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Centralismo y Partidos Políticos. Su eliminación como base de la reforma del Estado Boliviano




Enviado por vlaran



    1. Diagnóstico
    2. Hacia un nuevo sistema
      político administrativo
    3. Puntualizaciones
      conclusivas
    4. Bibliografía
      consultada

    I.
    INTRODUCCIÓN

    Una república unitaria cimentada en un gobierno
    democrático y representativo; estos son preceptos de
    nuestra Carta Magna que
    haciendo a la esencia constitutiva del Estado fueron concebidos
    como pilares conceptuales sobre los cuales deberían
    descasar todos los demás esquemas de nuestra
    conformación política, social y
    administrativa; lamentablemente sus nociones han desembocado a la
    hora de su praxis, por
    una parte en un negativo y excluyente centralismo y por otra en
    el marginamiento de la sociedad civil
    para participar en cualquier nivel decisorio de un gobierno
    manejado por una partidocracia cada vez más corrupta,
    elitista y marginadora.

    En principio, un Estado centralizado y un sistema cerrado
    de partidos políticos se constituyeron como
    imprescindibles mecanismos macro organizativos orientados a
    lograr la institución de una democracia muy
    básica que se veía constantemente amenazada por la
    intervención de grupos
    autoritarios; no obstante, una vez lograda cierta estabilidad, el
    esperado proceso de
    evolución de esa embrionaria democracia se
    ha visto estancada e inclusive puesta en peligro precisamente por
    estos elementos en los cuales se apoyo su
    instauración.

    Cualquiera que sea el enfoque con el que se analice la
    crisis de
    nuestra democracia, es inevitable concluir que en su
    institucionalidad "el centralismo" y "los partidos
    políticos" han dejado de ser males necesarios para
    convertirse en los puntos neurálgicos de nuestra
    disposición organizativa, y que según la
    posición que se tome al respecto habrá que o
    mejorarlos o simplemente erradicarlos.

    Como punto de partida y plataforma justificativa, en
    este ensayo se opta
    por la opción más radical de las insinuadas, y
    pasando en primer lugar por la identificación de las
    fallas más profundas de nuestro ordenamiento estatal y
    respaldándose al mismo tiempo en una
    serie de interpretaciones de nuestra realidad socio cultural tan
    múltiple y susceptible de tendencias autonómicas o
    inclusive separatistas, es que se terminará por ofrecer un
    croquis de reforma cuya pretensión sea direccionarse hacia
    la estructuración de un Estado que esté lo
    suficientemente próximo a la sociedad
    civil, de manera que se le permita a ésta,
    sintiéndose parte tanto de una identidad
    local como de una nacional, ser protagonista de una nueva
    alineación democrática asentada en una mayor y
    más directa participación en la
    administración de sus intereses adyacentes y los que
    incumben al país como tal.

    Un país descentralizado y sin partidos
    políticos ¿Es posible?.

    II.
    DIAGNOSTICO

    A. INSTRUMENTOS DE PARTICIPACIÓN
    POLITICA.-

    Instituida la democracia en la década de
    los 80, el país se afianzó en un molde de
    configuración y funcionamiento político
    administrativo basado en lo que ahora se llama el "Monopolio
    Político Partidario"; en un entendido elemental, el
    "partido Político" se erigió como una
    institución que buscaba agrupar a ciudadanos que tengan
    cierta afinidad política ideológica, cuya
    existencia estaba orientada al ofrecimiento de caminos y soluciones al
    país, buscando con esa visión la ascensión
    al gobierno y el ejercicio del poder para y
    en representación de todos.

    A dos décadas de un ejercicio institucional con
    estas reglas, los partidos políticos, como instrumentos de
    participación política tan
    cohesionados a la noción misma de la democracia, han
    mutado tristemente de ser el sostén operador del sistema,
    a ser verdaderas logias sustentadoras de la corrupción
    en todas las instancias del Estado, y más lamentable
    aún, con la visión de perpetuarse en el poder con
    el simple propósito de acaparar los beneficios
    económicos y de otra índole que de ahí
    deriven, a favor de los grupos de élite que los
    acaparan.

    Pero ¿Cuáles son las razones de estos
    cambios?; una primera explicación podrá afirmar que
    en realidad los "partidos políticos" nunca tuvieron
    autenticas pretensiones altruistas o patriotas, y que si bien
    jamás cambiaron a lo largo de su historia, ahora se denota y
    se exponen con mas claridad sus envilecidas
    características ya que al principio lo único que se
    anhelaba era librarse de los atroces gobiernos de facto, pero con
    el tiempo los múltiples defectos de una democracia
    únicamente nominal, como la corrupción, la injusticia social, la
    marginalidad
    económica y política, han desenmascarado a los
    "partidos políticos" ubicándolos en la actualidad
    como los entes tan desvirtuados y deslegitimados en la mentalidad
    colectiva de la ciudadanía.

    Otra teoría
    más técnica dirá que la imperfección
    de la estructura
    jurídica administrativa entorno a la cual el Estado se
    encamina, ha permitido que los partidos políticos,
    proveyéndoles de tanta libertad de
    acción
    y protagonismo monopólico, sean vencidos a la larga por
    los riesgos
    naturales de todo intento asociativo humano, volviéndose
    organismos caudillistas, corruptos, egoístas y serviles a
    grupos de poder específicos, simplemente porque las
    normas
    así lo consienten.

    Lo cierto es que en definitiva, un régimen de
    "Partidos Políticos" que además se presenta como
    monopólico y sumamente cerrado en nuestro país, ha
    dejado de servir como un mecanismo imprescindible de nuestra
    sintaxis democrática, atizando cada vez más la
    conciencia de la
    sociedad civil respecto a la necesidad de saltar de una
    democracia puramente representativa a una
    participativa.

