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Sistemas Electorales




Enviado por marujazama



Partes: 1, 2

    1. Representatividad y sistemas
      electorales
    2. Tipología e
      implicancias
    3. Sobre
      la distribución de cargos
    4. Las
      reglas de juego
    5. Sistemas
      electorales comparados
    6. Conclusión
    7. Bibliografía

    INTRODUCCIÓN

    La crisis
    política
    en América
    Latina comienza a vislumbrarse con mayor intensidad entre
    fines de la década del 80 y principios de los
    90. Los factores que le dan origen podrían enumerarse de
    la siguiente forma:

    • resurgimiento de los sistemas
      democráticos
    • caída del muro de
      Berlín: desarticulación del socialismo
      real
    • abandono de la lucha armada en
      Centroamérica
    • nuevo encuadramiento ideológico: se impone un
      modelo
      hegemónico (neoliberalismo)
    • integración en aspectos políticos,
      económicos y sociales (globalización)
    • crisis de la deuda externa
    • aceptación por parte de las fuerzas armadas de
      una nueva misión
      ajena a la política
    • la imposición de nuevos lineamientos
      económicos

    Los sistemas democráticos quedaron estabilizados
    medianamente y la continuidad de la crisis residía en que
    los partidos tradicionales comenzaban a anteponer los intereses
    del partido a los intereses sociales.

    Entonces se produce la brecha entre las aspiraciones de
    la sociedad y el
    desarrollo de
    la actividad de los partidos
    políticos, esto da lugar al surgimiento de nuevas
    fuerzas y a que los partidos en las elecciones pierdan un enorme
    caudal de votos. Por ejemplo en Perú, Acción
    Popular y APRA tuvieron menos de los mínimos necesarios
    para continuar siendo partidos políticos, esto
    ocurrió en el 95 cuando surge Fujimori con su segundo
    mandato presidencial, obtiene un 65% de los votos.

    Estas nuevas fuerzas surgen fundamentalmente por dos
    razones: 1) Como castigo a las fuerzas tradicionales y 2) Como
    resultado de la incorporación al escenario político
    de sectores de la población que no participaban en la
    contienda electoral.

    La crisis de representación política,
    entonces, se vincula directamente con el sistema de
    partidos políticos. Estas nuevas fuerzas obtuvieron muy
    buenos resultados electores, caso argentino: Frente
    Grande.

    La imagen de los
    partidos políticos ha ido en escala
    descendente a partir de un pico que fue en la transición
    hacia los sistemas democráticos, cuando las democracias se
    consolidaban, los temas políticos pasan a un segundo plano
    y los partidos y sus lideres pierden popularidad. Esto ocurre
    también por la incapacidad para darle solución a
    las nuevas demandas hacia los partidos políticos entre las
    principales podemos citar :

    1. mayor transparencia y honestidad
    2. mayor representatividad
    3. menos personalismo
    4. mayor democratización
    5. solución de problemas

    En nuestro país, esta crisis de
    representación política tiñe con un velo de
    sospecha la eficacia de los
    partidos políticos como canales reales de comunicación entre la sociedad y el estado,
    esto se ve reflejado en el descenso de la participación
    electoral, en la disminución de la afiliación
    partidaria y en un brusco crecimiento del voto bronca.

    Hay una creencia generalizada de que los partidos son
    organizaciones
    cerradas, oligárquicas y profundamente burocratizadas y de
    que su funcionamiento interno no es suficientemente
    democrático y esto es preocupante porque termina afectando
    al sistema democrático debilitando su legitimidad y
    empobreciendo su rendimiento. Esto se traduce en la necesidad de
    reformular el sistema de reclutamiento
    de candidatos, para hacerlo más participativo y
    consecuentemente más representativo.

    Por otra parte convivimos con la problemática de
    la financiación de las organizaciones partidistas y de sus
    vinculaciones con fenómenos de corrupción, por ello es necesaria la
    instauración de órganos de control
    administrativos independientes del poder
    político de turno, así como instancias judiciales
    permanentes para que no se trampee la ley.

    Los partidos políticos tradicionales han
    abandonado su rol de formadores de cuadros, su papel de
    agregación de intereses sociales, para terminar resumiendo
    su actividad en la función de
    ser maquinarias electorales encargadas de dirimir problemas de
    posicionamiento. Por ello se ha desplazado el
    debate de
    proyectos y la
    función de la militancia política se
    restringió a impulsar el acceso de los partidos a la
    escena institucional.

    Los partidos políticos deberían
    desempeñar fundamentalmente dos funciones
    genéricas de tipo social y de tipo institucional. Las
    funciones de tipo social abarcan la socialización política, la
    movilización de la opinión
    pública, la representación de intereses y la
    legitimación del sistema
    político, etc, mientras que las institucionales se
    refieren al reclutamiento y selección
    de líderes, a la
    organización de elecciones, organización y composición del
    parlamento (como oficialismo y como oposición) y a la
    composición y al funcionamiento del gobierno.

    • ¿Que partidos en Argentina ofrecen a la
      ciudadanía este tipo de
      representación a nivel social e
      institucional?
    • ¿Qué formaciones políticas pueden por sí mismas
      alcanzar el poder y resultar representativas?

    Pesan aquí la naturaleza
    clientelar y la capacidad de articular los intereses de los
    diferentes grupos
    sociales… verdadera capacidad de liderazgo.

    Habría que preguntarse quizá, ante una
    crisis de representatividad política sobre las formas,
    léase: presidencialismo o parlamentarismo. Y sus variantes
    presidencialismo mayoritario o proporcional, parlamentarismo
    mayoritario o proporcional.

    También podemos evaluar la cuestión de la
    representatividad "el sentirse representado" en relación
    al rendimiento de las políticas públicas, pues
    estas son objeto de valoración continua para los
    ciudadanos, y las que ayudan a generar de manera directa e
    inmediata un grado u otro de confianza en el sistema, y en
    estrecho vínculo a las políticas públicas se
    encuentra el proceso de la
    elaboración de la agenda gubernamental y aquí
    entran preguntas tan vagas y de tan ampliada respuesta como : que
    país proyectamos?, cuales son las cuestiones que
    privilegiamos?, y aquí el gran déficit de los
    partidos políticos, la falta de discusión, el gran
    ausente: el debate político.

    Cómo elaborar una agenda gubernamental en la que
    resulten representados, articulados y agregados los intereses de
    una sociedad pluralista. Esto hace también al consenso y
    la legitimación del sistema.

