando los mercados
    internacionales, específicamente los financieros,
    empiezan a desarrollarse y, así mismo, comienzan a
    requerir unos niveles y productos informativos y de control que
    la profesión contable debe satisfacer. Estos organismos
    se crean a instancias de los gobiernos de los países
    desarrollados, con Estados Unidos, Gran Bretaña,
    Canadá, Alemania,
    Francia,
    Holanda, Japón
    y Australia a la cabeza. La aparición de México dentro de este selecto grupo es
    más anecdótico que significativo, puesto que el
    norte que han seguido estos organismos ha sido el de reflejar
    los intereses de los países del mundo desarrollado, de
    forma más decidida a partir del programa de convergencia
    IASC-IOSCO que se concreta a partir de mediados de los noventa
    del pasado siglo, cuyo fin era armonizar las normas
    internacionales (NIC) con las
    norteamericanas (US-GAAP). Al interior de IFAC ocupan un
    destacado lugar la Grandes Firmas Transnacionales de
    Auditoría, por lo que las orientaciones de este
    organismo responde a los intereses de tales empresas, que son
    coincidentes con los de las grandes organizaciones
    financieras, de la producción industrial y de los servicios.
    En cuanto a la
    Organización Mundial de Comercio, se
    sabe que es una organización que aparece como uno de los
    resultados de la Ronda de Uruguay, en
    1995, reunión que se realizó dentro de las
    actividades del Acuerdo General de Aranceles
    Aduaneros y Comercio (GATT), creado
    en 1947. La OMC es considerada como la
    organización principal en el proceso de globalización o de generalización
    del libre
    comercio.

    Reconocer como "organismos internacionales
    competentes" para la emisión de normas contables, de
    auditoría y de contaduría a los organismos
    mencionados arriba es delegar, en contra de la autonomía
    nacional, el poder de regular estos asuntos en el entorno
    colombiano, entregando la soberanía de dirigir el proceso
    informativo, de control, educativo y de comportamiento ético profesional y
    empresarial a unas organizaciones
    que representan unos determinados intereses, muy diferente y
    distantes de los que puede tener la inmensa mayoría de
    nuestros entes empresariales y públicos, supuestamente
    beneficiados con la adopción normativa que nos ocupa. En
    otras palabras se está entregando parte de la soberanía nacional.

    En el artículo cuarto del anteproyecto se
    determina, a partir del principio de escalabilidad, una
    clasificación de los entes económicos en niveles
    uno a tres. La importancia de esta clasificación
    está en que el primer nivel debe adoptar de manera plena
    los estándares internacionales en tanto que los otros dos
    deben adoptar unos sistemas
    restringidos de información, muy deficientes incluso
    comparándolos con el contenido de la actual
    regulación contable vigente en Colombia.

    TÍTULO II – DE LA ADOPCIÓN Y
    APLICACIÓN DE LOS ESTÁNDARES
    INTERNACIONALES.

    DISPOSICIONES GENERALES

    En el artículo 7 del proyecto merecen comentario
    algunos aspectos que se afirman son principios que rigen la
    adopción:

    Autonomía: se predica que existe esta
    cualidad entre quien decide la adopción (¿el
    país?), quien supervisa los estándares (¿el
    auditor?) y quien los aplica (¿la entidad
    económica?). Lo que menos se da en este orden de cosas,
    harto comentado en páginas precedentes, es la
    autonomía. Se mencionaba arriba que se entrega la
    autodeterminación regulativa en lo contable en beneficio
    de entidades regulativas extranjeras que representan intereses
    extraños a los del país. ¿Cómo se
    puede predicar autonomía en este proceso? Por el contrario
    es un total sumisión a los dictámenes originados en
    los voceros del gran capital financiero internacional.

    Independencia entre los contable y lo tributario:
    en principio es una cualidad deseable para establecer
    informaciones que tienen sentidos diferentes, sobre todo pensando
    en el impulso al desarrollo
    económico a partir de la medición adecuada de
    los hechos económicos dentro de un sistema de
    información específico, y los datos tributarios
    que se orientan a la determinación de los derechos fiscales, pero que
    casi nunca coinciden con el dato económico contable,
    básico para la toma de
    decisiones económico-financieras de los entes
    empresariales. Sin embargo hay que hacer una pregunta ¿Se
    han hecho los estudios pertinentes para determinar los recursos
    humanos y financieros que deben dedicar las empresas de los
    diferentes niveles de escalabilidad, para satisfacer este
    requerimiento, cuando en la actualidad la mayoría de ellas
    llevan un solo sistema, fundamentalmente de información
    tributaria?

    Neutralidad: aunque ya me he referido a esto, es
    necesario recalcar que esta cualidad sólo aparece cuando
    ya se han escogido los objetivos del sistema, antes no. Cuando,
    como es el caso que nos ocupa, se ha escogido un sistema contable
    tal que uno de sus principales objetivos se orienta a privilegiar
    la información que permita la reproducción ampliada del gran capital
    financiero, no se puede predicar neutralidad de la
    información financiera en general, sino sólo para
    los usuarios contemplados dentro de los objetivos del sistema,
    como destinatarios de la información. ¿En tales
    condiciones ésta es neutral?. No es así.
    ¿Esa información le sirve al entorno nacional en
    igual medida que al capital financiero internacional? Creo que
    no, es más, creo que lo perjudica y a partir de ahí
    pueden perderse riquezas nacionales acumuladas por largos
    años de trabajo y ahorro de
    nuestro país, circunstancia que ya se ha vivido desde la
    década pasada, a raíz de la aplicación de la
    política de apertura económica
    irreflexiva.

    Debido proceso: es un procedimiento que
    se lleva por los organismos reguladores internacionales, ante los
    cuales no existe posibilidad de representación y que no
    observa ninguna garantía para reflejar los intereses de
    entornos como el de Colombia. Por ello el "debido proceso" es un
    adjetivo sin ninguna importancia más allá del
    significado que implica el que cuando aparezca un estándar
    aprobado por el organismo emisor, el país obedientemente
    debe aplicarlo si no quiere someterse al desconocimiento y
    sanción por parte de las instancias reguladoras del
    exterior.

    DE LA ADOPCIÓN Y APLICACIÓN DE LOS
    ESTÁNDARES INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD
    .

    Ya que en páginas precedentes he comentado varios
    aspectos frente al tema de este capítulo, sólo
    estableceré algunos puntos críticos complementarios
    de manera sucinta.

    1. La adopción de estándares
    internacionales y el reconocimiento de organismos reguladores
    externos al país es la entrega de nuestra capacidad de
    autodeterminación reguladora en materia
    contable y la aceptación de un modelo contable contrario a
    los intereses de la mayoría de los entes económicos
    de la nación.

    2. No se define qué se entiende en el proyecto de
    ley por ‘interés público’, a partir del
    cual se está agenciando el proyecto, y si esa
    interpretación es acorde con la filosofía
    regulativa vigente en Colombia. Personalmente interpreto que el
    anteproyecto toma el interés público, como ya se ha
    anotado antes, como la sumatoria de los intereses del gran
    capital financiero privado transnacional que está a la
    expectativa de invertir en cualquier parte del mundo para
    acrecentar el acumulado y su tasa de ganancia, que le garantice
    su reproducción ampliada. Creo que este
    sentido va en contravía con el criterio de interés
    público que se ha adoptado en el país a
    través de su tradición jurídica, el cual se
    orienta a identificar lo público como aquel interés
    que compete a la sociedad en
    general, cuyo representante es el Estado. Por
    ello, cuando se habla de ‘sector público’, a
    diferencia de ‘sector privado’, se hace referencia a
    los organismos o instituciones
    del Estado, que
    representan los intereses sociales generales. Esta nueva
    acepción de ‘interés público’ es
    de nuevo cuño y tiene su origen en el léxico
    neoliberal y trata de justificar la acción que se orienta
    a favorecer el interés privado individual o grupal, en
    este caso el interés del capital financiero internacional,
    presentándolo como el interés general de la
    sociedad
    colombiana.

    3. La alta calidad, la transparencia y la comparabilidad
    de la información, son cualidades que son deseables en
    cualquier sistema informativo para alcanzar sus objetivos. Si
    este sistema lo tiene, tales cualidades redundarán en
    beneficio de los usuarios representados en los objetivos del
    sistema, que como hemos insistido, no son coincidentes con los de
    los usuarios nacionales mayoritarios, las empresas grandes,
    medianas y pequeñas que no cotizan en los mercados
    internacionales.

    4. En el artículo 13 se establecen varios
    requisitos para los estándares cuyo cumplimiento es
    imposible:

    1. Reconocer que los estados
      financieros producidos en concordancia con dichos
      estándares revelan las necesidades comunes de
      información de los diferentes usuarios.
      ¿Cuáles serán las necesidades de
      información comunes entre un gran consorcio financiero
      con importancia mundial o continental y una empresa
      colombiana, por ejemplo una bolsa ganadera, clasificada en el
      nivel 1 de escalabilidad?
    2. Parecida observación se puede hacer al numeral 2
      de este artículo, con relación a la
      información útil, tanto para usuarios nacionales
      como internacionales, si es transparente, de alta calidad y
      comparable.
    3. Que la adopción de los estándares
      internacionales favorece el interés público.
      Esto, como ya se ha mencionado, depende de qué
      entendemos por interés público, el cual
      debería cambiarse por interés nacional, en el
      sentido de cobijar tanto el interés privado como el
      público del país.

    Respecto al artículo 14 relacionado con las fases
    de transición, ya hice una referencia en la página
    8 de este escrito.

    DE LA ADOPCIÓN Y APLICACIÓN DE LOS
    ESTÁNDARES INTERNACIONALES DE AUDITORÍA
    (y de
    la eliminación de la figura institucional de control en
    Colombia: la Revisoría Fiscal)

    Con relación a este punto, de capital importancia
    tanto para el ejercicio profesional como para garantizar la
    seguridad
    económica empresarial y, si se quiere, del patrimonio
    acumulado nacional, la crítica a los planteamientos del
    preproyecto debe partir de la consideración cualitativa
    del modelo propuesto y de sus experiencias en las
    economías donde actúa con amplia
    libertad.

    El anteproyecto se orienta, según su articulado,
    a conseguir mediante la adopción de estándares
    internacionales de auditoría de estados
    financieros y de auditoría
    interna, "altos niveles de calidad y uniformidad de la
    auditoría que fortalezca la credibilidad del
    público en la información financiera auditada y que
    redunde en una mejor protección de los propietarios,
    inversionistas, autoridades públicas, acreedores y otros
    tenedores de valores" (Art.
    15) También propende por alcanzar un grado apropiado de
    independencia
    entre los administradores, los auditores y quienes elaboran la
    información financiera, que permita actuar al auditor de
    manera objetiva y crítica, en el mejor interés
    público.

