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La familia. Aspectos sociales, culturales, económicos, históricos, políticos y legales




Enviado por rvazquez



    1. Aspectos legales de la
      familia
    2. Conclusión
    3. Bibliografía

    INTRODUCCION

    Un análisis sistemico de la familia nos
    lleva casi obligatoriamente a hacer un recorrido histórico
    . Para poder
    comprender su conformación actual , en un país
    poblado principalmente por descendiente e inmigrantes , se hace
    necesario conocer su evolución histórica , sus
    orígenes y fuentes , el
    origen de sus componentes y como ellos y sus costumbres fueron
    fundiéndose y transformándose a lo largo del
    tiempo hasta
    llegar a ser lo que es hoy .

    Así mismo , se hace imprescindible pintar un
    somero panorama de la realidad actual económica , cultural
    , legal , política y social ,
    el marco en el cual se desarrolla la vida diaria de la familia
    .

    La
    Conformación Histórica de la Familia
    Argentina

    Los primeros antecedentes de la actual familia argentina ,
    podemos encontrarlos a principios del
    siglo XVI , con la conquista española . Las corrientes
    colonizadoras , formadas casi exclusivamente por hombres
    procedentes de clases desposeídas de España ,
    que , al establecerse , se vieron obligados a unirse con las
    mujeres aborígenes . Este fue el nacimiento de lo criollos
    , hijos de españoles y aborígenes . El sistema cerrado
    impuesto por
    la corona española determino que al menos hasta el siglo
    XIX , esta fuera la composición étnica predominante
    . Aun con la independencia
    Argentina de
    España
    (1816) la composición social no cambio mucho
    .

    Con el advenimiento de la 2° revolución
    industrial europea y las convulsiones sociales que la
    sucedieron a mediados del siglo pasado , se desencadeno una ola
    inmigratoria muy numerosa. Así fue que Argentina ,
    país extraordinariamente extenso ( 3 millones de km.2 ) y
    desolado , recibió inmigrantes que , ya sea buscando
    trabajo y oportunidades , o escapando de la represión de
    la comuna de París y otros movimientos revolucionarios
    transformaron el panorama social .

    Nuevas oleadas de españoles ( entre los que
    predominaban vascos y gallegos ) , italianos , franceses ,
    alemanes , judíos de Europa central y
    oriental que huían de los progroms , rusos , ucranianos ,
    siriolibaneses , la mayoría de los cuales fueron a vivir a
    las ciudades conformaron una gran caldera donde se mezclaron
    diferentes culturas y costumbres .

    Así pues , el peso de la inmigración europea , y el exterminio
    emprendido en la guerra por
    ganar tierras a los indios ( la llamada Conquista del Desierto ,
    1877 ) , dejo en un segundo plano a la población aborigen , en numero y en
    importancia cultural .

    Ya durante este siglo , la población argentina se nutrió de
    armenios escapados del genocidio , japoneses , italianos ,
    españoles exiliados por causa de la Guerra Civil ,
    judíos escapados de la Segunda Guerra
    Mundial , etc. También hay un aporte permanente de los
    piases vecinos ( Chile ,
    Paraguay ,
    Bolivia ,
    Uruguay ,
    Perú ) que también vienen en busca de oportunidades
    de trabajo .

    Pese a toda esta inmensa masa humana , el campo y el
    interior del país continuaron prácticamente
    despoblados , pues la inmensa mayoría fue a recalar en las
    ciudades , particularmente Buenos Aires (
    que actualmente concentra 13 millones de habitantes , equivalente
    a mas de la 3ra parte de la población del país )
    .

    Por lo tanto , la familia argentina , tiene una
    relativamente corta historia . Pocos son los que
    pueden contar mas de 3 o 4 generaciones en el país . Casi
    todos los argentinos tenemos una mezcla de abuelos o bisabuelos
    de las mas diversas nacionalidades , con historias familiares que
    se han ido perdiendo . Algunas de estas comunidades se han
    integrado y dispersado en esta caldera social , otras han tratado
    de conservar su identidad , (
    como los judíos , los gitanos , etc. )
    manteniéndose relativamente cerradas , propiciando los
    casamientos dentro de la propia comunidad , y
    hasta instalándose masivamente en determinados barrios o
    pueblos .

    En los últimos años , se ha agregado la
    inmigración de los piases de Asia (
    principalmente coreanos y chinos ) comunidades especialmente
    cerradas como consecuencia de su distancia cultural y las
    dificultades idiomáticas , pero este no es un
    fenómeno relativamente nuevo en términos
    históricos como para analizar el impacto social
    .

    En suma , un viejo dicho popular sintetiza claramente
    esta realidad : "los mexicanos descienden de los aztecas , los
    peruanos descienden de los incas , los
    argentinos descienden de los barcos" .

    La Historia Social
    Reciente

    Como veniamos viendo , la Argentina fue tradicionalmente
    un país receptor de migración
    . Pero en las ultimas décadas , como resultado de
    regímenes militares extraordinariamente represivos , y de
    políticas económicas que destruyen
    fuentes de
    trabajo , la Argentina se convirtió en un país
    emisor de emigrantes . Es así que hoy se pueden encontrar
    colonias de argentinos en muchos piases del mundo ,
    principalmente en España , México y
    Estados Unidos
    . Luego del retorno de la democracia en
    1983 , muchos volvieron al país , con hijos "extranjeros"
    (en Argentina rige el "ius solis" , es decir que la
    condición de argentino se adquiere por el hecho de haber
    nacido en territorio argentino ) , habiendo incorporado
    costumbres , pensamientos y perspectivas nuevas , y
    fundamentalmente revalorizando las raíces
    históricas y sociales de sus antepasados .

    La ultima dictadura militar
    ( 1976-1983 )fue particularmente sangrienta , y dejo un saldo de
    entre 10000 y 30000 desaparecidos .Esa herida en la sociedad
    argentina que aun sigue abierta por la falta de castigo a los
    responsables , tiene un fuerte impacto emocional , además
    de haber diezmado a toda una generación ( los que hoy
    cuentan entre 40 y 55 años de edad) .

    La Situación
    Actual : el escenario donde vive la familia argentina

    En las ultimas décadas , por imperio de las
    políticas neoliberales predominantes , el
    panorama económico , político y social tradicional
    ha cambiado drásticamente en la sociedad
    argentina .

    Los recortes de gastos del
    estado han
    llevado a un deterioro notable en muchos aspectos de la vida
    cotidiana . El estado ,
    que anteriormente regulaba , y regia muchos de los aspectos de la
    vida social , se ha ido retirando progresivamente , dejando
    desprotejida en mas de un sentido a la familia argentina
    .

    En cuanto al trabajo , la pauperización de los
    sectores cada vez mas grandes de la población ( un tercio
    de la población vive bajo los índices de pobreza ) , el
    desempleo (
    que actualmente se ubica en un 14 % ) , el sobreempleo ( gente
    que debe trabajar de 10 a 12 horas al día , los 7
    días de la semana ) , los salarios
    bajisimos , impactan fuertemente en las familias y en su dinámica .

    Los miembros de algunas familias rara vez pueden
    compartir una comida , o una salida de fin de semana , porque
    alguno de los integrantes esta siempre trabajando . Las clases
    medias , que predominaban ampliamente en el espectro social , han
    ido reduciéndose .

    Con respecto a la educación , la
    Argentina siempre fue un país que se precio por sus
    altísimos índices de alfabetización ,
    gracias a una política de gratuidad
    y universalidad de la enseñanza .

    Sin embargo , la calidad de la
    educación
    ha ido deteriorándose , junto con el aumento de la
    deserción
    escolar .

    Perpetuando el circulo , esto da como resultado mano de
    obra menos calificada , con salarios mas
    bajos , y que no puede darle la educación adecuada
    a sus hijos . Como contracara de esta moneda , muchos
    universitarios se ven imposibilitados de ejercer su
    profesión , debiendo aceptar puestos de trabajo muy por
    debajo de su capacidad . Es obvio decir que esta situación
    de frustración se transmite a la familia , de manera tal
    que , muchos argentinos , tradicionalmente orgullosos hasta la
    soberbia de su propia condición , hoy piensan como emigrar
    , soñando con un paraíso perdido
    difícilmente recuperable .

    Los hospitales públicos y gratuitos , que
    tradicionalmente fueron escuela de buena
    medicina , hoy se
    encuentran con bajos presupuestos ,
    sin poder atender
    la demanda de los
    sectores mas necesitados , que sin poder pagar la medicina privada
    , quedan prácticamente librados a su suerte .

    Así , un tema que históricamente se
    hallaba bien resuelto , hoy pasa a ser prioritario en cualquier
    familia de recursos medianos
    a escasos .

    La situación de la ancianidad no es la
    excepción , y los ancianos viven un estado de
    desproteccion y abandono .

    Habiendo perdido su ubicación en el mapa familiar
    , se han transformado en una carga social , y su destino final es
    el de terminar internados en un geriátrico .

