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Institución y Libertad en Paul Ricoeur y otros autores




Enviado por gustavo_lubatti



Partes: 1, 2

    1. Resumen
    2. Prefacio
    3. El concepto de
      institución en general
    4. Pluralidad y
      concertación
    5. Justicia
    6. Conflictividad en
      general
    7. Conflictividad:
      discusión de un orden de prioridades
    8. El
      método de Ricoeur
    9. Conclusión
    10. Reseña
      de Soi-meme comme un autre
    11. Bibliografía

    Resumen

    Ante la actual crisis de las
    instituciones
    tradicionales, la emergencia de otras nuevas, y la aparente
    oposición entre institución y libertad,
    Ricoeur destaca la pluralidad, y la
    concertación. Para promover una vida buena con y
    para el otro, las instituciones
    deben ser justas. La conflictividad marca la vida
    humana, al Estado y lo
    político: la discusión de un orden de prioridades,
    en un Estado de
    derecho; el debate sobre
    los fines de un "buen" gobierno; y la
    re-legitimación de la democracia. El
    método de Ricoeur, los aspectos de consenso
    entre él y otros contemporáneos, y lo más
    peculiar
    suyo.

    El concepto de
    INSTITUCIÓN

    en Soi-même comme un
    autre,

    sus antecedentes en Ricoeur,

    coincidencias y peculiaridades con
    respecto a otros autores

    Prefacio

    A partir de nuestro interés en
    la filosofía latinoamericana, y especialmente en el
    tratamiento que hace del tema de la libertad, derivamos a la obra
    de un europeo, Paul Ricoeur, autor citado positivamente por
    varios filósofos de nuestro continente. Nos
    pareció interesante profundizar en esta relación
    mutuamente enriquecedora, y nos limitamos sobre todo a la
    categoría del "nosotros", pero como esta sigue siendo
    demasiado abarcadora para un trabajo de este tipo, nos
    circunscribimos luego al concepto de
    "institución". Creemos que es una necesidad actual
    profundizar en esta realidad, en un momento en que frecuentemente
    se escucha decir que "las instituciones están en crisis"
    (refiriéndose en gran medida a las que vienen de la
    modernidad, como
    el Estado y
    los partidos
    políticos, o de otro tipo como las iglesias
    tradicionales, la familia, o
    diversas costumbres sociales) y se aprecia cierta libertad
    "salvaje" (pero con resignación a la situación
    mencionada antes; libertad sin límites ni
    orientación sobre todo en el ámbito de la vida
    privada, y más por supuesto entre los adolescentes),
    al mismo tiempo que surgen
    nuevos tipos de nexos humanos estables (modalidades en el trato
    interpersonal; hábitos de trabajo y diversión, de
    consumo;
    interés
    por la ecología; nuevas formas de vida que se
    pueden elegir); hay organizaciones
    que tienen un poder de
    influencia mundial antes inconcebible; se revalorizan diferencias
    culturales ancestrales; etc. Todo esto promueve un estado de
    confusión, que quizá Ricoeur ayude a
    despejar.

    Vamos a analizar el concepto de
    institución en Soi-mème comme un
    autre
    , que es su último libro, donde
    además de temas nuevos, sistematiza y sintetiza ideas
    fundamentales de trabajos anteriores. Estas características hacen que valga la pena
    este trabajo, aunque la institución no sea lo central en
    la mencionada obra. Porque si por un lado las citas que haremos
    de este libro,
    directamente relacionadas con lo institucional, quizá
    parezcan excesivamente breves en comparación con las de
    otros artículos de Ricoeur y con las de otros autores, por
    otro lado, ganaremos en integración con un pensamiento
    más abarcativo, especialmente en lo relativo a una
    filosofía de la libertad del sujeto humano.

    Rastrearemos los antecedentes en Ricoeur, que
    ampliarán nuestra visión. Si bien,
    guiándonos por la caracterización más
    general de "institución" que aparece en Soi-mème
    …, como éthos, poder-en-común, hemos encontrado, desde sus
    primeras publicaciones hasta ahora, muchísimas
    afirmaciones pertinentes, su resumen era excesivamente extenso,
    por lo que nos detendremos más en los textos en los que
    Ricoeur utiliza directamente el término
    "institución", y los demás serán expuestos
    de manera más sintética.

    Con el propósito de detectar en qué
    consiste el aporte más propio de Ricoeur, realizaremos una
    comparación con otros autores contemporáneos
    (Cortina, Bobbio, Apel, Scannone, etc.). Lo que también
    nos posibilitará descubrir lo que, a nuestro modo de ver,
    puede constituír alguna carencia en el planteo de
    Soi-mème …, y elementos con que colmarla. Nos
    detendremos en pensadores en los que encontramos coincidencias
    significativas con Ricoeur, porque además eso ayuda a
    reforzar esos puntos, en los que se produce un consenso, y a
    hilar más fino en ellos.

    Seguiremos este orden: después de, en la Introducción, ubicar brevemente nuestro
    tema dentro del planteo general del libro (del que
    ofrecemos una reseña en un Apéndice al final, como
    ayuda para quién no lo conoce), en el Capítulo I
    desarrollaremos el concepto de institución en su
    acepción más general y abarcadora. Ricoeur,
    siguiendo a H. Arendt, destaca dos características como esenciales: la
    pluralidad, y la concertación, que veremos
    en el Capítulo II. Nuestro autor resalta que para que
    cumplan su función
    respecto a la intención de una vida buena con y para el
    otro, las instituciones deben ser justas: este aspecto (la
    justicia) será motivo del Capítulo III. La
    justicia trae
    a colación la ineluctable conflictividad que
    marca a la
    vida humana. En el Capítulo IV analizaremos este
    fenómeno en general, y también, respecto a
    él, la función
    del Estado, y la ética de
    lo político. Ricoeur detecta tres ámbitos de
    conflicto en
    la práctica política, que
    trataremos en el Capítulo V: la discusión de un
    orden de prioridades, dentro de un Estado de
    derecho; el debate sobre
    los fines de un "buen" gobierno; y la
    re-legitimación de la democracia. A
    modo de Ex-cursus señalaremos algo sobre el
    método que sigue Ricoeur. Como Conclusión
    subrayaremos los aspectos en que notamos consenso entre
    Ricoeur y otros autores contemporáneos representativos, y
    aquellos puntos en que aparece lo más peculiar de
    nuestro autor.

    Citamos los escritos de Ricoeur con estas
    siglas:

    • EC Ética y
      cultura, Bs.
      As., Docencia, 1986.
    • EL"Del existencialismo a la filosofía del
      lenguaje",
      en AAVV, Del existencialismo a la filosofía del
      lenguaje,
      Bs. As. Docencia, 1983, pp. 9-18.
    • EPEducación y política, Bs. As.,
      Docencia, 1989.
    • FCFinitud y culpabilidad, Madrid, Taurus,
      1991.
    • HA Hermenéutica y acción, Bs.
      As., Docencia, 1985.
    • PSH Política, sociedad e
      historicidad, Bs. As., Docencia, 1986.
    • SM Soi-Mème comme un autre, Paris, Du
      Seuil, 1990.
    • TELas tareas del educador político, Bs.
      As., Docencia, 1986.
    • TR III Temps et récit III, Paris, Du
      Seuil, 1985.
    • VIPhilosóphie de la volonté I.
      Le Volontaire et l’Involontaire, Paris, Aubier,
      1950.

    El siguiente es un esquema del concepto de
    institución en Soi-Même … :

    Estructura dialógica, de referencia al otro,
    mediante la que se realiza en el mundo la estima de sí,
    como origen de acciones
    buenas

      Pluralidad (Cap. III)

    INSTITUCIÓN en
    general
    (Cap. II) Justicia

    (Cap. I) Concertación (Cap.
    V)

    Conflictos
    Orden de prioridades

    (Cap. IV) Fines del
    "buen" gobierno

    Legitimación de la
    democracia

    introducción

    Ubicación
    del tema en el planteo general del libro

    Como ya su título indica, esta no es una obra
    dedicada primariamente a lo institucional, sino que "se instala
    de entrada en el corazón de
    la dificultad más temible del pensamiento
    contemporáneo: la que afecta a la teoría
    del sujeto", pero marcando "el primado de la mediación
    reflexiva sobre la posición inmediata del sujeto"
    (SM p.11), y como este sí mismo es fundamentalmente
    actuante, su hermenéutica será esencialmente
    hermenéutica de la acción. Así "no hace
    economía
    de ninguna mediación, en estos diez estudios que exploran
    lo que designa como ‘la unidad analógica del actuar
    humano’", y dentro de estas mediaciones aparece lo
    institucional como de fundamental importancia. Soi Mème
    … es ya en parte despliegue de la "poética de la
    voluntad" prometida desde Le volontaire et
    l’involontaire.

    Creemos que una de las peculiaridades del pensamiento de
    lo institucional en Ricoeur es la integración de este tema como parte
    necesaria de una filosofía del sujeto, sobre todo en
    cuanto que contribuye a la realización de una libertad con
    sentido. En la determinación de ese sentido el plano
    narrativo es de especial importancia.

    En Soi-mème… Ricoeur estudia al sujeto en
    cuatro planos distintos:

    1) Quién habla: a través de una
    filosofía del lenguaje (análisis del lenguaje: semántica y
    pragmática) (Caps. I-II)

    2) Quién actúa: descriptivo: a
    través de una filosofía de la acción en la
    tradición aristotélica. (Caps. III-IV)

    3) Quién se narra: la cuestión de la
    identidad
    narrativa y la identidad
    personal
    (Caps. V-VI)

    4) Quién es el sujeto moral de
    imputación: determinaciones éticas y morales de la
    acción. (Caps. VII-IX)

    La reflexión sobre el sujeto pasa por lo otro. Lo
    otro es parte constitutiva del sujeto (en diferentes grados y
    modos), pero sin dejar de ser otro. ¿Otro respecto de
    qué? Respecto del núcleo de la subjetividad, que
    Ricoeur ubica en la ipseidad. Hace falta recurrir a la alteridad
    de otro para percibir la unicidad y la ipseidad de sí. La
    identidad personal se da en
    la concurrencia dialéctica entre identidad como idem y
    como ipse.

