La familia. Aspectos sociales, culturales, económicos, históricos, políticos y legales
Un análisis sistemico de la familia nos
lleva casi obligatoriamente a hacer un recorrido histórico
. Para poder
comprender su conformación actual , en un país
poblado principalmente por descendiente e inmigrantes , se hace
necesario conocer su evolución histórica , sus
orígenes y fuentes , el
origen de sus componentes y como ellos y sus costumbres fueron
fundiéndose y transformándose a lo largo del
tiempo hasta
llegar a ser lo que es hoy .
Así mismo , se hace imprescindible pintar un
somero panorama de la realidad actual económica , cultural
, legal , política y social ,
el marco en el cual se desarrolla la vida diaria de la familia
.
La
Conformación Histórica de la Familia
Argentina
Los primeros antecedentes de la actual familia argentina ,
podemos encontrarlos a principios del
siglo XVI , con la conquista española . Las corrientes
colonizadoras , formadas casi exclusivamente por hombres
procedentes de clases desposeídas de España ,
que , al establecerse , se vieron obligados a unirse con las
mujeres aborígenes . Este fue el nacimiento de lo criollos
, hijos de españoles y aborígenes . El sistema cerrado
impuesto por
la corona española determino que al menos hasta el siglo
XIX , esta fuera la composición étnica predominante
. Aun con la independencia
Argentina de
España
(1816) la composición social no cambio mucho
.
Con el advenimiento de la 2° revolución
industrial europea y las convulsiones sociales que la
sucedieron a mediados del siglo pasado , se desencadeno una ola
inmigratoria muy numerosa. Así fue que Argentina ,
país extraordinariamente extenso ( 3 millones de km.2 ) y
desolado , recibió inmigrantes que , ya sea buscando
trabajo y oportunidades , o escapando de la represión de
la comuna de París y otros movimientos revolucionarios
transformaron el panorama social .
Nuevas oleadas de españoles ( entre los que
predominaban vascos y gallegos ) , italianos , franceses ,
alemanes , judíos de Europa central y
oriental que huían de los progroms , rusos , ucranianos ,
siriolibaneses , la mayoría de los cuales fueron a vivir a
las ciudades conformaron una gran caldera donde se mezclaron
diferentes culturas y costumbres .
Así pues , el peso de la inmigración europea , y el exterminio
emprendido en la guerra por
ganar tierras a los indios ( la llamada Conquista del Desierto ,
1877 ) , dejo en un segundo plano a la población aborigen , en numero y en
importancia cultural .
Ya durante este siglo , la población argentina se nutrió de
armenios escapados del genocidio , japoneses , italianos ,
españoles exiliados por causa de la Guerra Civil ,
judíos escapados de la Segunda Guerra
Mundial , etc. También hay un aporte permanente de los
piases vecinos ( Chile ,
Paraguay ,
Bolivia ,
Uruguay ,
Perú ) que también vienen en busca de oportunidades
de trabajo .
Pese a toda esta inmensa masa humana , el campo y el
interior del país continuaron prácticamente
despoblados , pues la inmensa mayoría fue a recalar en las
ciudades , particularmente Buenos Aires (
que actualmente concentra 13 millones de habitantes , equivalente
a mas de la 3ra parte de la población del país )
.
Por lo tanto , la familia argentina , tiene una
relativamente corta historia . Pocos son los que
pueden contar mas de 3 o 4 generaciones en el país . Casi
todos los argentinos tenemos una mezcla de abuelos o bisabuelos
de las mas diversas nacionalidades , con historias familiares que
se han ido perdiendo . Algunas de estas comunidades se han
integrado y dispersado en esta caldera social , otras han tratado
de conservar su identidad , (
como los judíos , los gitanos , etc. )
manteniéndose relativamente cerradas , propiciando los
casamientos dentro de la propia comunidad , y
hasta instalándose masivamente en determinados barrios o
pueblos .
En los últimos años , se ha agregado la
inmigración de los piases de Asia (
principalmente coreanos y chinos ) comunidades especialmente
cerradas como consecuencia de su distancia cultural y las
dificultades idiomáticas , pero este no es un
fenómeno relativamente nuevo en términos
históricos como para analizar el impacto social
.
En suma , un viejo dicho popular sintetiza claramente
esta realidad : "los mexicanos descienden de los aztecas , los
peruanos descienden de los incas , los
argentinos descienden de los barcos" .
Como veniamos viendo , la Argentina fue tradicionalmente
un país receptor de migración
. Pero en las ultimas décadas , como resultado de
regímenes militares extraordinariamente represivos , y de
políticas económicas que destruyen
fuentes de
trabajo , la Argentina se convirtió en un país
emisor de emigrantes . Es así que hoy se pueden encontrar
colonias de argentinos en muchos piases del mundo ,
principalmente en España , México y
Estados Unidos
. Luego del retorno de la democracia en
1983 , muchos volvieron al país , con hijos "extranjeros"
(en Argentina rige el "ius solis" , es decir que la
condición de argentino se adquiere por el hecho de haber
nacido en territorio argentino ) , habiendo incorporado
costumbres , pensamientos y perspectivas nuevas , y
fundamentalmente revalorizando las raíces
históricas y sociales de sus antepasados .
La ultima dictadura militar
( 1976-1983 )fue particularmente sangrienta , y dejo un saldo de
entre 10000 y 30000 desaparecidos .Esa herida en la sociedad
argentina que aun sigue abierta por la falta de castigo a los
responsables , tiene un fuerte impacto emocional , además
de haber diezmado a toda una generación ( los que hoy
cuentan entre 40 y 55 años de edad) .
La Situación
Actual : el escenario donde vive la familia argentina
En las ultimas décadas , por imperio de las
políticas neoliberales predominantes , el
panorama económico , político y social tradicional
ha cambiado drásticamente en la sociedad
argentina .
Los recortes de gastos del
estado han
llevado a un deterioro notable en muchos aspectos de la vida
cotidiana . El estado ,
que anteriormente regulaba , y regia muchos de los aspectos de la
vida social , se ha ido retirando progresivamente , dejando
desprotejida en mas de un sentido a la familia argentina
.
En cuanto al trabajo , la pauperización de los
sectores cada vez mas grandes de la población ( un tercio
de la población vive bajo los índices de pobreza ) , el
desempleo (
que actualmente se ubica en un 14 % ) , el sobreempleo ( gente
que debe trabajar de 10 a 12 horas al día , los 7
días de la semana ) , los salarios
bajisimos , impactan fuertemente en las familias y en su dinámica .
Los miembros de algunas familias rara vez pueden
compartir una comida , o una salida de fin de semana , porque
alguno de los integrantes esta siempre trabajando . Las clases
medias , que predominaban ampliamente en el espectro social , han
ido reduciéndose .
Con respecto a la educación , la
Argentina siempre fue un país que se precio por sus
altísimos índices de alfabetización ,
gracias a una política de gratuidad
y universalidad de la enseñanza .
Sin embargo , la calidad de la
educación
ha ido deteriorándose , junto con el aumento de la
deserción
escolar .
Perpetuando el circulo , esto da como resultado mano de
obra menos calificada , con salarios mas
bajos , y que no puede darle la educación adecuada
a sus hijos . Como contracara de esta moneda , muchos
universitarios se ven imposibilitados de ejercer su
profesión , debiendo aceptar puestos de trabajo muy por
debajo de su capacidad . Es obvio decir que esta situación
de frustración se transmite a la familia , de manera tal
que , muchos argentinos , tradicionalmente orgullosos hasta la
soberbia de su propia condición , hoy piensan como emigrar
, soñando con un paraíso perdido
difícilmente recuperable .
Los hospitales públicos y gratuitos , que
tradicionalmente fueron escuela de buena
medicina , hoy se
encuentran con bajos presupuestos ,
sin poder atender
la demanda de los
sectores mas necesitados , que sin poder pagar la medicina privada
, quedan prácticamente librados a su suerte .
Así , un tema que históricamente se
hallaba bien resuelto , hoy pasa a ser prioritario en cualquier
familia de recursos medianos
a escasos .
La situación de la ancianidad no es la
excepción , y los ancianos viven un estado de
desproteccion y abandono .
Habiendo perdido su ubicación en el mapa familiar
, se han transformado en una carga social , y su destino final es
el de terminar internados en un geriátrico .