    La inseguridad y
    los índices delictivos crecen , y a la par crecen los
    servicios
    privados de seguridad . Los
    menores de edad participan crecientemente de este fenómeno
    a la vez como víctimas y victimarios .

    Muy sintéticamente , este es el ambiente
    difícil y hostil en el que la familia argentina debe
    desenvolver su vida cotidiana .

    La Familia
    Argentina de Hoy

    Luego de estas consideraciones , llegamos entonces a la
    siguiente pregunta : De que familia hablamos? Es difícil
    hablar de una sola familia ; pensar que una familia rica , que
    vive en un barrio cerrado con custodia , que envía a sus
    hijos a un colegio ingles , pueda tener mucho en común con
    otra familia que , a pocos metros , a otro lado de la autopista
    vive en una villa de emergencia , en una casa precaria de
    madera , en la
    que se hacinan en una sola habitación 10 personas con
    hijos que deben ir a trabajar desde pequeños . O con
    aquella otra que vive en una pequeña ciudad de provincia ,
    con escasos recursos
    culturales , y una estructura
    casi feudal .

    La polarización cultural que podemos encontrar
    casi en todos los piases entre las grandes ciudades y el interior
    , en Argentina se ve remarcada por el peso económico ,
    cultural , y demográfico de Buenos Aires
    .

    Todos los antecedentes y hechos descriptos
    precedentemente condicionan fuertemente a la familia argentina
    .

    Otros aspectos
    sociales y culturales

    En la época primitiva , el hombre
    debió obligatoriamente agruparse a fin de poder distribuir
    los alimentos , ya
    que algunos conseguían un determinado alimento y otros
    tenían un alimento diferente ; de esta forma , el hecho de
    agruparse les permitió gozar a todos los hombre de los
    mismos alimentos . Esta
    forma de vivir agrupados paso entonces a ser necesaria tanto por
    la distribución de los alimentos , como
    así también para enfrentar los peligros externos de
    esa pequeña sociedad ( ej. Animales ,
    clima , etc. )
    .

    Este agrupamiento fue lo mas lejano . Como consecuencia
    de la reproducción , esa sociedad que fue en
    principio homogénea , comenzó a ser
    heterogénea , ya que cada uno de los componentes al tener
    descendencia pretendía también su independencia
    con respecto a los demás , sin perjuicio de mantener la
    sociedad original ; esto dio origen a la aparición del
    "gens" ( este es el comienzo de la
    organización familiar la cual tenia un jefe "pater" el
    cual tenia el poder de decisión dentro de la familia )
    .

    A medida que transcurrió el tiempo , el gens
    fue aumentando , y es entonces cuando se dio origen a los
    "clanes" . Un gens podía tener varios clanes , ya que los
    descendientes de pater buscaron su independencia dentro del gens
    . La figura del pater ( que era el que dirigía a todos ) ,
    dio origen en algunos países al Rey .

    Los clanes , con el transcurso del tiempo , dieron
    origen a los que hoy se llama familia . Y en términos
    jurídicos , se entiende por familia al conjunto de
    personas que tienen un parentesco próximo o por
    disposición de la ley , y que se ha
    originado en el matrimonio
    .-

    La familia tiene un alta finalidad social , que
    justifica su proteccion por el Estado . No
    se pierda de vista que la familia es el núcleo social ,
    cuya preservación interesa sobremanera a los poderes
    públicos en función de
    la estabilidad institucional y de la educación de los
    hijos que en la primera época de su vida , internalizan
    allí pautas de conducta que
    condicionaran su futuro como hombre adultos
    .

    En la actualidad , la familia es importante en cuanto a
    que existe una relación de parentesco , todos sus
    componentes son familiares , hay dentro de ella una nocion de
    comunidad , y
    también de solidaridad entre
    sus componentes .

    Esta solidaridad
    familiar se puede aplicar a todos los terrenos : afectivo ,
    moral ,
    económico , etc.

    Es frecuente hablar de la crisis de
    familia . Si llamamos crisis , con
    sentido peyorativo , a todo lo que signifique romper esquemas
    tradicionales que consideramos inmutables y permanentes, o si
    denominamos crisis a un estado nuevo , quizás
    circunstancial , producto de
    determinadas coyunturas .

    Ciertamente la familia moderna ha puesto en crisis los
    conceptos tradicionales , no ya los vetustos de la vieja Roma ; sino los
    que eran admitidos , una o dos generaciones atrás . La
    autoridad del
    padre se ha debilitado ; la mujer ha
    alcanzado independencia ; las familias se disgregan con
    frecuencia y en proporción alarmante .

    En este proceso de
    acelerado ritmo han sido factores preponderantes coyunturas
    externas de alta significación . La estrechez del
    hábitat urbano por una parte ; la necesidad de largas
    jornadas de trabajo que inhiben la permanencia mayor de sus
    miembros en el hogar ; el mimetismo de las costumbres que quieren
    asemejar a las foráneas , determinadas estas por razones
    que no han influido directamente en la vida argentina , son
    probablemente algunas de las causas del estado actual
    .

    Mucho puede hacer el derecho . Pero mucho mas debe hacer
    el hombre , el
    ser humano , destinatario final de la norma jurídica
    .

    Difícil es vivir en épocas como esta , que
    parecen conmover los cimientos de todo lo que era universalmente
    aceptado como valioso ; difícil es , también ,
    hallar el camino de salida entre lo que siempre fue así ,
    y lo nuevo que quiere ser , todo lo contrario de lo que fue .
    Pero ese difícil camino debe recorrerlo el hombre , y
    también su familia .

    Como
    son las nuevas familias

    En la actualidad , la mayor cantidad de familias son
    todavía las originadas en el matrimonio , con
    las figuras del padre y la madre , y sus respectivos hijos . Pero
    también existen hoy , y cada vez mas , una serie de
    familias que ya sea por su cultura ,
    posición social , costumbre , sexualidad o
    simple elección ; revisten grandes diferencias con las
    señaladas anteriormente , las cuales son detalladas a
    continuación :

    Parejas sin hijos :

    Son familias de núcleo estricto ; la
    mayoría de este tipo están casadas . Son
    generalmente parejas jóvenes donde el hecho de vivir
    juntos sin hijos les permite buscar la felicidad en la propia
    unión de la pareja . Y donde todavía no han
    decidido tener hijos o no .

    Una persona con
    hijos :

    Se conocen como "monoparentales" . Son separados/as ,
    divorciados/as , con hijos , viudas/os , madres solteras , o
    personas con hijo adoptado . Están formadas
    mayoritariamente por personas de sexo femenino
    , aunque también hay varones que viven con sus hijos ,
    sobre todo cuando este ha alcanzado la adolescencia y
    no necesita tantos cuidados .Una persona sola
    :

    Se llaman unipersonales , formadas por un miembro que
    vive solo . En la practica agrupa a viudas/os o divorciados/as ,
    y solteros/as . En este sector proliferan los profesionales que
    deciden dedicar su vida al trabajo y curiosamente cada vez se
    adhieren mayor numero de mujeres .

    Divorciado con pareja e hijos :

    Se denominan "familia de tejido secundario" . En este
    tipo de familia hay un miembro divorciado y con hijos .
    También se incluyen a las parejas homosexuales en las que
    uno o ambos miembros tienes hijos de anteriores relaciones
    heterosexuales .

    Amistad o interés :

    Son relaciones estables que se forman a partir de
    vecinos o amigos . Existen miles de personas que no desean vivir
    en soledad y que comparten la vivienda con amigos . En otros
    casos la proximidad de los vecinos puede generar una
    relación equiparable a la que existe entre los miembros de
    una familia.

    Mas allá del tipo de familia que se trate , esta
    tiene efectos legales , sociales y económicos . En cuanto
    a aquellas familias en las cuales se tienen hijos ; es tarea
    fundamental de los padres brindarles educación , alimentos
    , vestimenta , y además afecto ; ya que los hijos ( y mas
    aun cuando estos son menores de edad ) necesitan de el amor tanto
    maternal como paternal , para su buen desarrollo
    dentro de la sociedad .

    La llegada de un bebe al hogar llena a los padres de
    incertidumbres sobre que cuidados necesita el recién
    nacido .

    Tener un hijo es una experiencia maravillosa , pero trae
    aparejado muchos cambios , tanto en la vida personal como de
    la pareja .

    La madre siempre tiene dudas sobre si podrá
    alimentar correctamente a su bebe o si tendrá suficiente
    leche .
    Durante los primeros dos o tres días , no se tiene
    leche sino
    calostro , que es una sustancia con alto contenido de proteínas
    y minerales . La
    succión del bebe estimula la producción de leche entre el tercer y
    cuarto día del nacimiento y , alrededor del octavo , baja
    el alimento definitivo .

    En la actualidad , la familia , además de tener
    una función
    social y económica , debe tener armonía y dialogo , debido
    a los grandes problemas que
    enfrentan a causa de las drogas y el
    alcohol ;
    estos se dan generalmente en hijos adolescentes ,
    y debido a un mal manejo de los padres en la niñez del
    hijo .