    El pueblo va a sentirse representado en la medida en que
    sus intereses y necesidades, sus demandas, se vean satisfechas.
    Además en la medida en que los partidos políticos
    sean capaces de generar verdaderos liderazgos, y en la medida en
    que estos sean legitimadores del sistema político,
    así como es necesario que se amplíe el debate
    político dentro de las fuerzas políticas y se
    transparente el funcionamiento interno, léase financiamiento, selección de
    líderes, etc.

    Este proyecto forma
    parte de una investigación más amplia que trata
    tanto de indagar sobre las causas de la crisis de
    representación política como de plantear posibles
    soluciones al
    problema. Entre ellas la reformulación del sistema
    electoral y el sistema de partidos.

    Por estas razones es que este trabajo
    intentará indagar sobre los distintos componentes del
    diseño
    de un sistema electoral, para intentar develar si es que el
    sistema electoral argentino vigente contribuye a ahondar la
    crisis de representación política por la que
    atraviesa nuestro país actualmente. Utilizando como
    guía de investigación para abordar la
    problemática de la crisis de representación
    política, los siguientes componentes del sistema
    electoral: 1) Si el sistema es mayoritario o proporcional, la
    lógica
    representativa de cada órgano de poder del Estado 2) La
    fórmula matemática
    utilizada para calcular la distribución de votos, 3) La magnitud de
    los distintos distritos -no cuántos votantes viven en un
    distrito, sino cuántos miembros del parlamento se elige en
    él y qué representa cada distrito, 4) El escrutinio
    y tipo de Votos, y finalmente 5) El diseño de las
    papeletas o boletas y 6)El análisis comparado de diversos sistemas
    electorales implementados.

    CAPÍTULO I

    REPRESENTATIVIDAD Y SISTEMAS
    ELECTORALES

    I. QUE DECIMOS CUANDO HABLAMOS DE
    REPRESENTACIÓN POLÍTICA

    He efectuado alguna aproximación al concepto de
    representación política en la Introducción a este trabajo, pero prefiero
    ahondar más sobre el tema para que no queden dudas de lo
    que aludo cuando digo representación
    política.

    Cuando hablamos de representación hablamos de
    hacer presente a algo o a alguien que está ausente. En
    opinión de Giovanni Sartori la teoría
    de la representación, puede orientarse en tres direcciones
    según si el enfoque tiende a la idea de mandato o
    delegación, concepción derivada del derecho
    privada, también puede tender a la idea de
    representatividad, semejanza o similitud, relacionada esta idea
    con el enfoque sociológico o bien con la idea de responsabilidad, ésta última objeto
    de estudio prioritario del politólogo italiano.

    Ajustando un poco la mira, la representación
    política constituye en las democracias modernas, la
    vía por la cual el pueblo por medio de elecciones designa
    a sus gobernantes, comprendiendo tanto al Poder
    Ejecutivo como al Legislativo, ya que ambos tienen como
    función gobernar y representar al mismo tiempo
    priorizando una u otra función de acuerdo al sistema
    representativo que se adopte, tema que será tratado
    más adelante.

    La representación es un fenómeno
    sociológico de una doble caracterización, por un
    lado realiza la sustitución legitima y por otro es
    vía de influencia o acción política de las
    personas o entidades a quienes se representa.

    Circulan distintas nociones de representación
    política según que autor se tome como referencia:
    según Porras Nadales la representación
    política puede ser tomada como un proceso
    intercomunicativo basado en la transmisión de la voz de
    los ciudadanos sobre la esfera pública, tratándose
    de un proceso de carácter selectivo o reductivo en el que se
    opera una conversión de la pluralidad de intereses y de la
    multiplicidad de voluntades de individuos y grupos hasta
    llegar a la unidad final de la voluntad del estado.

    La representación política fue definida
    por Robert Von Mohl como "el proceso mediante el cual la
    influencia que todo el cuerpo de ciudadanos o una parte de ellos
    tiene sobre la acción política ejercida en su
    nombre y con su aprobación expresa en un numero
    pequeño de ellos, con efecto obligatorio por los
    así representados".

    Jellinek al respecto dice que "es la relación de
    una persona con otra
    o varias, en virtud de la cual la voluntad de la primera se
    considera como expresión inmediata de la voluntad de la
    ultima, de suerte que jurídicamente aparecen como una sola
    persona".

    Para Carré de Malberg el régimen
    representativo tiene su punto de partida en el sistema de la
    soberanía nacional. Todo poder viene del
    pueblo, de la nación
    o de la colectividad unificada.

    Mario Justo López, destaca la base individual de
    la representación política y dice "no hay sino
    voluntades individuales, pero si el individuo es
    el elemento básico de la representación, no es
    aisladamente el titular de ella. Cada individuo es un elemento,
    pero sólo la totalidad – la nación
    el pueblo – es la representada. Y si sólo el
    conjunto es el representado, los representantes lo son de
    él- del conjunto, de la nación, del pueblo –
    y no cada individuo o de un sector cualquiera de
    ellos.

    Desde el punto de vista sociológico, Max Weber
    considera a la representación como una forma de
    relación social "por la que la acción de un
    partícipe determinado se imputa a los
    demás.

    Desarrollo
    histórico:

    El primer expositor sistemático de la doctrina de
    la representación política fue Sieyes y su primera
    aplicación institucional expresa se encuentra en la
    Constitución francesa de 1791.

    Según Sieyes el objeto de una asamblea
    representativa es expresar la voluntad de una nación;
    ésta es la reunión de los individuos, además
    expresó que la finalidad de la nación es distinta
    de la de los individuos, que para que prevalezca el interés
    común, el derecho a hacerse representar pertenece a los
    ciudadanos sólo en su calidad de tales,
    en 1791 se estableció "los representantes nombrados por
    las circunscripciones no representan a una circunscripción
    particular, sino a la nación entera". Los constituyentes
    revolucionarios pretendían decir que los representantes no
    eran nombrados por sus electores. Hay una gran diferencia entre
    nación y pueblo; si es el pueblo el que es declarado
    soberano, de ello se desprende que la voluntad de los
    representantes depende y se deriva de la voluntad de un titular,
    y por tanto se desprende que se postulan en este caso, dos
    voluntades, la del pueblo y la de la asamblea representativa, en
    cambio siendo
    la nación la que se declara soberana, entonces tenemos una
    única voluntad, porque la voluntad de la nación es
    la misma voluntad de los que están legitimados para hablar
    en su nombre.