La inseguridad y
los índices delictivos crecen , y a la par crecen los
servicios
privados de seguridad . Los
menores de edad participan crecientemente de este fenómeno
a la vez como víctimas y victimarios .
Muy sintéticamente , este es el ambiente
difícil y hostil en el que la familia argentina debe
desenvolver su vida cotidiana .
Luego de estas consideraciones , llegamos entonces a la
siguiente pregunta : De que familia hablamos? Es difícil
hablar de una sola familia ; pensar que una familia rica , que
vive en un barrio cerrado con custodia , que envía a sus
hijos a un colegio ingles , pueda tener mucho en común con
otra familia que , a pocos metros , a otro lado de la autopista
vive en una villa de emergencia , en una casa precaria de
madera , en la
que se hacinan en una sola habitación 10 personas con
hijos que deben ir a trabajar desde pequeños . O con
aquella otra que vive en una pequeña ciudad de provincia ,
con escasos recursos
culturales , y una estructura
casi feudal .
La polarización cultural que podemos encontrar
casi en todos los piases entre las grandes ciudades y el interior
, en Argentina se ve remarcada por el peso económico ,
cultural , y demográfico de Buenos Aires
.
Todos los antecedentes y hechos descriptos
precedentemente condicionan fuertemente a la familia argentina
.
Otros aspectos
sociales y culturales
En la época primitiva , el hombre
debió obligatoriamente agruparse a fin de poder distribuir
los alimentos , ya
que algunos conseguían un determinado alimento y otros
tenían un alimento diferente ; de esta forma , el hecho de
agruparse les permitió gozar a todos los hombre de los
mismos alimentos . Esta
forma de vivir agrupados paso entonces a ser necesaria tanto por
la distribución de los alimentos , como
así también para enfrentar los peligros externos de
esa pequeña sociedad ( ej. Animales ,
clima , etc. )
.
Este agrupamiento fue lo mas lejano . Como consecuencia
de la reproducción , esa sociedad que fue en
principio homogénea , comenzó a ser
heterogénea , ya que cada uno de los componentes al tener
descendencia pretendía también su independencia
con respecto a los demás , sin perjuicio de mantener la
sociedad original ; esto dio origen a la aparición del
"gens" ( este es el comienzo de la
organización familiar la cual tenia un jefe "pater" el
cual tenia el poder de decisión dentro de la familia )
.
A medida que transcurrió el tiempo , el gens
fue aumentando , y es entonces cuando se dio origen a los
"clanes" . Un gens podía tener varios clanes , ya que los
descendientes de pater buscaron su independencia dentro del gens
. La figura del pater ( que era el que dirigía a todos ) ,
dio origen en algunos países al Rey .
Los clanes , con el transcurso del tiempo , dieron
origen a los que hoy se llama familia . Y en términos
jurídicos , se entiende por familia al conjunto de
personas que tienen un parentesco próximo o por
disposición de la ley , y que se ha
originado en el matrimonio
.-
La familia tiene un alta finalidad social , que
justifica su proteccion por el Estado . No
se pierda de vista que la familia es el núcleo social ,
cuya preservación interesa sobremanera a los poderes
públicos en función de
la estabilidad institucional y de la educación de los
hijos que en la primera época de su vida , internalizan
allí pautas de conducta que
condicionaran su futuro como hombre adultos
.
En la actualidad , la familia es importante en cuanto a
que existe una relación de parentesco , todos sus
componentes son familiares , hay dentro de ella una nocion de
comunidad , y
también de solidaridad entre
sus componentes .
Esta solidaridad
familiar se puede aplicar a todos los terrenos : afectivo ,
moral ,
económico , etc.
Es frecuente hablar de la crisis de
familia . Si llamamos crisis , con
sentido peyorativo , a todo lo que signifique romper esquemas
tradicionales que consideramos inmutables y permanentes, o si
denominamos crisis a un estado nuevo , quizás
circunstancial , producto de
determinadas coyunturas .
Ciertamente la familia moderna ha puesto en crisis los
conceptos tradicionales , no ya los vetustos de la vieja Roma ; sino los
que eran admitidos , una o dos generaciones atrás . La
autoridad del
padre se ha debilitado ; la mujer ha
alcanzado independencia ; las familias se disgregan con
frecuencia y en proporción alarmante .
En este proceso de
acelerado ritmo han sido factores preponderantes coyunturas
externas de alta significación . La estrechez del
hábitat urbano por una parte ; la necesidad de largas
jornadas de trabajo que inhiben la permanencia mayor de sus
miembros en el hogar ; el mimetismo de las costumbres que quieren
asemejar a las foráneas , determinadas estas por razones
que no han influido directamente en la vida argentina , son
probablemente algunas de las causas del estado actual
.
Mucho puede hacer el derecho . Pero mucho mas debe hacer
el hombre , el
ser humano , destinatario final de la norma jurídica
.
Difícil es vivir en épocas como esta , que
parecen conmover los cimientos de todo lo que era universalmente
aceptado como valioso ; difícil es , también ,
hallar el camino de salida entre lo que siempre fue así ,
y lo nuevo que quiere ser , todo lo contrario de lo que fue .
Pero ese difícil camino debe recorrerlo el hombre , y
también su familia .
En la actualidad , la mayor cantidad de familias son
todavía las originadas en el matrimonio , con
las figuras del padre y la madre , y sus respectivos hijos . Pero
también existen hoy , y cada vez mas , una serie de
familias que ya sea por su cultura ,
posición social , costumbre , sexualidad o
simple elección ; revisten grandes diferencias con las
señaladas anteriormente , las cuales son detalladas a
continuación :
Parejas sin hijos :
Son familias de núcleo estricto ; la
mayoría de este tipo están casadas . Son
generalmente parejas jóvenes donde el hecho de vivir
juntos sin hijos les permite buscar la felicidad en la propia
unión de la pareja . Y donde todavía no han
decidido tener hijos o no .
Una persona con
hijos :
Se conocen como "monoparentales" . Son separados/as ,
divorciados/as , con hijos , viudas/os , madres solteras , o
personas con hijo adoptado . Están formadas
mayoritariamente por personas de sexo femenino
, aunque también hay varones que viven con sus hijos ,
sobre todo cuando este ha alcanzado la adolescencia y
no necesita tantos cuidados .Una persona sola
:
Se llaman unipersonales , formadas por un miembro que
vive solo . En la practica agrupa a viudas/os o divorciados/as ,
y solteros/as . En este sector proliferan los profesionales que
deciden dedicar su vida al trabajo y curiosamente cada vez se
adhieren mayor numero de mujeres .
Divorciado con pareja e hijos :
Se denominan "familia de tejido secundario" . En este
tipo de familia hay un miembro divorciado y con hijos .
También se incluyen a las parejas homosexuales en las que
uno o ambos miembros tienes hijos de anteriores relaciones
heterosexuales .
Amistad o interés :
Son relaciones estables que se forman a partir de
vecinos o amigos . Existen miles de personas que no desean vivir
en soledad y que comparten la vivienda con amigos . En otros
casos la proximidad de los vecinos puede generar una
relación equiparable a la que existe entre los miembros de
una familia.
Mas allá del tipo de familia que se trate , esta
tiene efectos legales , sociales y económicos . En cuanto
a aquellas familias en las cuales se tienen hijos ; es tarea
fundamental de los padres brindarles educación , alimentos
, vestimenta , y además afecto ; ya que los hijos ( y mas
aun cuando estos son menores de edad ) necesitan de el amor tanto
maternal como paternal , para su buen desarrollo
dentro de la sociedad .
La llegada de un bebe al hogar llena a los padres de
incertidumbres sobre que cuidados necesita el recién
nacido .
Tener un hijo es una experiencia maravillosa , pero trae
aparejado muchos cambios , tanto en la vida personal como de
la pareja .
La madre siempre tiene dudas sobre si podrá
alimentar correctamente a su bebe o si tendrá suficiente
leche .
Durante los primeros dos o tres días , no se tiene
leche sino
calostro , que es una sustancia con alto contenido de proteínas
y minerales . La
succión del bebe estimula la producción de leche entre el tercer y
cuarto día del nacimiento y , alrededor del octavo , baja
el alimento definitivo .
En la actualidad , la familia , además de tener
una función
social y económica , debe tener armonía y dialogo , debido
a los grandes problemas que
enfrentan a causa de las drogas y el
alcohol ;
estos se dan generalmente en hijos adolescentes ,
y debido a un mal manejo de los padres en la niñez del
hijo .