    Educar un hijo nunca es fácil . Hay que aprender
    a protejerlo sin convertirlo en una persona miedosa y al mismo
    tiempo , explicarle por que no puede hacer exactamente todo lo
    que quiere . Muchas madres hubieran deseado en mas de una
    ocasión que sus hijos hayan nacido con un manual
    incorporado . En la vida diaria muchas veces existe el
    interrogante sobre si la educación que se le esta
    brindando es la correcta . Este cuestionamiento crece aun mas
    cuando de poner limites se trata .

    Es bien sabido que para que un niño crezca sano ,
    espontaneo , seguro y con una
    relación positiva con el mundo son necesarias en su vida
    la orientación y la protección . Lo que los padres
    hacen es enseñarles a sus hijos determinadas pautas para
    que puedan vivir en sociedad . Y aquí entra en juego el tema
    de los limites . En el libro "Hay
    limites que matan" de C. Jonas se habla de los limites como una
    forma de enseñarle a respetar a los demás , pero
    nunca como privación de la satisfacción personal
    .

    Muchos padres con tal de evitar una pelea o
    discusión con sus hijos o por querer compensar una falta ,
    optan por darles todos los gustos ; algo que tiempo
    después causa un efecto contrario , ya que los niños
    interpretan la permisividad como indiferencia . Sin duda ponerles
    limites es bueno , así crecen mejor adaptados , con mayor
    autoestima y
    confianza , que aquellos a los que nunca se les dice que no
    .

    El tema de cómo los padres ponen limites tiene
    mucho que ver con la relación que ellos mismos tiene con
    el mundo . Si los padres ponen demasiados limites a sus hijos es
    por que ven un mundo temeroso , lleno de riesgos ,
    entonces controlan a su hijo por el miedo que ellos tiene con
    relación al mundo . Por el contrario si los padres se
    sienten seguros en el
    mundo , tendrán menos temores con sus hijos . Así
    ponerle limites limites a un hijo implica decirles que en este
    mundo todo no es posible . En síntesis ,
    es darle una visión real del mundo .

    Paradojicamente , este limite "no tiene limites" , ya
    que siempre vamos a encontrar motivos para temer por algo , y
    esto llevaría a estarle encima a nuestro hijo todo el
    tiempo . Y el hecho de que los niños
    puedan disfrutar de cierta autonomía , es lo que les
    permite aprender , explorar distintas cosas del mundo que lo
    beneficiaran durante su crecimiento .

    El problema de los chicos de ahora que crecen con mayor
    libertad , es
    que están mas expuestos a que se le pongan limites porque
    no los han tenido desde el primer momento ( por querer darles
    mayor libertad para
    no repetir el autoritarismo de generaciones anteriores ) ; lo
    cual implica trabajar mucho mas con esos limites a medida que van
    creciendo .

    Esto no significa que hay que ponérselos de golpe
    , o desde mas chicos , por que sino esos niños se vuelven
    inseguros , dependientes , temerosos . Lo ideal es que los padres
    puedan educar a su hijo con amor y con
    limites , para que de grande ese niño pueda autorregularse
    . Es allí cuando el chico puede frente al propio limite de
    los padres elegir que hacer . Para llegar a esto es bueno que un
    niño dependa de sus padres por un largo tiempo , por que
    sino en el otro extremo aparecen los chicos demasiado
    autónomos , que se criaron como abandonados .

    También es muy importante no confundirnos ,
    ponerse de acuerdo con la pareja sobre cuales son las pautas de
    convivencia . Los limites de uno deben ser respetados por el otro
    . No sirve que uno adopte el rol de bueno y el otro sea el malo .
    Los chicos necesitan claridad . Cuando los padres dicen no , el
    tiene que entenderlo como una decisión tomada .

    En el jardín de infantes se manejan con limites
    claros y sencillos , siempre en un ambiente
    cálido para que los chicos no se sientan atemorizados . La
    diferencia es que allí se trabaja en grupo , por lo
    tanto hay pautas que se respetan y se repiten bastante , como :
    no tirar papeles al suelo o compartir
    con los compañeros . En los casos en que los chicos llevan
    algo y no lo quieren compartir , lo deben guardar para usar fuera
    del jardín ; se trata de darles una respuesta alternativa
    . Siempre se busca que la consigna sea positiva , porque de nada
    sirve quedarse horas marcando lo negativo . Así no hay
    aprendizaje
    .

    En los casos en los que un niño no respeta
    determinadas pautas , se lo sienta un rato en un lado de la sala
    , para que piense en lo que hizo . Con respecto a la
    relación de los padres con el jardín , resulta mas
    beneficioso para el niño que los padres acompañen
    la puesta de limites , sino se lo puede confundir .

    Embarazo y
    maternidad en la adolescencia
    :

    El embarazo precoz
    es una practica social que se incrementa de manera preocupante .
    La adolescencia es cada vez mas breve y la madurez sexual llega
    antes que la emocional .

    El llamado embarazo
    precoz o embarazo
    adolescente , es una practica social cada vez mas frecuente en el
    mundo de hoy . En los Estados Unidos
    mas del 18 % de las adolescentes
    tienen sexo antes de
    los 15 años y se estima que a la edad de 20 años ,
    el 40 % de las mujeres blancas y el 64 % de las mujeres negras
    habrá experimentado por lo menos un embarazo .

    Intentar definir el termino adolescente nos coloca en un
    terreno delicado debido a que los limites entre la niñez y
    la llamada adultez están tamizados por una permanente
    tensión con los ideales y deberes que la cultura impone
    y se modifican a una velocidad
    asombrosa .

    La O.P.S. , P.N.U.D , U.N.I.C.E.F. y C.E.P.A.L. ( que
    llevan adelante exhaustivos estudios en la materia )
    aplican un enfoque que plantea que "el hecho de convertirse en
    madres a temprana edad implica una mayor vulnerabilidad de las
    mujeres y sus hijos . Muchas veces , los proyectos
    educativos personales tienen que interrumpirse , pero
    además , estas adolescentes tienen mas probabilidades de
    tener una fecundidad mas alta , de ser mujeres jefas a cargo de
    sus hijos y de encontrarse en situaciones de precariedad e
    incertidumbre . Hay indicaciones que dicen que la mujeres que
    inician su maternidad a edades tempranas , a menudo provienen de
    familias donde esta ha sido una practica
    preexistente".

    El embarazo precoz
    aparece mencionado entre los primeros comportamientos
    considerados de riesgo en la
    adolescencia . Una de las causas se debe a que las adolescentes
    llegan a ser fertiles aproximadamente 4 o 5 años antes de
    ser emocionalmente maduras . Las posibles consecuencias adversas
    que se mencionan , según las cuales las adolescentes
    embarazadas constituyen un grupo de alta
    vulnerabilidad social son :

    • separación de la familia .
    • interrupción de la escolaridad .
    • presencia de problemas de
      salud y
      emocionales .
    • necesidad de asistencia publica .
    • fallas en el manejo del bebe .
    • aparición de necesidades especiales para los
      padres y los hijos .

    En nuestra sociedad no se reconocen ritos iniciaticos de
    la adultez en los cuales los adolescentes puedan identificar el
    momento en que deberán correr el riesgo y asumir
    con responsabilidad su propia vida . En las sociedades
    tradicionales los ritos iniciaticos marcaban con claridad un
    antes y un despues : el pasaje de niño a adulto . Tanto si
    estaban preparados interiormente para ello o no , operaba desde
    los adultos el reconocimiento del derecho de acceder a esta etapa
    .

    Este reconocimiento simbólico , en nuestra
    sociedad , se hace difuso . Las jóvenes se ven obligadas a
    conseguir este "derecho de paso" por si mismos .

    En los últimos años los índices de
    descenso en el promedio de edad del embarazo se incrementaron de
    manera preocupante y si bien esta tendencia se acentúa
    mayormente en los sectores populares , no hay esfera social que
    este ajena a esta problemática .

    El trabajo educativo es reconocido como el primer paso a
    dar para revertir este patrón de comportamiento
    , así como el dialogo entre
    madres e hijas que deberá centrarse en atender ciertos
    puntos reconocidos como las puertas del problema .

    Principalmente a las adolescentes les cuesta
    :

    • anticipar las consecuencias de su acto .
    • no vincular relación sexual sin cuidado con
      posibilidad de hijo .
    • reconocer haber pensado ser madres algún
      día , pero no fantasear en el momento con tener un hijo
      .
    • poner en acto la fantasía de la maternidad
      .

    En una encuesta
    realizada en un total de 100 adolescentes se destaco una
    respuesta común : en la mayoría de los casos el
    embarazo era visto como una "salida" ; salida de una
    situación traumática , salida del ámbito de
    la familia , como posibilidad de diferenciación o como una
    forma de tener un proyecto propio
    cuando ningún otro proyecto les era
    posible .