    Habrán muchas justificaciones para no prescindir
    de los partidos políticos, pero la mayoría
    coincidirá en señalar como argumento insalvable al
    tema de la "gobernabilidad" que se presentaría
    difícil o imposible lograrla fuera de un sistema basado en
    ellos; en otras palabras, las capacidades del Estado de
    planificar y decidir dentro de una gestión
    pública, al no estar apoyadas en un sistema de partidos
    políticos, disminuirían a tal grado que
    estancarían la vida administrativa del país; este
    argumento es real, y si nos aventuramos a eliminar el sistema
    político partidario sin cambiar el resto del esqueleto
    estatal, será poco menos que convertir en inviable y
    caótica la funcionalidad del mismo.

    Es por cuanto, que cualquier propuesta que pretenda este
    cometido, deberá comenzar por el establecimiento de nuevas
    bases organizacionales para el país, para que buscando
    resolver los demás problemas
    estructurales, pueda además liberarse de estas desgastadas
    entidades con miras a una democracia más evolucionada y
    mucho más abierta a la participación directa de la
    ciudadanía en la vida política administrativa
    estatal.

    B. PROCESOS DE
    CONFORMACIÓN DEL SISTEMA REPRESENTATIVO.-

    La democracia boliviana no pasa de ser
    simplemente electoralista, pues tiende a limitar la
    participación política de la mayoría de la
    sociedad civil, solamente al acto electoral en sí, para
    luego excluirla completamente de cualquier participación
    decisoria, de control e
    inclusive de ser por lo menos un simple referente de
    opinión con alguna relevancia. Esto significa en
    consecuencia la vigencia de una democracia muy elemental, cuya
    condición se subordina solamente a dichos procesos
    electorales, que además están viciados de
    monopolismo partidario, prebendalismo, engaño, fraude etc.; los
    demás parámetros para medir su evolución, es
    decir la justicia
    social, la igualdad
    económica, la participación ciudadana, etc., pasan a ser
    características totalmente ausentes de nuestra
    realidad.

    Una democracia no puede basarse únicamente en una
    acto que delegue cada cierto tiempo, todo el poder
    político administrativo en manos de buenos o malos
    representantes, menos aún cuando esos actos se convierten
    en verdaderas negociaciones de la desesperación,
    ignorancia y necesidades coyunturales de los electores; a estos
    actos constitutivos del sistema representativo, una vez
    perfeccionados, deben corresponderles otros actos cotidianos de
    participación de la sociedad civil, actos no solo de
    control o fiscalización, sino de participación
    efectiva en la administración de la cosa pública y
    en las decisiones político económicas del Estado,
    con miras al cumplimiento de los objetivos que
    ésta misma pueda establecer.

    Es innegable la imposibilidad de pasar de un sistema de
    administración representativo a uno
    únicamente participativo, ya que obviamente las
    características dimensionales del país impiden que
    éste funcione bajo esas casi utópicas reglas de
    convivencia social, sin embargo esa apertura a la
    participación ciudadana directa y cotidiana puede
    alcanzarse a un nivel verdaderamente expectante si se construye
    una estructura de Estado adecuada y se le dota al país de
    los instrumentos necesarios para ese cometido.

    C. ESTRUCTURAS DE
    PODER Y CENTRALISMO.-

    El centralismo que aglomera las capacidades
    administrativas y de gobierno del Estado en una estructura
    burocrática, geográfica y funcionalmente
    concentrada, ha dejado en la actualidad de presentarse como un
    modelo de
    organización instituidor de la unidad del
    país y conservador de un orden suficiente en su vida de
    gobierno, convirtiéndose más bien en una
    herramienta de grupos de elite metamorfoseados en partidos
    políticos, para acaparar todas las potestades y beneficios
    emanados del poder, en manos de una cierta clase política
    económica divorciada con el grueso de la masa social a
    la cual no sólo desatienden sino marginan de toda
    posibilidad de dirigirse por ellos mismos.

    Este centralismo ahogante termina llevándose
    demasiado bien con la partidocracia de la cual a su vez emerge y
    que luego en reciprocidad ayuda a mantenerla fuerte. La centralización estatal pareciera estar
    armada para acorazar el monopolio de los partidos y facilitar su
    deficiente y deshonesta administración que pone
    dueño a todos y cada uno de los espacios de poder
    existentes en la ya demacrada red institucional del
    Estado. Es así que cualquiera de los poderes del Estado
    carece totalmente de la anhelada independencia
    político partidaria, lo cual condena a sus instituciones
    a la ineficiencia en su funcionamiento y en el caso del poder judicial a
    una administración de justicia corrupta y protectora de
    los intereses de quienes lo acapararon completamente.

    Pero los defectos del centralismo van más
    allá del cuotéo y la ineficiencia de las
    instituciones públicas, ya que sirve para proteger a la
    clase gobernante de cualquier control social de sus actos, sea
    por las dificultades geográficas que se presenta en medio
    o por los entretelones estructurales de su funcionamiento,
    además de que también provoca que cualquier avance
    económico repercuta solo en aquellos centros urbanos que
    tengan alguna relación con los órganos estatales,
    abandonando a su suerte al resto de los rincones del país
    e impidiendo la participación de la ciudadanía no
    sólo en la toma de
    decisiones, sino en el ejercicio del derecho a la
    fiscalización y reclamo.