Educar un hijo nunca es fácil . Hay que aprender
a protejerlo sin convertirlo en una persona miedosa y al mismo
tiempo , explicarle por que no puede hacer exactamente todo lo
que quiere . Muchas madres hubieran deseado en mas de una
ocasión que sus hijos hayan nacido con un manual
incorporado . En la vida diaria muchas veces existe el
interrogante sobre si la educación que se le esta
brindando es la correcta . Este cuestionamiento crece aun mas
cuando de poner limites se trata .
Es bien sabido que para que un niño crezca sano ,
espontaneo , seguro y con una
relación positiva con el mundo son necesarias en su vida
la orientación y la protección . Lo que los padres
hacen es enseñarles a sus hijos determinadas pautas para
que puedan vivir en sociedad . Y aquí entra en juego el tema
de los limites . En el libro "Hay
limites que matan" de C. Jonas se habla de los limites como una
forma de enseñarle a respetar a los demás , pero
nunca como privación de la satisfacción personal
.
Muchos padres con tal de evitar una pelea o
discusión con sus hijos o por querer compensar una falta ,
optan por darles todos los gustos ; algo que tiempo
después causa un efecto contrario , ya que los niños
interpretan la permisividad como indiferencia . Sin duda ponerles
limites es bueno , así crecen mejor adaptados , con mayor
autoestima y
confianza , que aquellos a los que nunca se les dice que no
.
El tema de cómo los padres ponen limites tiene
mucho que ver con la relación que ellos mismos tiene con
el mundo . Si los padres ponen demasiados limites a sus hijos es
por que ven un mundo temeroso , lleno de riesgos ,
entonces controlan a su hijo por el miedo que ellos tiene con
relación al mundo . Por el contrario si los padres se
sienten seguros en el
mundo , tendrán menos temores con sus hijos . Así
ponerle limites limites a un hijo implica decirles que en este
mundo todo no es posible . En síntesis ,
es darle una visión real del mundo .
Paradojicamente , este limite "no tiene limites" , ya
que siempre vamos a encontrar motivos para temer por algo , y
esto llevaría a estarle encima a nuestro hijo todo el
tiempo . Y el hecho de que los niños
puedan disfrutar de cierta autonomía , es lo que les
permite aprender , explorar distintas cosas del mundo que lo
beneficiaran durante su crecimiento .
El problema de los chicos de ahora que crecen con mayor
libertad , es
que están mas expuestos a que se le pongan limites porque
no los han tenido desde el primer momento ( por querer darles
mayor libertad para
no repetir el autoritarismo de generaciones anteriores ) ; lo
cual implica trabajar mucho mas con esos limites a medida que van
creciendo .
Esto no significa que hay que ponérselos de golpe
, o desde mas chicos , por que sino esos niños se vuelven
inseguros , dependientes , temerosos . Lo ideal es que los padres
puedan educar a su hijo con amor y con
limites , para que de grande ese niño pueda autorregularse
. Es allí cuando el chico puede frente al propio limite de
los padres elegir que hacer . Para llegar a esto es bueno que un
niño dependa de sus padres por un largo tiempo , por que
sino en el otro extremo aparecen los chicos demasiado
autónomos , que se criaron como abandonados .
También es muy importante no confundirnos ,
ponerse de acuerdo con la pareja sobre cuales son las pautas de
convivencia . Los limites de uno deben ser respetados por el otro
. No sirve que uno adopte el rol de bueno y el otro sea el malo .
Los chicos necesitan claridad . Cuando los padres dicen no , el
tiene que entenderlo como una decisión tomada .
En el jardín de infantes se manejan con limites
claros y sencillos , siempre en un ambiente
cálido para que los chicos no se sientan atemorizados . La
diferencia es que allí se trabaja en grupo , por lo
tanto hay pautas que se respetan y se repiten bastante , como :
no tirar papeles al suelo o compartir
con los compañeros . En los casos en que los chicos llevan
algo y no lo quieren compartir , lo deben guardar para usar fuera
del jardín ; se trata de darles una respuesta alternativa
. Siempre se busca que la consigna sea positiva , porque de nada
sirve quedarse horas marcando lo negativo . Así no hay
aprendizaje
.
En los casos en los que un niño no respeta
determinadas pautas , se lo sienta un rato en un lado de la sala
, para que piense en lo que hizo . Con respecto a la
relación de los padres con el jardín , resulta mas
beneficioso para el niño que los padres acompañen
la puesta de limites , sino se lo puede confundir .
Embarazo y
maternidad en la adolescencia
:
El embarazo precoz
es una practica social que se incrementa de manera preocupante .
La adolescencia es cada vez mas breve y la madurez sexual llega
antes que la emocional .
El llamado embarazo
precoz o embarazo
adolescente , es una practica social cada vez mas frecuente en el
mundo de hoy . En los Estados Unidos
mas del 18 % de las adolescentes
tienen sexo antes de
los 15 años y se estima que a la edad de 20 años ,
el 40 % de las mujeres blancas y el 64 % de las mujeres negras
habrá experimentado por lo menos un embarazo .
Intentar definir el termino adolescente nos coloca en un
terreno delicado debido a que los limites entre la niñez y
la llamada adultez están tamizados por una permanente
tensión con los ideales y deberes que la cultura impone
y se modifican a una velocidad
asombrosa .
La O.P.S. , P.N.U.D , U.N.I.C.E.F. y C.E.P.A.L. ( que
llevan adelante exhaustivos estudios en la materia )
aplican un enfoque que plantea que "el hecho de convertirse en
madres a temprana edad implica una mayor vulnerabilidad de las
mujeres y sus hijos . Muchas veces , los proyectos
educativos personales tienen que interrumpirse , pero
además , estas adolescentes tienen mas probabilidades de
tener una fecundidad mas alta , de ser mujeres jefas a cargo de
sus hijos y de encontrarse en situaciones de precariedad e
incertidumbre . Hay indicaciones que dicen que la mujeres que
inician su maternidad a edades tempranas , a menudo provienen de
familias donde esta ha sido una practica
preexistente".
El embarazo precoz
aparece mencionado entre los primeros comportamientos
considerados de riesgo en la
adolescencia . Una de las causas se debe a que las adolescentes
llegan a ser fertiles aproximadamente 4 o 5 años antes de
ser emocionalmente maduras . Las posibles consecuencias adversas
que se mencionan , según las cuales las adolescentes
embarazadas constituyen un grupo de alta
vulnerabilidad social son :
- separación de la familia .
- interrupción de la escolaridad .
- presencia de problemas de
salud y
emocionales . - necesidad de asistencia publica .
- fallas en el manejo del bebe .
- aparición de necesidades especiales para los
padres y los hijos .
En nuestra sociedad no se reconocen ritos iniciaticos de
la adultez en los cuales los adolescentes puedan identificar el
momento en que deberán correr el riesgo y asumir
con responsabilidad su propia vida . En las sociedades
tradicionales los ritos iniciaticos marcaban con claridad un
antes y un despues : el pasaje de niño a adulto . Tanto si
estaban preparados interiormente para ello o no , operaba desde
los adultos el reconocimiento del derecho de acceder a esta etapa
.
Este reconocimiento simbólico , en nuestra
sociedad , se hace difuso . Las jóvenes se ven obligadas a
conseguir este "derecho de paso" por si mismos .
En los últimos años los índices de
descenso en el promedio de edad del embarazo se incrementaron de
manera preocupante y si bien esta tendencia se acentúa
mayormente en los sectores populares , no hay esfera social que
este ajena a esta problemática .
El trabajo educativo es reconocido como el primer paso a
dar para revertir este patrón de comportamiento
, así como el dialogo entre
madres e hijas que deberá centrarse en atender ciertos
puntos reconocidos como las puertas del problema .
Principalmente a las adolescentes les cuesta
:
- anticipar las consecuencias de su acto .
- no vincular relación sexual sin cuidado con
posibilidad de hijo . - reconocer haber pensado ser madres algún
día , pero no fantasear en el momento con tener un hijo
. - poner en acto la fantasía de la maternidad
.
En una encuesta
realizada en un total de 100 adolescentes se destaco una
respuesta común : en la mayoría de los casos el
embarazo era visto como una "salida" ; salida de una
situación traumática , salida del ámbito de
la familia , como posibilidad de diferenciación o como una
forma de tener un proyecto propio
cuando ningún otro proyecto les era
posible .