    Una necesidad de hecho origina el sistema de la
    representación y se produce solamente una
    delegación parcial del ejercicio de la voluntad nacional.
    La doctrina originaria de la representación
    política no es obra exclusiva de Sieyes, hubo
    también en Francia otros
    expositores tales como Mirabeau, Talleyrand – Perigord,
    Condorcet, etc.

    La idea de que el Parlamento representa el cuerpo de
    todo el reino y no cada uno de los diputados a quienes los
    eligieron encontró expositores por lo menos desde el siglo
    XIV. Edmund Burke mantenía que los representantes no deben
    ser mandatarios y que deben representar a la nación y no a
    los que mandan sobre ellos, esto lo mantuvo en su célebre
    discurso
    enviado a sus electores de Bristol en 1774. Expresó Burke
    "El Parlamento no es un congreso de embajadores con intereses
    diferentes y hostiles, en el que cada uno ha de mantener sus
    intereses, como un agente, como un defensor, frente a otros
    agentes y defensores; el parlamento es la asamblea deliberadora
    de una nación, con un sólo interés, el de
    todos…".

    Las colonias inglesas en Norteamérica
    habían conocido algunas instituciones
    representativas antes de independizarse, y al crear las propias
    luego de la emancipación, los constituyentes tuvieron
    noción del llamado principio de representación y
    del sistema representativo.

    En el Congreso Constituyente de 1787 se limitó al
    señalamiento de las ventajas de la representación
    sobre el gobierno directo del pueblo. James Wilson
    expresó: "Como (el pueblo) no puede… actuar por
    sí mismo, debe hacerlo por medio de sus
    representantes…". Los autores del El Federalista
    identificaron "sistema representativo" con la república
    que se acababa de crear y lo distinguieron de la democracia
    (pura o directa) señalando además las ventajas de
    aquél. Pero fue Paine quien señaló las
    peculiaridades, como "sistema representativo", del nuevo
    régimen instaurado entonces en
    Norteamérica.

    Por otra parte el artículo 67 de la vigente
    constitución italiana dice "Todo miembro del parlamento
    representa a la Nación y ejerce sus funciones sin
    vínculos de mandato". Y la fórmula adoptada en las
    constituciones francesas de 1946 y 1958 "la soberanía
    nacional pertenece al pueblo", encuentra su explicación en
    la Declaración de los derechos de 1789.

    La representación moderna refleja una
    transformación histórica. Es precisamente porque el
    Parlamento se convierte en un órgano del Estado por lo que
    se declara que éste representa a la nación,
    precisamente porque ha de poder pasar de la parte de los
    "súbditos" a la del "Estado". Aunque no es
    únicamente el hecho de que la ficción de la
    nación estaba dirigida a obstaculizar el paso a la
    voluntad popular, también estuvo presente la
    intención de insertar un poder popular en el
    Estado.

    Los parlamentos contemporáneos son llamados a
    operar sobre delicados equilibrios. Si asume demasiado el punto
    de vista de los gobernados, corren el riesgo de
    atrofiarse y paralizar el gobierno; y si por el contrario, trata
    de absorberlos demasiado en el Estado, asumiendo el punto de
    vista del gobernante corre el riesgo de no cumplir con su
    función representativa. Por otro lado la figura de la
    representación de la nación permite la
    inserción de los cuerpos representativos en el Estado;
    pero al mismo tiempo se enfrenta a nuevos problemas. Sobre la
    base de la prohibición constitucional del mandato
    imperativo y de la idea de la representación de la
    nación, el representante no representa o no debería
    representar a aquellos que lo eligen. Pero si el representante no
    representa a sus propios electores, parece desprenderse de ello
    que no es la elección la que crea un
    representante.

    La representación es ante todo creación,
    comunicación e integración de múltiples intereses,
    fundamentalmente en las sociedades
    modernas, en las que factores como la extensión
    territorial, el volumen de
    población, la falta de tiempo necesario por parte de la
    mayoría de los ciudadanos para ocuparse de los asuntos
    públicos, la complejización de los temas y
    soluciones a tratar durante la actividad gubernamental,
    así como el multiculturalismo hacen necesario abordar la
    cuestión de la representación, la
    deliberación y la crítica
    para alcanzar un grado de coordinación compatible con el
    interés de la comunidad en su
    conjunto. Aunque cabe destacar que la teoría de la
    representación no escapa a criticas.

    Una de las doctrinas con más adeptos es aquella
    que funda la irrealidad de la representación
    política – su carácter ficticio – en la
    equivocada concepción acerca de la naturaleza de la
    comunidad política. Los sostenedores de esa crítica
    afirman que la nación no es una máquina formada por
    voluntades individuales, sino un organismo constituido por
    elementos naturales, entre los que corresponde incluir los
    núcleos locales y los numerosos grupos sociales
    diferenciados por la diversidad de sus fines, consecuentemente
    afirman, que es por esos núcleos y grupos y mediante ellos
    que debe organizarse y funcionar la representación en el
    estado.

    La moderna representación política es
    "representación electiva", si bien la
    representación no puede tener un fundamento electivo en
    orden a la exigencia de asegurar la capacidad de respuesta del
    representante. La teoría electoral de la
    representación, es la teoría de la
    representación responsable, pues las elecciones aseguran o
    deberían asegurar la obligación de
    responder.

    En lo que se refiere a las condiciones y
    características de los sistemas representativos podemos
    enumerarlos del siguiente modo:

    1. El pueblo elige libre y periódicamente un
      cuerpo de representantes
    2. Los gobernantes responden de forma responsable frente
      a los gobernantes
    3. Los gobernantes son agentes o delegados que siguen
      instrucciones
    4. El pueblo está en sintonía con el
      Estado
    5. El pueblo consiente a las decisiones de sus
      gobernantes
    6. El pueblo participa de modo significativo en la
      formación de las decisiones políticas
      fundamentales
    7. Los gobernantes constituyen una muestra
      representativa de los gobernantes

    La problemática de la representación se
    refleja sobre el qué y el quién se representa,
    asimismo sobre el cómo se representa que consiste en el
    modo en que un sistema representativo está construido y
    hecho funcionar, y esto se vincula con el sistema de partidos, es
    decir, la estructura y
    funcionamiento de la mediación partidaria entre estado y
    sociedad, así como también se vincula con el
    sistema electoral, cuestión objeto de esta
    investigación.