    Ciertamente el centralismo boliviano a desembocado en la
    desatención de la mayoría de los ciudadanos, a
    ayudado a establecer regiones privilegiadas y otras marginadas,
    es culpable de obstruir cualquier canal de participación
    de la sociedad civil en la administración de sus
    intereses, en fin es un factor que en definitiva arremete contra
    la idea de un país con desarrollo
    armónico y verdaderamente democrático en todas sus
    regiones.

    III.
    HACIA UN NUEVO SISTEMA POLÍTICO
    ADMINISTRATIVO

    A. HITOS PARA LA REFORMA.-

    Existen posiciones unidireccionales que equivocadamente
    someten la discusión y la búsqueda de soluciones de
    la actual crisis de Estado, al tema estrictamente
    económico, y aunque es innegable su importancia, es
    desacertado creer que una buena macro economía en el
    país solucionaría los grandes y aferrados problemas
    de falta de equidad,
    corrupción, marginamiento, ineficacia administrativa y
    muchos otros que dependen en su solución simplemente de
    una profunda reforma política, administrativa y
    social.

    Lo que corresponde entonces es direccionar los esfuerzos
    primero en el diseño
    de nuevas reglas organizativas para el Estado, mismas que
    aseguren que cualquiera que sea la economía que logre el
    país, ésta acabe siempre efectivamente
    sociabilizada, es decir que se evite la tendencia cuasi natural
    de concentrarse en pocas manos.

    Para ese cometido, es necesario partir por el
    establecimiento de una finalidad constante e invariable que
    proporcione una dirección a la cual debe someterse
    cualquier conclusión y propuesta reformista, especificando
    para ello los aspectos puntuales que precisan relevarse,
    corregirse o instituirse como base fundamental de nuestro futuro
    nuevo orden institucional.

    Ese gran objetivo gira
    sin duda entorno a alcanzar una democracia que dotada de una
    institucionalidad política y administrativa adecuada, pase
    de ser una estrictamente representativa a ser una efectivamente
    participativa y que en esa orientación acerque al Estado y
    sus obligaciones
    de asegurar el bienestar común a cada uno de los estantes
    y habitantes del país.

    Determinado el propósito de entrada, el resolver
    como y en que forma se planteará esa reorganización
    dependerá de la consideración de las
    múltiples características que presenta el
    país, para que en base a ellas se construya un nuevo
    modelo estatal que realmente tenga perspectivas de funcionar con
    mejores resultados que el que está en vigencia.

    Ahora bien, lo antedicho nos obliga a concentrarnos en
    la característica más evidente de nuestra
    conformación social, la cual es que ésta se compone
    de una serie de identidades socio culturales y corporativas
    disímiles, entre las que sobreviven nacionalidades
    étnicas distintas, comunidades sociales en proceso de
    desplazamiento, grupos de poder económicos pequeños
    pero lo sobradamente fuertes para prevalecer ante los
    demás, identidades culturales entremezcladas entre propias
    y foráneas, sectores con diferencias
    socioeconómicas entre población urbana y rural, etc, contrastes
    que incluso se evidencian al interior de cada grupo, sector,
    clase o estrato social, cultural o económico
    existente.

    Esta característica pluri-multi de la sociedad
    boliviana nos da la primera pauta para inclinar la mira de las
    reformas a la dirección más conveniente, y nos
    muestra que la
    composición social del país se contrapone
    irremediablemente con la actual estructura centralizada del
    Estado; cada uno de estos sectores o grupos de la
    población precisa encontrar mecanismos de una
    mínima autodeterminación política y
    administrativa practicable en su permanente y cotidiano vivir; en
    otras palabras necesitan ser protagonistas de su propio gobierno
    sin la imposición centralista que hasta ahora lo
    único que hizo fue imponerle decisiones o simplemente
    marginarlos de cualquier posibilidad de desarrollo.

    Estas peculiaridades descritas han llevado por otro lado
    a que la sociedad y todos los sectores que la componen dejen de
    aceptar que la administración y la toma de decisiones
    político económicas que le conciernen sean
    ejercidas mediante un sistema de representación basado
    exclusivamente en partidos políticos, ya que este
    entrampado sistema no hace más que limitar las
    posibilidades de participación y autogobierno de la
    sociedad en su conjunto.

    En resumen, nótese que hasta este punto se ha
    insistido en exponer dos elementos estructurales de nuestro
    actual armazón político administrativo como los
    problemas centrales que necesariamente deben tomarse en cuenta al
    momento de construir cualquier proposición reformista; a
    saber:

    • Centralismo
    • Monopolio Partidario

    El presente ensayo exhibe una posibilidad de reforma
    estatal cuya justificación descansa en la
    erradicación de estos dos temas, aferrándose en la
    hipótesis de que "un país
    descentralizado y sin partidos políticos puede allanar el
    camino hacia una democracia que sea ejercida y disfrutada con
    igualdad y armonía por la totalidad de los bolivianos", y
    si bien se la construye ubicando la atención en temas puntuales de coyuntura
    histórica, también se subordina doctrinalmente
    hablando, a lo que el presente trabajo
    denomina como "Teoría del Poder de Base", la misma que
    asume que la existencia o no de una democracia real
    dependerá de cuan constante y directa sea la
    participación de la base social en el ejercicio de los
    actos de poder y gobierno.

    Estamos instados entonces a buscar un nuevo ordenamiento
    político administrativo que permita el acercamiento del
    colectivo social al poder formal que le incumbe, haciendo para
    ello que existan canales de interacción cotidiana de la sociedad y sus
    sectores con cada una de las institucionalidades a las cuales
    delegue algo de representatividad.

    Sin embargo, plantear alternativas de descentralización y de cambio del
    sistema de partidos políticos para la conformación
    de los órganos de gobierno, puede tener muchas
    direcciones, una de ellas es la que se esboza en este
    ensayo.