Lo común a todas estas situaciones seria la
demanda
dirigida a los padres de ser reconocido como diferente respecto a
ellos . Con el numero de jóvenes embarazadas en alza , es
evidente que tanto las campañas de prevención
centradas en los métodos
anticonceptivos y la asistencia brindada posteriormente
debería mejorar como servicio a la
comunidad .
Generar una mayor conciencia desde
la escuelas de lo que significa el acto de la maternidad acaso
sea uno de los caminos para encontrar una puerta a este laberinto
.
Importancia
economica y social de la familia
Como hemos visto anteriormente , desde sus
orígenes , las familias debieron agruparse formando
comunidades con el fin de autoabastecerse . La primer característica económica de esa
época era el trueque ; que consistía en cambiar
bienes por
otros diferentes .
Mas adelante , aparece la figura del orfebre (
trabajador del oro ) , y con este las primeras monedas
.
Pero en la actualidad, afirmamos que la familia tiene
una importancia económica fundamental.
La familia es sumamente importante , ya que permite la
agrupación de pequeñas unidades económicas .
Si en una familia hay 2 o 3 integrantes que producen bienes y
servicios ,
observamos que este núcleo podrá lograr un mayor
estándar de vida , sobre aquellas en las cuales donde
existe algún factor desempleado .
Tiene importancia ya que sus integrantes cooperan con su
fuerza de
trabajo , consigan o no una remuneración .
Es por eso que existe una intima relación entre
lo social y lo económico .
Cada familia es importante por la producción de bienes y servicios que sus
integrantes realicen , y en la mayoría de ellas , al
producir están percibiendo una remuneración la cual
les permite vivir o por lo menos minimizar sus gastos . Estas
pequeñas unidades económicas en conjunto , forman
un total de trabajadores que son los que necesita la economía de un
país para abastecerlo .
Dentro de la psicología
social , frecuentemente se analizan los problemas de las
familias de hoy en día ; lo aconsejado por lo
psicólogos es que las unidades económicas de la
familia realicen sus tareas independientemente de los
demás , debido a que si alguno de estos atravesara por el
estado de desempleo , la
familia podrá seguir solventando sus gastos .
Por el contrario , si dentro de una familia , todos sus
integrantes se desempeñaran en una misma actividad
económica ( ej. Negocios
familiares ) y llegara el momento en que la actividad laboral decaiga a
causa de los problemas económicos actuales ; la familia se
encontrara entonces ante un problema que peligraría contra
su integridad ; es aquí donde notamos que la
relación entre lo social y económico esta sin duda
estrechamente ligada .
En la actualidad , muchas familias padecen problemas
económicos es muy frecuente que exista dentro de una
familia algún factor desempleado , esto trae aparejado
muchas consecuencias que sufre toda la familia en su conjunto y
mas aun la persona que ha sido desempleada .
El desempleo ha determinado un cambio en la
estructura de
muchas familias . En muchos casos , el hombre , desempleado , ve
desdibujado su papel en la
familia , y cae en el alcoholismo y
la violencia
.
Por otro lado , la mujer , que mas
frecuentemente encuentra trabajo en el area de los servicios (
domestica , vendedora , etc. ) es quien aporta el dinero
ahora al hogar , produciéndose una redistribución
de las relaciones internas , y generando conflictos ,
especialmente en las clases mas bajas , tradicionalmente mas
machistas .
Como fenómeno relativamente nuevo en Argentina ,
el consumo de
alcohol y
drogas en cada
vez mas amplios sectores de la juventud se va
generalizando , siendo causa y consecuencia a la vez del
deterioro social .
También debido a la liberación de las
costumbres , a la movilidad social y a la incorporación de
la mujer al
mercado laboral , lo que
redunda en un aumento de su autonomía y capacidad de
decisión , se puede verificar un aumento muy importante de
las familias uniparentales , en las que la crianza de los
niños pasa a estar a cargo de una empleada , del
jardín maternal o de la abuela , mientras la madre trabaja
.
Como consecuencia también del aumento de la
autonomía , y de la capacidad económica femenina ,
así como la aceptación social de nuevas relaciones
, formalizada en la ley de divorcio ,
continua en aumento el numero de las familias ensambladas , en
las que es increíblemente difícil trazar un
genograma del grupo familiar . Consecuentemente , el concepto de la
familia extensa se va haciendo poco operativo y difuso . Las
fronteras de las familias y subsistemas son difíciles de
dilucidar .
ASPECTOS LEGALES
DE LA FAMILIA
Jurídicamente se entiende por familia al
"conjunto de personas que tiene un parentesco próximo o
por disposición de la ley , y que se han originado en el
matrimonio" .
El estado es la situación jurídica de una
persona , su status ; y además , que según algunas
opiniones solo se concebía el estado de una persona en
función de su familia , el estado de familia .
En Roma se
distinguían la agnación y la cognación ; la
agnación era el parentesco trasmitido por vía
paterna , constitutivo de la familia civil que , en consecuencia
, integraban los descendientes de un "pater familias" y las
esposas de los varones . La cognación era el parentesco
por vía femenina , carente de mayor significación ,
pues debe tenerse en cuenta que la mujer
salía de su propia familia cuando pasaba a depender de la
autoridad de
su marido en el matrimonio "cum manus" .
En la actualidad la implantación del sujeto
dentro de la familia –esto es su estado de familia–
presupone un doble genero de
relaciones familiares .
Díaz de Guijarro señala las siguientes
características del estado de familia que
se detallan a continuación :
- Universalidad : El estado de familia es
concebido como un atributo a la persona humana , cualquiera sea
su emplazamiento familiar . Correlativamente quien no esta
emplazado en el estado de familia tiene acciones
para lograrlo (acciones de
estado) , y quien lo esta no necesita acudir a estas acciones
pudiendo ejercer sin mas lo derechos emergentes de tal
situación . - Unidad : Para el mencionado autor "la unidad
del estado de familia implica que cada individuo es eje de una
serie de vínculos , tanto de origen matrimonial como de
fuente extramatrimonial" . - Indivisibilidad : Como correlato de la unidad
que se atribuye al estado de familia , se sigue su
indivisibilidad ; cada persona tiene solo un emplazamiento en
el estado de familia , de manera que el hijo legitimo no puede
dejar de serlo para determinados parientes . - Correlatividad : El estado de familia enlaza
relaciones entre uno y otro miembro de aquella . El derecho
subjetivo de familia , se ejerce en función de una
persona o personas determinadas que , correlativamente , tienen
derechos (y
deberes) respecto de otro sujeto emplazado en el estado de
familia . - Oponibilidad : El estado de familia da lugar a
que sea oponible tanto mediante ejercicio de las acciones que
le son inherentes para obtener su reconocimiento si es
desconocido , cuando a través de acciones ejercitables
contra quienes pretendan vulnerarlo . - Estabilidad : Es otra de las
características citadas por Díaz de Guijarro . El
emplazamiento puede modificarse , por ej. cuando hay un
parto
fingido (art. 261 C.C.) , o si a través de un acto
voluntario se legitima al hijo natural (art. 311 C.C.) . No
obstante , en ciertas circunstancias , la estabilidad
característica del estado de familia puede llegar a la
inmutabilidad . - Inalienabilidad (relativa) : En cuanto hace al
estado en si , no es jurídicamente admisible su
enajenación por acto contractual ; por otra parte no se
puede enajenar contractualmente las facultades y deberes
inherentes al estado de familia , ni cabe la renuncia al estado
de familia . Los derechos patrimoniales que fluyen del estado
de familia, desde que solo se trata de intereses privados
independientes del estado mismo , son por su parte ,
enajenables . - Inherencia Personal : Se trata de un estado
que atribuye derechos inseparables de la persona misma . Por
ello , no se transmiten por sucesión , ni cabe que los
terceros ejerzan acciones de estado por vía de la
acción subrogatoria (art. 1196 C.C.) , no obstante ,
esos terceros podrán deducirlas cuando esta en
cuestión un aspecto patrimonial emergente del estado
.
Matrimonio
Se define al matrimonio como "al acto jurídico
familiar mediante el cual dos personas físicas de distinto
sexo establecen una relación jurídica que contiene
reglas sociales , económicas y familiares , que son
respaldadas y establecidas por la ley".
Según Díaz de Guijarro podemos definirlo
como "la unión de un hombre y una mujer dirigida al
establecimiento de una plena comunidad de vida". Esta
unión es solemne , tiene vocación de permanencia ,
y esta regida por el derecho .