    Lo común a todas estas situaciones seria la
    demanda
    dirigida a los padres de ser reconocido como diferente respecto a
    ellos . Con el numero de jóvenes embarazadas en alza , es
    evidente que tanto las campañas de prevención
    centradas en los métodos
    anticonceptivos y la asistencia brindada posteriormente
    debería mejorar como servicio a la
    comunidad .

    Generar una mayor conciencia desde
    la escuelas de lo que significa el acto de la maternidad acaso
    sea uno de los caminos para encontrar una puerta a este laberinto
    .

    Importancia
    economica y social de la familia

    Como hemos visto anteriormente , desde sus
    orígenes , las familias debieron agruparse formando
    comunidades con el fin de autoabastecerse . La primer característica económica de esa
    época era el trueque ; que consistía en cambiar
    bienes por
    otros diferentes .

    Mas adelante , aparece la figura del orfebre (
    trabajador del oro ) , y con este las primeras monedas
    .

    Pero en la actualidad, afirmamos que la familia tiene
    una importancia económica fundamental.

    La familia es sumamente importante , ya que permite la
    agrupación de pequeñas unidades económicas .
    Si en una familia hay 2 o 3 integrantes que producen bienes y
    servicios ,
    observamos que este núcleo podrá lograr un mayor
    estándar de vida , sobre aquellas en las cuales donde
    existe algún factor desempleado .

    Tiene importancia ya que sus integrantes cooperan con su
    fuerza de
    trabajo , consigan o no una remuneración .

    Es por eso que existe una intima relación entre
    lo social y lo económico .

    Cada familia es importante por la producción de bienes y servicios que sus
    integrantes realicen , y en la mayoría de ellas , al
    producir están percibiendo una remuneración la cual
    les permite vivir o por lo menos minimizar sus gastos . Estas
    pequeñas unidades económicas en conjunto , forman
    un total de trabajadores que son los que necesita la economía de un
    país para abastecerlo .

    Dentro de la psicología
    social , frecuentemente se analizan los problemas de las
    familias de hoy en día ; lo aconsejado por lo
    psicólogos es que las unidades económicas de la
    familia realicen sus tareas independientemente de los
    demás , debido a que si alguno de estos atravesara por el
    estado de desempleo , la
    familia podrá seguir solventando sus gastos .

    Por el contrario , si dentro de una familia , todos sus
    integrantes se desempeñaran en una misma actividad
    económica ( ej. Negocios
    familiares ) y llegara el momento en que la actividad laboral decaiga a
    causa de los problemas económicos actuales ; la familia se
    encontrara entonces ante un problema que peligraría contra
    su integridad ; es aquí donde notamos que la
    relación entre lo social y económico esta sin duda
    estrechamente ligada .

    Problemas de
    fin de milenio

    En la actualidad , muchas familias padecen problemas
    económicos es muy frecuente que exista dentro de una
    familia algún factor desempleado , esto trae aparejado
    muchas consecuencias que sufre toda la familia en su conjunto y
    mas aun la persona que ha sido desempleada .

    El desempleo ha determinado un cambio en la
    estructura de
    muchas familias . En muchos casos , el hombre , desempleado , ve
    desdibujado su papel en la
    familia , y cae en el alcoholismo y
    la violencia
    .

    Por otro lado , la mujer , que mas
    frecuentemente encuentra trabajo en el area de los servicios (
    domestica , vendedora , etc. ) es quien aporta el dinero
    ahora al hogar , produciéndose una redistribución
    de las relaciones internas , y generando conflictos ,
    especialmente en las clases mas bajas , tradicionalmente mas
    machistas .

    Como fenómeno relativamente nuevo en Argentina ,
    el consumo de
    alcohol y
    drogas en cada
    vez mas amplios sectores de la juventud se va
    generalizando , siendo causa y consecuencia a la vez del
    deterioro social .

    También debido a la liberación de las
    costumbres , a la movilidad social y a la incorporación de
    la mujer al
    mercado laboral , lo que
    redunda en un aumento de su autonomía y capacidad de
    decisión , se puede verificar un aumento muy importante de
    las familias uniparentales , en las que la crianza de los
    niños pasa a estar a cargo de una empleada , del
    jardín maternal o de la abuela , mientras la madre trabaja
    .

    Como consecuencia también del aumento de la
    autonomía , y de la capacidad económica femenina ,
    así como la aceptación social de nuevas relaciones
    , formalizada en la ley de divorcio ,
    continua en aumento el numero de las familias ensambladas , en
    las que es increíblemente difícil trazar un
    genograma del grupo familiar . Consecuentemente , el concepto de la
    familia extensa se va haciendo poco operativo y difuso . Las
    fronteras de las familias y subsistemas son difíciles de
    dilucidar .

    ASPECTOS LEGALES
    DE LA FAMILIA

    Jurídicamente se entiende por familia al
    "conjunto de personas que tiene un parentesco próximo o
    por disposición de la ley , y que se han originado en el
    matrimonio" .

    El estado es la situación jurídica de una
    persona , su status ; y además , que según algunas
    opiniones solo se concebía el estado de una persona en
    función de su familia , el estado de familia .

    En Roma se
    distinguían la agnación y la cognación ; la
    agnación era el parentesco trasmitido por vía
    paterna , constitutivo de la familia civil que , en consecuencia
    , integraban los descendientes de un "pater familias" y las
    esposas de los varones . La cognación era el parentesco
    por vía femenina , carente de mayor significación ,
    pues debe tenerse en cuenta que la mujer
    salía de su propia familia cuando pasaba a depender de la
    autoridad de
    su marido en el matrimonio "cum manus" .

    En la actualidad la implantación del sujeto
    dentro de la familia –esto es su estado de familia–
    presupone un doble genero de
    relaciones familiares .

    Díaz de Guijarro señala las siguientes
    características del estado de familia que
    se detallan a continuación :

    1. Universalidad : El estado de familia es
      concebido como un atributo a la persona humana , cualquiera sea
      su emplazamiento familiar . Correlativamente quien no esta
      emplazado en el estado de familia tiene acciones
      para lograrlo (acciones de
      estado) , y quien lo esta no necesita acudir a estas acciones
      pudiendo ejercer sin mas lo derechos emergentes de tal
      situación .
    2. Unidad : Para el mencionado autor "la unidad
      del estado de familia implica que cada individuo es eje de una
      serie de vínculos , tanto de origen matrimonial como de
      fuente extramatrimonial" .
    3. Indivisibilidad : Como correlato de la unidad
      que se atribuye al estado de familia , se sigue su
      indivisibilidad ; cada persona tiene solo un emplazamiento en
      el estado de familia , de manera que el hijo legitimo no puede
      dejar de serlo para determinados parientes .
    4. Correlatividad : El estado de familia enlaza
      relaciones entre uno y otro miembro de aquella . El derecho
      subjetivo de familia , se ejerce en función de una
      persona o personas determinadas que , correlativamente , tienen
      derechos (y
      deberes) respecto de otro sujeto emplazado en el estado de
      familia .
    5. Oponibilidad : El estado de familia da lugar a
      que sea oponible tanto mediante ejercicio de las acciones que
      le son inherentes para obtener su reconocimiento si es
      desconocido , cuando a través de acciones ejercitables
      contra quienes pretendan vulnerarlo .
    6. Estabilidad : Es otra de las
      características citadas por Díaz de Guijarro . El
      emplazamiento puede modificarse , por ej. cuando hay un
      parto
      fingido (art. 261 C.C.) , o si a través de un acto
      voluntario se legitima al hijo natural (art. 311 C.C.) . No
      obstante , en ciertas circunstancias , la estabilidad
      característica del estado de familia puede llegar a la
      inmutabilidad .
    7. Inalienabilidad (relativa) : En cuanto hace al
      estado en si , no es jurídicamente admisible su
      enajenación por acto contractual ; por otra parte no se
      puede enajenar contractualmente las facultades y deberes
      inherentes al estado de familia , ni cabe la renuncia al estado
      de familia . Los derechos patrimoniales que fluyen del estado
      de familia, desde que solo se trata de intereses privados
      independientes del estado mismo , son por su parte ,
      enajenables .
    8. Inherencia Personal : Se trata de un estado
      que atribuye derechos inseparables de la persona misma . Por
      ello , no se transmiten por sucesión , ni cabe que los
      terceros ejerzan acciones de estado por vía de la
      acción subrogatoria (art. 1196 C.C.) , no obstante ,
      esos terceros podrán deducirlas cuando esta en
      cuestión un aspecto patrimonial emergente del estado
      .

    Matrimonio

    Se define al matrimonio como "al acto jurídico
    familiar mediante el cual dos personas físicas de distinto
    sexo establecen una relación jurídica que contiene
    reglas sociales , económicas y familiares , que son
    respaldadas y establecidas por la ley".

    Según Díaz de Guijarro podemos definirlo
    como "la unión de un hombre y una mujer dirigida al
    establecimiento de una plena comunidad de vida". Esta
    unión es solemne , tiene vocación de permanencia ,
    y esta regida por el derecho .