    Para ambientar mi comentario a los planteamientos del
    preproyecto, transcribo a continuación unas citas de
    prensa en un
    artículo de mi autoría, citado antes, que se
    refiere a este aspecto, párrafo que muestra una
    ínfima parte de las circunstancias vividas y de las
    denuncias realizadas por los involucrados en los permanentes
    escándalos provocados por la actuación, entre
    otros, de grandes firmas de auditoría creadoras y
    propulsoras del modelo de control que hoy agencia, para nuestro
    país, el anteproyecto en cuestión:

    "Desplome bursátil: Con este título
    aparece en artículo de la agencia de noticias Efe y dice
    así: "Las principales bolsas del mundo registraron la
    mayor caída de los últimos meses tras la negativa
    reacción de Wall Street a los anuncios del presidente Bush
    para castigar los delitos
    financieros, y por el nerviosismo de los inversionistas ante la
    aparición, cada vez más frecuente, de
    escándalos por manipulación de la contabilidad de
    la empresas. Por primera vez en muchos meses, el miedo comienza a
    rondar por Wall Street de la mano de las últimas
    caídas, que han llevado a los mercados a niveles no vistos
    desde septiembre del año pasado". … "La crisis de
    confianza de los inversores desatada por los escándalos
    contables en E.U. golpeó ayer otros mercados. La bolsa de
    Londres se desplomó hasta su nivel más bajo desde
    1997" …. "Por su parte la bolsa de París cerró a
    la baja por cuarta jornada consecutiva al perder 3,95%, y se
    situó en el nivel más bajo desde el 29 de octubre
    de 1998." … "En Frankfort el derrumbe de las acciones del
    fabricante de software SAP tras revisar
    a la baja la facturación contribuyó con el descenso
    de 1,7 %, hasta los 4.118,5 puntos, del índice DAX. La
    bolsa de Madrid sufrió la
    reacción de las bolsas internacionales que provocaron el
    segundo mayor descenso del año, un 3,15%, y un nuevo
    mínimo anual de 694,67 puntos. Tokio registró un
    retroceso de 2,48 % gracias la firmeza del yen frente al
    dólar, que reduce los beneficios de los exportadores
    japoneses". (Portafolio, viernes 12.07.02).

    Las citas anteriores son una mínima muestra de
    cómo las agencias internacionales de noticias están
    registrando el comportamiento
    de las bolsas de valores y de las posibles causas de las
    irregularidades. Se explica la debacle por la duda fundada en las
    informaciones contenidas en los estados contables de grandes
    corporaciones cuya incidencia en los mercados financieros es
    significativa. Las cifras contables, se ha reconocido, han sido
    manipuladas por los responsables de llevar la contabilidad, pero
    ellos no están solos, detrás de ellos aparecen los
    altos ejecutivos de las empresas, los miembros de los consejos de
    administración y, también aparecen
    comprometidos, los auditores, generalmente pertenecientes a las
    grandes firmas de auditoría que son las cuidadoras de los
    capitales de las empresas transnacionales en todo el orbe, y
    otros personajes como analistas financieros, agentes de bolsa,
    inversionistas y políticos, son los otros eslabones de
    esta cadena de corrupción.

    El problema que se está presentando como una
    constante en los escenarios donde se mueve el gran capital
    financiero, las bolsas internacionales de valores, radica, de una
    parte en una crisis interna del modo de acumulación
    capitalista financiero que se manifiesta en contradictorios
    comportamientos éticos, y en buena medida en la crisis del
    modelo de control. Parece que todos los intentos de
    renovación del modelo de control basado en la metodología de la auditoría
    selectiva y posterior no han podido garantizar el anunciado salto
    de este viejo modelo a la moderna visión del aseguramiento
    de la información, y si lo dio no fue lo suficientemente
    contundente y cayó en el vacío; no de otra manera
    se explica la cantidad de escándalos que a lo largo y
    ancho del mundo se están sucediendo, en los que siempre
    aparecen comprometidas las más importantes firmas de
    auditoría internacional. O, también puede ser, que
    el tan mentado modelo de aseguramiento de la información
    no es ninguna panacea y sucumbe ante las triquiñuelas y
    connivencias de los administradores y de sus vigilantes, a pesar
    de las nuevas
    tecnologías y métodos de
    contemplados por la nueva visión de la auditoría o
    aseguramiento de la información con responsabilidad
    social (léase accountability).

    "A medida que la informática se ha impuesto, los
    fraudes conocidos por la SEC se han incrementado en el 80% en el
    periodo transcurrido entre 1987 y 1999, y en los siguientes el
    incremento es aún mayor. Las limitaciones de cobertura de
    la auditoría se complementan con la práctica de
    pruebas
    selectivas que permiten errores o como técnicamente se les
    denomina, riesgos del
    trabajo, para su efectividad, pues la mayoría de las
    transacciones contables y todas las actividades no contables, en
    la consideración de la contabilidad
    financiera, fundamentada en flujos de dinero, quedan
    fuera de tiro para la evaluación, por no ser objeto de
    representación contable, porque la auditoría no es
    control… Los auditores conocen poco de sus clientes porque
    su relación es eventual; preliminar y final son las
    visitas realizadas; no hay continuidad en las evaluaciones, no
    hay un verdadero conocimiento
    de las características de los negocios auditados, de sus
    prácticas administrativas y ello explica la perplejidad de
    las víctimas de los descalabros financieros. ‘Nunca
    escuché tantos no lo recuerdo de tantos graduados
    de Harvard con tan alto coeficiente intelectual’ afirma
    Charles Prestwood mientras mira a los ejecutivos de Enron ante
    los congresistas en Washington. Sus acciones pasaron de valer
    1.44 millones de dólares a 6.400 dólares" Prestwood
    es un jubilado de Enron y había aceptado las acciones como
    parte de su plan de retiro de
    la empresa.
    Hoy debe vivir con la renta que le producen los US $
    6.400.

    Agrega el profesor Franco en páginas siguientes
    de su Réquiem un acápite titulado
    ‘Desvanecimiento de la responsabilidad’, en el que parte por
    establecer qué es responsabilidad y sus consecuencias civiles,
    económicas y penales y determina cuatro formas de
    evasión de la misma, practicada por las grandes firmas
    transnacionales de auditoría y contabilidad. Estas formas
    son: por estructura,
    por términos contractuales, por terminología y por
    desplazamiento. La evasión por estructura se
    refiere a que las entidades en cuestión se organizan de
    manera tan flexible que finalmente eluden la responsabilidad ya
    sea por el ínfimo capital con que se han registrado en
    algún país o ciudad, o por que son representadas a
    partir de concesiones o franquicias,
    con lo que responden sus agentes nacionales, quedando así
    eximida la gran transnacional. Incluso hay casos de sanciones
    pecuniarias que pagan las empresas, frente a la sanción de
    por vida de los contadores personas naturales, obviamente estos
    últimos no son los socios principales de la firma. La
    evasión por términos contractuales, similar que las
    pólizas de seguros, se
    materializa en que las firmas responden por lo que se consigna en
    cláusulas visibles y eluden la responsabilidad a
    través de cláusulas marginales. En Colombia es
    usual reducir la revisoría fiscal a las
    funciones de
    auditoría financiera. La evasión por
    terminología se incorpora en los informes a
    través de un lenguaje vago,
    laxo y carentes de significado concreto
    vinculado a estándares que por su contenido limitan la
    independencia
    y la responsabilidad, con términos como opinión y
    razonabilidad, ya que son términos carentes de base
    empírica, amplios, laxos, que permiten un amplio margen de
    variación de los datos, conceptos o posiciones. La
    evasión por desplazamiento se refiere al traslado de la
    responsabilidad a un tercero, en relación con aspectos
    patrimoniales o personales. Por ejemplo cuando se establece que
    la información presentada es responsabilidad de la
    administración. Igual cuando se trata de
    responsabilizar a las personas naturales pero no a las
    jurídicas, en caso de litigios. Todos estos aspectos,
    resultantes de las actuaciones de las grandes firmas
    transnacionales de auditoría, hoy forman parte del modelo
    de control que se pretende adoptar oficialmente en nuestro
    país.

    Proponer como objetivo del proyecto, en lo que a
    auditoría se refiere, la calidad del servicio para
    alcanzar la credibilidad del público, la protección
    de los propietarios, el grado apropiado de independencia y una
    actuación objetiva y crítica en el mejor
    interés público, aplicando el mismo modelo
    comentado arriba y fracasado en otros países, parece una
    ironía. Respalda esta hipótesis del
    fracaso del modelo el discurso del
    profesor hindú de la Universidad de
    Yale, Shyam Sunder, pronunciado en la VI conferencia
    Internacional de Contabilidad en Calcuta el 11 de enero de 2003.
    Se titula ‘La estructura de la Contabilidad y la
    Auditoría: un replanteamiento’. En lo relativo a la
    Auditoría anota que a finales de la década de los
    setenta se eliminaron ciertas disposiciones de los códigos
    de ética contra la competencia, que
    existían para las profesiones en EE.UU. El AICPA
    modificó en 1979 el Código
    de Ética, lo que implicó un cambio en la actitud de las
    firmas de auditores. La auditoría se convirtió en
    un mercado presionado por la competencia. "Los precios
    bajaron a medida que los administradores de las corporaciones
    pedían, año tras año, nuevas ofertas a las
    empresas de auditoría para conseguir un mejor precio de sus
    auditores. A estos precios cada vez más bajos, los
    auditores no podían seguir haciendo lo que habían
    hecho durante mucho tiempo y tener una vida decente. Algo
    tenía que cambiar y cambió. Para sobrevivir en este
    nuevo entorno competitivo que se les impuso, los mismos auditores
    crearon un nuevo modelo de negocios. Este tenía tres
    nuevos elementos: una nueva combinación de productos, una
    nueva función de
    producción y una nueva política de remuneraciones."

    El primer elemento se desarrolla a partir de que los
    auditores sabían que podían ganar más
    dinero
    vendiendo servicios adicionales de consultoría a los clientes que
    auditaban, ofrecieron tales adendos a los contratos, tales
    como asesoría en impuestos, en
    temas laborales, de mercadeo,
    comerciales, etc. En Colombia se ofreció
    (¿aún se ofrece?) el servicio de Revisoría
    Fiscal como un añadido menor al servicio principal de
    auditoría. Desde aquí todas las firmas salieron al
    mercado con portafolios crecientes de servicios sin parar mientes
    en si tales actividades eran opuestas o contradictorias en su
    ejercicio y si comprometían su independencia o
    ponían en riesgo su
    idoneidad. "Ya tenían una
    estrecha relación comercial con los altos niveles de la
    gerencia y un
    conocimiento detallado de las operaciones, la
    situación financiera, las fortalezas y las debilidades de
    las empresas. La relación de confianza mutua hizo
    más facil que la gerencia
    asignase esa tarea a los consultores colegas del auditor, en vez
    de buscar un consultor competente en otra parte. " Las ofertas
    podían cubrir los más amplios espacios de la
    gestión
    organizacional. "En las controversias recientes, siempre se ha
    culpado a los servicios de consultoría por el colapso de la
    auditoría"

    El segundo elemento consistió en canjear las
    costosas pruebas
    substantivas o pruebas empíricas de la condición
    real de la empresa auditada
    (arqueos, confirmaciones de cuentas deudoras
    y acreedoras, pruebas físicas de inventarios de
    mercancías y propiedades, avalúos, etc.), en las
    que generalmente descansaban las bases del informe, por
    pruebas analíticas de escritorio, de bajo costo y
    rápido resultado.