El matrimonio no es un contrato por que
la ley lo establece , se trata de una institución
jurídica ( para contraer o disolver matrimonio se requiere
el consentimiento de sus integrantes, es la ley la que establece
las condiciones y motivos que se pueden aducir ).
En el código
de Velez Sarfield , el matrimonio estaba ligado a la Iglesia
Católica ( su celebración era exclusivamente
realizada por la Iglesia ; las
parroquias llevaban los libros de los
registros de
matrimonios y nacimientos ) . Si quisiéramos probar la
existencia de un matrimonio , nacimiento o defunción
anterior al año 1889 deberíamos recurrir a las
parroquias ( estos libros se
encuentran en poder de los arzobispados ). El estado no tenia
control alguno ,
por lo que no podían disolverse los matrimonios ; aunque
la ley permitía una separación judicial . La
legislación sobre el matrimonio desde la era cristiana
hasta el presente , ha partido del punto de vista especial que
cada legislador tomo sobre tan importante acto . En un tiempo la
Iglesia Católica lo considero solo como un sacramento , y
la idea religiosa domino todo el derecho .
La regulación duro desde 1871 hasta 1889 , fecha
en que se dicto la ley 2393 , llamada "ley de matrimonio civil" .
A partir de este momento se crea el Registro Civil y
de la Capacidad de las Personas ; y el matrimonio se
comenzó a regir exclusivamente por la ley en todos sus
aspectos .
Actualmente el matrimonio se rige por la ley 23515
dictada en el año 1987 .
Por principio general para poder contraer matrimonio es
necesario que los contrayentes manifiesten su consentimiento y el
mismo debe expresarse ante la autoridad competente que es el
oficial publico que esta a cargo del Registro Civil .
Esto surge del art.172 del Código
Civil ; por lo tanto la inexistencia del consentimiento ,
implica la inexistencia del matrimonio.
El art. 173 C.C. permite que el consentimiento se preste
también en otra jurisdicción diferente a donde se
realizara el matrimonio ; en este caso el oficial publico
deberá requerir toda la documentación debidamente legalizada de las
actuaciones donde conste el consentimiento oral . Este
consentimiento es considerado viciado cuando se hubiese dado con
violencia ,
dolo o error .
El contrayente debe tener discernimiento ; por eso no
pueden contraer matrimonio los incapaces . Por ello ambos
contrayentes deben ser plenamente capaces .
Impedimentos para contraer matrimonio
Se consideran impedimentos las circunstancias que obstan
a la celebración del matrimonio .
El impedimento para celebrar el matrimonio es el reverso
de los requisitos necesarios para ello; la existencia de un
impedimento importa la carencia de un requisito . De allí
que requisitos de orden moral generan
impedimentos como los de parentesco , ligamen o crimen ;
requisitos naturales , dan lugar a los impedimentos de falta de
edad por ejemplo ; y requisitos que atañen a sanidad , a
los impedimentos derivados de ciertas enfermedades .
Efectos de los impedimentos :
Esas causas obstativas a la celebración del
matrimonio producen efectos de distinto orden . Son causa de
oposición a que el matrimonio se celebre ; pueden aun ,
sin haber oposición alguna , justificar la negativa del
oficial publico a celebrar el matrimonio ; y finalmente pueden
determinar la nulidad del acto .
Si bien la ley no hace una clasificación de los
impedimentos por una razón didáctica para entenderla ; distinguimos
dos clases :
- Impedimentos Impedientes : Son aquellos en que
el matrimonio no puede tener efectos si se hubiese realizado ya
que existe una nulidad absoluta del mismo . - Impedimentos Dirimentes : Son aquellos que
pueden ser subsanados y el matrimonio podrá entonces
tener efectos ya que solo producen una nulidad relativa
.
Tipos de Impedimentos
- La consanguinidad entre ascendentes y descendientes
sin limitación . - La consanguinidad entre hermanos y medio hermanos
. - En el caso de adopción
( 2 clases simple y plena ) . En la plena desaparecen los lazos
de sangre de
origen por lo que se aplican los mismos impedimentos de
consanguinidad y afinidad que hemos visto . En cuanto a la
adopcion simple , existe el impedimento entre el adoptado y el
adoptante , y también entre el adoptante y el hijo del
adoptado . La única diferencia es que tiene una
limitación en cuanto a las personas que se le impide
contraer matrimonio , sino también en que el impedimento
subsiste mientras que la adopción
haya sido anulada o revocada . - El parentesco por afinidad como consecuencia de un
matrimonio en línea recta y en todos lo grados
. - Tener la mujer 16 años y el varón 18
años ( impedimento dirimente , por que el juez puede
conceder autorización aun cuando los contrayentes no
tuviesen la edad mínima que establece la ley , siempre
con fundadas razones . - Cuando exista un matrimonio anterior , mientras
subsista . ( Ligamen ) - Haber sido autor , cómplice , o instigador de
homicidio
doloso de uno de los cónyuges . (Crimen) - La privación permanente o transitoria de la
razón , cualquiera fuese su causa . - Cuando el contrayente afectado no sabe manifestar su
voluntad por escrito o por cualquier otra vía
. - Cuando uno o ambos contrayentes sean dementes . "La
demencia es la expresion generica que designa todas las
variedades de locura ; es la privación de la
razón con sus accidentes y
sus fenómenos diversos" .
Efectos Jurídicos del
Matrimonio
El matrimonio produce efectos a partir del ida de la
celebración del mismo , hacia el futuro y hasta su
disolución .
Los distinguimos de dos maneras : Efectos Personales y
Efectos Patrimoniales .
- Efectos Personales :
En primer lugar , ambos contrayentes tienen un
cambio en su estado civil , el cual se conoce como casados ;
en segundo lugar la le ha dispuesto que a partir de la
celebración existe un deber mutuo de fidelidad . En
tercer lugar , los cónyuges se deben asistencia tanto
personal como económica . La prestación
alimentaria es uno de los pocos efectos que se mantienen en
algunos supuestos en que el matrimonio ha finalizado. En
cuarto lugar , todos lo hijos que nazcan durante el
matrimonio se consideran hijos matrimoniales ( el carácter de matrimonial determina que
ninguna otra persona pueda reconocer a dichos hijos como
propios ) . En quinto lugar debe existir un domicilio
conyugal que es aquel que ambos esposos deben fijar de
común acuerdo . En sexto lugar el matrimonio determina
que en el supuesto de adopción , sea el único
caso en que dos personas puedan adoptar a una misma persona .
Por ultimo , el matrimonio trae como consecuencia , la
existencia del parentesco por afinidad que siempre se da
entre el cónyuge y sus parientes de sangre
.- Efectos Patrimoniales :
Desde el mismo día de la celebración del
matrimonio se produce el nacimiento de la sociedad conyugal , se
trata de una sociedad impuesta por la ley ; accesoria al
matrimonio y tiene la característica de que no puede tener
mas de dos socios y además es una sociedad cerrada , nadie
puede entrar ni salir de ella , su vigencia depende de la
existencia del matrimonio . En cuanto a los bienes que integran
dicha sociedad , son todos aquellos que adquieran lo
cónyuges durante el matrimonio , desde su
celebración hasta su disolución .
Los cónyuges , además de tener bienes
gananciales , tiene otros bienes que no forman parte de la
sociedad conyugal , que son llamados bienes propios y son todos
aquellos que fueron adquiridos por los cónyuges , antes de
la celebración del matrimonio .
La ley también indica que todos los gastos que
deban realizarse para la conservación de todos los bienes
gananciales , son comunes y deben ser soportados por ambas partes
.
Según el art. 1276 C.C. la
administración de la sociedad conyugal es conjunta , a
diferencia del Código
de Velez Sarfield en el que la administración se le otorgaba al marido .
El Código
Civil también indica que para la venta de los
bienes gananciales es necesaria la conformidad de ambos
cónyuges ; no obstante la ley permite que uno de los
cónyuges le entregue un poder especial al otro a fin de
representar la persona del cónyuge . En cuanto a la compra
de bienes la ley no hace referencias , si uno de los
cónyuges compra un bien estado casado , este bien formara
parte de la sociedad conyugal .