    A continuación podemos ver dos gráficos ilustrativos de la crisis de
    representación política en Argentina, en
    éstos podemos observar la declinación de la
    participación electoral y la progresión por el
    contrario del "voto bronca":

    II. INTERRELACION FUNCIONAL DE LOS
    SISTEMAS DE PARTIDOS Y LOS SISTEMAS ELECTORALES

    Duverger ha observado ciertas regularidades entre los
    sistemas de partidos y los sistemas electorales, cuya
    comprobación le ha permitido formularlas como
    proposiciones o generalizaciones teóricas, a las que
    atribuye el carácter de leyes
    sociológicas:

    1. La representación proporcional tiende al
      multipartidismo con partidos independientes. Esta
      concepción determinista ha sido criticada por diversos
      autores. Señala Nohlen que es preciso distinguir dos
      cuestiones: una genética y otra
      histórico–sistemática. En virtud de la
      primera resulta que no es el sistema electoral proporcional el
      que creó el multipartidismo, sino la segmentación o pluralismo social y
      político que define al sistema social.
    2. El escrutinio mayoritario de dos vueltas tiende a la
      formación del multipartidismo con partidos dependientes.
      El sistema electoral favorece la multiplicidad de partidos,
      particularmente en la primera vuelta, y tiende a la
      formación de alianzas en la segunda vuelta.
    3. El escrutinio mayoritario de una sola vuelta tiende
      al dualismo de los partidos.

    Duverger ha evaluado las críticas formuladas a
    sus proposiciones y ha señalado, en tal sentido, sus
    limitaciones. En primer lugar, los sistemas electorales
    sólo constituyen uno de los diversos factores que inciden
    en la formación de los sistemas de partidos, ya que no son
    los sistemas electorales los que crean los partidos
    políticos, sino que éstos nacen como consecuencia
    de otras circunstancias. En segundo término, los sistemas
    electorales sólo constituyen un factor que tanto puede
    acelerar como frenar la multiplicación de los
    partidos.

    En relación con el régimen electoral, el
    sistema de partido único, según Duverger, presenta
    las siguientes características:

    1. Tendencia general a ratificar el candidato propuesto
      por el partido en el orden nacional, donde predomina lo
      ideológico
    2. Tendencia a no ratificar los candidatos presentados
      en el orden local, donde prevalece la
      personalidad del candidato
    3. Postergación de elecciones cuando las
      condiciones no son óptimas para la obtención de
      una ratificación total
    4. Disímiles posturas del electorado confluyen en
      un mismo accionar: la ratificación del candidato por
      concordancia con el sistema, por temor o
      resignación
    5. La verdadera lucha electoral tiene lugar dentro del
      partido
    6. Tendencias en las democracias populares (de Europa) a
      dar participación a otros partidos, aunque la finalidad
      sea la de dar cierta apariencia democrática al sistema,
      ya que los demás partidos deben tener cierto grado de
      adhesión al régimen.

    III. ¿Qué es un sistema
    electoral?

    Se habla de "sistema electoral " en un sentido amplio,
    para hacer referencia al conjunto de temas relacionados con la
    integración de los órganos de gobierno por procedimientos
    electivos. Así delimitado el concepto, está
    referido a las normas que
    regulan la ciudadanía, los partidos políticos, las
    bases del sufragio, la
    emisión del mismo, los órganos electorales, los
    recursos contra
    sus decisiones y al sistema electoral en sentido restringido. El
    alcance restringido del término se establece en
    función de lo convenido en el Derecho Electoral en cuanto
    a reservar esta denominación a las reglas que establecen
    la forma en la que han de ser asignados y distribuidos los cargos
    electivos, en un régimen electoral determinado.

    La constitución peruana de 1993 define al sistema
    electoral de la siguiente manera: "El sistema electoral tiene por
    finalidad asegurar que las votaciones traduzcan la
    expresión auténtica, libre y espontánea de
    los ciudadanos; y que los escrutinios sean reflejo exacto y
    oportuno de la voluntad del elector expresada en las urnas por
    votación directa. Tiene por funciones básicas el
    planeamiento,
    la organización y la ejecución de los procesos
    electorales o de referéndum u otras consultas populares;
    el mantenimiento
    y la custodia de un registro
    único de identificación de las personas; y el
    registro de los actos que modifican el estado civil". El concepto
    aquí es sinónimo de derecho electoral,
    régimen electoral, proceso electoral, términos que
    engloban todo aquello que se enfoca, que se quiere tratar o
    reglamentar en materia
    electoral, desde el sufragio y hasta el contencioso
    electoral.

    Lo que se determina a través de un sistema
    electoral es la cuestión relacionada con la
    representación política, el principio que la
    definirá – principio mayoritario o proporcional – y
    de entre las diversas técnicas
    disponibles para alcanzar uno de los dos principios, el procedimiento que
    se prefiere aplicar. Los reglamentos técnicos que incluye
    un sistema electoral abarcan: la posible subdivisión del
    territorio nacional (zona electoral) en circunscripciones
    electorales, la forma de la candidatura (individual o distintas
    formas de lista), el procedimiento de votación propiamente
    dicho (si el elector puede por ejemplo emitir uno o varios votos
    y como debe hacerlo) y el procedimiento de asignación de
    los escaños, lo que supone establecer la regla decisoria
    (mayoría o proporcionalidad), el ámbito de
    adjudicación de los escaños
    (circunscripción, agrupación de circunscripciones,
    territorio nacional), el método de
    cómputo (por ejemplo el método D´Hondt o
    cifra repartidora), la barrera de representación o umbral
    mínimo inicial.

    El efecto directo de los sistemas electorales –
    observable empíricamente – consiste en la
    estructuración de las preferencias políticas en el
    acto eleccionario y la generación del resultado electoral
    en forma de adjudicación de puestos legislativos o
    ejecutivos. Hay dos líneas de influencia que están
    interrelacionadas. Los sistemas electorales influyen en la
    votación misma en la medida que colocan a los electores
    frente a una situación decisoria específica que
    está marcada fundamentalmente por las diferentes
    posibilidades de éxito
    de los candidatos y de los partidos políticos,
    según los sistemas electorales. Este efecto es de
    carácter psicológico y difícil de medir. Por
    otra parte los sistemas electorales generan, con base en la misma
    votación, diferentes resultados electorales. Este segundo
    efecto es de carácter mecánico y se observa con
    más nitidez.