    El tercer elemento de reestructuración de la
    auditoría para hacerla más competitiva fue una
    decisión simple pero efectiva en el desestímulo a
    la realización de un tipo de trabajo cualificado e
    idóneo: la reducción de la remuneración de
    los nuevos profesionales de la auditoría.

    "Los auditores podían esperar que
    este nuevo modelo de negocios mantuviera la viabilidad
    económica de sus empresas. Pero un fue así, porque
    el viraje de modelo de negocios tuvo importantes consecuencias
    que no se habían previsto. El recorte de la prueba
    substantiva (los auditores que visitaban las bodegas para contar
    los inventarios y
    pedían confirmación directa de los que
    supuestamente adeudaban a sus clientes) dio más
    oportunidad a los gerentes para que falsearan sus datos, si lo
    deseaban, con una menor posibilidad de que los auditores
    detectaran la falsedad. El creciente
    énfasis en la venta de
    servicios de consultoría con alto margen de ganancias para
    las empresas que auditaban, obligó incluso a los
    arrogantes socios de las empresas de auditoría a
    convertirse en vendedores que suplicaban a las puertas de sus
    clientes. Era difícil que esos socios pudieran atenerse a
    su propio juicio sobre la exactitud de los informes
    financieros en jugosas negociaciones con los presidentes y
    vicepresidentes financieros de las empresas; de éstos
    siempre dependía la posibilidad de conseguir otro proyecto
    de asesoría. La caída en los precios de
    auditoría obligó a modificar la función de
    producción y la combinación de productos, lo que a
    su vez redujo la calidad de los servicios de auditoría.
    Pero las obligaciones
    de los auditores no disminuyeron. Las consecuencias
    llegarían pronto"

    Múltiples y desastrosas para la economía
    de muchos países y empresas, y nefastas para la
    profesión contable han sido las consecuencias de estas
    actuaciones de grandes firmas de auditores, de las cuales todo el
    mundo se ha enterado en años recientes, que han minado la
    confianza de inversionistas, acreedores, trabajadores y
    público en general; los dictámenes y conceptos
    emitidos por este tipo de auditores no constituyen ninguna
    garantía para las decisiones de quienes están en
    posibilidades de arriesgar capital en busca de rendimientos
    futuros. La falla no es un asunto formal, es un problema del
    estructural del modelo de auditoría anglosajón
    agenciado por las grandes firmas de auditoría
    transnacionales.

    Proponer cambiar la institución autóctona
    de control de nuestro país, para adoptar este modelo en
    crisis no es una propuesta juiciosa y sí sospechosa de
    favorecer intereses extraños. Es el trueque, en beneficio
    del interés de las monopólicas firmas
    transnacionales de auditoría, de un modelo de control
    integral
    , el que hoy debe ejercerse por ley, la
    revisoría fiscal, por uno de control posterior y
    selectivo
    , que no garantiza la protección del
    patrimonio empresarial. El anteproyecto es discriminatorio con la
    profesión contable nacional, la del simple contador
    individual y la de la pequeña firma nacional, pues obliga
    a seguir el modelo de estándares internacionales de IFAC,
    que, según lo demuestran las recientes experiencias en el
    plano internacional, no son de máxima utilidad ni
    brillan por su efectividad. (Además, por lo menos en E.U.,
    están en revisión acogiendo una orientación
    similar a la de la Revisoría Fiscal, pues se abandona la
    autorregulación y se opta por el apoyo de la
    regulación estatal a través de la ley
    Sarbanes-Oxley).

    Esta propuesta está apuntalada en el poder
    estatal encarnado en los organismos gubernamentales que integran
    el Comité Interinstitucional, dos ministerios, tres
    superintendencias, la Contraloría General, la
    Contaduría General (que aunque ha sido crítica del
    contenido del ante proyecto sigue participando en su
    elaboración y trámite). "Resulta sorprendente
    además que el proyecto respalde los grandes conglomerados
    de las transnacionales de auditoría haciendo fértil
    y fácil su campo de acción, al igual que se
    inmiscuya en la normatividad aplicable por la Contraloría
    General de la República; pues en este caso ordena que tal
    entidad se pliegue a las instrucciones en materia de
    control internacional, el que, como se sabe, no es universal o
    genérico, ya que el mismo depende del país, tipo de
    gobierno y su estructura estatal, circunstancia que lo hace
    inaplicable en nuestro terruño. Y lo que es más
    grave, le hace perder al señor Contralor de la
    República su autonomía en este campo."

    De otra parte, y quizás lo más importante
    para la profesión contable del país, es el cambio
    de la función de control adjudicada por ley al contador
    público, como revisor fiscal, asimilado a un funcionario
    público, por el ejercicio de una labor, que aunque
    importante como es la auditoría de estados financieros,
    nunca es comparable y menos equiparable a la función de
    dador de "fe pública". Si bien los profesionales contables
    no hemos sabido valorar esta facultad ni aplicarla con la
    suficiente idoneidad, no por ello debemos feriarla a cambio de
    una actividad que ya desempeñamos y que no constituye el
    ejercicio fundamental en el interés público
    nacional. Por el contrario, esta figura debe ser el objeto de la
    atención, tanto del legislador, para darle
    un cuerpo normativo de funciones
    técnico y coherente con el interés económico
    nacional, de los investigadores contables para enriquecerla en
    cuanto a desarrollos tecnológicos, de las instituciones
    de educación
    superior para propiciar dichos desarrollos y difundir entre
    los profesionales los avances alcanzados en procesos de educación continuada
    y de parte de los profesionales que deben capacitarse y aplicar
    este modelo de control en función principal del
    interés público nacional.

    En numerosos escritos recientes el C.P. Samuel Mantilla,
    coutor-ideólogo del anteproyecto, ha adoptado el papel de
    sepulturero de la Revisoría Fiscal (RF). Varios de estos
    escritos, hoy compilados en el libro
    Auditoría / Aseguramiento de Información.
    Estructura conceptual de la auditoría: de la
    revisión al aseguramiento contienen afirmaciones referidas
    a la RF como una actividad desueta y a la ‘fe
    pública’ como un método de
    auditoría superado por ‘el interés
    público’. La única salida que le da este
    autor a la RF es la de asimilarse a la auditoría
    financiera y seguir los estándares internacionales, es
    decir desaparecer en su actual acepción de
    institución (para algunos órgano)
    legal de fiscalización de entes económicos con el
    propósito de crear confianza pública.

    Si se asimila a estándares internacionales, dice
    el C.P. Mantilla, debe desarrollarse en cuatro frentes
    diferentes: RF para empresas que cotizan en mercados de
    capitales; RF para PYMES; RF para
    entes gubernamentales y, RF para entes sin ánimo de lucro.
    Buena parte de estos planteamientos se han recogido en el
    anteproyecto en cuestión. El primer argumento de esta
    propuesta descansa fundamentalmente en que el mundo cambió
    como consecuencia del fenómeno económico
    globalizador; la economía de mercado a diferencia del
    modelo esquema normativo precedente, funciona bajo
    parámetros diferentes relacionados con la calidad en aras
    del interés público. La economía de
    mercado da prelación a la calidad por encima de las
    normas. Se favorece la competitividad
    y la cobertura de mercados que no son homogéneos; los hay
    locales, regionales, nacionales e internacionales, y, por
    consiguiente, los estándares son correspondientes. Sin
    embargo este profesor no reconoce ninguna posibilidad de
    desarrollo de la R.F., la condena al atraso y a la
    desaparición, cuando según muchos estudiosos del
    país y extranjeros la proponen como ejemplo a seguir por
    otros países, dadas sus características que
    posibilitan el desarrollo del control integral y permanente de
    las organizaciones. Tampoco el profesor le da la más
    mínima importancia a la ‘fe pública’
    más allá de caracterizarla como un método
    desueto, que aparece como necesaria garantía entre el
    propietario y el tomador de decisiones, mediante la
    ‘atestación’ o revisión fundada en el
    análisis de pruebas y en el muestreo
    estadístico y no estadístico.

    El segundo argumento, para justificar el abandono de la
    RF, quizás el más importante esgrimido por el
    profesor Mantilla, es el de que la soberanía de los
    Estados está cuestionada y que se hace urgente disminuir
    sus tamaños en aras de posibilitar la existencia de
    gobiernos eficientes que puedan garantizar
    el bienestar de todos.

    Los dos argumentos están relacionados y pueden
    resumirse en uno: La
    globalización impone la economía de libre
    mercado que garantiza el bienestar de todos los que acojan sus
    reglamentos y estructuras.
    En consecuencia, si Colombia desea que sus habitantes accedan a
    tales niveles de bienestar debe eliminar las barreras normativas
    y acoger como un todo el nuevo modelo propuesto, en general y en
    los que a contaduría se refiere, en particular.
    "Definitivamente, la revisoría fiscal si ha cambiado.
    Existe un nuevo paradigma que
    es necesario adoptar con urgencia. Ello implica abandonar
    teorías
    y prácticas obsoletas, trasnochadas, repetidas
    innecesariamente… O se adoptan los estándares
    internacionales, o se perece".

    Frente a estos argumentos, hay plantear un debate
    ideológico-político, a partir de la
    confrontación de modelos de
    desarrollo y de la creencia de que alguno, en este caso, el
    modelo único económico que trata de imponerse en el
    mundo y que está fundamentado en la teoría
    económica neoclásica, más comúnmente
    conocido como modelo neoliberal, puede garantizar el "bienestar
    de todos". Yo diría, siquiera de la mayoría. Para
    dirimir si el modelo económico neoliberal caracterizado
    por la disminución del tamaño del estado, la
    eliminación de las barreras arancelarias, la independencia
    de la autoridad
    monetaria de la gubernamental, incluso la eliminación de
    las monedas locales, etc., es esa panacea que nos quiere
    presentar el profesor Mantilla, no necesitamos ir muy lejos.
    Nuestro país es un buen ejemplo del resultado de tales
    medidas, adoptadas parcialmente a partir de la década de
    lo 90. Se disparó el desempleo,
    desaparecieron las empresas insignia del país, el crecimiento
    económico, que había sido una constante por
    más de cuatro décadas superando el 4%, se fue a
    pique, el agro con el café
    incluido vive la crisis más grande de la historia reciente; es decir,
    el panorama no puede ser más crítico y desolador.
    Similares ejemplos pueden encontrarse en nuestro continente, como
    los casos de Argentina,
    México,
    Ecuador, Bolivia, etc.,
    que viven crisis desesperantes para sus habitantes, luego de que
    sus gobiernos acogieran como alumnos aplicados las medidas
    recetadas por los organismos multilaterales de
    financiación, que no reflejan tal multilateralidad a la
    hora de imponer sus medidas, ya que sus directrices son
    unilaterales y favorecen al gran capital financiero
    transnacional.

