Mucho se habla hoy dia del Mobbing Laboral o acoso
psicológico o moral en
el trabajo,
que produce en las personas que lo padecen depresiones y
angustias originadas por conductas despectivas y agresiones
verbales de superiores, aunque a veces también pueden
contribuir a ello compañeros del mismo nivel
jerárquico.
Motivar al trabajador para que esté contento en
la
organización es una tarea compleja, ya que cada
persona es
diferente, percibe las cosas de forma distinta y, por tanto, se
motiva también de distinta manera. Lo que vale para una
persona no vale para otra.
Muchas veces se ha considerado al dinero como
único factor motivador.
Esta teoría
no solamente es errónea sino que, además, en el
caso que fuese cierta, perjudicaría notablemente a las
pequeñas empresas cuyos
recursos
económicos son más bien escasos.
Aunque el dinero siga
siendo un factor motivador, se pueden realizar acciones en
las organizaciones
sin el uso del mismo:
- Variedad en la tarea: está demostrado
que el trabajo
rutinario es desmotivador. - Agradecimiento: una sincera palabra de
agradecimiento en el momento preciso, puede significar para un
trabajador mucho más que un aumento de sueldo.
¿Le ha escrito alguna vez a un trabajador una nota de
agradecimiento? ¿Se ha interesado por una afición
del mismo y le ha regalado un detalle el día de su
cumpleaños? ¿Ha planificado alguna
celebración por algún logro de objetivos? - Hacer ver al empleado la importancia de su
trabajo: las personas disfrutamos haciendo las cosas bien,
tanto si se diseña un producto, se
esculpe una estatua o se rectifica un eje de acero. Un
trabajador tiene que captar que gracias a su trabajo el
producto que diseña se fabricará, se
admirará su escultura y rodará el vehículo
para el que rectifica el eje. - Delegación de responsabilidades:
Además de que la delegación es necesaria para la
correcta gestión de una organización, los empleados
trabajarán mejor si tienen autonomía, utilizan la
creatividad
de sus mentes y se sienten dueños y responsables de sus
decisiones. - Carrera profesional: los trabajadores
necesitan sentir que evolucionan profesionalmente, que tienen
una meta y que cada día avanzan en esa dirección. - Promoción: si el trabajador tiene
carrera profesional en la empresa y
ésta se ha preocupado de su formación, la
organización tiene en su propia casa a la persona que
precisa para las vacantes que se producen o los nuevos procesos que
se incorporan. - Comunicación: los trabajadores tienen
que recibir constantemente la
comunicación necesaria de todo lo que acontece en la
organización, sea bueno o malo: los resultados del
ejercicio, las estrategias y
planes de futuro. Un trabajador debe conocer cuál es el
futuro de la empresa y
las decisiones importantes que se toman. De esta forma se
sentirá dentro de la organización, tendrá
sentimiento de pertenencia. - Programas de sugerencias y política de puertas
abiertas: los trabajadores se sentirán motivados si
perciben que se escuchan y valoran sus sugerencias. Mucho
más si los directivos y responsables de procesos
mantienen una política de puertas abiertas y el
trabajador percibe un clima de
comunicación abierta con sus
superiores. - Ambiente laboral: un buen clima laboral
favorece la integración de las personas en la
organización y es una de las bases del éxito
empresarial. El ambiente
laboral comienza en el recibimiento grato en la empresa y la
preocupación de la organización por el nuevo
trabajador, y se alcanza cuando la persona trabaja en un
entorno favorable propiciado por la calidad del
líder, flexibilidad en reglas y procedimientos,
grado de confianza, formación, comunicación
ascendente y descendente, retribución justa, condiciones
de trabajo adecuadas (salud laboral),
inexistencia de mobbing, etc.
Nuevas formas de
organización del trabajo: rotación de
puestos, formación de equipos, horarios flexibles, semana
laboral compactada, teletrabajo,
períodos de vacaciones en Semana Santa y Navidades,
etc.
Prevención
del mobbing
La empresa es la responsable que el
ambiente laboral sea correcto. Para ello deberá tomar
ciertas medidas:
•
Velar por la calidad de las relaciones
laborales.
•
Realizar una asignación equitativa de los trabajos y
de las cargas.
•
Estructurar y concretar las funciones y
responsabilidades de cada puesto de trabajo, evitando
ambigüedades.
•
Evitar el exceso de competitividad
entre los trabajadores que puede acabar generando este tipo de
problemas.
proporcionando trabajos con bajo nivel de stress y alta
autonomía, capacidad de decisión y control sobre el
propio trabajo.
•
Capacitar a los líderes para que sean capaces de
identificar posibles conflictos y
que sean capaces de reconciliación.
• Establecer sistemas de
acogida e interpretación de los trabajadores acabados
de incorporar.
En cuanto a la protección legal pueden ser
abordadas desde la Constitución Nacional en el marco del Art.
14 bis, en tanto que la Ley de Contrato de
Trabajo 20.744 presenta en su articulado las siguientes
posibilidades:
• Art. 62: Obligación genérica de las
partes.-
• Art. 63: Principio de la buena fe.-
• Art. 65: Facultad de dirección.-
• Art. 66: Ius variandi.-
• Art. 75: Deber de Seguridad.-
• Art. 78: Deber de Ocupación.-
• Art. 81: Igualdad de
Trato.-
• Capítulo VIII, Título II "de la
formación profesional" (Incorporado por Ley 24576).-
• Art. 242: Extinción del contrato por
"justa causa".-
El marco legal de referencia se continúa con las
siguientes normas:
• Ley 23592 "anti discriminación".-
• Ley 25013, Art. 11 Despido discriminatorio.-
• Ley 24.557, de Riesgos del
Trabajo, nueva redacción del artículo 75 l. 20.744
y el concepto
accidente de trabajo y enfermedad profesional.-
Intimar al acosador mediante carta documento a
que haga cesar el acoso, bajo apercibimiento de iniciar acciones
legales.
Podría considerarse el acoso como una injuria
grave, (de tal magnitud que no permita la continuidad de la
relación laboral) y abandonar el trabajo con todos los
beneficios indemnizatorios de un despido sin causa
justa.
Dicha cuestión está prevista en la ley de
Contrato de Trabajo.
De probarse la injuria, podría solicitar el
despido del acosador, y así preservar él su puesto
de trabajo.
Se podría recurrir (casi sin sentido ante un
acosador) a la conciliación obligatoria, con el fin de
plantear el problema y dar fin a los actos de discriminación.
ESTUDIO JURIDICO DRA DI CATALDO
GODOY CRUZ 2870 CAPITAL
4776-1732
RAUCH 688 MORON 4627-7015/6811