    El significado de los sistemas electorales no se
    restringe a la relación entre votos y escaños y al
    efecto reductivo o no reductivo, que se produce en el momento de
    votar. Mas allá de afectar la fragmentación del
    sistema de partidos y la capacidad de éste de formar
    mayoría uni-colores en el
    Parlamento, los sistemas electorales influyen en la
    relación votante y elegido, en el mayor o menor grado de
    cercanía de uno y otro, dependiente del tamaño de
    las circunscripciones, de la forma del voto (uninominal o de
    lista) y otros elementos técnicos.

    Los sistemas electorales además tienen incidencia
    en los siguientes problemas o fenómenos:

    1. La polarización ideológica y
      política a nivel del electorado y a nivel del sistema de
      partidos políticos;
    2. La estructuración de los partidos
      políticos en un doble sentido: estructuración
      interna y relación de los partidos políticos con
      el electorado;
    3. La representación de los intereses de
      diferentes sectores de la sociedad, es decir,
      representación de regiones, etnias, confesiones y otros
      segmentos o minorías de la sociedad,
      representación que procura la integración
      política en el ámbito de Estado;
    4. El tipo de competencia
      política;
    5. Las formas de participación política
      prevalecientes (convencional o no convencional), incluyendo
      tipos de comportamiento electoral (voto
      racional/útil y votación táctica) que
      ayuden (o no) al dinamismo político;
    6. Las características (o modelos) de
      las campañas electorales;
    7. La capacidad del sistema político de generar
      el bienestar de su población en la medida en que su
      logro dependa del buen funcionamiento de las instituciones
      políticas;
    8. Y finalmente, en la legitimidad del sistema
      político, en la percepción del ciudadano elector y en el
      grado de su compromiso con el sistema político
      establecido.-

    CAPITULO II

    TIPOLOGIA E
    IMPLICANCIAS

    I.
    TIPOLOGIA DE SISTEMAS ELECTORALES

    Los sistemas electorales son estructuras
    complejas. Se componen de diferentes elementos técnicos
    que pueden agruparse en cuatro áreas: la
    distribución de las circunscripciones electorales, la
    forma de la candidatura y la votación, y la
    transformación de votos en escaños. Cada uno de los
    distintos elementos en particular ejerce efectos muy diferentes
    en el conjunto del sistema electoral y en el resultado de una
    elección. Los efectos políticos de un sistema
    electoral en su conjunto dependen de la combinación de los
    distintos elementos particulares, los cuales pueden ser
    reforzados, eliminados o neutralizados a través de su
    combinación.

    La representación puede tomar por lo menos tres
    formas:

    • Primero, la representación geográfica
      implica que cada región, ya sea un pueblo, una ciudad,
      una provincia o un distrito electoral, tenga miembros en el
      parlamento, los cuales serán escogidos y serán
      responsables de sus regiones.
    • Segundo, un parlamento debería ser
      funcionalmente representativo de la situación de los
      partidos y de la política del momento que vive el
      país. Si la mitad de los votantes vota por un partido
      político, pero ese partido no gana o apenas gana algunos
      escaños en el parlamento, entonces no se puede decir que
      ese sistema sea adecuadamente representativo de la voluntad de
      la gente. A través de la representación no
      sólo de los partidos políticos sino
      también de parlamentarios independientes, un parlamento
      efectivo debería reflejar adecuadamente las divisiones
      ideológicas dentro de la sociedad.
    • Tercero, está la cuestión de la
      representación descriptiva, la cual implica que el
      parlamento es, hasta cierto grado, un espejo de la
      nación, por lo cual debe ver, sentir, pensar y actuar de
      tal manera que el pueblo se vea reflejado en él como un
      todo. Por tanto, un parlamento adecuadamente descriptivo debe
      incluir tanto hombres y mujeres, jóvenes y viejos, ricos
      y pobres y reflejar las diferentes afiliaciones religiosas,
      comunidades lingüísticas y grupos étnicos
      dentro de la sociedad.

    Los sistemas electorales pueden ser clasificados en
    razón de la distribución territorial; en
    función de la organización política o bien
    atendiendo al carácter acumulativo del
    sufragio.

    Los sistemas electorales basados en la
    distribución territorial pueden ser de tres
    tipos:

    1. De distrito electoral
      único, en que todo el territorio del Estado
      se considera, precisamente como constituyendo un colegio
      electoral único. Todos los electores pueden votar todos
      los cargos públicos elegibles.
    2. De distrito uninominal,
      en que el ámbito territorial del Estado se divide en
      tantos distritos electorales como cargos públicos a
      cubrir, de manera que cada elector dispone de un voto para
      sufragar a un solo candidato
    3. De distritos
      plurinominales, en que el territorio del Estado se
      divide en una pluralidad de circunscripciones, relativamente
      extensas, a las cuales se les atribuye un número
      determinado de cargos públicos electivos, de manera que
      cada elector pueda votar por una lista de candidatos cuyo
      número es igual al de los cargos correspondientes a la
      respectiva circunscripción o bien algo menor a fin de
      otorgar representación a la minoría.

    Los sistemas electorales basados en la
    organización política y cómputo de
    sufragios corresponden a los siguientes tipos:

    1. Mayoritarios, consiste
      en adjudicar en cada distrito electoral todos los cargos
      públicos al candidato o lista de candidatos que haya
      obtenido la mayor parte de los votos emitidos y válidos.
      Esta mayoría puede ser relativa o simple, o bien de
      carácter absoluto, es decir, comprendiendo la mitad
      más uno de los votos emitidos y válidos. Cuando
      este requisito de la legislación electoral no se
      reúne, ésta suele disponer la realización
      de una elección complementaria (ballotage) o segunda
      vuelta, de la cual participan solamente los candidatos
      más votados en la primera vuelta.
    2. De representación
      minoritaria, complementando la mayoritaria y a fin
      de mitigar las insuficiencias de esta última. Su
      caracterización permite distinguir a este sistema, de
      manera neta, de los sistemas de representación
      proporcional, en el sentido de que la representatividad
      otorgada a la minoría no es, precisamente proporcional,
      sino de índole empírica. Ejemplos de estos
      sistemas son el denominado voto limitado que también se
      conoce como lista incompleta o voto restringido, por cuanto el
      elector sólo dispone para su elección de los dos
      tercios de los cargos a cubrir, adjudicándose el tercio
      restante a la primera minoría; y el de voto acumulativo,
      mediante el cual el elector cuenta con tantos votos como el
      número de cargos públicos a elegir, pudiendo
      optar por otorgarlos todos a un solo candidato o bien
      distribuirlos en varios de ellos. Los sistemas de
      representación proporcional procuran que la
      organización política expresada en el cuerpo
      elegido guarde una proporcionalidad lo más exacta
      posible con la composición del cuerpo
      electoral.