    La propuesta del profesor Mantilla no me parece de
    confiar y es sospechosamente coincidente con la posición
    agenciada por los representantes de firmas transnacionales de
    auditoría, siempre presentes cuando de atentar contra esta
    figura nacional del ejercicio profesional contable se trata.
    Recordemos el reciente debate a
    propósito del proyecto de Estatuto de la Revisoría
    Fiscal. Menos confiable la propuesta del profesor me parece,
    cuando de ella, plasmada en el anteproyecto, se derivan
    consecuencias no previstas para la Contaduría
    Pública en general, en lo profesional, en lo educativo, en
    lo ético y en cuanto a la responsabilidad
    social. Como hemos dicho en otras partes de este escrito,
    aún no se han realizado los estudios de impacto
    pertinentes para respaldar la implantación de los
    contenidos del anteproyecto.

    Además, la revisoría fiscal constituye un
    rico e interesante campo de investigación y de enriquecimiento de la
    figura del control económico-social, cuyas raíces
    se hunden en la tradición latina del control
    público, a diferencia de la Auditoría, que aunque
    participa del mismo origen latino de la Revisoría Fiscal,
    sus modernos desarrollo la identifican con el modelo
    anglosajón de control privado que pretende garantizar el
    bienestar individual del contratante antes que el social
    público.

    La Revisoría Fiscal es una
    institución típicamente colombiana pero no
    única en el mundo. Desempeña, como actividad
    central, la auditoría de los estados financieros en las
    organizaciones, así como otras funciones derivadas de su
    naturaleza de
    control societario. En el mundo existen instituciones similares,
    sobresaliendo los comisarios de cuentas, los auditores, los
    síndicos y los censores jurados, entre otros, quienes
    tienen objetivos parecidos y trabajan con regímenes
    reguladores propios. El fenómeno de la globalización ha producido transformaciones
    y cambios profundos en todas estas instituciones. En Colombia, la
    Revisoría Fiscal nació en la sociedad
    anónima y se ha ido extendiendo a prácticamente
    todos los entes económicos, incluido el sector
    público.

    La Revisoría Fiscal es, en medio
    de inmensas dificultades y problemas, una
    institución de enorme arraigo en la gestión
    empresarial colombiana. Si bien es cierto que tiene un origen
    y una reglamentación legal muy fuerte, también
    tiene una caracterización profesional muy arraigada,
    basada en la práctica profesional de la Contaduría
    Pública. Por esta razón, el Contador Público
    es el único profesional que puede asumir las
    responsabilidades derivadas de las
    funciones de Revisoría Fiscal y, a la vez, se ve precisado
    a trabajar en ambientes interdisciplinarios no siempre carentes
    de conflictos de interés.

    En consecuencia, el actuar de la
    Revisoría Fiscal en los entes económicos va mucho
    más allá de lo jurídico e implica la
    interacción de cinco componentes básicos: (1)
    económico (el negocio); (2) administrativo (la
    organización); (3) jurídico (las normas y
    reglamentaciones); técnico-contable (contabilidad,
    costos,
    control
    interno y evaluación de riesgos); y (5)
    operativo (procedimientos y técnicas de
    análisis).

    La Revisoría Fiscal es una
    institución de carácter
    jurídico a la que se le ha asignado un lugar en los entes
    económicos (órgano de control) y unas funciones
    específicas, entendidas como funciones de auditoría
    y/o interventoría de cuentas.

    Nace en las sociedades
    anónimas colombianas y se profesionaliza cuando se le
    asigna a la Contaduría Pública.. Posteriormente se
    extiende a diferentes sociedades
    mercantiles y a un conjunto de entes económicos, como
    elemento necesario para la protección de la estabilidad
    pública económica.

    Con los cambios internacionales en los
    negocios (economía de mercado; tecnología
    de la información) y sus consecuencias en la
    Contabilidad (ahora: Sistemas de
    Información Contable; Sistemas Integrados de
    Información), la auditoría (ahora: Servicios de
    Aseguramiento de la Información), y el Control (ahora:
    Autocontrol), las necesidades de elaboración conceptual y
    de generación de modelos prácticos se ha acentuado,
    conllevando a transformaciones profundas.

    La estabilidad pública económica
    requiere, entre otros, de la institución de la
    Revisoría Fiscal, motivo por el cual la sociedad misma la
    reconoce y valora.

    Ello lo ha expresado
    manteniéndola en el tiempo, extendiendo los entes
    sometidos a su trabajo y, en algunos casos, cuestionando su
    eficacia. La
    numerosa legislación sobre el particular, unida a un
    cúmulo de jurisprudencias, da prueba de cómo desde
    los más diversos ángulos de la sociedad se ha ido
    reconociendo su importancia.

    He querido apoyarme en este documento de la Universidad
    Javeriana para resaltar la importancia que tiene la
    revisoría fiscal, ya que, sin estar de acuerdo en todo lo
    que allí se afirma, veo pertinente su contenido porque
    aporta razones en defensa de nuestra figura de
    control.

    En cuanto a la investidura que el legislador le ha
    otorgado al contador público como dador de ‘fe
    pública’, si bien al profesor Mantilla no le merece
    sino tan sólo comentarios desobligantes, entre otras
    porque le adjudica una supuesta representación del
    ‘sector político de la contaduría’, hay
    que decir varias cosas:

    1. El legislador ha investido al Contador Público
      (CP) de una facultad importante para el adecuado desarrollo de
      las operaciones
      mercantiles y para mantener el equilibrio y
      el orden económico. Cuando un CP firma un estado
      contable se presume, se asume como cierto, digno de fe, el
      contenido atestado.
    2. Esta es una facultad que en escasas y determinadas
      circunstancias ha otorgado el legislador a algún
      funcionario, como a los notarios dentro del país o a los
      cónsules en el exterior. Desafortunadamente esta
      investidura en muy poco ha sido apreciada por los
      profesionales, para resaltar la importancia de su ejercicio,
      por la academia para profundizar en su contenido y fortalecer
      la identidad
      del contable desde la aulas, y por los gremios profesionales,
      que deberían ser los abanderados en su promoción y defensa.
    3. La fe pública no es la confianza
      pública, pero constituye uno de sus soportes. La
      confianza pública es un estado de la realidad social
      creada por múltiples personas cuyas acciones tienen
      trascendencia en un ámbito dado. Los actos de los
      gobernantes contribuyen a crear confianza pública.
      Cuando un CP, en ejercicio de sus funciones da fe
      pública de un acto o hecho y esta atestación
      está conforme con la realidad, tal acto contribuye a
      crear confianza pública, la cual redunda en su beneficio
      y en el del equilibrio
      social. ‘Según James Coleman la confianza es un
      recurso que emerge en los individuos de los lazos sociales y en
      palabras de Pierre Bourdieu la fuente de las ventajas y
      oportunidades que obtienen las personas al ser miembros de
      cierta comunidad; en fin es la moneda que permite el
      funcionamiento social, facilita la coordinación y cooperación para
      obtener beneficios mutuos. La confianza es motor de
      desarrollo cuando se incorpora a las relaciones intersubjetivas
      e interpersonales, e instrumento de minimización de
      regulación legal o contractual de relaciones a las
      cuales sustituye por comportar una relación inversa con
      ellas’. La ley le ha confiado al CP ser partícipe
      en la creación de la confianza social en el
      ámbito económico, por lo que debe responder por
      las consecuencias de sus actos ante la sociedad entera. Hoy
      más que nunca el entorno nacional reclama una actitud
      íntegra del CP que soporte las decisiones más
      certeras de los empresarios frente al difícil reto de la
      globalización
      económica.
    4. Por lo abordado antes la fe pública implica
      responsabilidad social. Un acto de atestación del CP
      implica consecuencias a través de otros actos realizados
      por los usuarios de la información rubricada por el
      contable. La suma de todos los actos de los posibles usuarios
      conforma un entretejido de decisiones complejo de consecuencias
      profundas en el entorno respectivo. La responsabilidad social
      exige al CP dirigir sus actos en dirección de un deber ser que proteja el
      equilibrio y la equidad del ámbito social donde
      actúa ejerciendo su función de juez de hechos
      económicos y notario de actos contables.
    5. La fe pública está íntimamente
      relacionada con el saber y con la investigación. No de otra manera puede
      ser ejercida con propiedad.
      La realidad económica en la que actúa el CP es
      cada vez más compleja y exigen el manejo, si no el
      dominio de
      saberes tecno-científicos para poder dar cuenta y
      razón de la misma. El CP debe ser un estudioso y un
      investigador constante si quiere cumplir a cabalidad con la
      calidad de dador de fe pública.
    6. La fe pública es concomitante con el
      comportamiento ético. La ética constituye un
      campo de conocimiento y acción intrincado y difuso. Se
      orienta a determinar y, a partir de ahí, juzgar la
      calidad de los actos del hombre, a
      partir de un conjunto de normas morales que le sirven de
      guía. Específicamente en el campo de
      acción del CP, nos encontramos con difíciles
      retos para determinar el deber ser objetivo al cual deben
      dirigirse sus actos. Necesariamente nos adentramos en otro
      intrincado campo como es el de la ideología, desde la cual se
      establecerán los elementos constitutivos del deber ser.
      En un ámbito ideológico marcado por el modelo
      económico neoliberal, los objetivos orientadores
      dirigirían al CP a alcanzar las metas propuestas en este
      modelo. Es lo que pasaría si se adopta la
      orientación ética formulada por IFAC. Desde mi
      punto de vista otro debería ser el comportamiento del CP
      si está comprometido con el bienestar social
      nacional.

    En lo que a auditoría y control de las
    actividades económico-financieras se refiere, la
    adopción del modelo IFAC, complementa la propuesta del
    Comité Interinstitucional, de entregar la independencia
    del país en beneficio de los grandes capitales financieros
    internacionales, pues es en su interés que se ha
    desarrollado tal modelo de control, coherente con el modelo de
    información desarrollado por IASC hoy IASB, ya comentado
    antes. La adopción de un modelo de control que ha
    permitido escandalosos negociados causantes de crisis en diversos
    entornos, es lo que nos propone el Gobierno, a través del
    anteproyecto. Por supuesto que tampoco se habrá realizado
    el correspondiente estudio de impacto que causará tal
    adopción. Cabe preguntarse igual que lo hice respecto del
    modelo de información: ¿Se han hecho los estudios
    pertinentes para determinar los recursos humanos y financieros
    que deben dedicar las empresas de los diferentes niveles de
    escalabilidad, para satisfacer este requerimiento de control a la
    luz de los
    estándares internacionales? ¿Qué auditores
    controlarán las cuentas? ¿Se ha pensado en las
    universidades y en el tiempo que les llevará capacitar a
    sus profesores para que impartan estos conocimientos entre los
    estudiantes? ¿Y qué decir de los estudiantes que
    egresarán en los próximos dos años, que no
    han estudiado este modelo, pero que la práctica
    profesional se lo exigirá de manera inmediata? Y
    finalmente: ¿cómo afecta el cambio de modelo de
    control a la gestión
    de las empresas, a su patrimonio y al patrimonio
    nacional?

    Si se piensa responsable y patrióticamente en el
    porvenir de la nación no debe avanzarse sin responder este
    tipo de inquietudes y muchas otras que están
    manifestándose al interior de la comunidad contable y de
    la empresarial del país.

    DE LA ADOPCIÓN Y APLICACIÓN DE LOS
    ESTÁNDARES INTERNACIONALES DE
    CONTADURÍA.