    En el sentido de idem la identidad se define sobre todo
    como permanencia en el tiempo, y en esto
    se asemeja a lo institucional, que tiene como uno de sus aspectos
    la duración, la intención de permanecer. En el de
    ipse, en cambio, nos
    parece ver el origen, siempre en cierta medida inaferrable, de
    nuestras decisiones, y por este cariz, podríamos decir que
    es lo que no se puede nunca institucionalizar, reglar, nunca de
    modo total. Sí será factible su
    interpretación, en conjunción con lo idem, por
    sí mismo y por los demás, en un inevitable pero
    productivo círculo hermenéutico. Cosa esta
    última que también se dará con lo
    institucionalizado a nivel cultural. Todo esto desembocará
    en una ontología que, entre otras cosas, retoma de
    Aristóteles la
    énergéia-dunamis como un fondo de ser, sobre el que
    se destaca el actuar humano, que es el lugar donde más
    este ser se hace legible.

    Para una reseña de todo el libro, ver
    Apéndice.

    capítulo
    I

    El concepto de
    institución en general

    Este se introduce en el capítulo VII, "El
    sí y la intención (‘visée’)
    ética", donde se define a esta última como "la
    intención de la vida buena con y para los otros en
    instituciones justas. (…) Si la estima de sí saca su
    primera significación del movimiento
    reflexivo por el cual la evaluación
    de ciertas acciones
    estimadas buenas se reportan a su autor, esta
    significación queda abstracta mientras le falte la
    estructura
    dialógica que la referencia a otro introduce. A su vez,
    esta estructura
    dialógica queda incompleta sin la referencia a
    instituciones justas." (SM p. 202).

    Vemos entonces que las instituciones aparecen como parte
    de la estructura ético-moral. Ricoeur
    reserva el término "ética" para la intención
    de una vida buena, cumplida, plena (dentro de la herencia
    aristotélica, teleológica); y "moral" para la
    articulación de esa intención en normas, que
    pretenden ser universales y obligantes (en la corriente kantiana,
    deontológica). Se propone establecer: 1)la primacía
    de la ética sobre la moral; 2)la
    necesidad para la intención ética de pasar por la
    criba de la norma; 3)la legitimidad de un recurso de la norma a
    la intención, ya que por sí sola conduce a impases
    prácticos. (cf. SM pp. 200-201) Veremos como lo
    institucional se sitúa a medio camino, entre la
    intención y la norma; tiene características de las
    dos, y puede "desequilibrarse" en ambos sentidos.

    Del estudio que hace de las dos primeras partes de su
    definición de ética ("la intención de la
    vida buena; con y para los otros". Podemos ver un resumen de esos
    análisis en la reseña del cap. VII
    de Soi-mème…, que está en el Apéndice de
    este trabajo), se desprende que la noción de "otro"
    implica también que el "otro" es distinto del "tú",
    y que, correlativamente, la justicia se
    extiende más allá de la relación "cara a
    cara". Así, por un lado, el vivir bien no se limita a las
    relaciones
    interpersonales, sino que se extiende a la vida de las
    instituciones (que serán el lugar de aplicación de
    la justicia); y por otro la justicia presenta trazos que no
    está contenidos en la noción de solicitud (por el
    bien del otro, espontánea), a saber, sobre todo la
    exigencia de igualdad
    (contenido ético del sentido de justicia).

    Ricoeur entiende la institución fundamentalmente
    como "la estructura del vivir-juntos
    (‘vivre-ensemble’) de una comunidad
    histórica – pueblo, nación,
    región, etc. -, irreductible a las relaciones
    interpersonales …", aunque ligada a ellas mediante la
    noción de distribución, que después
    desarrollará. Caracterizada más por las costumbres
    (‘moeurs’) comunes que por las reglas obligantes. En
    este sentido, nos lleva al "…éthos, de dónde la
    ética saca su nombre. … Más fundamental que la
    relación de dominación (entre gobernantes y
    gobernados, situación de división y violencia que
    no se niega), es la de poder-en-común." (SM pp.
    227-228) Esta última afirmación la toma de Hannah
    Arendt, confrontando con Max Weber. En
    nota al pie cita a esta autora cuando señala cómo
    el poder corresponde a la aptitud humana de actuar, y actuar
    concertadamente. Las prácticas son interacciones regladas,
    en ese sentido, instituciones. El poder no es una propiedad
    individual sino que pertenece a un grupo.
    Caracterización no jerárquica ni instrumental de la
    relación de poder: "Es el sostén popular el que da
    su poder a las instituciones de un país, y ese
    sostén popular no es si no la continuación natural
    del consentimiento que ha comenzado por dar nacimiento a las
    leyes
    existentes." (cita de H. Arendt, en nota al pie, SM p.
    228)

    Así, vemos como lo institucional se relaciona con
    el nivel más básico de la ética, el ethos de
    un pueblo. En una de las conferencias dadas en Argentina en
    1984, en que analiza la intención ética en yo –
    tú – ello, corresponde a este tercer término, como
    la referencia común, la causa, el ideal, los valores,
    de una comunidad. Los
    valores surgen de la experiencia común de una
    comunidad que enraíza su éthos propio en una
    tradición, y tiene un núcleo
    ético-mítico. Mientras en el nivel técnico
    los países pueden ser idénticos, entre las
    civilizaciones se da una comunicación que tiene el estilo de una
    traducción.

    Nos parece que la fuerza o la
    debilidad de las instituciones formales y jurídicas de un
    país, dependerá en gran medida de sí
    responden o no a los valores
    concretos de la gente que lo integra.

    Las instituciones son formas de existencia social, que
    presentan dos caras: por un lado una más estática,
    en cuanto las relaciones están normadas; y por otro una
    más dinámica, por el ejercicio concreto de la
    toma de
    decisiones y de la fuerza
    comunitaria, del poder-en-común. Es bueno destacar ese
    carácter dinámico, generador de
    novedad, porque habitualmente se subraya sólo el aspecto
    más estático de las costumbres. El caso más
    extremo de la fuerza de cambio del
    poder-en-común es el de las revoluciones exitosas, sean
    estas pacíficas o violentas.

    Las instituciones determinan la experiencia que la
    humanidad hace de sí misma, y la conciencia que
    tiene de sí.

    Para el mantenimiento
    y el desarrollo de
    cualquier comunidad e institución es fundamental el
    ejercicio de la imaginación colectiva de sus miembros, y
    este puede caracterizarse desde dos posiciones
    extremas:

    1-la ideología: como retórica al
    servicio de la
    legitimación de la autoridad,
    requerida por la relación asimétrica entre
    gobernantes y gobernados. La ideología se relaciona con la estructura
    simbólica de la memoria
    social, y difunde que determinados acontecimientos son esenciales
    a la memoria social y
    a la identidad de una comunidad. Pero esta función de
    integración puede prolongarse en la de
    legitimación, y esta degenerar en el disimulo, la
    esquematización y el autoritarismo.

    2-la utopía: imaginando otras maneras del
    ser social y del ejercicio del poder, cuestiona los existentes,
    manteniendo abierto el campo de lo posible, destacando la
    diferencia entre la esperanza y la tradición. Pero en su
    perfeccionismo, carece de reflexiones sobre los apoyos reales con
    los que puede contar, y por eso cuando llega a engendrar poderes
    estos probablemente sean tiránicos.

    Es necesario un entrecruzamiento y corrección
    mutua entre ideología y utopía, en el imaginario
    social. (Cf. EP, pp. 87-99)

    En ese imaginario social tienen especial función
    los educadores políticos, aquellos que se sienten
    responsables de la transformación de sus respectivos
    países, y se comprometen con su palabra y su
    acción, en partidos
    políticos, sindicatos,
    iglesias, grupos culturales
    diversos.

    En ese sentido, y como resultado del análisis de
    la cultura
    actual, creemos que siguen siendo válidas las tareas que
    Ricoeur asignaba al educador, en 1965:

    • en el nivel de los
      valores:

    – "integrar la civilización universal,
    técnica, con la
    personalidad cultural" (PSH, p. 29). Sólo
    tenemos personalidad
    individual y cultural en la medida en que asumimos nuestro
    pasado, sus valores y
    símbolos, y somos capaces de reinterpretarlo. En la
    sociedad de
    consumo se da
    una racionalidad creciente de los medios y
    decreciente de los fines. La lucha por una economía
    democrática es justamente la reinterpretación del
    pasado enfrentando al ascenso de la sociedad de
    consumo.

    – espiritualidad de encarnación en la historia, de
    fraternidad.

    • en lo político:

    – mantener la tensión entre convicción y
    responsabilidad (según los dos niveles de
    la ética de Max Weber, que en
    este contexto se puede relacionar con la utopía y la
    ideología, a nivel de la imaginación colectiva).
    Sólo la utopía puede dar a la acción
    económica, social y política una intención
    humana y una doble intención: la voluntad de la humanidad
    como una totalidad (horizonte de los debates actuales sobre la
    desigualdad, la economía generalizada, etc.), y la
    voluntad de la persona como
    singularidad (ante la anonimidad y la deshumanización de
    las relaciones).