    Existen dos principios de representación
    política. En el caso del principio de
    representación por mayoría el objetivo
    consiste en producir el gobierno de un partido o de una
    coalición de partidos basado en una mayoría
    parlamentaria; en el caso de la representación
    proporcional, se trata por el contrario de reproducir lo
    más fielmente posible en el parlamento las fuerzas
    sociales y los grupos políticos existentes en la
    población. Es decir, que los sistemas electorales de
    tipo mayoritario tienden a favorecer a los partidos grandes,
    produciendo una brecha entre los porcentajes de votos y
    escaños obtenidos por los diversos partidos, en
    desventaja de los partidos pequeños. Los sistemas de
    tipo proporcional tienden a producir una mayor concordancia o
    una concordancia relativa entre los porcentajes de votos y
    escaños obtenidos por los diversos partidos. Pero no es
    cierto que la concordancia sea estricta. Ambos principios de
    representación están enfrentados en un sentido
    histórico – ideológico, político y
    sistemático:

    1. Histórico – ideológico:
      porque el gran debate teórico sobre la
      representación desde mediados del siglo XIX, como por
      ejemplo en Inglaterra
      entre John Stuart Mill y Walter Bagehot, se orienta en la
      alternativa de la representación por mayoría vs.
      la representación proporcional;
    2. Político: porque
      la lucha por la representación política de los
      trabajadores, de las minorías y de los pequeños
      partidos estuvo asociada en muchas ocasiones con la demanda de
      representación proporcional y contra la
      representación por mayoría vigente; esta lucha
      llegó a su fin en un gran número de países
      tan sólo con la introducción de un sistema de
      representación proporcional;
    3. Sistemático:
      porque la mejor forma de clasificar a los sistemas
      electorales es a través de los principios de
      representación; la representación por
      mayoría y la representación proporcional
      constituyen las clases básicas en la tipología de
      los sistemas electorales.

    Hoy en día ya no podemos clasificar a los
    sistemas electorales en términos excluyentes como una
    cuestión del todo o nada, sino por el contrario en
    términos de una gradualidad.

    Encontramos sistemas electorales mayoritarios,
    proporcionales y mixtos. Empíricamente en referencia a
    los sistemas mayoritarios y proporcionales, el efecto
    definitorio de ambos sistemas de representación –
    en un caso, la formación de una mayoría para un
    partido o coalición de partidos; en el otro, la
    representación más exacta posible de todas las
    fuerzas sociales y políticas – pueden desprenderse
    fundamentalmente de la relación entre votos y
    escaños. Cuando se emplea un sistema de
    representación por mayoría, la
    desproporción entre votos y escaños de los
    respectivos partidos es típicamente alta. Por el
    contrario, cuando se utiliza un sistema de
    representación proporcional, el efecto desproporcional
    es típicamente reducido y, consecuentemente, partidos
    relativamente pequeños pueden obtener escaños
    parlamentarios.

    Los distintos elementos técnicos –
    distribución de las circunscripciones electorales, forma
    de la candidatura, votación y procedimiento de
    conversión de votos en escaños– se pueden
    combinar de múltiples formas entre sí.
    Según se combinen los elementos y según sean los
    efectos políticos así producidos, pueden
    construirse tipos muy distintos de sistemas electorales al
    interior de los dos principios de
    representación.

    II.
    TIPOS DE SISTEMAS MAYORITARIOS:

    Dentro de este principio distinguimos:

    1. El sistema de mayoría
      relativa en circunscripciones uninominales. Se
      trata del "sistema clásico" correspondiente al
      principio de representación por mayoría. Se
      aplica en Gran Bretaña, en los países
      caribeños, etc. Su efecto desproporcional favorece por
      lo general al partido más votado. Hasta la fecha los
      sistemas de mayoría relativa puros se encuentran en el
      Reino Unido y en aquellos países en los que ha
      influido históricamente. Junto con el del Reino Unido,
      los casos más estudiados son los de Canadá,
      India,
      Nueva Zelanda y los Estados
      Unidos. Sin embargo, Nueva Zelanda se cambió en
      1993 a un sistema de representación proporcional
      personalizada. El sistema de Mayoría Relativa
      también es usado por una docena de naciones
      caribeñas, en América Latina por Belice y la antigua
      Guyana, por 10 estados asiáticos (incluyendo
      Pakistán, Bangladesh, Nepal y Malasia) y por muchas de
      las pequeñas naciones-isla del Pacífico del
      Sur. En África, 18 naciones, la mayoría ex
      colonias británicas, usan sistemas de Mayoría
      Relativa. En total, de 212 países y territorios, 68
      -casi un tercio- usan sistemas de Mayoría Relativa. En
      los sistemas de Mayoría Relativa, el candidato ganador
      es simplemente la persona que obtiene más votos. En
      teoría, un candidato puede ser elegido con sólo
      dos votos si los otros candidatos sólo lograron sacar
      un voto. Algunas variaciones en esta regla pueden transformar
      este sistema en uno de voto en bloque, de doble ronda o bien
      de voto único no transferible. Sin embargo, una
      adaptación que también puede ser calificada
      como Mayoría Relativa fue utilizada en Nepal a
      principio de los años noventa. Debido al alto nivel de
      analfabetismo del electorado, los candidatos
      contendieron bajo símbolos de sus partidos en lugar de
      como individuos. Los votantes escogieron entre partidos en
      lugar de escoger entre candidatos. A los candidatos se les
      permitió competir en más de un distrito, si
      así lo deseaban. El candidato elegido en dos o
      más distritos tiene la posibilidad de escoger a cual
      de ellos representar. Se tuvieron que celebrar elecciones
      parciales para llenar los escaños vacantes
    2. El sistema de mayoría
      absoluta en circunscripciones uninominales (con
      segunda vuelta). Se trata de un sistema electoral con mucha
      historia, que
      en la actualidad se emplea en Francia (con voto alternativo
      también en Australia). Su efecto favorece al partido o
      alianza de partidos con más votos.
    3. El sistema mayoritario en
      circunscripciones plurinominales con
      representación de minorías. El ejemplo
      clásico es el sistema de voto limitado en el que, en
      circunscripciones plurinominales, el elector dispone de menos
      votos que diputados a elegir en la circunscripciones; este
      sistema fue utilizado en otra época en España
      y Portugal.
    4. El sistema mayoritario en
      circunscripciones plurinominales
      pequeñas, se trata de sistemas
      electorales que emplean la fórmula de decisión
      proporcional en circunscripciones de hasta cinco
      escaños. Se denomina sistema formador de
      mayorías, debido a los efectos desproporcionales de
      las circunscripciones pequeñas.
    5. El sistema mayoritario con lista
      proporcional adicional. Se adjudica una gran
      parte de los escaños en circunscripciones uninominales
      y en forma separada un determinado número de
      escaños adicionales en varias circunscripciones
      plurinominales o en una única circunscripción
      plurinominal (es decir nacional) a través de listas de
      partido según la fórmula de decisión
      proporcional. Puede cumplir, este sistema, funciones como la
      de dar representación a los partidos de la
      oposición (por sobre todo, en sistemas de partido
      dominante) o la de contrabalancear el efecto de la
      uninominalidad (independencia del diputado frente al partido)
      y fortalecer a los partidos políticos a través
      de la lista.
    6. El sistema de pluralidad:
      La característica más sobresaliente de
      estos sistemas es que siempre utilizan distritos
      uninominales. En el sistema de mayoría relativa,
      algunas veces conocido como sistema de pluralidad en
      distritos uninominales, el ganador es aquel que obtiene el
      mayor número de votos, aunque ello no implique
      necesariamente la mayoría absoluta. Cuando se usa este
      sistema en distritos plurinominales (es decir, donde se
      eligen varios representantes), se convierte entonces en el
      sistema de voto en bloque. Los electores tienen tantos votos
      como escaños a asignar y los candidatos más
      votados van ocupando las posiciones sin importar el
      porcentaje que realmente alcancen. Los sistemas mayoritarios
      como el australiano de voto alternativo y el sistema
      francés de dos vueltas tratan de asegurar que el
      candidato ganador obtenga la mayoría absoluta
      (más del 50%). En esencia, el sistema de voto
      alternativo utiliza las segundas preferencias de los votantes
      para generar un ganador por mayoría, si ninguno
      resulta elegido en la primera vuelta.