    El capítulo cuatro del anteproyecto de ley se
    refiere a la adopción de los estándares
    internacionales de contaduría (direccionados en el
    artículo 8, numeral 3 del anteproyecto), y con ello se
    sé refiriendo a la adopción y aplicación de
    las disposiciones emitidas por IFAC relativas a la educación y a la
    ética; y a las emitidas por la Organización Mundial
    de Comercio, las reglas aplicables a la concurrencia de los
    mercados de servicios profesionales.

    En consecuencia voy a dividir el análisis de este
    acápite en tres partes así: a) análisis de
    la adopción de estándares internacionales de
    educación;
    b) análisis de la adopción de estándares
    internacionales de ética, y c) análisis de la
    adopción de estándares internacionales de ejercicio
    profesional.

    a) Análisis de la adopción de
    estándares internacionales de
    educación.

    Arriba hemos dicho que el saber contable no es un saber
    inocuo, pues su práctica tiene efectos en los procesos de
    creación y de distribución de la riqueza al
    interior de un entorno social. Lo mismo se puede decir de la
    profesión contable como un todo. Anotábamos
    también la importante repercusión social de los
    actos de los CP cuando actúan como revisores fiscales y
    dadores de fe pública; también son significativos
    los actos del contable en su ejercicio privado profesional. Estas
    circunstancias de ejercicio requieren de una exigente
    preparación académica, que permita al CP alcanzar
    las metas propuestas por el medio en el que actúa. Cabe
    aquí preguntarse qué metas son las que propone el
    entorno social; y, así mismo, cuál
    educación, qué tipo de contenidos conceptuales,
    qué fundamentos, qué técnicas, qué
    habilidades, qué competencias
    soportarán y deberán ser desarrolladas en el
    proceso educativo del contable para alcanzar las metas propuestas
    por el entorno social.

    La discusión toma aquí un derrotero
    similar al recorrido en páginas anteriores. Es el modelo
    socioeconómico el que propone las metas, modelo que debe
    orientar el conjunto de acciones sociales productivas y
    distributivas, a la satisfacción de los requerimientos de
    la población. Y dependiendo de tales metas se
    orientarán los contenidos educativos.

    ‘El nuevo modelo económico
    necesita un buen conocedor de una técnica, de una disciplina, de
    un arte, y que
    realice o ejecute aquello que le compete y para lo cual fue
    contratado…El desarrollo científico y tecnológico
    ha conducido a un tipo de trabajo que se realiza con procesos y
    procedimientos mucho más sofisticados…se requiere
    cualificar la mano de obra con mayores exigencias en cuanto a
    competencias
    técnicas y conocimientos científicos y
    tecnológicos se refiere’…’a cada modelo de
    sociedad corresponde un modelo económico y como el sistema
    educativo es el encargado de preparar a las nuevas generaciones
    para su ingreso de una manera productiva a la sociedad de la cual
    forma parte, al nuevo modelo económico que se está
    imponiendo en Colombia debe corresponderle un nuevo sistema
    educativo’.

    En coherencia con estos criterios, el Comité de
    Educación de la IFAC ha producido, desde los años
    noventa, varias guías de orientación educativa, que
    pretenden constituirse en las bases de formación de los
    contables en el ámbito mundial. Entre las más
    destacadas aparece la guía "Una estructura conceptual
    estratégica para educación de pregrado en la
    profesión contable en el año 2000 y siguientes", la
    guía Nº 9 "Calificación previa a la educación, la
    evaluación de la competencia profesional y los requisitos
    en materia de experiencia de los contables profesionales"
    (revisada en 1996), la guía "La tecnología de la
    información en el plan de estudios de la contabilidad"
    (revisada en 1998) y el documento de educación
    internacional 2 (IEP 2) "En búsqueda de contadores
    profesionales competentes" (Abril de 2003). Por su parte la
    UNCTAD también ha producido en 1998 un documento
    denominado "Plan de estudios para la formación de
    contables profesionales". Todos estos documentos
    orientadores de la educación contable en el plano
    internacional tienen unos denominadores comunes que los hacen
    similares en su tendencia formativa: se orientan a hacer del
    contable un instrumento de soporte del desarrollo de la
    economía mundial, concebida esta como la de los grandes
    consorcios transnacionales de las finanzas, de
    la producción de bienes y servicios y de las
    economías de las grandes potencias del mundo
    desarrollado.

    Su énfasis radica en la fuerte preparación
    técnica en contabilidad, auditoría, informática, gestión
    empresarial y mercados. Este modelo educativo se orienta
    hacia una preparación académica de tipo
    técnico funcionalista, caracterizada por la ausencia de
    reflexión crítica del quehacer, con los que se
    garantiza el soporte permanente del sistema económico a
    cuyo servicio se ha formulado. Cuando se habla de responsabilidad
    social se identifica ésta con el interés
    público, esto es la suma de los intereses de los
    inversionistas financieros.

    Puntos que brillan por su ausencia en los planes
    educativos arriba mencionados y que deben tenerse en cuenta para
    garantizar el adecuado ejercicio profesional comprometido con el
    bienestar social que va más allá del éxito
    del capital financiero internacional, tienen que ver con la
    responsabilidad social profesional, su papel frente al bienestar
    comunitario y de control de la riqueza empresarial y ambiental
    privada y pública nacionales. Mínimas referencias
    se hacen al papel de la investigación como función
    creadora e impulsora de los nuevos saberes
    tecnocientíficos contables; algo similar ocurre con la
    fundamentación teórica, base de la incursión
    hacia la solución de nuevos problemas de la
    información y el control de la riqueza, como por ejemplo
    la contabilidad ambiental y la cultural, que deben ser el soporte
    de información, valoración y control del patrimonio
    nacional.

    De lo anterior derivamos la correspondencia del modelo
    educativo con el sistema económico que avanza
    imponiéndose como modelo único en el panorama
    mundial. Sin embargo debe tenerse en cuenta que la
    educación no debe estar al servicio exclusivo de un
    patrón. La Universidad encarna la conciencia social, es
    atalaya crítica que le indica el camino a seguir a la
    sociedad por lo que no puede hipotecar su autonomía y su
    independencia.

    En Colombia viene imponiéndose, desde hace varios
    lustros, un modelo económico basado en orientaciones
    neoliberales, cuyas características más importantes
    anotábamos arriba, con resultados catastróficos
    para el país. Dadas tales circunstancias que son
    demostrables en muchos de los escenarios comerciales internos y
    externos, financieros, productivos, del empleo, etc.,
    la educación universitaria, en este caso la
    educación contable, aplicando el criterio de la
    autonomía debe sustraerse al papel de sustentar el modelo
    económico en cuestión y, a partir de un profundo
    proceso reflexivo y crítico, construir un derrotero que le
    ofrezca mejores alternativas al contable para desarrollar su rol
    con responsabilidad social. En tal sentido los énfasis
    deben cambiarse, haciendo primar la fundamentación
    reflexiva y crítica que propenda por el desarrollo y
    aplicación de conocimientos orientados a
    desentrañar los interrogantes, los problemas contables de
    identificación, medición, valoración,
    comunicación y control, relativos a los
    procesos productivos y distributivos concernientes a la riqueza
    social creada a través de las organizaciones empresariales
    y al mantenimiento
    de la riqueza ambiental, sin perder el horizonte de su compromiso
    con el bienestar social nacional.

    Por ello no puede avalarse, sin un examen detenido sobre
    la orientación de sus contenidos, las propuestas
    educativas de organismos internacionales cuyos fines pocas veces
    coinciden con las conveniencias nacionales. No se trata de
    chauvinismo, de un sentimiento nacionalista irreflexivo, sino de
    proteger primero el interés del país, antes que el
    extraño. Si se trata de avances técnicos,
    tecnológicos y científicos que propendan por el
    avance empresarial y organizacional sin poner en riesgo la
    conveniencia social interna, bienvenidos sean. De lo contrario la
    profesión contable en general y la academia en particular
    está en la obligación de defender el derecho a su
    independencia y a su autodeterminación.

    b) Análisis de los estándares
    internacionales de ética.

    Aunque inicialmente en la cultura humana
    el término ‘ética’ deriva de
    ‘costumbre’, en la evolución posterior del sentido del
    vocablo, lo ético se ha identificado cada vez más
    con lo moral, y la
    ética ha llegado a significar propiamente la ciencia que
    se ocupa de los objetos morales en todas sus formas, la
    filosofía moral. Por su
    parte ‘moral’, que también se deriva de
    ‘costumbre’, tiene una significación
    más amplia que el de ética.. Dentro de tales
    significaciones es útil para el análisis
    distinguir, como lo hace Kant, la
    moralidad de la legalidad. Ésta puede ser, entre otras,
    jurídica, científica y moral. ‘En cuanto a la legalidad en sentido moral, su
    sentido más estricto es el que encontramos en Kant, quien
    distingue entre legalidad y moralidad. La determinación de
    la voluntad que tiene lugar según la ley moral se llama
    ‘legalidad’; sólo la determinación de
    la voluntad que tiene lugar por amor de la ley
    puede llamarse ‘moralidad’. Respecto al deber la
    legalidad es la acción conforme al deber en tanto
    que la moralidad es la acción por el
    deber, que es lo mismo que respeto a la
    ley.’ El criterio de ley
    está referido, en el sentido kantiano, a la universalidad
    de su forma, por lo que no hay excepciones para las leyes. Ahora
    bien, según que la ley tenga que cumplirse inexorablemente
    o pueda no cumplirse, puede establecerse una diferencia, siendo
    la primera de índole natural (científica) y la
    segunda, moral (ética). La segunda puede ser pero no debe
    ser violada, por ello se expresa en un lenguaje
    prescriptivo. La propuesta kantiana es válida para nuestro
    análisis, dado que aquí se están discutiendo
    propuestas que pretenden favorecer a quienes las adoptan, pero
    que en muchas ocasiones se valida según la conveniencia de
    grupos o fines particulares interesados. El criterio kantiano
    toma siempre a la persona como un
    fin en sí mismo y no como un medio. Toda persona es digna
    de respeto, sea
    quien sea y cual sea su situación, por encima de ello
    está su condición de persona humana. Cuando se opta
    por un entramado normativo que se orienta a favorecer ciertos
    intereses, como es el caso que nos ocupa, donde la mayoría
    de los afectados no tienen ni voz ni voto en las decisiones que
    adoptan, no puede la profesión contable ser ajena a las
    implicaciones que de tales acciones se derivan. Recientemente,
    como lo hemos mencionado en diversos apartes de este escrito, el
    mundo se ha resentido por los escándalos empresariales,
    las quiebras fraudulentas, los convenios subrepticios entre altos
    directivos, auditores e inclusos gobernantes, que han dejado sin
    recursos a grandes conglomerados de acreedores, inversionistas y
    a pequeños propietarios ahorradores, que habían
    confiado sus riquezas, grandes o pequeñas, a la
    organización empresarial.

