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El Método científico y el Derecho




Enviado por vspm



    1. Algunas definiciones del
      método científico
    2. Consideraciones generales del
      método científico y el
      Derecho
    3. Perspectivas del método y
      el Derecho
    4. Elementos del método
      científico
    5. Etapas del método
      científico
    6. Características del
      método científico
    7. Inducción y
      deducción como método
      científico
    8. Experimentación como
      método científico

    "No hay avenidas hechas para la
    ciencia,

    pero hay en cambio una
    brújula
    mediante la cual

    a menudo es posible estimar si se
    está sobre una huella

    promisoria: esa brújula es el
    método
    científico."

    Mario Bunge

    ALGUNAS DEFINICIONES
    DEL MÉTODO CIENTÍFICO

    Para Mario Tamayo y Tamayo, el método
    científico es un procedimiento
    para descubrir las condiciones en las que se presentan sucesos
    específicos, caracterizado generalmente por ser tentativo,
    verificable, de razonamiento riguroso y observación empírica.

    Pardinas, citado por Tamayo y Tamayo, dice que
    método de trabajo
    científico es la sucesión de pasos que debemos dar
    para descubrir nuevos conocimientos o, en otras palabras, para
    comprobar o disprobar hipótesis que impliquen o predican
    conductas o fenómenos desconocidos hasta el
    momentos.

    Citando a Eli de Gortari, Santiago Zorrilla Arena
    dice que "el método es el procedimiento planeado que se
    sigue en la actividad científica para descubrir las formas
    de existencia de los procesos,
    distinguir las fases de su desarrollo,
    desentrañar sus enlaces internos y externos, esclarecer
    sus interacciones con otros procesos, generalizar y profundizar
    los conocimientos adquiridos de ese modo, demostrarlos luego con
    el rigor racional y conseguir después su
    comprobación en el experimento o técnica de su
    aplicación".

    Jorge Witker, habla del método
    jurídico como cualquier técnica de
    aproximación al fenómeno jurídico en su
    realidad histórica, humana y social, además de la
    técnica de interpretación de derecho.

    Mario Bunge dice que el método
    científico es un rasgo característico de la
    ciencia, tanto
    de la pura como de la aplicada: donde no hay método
    científico no hay ciencia.

    Para Santiago Zorrilla Arena el método "es
    la clave para llegar a la verdad, ya que se levanta sobre la base
    de la problemática de la relación entre nuestros
    pensamientos y los objetos". Aclara que el método
    científico sigue el camino de la duda sistemática y
    aprovecha el análisis, la síntesis,
    la deducción y la inducción, lo que quiere decir que contiene
    las operaciones
    lógicas en general.

    Zorrilla Arena agrega que el método
    científico opera con conceptos, hipótesis,
    definiciones, variables e
    indicadores
    que son sus elementos básicos que proporcionan los
    recursos e
    instrumentos intelectuales
    con los que se ha de trabajar para conseguir el sistema
    teórico de la ciencia.

    José Luis López Cano, citado por
    Zorrilla Arena (Introducción a la metodología…), advierte cinco reglas
    para dirigir una investigación (considerando que no debe ser
    tomadas como una "receta"):

    1. Planear el problema con exactitud,
    2. Definir y fundamentar las conjeturas,
    3. Contrastar estrictamente la
      hipótesis,
    4. No tomar como absolutamente verdadera una
      hipótesis confirmada: debe tomarse como parcialmente
      verdadera.
    5. Intentar incorporar en leyes los
      conocimientos más amplios los resultados
      obtenidos.

    CONSIDERACIONES
    GENERALES DEL MÉTODO CIENTÍFICO Y EL
    DERECHO

    Santiago Zorrilla Arena advierte que en el caso
    de las ciencias
    sociales, y aquí este autor incluiría al
    derecho, la investigación inicia con la observación
    y luego se plantea la hipótesis; dentro de las ciencias
    sociales, destaca, se plantean dificultades muy especiales cuando
    se quiere aplicar los métodos
    existentes como producto de la
    complejidad y naturaleza de
    los datos estudiados,
    la limitada posibilidad de experimentar y controlar con prueba
    claras y la ambigüedad de probar una teoría
    social por sus resultados.

