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Los Incoterms




Enviado por and_zz



    1. Referencia
      histórica
    2. Concepto de
      Incoterms
    3. Finalidad de los
      Incoterms
    4. Clasificación de los
      Incoterms
    5. Análisis de los
      términos
    6. Conclusión

    INTRODUCCION

    Los Incoterms son los términos comerciales
    internacionales que definen y reparten claramente las obligaciones,
    los gastos y los
    riesgos del
    transporte
    internacional y del seguro, tanto
    entre el exportador y el exportador. Estos términos son
    reconocidos como estándares internacionales por las
    autoridades aduaneras y las cortes en todos los
    países.

    Cuando los comerciantes entran en un contrato para la
    compra y la venta de
    mercancías, están libres de negociar
    términos específicos en su contrato. Estos
    términos incluyen el precio, la
    cantidad, y las características de las mercancías.
    Cada contrato internacional contiene lo qué se refiere
    como Incoterm (reglas internacionales para la interpretación de términos
    comerciales) El Incoterm seleccionado por los comerciantes de la
    transacción, determinará quién pagará
    el costo de cada
    segmento del transporte, quién es responsable de cargar y
    descargar la mercancía, y quién lleva el riesgo de la
    pérdida en un momento dado durante el envío
    internacional. Incoterms también influencian el valor de la
    mercancía importada a través de una aduana.
    Los Incoterms son supervisados y administrados por la
    Cámara de Comercio
    internacional en París y son incluidos por las
    principales naciones comerciales del mundo. Actualmente hay 13
    Incoterms en uso, y pueden ser considerados en términos de
    la base citada arriba. Todos los Incoterms actuales están
    descritos a continuación. Cabe decir que EXW, FOB, CIF, y
    DDP son los Incoterms usados más frecuentes.

    REFERENCIA HISTORICA

    Las leyes propias de
    cada país o unión de países proporcionan
    cobertura jurídica dentro del territorio en el que han
    sido aprobadas, no pudiendo, no obstante, ser aplicables fuera de
    su dominio. Esta
    situación supone la dificultad de decidir cuál es
    la reglamentación aplicable en un contrato de compra-venta
    entre dos países con legislaciones diferentes.

    A comienzos del siglo XX se estableció la
    necesidad de solventar dicha problemática para reducir el
    riesgo de complicaciones legales y de ésta forma facilitar
    el intercambio en el comercio
    internacional.

    En el marco de la Cámara de
    Comercio Internacional (CCI), los exportadores mundiales y el
    resto de los sectores comerciales aprobaron una primera normativa
    que posteriormente ha sido objeto de distintas revisiones: son
    los INCOTERMS, acrónimos de los términos
    ingleses INternacional COmercial TERMS (términos de
    comercio internacional).

    Desde su creación en 1936, los INCOTERMS han
    sufrido diversas actualizaciones con el objetivo de
    mejorar y dar mayor apoyo a los comerciantes. Se han incluido
    constantes modificaciones para adaptarlos a las presentes
    prácticas comerciales y adecuarlos al desarrollo del
    Comercio Internacional.

    Tras las revisiones publicadas en 1953, 1967, 1976, 1980
    y 1990, los INCOTERMS 2000 se presentan como la última
    modificación de la norma.

    CONCEPTO DE INCOTERMS

    Son reglas internacionales uniformes para la
    interpretación de términos comerciales. Determinan
    el alcance de las cláusulas comerciales incluidas en un
    contrato de compra-venta internacional, solucionando los problemas
    derivados de las diversas interpretaciones que pueden darse
    según los países involucrados y reduciendo las
    incertidumbres derivadas de las
    múltiples legislaciones, usos y costumbres.

    Carecen de toda fuerza
    normativa o legal, obteniendo su reconocimiento de su cotidiano y
    constante uso a nivel mundial, por lo que para que sean de
    aplicación a un contrato determinado, éste
    deberá especificarlo así.

    Los INCOTERMS regulan:

    • La distribución de documentos.
    • Las condiciones de entrega de la
      mercancía.
    • La distribución de los costes de la
      operación.
    • La distribución de riesgos de la
      operación.

    Pero no regulan:

    • La legislación aplicable a los puntos no
      reflejados en los INCOTERMS.
    • La forma de pago de la operación.

    Son marca registrada
    de ICC Publishing, Inc.