    En el escrito de mi autoría de referencia
    incluí un acápite con el título de
    La necesidad de volver a los fundamentos
    éticos
    en el que
    anoté ciertos aspectos pertinentes al tema: ‘El
    péndulo se mueve hacia el control. EE.UU. reacciona ante
    los abusos corporativos’ titula un artículo del Wall
    Street Journal Americas de 10.07.02; ‘Capitalismo y
    juego limpio.
    ¿Hacia el regreso de una mayor acción reguladora
    del Estado?’ titula otro artículo del lunes 22 de
    julio de 2002 en Portafolio. La orientación más
    recurrente es la de adoptar normas que impidan que las grandes
    corporaciones estadounidenses y, de contera, las más
    importantes empresas del mundo, se conviertan en cotos de caza
    donde impere la ley del más fuerte, como en el tiempo de
    los bucaneros. Ya se ha visto como la autorregulación, tan
    defendida desde los estrados neoliberales del modelo
    único, no es ninguna garantía de transparencia y, a
    la larga, de seguridad del propio sistema capitalista de libre
    mercado. Cuando estas circunstancias de corrupción
    y de atropellos se convierten en el diario acontecer del alma del
    sistema, como hoy se presenta en los estrados más
    significativos y representativos como son los principales
    mercados de valores del mundo, es necesario un viraje hacia los
    fundamentos, un regreso a los principios del sistema para ver si
    éste tiene salvación.

    Desde hace aproximadamente 25
    años el mundo capitalista, liderado por Estados Unidos, se
    dejo arrastrar al mundo autorregulado, pero no del fundamentado
    en los sólidos principios puritanos y de la ética
    protestante que guió a los primeros burgueses que se
    aventuraron a construir fortuna basados en un comportamiento
    prudente, reflexivo, circunspecto, mediante el cual exaltaban
    el trabajo
    honesto, la búsqueda de la ganancia justa que recompensara
    sus esfuerzos. Por el contrario la ruta escogida se
    dirigió por los dictámenes de los ‘nuevos
    caballeros de fortuna’, delincuentes de cuello blanco,
    prototipo del ejecutivo exitoso del mundo financiero, a quien se
    le reclama que si tiene oportunidad de volverse rico, sin
    importar los medios, la
    aproveche, pero que no haga el ‘oso’ de aparecer
    comprometido en un escándalo y salga igual de pobre que
    cuando entró como ejecutivo de la corporación. En
    este ámbito se perdona ser ladrón pero no bruto o
    ingenuo.

    Volver a los fundamentos éticos
    nos da la oportunidad de esclarecer cuales son los
    propósitos de los sistemas políticos y
    económicos, y de orientar acciones tendientes a eliminar
    comportamientos anómalos cuya presencia producen efectos
    nocivos para los conglomerados sociales, sobre todo para aquellos
    que dependen de las decisiones de los directivos políticos
    y empresariales, que son la mayoría de los miembros de la
    sociedad. Asimismo nos permite determinar cuál es el papel
    que juega, así sea en principio, un comportamiento
    ético de una empresa, de
    un profesional, o una orientación ética de una
    regulación. En la medida en que adoptemos una ética
    que dé cuenta de la búsqueda del bienestar para la
    mayoría, estaremos negando la conveniencia de la
    adopción de éticas polivalentes, a la luz de cuyos
    postulados cualquier comportamiento es defendible y conveniente
    para el sistema político-económico.

    En tal sentido, en un acápite
    titulado ‘la eficacia del
    capitalismo
    democrático’ nos dice Adela Cortina : "En los
    últimos tiempos un nutrido número de pensadores y
    dirigentes del mundo económico y político insiste
    igualmente en que el capitalismo no puede subsistir sin una moral
    adecuada, porque la integración social exige un arraigado
    sistema moral (una coherencia moral), que no pueden sustituir ni
    el control político-jurídico ni la ingeniería social. Este sistema de
    valores
    morales ha ido evolucionando históricamente desde el
    puritanismo inicial al hedonismo y el consumismo, causantes de
    las crisis actuales, y es hora de destacar las aportaciones
    éticas que le son inherentes y que van estrechamente
    ligadas a sus logros históricos. … el capitalismo
    democrático configurado por la economía de mercado,
    la democracia
    política y el pluralismo cultural, ofrece la
    mediación más adecuada para resolver los problemas
    económicos y políticos básicos (pobreza,
    eficacia, bienestar y libertad) y,
    por tanto, que goza de una innegable superioridad moral frente al
    colectivismo e incluso frente a ciertas ofertas de
    ‘socialismo
    democrático’, que en bien poco diferirían del
    capitalismo democrático. El núcleo moral de este
    capitalismo, corregido en sentido reformista, consiste en una
    ética que defiende la autonomía individual como
    exigencia de la libertad, unas
    instituciones que aseguren la integración en la modernidad
    capitalista (estructuras intermedias de la sociedad civil),
    entre las que destacaría la empresa, y en
    la creación desde esas estructuras intermedias de un nuevo
    ‘hogar público’, capaz de integrar vital y
    profesionalmente a los seres humanos de las sociedades
    modernas avanzadas."

    Complementariamente a estas ideas que
    nos presentan una posibilidad de desarrollo dentro del
    capitalismo, bastante diferente al comentado en páginas
    anteriores, aparece la propuesta del capitalismo social y el
    management comunicativo. Está fundamentado en la
    ética discursiva, que pretende transformar la racionalidad
    económica por medio de la racionalidad comunicativa;
    intenta corregir el desarrollo
    económico sistémico desde la perspectiva del
    ‘mundo de la vida’ e impulsar así una nueva
    transformación social del capitalismo, una economía
    social, desde un nuevo fundamento normativo, no utilitarista ni
    contractualista, sino discursivo, entendido en la práctica
    como control democrático por parte de los afectados.
    Está orientado a mediar entre los aspectos normativos y
    los fácticos, entre las ideas regulativas y las propuestas
    de acción pragmáticamente realizables, porque las
    ideas regulativas indican perspectivas metódicas de
    progreso económico-social, que van más allá
    de lo factible inmediato, pero que no han de considerarse
    extrañas al mundo, sino más bien fuerzas
    innovadoras de progreso histórico.

    No se nos escapa que estas propuestas de
    tipo innovador y, si se quiere, revolucionario, que pretenden
    darle al sistema capitalista una nueva orientación de cara
    a la solución de los problemas
    sociales producidos por la distribución inequitativa
    de la riqueza, son para muchos, planteamientos utópicos,
    ya que hablar de capitalismo y moral es hablar de dos conceptos
    irreconciliables; la ética del capitalismo es algo
    inexistente por cuanto, de existir, el mundo no andaría
    como está hoy, con más de la mitad de su población bajo la línea de pobreza, sin la
    debida atención en salud, sin educación
    y sin perspectivas de una vida decente.

    Sin embargo el sistema
    económico capitalista vigente, por su propia
    conservación no puede seguir por la ruta que trae, la
    derivada del modelo único, pues camina hacia su propia
    destrucción. Aparece, por ello, la necesidad de construir
    alternativas que permitan el desarrollo social
    en condiciones deferentes, más equitativas, más
    humanas que permitan ser defendidas y promovidas desde estrados
    que buscan la plena realización del hombre.

    En esta misma vía se
    está desarrollando la perspectiva de la ética
    empresarial. Así como se cuestiona la ética
    del capitalismo, se pone en duda la posibilidad de la existencia
    de una ética de la empresa. Suele
    entenderse que la empresa se rige por la racionalidad
    estratégica, en busca de la máxima ganancia sin
    importar los medios para
    lograrlo, en tanto que la ética se dirige por la
    racionalidad comunicativa, soportada en normas morales que velan
    por los intereses de los afectados. La materialización de
    la ética del capitalismo pasa por el desarrollo de una
    ética de la empresa, por ello es necesario construir un
    puente entre estos dos importantes aspectos de la vida social.
    Esto implica superar un conjunto de obstáculos derivados
    de la desconfianza del empresariado en el tema ético y de
    la actitud que la misma sociedad tiene respecto del
    comportamiento empresarial.

    El empresario medio piensa que para
    hacer negocios es preciso olvidarse de la ética
    común y corriente, porque los negocios tienen sus propias
    reglas del juego, regidas por una ética propia; cree que
    la misión de
    la empresa es la de maximizar la ganancia por cualquier
    vía, en la medida en que cumpla con los preceptos legales
    vigentes en el entorno en el que desarrolla sus actividades. Su
    máxima ley es la del libre mercado.

    No se tiene claro si cuando la sociedad
    reclama mayor ética en los negocios, está aludiendo
    a una necesidad, o más bien está tranquilizando su
    mala conciencia dando la apariencia de que la ética le
    parece fundamental en la empresa, igual que en otros espacios de
    la vida ciudadana, por que está de moda. Puede
    incluso pensarse que imponer un comportamiento ético, de
    origen polivalente, aquél que valida toda acción
    con algún argumento maniqueo, puede ser una estrategia
    para sostener un estado de cosas que le conviene a cierto sector
    de propietarios, los empresarios, con lo cual se
    adormecería el reclamo social.

    Por otra parte, también existe un
    obstáculo en el concepto que el
    ciudadano común tiene de la ética, como un conjunto
    de mandatos que deben ser cumplidos sin atender ni a las
    circunstancias en el que el sujeto debe actuar, ni a las
    consecuencias que previsiblemente se seguirán de la
    actuación. Quien obra en contra de esos mandatos, se
    piensa, actúa en forma inmoral. Y como el empresario se
    encuentra en muchas ocasiones entre el deber de cumplir esos
    mandatos morales y el deseo de obtener beneficio, podrá
    obrar moralmente en su vida familiar, pero no en la empresa. Con
    lo cual no es posible ser empresario y obrar moralmente bien, por
    lo que tampoco tiene sentido hablar de una ética
    empresarial.

    Para superar estas dificultades se
    propone el desarrollo de una ética de la empresa que
    esté soportada en una ética de la convicción
    y una ética de la responsabilidad, a la manera weberiana,
    fundamento que orientaría la acción empresarial en
    consideración tanto de los medios como de los fines
    éticamente válidos. Esta perspectiva casa con la de
    la ética discursiva, a la manera de Apel,
    orientación que propone "que a la hora de actuar es
    preciso mediar la racionalidad comunicativa con la
    estratégica; es decir, que es preciso considerar a cuantos
    intervienen en la actividad empresarial (directivos,
    trabajadores, consumidores, proveedores)
    como interlocutores válidos con los que es preciso
    relacionarse comunicativamente, de suerte que se respeten sus
    derechos e intereses, pero a la vez es necesario recurrir a
    estrategias para
    tratar de alcanzar el fin de la empresa, que es la
    satisfacción de necesidades sociales a través de la
    obtención del beneficio. Cómo articular en los
    casos concretos ambos tipos de racionalidad es cosa que la
    ética empresarial no puede precisar a priori. Su tarea
    consiste en dilucidar el sentido y fin de la actividad
    empresarial y en proponer orientaciones y valores
    morales específicos para alcanzarlo; las decisiones
    concretas quedan en manos de los sujetos que tienen que ser
    responsables de ellas y, por tanto, no pueden tomarlas sin contar
    con el fin que se persigue, los valores
    morales orientadores, la conciencia moral socialmente alcanzada y
    los contextos y consecuencias de cada
    decisión."