    B. EL ESQUELETO DE UNA PROPUESTA MAS.-

    La delineación de la descentralización en
    Bolivia,
    basada en un debate
    iniciado a principios de los
    años ochenta, presenta dos tendencias claras que pueden
    servir y de hecho están sirviendo para encarar proyectos de
    profundización de la misma, tendencias o direcciones que
    apuntan a dos figuras político territoriales, "El
    Departamento" y "El Municipio", es decir el nivel intermedio y el
    local respectivamente.

    El análisis desglosado hasta aquí,
    aunque muy sucinto y medular e inclusive intencionalmente
    simplista, es suficiente para justificar una propuesta de
    reorganización que se inclina claramente a la
    cimentación de un proceso descentralizador basado en el
    nivel local, en primer lugar porque es incongruente pensar en
    gestión pública o políticas
    estatales eficientes al margen o sin participación de los
    Municipios, pero además, porque apuntar en esa
    dirección canalizará con mayor eficacia otras
    reformas que van más allá de una simplemente
    administrativa, y sus consecuencias repercutirían muy
    ciertamente en temas tanto políticos y administrativos
    como incluso económicos y sociológicos.

    La idea que acoge en su esencia sólo
    ámbitos macro estructurales y que obvia detalles
    complementarios debatibles, empieza con la presentación de
    un croquis estatal que involucra redisposiciones institucionales
    y además las reglas administrativas generales que exponen
    su sentido funcional, veamos:

     Para ver el
    gráfico seleccione la opción "Descargar" del
    menú superior

      La primera explicación que merece este
    esquema debe arrancar en la determinación del tipo de
    Estado que se pretende con el mismo, y si bien a primera vista es
    obvio que un sistema unitario se mantiene como asiento
    constitutivo, tal como se explicará mas adelante, el
    ejercicio de los actos de gobierno y administración
    varían radicalmente del que hasta ahora a regido la vida
    estatal.

    Con la premisa de posibilitar el acercamiento del
    ciudadano a las instancias de dirección estatal en todos
    sus ámbitos, es que se empieza por reformular la
    división política del país, convirtiendo al
    "Municipio" en el núcleo tanto de la conformación y
    ejercicio de su propio gobierno, como de la conformación y
    ejercicio del gobierno central.

    Este concepto de
    "Municipio como núcleo político administrativo" del
    país, reajusta la forma de funcionar de los tres
    poderes del Estado; se tiene así que en
    términos generales el poder
    legislativo (basado en un parlamento Nal. Emergido de la
    institucionalidad de los propios municipios), se constituye en el
    principal poder del Estado en el ámbito central, el poder
    judicial mantiene su actual estructura haciéndose solo
    cambios referente a la elección de sus autoridades, y
    finalmente el poder
    ejecutivo pasa casi completamente a ser ejercido por cada
    municipio con total autonomía administrativa.

    Planteado como está el molde de la propuesta,
    toca desgranar ciertos pormenores de su fondo, a objeto de
    dilucidar el núcleo de las reformas y las disposiciones
    necesarias en base a las cuales se entenderá su
    sentido.

    Se expone consecuentemente la siguiente relación
    de figuras organizativas y funciones
    pertinentes:

    1. Municipio.-

    El municipio pasa a convertirse en la unidad
    política, administrativa y jurisdiccional base del
    ejercicio de la administración tanto local como de la
    central, sus características y capacidades funcionales se
    resumen en:

    a) Concejo municipal.- Es la máxima
    instancia legislativa y de gobierno local, del cual depende
    cualquier otro órgano administrativo o ejecutivo en ese
    perímetro. El concejo municipal estructurará todas
    las instancias ejecutivas o gerenciales necesarias para el
    cumplimiento de sus funciones.

    Para fines de representación legal, el gobierno
    municipal estará precedido por el presidente del concejo
    municipal elegido de entre sus miembros.

    b) Conformación del Concejo.- El concejo
    municipal está conformado por representantes elegidos en
    cada distrito perteneciente al municipio (uno por distrito). Los
    procesos electorales son abiertos a la participación
    ciudadana sin necesidad de la intervención o el auspicio
    de partidos políticos.

    c) Participación en la Conformación y
    Funcionamiento del Gobierno Central.-
    El concejo
    designa de entre sus miembros un representante
    nacional (diputado) que será parte del Parlamento Nal., la
    actuación de dicho representante será fiscalizada,
    consensuada y aprobada constantemente por el concejo municipal
    correspondiente.

    d) Competencias
    Municipales.-
    Se elimina el poder ejecutivo centralizado, la
    administración
    pública financiera y ejecutiva será ejercida
    por cada municipio en forma autónoma e independiente, con
    las únicas limitantes que establezcan la C.P.E. y las
    normas nacionales emanadas del parlamento; es materia de su
    competencia:

    • Sustentar y administrar los servicios
      públicos de salud y educación.
    • Promover, financiar y mantener proyectos de
      desarrollo y producción.
    • Promover, financiar y mantener proyectos de
      índole social y de servicios
      básicos.
    • Entablar políticas y proyectos destinados a
      la seguridad
      ciudadana.
    • Otras.

    e) Recursos
    Municipales.-
    La economía de los municipios se basa en
    recursos provenientes de dos fuentes:

    • Participación en los recursos del tesoro
      general.- El 80% del presupuesto nacional será distribuido
      entre todos los municipios del país, el 30% de ese
      monto de forma igualitaria, y el restante 70% de forma
      compensatoria en base al número de habitantes de cada
      municipio.
    • Recursos Propios.- Todo ingresos
      generado por distintos mecanismos municipales (Impuestos,
      tasas, etc.).