    III. Sistemas
    Semi-Proporcionales

    Los sistemas semi-proporcionales son aquellos que
    convierten los votos en escaños en una forma que se ubica
    entre la proporcionalidad de los sistemas de
    Representación Proporcional y el mayoritarismo de los
    sistemas de mayoría-pluralidad. Los tres sistemas
    semiproporcionales usados para las elecciones legislativas son:
    el de voto único no transferible, el paralelo (o mixto) y
    el de voto limitado:

    1. Los sistemas de Voto Único
      no Transferible.
      En este tipo de sistemas,
      cada elector tiene un voto, pero hay varios escaños que
      cubrir en cada distrito y los candidatos con el número
      más alto de votos son quienes los obtienen. Esto
      significa que, por ejemplo, en un distrito de cuatro miembros,
      en promedio uno necesitaría solamente lograr apenas el
      20% de la votación para ser elegido. Esto permite la
      elección de candidatos de partidos minoritarios y mejora
      la proporcionalidad parlamentaria en general. Bajo esta
      modalidad cada elector tiene un voto, aunque los distritos son
      plurinominales, es decir, se eligen varios escaños. Los
      candidatos con el mayor volumen de votación son los que
      ganan los escaños. Al contrario, es probable que un
      partido grande con el 75% del voto dividido equitativamente
      entre tres de sus candidatos obtenga tres de los cuatro
      escaños. Hacia 1997, este sistema era utilizado para las
      elecciones parlamentarias en Jordania y Vanuatu y, para 125 de
      los 161 escaños del parlamento taiwanés. Sin
      embargo, su aplicación más conocida fue en la
      elección de la Cámara Baja japonesa entre 1948 y
      1993.
    2. Sistemas paralelos.
      Los sistemas paralelos usan tanto las listas de
      Representación Proporcional como los distritos
      uninominales de mayoría relativa (el ganador se lleva
      todo). Las listas de Representación Proporcional no
      compensan la desproporcionalidad generada en los distritos
      uninominales por mayoría. Los sistemas paralelos han
      sido ampliamente adoptados por las nuevas democracias en
      África y por los antiguos estados
      soviéticos.
    3. Sistemas de voto limitado.
      Estos sistemas se ubican entre los de Voto
      Único No Transferible y los de voto en bloque, ya que se
      basan en distritos plurinominales y los candidatos ganadores
      son simplemente aquellos que logran más votos. Los
      electores tienen más de un voto, pero menos votos que el
      número de escaños a ocupar.

    IV.
    SISTEMAS DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL

    La lógica que guía a los sistemas de
    Representación Proporcional es la de reducir las
    disparidades entre el porcentaje de la votación nacional
    obtenida por un partido y los escaños parlamentarios que
    le corresponden: sí un partido grande gana el 40% de los
    votos debería obtener aproximadamente 40% de los
    escaños, y si un partido pequeño gana 10% de los
    votos debería también conquistar aproximadamente el
    10% de los escaños parlamentarios.

    Con frecuencia se considera que el uso de listas de
    partidos en el ámbito nacional o regional es la mejor
    forma de conseguir esa proporcionalidad pero ese objetivo
    también se puede lograr con facilidad si se compensa
    cualquier desproporcionalidad que se derive de los resultados en
    los distritos uninominales mayoritarios. El voto preferencial
    también puede cumplir con ese propósito: el sistema
    en donde los votantes ordenan a los candidatos en distritos
    plurinominales, es otro sistema proporcional bien
    establecido.

    Muchas democracias nuevas han escogido sistemas de
    Representación Proporcional. Más de 20 democracias
    establecidas y casi la mitad de todas las democracias "libres"
    usan alguna variante de la Representación Proporcional.
    Los sistemas de Representación Proporcional son
    predominantes en América Latina y en Europa Occidental y
    representan un tercio de todos los sistemas en África. Si
    bien los escaños son a menudo distribuidos en distritos
    plurinominales regionales, en algunos países (como
    Alemania,
    Namibia, Israel, Holanda,
    Dinamarca, Sudáfrica y Nueva Zelanda), la
    distribución de escaños es efectivamente
    determinada por el voto a nivel nacional.