    La orientación hacia una
    ética empresarial de nuevo cuño arriba
    reseñada se desarrolla en la vía de la
    responsabilidad social de las empresas, si bien no existe en este
    sentido una única concepción de responsabilidad
    social, pasando desde la consideración de la
    maximización del beneficio económico como
    único norte empresarial, con lo cual se considera que ya
    ha cumplido su fin social, hasta aquella posición que
    concibe a la empresa como una célula de
    la colectividad, a la que se debe con preferencia sobre los
    demás objetivos. Es esta última referencia, la
    responsabilidad de la empresa como célula de
    la colectividad, que ha de cumplir una funciones y asumir unos
    deberes sociales claros, es decir, la toma de
    decisiones morales, la orientación de la nueva
    ética empresarial.

    Adoptar una orientación
    ética respetable, moralmente defendible, es una
    garantía para la existencia y desarrollo de la empresa y
    con ella del mismo sistema económico y social. El mundo
    actual está mediado por la empresa y cada vez más
    representado por la gran empresa. Paulatinamente la empresa
    transnacional se va apoderando de los mercados de recursos y
    productos de consumo final
    más allá de las fronteras de sus países de
    origen, actuando, como decíamos arriba, como si tuvieran
    patente de corso. Tal conducta debe ser
    denunciada y moralmente condenada. Esta nueva perspectiva de
    comportamiento moral empresarial garantiza su desarrollo como
    entidad productiva, a la vez que posibilita la coexistencia de
    los diversos entornos en condiciones dignas para las diversas
    colectividades participantes.

    Por ello no se escapa de esta
    perspectiva que la responsabilidad empresarial va más
    allá de la individual, se manifiesta como un deber hacia
    la colectividad, con lo que los efectos que sus actos conlleven,
    deben ser asumidos y debidamente tratados en
    beneficio del bienestar social, sean de tipo económico,
    ecológico, laboral,
    etc.

    De aquí se desprende que uno de
    los postulados de la ética empresarial es la del respeto a
    las diferencias, a las condiciones jurídicas y legales que
    adoptan los diversos países para regir su vida colectiva.
    Esto, por supuesto, se opone a las orientaciones del modelo
    único, que trata de imponer, a través de los
    organismos que lo agencian, unas comunes condiciones normativas
    que hagan posible el tránsito de la riqueza hacia las
    arcas del gran capital. El nuevo panorama que se puede derivar de
    las condiciones éticas antes anotadas, debe contemplar
    preceptos que garanticen el desarrollo económico
    autónomo de las diversas colectividades, a partir de la
    actuación de los múltiples actores, la empresa
    entre ellos, con base en unas reglas del juego diferentes, que
    posibiliten la construcción productiva de riqueza y de
    equitativa distribución.

    Como hemos dicho en diversos apartes de
    este documento, las propuestas de cambio en el comportamiento
    tanto del sistema económico como del empresarial parecen
    estar fuera de tono dado el tremendo dominio que de la
    economía
    internacional detentan las empresas transnacionales y sus
    respectivos países de origen. Sugerir un cambio en la
    estrategia de un contendiente que está ganando el combate
    parece lo más inoportuno y fuera de lugar. De aquí
    que el tema de la ética del capitalismo y de la empresa
    parece más un interés de diletantes
    académicos que sueñan una realidad más
    justa, jugando idealmente a reformar el actual sistema
    económico, que una posibilidad real. Sin embargo, la otra
    cara de la moneda, la realidad de los países
    subdesarrollados, del tercer y cuarto mundo, es un testigo que no
    puede y no debe ignorarse por una sociedad que se tenga como
    democrática y, moralmente justa. Por ello no dudamos en
    citar los aportes de estudiosos de este nuevo reclamo
    ético, que en alguna medida nos ofrece una perspectiva de
    solución al problema aquí analizado.

    Así como anotábamos respecto del modelo de
    auditoría anglosajón, el modelo ético del
    mundo capitalista desarrollado también está en
    crisis, y si este sistema, como es natural pretende seguir
    funcionando, debe replantear su comportamiento y sus directrices
    desde la estructura. Los valores y
    el entramado normativo que hoy está agenciando no
    constituyen ninguna garantía para su supervivencia y menos
    para garantizar el progreso y la justicia
    social, objetivo que motiva su existencia, según sus
    defensores y propulsores.

    El imperativo kantiano de tomar a la persona humana por
    encima de cualquier otra consideración, a partir del cual
    se adopte como ley de comportamiento y como un faro orientador de
    las decisiones humanas, reclama su presencia en estos momentos de
    crisis.

    El código de ética formulado por la IFAC
    para contadores profesionales emitido en 2001, establece ciertas
    reglas de comportamiento que merecen una detenida
    consideración en tanto que se orientan a ciertas
    modalidades de contratos que no
    se estilan en el país (contratos de aseguramiento),
    además porque tales contratos pueden ser de dos tipos
    (nivel alto de aseguramiento y nivel moderado de aseguramiento),
    determinándose para cada caso niveles diferentes de
    responsabilidad profesional y formas diversas de interpretar la
    independencia, siempre dependiendo de las circunstancias y de la
    manera como un observador razonable e informado pueda concluir
    como se han sucedido los hechos. Muchos de tales
    estándares son tan gaseosos, tan imprecisos que parece
    hubieran sido construidos para ser omitidos aparentando ser
    aplicados.

    Los postulados éticos que propone la IFAC,
    corresponden a los principios y orientaciones que han conducido
    al mundo a esta crisis moral sin precedentes en el mundo moderno.
    Y tal conjunto de postulados es el que el anteproyecto pretende
    que se adopte como orientador del comportamiento del contable
    profesional nacional, así como que sea el fundamento en el
    cual se formen las juventudes que cursan sus estudios contables
    en las universidades colombianas.

    No deja de extrañar que críticas a tales
    orientaciones, del mismo tenor de las que hemos incluido antes,
    merezcan alabanzas de nuestro colega hartas veces citado, el
    emérito profesor Mantilla; refiriéndose al
    artículo ‘La amenaza de los contadores
    éticos’ (1999), escrito por Ken McPhail de la
    Universidad de Glasgow, dice, comentando tal artículo en
    la presentación del nº 15 de Cuadernos de
    Contabilidad editado por la Universidad Javeriana, lo siguiente:
    ‘Le sigue un interesante
    aporte del profesor Ken McPhail de la University of Glasgow
    quien, a partir de una profunda documentación filosófica, muestra
    cómo el comportamiento de los denominados contadores
    éticos no es ni tan ético ni tan inocente como se
    ha pretendido mostrar y cómo la educación contable
    tradicional lo único que ha hecho es reforzar esos viejos
    esquemas. Propone un salto cualitativo hacia posturas más
    abiertas, más humanas, que den a los contables la
    posibilidad de trabajar no como ‘esclavos’ de la
    gestión del capital sino como constructores de una sociedad más humana y
    justa.’ El profesor
    McPhail critica la formación que actualmente se imparte en
    el sistema educativo inglés y acepta conclusiones de
    estudios que son desfavorables al comportamiento ético de
    los contadores profesionales, dado que en tal esquema lo
    ético es precisamente el comportamiento orientado por la
    racionalidad instrumental al servicio del progreso del
    capitalismo, entroncada en el corazón
    del modelo económico neoclásico. Se supone que los
    contadores deben garantizar, a partir de su oficio de
    informadores y controladores de la dinámica empresarial,
    el adecuado funcionamiento de las organizaciones productivas en
    donde se reproduce el capital, lo cual deben hacerlo a costa de
    los sacrificios de muchos de los actores involucrados en el
    proceso. La contaduría, la contabilidad y el modelo
    específico de ‘utilidad para la toma de
    decisiones’ en que se basa la contabilidad convencional en
    la actualidad son percibidas como parte de la economía
    neoclásica. Sin embargo existen otras posibilidades para
    direccionar nuestra disciplina y,
    desde luego nuestra profesión. El profesor McPhail, con su
    argumentación respalda esta posición. Veamos un
    aparte de su conclusión: ‘Este documento ha intentado estudiar las relaciones
    entre poder y ética en la educación contable. Ha
    provisto un resumen del trabajo que Foucault
    realizó sobre la ética e intentó aplicar su
    trabajo a la educación contable en orden a estudiar
    cómo puede operar el poder a través del discurso de
    la contabilidad mediante la construcción de las identidades
    éticas de los estudiantes de contabilidad. También
    se sugirió que la educación contable puede operar
    de una manera hegemónica al construir individuos que
    ejercen control contra sí mismos de manera tal que sus
    intereses sirven a los intereses del capital. También se
    sugirió que la identidad
    contable se caracteriza por un modo de sometimiento instrumental
    y racional que puede subyugar otras formas de conocimiento y que
    reprime otras formas de desarrollo emocional de los estudiantes,
    particularmente en la relación con la manera como perciben
    a los otros individuos. El documento concluyó extrayendo
    algo de la ética posmoderna como una posible base para la
    resistencia (en
    el sentido de Foucault) y
    sugirió dos maneras prácticas con las cuales los
    educadores contables pueden comenzar a conceptuar la manera como
    tienen que ser capaces de cambiar la hegemonía de la
    racionalidad de la educación contable. En su nivel
    más ambicioso, ese documento intentó
    ‘reclamar la importancia de la pedagogía crítica como un discurso y
    una práctica eminentemente
    políticos’

    c) Análisis de la adopción de
    estándares de ejercicio profesional.

    El anteproyecto, en el literal c, numeral 3 del
    artículo 8, dice: (Se reconoce como entidad emisora y sus
    estándares) ‘En materia
    de las reglas aplicables a la concurrencia en los mercados de
    servicios profesionales a la World Trade Organization (WTO)
    (Organización Mundial de Comercio – OMC), o quien la
    reemplace, y los acuerdos de comercio de servicios
    profesionales de contabilidad ratificados
    por el Congreso de la
    República’. Se
    agrega en el numeral 3 del artículo 20 lo siguiente,
    respecto a los objetivos a cumplir con la adopción de
    estándares de contaduría:
    ‘Asegurar que la
    profesión sea ejercida de acuerdo con estándares
    éticos, técnicos y de calidad reconocidos
    internacionalmente y que las medidas relativas a las
    prescripciones y procedimientos en materia de licencias, las
    normas técnicas y las prescripciones y procedimientos en
    materia de títulos de aptitud, no constituyan
    obstáculos innecesarios al comercio de servicios
    profesionales relativos a la profesión dela
    contaduría’

    Una primera pregunta que debe hacerse cualquier
    interesado en este proyecto de norma contable es qué
    entidad es la OMC (WTO) y qué intereses
    representa.

    El Acuerdo General de Aranceles Aduaneros y Comercio
    (GATT por sus
    siglas en inglés) suscrito por un grupo de 23
    países en 1947, fue el origen de la Organización
    Mundial de Comercio (OMC), establecida en 1995 como resultado de
    la Ronda Uruguay de
    Negociaciones Comerciales. Actualmente, los Miembros de la OMC
    suman más de 140 y sus reglas cubren la casi totalidad del
    comercio
    internacional de bienes y servicios.