    2. Gobierno Central .-
    (Parlamento)

    La facultad del Estado de ejercer sus capacidades de
    decisión, administración y gobierno a nivel
    nacional se basa en un "Parlamento" que encasilla sus
    atribuciones alrededor de todos aquellos temas
    específicamente determinados como de interés y
    jurisdicción nacionales.

    a) Conformación del Parlamento.-
    Está conformado por los representantes (Diputados) de
    todos los municipios del país; el concejo municipal de
    cada municipio elegirá de entre sus miembros al diputado
    que lo representará ante el parlamento. El diputado
    actúa en sus funciones en forma coordinada con y bajo la
    fiscalización de su municipio.

    Para fines de representación legal, el gobierno
    nacional estará precedido por el presidente del Parlamento
    elegido de entre sus miembros.

    b) Competencias.- El parlamento tiene
    competencias sobre todos los temas considerados de carácter nacional, temas como la soberanía nacional, los recursos de
    naturales de dominio del
    Estado, regímenes específicos de distinta
    índole, etc.

    Siendo un órgano estrictamente deliberativo y
    legislativo, el parlamento tiene competencia entre otras cosas,
    para:

    • Dictar, modificar o derogar normas
      nacionales.
    • Deliberar y decidir a cerca de cualquier asunto o
      política de Estado.
    • Elegir autoridades jerárquicas del poder
      judicial y de cualquier otro ente de jurisdicción
      nacional.
    • Asumir las funciones de órgano rector de
      máxima instancia respecto a las Entidades Estatales
      Nacionales.
    • Deliberar y decidir acerca de la disposición
      y administración de bienes y
      recursos del Estado.
    • Otros.
    1. El Estado boliviano en el ámbito central, en
      cuanto a la operabilidad de las funciones
      administrativas que le conciernen, se apoya en entidades
      de tuición nacional, las cuales bajo una estructura
      desburocratizada y de dimensión reducida pero
      técnicamente efectiva, asumirán las tareas
      necesarias en la hermenéutica de su funcionamiento. Se
      puede decir que estas entidades asumen las pocas funciones
      ejecutivas que todavía al nivel central le
      incumben. Los funcionarios jerárquicos de éstas
      los elige el parlamento, pero su estructuración
      interna se basa en sus propias institucionalidades.
      identifican las siguientes:

      a) Entidad de Manejo Presupuestario.- Cuyas
      gestiones incumben específicamente a toda
      acción de recaudación de recursos para el
      tesoro general de la nación y a su posterior distribución presupuestaria de acuerdo
      a la normatividad correspondiente.

      Esta entidad agrupa bajo su jurisdicción a
      instituciones como las relativas a impuestos nacionales,
      aduanas,
      etc.

      b) Entidad de control, fiscalización y
      apoyo administrativo.-
      Constituido como un ente en primer
      lugar fiscalizador de la función ejecutiva del Estado ejercida
      mayormente por los municipios, pero también como un
      órgano de apoyo técnico y organizativo a los
      programas,
      planes y políticas que los municipios decidan
      implantar, sea como iniciativas individuales o como proyectos
      mancomunados con otros.

      c) Corte Nacional Electoral.- Órgano
      administrador
      de procesos electorales y cabeza de otras instituciones
      relativas.

    2. Entidades Estatales Nacionales.-

      Se mantiene la actual estructura funcional
      escalonada y centralizada. La designación de sus
      miembros jerárquicos es hecha por el
      parlamento.

    3. Poder Judicial.-
    4. Jurisdicciones Operativas y el Régimen
      Mancomunitario.-

    Desaparece el concepto de "departamento" como una unidad
    política administrativa en el país, siendo
    remplazado éste por el de las "Jurisdicciones Operativas"
    cuyo único objetivo es facilitar la operabilidad tanto del
    Poder Judicial como de las entidades estatales nacionales,
    teniendo su estructuración un carácter variable
    según las necesidades emergentes con el tiempo.

    Por otro lado, las necesidades ejecutivas y
    organizativas de alcance supralocal serán atendidas
    bajó un régimen claro y flexible basado en
    relaciones asociativas entre dos o más entidades
    municipales (Mancomunidades), cuya temporalidad, objetivos y
    condiciones serán pactadas entre ellas de forma libre y
    voluntaria conforme a sus conveniencias.

    IV. PUNTUALIZACIONES
    CONCLUSIVAS

    A. EL"MUNICIPIO" COMO LA "UNIDAD POLÍTICA
    ADMINISTRATIVA" DEL PAIS.-

    El presente ensayo maneja como hipótesis
    constante que para cambiar provechosamente un modelo de
    democracia tan desvirtuado, excluyente e ineficaz como es el
    actual, habría que concentrarse en modificar su estructura
    institucional irracionalmente centralizada y a la vez propugnar
    la erradicación del monopolio de los partidos
    políticos del sistema político y de gobierno del
    país.

    Se ha dicho muy claramente que el centralismo y los
    partidos políticos en la práctica se complementan
    recíprocamente, ya que eliminar un sistema de partidos y
    mantener un Estado administrativamente centralizado
    traería insalvables problemas de gobernabilidad
    técnica. Esta afirmación lleva implícita en
    sí la conclusión obvia de que es necesario
    descentralizar la estructura política administrativa del
    Estado a un nivel que permita prescindir de la concurrencia de
    los partidos políticos como los únicos actores en
    la conformación y el funcionamiento de los sistemas de
    representación y administración estatales,
    derivando de esta manera ese protagonismo a la sociedad civil y
    sus organizaciones
    legítimamente constituidas.