Deberes de los Cónyuges
- Deber de Fidelidad :
Los esposos están obligados a guardarse fidelidad
, sin que la infidelidad de uno autorice al otro a proceder del
mismo modo . El que faltare a esta obligación puede ser
demandado por el otro por acción de divorcio
.
Este deber , profundamente moral , es reciproco .
Además , es absoluto , habida cuenta que la inconducta de
uno de los cónyuges no habilita al otro a proceder de
igual manera .
- Deber de Cohabitación :
El marido esta obligado a vivir en una misma casa con su
mujer . La mujer esta obligada a habitar con su marido
dondequiera que este fije su residencia .
Téngase presente que el deber de
cohabitación es reciproco – y se justifica que sea
así por cuanto el matrimonio presupone la vida en
común – .
- Deber de Asistencia . Alimentos :
En su aspecto , diríamos , espiritual , el deber
de asistencia es insito al matrimonio , a la comunidad de vida
que este presupone ; bien se dice en el Tratado de Enneccerus ,
para caracterizarlo , que lo que la moral hace
esperar de los amigos íntimos , el derecho lo impone
– como deber de asistencia – entre los
cónyuges . El deber de alimentos es reciproco ; el marido
debe alimentar a su mujer , pero de serle imposible y tener
necesidad de ellos el marido y la posibilidad de
procurárselos la mujer ,esta debe prestarle alimentos
.
En cuanto al contenido de los alimentos , comprenden "lo
necesario para la subsistencia , habitación y vestuario
correspondiente a la condición del que la recibe , y
también lo necesario para la asistencia en las enfermedades" .
El cónyuge que deliberadamente incumple su deber
alimentario incurre en la causal de divorcio por injurias graves
.
Disolución del
Matrimonio
La disolución del matrimonio se puede dar de tres
maneras:
- Por la muerte
real o presunta de uno de los cónyuges :
El día que se produce el fallecimiento de un de
los cónyuges se disuelve el matrimonio ; pero en el caso
de muerte
presunta (ley 14394) cuando se declara a una persona ausente con
presunción de fallecimiento el matrimonio no se disuelve
de inmediato , sino que es preciso que transcurra un plazo ,
llamado de prenotacion ( 5 años ) , y no obstante para que
se disuelva el matrimonio , el cónyuge deberá
contraer matrimonio nuevamente .
- Por el divorcio vincular :
La ley ha estructurado al divorcio vincular por un lado
y la separación personal por otro . El divorcio produce la
disolución del matrimonio , mientras que la
separación personal no ; al extinguirse el vinculo , los
cónyuges pueden volver a contraer matrimonio . Desde que
el matrimonio importa su unión legal , el divorcio ,
correlativamente , significa su separación con arreglo a
la ley . Por ello debe evitarse toda confusión entre
divorcio y separación personal .
En el código de Velez Sarfield se hablaba de
divorcio (ley 2393) pero este no extinguía el
núcleo familiar ; era lo que en la actualidad llamamos
separación personal . Además era necesario que
hubiese una causal para peticionar ese llamado divorcio . En la
actualidad , puede o no haber motivo ya que la ley permite la
posibilidad de que ambos cónyuges , de común
acuerdo soliciten el divorcio o la separación personal.
Igualmente la ley hace una enumeracion de las causales , y son
las mismas tanto para el divorcio como para la separacion
personal :
- Como consecuencia del deber de fidelidad ; si se
comete adulterio . - El atentado como autor o cómplice de lesiones
contra el otro cónyuge o contra los hijos , sean o no
comunes . - Injurias graves . Es la causal mas utilizada por que
engloba varios conceptos (esta debe ser grave o de gran
envergadura) . El juez debe tener en cuenta la posibilidad
económica , grado cultural , y posición social
que ocupen dichos cónyuges . - Instigar un cónyuge al otro a cometer delitos
. - El abandono voluntario (por propia decisión) y
malicioso (con intención de perjudicar)del hogar
.
Existen otras causales en forma apartada de la ley como
por ejemplo según el art. 203 C.C. se podrá
también peticionar el divorcio o separación
personal , cuando uno de los cónyuges tuviese una
enfermedad mental , o enfermedades que provengan del alcoholismo o
drogadicción , e hiciera difícil la
convivencia con el resto de la familia . Este caso es muy
discutido por que es una forma de abandono de la persona .
Sep. 2 años , divorcio 3 años.
- Por la nulidad del matrimonio :
El matrimonio puede ser declarado nulo o anulable cuando
se hubiese realizado con alguno de los impedimentos . Será
nulo cuando el impedimento sea impediente o de nulidad absoluta
por que afecta al orden publico ( ej. Cuando uno de los
cónyuges tenga un matrimonio anterior subsistente ) ; y
será anulable cuando tenga un impedimento dirimente ( ej.
que los contrayentes no tuviesen la edad mínima que
establece la ley ) .
En cuanto a los efectos de la nulidad ; varían
según :
- Que ambos cónyuges sean inocentes o de buena
fe . Desconocían el impedimento , es este caso la
sociedad conyugal se disuelve y se reparten los bienes teniendo
en cuenta las convenciones prematrimoniales que se hubiesen
realizado , como así también se respetaran las
donaciones efectuadas por causa del matrimonio . Los hijos
nacidos en el matrimonio se consideran matrimoniales y si
hubiese adopción , se mantendrá . - Que un solo cónyuge fuera de buena fe . En
este caso se disuelve la sociedad conyugal y se
mantendrán las convenciones matrimoniales y las
donaciones efectuadas en virtud del matrimonio , siempre que
estas favorezcan al cónyuge de buena fe ; caso contrario
se revocan . Los hijos se consideran matrimoniales ; en caso de
adopción solo se revoca cuando la halla realizado el
cónyuge de mala fe , siempre que esta sea simple . El
cónyuge de buena fe mantiene la obligación
alimentaria . - Que ambos sean de mala fe . La sociedad conyugal se
liquida como si fuera una sociedad de hecho . Se revocan las
convenciones matrimoniales , las donaciones y si hubiesen ,
tambien las adopciones simples . Y no existe entre ambos
obligación alimentaria .
Parentesco
Es la relación jurídica familiar que
proviene de los lazos de sangre de una persona o de la
relación familiar en razón del matrimonio o
también en los casos que la ley lo determina .
O también según Díaz de Guijarro
"el parentesco es el vinculo subsistente entre todos los
individuos de los dos sexos , que descienden de un mismo tronco"
; este parentesco es el que se da por consanguinidad , pero deben
agregarse el parentesco por afinidad y por adopción
.
Grado , Línea , Rama y
Estirpe
Se llama grado al vinculo entre dos individuos ,
formados por la generación . Seria la cercanía
o lejanía que tiene una persona con respecto a un
pariente . (ej. un hijo con respecto a su padre es de 1er.
Grado ) .- Grado :
Se llama línea la serie no interrumpida de
grados . Hay tres líneas : la línea descendente
, la línea ascendente y la línea colateral . La
línea descendente es la serie de grados o generaciones
que unen el tronco común con sus hijos , nietos y
demás descendientes; y la ascendente la serie de
grados o generaciones que ligan al tronco con su padre ,
abuelo y otros ascendientes . Cada generación produce
una línea colateral distinta , ya que se da en
parientes de una misma línea con respecto a una
persona considerada . - Línea :
Se llama tronco al grado de donde parten dos o mas
líneas , las cuales por relación a su origen se
llaman ramas . Así el abuelo es tronco del que parten
ramas con cada uno de sus hijos ; la sucesión de
grados de sus descendientes formara líneas con cada
uno de sus hijos ( rectas descendentes o ascendentes )
. - Rama :
- Estirpe :
El conjunto de descendientes que forman una rama , y la
pertenencia a ella , se denomina estirpe . Tiene importancia en
materia de
representación hereditaria .
Tipos de Parentesco
Parentesco Por Consanguinidad
Es un parentesco de origen natural , pues surge del
vinculo de sangre de quienes están en generaciones
sucesivas o tienen un ascendiente común ; en al primer
caso los parientes están en línea recta , y en el
segundo en línea colateral . Proviene en razón de
la sangre entre dos o mas personas . (ej. padre con respecto a su
hijo , y viceversa , etc.). En cuanto a los grados , estos se
cuentan en línea recta , por tantos grados como
generaciones existan ; el nieto por ejemplo , se encuentra en
segundo grado con respecto a su abuelo .