    El matrimonio no es un contrato por que
    la ley lo establece , se trata de una institución
    jurídica ( para contraer o disolver matrimonio se requiere
    el consentimiento de sus integrantes, es la ley la que establece
    las condiciones y motivos que se pueden aducir ).

    En el código
    de Velez Sarfield , el matrimonio estaba ligado a la Iglesia
    Católica ( su celebración era exclusivamente
    realizada por la Iglesia ; las
    parroquias llevaban los libros de los
    registros de
    matrimonios y nacimientos ) . Si quisiéramos probar la
    existencia de un matrimonio , nacimiento o defunción
    anterior al año 1889 deberíamos recurrir a las
    parroquias ( estos libros se
    encuentran en poder de los arzobispados ). El estado no tenia
    control alguno ,
    por lo que no podían disolverse los matrimonios ; aunque
    la ley permitía una separación judicial . La
    legislación sobre el matrimonio desde la era cristiana
    hasta el presente , ha partido del punto de vista especial que
    cada legislador tomo sobre tan importante acto . En un tiempo la
    Iglesia Católica lo considero solo como un sacramento , y
    la idea religiosa domino todo el derecho .

    La regulación duro desde 1871 hasta 1889 , fecha
    en que se dicto la ley 2393 , llamada "ley de matrimonio civil" .
    A partir de este momento se crea el Registro Civil y
    de la Capacidad de las Personas ; y el matrimonio se
    comenzó a regir exclusivamente por la ley en todos sus
    aspectos .

    Actualmente el matrimonio se rige por la ley 23515
    dictada en el año 1987 .

    Por principio general para poder contraer matrimonio es
    necesario que los contrayentes manifiesten su consentimiento y el
    mismo debe expresarse ante la autoridad competente que es el
    oficial publico que esta a cargo del Registro Civil .
    Esto surge del art.172 del Código
    Civil ; por lo tanto la inexistencia del consentimiento ,
    implica la inexistencia del matrimonio.

    El art. 173 C.C. permite que el consentimiento se preste
    también en otra jurisdicción diferente a donde se
    realizara el matrimonio ; en este caso el oficial publico
    deberá requerir toda la documentación debidamente legalizada de las
    actuaciones donde conste el consentimiento oral . Este
    consentimiento es considerado viciado cuando se hubiese dado con
    violencia ,
    dolo o error .

    El contrayente debe tener discernimiento ; por eso no
    pueden contraer matrimonio los incapaces . Por ello ambos
    contrayentes deben ser plenamente capaces .

    Impedimentos para contraer matrimonio

    Se consideran impedimentos las circunstancias que obstan
    a la celebración del matrimonio .

    El impedimento para celebrar el matrimonio es el reverso
    de los requisitos necesarios para ello; la existencia de un
    impedimento importa la carencia de un requisito . De allí
    que requisitos de orden moral generan
    impedimentos como los de parentesco , ligamen o crimen ;
    requisitos naturales , dan lugar a los impedimentos de falta de
    edad por ejemplo ; y requisitos que atañen a sanidad , a
    los impedimentos derivados de ciertas enfermedades .

    Efectos de los impedimentos :

    Esas causas obstativas a la celebración del
    matrimonio producen efectos de distinto orden . Son causa de
    oposición a que el matrimonio se celebre ; pueden aun ,
    sin haber oposición alguna , justificar la negativa del
    oficial publico a celebrar el matrimonio ; y finalmente pueden
    determinar la nulidad del acto .

    Si bien la ley no hace una clasificación de los
    impedimentos por una razón didáctica para entenderla ; distinguimos
    dos clases :

    1. Impedimentos Impedientes : Son aquellos en que
      el matrimonio no puede tener efectos si se hubiese realizado ya
      que existe una nulidad absoluta del mismo .
    2. Impedimentos Dirimentes : Son aquellos que
      pueden ser subsanados y el matrimonio podrá entonces
      tener efectos ya que solo producen una nulidad relativa
      .

    Tipos de Impedimentos

    • La consanguinidad entre ascendentes y descendientes
      sin limitación .
    • La consanguinidad entre hermanos y medio hermanos
      .
    • En el caso de adopción
      ( 2 clases simple y plena ) . En la plena desaparecen los lazos
      de sangre de
      origen por lo que se aplican los mismos impedimentos de
      consanguinidad y afinidad que hemos visto . En cuanto a la
      adopcion simple , existe el impedimento entre el adoptado y el
      adoptante , y también entre el adoptante y el hijo del
      adoptado . La única diferencia es que tiene una
      limitación en cuanto a las personas que se le impide
      contraer matrimonio , sino también en que el impedimento
      subsiste mientras que la adopción
      haya sido anulada o revocada .
    • El parentesco por afinidad como consecuencia de un
      matrimonio en línea recta y en todos lo grados
      .
    • Tener la mujer 16 años y el varón 18
      años ( impedimento dirimente , por que el juez puede
      conceder autorización aun cuando los contrayentes no
      tuviesen la edad mínima que establece la ley , siempre
      con fundadas razones .
    • Cuando exista un matrimonio anterior , mientras
      subsista . ( Ligamen )
    • Haber sido autor , cómplice , o instigador de
      homicidio
      doloso de uno de los cónyuges . (Crimen)
    • La privación permanente o transitoria de la
      razón , cualquiera fuese su causa .
    • Cuando el contrayente afectado no sabe manifestar su
      voluntad por escrito o por cualquier otra vía
      .
    • Cuando uno o ambos contrayentes sean dementes . "La
      demencia es la expresion generica que designa todas las
      variedades de locura ; es la privación de la
      razón con sus accidentes y
      sus fenómenos diversos" .

    Efectos Jurídicos del
    Matrimonio

    El matrimonio produce efectos a partir del ida de la
    celebración del mismo , hacia el futuro y hasta su
    disolución .

    Los distinguimos de dos maneras : Efectos Personales y
    Efectos Patrimoniales .

    1. Efectos Personales :
    2. En primer lugar , ambos contrayentes tienen un
      cambio en su estado civil , el cual se conoce como casados ;
      en segundo lugar la le ha dispuesto que a partir de la
      celebración existe un deber mutuo de fidelidad . En
      tercer lugar , los cónyuges se deben asistencia tanto
      personal como económica . La prestación
      alimentaria es uno de los pocos efectos que se mantienen en
      algunos supuestos en que el matrimonio ha finalizado. En
      cuarto lugar , todos lo hijos que nazcan durante el
      matrimonio se consideran hijos matrimoniales ( el carácter de matrimonial determina que
      ninguna otra persona pueda reconocer a dichos hijos como
      propios ) . En quinto lugar debe existir un domicilio
      conyugal que es aquel que ambos esposos deben fijar de
      común acuerdo . En sexto lugar el matrimonio determina
      que en el supuesto de adopción , sea el único
      caso en que dos personas puedan adoptar a una misma persona .
      Por ultimo , el matrimonio trae como consecuencia , la
      existencia del parentesco por afinidad que siempre se da
      entre el cónyuge y sus parientes de sangre
      .

    3. Efectos Patrimoniales :

    Desde el mismo día de la celebración del
    matrimonio se produce el nacimiento de la sociedad conyugal , se
    trata de una sociedad impuesta por la ley ; accesoria al
    matrimonio y tiene la característica de que no puede tener
    mas de dos socios y además es una sociedad cerrada , nadie
    puede entrar ni salir de ella , su vigencia depende de la
    existencia del matrimonio . En cuanto a los bienes que integran
    dicha sociedad , son todos aquellos que adquieran lo
    cónyuges durante el matrimonio , desde su
    celebración hasta su disolución .

    Los cónyuges , además de tener bienes
    gananciales , tiene otros bienes que no forman parte de la
    sociedad conyugal , que son llamados bienes propios y son todos
    aquellos que fueron adquiridos por los cónyuges , antes de
    la celebración del matrimonio .

    La ley también indica que todos los gastos que
    deban realizarse para la conservación de todos los bienes
    gananciales , son comunes y deben ser soportados por ambas partes
    .

    Según el art. 1276 C.C. la
    administración de la sociedad conyugal es conjunta , a
    diferencia del Código
    de Velez Sarfield en el que la administración se le otorgaba al marido .
    El Código
    Civil también indica que para la venta de los
    bienes gananciales es necesaria la conformidad de ambos
    cónyuges ; no obstante la ley permite que uno de los
    cónyuges le entregue un poder especial al otro a fin de
    representar la persona del cónyuge . En cuanto a la compra
    de bienes la ley no hace referencias , si uno de los
    cónyuges compra un bien estado casado , este bien formara
    parte de la sociedad conyugal .

    Deberes de los Cónyuges

    • Deber de Fidelidad :

    Los esposos están obligados a guardarse fidelidad
    , sin que la infidelidad de uno autorice al otro a proceder del
    mismo modo . El que faltare a esta obligación puede ser
    demandado por el otro por acción de divorcio
    .