    Diferente opinión es la de Héctor
    Fix-Zamudio
    , quien establece en la obra consultada para este
    trabajo y descrito en la bibliografía que no existe
    una tajante diferencia en el procedimiento que siguen los
    investigadores de las ciencias
    naturales y de las calificadas como culturales (que, en este
    caso, es donde el autor en cita ubica al derecho). En todo caso,
    destaca Fix-Zamudio, la distinción radica en la manera de
    obtener los datos particulares que son mucho más evidentes
    y comprobables en la naturaleza que en los productos del
    espíritu.

    Norberto Bobbio, citado por Jorge Witker, dice
    que el derecho, como ciencia social que programa y
    coordina comportamientos o conductas individuales y sociales
    pueden investigarse desde dos perspectivas epistemológicas
    que son, a saber:

    1. Como un sistema de normas dado,
      que bloquea el tiempo y que
      es necesario conservar y reproducir, perspectiva que bajo el
      formalismo jurídico tiene su más nítida
      expresión.
    2. Como un conjunto dinámico de prescripciones
      que se adecuan y cambian con las relaciones sociales y que
      exige al investigador un esfuerzo interdisciplinario para
      captar el "dándose aquí y ahora" en una
      institución o regla del derecho.

    PERSPECTIVAS DEL
    MÉTODO Y EL DERECHO

    Héctor Fix-Zamudio, encuentra cuatro
    perspectivas del método aplicado al campo
    jurídico:

    1. Concepción filosófica del método
      jurídico, centrándose fundamentalmente en los
      caminos lógicos por los cuales se alcanza el
      conocimiento y se le interpreta debidamente.
    2. Concepción metodológica del derecho,
      entendiéndola como una disciplina
      que se ocupa por estudiar las técnicas
      científicas más adecuadas para penetrar y
      comprender el amplísimo y multiforme campo del derecho;
      en este sentido es como pueden resolverse una serie de procedimientos
      técnicos que, en su conjunto, han sido calificados como
      técnica jurídica.
    3. Concepción histórico-crítica, que parte de la idea de que toda
      doctrina o teoría puede ser considerado como un
      método.
    4. Concepción estricta, utilizando al
      método para comprender el conjunto de instrumentos
      prácticos que pueden utilizarse para realizar
      correctamente un estudio científico sobre la materia
      jurídica.

    ELEMENTOS DEL
    MÉTODO CIENTÍFICO

    Citados por Tamayo y Tamayo, Goode y Hatt
    presentan como elementos fundamentales del método
    científico los siguientes:

    1. El Concepto,
      construcción lógica creada a partir de impresiones de
      los sentidos o
      de percepciones y experiencias.
    2. La Hipótesis, proposición que puede ser
      puesta a prueba para determinar su validez. Son
      características de la hipótesis:
    1. Deben tener referente empírico: Ninguna
      hipótesis utilizable debe llevar a juicios
      morales.
    2. Deben ser conceptualmente claras: Los conceptos debe
      estar claramente definidos, si es posible
      operacionalmente.
    3. Tienen que ser específicas: Todas las
      operaciones y predicciones deben estar bien expresadas, en una
      forma específica y no general.
    4. Deben estar relacionadas con las técnicas
      disponibles: El teórico debe conocer cuáles son
      las técnicas disponibles para someter su
      hipótesis a prueba.

    ETAPAS DEL
    MÉTODO CIENTÍFICO

    Tamayo y Tamayo comenta que en el proceso del
    pensar reflexivo se dan cinco etapas para resolver el problema, a
    saber:

    1. Percepción de una dificultad. El individuo
      encuentra algún problema que le preocupa, se halla sin
      los medios para
      llegar al fin deseado, con dificultad para determinar el
      carácter de un objeto o no puede explicar
      un acontecimiento inesperado.
    2. Identificación y definición de la
      dificultad. El individuo efectúa observaciones que le
      permiten definir su dificultad con mayor
      precisión
    3. Soluciones propuestas para el problema: la
      hipótesis. A partir del estudio de los hechos, el
      individuo formula conjeturas acerca de las posibles soluciones
      del problema.
    4. Deducción de las consecuencias de las
      soluciones propuestas. El individuo llega ala conclusión
      de que si cada hipótesis es verdadera le seguirán
      ciertas consecuencias.
    5. Verificación de la hipótesis mediante
      la acción. El individuo pone a prueba cada
      un de las hipótesis, buscando hechos observables que
      permitan confirmar si las consecuencias que deberían
      seguir se producen o no.