    Esta búsqueda del "nivel de
    descentralización" más apropiado, termina
    justificando el porqué basar la nueva estructura
    política administrativa del país en la figura del
    municipio, pues la dimensión jurisdiccional y el
    sentido de su régimen administrativo, permite la
    participación directa de la sociedad civil (sin partidos
    políticos) no sólo en los procesos de
    conformación de los sistemas de representación,
    sino también en la fiscalización y la toma de
    decisiones dentro de la actividad cotidiana de gobierno, lo cual
    abre canales para el ejercicio ya en los hechos, de una
    democracia más participativa, particularmente en el
    ámbito ejecutivo (manejo de recursos para satisfacer
    necesidades públicas).

    Por otro lado, dar el protagonismo descrito al
    municipio conseguiría incluso, modificando o
    perfeccionando el régimen jurídico que lo regula,
    resolver con mucha más efectividad ciertos problemas tan
    arcaicos como la exclusión económica y cultural de
    los sectores indígenas del país, ya que a
    través de una adecuada distritación municipal
    (llevada adelante por cada municipio) puede incluir a estos
    sectores a la vida económica y administrativa del Estado
    respetando sus usos, costumbres y características
    organizativas.

    Es así que, si en el proceso de
    distritación de un municipio se logra hacer coincidir
    ciertas estructuras originarias indígenas (ayllus,
    marcas,
    tentas, grupos de estos, etc.) con los niveles jurisdiccionales
    municipales más pertinentes, se le otorga a este sector
    específico la posibilidad de elegir un representante ya
    como distrito, ante el gobierno municipal, lo que a su vez hace
    viable su participación en la administración de los
    pocos o muchos recursos que le correspondan a su municipio y en
    la decisión de las políticas relativas a sus
    conveniencias, existiendo también por supuesto la
    posibilidad de que un municipio, dada sus características
    poblacionales, pueda establecerse como un "municipio
    indígena" propiamente dicho. Esta hermenéutica
    puede funcionar existan sectores con una predefinición
    cultural o histórica específica o simplemente una
    población civil con cierta relación
    geográfica o económica entre sí.

    En conclusión, el municipio tiene la
    dimensión geográfica jurisdiccional más
    adecuada para encarar una reestructuración política
    y administrativa del Estado que lo acerque a la sociedad civil
    repartida en cada rincón del país,
    otorgándole a ésta, posibilidades no solo de ser
    atendida adecuadamente por él, sino también de
    participación directa en su administración,
    además de allanar los procesos de conformación de
    sus niveles representativos y de su gobernabilidad cotidiana sin
    necesidad de instrumentos de participación política
    específicos (partidos políticos).

    B. PARLAMENTO NACIONAL, CONCEJO MUNICIPAL Y
    GOBERNABILIDAD.-

    En el esquema presentado, se habla tanto del
    "Parlamento Nacional" como del "Concejo Municipal" como las
    máximas instancias gubernamentales del Estado, cada uno en
    su respectivo nivel, es decir, se propone concentrar la facultad
    decisoria en órganos de representación colectivos y
    no así individuales (presidente o alcalde); el
    porqué tiene una explicación escueta, y es que el
    objetivo central apunta a que las decisiones que emanen de estos
    órganos sean discutidas o consensuadas, a través de
    cada miembro, con la sociedad civil a la que representa, de
    manera que ya no exista manejo discrecional de la cosa
    pública por una sola persona y su
    entorno político servil como pasa en un sistema
    presidencialista.

    Sin embargo, un modelo de gobierno con estas
    características, tendrá serios problemas respecto
    de su practicidad, si no se redispone el resto de su mecánica para evitar tales.

    Se empieza entonces por determinar un ámbito
    geográfico y jurisdiccional lo suficientemente
    pequeño (Municipio) como el núcleo alrededor del
    cual gire la función principalmente ejecutiva del Estado,
    ámbito desde el cual no obstante, emergerá asimismo
    el ejercicio de los actos de gobierno a nivel nacional,
    afianzándose por ende una ingeniería de gobierno vertical
    indudablemente, pero cuyo flujo de consensos de decisiones
    transite ascendentemente desde los ámbitos básicos
    hacia los superiores y no al contrario.

    El concejo municipal se conformaría a
    través del único proceso electoral fijo de consulta
    vinculante al ciudadano, es decir elecciones municipales, este
    proceso sirve para constituir la instancia representativa
    (concejo municipal) que ejerce la tarea primordialmente ejecutiva
    del Estado, mediante el manejo autonómico de los recursos
    que le correspondan, sin embargo se constituye también
    como un órgano de máxima instancia política
    administrativa a nivel local y a la vez como una unidad
    conformadora de la instancia máxima nacional (Parlamento)
    con voz y voto al interior del mismo.

    Siendo el municipio territorialmente
    pequeño y por ende más administrable que el
    ámbito nacional, es posible prescindir por un lado de los
    partidos políticos pero también por otro de la
    existencia de figuras unipersonales de representación como
    sería el alcalde; es por cuanto que, sin corrientes
    partidarias en pugna al interior del concejo municipal, se hace
    perfectamente factible que la gobernabilidad sea
    compatible con un sistema político administrativo
    municipal basado únicamente en un órgano de
    gobierno colectivo.

    Empero no pasa lo mismo a nivel central, pues llevar a
    cabo un proceso electoral para la conformación del
    parlamento nacional, es prácticamente imposible sin la
    participación de partidos políticos que aglomeren
    de alguna manera las múltiples corrientes que por la
    amplitud de este nivel existen, en consecuencia, al haber
    corrientes partidarias dentro del parlamento, tampoco
    habría posibilidades de gobernabilidad si no existiera un
    sistema de poder y administración paralelo (Ejecutivo)
    como es el presidencial en el caso de Bolivia, cuya existencia se
    justifica entre otras cosas, en la necesidad de contar con una
    instancia ordenadora y reguladora de las demandas de todos para
    canalizarlas en la ejecución de proyectos y
    formulación de políticas.