    Este deber , profundamente moral , es reciproco .
    Además , es absoluto , habida cuenta que la inconducta de
    uno de los cónyuges no habilita al otro a proceder de
    igual manera .

    • Deber de Cohabitación :

    El marido esta obligado a vivir en una misma casa con su
    mujer . La mujer esta obligada a habitar con su marido
    dondequiera que este fije su residencia .

    Téngase presente que el deber de
    cohabitación es reciproco – y se justifica que sea
    así por cuanto el matrimonio presupone la vida en
    común – .

    • Deber de Asistencia . Alimentos :

    En su aspecto , diríamos , espiritual , el deber
    de asistencia es insito al matrimonio , a la comunidad de vida
    que este presupone ; bien se dice en el Tratado de Enneccerus ,
    para caracterizarlo , que lo que la moral hace
    esperar de los amigos íntimos , el derecho lo impone
    – como deber de asistencia – entre los
    cónyuges . El deber de alimentos es reciproco ; el marido
    debe alimentar a su mujer , pero de serle imposible y tener
    necesidad de ellos el marido y la posibilidad de
    procurárselos la mujer ,esta debe prestarle alimentos
    .

    En cuanto al contenido de los alimentos , comprenden "lo
    necesario para la subsistencia , habitación y vestuario
    correspondiente a la condición del que la recibe , y
    también lo necesario para la asistencia en las enfermedades" .

    El cónyuge que deliberadamente incumple su deber
    alimentario incurre en la causal de divorcio por injurias graves
    .

    Disolución del
    Matrimonio

    La disolución del matrimonio se puede dar de tres
    maneras:

    • Por la muerte
      real o presunta de uno de los cónyuges :

    El día que se produce el fallecimiento de un de
    los cónyuges se disuelve el matrimonio ; pero en el caso
    de muerte
    presunta (ley 14394) cuando se declara a una persona ausente con
    presunción de fallecimiento el matrimonio no se disuelve
    de inmediato , sino que es preciso que transcurra un plazo ,
    llamado de prenotacion ( 5 años ) , y no obstante para que
    se disuelva el matrimonio , el cónyuge deberá
    contraer matrimonio nuevamente .

    • Por el divorcio vincular :

    La ley ha estructurado al divorcio vincular por un lado
    y la separación personal por otro . El divorcio produce la
    disolución del matrimonio , mientras que la
    separación personal no ; al extinguirse el vinculo , los
    cónyuges pueden volver a contraer matrimonio . Desde que
    el matrimonio importa su unión legal , el divorcio ,
    correlativamente , significa su separación con arreglo a
    la ley . Por ello debe evitarse toda confusión entre
    divorcio y separación personal .

    En el código de Velez Sarfield se hablaba de
    divorcio (ley 2393) pero este no extinguía el
    núcleo familiar ; era lo que en la actualidad llamamos
    separación personal . Además era necesario que
    hubiese una causal para peticionar ese llamado divorcio . En la
    actualidad , puede o no haber motivo ya que la ley permite la
    posibilidad de que ambos cónyuges , de común
    acuerdo soliciten el divorcio o la separación personal.
    Igualmente la ley hace una enumeracion de las causales , y son
    las mismas tanto para el divorcio como para la separacion
    personal :

    1. Como consecuencia del deber de fidelidad ; si se
      comete adulterio .
    2. El atentado como autor o cómplice de lesiones
      contra el otro cónyuge o contra los hijos , sean o no
      comunes .
    3. Injurias graves . Es la causal mas utilizada por que
      engloba varios conceptos (esta debe ser grave o de gran
      envergadura) . El juez debe tener en cuenta la posibilidad
      económica , grado cultural , y posición social
      que ocupen dichos cónyuges .
    4. Instigar un cónyuge al otro a cometer delitos
      .
    5. El abandono voluntario (por propia decisión) y
      malicioso (con intención de perjudicar)del hogar
      .

    Existen otras causales en forma apartada de la ley como
    por ejemplo según el art. 203 C.C. se podrá
    también peticionar el divorcio o separación
    personal , cuando uno de los cónyuges tuviese una
    enfermedad mental , o enfermedades que provengan del alcoholismo o
    drogadicción , e hiciera difícil la
    convivencia con el resto de la familia . Este caso es muy
    discutido por que es una forma de abandono de la persona .
    Sep. 2 años , divorcio 3 años.

    • Por la nulidad del matrimonio :

    El matrimonio puede ser declarado nulo o anulable cuando
    se hubiese realizado con alguno de los impedimentos . Será
    nulo cuando el impedimento sea impediente o de nulidad absoluta
    por que afecta al orden publico ( ej. Cuando uno de los
    cónyuges tenga un matrimonio anterior subsistente ) ; y
    será anulable cuando tenga un impedimento dirimente ( ej.
    que los contrayentes no tuviesen la edad mínima que
    establece la ley ) .

    En cuanto a los efectos de la nulidad ; varían
    según :

    • Que ambos cónyuges sean inocentes o de buena
      fe . Desconocían el impedimento , es este caso la
      sociedad conyugal se disuelve y se reparten los bienes teniendo
      en cuenta las convenciones prematrimoniales que se hubiesen
      realizado , como así también se respetaran las
      donaciones efectuadas por causa del matrimonio . Los hijos
      nacidos en el matrimonio se consideran matrimoniales y si
      hubiese adopción , se mantendrá .
    • Que un solo cónyuge fuera de buena fe . En
      este caso se disuelve la sociedad conyugal y se
      mantendrán las convenciones matrimoniales y las
      donaciones efectuadas en virtud del matrimonio , siempre que
      estas favorezcan al cónyuge de buena fe ; caso contrario
      se revocan . Los hijos se consideran matrimoniales ; en caso de
      adopción solo se revoca cuando la halla realizado el
      cónyuge de mala fe , siempre que esta sea simple . El
      cónyuge de buena fe mantiene la obligación
      alimentaria .
    • Que ambos sean de mala fe . La sociedad conyugal se
      liquida como si fuera una sociedad de hecho . Se revocan las
      convenciones matrimoniales , las donaciones y si hubiesen ,
      tambien las adopciones simples . Y no existe entre ambos
      obligación alimentaria .

    Parentesco

    Es la relación jurídica familiar que
    proviene de los lazos de sangre de una persona o de la
    relación familiar en razón del matrimonio o
    también en los casos que la ley lo determina .

    O también según Díaz de Guijarro
    "el parentesco es el vinculo subsistente entre todos los
    individuos de los dos sexos , que descienden de un mismo tronco"
    ; este parentesco es el que se da por consanguinidad , pero deben
    agregarse el parentesco por afinidad y por adopción
    .

    Grado , Línea , Rama y
    Estirpe

    1. Se llama grado al vinculo entre dos individuos ,
      formados por la generación . Seria la cercanía
      o lejanía que tiene una persona con respecto a un
      pariente . (ej. un hijo con respecto a su padre es de 1er.
      Grado ) .

    2. Grado :

      Se llama línea la serie no interrumpida de
      grados . Hay tres líneas : la línea descendente
      , la línea ascendente y la línea colateral . La
      línea descendente es la serie de grados o generaciones
      que unen el tronco común con sus hijos , nietos y
      demás descendientes; y la ascendente la serie de
      grados o generaciones que ligan al tronco con su padre ,
      abuelo y otros ascendientes . Cada generación produce
      una línea colateral distinta , ya que se da en
      parientes de una misma línea con respecto a una
      persona considerada .

    3. Línea :

      Se llama tronco al grado de donde parten dos o mas
      líneas , las cuales por relación a su origen se
      llaman ramas . Así el abuelo es tronco del que parten
      ramas con cada uno de sus hijos ; la sucesión de
      grados de sus descendientes formara líneas con cada
      uno de sus hijos ( rectas descendentes o ascendentes )
      .

    4. Rama :
    5. Estirpe :

    El conjunto de descendientes que forman una rama , y la
    pertenencia a ella , se denomina estirpe . Tiene importancia en
    materia de
    representación hereditaria .

    Tipos de Parentesco

    Parentesco Por Consanguinidad

    Es un parentesco de origen natural , pues surge del
    vinculo de sangre de quienes están en generaciones
    sucesivas o tienen un ascendiente común ; en al primer
    caso los parientes están en línea recta , y en el
    segundo en línea colateral . Proviene en razón de
    la sangre entre dos o mas personas . (ej. padre con respecto a su
    hijo , y viceversa , etc.). En cuanto a los grados , estos se
    cuentan en línea recta , por tantos grados como
    generaciones existan ; el nieto por ejemplo , se encuentra en
    segundo grado con respecto a su abuelo .

    Pero en la línea colateral , los grados se
    cuentan igualmente por generaciones , remontando desde la persona
    cuyo parentesco se quiera comprobar hasta el autor común ;
    y desde este hasta el otro pariente (ej. dos hermanos
    están en el segundo grado , el tío y el sobrino en
    tercer grado , etc.) .