Pero en la línea colateral , los grados se
cuentan igualmente por generaciones , remontando desde la persona
cuyo parentesco se quiera comprobar hasta el autor común ;
y desde este hasta el otro pariente (ej. dos hermanos
están en el segundo grado , el tío y el sobrino en
tercer grado , etc.) .
Parentesco Por Afinidad
Es un parentesco de origen legal ; proviene de la
celebración del matrimonio . Cada cónyuge es
pariente de los consanguíneos del otro (ej. la suegra/o
con la nuera o con el yerno). Pero téngase presente que
los cónyuges , entre si , no son parientes ; son
precisamente "cónyuges" .
La proximidad del parentesco por afinidad se cuenta por
el numero de grados en que cada uno de los cónyuges
tuviese con sus parientes por consanguinidad . En línea
recta , sea descendiente o ascendente , el yerno o nuera
están recíprocamente con el suegro/a , en el mismo
grado que los hijos , respecto de los padres , y así en
adelante . En línea colateral , los cuñados/as
entre si están en el mismo grado que entre si están
los hermanos . Es decir : "en el parentesco por afinidad no hay
grados por que no hay generaciones . La computación se hace por analogía ,
suponiéndose que los dos cónyuges forman una sola
persona" .
Parentesco Por Adopción
La adopción esta permitida en nuestra ley , y
observamos que se trata de un parentesco autónomo , por
que no tiene características que lo asemejan a los
anteriores; de ahí que este tipo de parentesco surge por
disposición de la ley . Esta regido por la ley 19134 , en
la que se diferencian dos tipos de adopción ( la plena y
la simple ) .
Adopción Plena :
Tiene lugar cuando el adoptado deja de tener el
parentesco por consanguinidad con sus padres de origen
.
Esto trae como consecuencia que el adoptado tenga el
apellido del adoptante , de ahí que a los efectos legales
, el adoptado es un hijo mas del adoptante y por lo tanto puede
heredarlo como así también , el adoptado puede
heredar al adoptante . Este tipo de adopción es
irrevocable , es decir , que una vez concedida no existe norma
jurídica para dejarla sin efecto.
Adopción Simple :
Se caracterizan que el adoptado conserva los
vínculos de sangre que lo unen a sus padres de origen ,
esto significa que el adoptado conserva el mismo apellido de sus
padres biológicos , y eventualmente podrá heredar a
estos pero no al adoptante , como así también el
adoptante no podrá heredar al adoptado . Este tipo de
adopción puede ser revocada a pedido del adoptante , del
adoptado o del ministerio publico , cuando existan causas graves
que así lo determinen .
De acuerdo a lo que la ley indica ; ninguna persona
puede ser adoptada por mas de una persona , salvo en el caso que
los adoptantes hayan contraído matrimonio . El adoptante
debe tener como mínimo 18 años mas que el adoptado
; esta norma es para evitar un mal manejo de la adopción ;
y rige tanto para la adopción simple como para la plena
.
Patria Potestad
Históricamente la patria
potestad , en Roma , comprendía
amplísimas facultades que se otorgaban al "pater familias"
, que inclusive , pudo en algún momento de la evolución del instituto disponer de la vida
del hijo , venderlo , etc. Concebida como un derecho ( de
allí que fuera una "potestad" ) , correspondía solo
a los varones pues las mujeres quedaban excluidas de su ejercicio
; y únicamente reacia sobre los hijos de matrimonio ( o
"justae nutiae" ) de manera que los hijos de concubinato , a
pesar de los amplios efectos jurídicos de esta figura en
Roma , no estaban sometidos a la patria
potestad .
Esta definida en el art. 264 C.C. como el conjunto de
derechos y obligaciones
que tienen los padres con respecto a sus hijos menores de edad y
hasta tanto alcancen su mayoría .
La patria potestad no es solo un derecho sino que
también implica un conjunto de obligaciones y
por lo tanto quienes la ejerzan deben cumplir con ellas para
mantener vigente el ejercicio de la misma . Desde su
sanción en el Código Civil se le concedió a
ambos padres , y no a uno solo como erróneamente se tenia
en cuenta . Lo que sucedió fue que en Código (
originario ) de Velez Sarfield , se hacia una distinción
entre el derecho y la obligación reconociendo un titular (
padre y madre ) del ejercicio de la patria potestad , la cual se
le otorgaba exclusivamente al padre , pero que por fundadas
razones ( ej. muerte o
incapacidad del padre ) , se le concedía ese ejercicio a
la madre .
En la ley actual 23264 , la patria potestad mantiene el
mismo concepto que el
que le había otorgado el Código Civil , pero la
diferencia la encontramos en el ejercicio de la misma , la cual
ahora se ha concedido indistintamente tanto al padre como a la
madre .
En la ley actual hay determinado actos del menor que
necesitan imperiosamente el consentimiento de ambos padres , la
omisión de cualquiera de ellos impide la
realización del mismo , salvo que el juez por fundadas
razones y teniendo en cuenta el interés
del menor , pudiera conceder la autorización
correspondiente .
Esos actos son los siguientes :
- Cuando el menor quisiera contraer matrimonio
. - Cuando el menor quisiera ingresar en una comunidad
religiosa . - Cuando el menor quisiera formar parte de organismos
de seguridad o
de las fuerzas armadas . - Para viajar al exterior , aun cuando el viaje lo
realice con alguno de sus padres .
En estos casos mencionados la ley solicita el
consentimiento de ambos padres , y solo el juez lo puede
consentir siempre que sea favorable para el menor , caso
contrario denegara la petición .
En cuanto a su temporalidad , la misma comienza con el
nacimiento de la persona física y se
prolongara en principio hasta que el menor cumpla 21 años
de edad , pero hay algunos supuestos como la emancipación
por habilitación de edad o por matrimonio , que producen
el cese de la misma .
La patria potestad se pierde por :
- Por el abandono del menor .
- Por haber atentado psíquica o
físicamente contra el menor , o que el menor haya sido
víctima de algún delito
cometido por sus padres . - Cuando el menor haya sido dado en adopción y
siempre que esta sea plena ( el padre adoptivo ejerce todos los
derechos ) . - Cuando el padre o la madre hayan sido declarados
ausentes con presunción de fallecimiento . - Cuando se produce la muerte de
uno de los padres .
La patria potestad se suspende en los siguientes casos
:
- Cuando en los supuestos de divorcio ,
separación personal o nulidad de matrimonio ; se concede
la tenencia a uno de los cónyuges , y se suspende para
el otro ; pero luego puede volver a adquirirla . - Cuando el menor ha sido dado en adopción ,
siempre que esta sea simple ( ya que este tipo de
adopción puede ser revocada ). - Cuando el menor ha sido emancipado por
habilitación de edad ; ya que esta también puede
ser revocada . - Cuando uno de los padres ha sido declarado demente en
juicio . Se suspende mientras dure la enfermedad . - Cuando el padre o madre ha sido condenado a
reclusión por mas de tres años . Mientras dure la
condena .
Tutela
La tutela consiste en "el derecho que la ley confiere
para gobernar la persona y los bienes del menor , que no esta
sujeto a la patria potestad , y para representarlo en todos los
actos de la vida civil" . Al ejercer la tutela , al mayor se lo
denomina "tutor" y al menor "pupilo" .
Existen tres tipos de tutela :
1) Tutela Simple :
La ley ha establecido varias condiciones para ser tutor
; hoy en dia cualquier persona mayor de edad sin importar su
estado civil puede ser tutor ; peor se requiere que entre el
tutor y el pupilo haya una diferencia de 18 años de edad .
También se requiere que el tutor tenga los medios
económicos suficientes para solventar los gastos del menor
y que sea plenamente capaz . Además , se requiere que la
misma sea otorgada por un juez .
- Tutela Testamentaria :
La particularidad de este tipo de tutela es que el o
los tutores son designados por los padres del menor a
través de un testamento , que debe realizarse mediante
escritura
publica .- Tutela Dativa :
En el caso que el menor no tuviese quien ejerza la
patria potestad o la tutela , será el estado quien
cumplirá con esa función . El responsable de esta
tutela no es el estado , sino el funcionario publico a cargo de
la misma .
Curatela
Es el conjunto de derechos y obligaciones que ejerce una
persona sobre otra , siempre que sea mayor de edad ( mas de 21
años ) y siempre y cuando sea incapaz .