    – en ese sentido, rescatar "la revolución
    personalista y la vida comunal", propuesta por E. Mounier.
    (PSH, p. 29)

    • en lo económico:

    – "poner de relieve la
    significación ética de toda elección que
    aparezca como puramente económica." (PSH, p.25)
    Toda planificación económica pone en
    marcha una jerarquía de opiciones cargadas de
    significación humana. Hay que analizar si los valores o
    desvalores que supone concuerdan con los del ethos de la
    comunidad.

    – "luchar por la erección de una economía
    más democrática" (PSH, p. 26) Donde
    participen en la discusión y en la decisión el
    mayor número posible de individuos. Para ello es necesario
    crear los instrumentos de esta responsabilidad colectiva.

    Siguiendo a Hannah Arendt, en Soi-Mème… define
    al poder-en-común por su pluralidad y concertación,
    aspectos que veremos en el capítulo siguiente de este
    trabajo. Adelantándonos al desarrollo de
    estas fecundas ideas, queremos señalar sin embargo que nos
    adherimos a lo que dice Julio de Zan, en su libro Libertad, poder
    y discurso, que
    respecto a H. Arendt, y en relación a prácticamente
    las mismas citas de esta autora que Ricoeur utiliza, opina que
    define adecuadamente el poder político, pero en la medida
    en que extiende su definición al poder en general, esta
    resulta insuficiente para el análisis de las complejas
    constelaciones de poder de la sociedad moderna (cf. op. cit. pp.
    111-112, 117-122). Por eso es provechoso recurrir a escritos
    anteriores de Ricoeur donde desarrolla más esos
    temas.

    Capítulo
    II

    Pluralidad y
    concertación

    Ricoeur suscribe lo que afirma H. Arendt (en La
    Condition de l’homme moderne): el poder procede
    directamente de la categoría de acción en tanto que
    irreductible a las de trabajo y de obra: esta categoría
    tiene una significación política, en sentido
    amplio, en sus condiciones de pluralidad y concertación.
    (cf. SM p. 228)

    1-
    Pluralidad

    La idea de pluralidad sugiere "la extensión de
    las relaciones (‘rapports’) interhumanas a todos
    aquellos que el cara-a-cara entre el ‘yo’ y el
    ‘tú’ deja afuera a título de terceros.
    …tercero incluído por la pluralidad constitutiva del
    poder. …quienes no serán jamás unos rostros". Con
    esto se pone un límite a las tentativas de
    reconstruír los vínculos sociales solamente sobre
    la base de una relación dialogal diádica (pensamos
    que esto atañe a propuestas "comunitaristas", como la de
    MacIntyre, autor del que por otro lado Ricoeur toma varios
    elementos). Para que la inclusión del tercero no se limite
    al querer actuar juntos instantáneo, sino que sea
    también desplegada en la duración, la
    institución tiene un papel
    fundamental. La dimensión temporal que el poder recibe en
    la institución no concierne solamente al pasado, la
    tradición, la fundación más o menos
    mítica (que Arendt coloca bajo el título de
    Autoridad, en
    referencia a la romana "potestas in populo, auctoritas in
    senato"), sino sobre todo al futuro, la ambición de durar,
    de permanecer. La acción política constituye la
    tentativa más fuerte para conferir inmortalidad a las
    cosas perecederas. Pero el poder es frágil, porque existe
    tanto tiempo cuanto los hombres actúen juntos
    (‘ensemble’), y se desvanece cuando estos se
    dispersan. Como la praxis en Aristóteles, es una actividad (en
    común) que despliega su significación en su mismo
    ejercicio. (SM pp. 228-229)

    Nos parece que esta dimensión del "poder en
    común", la pluralidad, que se da en las distintas y
    concretas esferas de acción (sectores del mundo del
    trabajo, clases
    sociales, ambientes culturales, etc.), llama ya de por
    sí a trascender el grupo
    particular, o por lo menos a mantener en principio una apertura
    hacia "anónimos" que no compartan las
    características tipo de pertenencia a ese
    grupo.

    En relación al tercero incluído, sigue
    siendo acertado lo que Ricoeur señalaba en 1954: estamos
    "en un mundo en que la diferenciación y la
    organización de los grupos
    sociales no dejan de acrecentarse."

    Sólo una pequeña parte de las relaciones
    humanas puede ser personalizada (‘nosotros’), el
    resto queda anónimo (‘ellos’), en un juego de
    roles. (cf. EP, pp. 77-79) Nos hemos vuelto más
    sensibles al progreso de las mediaciones sociales, porque el
    mismo se ha acelerado, y porque la repentina entrada de las masas
    en la historia ha
    provocado una demanda de
    bienes, de
    bienestar, de seguridad, de
    cultura, que exige mayor planificación y tecnicidad. De hecho, a
    menudo la ‘vía larga’ de la institución
    es la marcha normal de la amistad. La
    justicia distributiva es la vía privilegiada de la
    caridad: el acontecimiento del encuentro es frágil y
    fugitivo, no bien se consolida es ya una institución; hay
    muy pocos acontecimientos puros, y no pueden ser mantenidos sin
    un mínimo institucional. Otras veces la relación
    con el prójimo se da al margen de las instituciones. Pero
    sólo hay vida privada si está protegida por un
    orden público. (cf. PSH, pp. 33-40)

    Pensamos que el equilibrio y
    el modo concreto de la
    relación entre lo regulado por roles y lo dejado a la
    espontaneidad debe buscarse en cada época, y en cada tipo
    de ámbito o esfera de acción.

    El "maleficio" de la institución es la
    "objetivación": por ejemplo, el anonimato en la justicia
    distributiva. Hay un sueño tecnocrático o
    institucional, del cual sólo se despierta cuando se
    está desamparado socialmente. (cf. PSH, pp.
    41-42)

    Desde Latinoamérica, Juan Carlos Scannone, en
    "Institución, Libertad, Gratuidad", cita a Ricoeur "si las
    instituciones no son las instituciones de la libertad, se hacen
    opresivas" (op. cit., p. 240). Podemos afirmar con Scannone que
    entre la lógica
    de la eficacia (que,
    siguiendo a Ricoeur, diríamos que es la que corre
    más el riesgo de caer en
    la "objetivación" de las personas), propia de la sociedad
    moderna, y la de la gratuidad, (en Ricoeur, más propia de
    las relaciones "cara a cara"; y siguiendo a pensadores
    latinoamericanos, muchas veces de un modo más puro entre
    los pobres, sin las exageraciones del tener, el poder, y el
    placer), sólo puede mediar la reciprocidad. Con ella la
    gratuidad se hace eficaz, la eficacia se hace
    humana integral, y la reciprocidad se libra de limitarse a
    sí misma, abriéndose hacia una comunidad no
    sólo de comunicación y participación, sino
    de amistad y
    comunión. Esto debe encarnarse en formas institucionales,
    en estructuras
    que no impidan o dificulten las relaciones éticas de
    gratuidad; pero además posibiliten, favorezcan y promuevan
    tales actitudes.
    (cf. op. cit. p. 249) Ello es posible, como lo demuestra la
    experiencia, no sólo en la familia y en
    instituciones religiosas y eclesiales (Comunidades Eclesiales de
    Base, etc.), sino también en otros ámbitos sociales
    (instituciones no gubernamentales, empresas
    comunitarias, etc.); y en un plano social más macro (nuevo
    imaginario colectivo: mercado
    democrático, democracia como amistad social, ONU realmente
    como comunidad de naciones, etc.). (op. cit., cf. pp.
    250-251)

    Queremos destacar entonces, que la pluralidad en el
    sentido inclusivo que le da Ricoeur, para no caer en el
    ‘maleficio de la objetivación’, debe darse en
    formas institucionales que promuevan en lo posible la libertad y
    la gratuidad, aspectos más propios de la relación
    interpersonal inmediata ("cara a cara").

    Con respecto a la duración, a la capacidad de
    durar en el tiempo, que prestan al poder las instituciones,
    Ricoeur da especial importancia al papel del
    Estado. Su finalidad es "ayudar a la comunidad histórica a
    construir su historia. Es en este aspecto que el Estado es
    centro de decisiones. … el objetivo de
    esta decisión … es la supervivencia, la existencia
    duradera de la comunidad histórica." (EP, p. 107)
    Más adelante desarrollaremos el tema del
    Estado.

    2-
    Concertación

    Según H. Arendt "el poder corresponde a la
    capacidad de obrar (agir), y obrar de manera concertada."
    (SM p. 228)

    Citando a esta autora, Ricoeur habla de "la
    acción pública como de un tejido de relaciones
    humanas dentro del cual cada vida humana despliega su breve
    historia." (SM p. 229) Lo público se refiere
    aquí a la idea de "publicidad" que
    viene desde la época de las Luces, y que desarrolla como
    "espacio público de aparición", en el que se
    despliegan las diversas prácticas humanas. Pero la
    publicidad en
    este sentido es una tarea más que un dato ya determinado.
    Este estrato de poder, caracterizado por la pluralidad y la
    concertación, es de ordinario invisible, en tanto que
    recubierto por relaciones de dominación, y que no sale a
    luz sino
    cuando está a punto de ser destruído y dejar el
    campo libre a la violencia,
    como pasa en las grandes debacles históricas. Por eso este
    querer vivir juntos tiene en cierta manera el estatuto de lo
    olvidado, y no recordamos de ordinario más que ese aumento
    suyo que constituye la autoridad (aumento que la autoridad saca
    de su vinculación con los acontecimientos fundadores).
    (cf. SM p. 230) La virtud de la justicia (que analizaremos
    en el próximo capítulo), debe hacer que la
    dominación vuelva a estar bajo el control del poder
    en común. Esta tarea sin fin es la que define,
    probablemente, a la democracia. (cf. SM p. 299) Más
    adelante, en la tercera parte del capítulo VIII, sobre el
    sí y la norma moral, analizando teorías
    contractualistas, va a concluir en que si, por un movimiento a
    contrapelo, reportamos la duda que afecta a la ficción del
    contrato (duda
    de que ha olvidado un querer-vivir-unidos original), al principio
    de autonomía (kantiano), este último ¿no
    arriesga descubrirse como una ficción destinada a colmar
    el olvido de la fundación de la deontología en el
    deseo de vivir bien con y para los otros en instituciones
    justas?. (cf. SM pp. 276-278)