    Parentesco Por Afinidad

    Es un parentesco de origen legal ; proviene de la
    celebración del matrimonio . Cada cónyuge es
    pariente de los consanguíneos del otro (ej. la suegra/o
    con la nuera o con el yerno). Pero téngase presente que
    los cónyuges , entre si , no son parientes ; son
    precisamente "cónyuges" .

    La proximidad del parentesco por afinidad se cuenta por
    el numero de grados en que cada uno de los cónyuges
    tuviese con sus parientes por consanguinidad . En línea
    recta , sea descendiente o ascendente , el yerno o nuera
    están recíprocamente con el suegro/a , en el mismo
    grado que los hijos , respecto de los padres , y así en
    adelante . En línea colateral , los cuñados/as
    entre si están en el mismo grado que entre si están
    los hermanos . Es decir : "en el parentesco por afinidad no hay
    grados por que no hay generaciones . La computación se hace por analogía ,
    suponiéndose que los dos cónyuges forman una sola
    persona" .

    Parentesco Por Adopción

    La adopción esta permitida en nuestra ley , y
    observamos que se trata de un parentesco autónomo , por
    que no tiene características que lo asemejan a los
    anteriores; de ahí que este tipo de parentesco surge por
    disposición de la ley . Esta regido por la ley 19134 , en
    la que se diferencian dos tipos de adopción ( la plena y
    la simple ) .

    Adopción Plena :

    Tiene lugar cuando el adoptado deja de tener el
    parentesco por consanguinidad con sus padres de origen
    .

    Esto trae como consecuencia que el adoptado tenga el
    apellido del adoptante , de ahí que a los efectos legales
    , el adoptado es un hijo mas del adoptante y por lo tanto puede
    heredarlo como así también , el adoptado puede
    heredar al adoptante . Este tipo de adopción es
    irrevocable , es decir , que una vez concedida no existe norma
    jurídica para dejarla sin efecto.

    Adopción Simple :

    Se caracterizan que el adoptado conserva los
    vínculos de sangre que lo unen a sus padres de origen ,
    esto significa que el adoptado conserva el mismo apellido de sus
    padres biológicos , y eventualmente podrá heredar a
    estos pero no al adoptante , como así también el
    adoptante no podrá heredar al adoptado . Este tipo de
    adopción puede ser revocada a pedido del adoptante , del
    adoptado o del ministerio publico , cuando existan causas graves
    que así lo determinen .

    De acuerdo a lo que la ley indica ; ninguna persona
    puede ser adoptada por mas de una persona , salvo en el caso que
    los adoptantes hayan contraído matrimonio . El adoptante
    debe tener como mínimo 18 años mas que el adoptado
    ; esta norma es para evitar un mal manejo de la adopción ;
    y rige tanto para la adopción simple como para la plena
    .

    Patria Potestad

    Históricamente la patria
    potestad , en Roma , comprendía
    amplísimas facultades que se otorgaban al "pater familias"
    , que inclusive , pudo en algún momento de la evolución del instituto disponer de la vida
    del hijo , venderlo , etc. Concebida como un derecho ( de
    allí que fuera una "potestad" ) , correspondía solo
    a los varones pues las mujeres quedaban excluidas de su ejercicio
    ; y únicamente reacia sobre los hijos de matrimonio ( o
    "justae nutiae" ) de manera que los hijos de concubinato , a
    pesar de los amplios efectos jurídicos de esta figura en
    Roma , no estaban sometidos a la patria
    potestad .

    Esta definida en el art. 264 C.C. como el conjunto de
    derechos y obligaciones
    que tienen los padres con respecto a sus hijos menores de edad y
    hasta tanto alcancen su mayoría .

    La patria potestad no es solo un derecho sino que
    también implica un conjunto de obligaciones y
    por lo tanto quienes la ejerzan deben cumplir con ellas para
    mantener vigente el ejercicio de la misma . Desde su
    sanción en el Código Civil se le concedió a
    ambos padres , y no a uno solo como erróneamente se tenia
    en cuenta . Lo que sucedió fue que en Código (
    originario ) de Velez Sarfield , se hacia una distinción
    entre el derecho y la obligación reconociendo un titular (
    padre y madre ) del ejercicio de la patria potestad , la cual se
    le otorgaba exclusivamente al padre , pero que por fundadas
    razones ( ej. muerte o
    incapacidad del padre ) , se le concedía ese ejercicio a
    la madre .

    En la ley actual 23264 , la patria potestad mantiene el
    mismo concepto que el
    que le había otorgado el Código Civil , pero la
    diferencia la encontramos en el ejercicio de la misma , la cual
    ahora se ha concedido indistintamente tanto al padre como a la
    madre .

    En la ley actual hay determinado actos del menor que
    necesitan imperiosamente el consentimiento de ambos padres , la
    omisión de cualquiera de ellos impide la
    realización del mismo , salvo que el juez por fundadas
    razones y teniendo en cuenta el interés
    del menor , pudiera conceder la autorización
    correspondiente .

    Esos actos son los siguientes :

    1. Cuando el menor quisiera contraer matrimonio
      .
    2. Cuando el menor quisiera ingresar en una comunidad
      religiosa .
    3. Cuando el menor quisiera formar parte de organismos
      de seguridad o
      de las fuerzas armadas .
    4. Para viajar al exterior , aun cuando el viaje lo
      realice con alguno de sus padres .

    En estos casos mencionados la ley solicita el
    consentimiento de ambos padres , y solo el juez lo puede
    consentir siempre que sea favorable para el menor , caso
    contrario denegara la petición .

    En cuanto a su temporalidad , la misma comienza con el
    nacimiento de la persona física y se
    prolongara en principio hasta que el menor cumpla 21 años
    de edad , pero hay algunos supuestos como la emancipación
    por habilitación de edad o por matrimonio , que producen
    el cese de la misma .

    La patria potestad se pierde por :

    1. Por el abandono del menor .
    2. Por haber atentado psíquica o
      físicamente contra el menor , o que el menor haya sido
      víctima de algún delito
      cometido por sus padres .
    3. Cuando el menor haya sido dado en adopción y
      siempre que esta sea plena ( el padre adoptivo ejerce todos los
      derechos ) .
    4. Cuando el padre o la madre hayan sido declarados
      ausentes con presunción de fallecimiento .
    5. Cuando se produce la muerte de
      uno de los padres .

    La patria potestad se suspende en los siguientes casos
    :

    1. Cuando en los supuestos de divorcio ,
      separación personal o nulidad de matrimonio ; se concede
      la tenencia a uno de los cónyuges , y se suspende para
      el otro ; pero luego puede volver a adquirirla .
    2. Cuando el menor ha sido dado en adopción ,
      siempre que esta sea simple ( ya que este tipo de
      adopción puede ser revocada ).
    3. Cuando el menor ha sido emancipado por
      habilitación de edad ; ya que esta también puede
      ser revocada .
    4. Cuando uno de los padres ha sido declarado demente en
      juicio . Se suspende mientras dure la enfermedad .
    5. Cuando el padre o madre ha sido condenado a
      reclusión por mas de tres años . Mientras dure la
      condena .

    Tutela

    La tutela consiste en "el derecho que la ley confiere
    para gobernar la persona y los bienes del menor , que no esta
    sujeto a la patria potestad , y para representarlo en todos los
    actos de la vida civil" . Al ejercer la tutela , al mayor se lo
    denomina "tutor" y al menor "pupilo" .

    Existen tres tipos de tutela :

    1) Tutela Simple :

    La ley ha establecido varias condiciones para ser tutor
    ; hoy en dia cualquier persona mayor de edad sin importar su
    estado civil puede ser tutor ; peor se requiere que entre el
    tutor y el pupilo haya una diferencia de 18 años de edad .
    También se requiere que el tutor tenga los medios
    económicos suficientes para solventar los gastos del menor
    y que sea plenamente capaz . Además , se requiere que la
    misma sea otorgada por un juez .

    1. Tutela Testamentaria :
    2. La particularidad de este tipo de tutela es que el o
      los tutores son designados por los padres del menor a
      través de un testamento , que debe realizarse mediante
      escritura
      publica .

    3. Tutela Dativa :

    En el caso que el menor no tuviese quien ejerza la
    patria potestad o la tutela , será el estado quien
    cumplirá con esa función . El responsable de esta
    tutela no es el estado , sino el funcionario publico a cargo de
    la misma .

    Curatela

    Es el conjunto de derechos y obligaciones que ejerce una
    persona sobre otra , siempre que sea mayor de edad ( mas de 21
    años ) y siempre y cuando sea incapaz .

    El Código Civil establece en su art. 468 que "se
    da curador al mayor de edad incapaz de administrar sus bienes" ;
    a su vez en el art. 469 C.C. "son incapaces de administrar sus
    bienes el demente , y el sordomudo que no sepa leer ni escribir"
    ( aclaramos que este ultimo puede darse a entender de cualquier
    manera y también con alfabeto propio )

    Según lo dispuesto en el art. 475 2da. Parte C.C.
    , "las leyes sobre la
    tutela de los menores se aplicaran a la curaduría de los
    incapaces" .