    FINALIDAD DE LOS INCOTERMS

    La finalidad de los INCOTERMS es establecer un conjunto
    de reglas internacionales uniformes para la interpretación
    de los términos más utilizados en el comercio
    internacional, con objeto de evitar en lo posible las
    incertidumbres derivadas de dichos términos en
    países diferentes.

    Además delimitan con presión
    los siguientes términos del contrato:

    • Reparto de gastos entre exportador e
      importador.
    • Lugar de entrega de la
      mercancía.
    • Documentos que el exportador debe proporcionar al
      importador.
    • Transferencia de riesgos entre exportador e
      importador en el transporte de la
      mercancía.

    CLASIFICACION DE LOS INCOTERMS

    Los INCOTERMS contienen un total de 13 posiciones o
    tipos de contratos
    diferentes y se clasifican en dos grupos:

    1. Grupo llegada, y
    2. Grupo salida.

    A continuación se presenta un listado que
    contiene los tipos de INCOTERMS clasificados en sus grupos
    respectivos:

    1. Grupo E

      EXW: "Ex Works" ("En
      fabrica")

      Grupo F

      FCA: "Free Carrier"
      ("Franco transportista")

      FAS: "Free Alongside
      Ship" ("Franco al costado del buque")

      FOB: "Free On Board"
      ("Franco a bordo")

      Grupo C

      CFR: "Cost and Freight"
      ("Coste y flete)

      CIF: "Cost, Insurance
      and Freight" ("Coste, seguro y flete")

      CPT: "Carriage Paid
      To…" ("Transporte pagado hasta…")

      CIP: "Carriage and
      Insurance Paid to…" ("Transporte y seguro pagados
      hasta…")

    2. Grupo salida:
    3. Grupo llegada:

    Grupo D

    DAF: "Delivered At
    Frontier" ("Entregado en frontera")

    DES: "Delivered Ex
    Ship" ("Entregado sobre el buque")

    DEQ: "Delivered Ex
    Quay" ("Entregado en muelle")

    DDU: "Delivered Duty
    Unpaid" ("Entregado sin pago de derechos")

    DDP: "Delivered Duty
    Paid" ("Entregado con pago de derechos")

    ANALISIS DE LOS TÉRMINOS.

    EXW "EX WORK" (en
    fábrica).

    El vendedor se obliga a poner a disposición del
    comprador en su establecimiento o lugar convenido
    (fábrica, taller, almacén,
    etc.), sin despacharla para la exportación ni efectuar la carga en el
    vehículo receptor, concluyendo sus
    obligaciones.

    FCA "FREE
    CARRIER" (franco transportista).

    El vendedor entrega la mercancía y la despacha
    para la exportación al transportista nombrado por el
    comprador en el lugar convenido. El lugar de entrega elegido
    determina las obligaciones de carga y descarga de la
    mercancía en ese lugar: si la entrega tiene lugar en los
    locales de vendedor, éste es responsable de la carga; si
    la entrega ocurre en cualquier otro lugar, el vendedor no el
    responsable de la descarga.

    FAS "FREE ALONGSIDE
    SHIP" (franco al costado del buque).

    La entrega de la mercancía se realiza cuando es
    colocada por el vendedor al costado del buque en el puerto de
    embarque convenido. son por cuenta del comprador todos los costes
    y riesgos de pérdida o daño de
    la mercancía desde ese momento. Este incoterm exige al
    vendedor despachar la mercancía en aduana para la
    exportación.

    FOB "FREE ON
    BOARD" (franco a bordo).

    El vendedor tiene la obligación de cargar la
    mercancía a bordo del buque en el puerto de embarque
    especificado en el contrato de venta. El comprador selecciona el
    buque y paga el flete marítimo. La transferencia de
    riesgos y gastos se produce cuando la mercancía rebasa la
    borda del buque. El vendedor se encarga de los trámites
    para la exportación.

    CFR "COST AND
    FREIGHT" (coste y flete).

    El vendedor paga los gastos de transporte y otros
    necesarios para que la mercancía llegue al puerto
    convenido, si bien el riesgo de pérdida o daño de
    la mercancía se transmite de vendedor a comprador una vez
    haya sido entregada esta a bordo del buque en el puerto de
    embarque y haya traspasado la borda del mismo. También
    exige que el vendedor despache la mercancía de
    exportación. El seguro es a cargo del comprador

    CIF "COST,
    INSURANCE AND FREIGHT" (coste, seguro y flete).