    En un escrito de 1979, "La razón
    práctica", sin utilizar en esa oportunidad los mismos
    términos que Arendt (pluralidad y concertación),
    reflexiona sobre los fundamentos de la sociedad. Ahí
    afirma que sólo sobre la base de la orientación
    hacia los otros de cada uno (la conducta de cada
    agente tiene en cuenta la de los demás), se puede hablar
    de acción social. Y a esta noción se debe agregar
    la de relación social, "acción en que cada
    individuo no sólo tiene en cuenta la reacción de
    otros, sino que motiva su acción mediante símbolos
    y valores" (HA p. 121), que expresan también reglas
    públicas. Estos símbolos constituyen un código,
    que orienta la acción sensata. Se puede hablar, como
    Clifford Geertz, de mediación simbólica, para
    subrayar el carácter
    inmediatamente público, no sólo de la
    expresión de los deseos individuales, sino de la
    codificación de la acción social en que se
    efectúa la acción individual. A partir de
    ahí, una argumentación que corresponde menos a
    la ciencia que
    a la retórica, y abre el camino a las ideologías y
    utopias, un nuevo espacio de juego, donde
    se enfrentan pretensiones normativas opuestas, entre las que la
    razón práctica opera como juez. (cf. op. cit. pp.
    121-123)

    Y para arbitrar los conflictos,
    según escribía en "El filósofo y el
    político ante la cuestión de la libertad", el
    arte
    político se propondrá "el control del
    Estado mediante una ampliación del espacio de
    discusión, por una extensión de los caminos de la
    consulta, por una circulación de arriba abajo y de abajo
    arriba de la información y de la decisión"
    (PSH p. 191)

    Ese espacio de discusión (necesario hoy en
    día para la concertación, y podríamos decir,
    para una "resimbolización" pública de la realidad),
    pensamos que puede organizarse también de acuerdo a las
    dimensiones que señala Ricoeur en Finitud y Culpabilidad,
    cuando dice que: el intercambio de miradas es una relación
    intersubjetiva bien pobre; la "diferencia" del "yo" sólo
    se establece en conexión con ciertas cosas que se han
    integrado en las dimensiones económicas, políticas,
    y culturales; por eso debemos especificar la relación
    entre un "yo" y "otro yo" mediante la objetividad construida
    sobre los temas del poseer, del poder, y del valer. "Lo que
    ocurre es que esta objetividad cada vez se hace más
    difícil de distinguir de la misma relación
    interhumana, cuya aparición eventual consolida ella,
    convirtiéndola en institución." (cf. FC pp.
    124-130; la cita es de p. 129) En SM hablará de
    "prácticas organizadas" (la política organiza las
    referentes a la distribución del poder político, o
    dominación); y "esferas de la praxis" o "esferas de la
    justicia" (con la expresión de M. Walzer). (cf. por
    ejemplo SM pp. 299-305)

    En 1972, "El conflicto como
    signo de contradicción y de unidad", detectaba tanto la
    atenuación de ciertos conflictos, y una mayor
    búsqueda de procedimientos de
    concertación social, particularmente en Europa
    occidental, como la aparición de otros nuevos, en las
    sociedades
    industriales avanzadas: la ausencia de proyecto
    colectivo, cierto mito de lo
    simple, y el agotamiento de la democracia representativa (cf.
    HA pp. 135-154). En SM pp. 303-305 vuelve a
    referirse a la crisis de legitimación de la democracia.
    Trataremos este tema más adelante.

    Nos parece que lo que dice Ricoeur ayuda a comprender,
    por ejemplo, algunos aspectos de nuestra realidad
    latinoamericana, y a su vez, esta última aporta nuevos
    elementos de y para la reflexión filosófica. Ese
    querer vivir juntos, habitualmente olvidado, que tiene la
    oportunidad de salir a luz, y de
    convertirse en tarea, sobre todo cuando está a punto de
    ser destruído, es, a nuestro modo de ver, parte del
    fundamento de lo que algunos llaman la "irrupción del
    pobre", en la historia y en la conciencia
    latinoamericana. Confrontando las ideas de Ricoeur con las
    expresadas por M. Perine, en Irrupción del pobre y
    quehacer filosófico, pp. 95-104, es a partir de ese querer
    vivir juntos original, con ocasión de una situación
    de breakdown, (en que la miseria de la inmensa mayoría de
    la gente de estos países, marca el agotamiento de una
    forma de vida impuesta por modelos de
    sociedad y por políticas
    económicas concentradoras de riqueza), que puede llegarse
    a un avance, un salto cualitativo decisivo, o breakthrough. Este
    es justamente la irrupción de los pobres como "hecho de
    vida y libertad", porque muestra los
    aspectos más auténticos de la vida: "la vivencia de
    la dignidad humana, la resistencia
    cultural, la nueva praxis personal y comunitaria, la
    afirmación como sujetos de la propia historia, la
    creación de nuevos espacios de vida y de convivencia, la
    valoración de la dimensión simbólica de la
    vida y, principalmente, la nueva síntesis
    que se va elaborando entre gratuidad festiva y la efectividad
    racional". (op. cit., p. 103) Por la irrupción de lo
    social en lo político se llega a "la necesidad de pasar de
    una ‘democracia gobernada’ a una democracia
    gobernante’, en la cual la libertad social de
    participación asuma la primacía respecto de la
    libertad individual de autonomía." (op. cit., p. 104).
    Vemos que esta es parte de la tarea a la que se refiere Ricoeur,
    de concretar ese "espacio público de aparición",
    "tejido de relaciones humanas" en el que adquiere sentido la
    historia personal.

    Capítulo
    III

    Justicia

    1- Intención
    Ética (Teleología) Y Justicia

    El poder en tanto querer obrar y vivir unidos aporta a
    la intención ética el punto de aplicación de
    su indispensable tercera dimensión: la justicia. (cf.
    SM p. 230)

    Lo justo posee dos caras: del lado del bien, la
    extensión de las relaciones interpersonales a las
    instituciones; y del lado de lo legal, el sistema judicial
    confiriendo a la ley (ley en sentido
    amplio, norma moral) coherencia y derecho a obligar. Por ahora
    Ricoeur se detendrá en la primera faz. El ve que el
    sentido de justicia surge como tal, primeramente, desde el plano
    ético (ethos) teleológico, y no desde el moral
    deontológico. Analizará esta segunda cara en el
    estudio siguiente, VIII "El sí y la norma moral", donde
    focalizará su atención en la obligación moral,
    previa al derecho positivo,
    al cual apenas se referirá. Su interés está
    en mostrar la vinculación de la moral con
    la ética, descartando que el derecho positivo
    sea el fundamento de la obligación moral.

    "El origen casi inmemorial de la idea de justicia, su
    emergencia en la tragedia griega, la perpetuación de sus
    connotaciones divinas hasta en las sociedades
    secularizadas, testimonian que el sentido de la justicia no se
    agota en la construcción de sistemas
    jurídicos, que sin embargo no cesa de suscitar.". Y a
    nivel fundamental, es un sentido de la justicia, de lo justo y lo
    injusto: es primeramente a la injusticia a la que somos
    sensibles; tenemos una visión más clara de lo que
    falta a las relaciones humanas que de la manera correcta de
    organizarlas. Por eso, también entre los filósofos, es la injusticia lo que primero
    pone a pensar, como testimonian los diálogos de Platón y
    la ética aristotélica, al tratar siempre juntos lo
    injusto y lo justo. (cf. SM p. 231)

    Aristóteles, tomando del sentido común y
    de ideas recibidas, la define inicialmente diciendo: "Observamos
    que todo el mundo entiende por justicia el tipo de
    disposición que hace a los hombres aptos para cumplir las
    acciones (praxeis) justas y que los hace obrar justamente y
    querer las cosas justas" (Ética a Nicómaco,
    V, 1, 1129a 6-9). La mésotès, justo medio entre dos
    extremos, es la traza común a todas las virtudes, y busca
    cuál es la propia de la justicia. Esta, por sus
    características, hace pasar sin transición del
    plano interpersonal al institucional. De entrada se toma como
    guía la homonimia de lo injusto: "se considera
    generalmente como injusto a la vez a quien viola la ley, a quien
    toma más de lo que debe, y a quien falta a la igualdad"
    (ibid., V,1, 32), pero cuando se pasa a lo justo no queda sino la
    observación de la ley y el respeto a la
    igualdad. Se da una intersección entre los aspectos
    privados y públicos de la justicia distributiva, en sus
    distintos niveles. Primeramente, Aristóteles se refiere a
    una "parte" (méros) del campo "total" de las acciones
    prescriptas por las "leyes" (nomina).
    Es el nivel donde la ley positiva define la legalidad, y en este
    sentido está implicando lo institucional. Aquí se
    entrecruzan ética y política. "Las leyes tienen en
    vista la utilidad
    común (…); en consecuencia, en cierta manera, llamamos
    justas todas las acciones que tienden a producir o a conservar la
    felicidad y los elementos que la componen, para la comunidad
    política" (Ibid., V, 3, 1129b 14-18). Por otro lado, llama
    "justicia total" la conformidad a la ley, en el sentido de que la
    ley manda cumplir los actos conforme a todas las otras virtudes;
    la justicia deviene así la relación al
    prójimo de todas las virtudes. (ibid., V, 1, 26-31). (cf.
    SM p. 232).