    Los resultados de la Ronda Uruguay abarcan un gran
    número de acuerdos que superaron ampliamente las reglas
    iniciales relativas al comercio de productos industriales. Los
    acuerdos alcanzados en 1995 incluyeron, por primera vez, temas
    como la agricultura,
    los servicios, los productos textiles y el vestido, aspectos
    relacionados con el comercio en materia de propiedad
    intelectual e inversiones,
    así como nuevas reglas en antidumping, subvenciones y
    solución de diferencias.

    La Conferencia
    Ministerial es el órgano principal de la OMC y debe
    reunirse al menos cada dos años. Desde la creación
    de la OMC se han realizado cinco Conferencias
    Ministeriales:

    • Singapur (diciembre de 1996)
    • Ginebra (mayo de 1998)
    • Seattle (diciembre de 1999)
    • Doha (noviembre de 2001)
    • Cancún (septiembre de 2003)

    En Doha se lanzó un programa de trabajo muy
    amplio que abarca una ronda de negociaciones que deberá
    concluirse el 1 de enero de 2005.

    Estas negociaciones incluyen los temas de agricultura,
    servicios, comercio y medio
    ambiente, trato especial y diferenciado, normas de la OMC
    (antidumping, subvenciones y acuerdos comerciales regionales),
    acceso a mercado para productos no agrícolas, examen del
    Entendimiento de Solución de Diferencias y cuestiones
    relativas a la aplicación.

    El programa de Doha también incluye un programa
    de estudio dirigido al lanzamiento de negociaciones futuras en
    las áreas de inversiones,
    competencia, transparencia en la contratación
    pública y facilitación del comercio. Finalmente, en
    Doha se estableció programas de
    estudio para los temas de comercio y medio ambiente,
    comercio
    electrónico, pequeñas economías, y la
    relación entre comercio, deuda y finanzas.

    La reciente conferencia de Cancún de septiembre
    de 2003 terminó en fracaso ya que no se llegó a
    ningún acuerdo en cuanto al tratamiento del tema
    agrícola, puesto que varios países desarrollados,
    como los EEUU y la Unión
    Europea, mantienen su política proteccionista de
    subsidiar la agricultura, contrariando las norma básicas
    dela OMC y, a la vez, pretenden que otros países, los del
    tercer mundo entre ellos, liberen los mercados en su
    totalidad.

    La OMC es considerada la principal institución
    del proceso de globalización (o de generalización
    del ‘libre comercio’). Con la excusa de liberalizar
    el comercio, la OMC crea las condiciones para que las grandes
    empresas transnacionales
    (como Nike, Shell, Sony,
    Mitshubitsi, Elf, Telefónica, British Petroleum, Endesa,
    Microsoft,
    General Electric, etc.) puedan dominar la economía
    mundial a su antojo
    , destruyendo el medio ambiente
    y perpetuando la pobreza y la
    miseria, en su búsqueda de poder y beneficios.

    Una vez establecido quien es la autoridad
    propuesta para regular el ejercicio profesional de la
    contaduría en Colombia, es necesario analizar el contenido
    subrayado arriba, relativo al libre ejercicio de la
    profesión: que las
    prescripciones y procedimientos en materia de licencias y de
    títulos de aptitud, no constituyan obstáculos
    innecesarios al comercio de servicios profesionales relativos a
    la profesión de la contaduría.

    Esto se refiere, ni más ni menos, a que el
    ejercicio de la contaduría, a partir de la vigencia de la
    ley de intervención económica puede ser ejercido
    por cualquier profesional contable del mundo. Se ratifica esto en
    el parágrafo 3, numeral 1 del artículo 24, que
    dice: El Gobierno Nacional
    diseñará el método más apropiado para
    comprobar que el profesional extranjero cumple con los requisitos
    señalados en el presente numeral para acreditarse como
    Contador Profesional Acreditado, para lo cual podrá
    aceptar título o certificados expedidos por otros
    países. Una vez acreditado, el extranjero ejercerá
    en el país con las mismas garantías de las cuales
    goza el profesional colombiano.

    De aquí resulta una pregunta obvia:
    ¿tenemos las mismas garantías en los otros
    países los contadores colombianos? ¿podemos
    desplazarnos a otros países a ejercer, así como los
    extranjeros lo podrán hacer en Colombia? La respuesta es
    un rotundo ¡NO!; a los colombianos hasta para hacer
    turismo nos
    exigen visa en la mayoría de los países del mundo
    (esta es una consecuencia de la desastrosa política de
    relaciones exteriores de los dos últimos gobiernos). Uno
    de los inconvenientes que se ha denunciado sobre la
    asimetría que encarnan las negociaciones del ‘libre
    comercio’ es que ni los industriales tienen facilidad de
    desplazamiento. ¿Se contempla la figura de los convenios
    de reciprocidad de títulos en este anteproyecto?
    Nuevamente ¡NO! ¿Entonces que consecuencias para la
    profesión contable activa y para los estudiantes contables
    puede traer el anteproyecto, si se aprueba este articulado?
    Sencillamente que el oligopolio que
    hoy ejercen unas cuantas firmas transnacionales y sus
    representantes nacionales se acentuará, seguramente
    eliminando a tales representantes y a las pocas firmas nacionales
    que hoy les hacen competencia. Recordemos que tanto los modelos
    de información, como el de control, el ético y el
    educativo que supuestamente se aplicarían en Colombia a
    partir de la aprobación de la ley provienen de las toldas
    de estas organizaciones a quienes les interesa que sean
    profesionales formados y expertos en tal andamiaje procedimental,
    quienes dirijan su ejercicio. A la gran mayoría de los
    profesionales nacionales, en ejercicio y en potencia, les
    espera un triste destino: deberán conformarse con los
    desperdicios del mercado profesional, las contabilidades, las
    declaraciones tributarias, las auditorías de pequeños negocios. El
    desempleo
    profesional, que ya es alto ascenderá de manera
    exponencial. Nuestras universidades tardarán mucho en
    poder ofrecer profesionales competitivos en estas áreas,
    además de que, para el país, para la sociedad
    colombiana, por lo discutido en los dos acápites
    anteriores, no sería lo más conveniente que estas
    instituciones se dirijan acríticamente a formar a sus
    estudiantes bajo esas cuestionadas directrices.

    III –
    ANÁLISIS DEL TÍTULO III

    En este título el anteproyecto contempla
    básicamente dos aspectos coherentes con lo contemplado en
    el artículo 38, en el que se suprimen las entidades que
    hoy dirigen y vigilan a la profesión: el Consejo
    Técnico de la Contaduría y la Junta Central de
    Contadores.

    En este título se crea, por el artículo 27
    el Comité Superior Contable, un organismo figurativo, cuya
    principal función es ratificar, para el entorno nacional,
    la vigencia de las disposiciones aprobadas por los órganos
    regulativos contables extranjeros. Es un organismo mensajero, sin
    autonomía para concebir la normativa contable, sino tan
    sólo para posponer la aplicación de algún
    estándar que, a su juicio, sea contrario al interés
    público, no cumpla con los fines, principios, objetivos y
    requisitos señalados en esta ley o lesione de manera grave
    el conjunto de un sector económico. No puede modificar el
    contenido de ningún estándar. Está integrado
    por personalidades que en su mayoría no serán
    contadores; tan sólo el Contador General de la
    Nación. Sus reuniones previstas semestralmente constituyen
    un indicativo de la poca importancia que les merece a los autores
    del proyecto lo que este organismo haga o decida. De aquí
    se desprende que el actual papel que el Consejo Técnico de
    la Contaduría está realizando, como emitir
    pronunciamientos, orientaciones y conceptos, tampoco les merece
    ninguna consideración. A partir de la vigencia de la ley
    todo será importado en materia de estándares de
    contaduría en Colombia, no importa que su calidad
    informativa, de control, ética y educativa sea no sea
    óptima y si los objetivos de la información se
    orienten a mejorar la gestión de uno u otro sector de la
    economía nacional. Esto es válido tanto para el
    nivel 1 de escalabilidad como para los otros, aunque los
    estándares no sean los mismos. La incipiente
    investigación, que desde este organismo oficial contable,
    estaba siendo impulsada tiene aquí su punto final. La
    perspectiva de investigación desde otros estrados, como
    las universidades o los centros de investigación
    también se ve atropellada por cuanto la aspiración
    de cualquier estudio es llegar a ser debatido y puesto a prueba a
    partir de posibles aplicaciones en el plano empírico
    organizacional. Si los estándares vienen como productos
    terminados, no hay posibilidad de participar en la
    discusión, y aunque se conocieran los proyectos, dado
    el andamiaje que existe en los organismos reconocidos como
    emisores de estándares y de los intereses a que obedecen,
    poca o ninguna posibilidad habrá de involucrar el
    interés nacional en tales productos.

    Con relación a la vigilancia del ejercicio
    profesional, labor que hasta hoy viene ejerciendo la Junta
    Central de Contadores, el anteproyecto propone, además de
    eliminar la Junta, trasladar tales funciones a la
    Superintendencia de Sociedades. Es comprensible en parte, desde
    la óptica
    de los autores de la propuesta, la eliminación del Consejo
    Técnico y su reemplazo por el organismo mensajero. Pero
    eliminar la Junta Central, un organismo que ha venido cumpliendo
    con sus funciones cada día con mejores resultados, donde
    tienen cabida, así sea en minoría, los
    representantes de los profesionales vigilados, un organismo
    compuesto en su totalidad por profesionales contables para
    reemplazarlo por una dependencia de la Superintendencia de
    Sociedades, es una propuesta que debe estar motivada por la
    intención de alejar a la profesión de su propia
    vigilancia. Los casos que se consideran y juzgan en el tribunal
    contable requieren del conocimiento de pares para determinar la
    calidad del acto infractor y su respectiva sanción. Esto
    no parece merecer ninguna consideración a los proponentes.
    La profesión contable para estos señores es una
    actividad de comercio que puede ser vigilada por un organismo que
    tiene a su cargo la vigilancia de un número de sociedades
    cada vez menos importantes, puesto que no vigila las financieras,
    ni las que tienen inscritas acciones o títulos en las
    bolsas de valores, ni las cooperativas,
    ni las de salud. Parece
    que se estuviera buscando oficio a la Supersociedades para evitar
    que, como a cada rato lo hace este gobierno, la fusione con otra
    dependencia o la elimine del organigrama
    nacional.

    Muchos aspectos importantes han quedado por fuera de
    estas consideraciones, que pretendo abordar en otro documento.
    Entrego estas reflexiones al debate, con la intención de
    aportar a la mejor solución que quienes tienen el poder
    decisional, deban tomar.

    Finalmente quiero manifestar ante la profesión
    contable, a quien represento en el Consejo Técnico de la
    Contaduría, que estaré atento al desenvolvimiento
    de los acontecimientos relacionados con el anteproyecto comentado
    y que los puntos de vista que he incluido aquí, los
    expondré en su oportunidad en este organismo y en los
    foros en donde pueda participar, siempre con el propósito
    de defender el progreso disciplinar y el ejercicio profesional en
    condiciones dignas todo ello orientado al servicio del bienestar
    nacional.

     

    HAROLD ALVAREZ ALVAREZ

    Consejero

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