    Filiación

    La palabra filiación tiene dos acepciones . Una
    amplia , que se refiere a toda vinculación de una persona
    con sus antepasados , aun los mas remotos . Y otra limitada , que
    importa al vinculo entre el hijo y sus inmediatos progenitores (
    la mas importante ) .Tal relación , vista desde el
    ángulo del hijo , se denomina filiación ; y es
    paternidad o maternidad , según el punto de mira se ubique
    , respectivamente , en el padre o la madre .

    En nuestro Código Civil existían 3 tipos
    de filiación :

    1. Filiación Legitima :
    2. Esta procedía del matrimonio , y eran
      considerados hijos legítimos los que hubieran sido
      concebidos durante el matrimonio .

      Tenia lugar cuando la concepción se
      había producido cuando los padres no eran casados pero
      que no tenían ningún impedimento para contraer
      matrimonio . El art. 311 del C.C. , actualmente derogado ,
      bajo el titulo de legitimación , le daba la
      oportunidad al hijo natural ; para que este se convirtiera en
      legitimo , para ello era necesario que los padres contrajeran
      matrimonio y que no tuviesen impedimentos . El hijo legitimo
      tenia todos los derechos que la ley le otorgaba ( en materia
      sucesoria ) ; el legitimo siempre estaba por delante del
      natural , y la ley le reconocía como mínimo las
      ¾ partes de la herencia
      cuando concurría a la sucesión junto con el
      hijo natural . En cambio el hijo natural tenia algunos
      derechos , pero no todos , en la sucesión de sus
      padres solo podía heredar la cuarta parte ,
      además llevaba el apellido de quien lo
      reconocía , y el legitimo llevaba el apellido de su
      padre. La filiación legitima no se podía
      revocar , pero la natural si .

    3. Filiación Natural :
    4. Filiación Ilegitima :

    En cuanto a la filiación ilegitima , esta
    provenía de 3 supuestos :

    • Hijos Sacrílegos : Eran aquellos que
      provenían de un padre o madre que hubieran hecho los
      votos religiosos de pobreza ,
      obediencia y castidad . (ej. padre cura o madre monja )
      .
    • Hijos Incestuosos : Eran aquellos que se originaban a
      través de la unión de personas que eran parientes
      por consanguinidad . (ej. padre con hija ) .
    • Hijos Adulterinos : Eran aquellos que
      provenían de un padre o madre que tenían el
      impedimento matrimonial llamado "ligamen" , es decir que el
      padre o madre eran casados pero no entre si .

    En el código de Velez Sarfield , los hijos
    ilegítimos no tenían padre ni madre , y no
    podrían peticionar ningún derecho , salvo el de
    alimentos , este estaba excluido de la sucesión de los
    padres y no se ejercía sobre ellos la patria potestad
    .

    En el año 1888 se sanciono la ley de matrimonio
    civil , ley 2393 , que estableció el matrimonio civil en
    reemplazo del religioso ; concordante con ello en el art. 212
    C.C. se dispone derogar el carácter
    de hijo sacrílego , aunque las demás
    categorías se seguían manteniendo .

    En el año 1948 se sanciona la ley 13252 que creo
    un nuevo tipo de filiación , que es la adoptiva ; esta ley
    fue modificada en 1971 por la ley 19134 que rige actualmente , y
    que estableció dos clases de parentesco adoptivo : la
    adopción plena ( en la cual desaparecen los lazos de
    sangre con su familia de origen ) , y la adopción simple (
    manteniendo los lazos de sangre con su familia de origen )
    .

    En el año 1954 , se sanciona la ley 14367 , por
    medio de esta se modifica el régimen de la
    filiación ; quedando solo dos categorías . Se hace
    la división entre hijos legítimos e
    ilegítimos . Y dentro de los ilegítimos
    están los naturales y todos aquellos que no sean
    legítimos . A partir de la sancion de esta ley , todos lo
    hijos sin importar su origen , tiene padre y madre , y pueden ser
    herederos de ellos .

    En el año 1987 , se sanciona la ley 23264 donde
    si bien se mantiene una división de categorías ,
    según proceda o no del matrimonio ; jurídicamente
    no hay distinción ya que los hijos , cualquiera sea su
    categoría tienen los mismos derechos .

    DERECHO SUCESORIO

    La transmisión
    hereditaria

    La palabra sucesión , en el sentido vulgar ,
    denota a la que se produce por causa de muerte o "mortis causa" .
    En sentido jurídico , tal palabra designa
    genéricamente a toda transmisión . El art. 3262 del
    C.C. establece que las personas a las cuales se transmitan los
    derechos de otras personas , de tal manera que en adelante puedan
    ejercerlos en su propio nombre , se llaman sucesores . Ellas
    tiene ese carácter , o por la ley , o por voluntad del
    individuo en cuyos derechos suceden .

    La sucesión en el sentido de transmisión
    de derechos , puede serlo por acto entre vivos o por "mortis
    causa" ; y a titulo singular o a titulo universal . Como sabemos
    todos los actos entre vivos no dependen para su eficacia del
    fallecimiento , circunstancia que debe darse respecto a los
    "mortis causa" . Por otra parte el art. 3263 establece que hay
    sucesión a titulo universal cuando se transmite todo o una
    parte alicuota del patrimonio de
    una persona , y a titulo singular cuando la transmisión se
    refiere a un objeto particular .

    El articulo 3279 , establece que "la sucesión es
    la transmisión de los derechos activos y pasivos
    que componen la herencia de una
    persona muerta , a la persona que sobrevive , a la cual la ley o
    el testador llama para recibirla . El llamado a recibir la
    sucesión se llama heredero.

    En lo que atañe a la trascendencia
    económica de la sucesión hereditaria basta
    señalar que la propiedad y el
    derecho de sucesión han marchado históricamente
    juntos , cuando menos en las épocas posteriores a las
    llamadas infancias del derecho .

    En el art. 3962 C.C. se establece que el heredero es el
    continuador de la persona fallecida y es el acreedor o deudor de
    todo aquello que el difunto era acreedor o deudor , y es el
    titular de todos los bienes que pertenecían a la persona
    fallecida .

    El derecho sucesorio tiene una gran importancia
    económica y social ya que si no existiese , los bienes de
    una persona fallecida no podrían transmitirse a sus
    herederos y ello traería como consecuencia que la
    titularidad de los mismos seria siempre de las personas
    fallecidas , estos bienes quedarían fuera de los actos de
    comercio , no
    podrían comprarse ni venderse ya que el difunto no
    podría ejercer ningún acto jurídico
    .

    Aquella persona que trabajo toda su vida para conseguir
    un buen pasar y para prever el futuro de sus descendientes se
    vería frustrada en ese aspecto y ello seria causal para
    que otras personas no tuviesen incentivos para
    mejorar su calidad de
    vida o para intentar cuidar el futuro de sus descendientes
    .

    Si no existiera este derecho , cualquier persona
    podría apropiarse de estos bienes , y nunca se
    podría determinar su dueño . Estos bienes al no
    poderse comprar ni vender , serian cosas improductivas y esto
    traería graves consecuencias económicas ya que
    tarde o temprano todos los bienes estarían en esta
    condición .-

    CONCLUSIÓN

    En este trabajo se realiza una síntesis
    histórica , cultural , social , económica ,
    política y legal de la conformación de la familia .
    Se detalla someramente la realidad económica y social
    actual , como el marco en el cual vive la familia . Se describen
    los principales fenómenos que se verifican de la dinámica familiar , provocados o
    condicionados por esta realidad socio cultural de fin de milenio
    . Como así también los efectos legales que produce
    la formación de una familia .

    Resulta difícil poder transmitir una "fotografía" de la familia en los tiempos de
    cambios tan vertiginosos . La lente de la globalizacion
    hace dificultoso discernir hasta que punto un proceso es
    característico de un país , o es parte de toda una
    corriente mundial , y en tal caso, como debería encararse
    . Lo que resulta claro es que el fin de milenio trae aparejados
    ciertos males sociales que hacen fuerte impacto en la familia
    .-

    BIBLIOGRAFIA

    CODIGO CIVIL DE LA REPUBLICA ARGENTINA ( Dr. Ricardo de
    Zavalia – Ed. Zavalia )

    DERECHO PRIVADO I ( Dr. Atilio Anibal Alterini –
    Ed. Abeledo – Perrot )

    ENCICLOPEDIA LAROUSE

    LA FAMILIA ARGENTINA ( Lic. Eduardo H. Cazabat
    )

    Pagina Wev : www.geocities.com

    Pagina Wev : www.altavista.com

    Pagina Wev : www.yahoo.com

    Pagina Web :
    www.congreso.cl

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    Pagina Web : www.aleph.gdl.iteso.mx

    Pagina Web : www.gksoft.com

    Pagina Web : www.cnmyf.gob.ar

     

    Rodrigo Vazquez

    República Argentina

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