    Otra razón de lo indispensable de la
    mediación institucional: el vicio de querer tener siempre
    más (pléonexia) y la inequidad se determinan
    respecto a bienes
    exteriores y precarios. Estos son bienes a repartir, a compartir,
    y también las cargas. Y esta partición no puede no
    pasar por la institución. Así, "la primera especie
    de justicia particular se define por una operación
    distributiva, que implica la comunidad política" (cf.
    ibid., V, 5, 1130b 30-33). (SM p. 233)

    El término distribución aporta el elemento
    que falta a la noción de querer obrar juntos (vouloir agir
    ensemble). Este concepto no debe limitarse al plano
    económico, como complemento del de producción. El designa un rasgo fundamental
    de todas las instituciones, en la medida en que ellas regulan la
    repartición de roles, de tareas, de ventajas y
    desventajas, entre los miembros de la sociedad. En el
    término repartición se contienen dos ideas: el
    formar parte de una institución; y la distinción de
    las partes asignadas a cada uno. En tanto que estas partes se
    coordinan entre ellas sus portadores participan de una sociedad.
    (cf. SM p. 233)

    De esta manera se trasciende el debate entre un
    sociologismo a la manera de Durkheim, en
    que la sociedad es más que la suma de sus miembros, sin
    continuidad entre el individuo y la sociedad, y un individualismo
    donde no hay más que la probabilidad de
    los individuos de comportarse de cierta forma. La
    institución en tanto que regulación de la
    distribución de roles, y por lo tanto en tanto que
    sistema, es
    más y otra cosa que los individuos y sus roles, pero sin
    constituír una entidad suplementaria. Una
    institución en cuanto regla de distribución no
    existe si no en tanto los individuos tomen parte en ella. La
    institución tomada de esta manera asegura la
    cohesión entre los componentes individuales,
    interpersonales y sociales (‘sociétales’) del
    concepto de intención ética. (cf. SM
    p.234)

    El núcleo común a la justicia distributiva
    y a la justicia reparadora (relacionada con las transacciones
    privadas) es la igualdad (isotés). Es el medio entre dos
    extremos (entre demasiado e insuficiente). Y la que define a la
    justicia distributiva es la igualdad proporcional, que consiste
    en hacer iguales las relaciones entre una persona y un
    mérito cada vez. (cf. SM p. 235)

    "La igualdad [ o equidad] , … , es a la vida en las instituciones lo
    que la solicitud es a las relaciones interpersonales." La
    solicitud pone de frente al sí con un otro que es un
    rostro, en el sentido de Levinas. La igualdad lo pone frente a un
    otro que es cada cual. El sentido de justicia supone la
    solicitud, en la medida en que tiene a las personas por
    irreemplazables. Y la justicia agrega a la solicitud que el campo
    de aplicación de la igualdad es toda la humanidad.
    (SM p. 236)

    Para tener una visión más completa del
    florecimiento de lo justo, desde lo bueno hasta lo legal,
    recurriremos a EP, cap. IV "El yo, el tú, y la
    institución", segunda parte (pp. 79-85), donde desarrolla
    un camino, desde la intención ética hasta la
    imposición de la ley, en tres etapas:

    1- El valor:

    Al factor subjetivo de evaluación
    (de algo como bueno), se agrega el de reconocimiento del derecho
    del otro. Pero además lo encontramos como neutro, que no
    puede ser simplemente derivado de los dos factores anteriores. Su
    referencia a una regla que ya está ahí, su
    inscripción en una historia cultural, le confieren una
    particuar casi-objetividad.

    Así, en relación a los valores, la
    justicia es "un instituyente-instituído, gracias al cual
    varias libertades pueden coexistir" (op. cit. p. 80). La justicia
    es el esquema de acciones que hacen posible la
    comunicación, más aún, que permiten que
    la comunidad exista. Son valiosas las acciones donde la libertad
    de cada uno es análoga a la del otro, valen lo mismo, y
    por eso son justas.

    De esta manera, "el valor-justicia
    es la regla socializada siempre en tensión con el juicio
    moral de cada uno" (ibid. p. 81).

    2- El imperativo:

    La interdicción (por la norma moral), es tal para
    un ser escindido entre un preferible ya objetivado y un deseo
    demasiado egoísta. La regla discierne lo normal de lo
    patológico, ayuda a la continuidad de la persona moral,
    frente a la intermitencia de los deseos. Una parte de la persona,
    la voluntad sensata, manda a la otra, la voluntad arbitraria.
    Aquí se da un cruce entre lo ético y lo
    político, porque en ambos se da el ordenar y el obedecer.
    Esta relación adquiere un carácter moral en la
    medida en que es interiorizada, es decir, cuando es uno mismo el
    que manda y el que obedece.

    3- La ley:

    Si el imperativo se dirige a mí como a un
    tú, la ley agrega una exigencia de
    universalización. La exigencia kantiana de querer que la
    máxima de mi acción sea una ley universal pone a
    prueba mis deseos, y en ese sentido es un formalismo liberador.
    Pero el contenido de nuestras máximas lo aprendemos por la
    práctica de la vida y la experiencia
    ética.

    Juan Carlos Scannone, en "Aportes Filosóficos
    para una Teoría
    y Práctica de Instituciones Justas": tomando como base la
    definición que da Ricoeur en SM (p. 202) de la
    "intención ética", señala la importancia de
    una reflexión sobre las instituciones justas, hoy, "en
    América
    Latina, donde la estructuración de la vida social,
    económica, política, cultural tiende cada vez
    más no sólo a oprimir sino a marginar multitudes"
    (Scannone, op. cit. p. 157)

    Tanto en las instituciones referentes al tener
    (económicas), como al poder (políticas) y al valer
    (socioculturales), "se trata de la participación social de
    bienes sociales específicamente humanos y, por tanto, de
    la distribución ética – justa o injusta, solidaria
    o egoísta – de roles". Respecto al poder Scannone se
    remite a H. Arendt y a SM, en cuanto el "poder en
    común" es anterior a la relación mando-obediencia y
    a la de dominación. (ibid. p. 161) Aunque aquí no
    lo cite, la determinación de lo institucional respecto a
    tres ámbitos, nos recuerda a Ricoeur en FC, pp.
    124-130, donde afirma que necesariamente tenemos que especificar
    las relaciones entre un "yo" y "otro yo" mediante la objetividad
    construida sobre los temas del poseer, del poder, y del valer;
    que institucionalizan las relaciones humanas. Y como ya hemos
    visto, la noción de distribución de roles, desde lo
    institucional, aparece en SM.

    Según Scannone, "en todos estos
    órdenes [
    tener, poder, valer] se da la ambigüedad notada por Ricoeur en
    la idea de participación social", entre el aspecto
    comunitario y la parcialidad y potencial conflictividad
    implícitas en el concepto de "parte". El "tomar parte"
    puede ser la institucionalización de la dominación
    opresiva, cuando su regla no es éticamente recta. (op.
    cit. p. 161)

    Scannone se acerca a Dussel, en cuanto afirma que desde
    la exterioridad de los pobres, se da un cuestionamiento
    ético-histórico, a toda comunidad histórica
    de comunicación cerrada en sí y opresora o
    marginadora de los otros. Y a Apel, en cuanto la comunidad de
    comunicación es antropológica y éticamente
    anterior al conflicto. (cf. ibid. p. 163) Respecto a Ricoeur,
    esto nos hace caer en la cuenta de que, si por un lado el
    filósofo francés considera la interpelación
    que el otro, sobre todo el pobre, me hace (tomándolo de
    Levinas), por otro lado no desarrolla mucho el aspecto
    comunitario de este cuestionamiento (en cuanto la comunidad
    cultural de los pobres es un reto a las comunidades
    marginadoras). Eso con respecto a Scannone-Dussel. Y en
    relación a Scannone-Apel, si por un lado para Ricoeur
    también la comunidad (en cuanto "poder en común")
    es anterior al conflicto (aunque destaca que el conflicto es en
    cierto modo, en la situación de "finitud y culpabilidad",
    inherente a la persona y a la comunidad), por otro lado no
    utiliza la filosofía del lenguaje en el modo de Apel, para
    fundamentar el aspecto intrínsecamente comunicativo,
    argumentativo, de la comunidad (que nos parece un resultado
    positivo), y su tendencia hacia la comunidad ideal ilimitada;
    aunque acepta críticamente aportes de ese autor, cf.
    SM pp. 325-328.

    "La exterioridad del nuevo nosotros, emergente entre los
    pobres en cuanto éticamente otros, implica un exceso de
    humanidad y de dignidad, y, de hecho hoy en América
    Latina, de creatividad
    humana histórica, aun de instituciones más humanas"
    (ibid. p. 164). Tal exceso tiende a institucionalizarse, en
    nuevas figuras con sobreabundancia de sentido de vida, pero
    dialécticamente crítico de las ideologizaciones del
    sistema que seudo-justifican la institucionalización de la
    violencia. Dichas instituciones implican "un nuevo ethos de
    justicia, libertad, solidaridad y aun
    gratuidad (cuyo símbolo es la fiesta), desde donde se
    cuestiona la injusticia institucionalizada" (ibid. p. 164). Pero
    se reconoce al opresor también como hombre, y
    aún se reconocen y asumen sus valores, transformando lo
    que tengan de antihumano, con un sentido nuevo, abriéndose
    a la creación de un nuevo nosotros. Así, unen la
    gratuidad con la eficacia moderna (cf. ibid. p. 165) Respecto a
    esto nos remitimos a lo queya hemos citado de Ricoeur en el
    primer capítulo de este trabajo, PSH p. 29: una de
    las tareas que impone la situación actual es "integrar la
    civilización universal, técnica, con la
    personalidad cultural". En la sociedad de consumo se da una
    racionalidad creciente de los medios (lo que
    aquí Scannone llama "eficacia moderna"), y decreciente de
    los fines (en este caso, el del sentido de la vida por sí
    misma, la importancia de la vida digna, y la posibilidad de
    justicia, libertad, solidaridad y
    gratuidad). Ricoeur, en EP pp. 101-113 (cita que
    desarrollaremos más en el próximo capítulo,
    al referirnos al Estado), propone que el Estado debe conciliar
    prudentemente la racionalidad tecno-económica y lo
    razonable acumulado por la historia de las costumbres. Pero la
    experiencia latinoamericana, reflexionada por Scannone, nos hace
    ver que esta conciliación se da, la mayoría de las
    veces, por iniciativa de comunidades populares, y no del Estado
    (lo que no quiere decir que este último pueda
    desentenderse, sino al contrario, es un reclamo de a su apoyo
    subsidiario).