    El vendedor tiene las mismas obligaciones que bajo CFR,
    si bien, además, ha de contratar y pagar la prima del
    seguro marítimo de cobertura de la pérdida o
    daño de la mercancía durante el transporte,
    ocupándose además, del despacho de la
    mercancía en acuana para la exportación.

    CPT "CARRIAGE PAID
    TO…"
    (transporte pagado
    hasta…)

    El vendedor contrata y paga el flete de transporte de la
    mercancía hasta el lugar de destino convenido. El riesgo
    de pérdida o daño se transfiere del vendedor al
    comprador cuando la mercancía ha sido entregada a la
    custodia del primer transportista designado por el vendedor, caso
    de existir varios. el despacho en aduana de exportación lo
    realiza el vendedor.

    CIP "CARRIAGE AND INSURANCE PAID
    TO…"
    (transporte y seguros pagados
    hasta…)

    Este término obliga al vendedor de igual forma
    que el CPT y además debe contratar el seguro y pagar la
    prima correspondiente, para cubrir la pérdida o
    daño de la mercancía durante el transporte, si
    bien, solo está obligado a contratar un seguro con
    cobertura mínima.

    DAF "DELIVERED AT
    FRONTIER" (entregado en frontera).

    El vendedor cumple su obligación, cuando, una vez
    despachada la mercancía en la aduana para la
    exportación la entrega en el punto y lugar convenidos de
    la frontera, antes de rebasar la aduana fronteriza del
    país colindante y sin responsabilidad de descargarla. Es de vital
    importancia que sea definido con precisión el
    "término" frontera.

    DES "DELIVERED EX
    SHIP" (entregado sobre el buque).

    La mercancía es puesta por el vendedor a
    disposición del comprador a bordo del búque, en el
    puerto de destino convenido, sin llegar a despacharla en aduana
    para la importación. El vendedor asume los costes y
    riesgos de transportar la mercancía hasta el puerto de
    destino, pero no de la descarga. Solo se usa cuando el transporte
    es por mar.

    DEQ "DELIVERED EX QUAY" (entregado en
    muelle)

    El vendedor cumple su obligación de entrega
    cuando pone la mercancía a disposición del
    comprador sobre el muelle y una vez descargada, en el puerto de
    destino convenido. En este término es el comprador el
    obligado a realizar el despacho aduanero de la mercancía
    para la importación. solo es usado en transporte
    marítimo.

    DDU "DELIVERED DUTY
    UN
    PAID" (entregado sin pago de
    derechos)

    El vendedor entrega la mercancía al comprador en
    el lugar convenido del país del comprador, no despachada
    para la aduana de importación y no descargada de los
    medios de
    transporte, a su llegada a dicho lugar. El término DDU
    puede utilizarse en cualquier medio de transporte.
    El vendedor debe asumir todos los gastos y riesgos relacionados
    con llevar la mercancía hasta el lugar convenido. El
    comprador ha de pagar cualesquiera gastos adicionales y soportar
    los riesgos en caso de no poder
    despachar la mercancía en aduana para su
    importación a su debido tiempo

    DDP "DELIVERED DUTY
    P
    AID" (entregado con pago de
    derechos)

    En este término el vendedor realiza la entrega de
    la mercancía al comprador, despachada para la
    importación y no descargada de los medios de transporte a
    su llegada al lugar convenido del país de la
    importación. El vendedor asume todos los gastos y riesgos,
    incluidos derechos, impuestos y otras
    cargas por llevar la mercancía hasta aquel lugar, una vez
    despachada en aduana para la importación.

    CONCLUSION

    "Los INCOTERMS son el instrumento mas importantes a la
    hora de realizar exportaciones e
    importaciones, ya
    que le permite a los comerciantes de diversos países
    entenderse los unos a los otros y de esta forma se facilita el
    comercio internacional"

    Br. Lenys Aguilera.

    "Gracias a la creación de INCOTERMS, se
    mejoró y reforzó las practicas comerciales
    internacionales, para que de esta manera los comerciantes le
    fuera mas posible o factible el solucionar problemas relacionados
    con los contratos, mercancías, operaciones, en
    fin todo lo concerniente a la compraventa de mercancías;
    siendo un gran respaldo para las negociaciones de un país
    a otro"

    Br. Zaid Reyes.

     

     

    Autor:

    Andrés

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