El Código Civil establece en su art. 468 que "se
da curador al mayor de edad incapaz de administrar sus bienes" ;
a su vez en el art. 469 C.C. "son incapaces de administrar sus
bienes el demente , y el sordomudo que no sepa leer ni escribir"
( aclaramos que este ultimo puede darse a entender de cualquier
manera y también con alfabeto propio )
Según lo dispuesto en el art. 475 2da. Parte C.C.
, "las leyes sobre la
tutela de los menores se aplicaran a la curaduría de los
incapaces" .
Filiación
La palabra filiación tiene dos acepciones . Una
amplia , que se refiere a toda vinculación de una persona
con sus antepasados , aun los mas remotos . Y otra limitada , que
importa al vinculo entre el hijo y sus inmediatos progenitores (
la mas importante ) .Tal relación , vista desde el
ángulo del hijo , se denomina filiación ; y es
paternidad o maternidad , según el punto de mira se ubique
, respectivamente , en el padre o la madre .
En nuestro Código Civil existían 3 tipos
de filiación :
- Filiación Legitima :
Esta procedía del matrimonio , y eran
considerados hijos legítimos los que hubieran sido
concebidos durante el matrimonio .Tenia lugar cuando la concepción se
había producido cuando los padres no eran casados pero
que no tenían ningún impedimento para contraer
matrimonio . El art. 311 del C.C. , actualmente derogado ,
bajo el titulo de legitimación , le daba la
oportunidad al hijo natural ; para que este se convirtiera en
legitimo , para ello era necesario que los padres contrajeran
matrimonio y que no tuviesen impedimentos . El hijo legitimo
tenia todos los derechos que la ley le otorgaba ( en materia
sucesoria ) ; el legitimo siempre estaba por delante del
natural , y la ley le reconocía como mínimo las
¾ partes de la herencia
cuando concurría a la sucesión junto con el
hijo natural . En cambio el hijo natural tenia algunos
derechos , pero no todos , en la sucesión de sus
padres solo podía heredar la cuarta parte ,
además llevaba el apellido de quien lo
reconocía , y el legitimo llevaba el apellido de su
padre. La filiación legitima no se podía
revocar , pero la natural si .- Filiación Natural :
- Filiación Ilegitima :
En cuanto a la filiación ilegitima , esta
provenía de 3 supuestos :
- Hijos Sacrílegos : Eran aquellos que
provenían de un padre o madre que hubieran hecho los
votos religiosos de pobreza ,
obediencia y castidad . (ej. padre cura o madre monja )
. - Hijos Incestuosos : Eran aquellos que se originaban a
través de la unión de personas que eran parientes
por consanguinidad . (ej. padre con hija ) . - Hijos Adulterinos : Eran aquellos que
provenían de un padre o madre que tenían el
impedimento matrimonial llamado "ligamen" , es decir que el
padre o madre eran casados pero no entre si .
En el código de Velez Sarfield , los hijos
ilegítimos no tenían padre ni madre , y no
podrían peticionar ningún derecho , salvo el de
alimentos , este estaba excluido de la sucesión de los
padres y no se ejercía sobre ellos la patria potestad
.
En el año 1888 se sanciono la ley de matrimonio
civil , ley 2393 , que estableció el matrimonio civil en
reemplazo del religioso ; concordante con ello en el art. 212
C.C. se dispone derogar el carácter
de hijo sacrílego , aunque las demás
categorías se seguían manteniendo .
En el año 1948 se sanciona la ley 13252 que creo
un nuevo tipo de filiación , que es la adoptiva ; esta ley
fue modificada en 1971 por la ley 19134 que rige actualmente , y
que estableció dos clases de parentesco adoptivo : la
adopción plena ( en la cual desaparecen los lazos de
sangre con su familia de origen ) , y la adopción simple (
manteniendo los lazos de sangre con su familia de origen )
.
En el año 1954 , se sanciona la ley 14367 , por
medio de esta se modifica el régimen de la
filiación ; quedando solo dos categorías . Se hace
la división entre hijos legítimos e
ilegítimos . Y dentro de los ilegítimos
están los naturales y todos aquellos que no sean
legítimos . A partir de la sancion de esta ley , todos lo
hijos sin importar su origen , tiene padre y madre , y pueden ser
herederos de ellos .
En el año 1987 , se sanciona la ley 23264 donde
si bien se mantiene una división de categorías ,
según proceda o no del matrimonio ; jurídicamente
no hay distinción ya que los hijos , cualquiera sea su
categoría tienen los mismos derechos .
DERECHO SUCESORIO
La transmisión
hereditaria
La palabra sucesión , en el sentido vulgar ,
denota a la que se produce por causa de muerte o "mortis causa" .
En sentido jurídico , tal palabra designa
genéricamente a toda transmisión . El art. 3262 del
C.C. establece que las personas a las cuales se transmitan los
derechos de otras personas , de tal manera que en adelante puedan
ejercerlos en su propio nombre , se llaman sucesores . Ellas
tiene ese carácter , o por la ley , o por voluntad del
individuo en cuyos derechos suceden .
La sucesión en el sentido de transmisión
de derechos , puede serlo por acto entre vivos o por "mortis
causa" ; y a titulo singular o a titulo universal . Como sabemos
todos los actos entre vivos no dependen para su eficacia del
fallecimiento , circunstancia que debe darse respecto a los
"mortis causa" . Por otra parte el art. 3263 establece que hay
sucesión a titulo universal cuando se transmite todo o una
parte alicuota del patrimonio de
una persona , y a titulo singular cuando la transmisión se
refiere a un objeto particular .
El articulo 3279 , establece que "la sucesión es
la transmisión de los derechos activos y pasivos
que componen la herencia de una
persona muerta , a la persona que sobrevive , a la cual la ley o
el testador llama para recibirla . El llamado a recibir la
sucesión se llama heredero.
En lo que atañe a la trascendencia
económica de la sucesión hereditaria basta
señalar que la propiedad y el
derecho de sucesión han marchado históricamente
juntos , cuando menos en las épocas posteriores a las
llamadas infancias del derecho .
En el art. 3962 C.C. se establece que el heredero es el
continuador de la persona fallecida y es el acreedor o deudor de
todo aquello que el difunto era acreedor o deudor , y es el
titular de todos los bienes que pertenecían a la persona
fallecida .
El derecho sucesorio tiene una gran importancia
económica y social ya que si no existiese , los bienes de
una persona fallecida no podrían transmitirse a sus
herederos y ello traería como consecuencia que la
titularidad de los mismos seria siempre de las personas
fallecidas , estos bienes quedarían fuera de los actos de
comercio , no
podrían comprarse ni venderse ya que el difunto no
podría ejercer ningún acto jurídico
.
Aquella persona que trabajo toda su vida para conseguir
un buen pasar y para prever el futuro de sus descendientes se
vería frustrada en ese aspecto y ello seria causal para
que otras personas no tuviesen incentivos para
mejorar su calidad de
vida o para intentar cuidar el futuro de sus descendientes
.
Si no existiera este derecho , cualquier persona
podría apropiarse de estos bienes , y nunca se
podría determinar su dueño . Estos bienes al no
poderse comprar ni vender , serian cosas improductivas y esto
traería graves consecuencias económicas ya que
tarde o temprano todos los bienes estarían en esta
condición .-
En este trabajo se realiza una síntesis
histórica , cultural , social , económica ,
política y legal de la conformación de la familia .
Se detalla someramente la realidad económica y social
actual , como el marco en el cual vive la familia . Se describen
los principales fenómenos que se verifican de la dinámica familiar , provocados o
condicionados por esta realidad socio cultural de fin de milenio
. Como así también los efectos legales que produce
la formación de una familia .
Resulta difícil poder transmitir una "fotografía" de la familia en los tiempos de
cambios tan vertiginosos . La lente de la globalizacion
hace dificultoso discernir hasta que punto un proceso es
característico de un país , o es parte de toda una
corriente mundial , y en tal caso, como debería encararse
. Lo que resulta claro es que el fin de milenio trae aparejados
ciertos males sociales que hacen fuerte impacto en la familia
.-
CODIGO CIVIL DE LA REPUBLICA ARGENTINA ( Dr. Ricardo de
Zavalia – Ed. Zavalia )
DERECHO PRIVADO I ( Dr. Atilio Anibal Alterini –
Ed. Abeledo – Perrot )
ENCICLOPEDIA LAROUSE
LA FAMILIA ARGENTINA ( Lic. Eduardo H. Cazabat
)
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Rodrigo Vazquez
República Argentina