    La justicia exige tener en cuenta preferencialmente los
    intereses de los marginados, para compensar el desequilibrio
    estructural que padecen. En su despojo puede aparecer lo humano
    universal más claramente, sin las distorciones del tener,
    el poder y el saber. En todo esto "no se trata de una lógica
    de la necesidad dialéctica sino de una dramática
    (analéctica) de la libertad." (ibid. p. 166)

    Scannone llama a fomentar las organizaciones
    populares que se han ido creando en América
    Latina. Señala que: "Al menos influirán para
    que el modelo
    dominante no sea el único, ni haya un sólo modo de
    llevarlo a cabo, y para que se vaya creando un nuevo imaginario
    colectivo, alternativo tanto al del neoliberalismo
    y consumismo como al del socialismo
    revolucionario de los años 70." (ibid. p. 169)

    Vemos entonces como todo este planteo enriquece y
    concreta lo de Ricoeur: la solicitud que supone el sentido de
    justicia, no solamente motiva el preferir los intereses de los
    oprimidos, sino que tiene que ayudar a captar el "exceso" de vida
    y de sentido que se da muchas veces, de una manera única,
    en la vida de los pobres, y a dejarse cuestionar y enseñar
    por él. Y todo esto debe reflejarse institucionalmente. El
    que en los pobre aparezca frecuentemente con más claridad
    lo humano universal, sin las distorciones del tener, el poder y
    el valer, es una idea acentuada por varios filósofos
    latinoamericanos, que ciertamente, no aparece en Ricoeur, pero
    puede entroncarse en su remarcar lo teleológico, como
    búsqueda de una vida buena, como base sobre la que puede
    construirse una moral bien fundamentada, que sea mucho más
    que meramente procedimental, o reivindicativa, en sentido
    negativo, de una igualdad vacía.

    2- Norma Moral
    (Deontología) Y Justicia

    Hemos visto que Ricoeur quiere acentuar que el origen de
    lo justo, institucionalmente hablando, se ubica en el campo de la
    intención ética de una comunidad. Para eso recurre
    a Aristóteles, para quien lo legal (en cuanto
    obligación moral y en cuanto derecho positivo) debe ser
    reflejo razonado de la idea de bien y felicidad que tiene una
    comunidad concreta, y mandar lo que es adecuado para este fin (la
    felicidad de esa comunidad), y en ese sentido
    virtuoso.

    Establecido lo anterior, en el octavo estudio ("El
    sí y la norma moral", pp. 237-278), pretende demostrar la
    necesidad de someter la intención ética a la prueba
    de la norma, y el lazo entre obligación y formalismo.
    Aunque no nos detendremos en este capítulo, porque
    sólo indirectamente se refiere a lo institucional,
    evocaremos las ideas que más nos atañen.

    La reflexión moral es una puesta a prueba de
    condidatos al título de bien sin restricción.
    Siguiendo el esquema kantiano, los criterios son los de
    universalidad y obligatoriedad, que van unidos. La
    inclinación es dejada de lado, en vista de su
    inadecuación epistémica al criterio de la
    universalidad. (cf. SM p. 241)

    En Kant se
    manifiesta el vínculo de la obligación moral con la
    intención de vida buena, en que lo único que puede
    ser tenido por bien si restricción, es una "buena
    voluntad" (cf. SM p. 239) Pero la voluntad ocupa para
    Kant el lugar que
    para Aristóteles tenía el deseo razonable: el deseo
    se reconoce por su intención (hoy la filosofía del
    lenguaje lo identificaría como actos de discurso de
    tipo optativo), en cambio la voluntad en su relación con
    la ley, con el deber, la obligación moral (actos de
    discurso de la familia de
    los imperativos). (cf. SM p. 240) Es imperativo
    categórico el que pasó la prueba de
    universalización. (cf. SM p. 244) Ahora bien, para
    Kant el mal afecta radicalmente a la misma razón
    práctica, y es la religión la encargada
    de la regeneración de la libertad. (cf. SM pp.
    251-252) Ricoeur transforma esta idea, en sentido de que "porque
    existe el mal, la intención de la ‘vida buena’
    debe asumir la prueba de la obligación moral" (SM
    p. 254)

    Para Ricoeur, el kantiano principio de autonomía
    (independencia
    total respecto a los encadenamientos causales de los
    fenómenos naturales; y autodonación de la ley) es
    quizá una ficción destinada a colmar el olvido de
    la fundación de la deontolotía en ‘el deseo
    de vivir bien con y para los otros en instituciones
    justas’. (cf. SM pp. 277-278)

    La "humanidad" como lo que hace, según Kant,
    digno de respeto, es la
    universalidad considerada desde el punto de vista de la
    pluralidad de personas. (cf. SM p. 260) El concepto de
    persona en tanto fin en sí misma, equilibra el concepto de
    humanidad. (cf. SM p. 261)

    La corriente deontológica no puede hacer pie en
    el campo institucional, donde se aplica la idea de justicia, si
    no a través de su conjunción con la
    tradición contractualista, por la ficción de un
    contrato social
    gracias al cual cierta colección de individuos llegan a
    superar un estado supuestamente primitivo de naturaleza, para
    acceder al estado de derecho. La ficción del contrato tiene
    como fin separar lo justo de lo bueno, poniendo el procedimiento de
    una deliberación imaginaria en lugar de todo compromiso
    previo concerniente a un pretendido bien común. El
    procedimiento
    contractual engendra el, o los, principios de
    justicia. (cf. SM pp. 265-266) Y lo hace, según
    Rawls, a través de un procedimiento equitativo (fair), sin
    ninguna relación con criterios pretendidamente objetivos
    sobre lo que es justo o bueno. (cf. SM p. 268) Pero
    según Ricoeur esta ficción del contrato a olvidado
    un ‘querer vivir juntos’ original. (cf. SM pp.
    276-278) Trataremos el tema del "contrato social"
    más extensamente al exponer sobre la
    re-legitimación de la democracia.

    Capítulo
    IV

    Conflictividad:

    EN GENERAL, PAPEL
    DEL ESTADO, y ética de lo político

    Una moral de la obligación, como la desarrollada
    en el capítulo VIII, engendra situaciones conflictivas,
    donde la sabiduría práctica no tiene otra salida
    que recurrir, dentro del cuadro del juicio moral en
    situación, a la intuición original de la
    ética, la visión o la intención de la "vida
    buena" con y para los otros en instituciones justas. (cf.
    SM p. 279)

    Sin pasar por los conflictos que hacen vacilar una
    práctica guiada por los principios de la
    moralidad, se sucumbiría a las seducciones de una
    situacionismo moral que nos arrojaría indefensos a la
    arbitrariedad. No hay otro camino para llegar a la
    sabiduría práctica. (cf. SM p.
    280)

    1- EN
    GENERAL

    En el capítulo IX ("El sí y la
    sabiduría práctica: la convicción") la
    sabiduría práctica es reenviada por la
    sabiduría trágica al juicio moral en
    situación. (cf. SM p. 281) Con Antígona de
    Sófocles como ejemplo, se ve cómo en la tragedia
    poderes míticos adversos doblan los conflictos
    identificables de roles; se dan mezclas no
    analizables de presiones destinales y de elecciones deliberadas;
    y un efecto purgativo ejercido por el mismo espectáculo.
    Por eso la tragedia no es filosofía, pero enseña la
    ineluctabilidad del conflicto en la vida moral (cf. SM p.
    283), la existencia de experiencias límite generadoras de
    aporías. Lo que Antígona enseña mediante lo
    trágico de la acción es lo que Hegel
    señala en la Fenomenología del Espíritu y en las
    Lecciones sobre estética: la estrechez del ángulo de
    mira de cada personaje. (cf. SM p. 284)

    Antígona denuncia el carácter humano,
    demasiado humano, de toda institución. (cf. SM p.
    285)

    La tragedia obliga al hombre a
    reorientar su acción, bajo su propio riesgo, en el
    sentido de una sabiduría práctica en
    situación que responda a la sabiduría
    trágica. Esta respuesta, diferida por la
    contemplación festiva del espectáculo, hace de la
    convicción el más allá de la catarsis. Esta
    transición de la catarsis a la convicción consiste
    en una meditación sobre el lugar inevitable del conflicto
    en la vida moral. (cf. SM p. 288)

    Ricoeur busca mostrar cómo lo que hace inevitable
    el conflicto ético no es solamente la unilateralidad de
    los caracteres, sino la de los mismos principios morales
    confrontados en la complejidad de la vida. Y en los conflictos
    morales (de normas), solo un
    recurso al fondo ético (éthos) sobre el que la
    moral se desprende, puede suscitar la sabiduría del juicio
    en situación. (cf. SM p. 290)

    Va a recorrer las tres regiones ya surcadas con
    anterioridad en el libro: el sí universal
    (autonomía), la pluralidad de personas (respeto) y el
    rodeo institucional (institución), pero en orden inverso
    (cf. SM p. 291). Nos abocaremos a la directamente referida
    a nuestro tema.