    Con lo explicado, para lograr descomplejizar un sistema
    exclusivamente parlamentario, es imperioso apuntar a cambiar el
    sistema de su conformación, disponiéndose que el
    parlamento boliviano emerja de una mera reunión de
    representantes de cada municipio, representantes que no
    serán elegidos en procesos electorales directos, sino a
    través de una simple designación al interior de
    los concejos municipales
    .

    Haciendo una comparación retórica, el
    Estado central (parlamento) pasaría a ser como el
    directorio (Órgano de decisiones) de una empresa
    (Estado) cuyos dueños (municipios) designaran un
    representante (diputado) ante ese directorio; ese directorio
    podrá contratar al personal
    ejecutivo (Órganos Centrales) para la ejecución de
    sus tareas que básicamente se resumen en manejar la empresa
    (Estado) de la mejor manera para que sus logros económicos
    entre otras cosas, sean repartidos entre los dueños
    (municipios), los que a su vez manejarán
    autonómicamente lo que les corresponde.

    Lo expuesto como ejemplo, salvando las diferencias con
    los entes de derecho
    comercial claro está, sirve solamente para explicar
    que una nueva hermenéutica estatal como la que está
    planteada, eliminaría las relaciones intergubernamentales
    verticales descendentes, es decir de Estado central a gobiernos
    locales, volcándose la figura mas al contrario,
    especialmente en cuanto a los procesos de toma de decisiones
    troncales, pues el gobierno central se subordinaría al
    consenso y legitimidad de sus conformadores, es decir los
    municipios, aunque por supuesto en materia de control y
    ordenamiento cotidiano aun subsistirían las relaciones
    intergubernamentales verticales ascendentes y descendentes y
    también por supuesto y según las necesidades, las
    relaciones intergubernamentales horizontales (Entre instancias de
    gobierno de un mismo nivel).

    Esta sui géneris recomposición del Estado
    logrará un ejercicio democrático más
    legítimo y participativo también en el nivel
    gubernamental central, ya que al ser el parlamentario solo
    designado por el concejo municipal de su municipio, éste
    tendrá consecuentemente que consensuar sus actuaciones con
    el órgano que lo designó que a la vez deberá
    responder y consensuar sus decisiones con la población
    civil a la cual representa, a través de los canales que su
    régimen ofrece para ello, los cuales habrá que
    fortalecerlos, mejorarlos o incluso crear nuevos.

    C. ¿PORQUE ELEMINAR EL NIVEL MESO EN
    BOLIVIA?.-

    La actual división política del
    país en departamentos resulta exigua para encarar un
    proceso de descentralización eficaz si es que los
    objetivos perseguidos tienen que ver con lo ya explicado en el
    presente trabajo.

    El camino hacia las autonomías departamentales,
    aunque de todas formas ya sería un avance positivo,
    está condenado a la vez a recaer ya en sus resultados a
    mediano y largo plazo en los mismos inconvenientes de nuestro
    actual Estado centralizado solo que a nivel departamental, es
    decir centralismo y exclusión política y social al
    interior de cada departamento, germinando con el tiempo nuevos
    grupos de poder, si es que no existen ya, que se
    adueñarían de los espacios de la
    administración pública y por ende de los beneficios
    que supone la misma en desmedro de toda una
    región.

    Por otro lado, en la actual división
    política del país, ninguno de los departamentos
    presenta la uniformidad cultural y geográfica necesarias
    para sustentar un proyecto de
    autonomías basado en la comunidad
    regional en esos aspectos tan primarios; para ello habría
    que encarar una re división nacional en por ejemplo un
    departamento altiplánico, otro chaqueño, uno
    amazónico, uno de los valles, etc.; sin embargo, aun
    procediéndose de esta manera, por la naturaleza
    humana y la dimensión geográfica de estas
    regiones, persistiría de todas maneras la tendencia de ser
    afectados por las contrariedades ya señaladas.

    El camino será entonces eliminar el nivel meso
    (Departamental) y buscar un nivel territorial más
    pequeño y colindante a la base social (Municipal),
    un nivel que provisto de toda la economía pública
    que le corresponda y de la tan ansiada autonomía que le
    permita administrarse libremente, posibilite a todo habitante del
    país el ser participe y beneficiario de las capacidades
    del Estado, interactuando de manera más directa y
    constante con su aparato administrativo pues lo tendría
    mucho más accesible no sólo físicamente,
    sino formalmente mediante el régimen jurídico que
    lo regula.

    Está claro que en este ensayo, el nivel
    intermedio entre lo local y lo nacional, es decir el que
    actualmente detentan las estructuras departamentales, es
    remplazado por un práctico y flexible régimen
    mancomunitario, permitiéndose con ello no
    sólo la constitución de bloques de municipios
    fundados en proximidades culturales o sociales como sería
    una mancomunidad chaqueña por ejemplo, sino de
    múltiples y dinámicos convenios intermunicipales
    concretados de acuerdo a una serie de temas, proyectos o
    circunstancias específicas que lo justifiquen;
    dejarían de existir en consecuencia las instancias
    intermedias fijas de gobierno, pues éstas serán
    flexibles y temporales según los requerimientos concretos
    que se presenten, teniendo además el apoyo técnico
    que demande cualquier emprendimiento mancomunado de parte de los
    órganos nacionales conformados para ese fin.