    CARACTERÍSTICAS DEL MÉTODO
    CIENTÍFICO

    De acuerdo con Ander Egg, citado por Tamayo y
    Tamayo, las características del método
    científico son:

    1. Es fáctico, en cuanto se ciñe a los
      hechos, es decir, tiene una referencia
      empírica.
    2. Trasciende los hechos, es decir "exprimen" la
      realidad para ir más allá de las
      apariencias.
    3. Verificación empírica, pues se vale de
      esta para formular respuestas a los problemas
      planteados y para apoyar sus propias afirmaciones.
    4. Autocorrectivo, va rechazando o ajustando las propias
      conclusiones.
    5. Progresivo, al no tener conclusiones infalibles o
      finales está abierto a nuevos aportes y a la
      utilización de un nuevo procedimiento o
      técnica.
    6. Formulación de tipo general, la cosa en
      particular o el hecho en singular interesan en la medida en que
      es un miembro de una clase o caso
      de una ley.
    7. Objetivo, evita distorsiones.

    Mario Bunge reconoce dos características
    de la ciencia:

    1. Falibilidad, en tanto puede perfeccionarse mediante
      la estimación de los resultados a los que llega por
      medio del análisis directo.
    2. No es autosuficiente, no puede operar en el
      vacío de los conocimientos sino que requiere
      algún conocimiento
      previo que pueda luego reajustarse y elaborarse.

    INDUCCIÓN Y
    DEDUCCIÓN COMO MÉTODO
    CIENTÍFICO

    La inducción y la deducción, dice Zorrilla
    Arenas, son operaciones lógicas de la metodología
    que también nos auxilian para llegar al conocimiento
    científico encontrando el caso de que ambas, la
    inducción y la deducción, son métodos
    correlativos por su íntima conexión.

    En términos generales, deducción es ir de
    lo general a lo particular y la inducción es ir de los
    casos particulares a la generalización.

    En principio, señala Zorrilla Arenas, la
    inducción tiene la gran ventaja de impulsar al sujeto
    investigador a ponerse en contacto directo con las cosas. En el
    caso de la deducción, continúa el autor en cita, el
    papel del investigador es doble: primero debe encontrar principios
    desconocidos a partir de otros conocidos y, segundo, debe
    descubrir consecuencias desconocidas de principios
    conocidos.

    La inducción puede aplicarse cuando estudiamos un
    conjunto de objetos relativamente pequeño porque podemos
    estudiarlos todos y cada uno de ellos. Además, para
    aplicar este método, es necesario que el conocimiento
    comience teniendo contacto directo con las cosas objeto del
    estudio.

    El método inductivo presupone el problema de las
    relaciones objeto-sujeto, realidad-concepto. Su punto de partida
    es la diferenciación entre realidad y concepto.

    EXPERIMENTACIÓN
    COMO MÉTODO CIENTÍFICO

    El método experimental, advierte Zorrilla Arenas,
    ha sido considerado por muchos investigadores como infalible
    queriéndosele dar visos de universalidad.

    Este método, el experimental, fue utilizado por
    vez primera por Galileo Galilei
    quien lo estructuró enlazando una serie de procesos tales
    como la observación, la hipótesis y el
    experimento.

    Mario Bunge aclara que el método
    experimental no envuelve necesariamente experimentos en
    el sentido estricto del término pues puede aplicarse fuera
    de un laboratorio.

    BIBLIOGRAFÍA

    BUNGE, Mario. La ciencia. Su método y su
    filosofía.
    Ediciones Nueva Imagen.
    2003.

    FIX-ZAMUDIO, Héctor. Metodología,
    docencia e
    investigación jurídica.
    Décima Edición. Editorial Porrúa.
    2002

    TAMAYO, Mario. El proceso de la investigación
    científica
    . Tercera Edición. Limusa Noriega
    Editores. 1996

    WITKER, Jorge, et. al. Metodología
    jurídica.
    McGraw-Hill / UNAM. 1997

    ZORRILLA, Santiago. Introducción a la
    metodología de la investigación
    . Sexta
    Edición. Editorial Océano. 1998

    VICTOR S. PEÑA MANCILLAS

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