    Institución y
    conflicto:

    La posíbilidad del conflicto había
    parecido ya inscrita en la estructura equívoca de la idea
    de distribución justa. La formalización hecha por
    Rawls refuerza esta equivocidad. Según su teoría,
    los individuos, en su situación original, son racionales e
    independientes unos de otros, deseosos de promover sus intereses
    particulares sin tener en cuenta los de los demás.
    Así el principio de maximin (arreglo que maximice la parte
    mínima) podría reducirse a una forma de cálculo
    utilitario, como sería el caso si no estuviera equilibrado
    por convicciones bien pensadas o el punto de vista del más
    desfavorecido. Pero esto último en el fondo reposa sobre
    la regla de reciprocidad, que tiene la finalidad de enderezar la
    disimetría ligada al poder que un agente ejerce sobre un
    paciente de su acción. Y una situación real de
    conflicto aparece cuando se pone a la vista la diversidad entre
    los bienes a distribuir. (cf. SM p. 292)
    Aristóteles tiene la estimación del valor de las
    contribuciones al bien común por variable según los
    regímenes políticos (Ética a Nicómaco,
    1131a 24). En Rawls, con la idea de bienes sociales primeros
    retornan conceptos teleológicos que religan lo justo a lo
    bueno. El los relaciona con las expectativas de las personas
    representativas. Pero estos bienes en realidad son relativos a
    significaciones y estimaciones heterogéneas. Y
    además están ligados a una cultura e historia
    determinadas, lo que plantea el conflicto entre la
    pretensión universalista y las limitaciones
    contextualistas.

    Michael Walzer, teniendo en cuenta estos problemas,
    llega a la idea de "esferas de justicia" (SM p. 293)
    (ciudadanía, seguridad y
    asistencia pública, dinero y
    mercaderías, empleo). Pero
    el problema es el arbitraje que
    requiere la concurrencia de estas esferas de justicia. (cf.
    SM p. 294)

    Es aquí donde podemos estar tentados por una
    salida hegeliana del conflicto, (cf. SM p. 294) en el
    sentido de los Principios de la filosofía del derecho,
    donde la práctica política apela a una moralidad
    concreta que no se puede ejercer sino en el cuadro de un saber de
    sí que detenta el Estado.

    2- EL
    ESTADO

    Con ocasión de la "tentación" mencionada,
    nos detendremos un poco más en el análisis de la
    figura del Estado.

    El concepto hegeliano de derecho desborda el de
    justicia: "El sistema del derecho es el reino de la libertad
    efectivamente realizada, el mundo del espíritu, mundo que
    el espíritu produce a partir de él mismo como una
    segunda naturaleza" (Op.
    cit., §4), existencia empírica de la voluntad (Cf.
    Ibid., §2). Pero según Ricoeur, el modo de resolver
    hegeliano la efectuación de la libertad reduce el dominio de la
    justicia y eleva el dominio
    político por sobre él. El campo de
    aplicación de la justicia se limita al del derecho
    abstracto, el cual tiene por función principal el de la
    propiedad
    legal. El concepto de justicia es introducido bajo la forma
    negativa de la injusticia (fraude, perjurio,
    violencia, crimen) (Cf. Ibid., §82-103); y como
    contrapartida, el derecho abstracto se resuelve como
    contra-violencia (Cf. Ibid., §94)(cf. SM p.
    295)

    Lo que falta al derecho abstracto, al contrato y a la
    idea de justicia correspondiente, es la capacidad de ligar
    orgánicamente a los hombres entre ellos; el derecho se
    limita a separar lo mío de lo tuyo (como Kant
    admitía). Oponiéndose a ese lazo contractual
    externo entre los individuos define Hegel a la
    Sittlichkeit (eticidad) como el lugar de las figuras del
    "espíritu objetivo".
    Porque la sociedad civil no
    crea lazos orgánicos entre los individuos, aparece la
    sociedad política como el único recurso contra la
    fragmentación. (cf. SM p. 296)

    Es provechosa la noción de "Sittlichkeit", con el
    sentido de sistema de instancias colectivas de mediación
    entre la idea abstracta de libertad y su efectuación como
    "segunda naturaleza"; y como triunfo progresivo del lazo
    orgánico entre los hombres sobre la exterioridad de la
    relación jurídica. Ricoeur interpreta, siguiendo a
    Eric Weil, la teoría hegeliana del Estado como
    teoría del Estado liberal, en la medida en que la pieza
    clave es la idea de constitución. En este sentido el proyecto de Hegel
    sigue siendo actual. Lo que Ricoeur cuestiona es que la
    obligación de servir a las instituciones de un Estado
    constitucional aparezca como de naturaleza superior a la
    obligación moral, y que se ponga otro fundamento que la
    idea de justicia.

    La oposición entre Sittlichkeit y Moralität
    deviene inútil si se da a la regla de justicia, por
    intermedio de la de distribución, un campo de
    aplicación más vasto que el que le asigna la
    doctrina kantiana del derecho privado y hegeliana del derecho
    abstracto; y si se disocian los admirables análisis de la
    Sittlichkeit, de la ontología del Geist (espíritu) que
    transforma la instancia institucional del Estado en capaz de
    pensar ella misma. Separada de la ontología del Geist, la
    fenomenología de la Sittlichkeit cesa de
    legitimar una instancia de juicio superior a la conciencia moral
    en su estructura de: autonomía, respeto de las personas,
    regla de justicia. (cf. SM p. 297)

    Hegel estaba, con razón, contra la conciencia
    moral como tribunal supremo que ignora con soberbia la
    Sittlichkeit donde se encarna el espíritu de un pueblo.
    Pero después de los horrores del siglo XX ligados a los
    totalitarismos, cuando el espíritu de un pueblo se
    pervierte hasta alimentar una Sittlichkeit mortífera, se
    ve que puede ser en la conciencia moral de un pequeño
    número de individuos, inaccesibles al miedo y la corrupción, que se refugie el
    espíritu que ha desertado de las instituciones devenidas
    criminales. Aunque el desgarramiento entre la conciencia moral y
    el espíritu de un pueblo no siempre sea tan desastroso,
    esos sucesos mantienen un valor de advertencia. Llevan a rechazar
    la tesis
    hegeliana del espíritu objetivo y el Estado como instancia
    superior dotada de saber de sí. La mejor manera de
    desmitificar el Estado hegeliano es interrogar a la
    práctica política misma. (cf. SM p.
    298)

    En 1979, Ricoeur escribía, acerca de cómo
    vencer "La tentación hegeliana" , que, si nos negamos a
    hipostasiar el espíritu objetivo, por la
    ontologización del Geist en el Estado, nos quedan las
    siguientes posibilidades de fundamentación de las
    comunidades de alto rango, como el Estado:

    1- Ontológicamente: la alternativa es Husserl, en
    la V Meditación cartesiana, siguiendo la cual debe ser
    posible engendrar todas las comunidades a partir de la constitución del prójimo en una
    relación intersubjetiva. Todas las demás
    constituciones son derivadas:
    primero, las de un mundo físico en común; luego,
    las de un mundo cultural común. Esto se ve apoyado por
    Max Weber,
    para quien las instituciones son objetivaciones de las relaciones
    intersubjetivas que no presuponen un suplemento de
    espíritu.

    Llegado a este punto Ricoeur afirma que "la razón
    práctica es el conjunto de medidas tomadas por los
    individuos y las instituciones para preservar o restaurar la
    dialéctica de la libertad y las instituciones, fuera de la
    cual no hay acción con sentido." (HA p.
    132)

    2- Epistemológicamente: descartar la
    pretensión de que sabe el espíritu, el Estado. El
    Estado hegeliano es un Estado en intención. "Si un hombre
    o un grupo se arroga el monopolio del
    saber en la práctica, se arrogará el derecho de
    hacer el bien de los hombres a pesar de ellos. …
    [ lo que constituye
    una]
    tiranía." (HA p. 133)

    Si el Estado proviene de las relaciones intersubjetivas,
    "el saber de las objetivaciones y alienaciones continúa
    siendo inseparable de la red de las interacciones
    entre individuos, y comparte el carácter probabilista de
    las cosas humanas." (HA p. 133) La razón
    práctica está en la zona medianera entre la
    ciencia de las
    cosas inmutables y las opiniones arbitrarias.

    3- Función crítica de la razón
    práctica: "suscitada por el reconocimiento de la brecha
    entre la idea de una constitución política en que
    el individuo encontraría su satisfacción y la
    realidad empírica del Estado." (HA p.
    133)

    Son objetivaciones legítimas, aquellas que fundan
    la identidad de una comunidad. Y son alienantes las distorsiones
    sistemáticas que impiden al individuo conciliar su
    autonomía con las exigencias emanadas de esas mediaciones
    simbólicas. Aquí la "crítica de las
    ideologías" se incorpora a la razón
    práctica, buscando las raíces de esas distorsiones
    en relaciones disimuladas entre trabajo, poder, y lenguaje. (cf.
    HA pp. 133-134)

    Respecto al primer punto, el referido a una
    ontología, nos preguntamos si no hay alternativas
    intermedias, como el mismo Husserl posterior, y el papel que da
    al mundo de la vida, que pareciera contrabalancear el peso del
    sujeto. La misma filosofía de Ricoeur, con su
    análisis del "poder en común", la cultura, lo
    institucional, etc., lleva a reconocer en lo comunitario cierto
    "suplemento de espíritu", no en sentido hegeliano, sino
    como aumento (y condición) de la libertad, el poder, la
    creatividad,
    de las personas vinculadas.