    D. REGIMEN PRESUPUESTARIO SOLIDARIO Y
    PROPORCIONAL.-

    Por múltiples factores, el país tiende a
    avanzar en todo aspecto de manera muy desigual, lo que estimula
    la existencia de algunas regiones, las menos, con mejores niveles
    de desarrollo y otras, las más, con casi ninguno; esto a
    su vez provoca entre otras cosas, procesos migratorios que
    problematizan la situación de los centros receptores de
    este fenómeno, es ahí donde reside el descargo para
    derivar el grueso de la capacidad económica del Estado
    hacia autonomías municipales, de manera que cada municipio
    tenga la opción de promover su desarrollo desde una
    visión local, operando para ello sus propias
    políticas de gasto
    público.

    El régimen presupuestario nacional se presenta
    así como un mecanismo fundamental de cohesión
    nacional, y debe basarse en una formula cardinal e inamovible que
    consiste en aglomerar toda las recaudaciones del Estado en una
    sola bolsa, recursos de los cuales un 20% servirán para
    financiar las pocas pero importantes funciones del nivel central,
    y el restante 80% se repartirán entre todos los municipios
    del país, un 30% de ese monto de manera igualitaria y el
    restante 70% de manera proporcional según
    población; esta fórmula obliga a no desamparar a
    los municipios más pobres ya que estos dispondrán
    siempre de una base financiera coherente para atender sus
    necesidades, de ahí el principio de solidaridad
    presupuestaria que de algún modo también es una
    forma de protección de los municipios con mejor
    situación ya que se evitarán los múltiples
    problemas que resultan de las desigualdades económicas
    como la migración
    y las iniquidades sociales derivadas de
    ella.

    De un cálculo
    aritmético sobre la base de estas reglas, se
    tendría por ejemplo que de un monto total disponible como
    el estimado para el año 2004, es decir 9.000 millones de
    bs., un municipio de 5.000 habitantes administraría
    (además de lo que hoy por hoy le correspondería por
    coparticipación) un presupuesto de 9.985.443 bs, uno de
    200.000 habitantes administraría un presupuesto de
    132.835.443 bs, y uno de 1.000.000 de habitantes
    dispondría de 636.835.443 bs.

    Esta fórmula se ocupa de la captación y
    repartición de los recursos de carácter nacional
    (impuestos, regalías, ingresos administrativos, etc), pero
    no se contraponen con los ingresos municipales específicos
    que cada administración local obtendrá según
    sus peculiaridades, vía por la cual obviamente se
    reforzará más aun el presupuesto de los municipios
    con mayor población y actividad económica, que
    ayudará a encarar sus acrecentadas necesidades resultantes
    de sus dimensiones.

    Una estructura presupuestaria y administrativa tal como
    se tiene planteada, se convertirá ciertamente en el
    esqueleto que asegurará la vigencia de una democracia
    sólida y altamente funcional, en primera instancia porque
    independientemente de las políticas, modelos
    económicos o decisiones de cualquier índole que
    el país como tal asuma, lo poco o mucho que se obtenga de
    su éxito
    será necesariamente repartido de manera justa y solidaria,
    pero además porque asegurará mayor
    participación de la población civil en el aparato
    administrativo gubernamental.

    E. DE LA IMPORTANCIA DEL NIVEL CENTRAL DEL
    ESTADO.-

    Siguiendo la dirección trazada, si bien la
    potestad de la instancia central estatal para aplicar (ejecutar)
    la economía pública del país
    declinaría casi completamente a favor de los municipios,
    sus atribuciones no obstante continuarían revestidas de
    una elemental importancia ordenadora, regulatoria y coadyuvadora
    en la hermenéutica administrativa nacional, al mismo
    tiempo de ser por supuesto, el nivel en el cual se establecen las
    políticas generales de la nación.

    Al margen de la administración de justicia (poder
    judicial) que tiene relevancia propia, el nivel central del
    Estado, a través del Parlamento y las entidades nacionales
    que dependen de él, asumirá tres grandes grupos de
    funciones que se resumen en:

    • Toma de decisiones a cerca de políticas, actos
      y disposiciones referidos a temas nacionales.
    • Recaudación y distribución
      presupuestaria.
    • Apoyo y control a la gestión pública
      local.

    Está claro que en muchos casos, los municipios
    precisan todavía de mucho apoyo técnico y
    consultivo para llevar a cabo sus gestiones administrativas y
    políticas internas de manera aceptable, cualquier estudio
    de evaluación
    de capacidades institucionales y de gestión de los
    gobiernos municipales demuestra eso; asimismo, será
    necesario la existencia de ciertas instancias de apoyo para
    catalizar y orientar en cuanto a proyectos de dimensión
    supralocal que involucren dos o más municipios o proyectos
    de índole nacional propiamente dicho, ahí la
    importancia del pequeño y desburocratizado pero eficiente
    aparato central que asuma, entre otras, éstas
    tareas.

    Bibliografía Consultada:

    Ministerio de Desarrollo
    humano SNPP. Compendio de normas referidas a los gobiernos
    municipales. Tomo I. Editorial Integra, La Paz, 1996.

    Ministerio de Desarrollo humano SNPP. Compendio de
    normas referidas a los gobiernos municipales. Tomo II. Editorial
    Weinberg, La Paz, 1996

    Parlamento Nacional Boliviano. Ley de
    Municipalidades No. 2028. Gaceta Oficial de Bolivia, La Paz,
    1999.

    Parlamento Nacional Boliviano. Ley de
    Participación Popular No. 1551. Gaceta Oficial de Bolivia,
    La Paz, 1994.

     

    Vladimir Arandia L.

    Sucre, marzo de 2004

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