    Nos parece que la justificada aprensión de
    Ricoeur hacia ese "plus" de espíritu hegeliano, hace sin
    embargo que no destaque cierto "plus", que sí se da en
    ciertas realidades institucionales, comunitarias. Es lo que
    Scannone explica como: 1)un verum, figuras de sentido de la vida;
    2)un bonum, una manera de vivir o "ethos"; 3)un pulchrum,
    ordenamiento específico o "figura de orden" (manera
    determinada de epifanizarse y articularse el bien y el sentido).
    Aunque todas estas características se refieren a lo
    institucional, nos parece que sobre todo el tercer aspecto
    subraya su exuberancia, su "epifanización". Pero para
    percibir plenamente la palabra del pobre, "no sólo en lo
    que tiene de interpelante y cuestionante, sino también en
    su "plus" de sentido y en su contenido sapiencial", es necesaria
    la apertura práctica, la libertad que opta por aceptar ese
    cuestionamiento y responder a él.

    Sobre el mismo asunto de "la tentación hegeliana"
    podemos ver una evaluación algo distinta de algunos puntos
    en los textos de Hegel en N. Bobbio Estado, gobierno y sociedad:
    Para este autor "más que una sucesión entre fase
    pre-estatal y fase estatal de la eticidad, la distinción
    hegeliana entre sociedad civil y
    Estado representa la distinción entre un Estado inferior y
    un Estado superior." (op. cit. p. 53)

    Pero lo que Ricoeur cuestiona con razón es que en
    Hegel (y en Eric Weil, con quien dialoga), la obligación
    de servir a las instituciones de un Estado constitucional
    aparezca como de naturaleza superior a la obligación
    moral, y que se ponga otro fundamento que la idea de justicia. La
    conciencia moral del sujeto, (en su estructura de:
    autonomía, respeto de las personas, regla de justicia),
    sigue siendo para Ricoeur la última instancia de
    juicio.

    3- ÉTICA DE LO
    POLÍTICO

    Ricoeur, en su desmitificación del Estado, al
    interrogar a la práctica política misma, ve que
    ésta es lugar de conflictos específicos. Como ya se
    dijo, por lo general se olvida que el origen de la instancia
    política es el poder en común, porque está
    recubierto por las estructuras
    jerárquicas de dominación entre gobernantes y
    gobernados. La virtud de la justicia, en el sentido de isotes
    (igualdad) de Pericles y Aristóteles, viene a poner la
    dominación bajo el control del poder en común. Esta
    tarea, que probablemente es la que define a la democracia, es sin
    fin: al menos en las sociedades occidentales una instancia de
    dominación sucede a la otra. La paradoja política
    consiste en esta dialéctica entre dominación y
    poder en común, entre forma (que se expresa por la
    aproximación en la constitución al reconocimiento
    mutuo entre los individuos y respecto a la instancia superior), y
    fuerza (cicatrices que dejó la presencia de la violencia
    en el nacimiento de todos los Estados devenidos Estados de
    derecho). Desde estas diferenciaciones se puede "definir la
    política como el ensamble de prácticas organizadas
    relativas a la distribución del poder político,
    mejor llamado dominación." (cf. SM pp.
    298-299)

    Ricoeur desarrollaba más esa "paradoja
    política" en una de las ponencias consignadas en EP
    (cap. VI, "Etica y política", pp. 101-113) Allí ya
    afirmaba que aunque todos los Estados se originan en la
    violencia, no es ésta la que define al Estado, sino su
    finalidad: ayudar a la comunidad a vivir y a construir su
    historia.

    A partir de esa finalidad, se destacan dos estilos de
    filosofía política:

    1- El que acentúa la forma: lo constitucional, un
    Estado de derecho que garantice las condiciones reales de la
    igualdad de todos ante la ley. El acento estará en la
    independencia
    de la función pública, el control parlamentario,
    la
    educación en la libertad por medio del debate. El
    Estado debe conciliar la racionalidad tecno-económica y lo
    razonable acumulado por la historia de las costumbres; su virtud
    será la prudencia. Su idea límite es un Estado
    solamente educador.

    2- El que acentúa la fuerza: el Estado monopoliza
    la violencia legítima. Los Estados modernos provienen de
    la violencia de los que han juntado tierras; misma violencia que
    en las sociedades tradicionales educó para el trabajo
    moderno. Violencia que se disimula en la representación
    desigual de las fuerzas sociales. De allí la
    tentación del marxismo, de
    esperar que la violencia revolucionaria invierta los papeles en
    la relación de dominación. Pero entonces se da el
    error contrario del formalismo jurídico, ciego ante el
    papel de la violencia en la historia. La definición del
    Estado por la violencia desemboca en el desconocimiento de las
    conquistas de la libertad política entre los siglos XII y
    XVIII, y de la significación de la Revolución
    Francesa. Marx
    descuidó que la clase dominante ha trabajado para todos.
    No existe ningún Estado que sólo sea de clases y
    que no represente en cierta medida el interés general. El
    Estado que más se acerca al Estado de derecho es,
    según expresión de Hegel, el de los propietarios y
    de los no propietarios, el que pertenece a ambas clases. La vida
    política queda marcada por la lucha por el poder. (cf.
    EP, pp. 105-110)

    Si bien la violencia sigue moviendo la historia, la
    sociedad del trabajo es pacífica por esencia, y el
    progreso hacia la no-violencia define para la política el
    sentido de la historia. Pero el sentido de la existencia, tanto
    para los individuos como para los Estados, solo es formulable
    dentro de una comunidad; así "la sociedad mundial ha
    llegado a ser hoy la condición misma de la supervivencia
    de este sentido, de cada uno de estos sentidos" (cf. "La
    ‘philosophie politique’ d’Eric Weil", en
    PSH, p. 146) Y una instancia política supranacional
    que tuviese el monopolio de
    la violencia legítima se convierte hoy, en la era de la
    amenaza nuclear, en condición de supervivencia. (cf.
    EP, p. 110)

    Teniendo en cuenta esta dialéctica entre fuerza y
    forma, se va delineando una ética de lo político,
    que para Ricoeur consiste en la creación de espacios de
    libertad.

    Tiene significación ética no sólo
    la prudencia de los gobernantes, sino el compromiso del
    ciudadano.

    Piensa a la democracia en términos éticos,
    considerada desde el punto de vista de su teleología,
    definiéndola en relación al conflicto y al
    poder:

    1- Respecto al conflicto: procedimientos
    que les permitan manifestarse y seguir siendo negociables. La
    pluralidad de partidos se relaciona con el ideal de la libre
    discusión organizada. El discurso político no es
    una ciencia sino
    una opinión recta. Formación de una opinión
    pública libre en su expresión.

    2- Respecto al poder: se asegura la participación
    en la decisión a un número cada vez mayor de
    ciudadanos.

    Para Kant la utopía está en que cada uno
    sea soberano y sujeto. Para Hegel consiste en que cada uno sea
    reconocido por todos. Ricoeur agrega, siguiendo a Montesquieu,
    la necesidad de dividir el poder contra él
    mismo.

    La base ética de una comunidad política se
    limita a los valores en los cuales hay consenso. Pero las
    fuentes de
    valores en las sociedades pluralistas son múltiples y
    conflictivas. Como consecuencia el Estado sólo puede
    descansar en frágiles convergencias. Quizás lo
    grave es que el Estado en nuestras sociedades ultrapluralistas
    sufre de una debilidad de convicción ética en el
    momento mismo en que la política invoca de buen grado la
    moral. Y otro peligro, contrario al anterior, pero que tal vez lo
    compense, es la transferencia de lo religioso a lo
    político. Le pedimos a la política que cambie la
    vida. La ideología, como integradora, tiene necesidad de
    darle a lo cívico cierto carácter
    sagrado.

    Max Weber
    decía que la política quiebra la
    ética en dos: una moral de la convicción
    (excelencia de lo preferible) – y una moral de la responsabilidad
    (realizable, mediante un uso moderado de la violencia).
    Ética y política constituyen dos esferas distintas,
    aunque en intersección. Actualmente es mayor el peligro de
    ignorar esta intersección que el de confundirlas. (cf.
    EP pp.110-113)

    Ricoeur rescata de Levinas que el rostro del otro es el
    de un "maestro de justicia", que instruye éticamente,
    prohibiendo la muerte y
    mandando la justicia (cf. SM p. 221); afirma que la
    alteridad de las personas hace de cada una de ellas, en cierto
    modo, una excepción a la regla (cf. SM p. 309); y
    utiliza la Moralität kantiana (con los aportes de Rawls y
    otros), del deber, que manda que no sea lo que no debe ser, a
    saber, el mal, "y más particularmente que sean abolidos
    los sufrimientos infligidos al hombre por el hombre"
    (SM p. 337) Sin embargo no destaca tanto como los
    filósofos latinoamericanos (quizá por su contexto
    cultural diferente), la irrupción de los pobres como hecho
    social y ético. Scannone, en Irrupción del pobre y
    quehacer filosófico, cita de Ricoeur el concepto de
    "experiencias-límite", para calificar las de la
    indignación ética (ante una situación
    histórica masiva, en latinoamérica, que se percibe como social y
    estructuralmente injusta), y de asombro radical (ante el plus de
    vida en condiciones de muerte, de
    sentido en el seno del sinsentido, y de libertad a pesar de la
    opresión). Estas experiencias implican un cuestionamiento
    total y radical, teórica y éticamente hablando.
    (op. cit. p. 135). "La opción ética por la vida, la
    dignidad y la libertad del hombre, es, por razones
    históricas, preferencial por los pobres, más
    amenazados por la muerte, la
    degradación de su degnidad humana y la opresión."
    (ibid. p. 136)

    Desarrollaremos una ética de los ámbitos
    de lo político, más pormenorizada, en el
    próximo capítulo.

    Partes: 1, 2

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