    La fórmula utilizada para calcular la
    distribución de escaños, una vez que los votos han
    sido contados, puede tener un efecto marginal en los resultados
    electorales de Representación Proporcional. Las
    fórmulas pueden basarse en el "promedio más alto" o
    en el "residuo mayor". Sin embargo, la magnitud de los distritos
    y los umbrales de representación tienen mayor importancia
    para los resultados generales de Representación
    Proporcional. Entre más grande sea el número de
    representantes a ser elegidos en un distrito y más bajo
    sea el umbral requerido para la representación en la
    legislatura,
    más proporcional será el sistema electoral y
    más grande será la oportunidad de que los
    pequeños partidos minoritarios obtengan
    representación parlamentaria.

    Otros elementos importantes involucran el diseño
    de los límites de
    los distritos; la manera en que los partidos constituyen sus
    listas de Representación Proporcional; la complejidad de
    la papeleta de votación (por ejemplo, si el votante debe
    escoger entre partidos o entre candidatos y partidos); los
    arreglos formales o informales para un "voto en paquete" y el
    alcance de los acuerdos entre partidos, como aquellos en los
    sistemas que utilizan las coaliciones electorales.

    Distinguimos entre los sistemas electorales
    proporcionales, los siguientes:

    1. El sistema proporcional en
      circunscripciones plurinominales.
      Según
      sea el tamaño de las circunscripciones, es decir, la
      altura de la barrera natural, este sistema puede producir una
      considerable desproporcionalidad entre votos y
      escaños.
    2. El sistema proporcional
      compensatorio,
      en ocasiones con barrera legal.
      Se adjudica, en una primera fase de la conversión de
      votos en escaños, una determinada cantidad de
      escaños (directos) en circunscripciones uninominales
      según una de las fórmulas mayoritarias. En una
      segunda (o tercera) fase de la conversión de votos, se
      compensa, al menos aproximadamente, el efecto desproporcional
      resultante de las circunscripciones uninominales a
      través de la adjudicación de escaños de
      lista según la formula proporcional. Por lo general se
      desfavorece o excluye directamente de la distribución de
      escaños, en las fases siguientes de la conversión
      de votos en escaños, a los partidos (grandes) que
      resultaron exitosos en las circunscripciones uninominales.
      Además, la barrera legal dificulta o impide que partidos
      demasiado pequeños accedan a escaños
      parlamentarios.
    3. El sistema proporcional
      personalizado con barrera legal.
      Se combina la
      adjudicación de un determinado número de
      escaños (directos) en circunscripciones uninominales con
      el principio de representación proporcional. El
      porcentaje de escaños de cada partido se determina
      exclusivamente (a excepción de algunos escaños
      excedentes) según el porcentaje de votos proporcional en
      el nivel nacional (o en el nivel de la agrupación de
      circunscripciones). El número de escaños
      alcanzados en la circunscripción uninominal por el
      partido en cuestión se sustrae del porcentaje de
      escaños que le corresponden según la
      fórmula proporcional. (si un partido recibe más
      escaños que lo que le corresponde proporcionalmente,
      surgen los llamados escaños excedentes). La
      proporcionalidad entre votos y escaños es –tras
      dejar afuera de la adjudicación de escaños a
      aquellos pequeños partidos que no han superado la
      barrera legal – muy elevado.
    4. El sistema de voto
      transferible
      . Se trata del sistema
      proporcional clásico en el mundo anglosajón. Dado
      que este sistema se utiliza mayormente en circunscripciones
      pequeñas, su grado de desproporcionalidad en
      comparación con otros sistemas proporcionales
      debería resultar relativamente elevado. En general, el
      voto transferible opera en la dirección opuesta.
    5. La representación
      proporcional pura.
      Este sistema aspira a una
      proporcionalidad muy alta y lo más exacta posible,
      excluyendo el uso de barreras naturales o legales de una altura
      que pueda impedir alcanzar tal grado de
      proporcionalidad.

    V. SISTEMAS ELECTORALES
    COMBINADOS

    Existen en términos sistemáticos
    esencialmente tres posibilidades de asociar las circunscripciones
    uninominales con la representación proporcional bajo la
    forma de la representación por mayoría con una
    lista adicional proporcional (o sistemas segmentados), o incluso
    con el principio de representación proporcional bajo la
    forma de la representación proporcional compensatoria o la
    representación proporcional personalizada (con barrera
    legal respectivamente). Todos estos sistemas electorales cumplen
    de igual modo con el objetivo de fortalecer la relación
    entre electores y candidatos / diputados, aunque se distinguen
    entre sí por el grado de proporcionalidad o
    desproporcionalidad entre votos y escaños.

    En el caso de la representación proporcional
    personalizada con barrera legal
    no se produce ninguna
    distorsión significativa entre el porcentaje de votos y
    escaños. El sistema es altamente proporcional.

    En el caso de la representación proporcional
    compensatoria
    (con barrera legal), el efecto desproporcional
    resultante de las circunscripciones uninominales se ve al menos
    compensado aproximadamente. El sistema tiende también a
    producir resultados proporcionales. El grado de proporcionalidad
    puede ser aquí más alto que en el caso de la
    representación proporcional en circunscripciones
    plurinominales de tamaño mediano y grande.

    En el caso de la representación por
    mayoría con lista adicional proporcional o sistema
    segmentado
    , el resultado total de la elección se
    conforma a partir de dos resultados parciales separados –
    uno desproporcional y otro proporcional. Los sistemas segmentados
    se ubican en una zona gris entre la representación por
    mayoría y la representación proporcional. El efecto
    desproporcional depende de la relación numérica
    entre los escaños adjudicados según la
    fórmula mayoritaria en circunscripciones uninominales y
    los escaños adjudicados mediante una lista de partido
    según la fórmula proporcional. Los sistemas
    segmentados se acercan más a la representación por
    mayoría que a la proporcional, pueden ser generalmente
    ordenados dentro del principio de representación por
    mayoría.

    1. Disposiciones Relativas a las
      Minorías

    1. Mecanismos Especiales para
    Mujeres

    Existen diferentes formas de asegurar la
    representación de las mujeres en el Parlamento. Primero,
    hay cuotas estatutarias donde las mujeres deben conformar por lo
    menos una proporción mínima de los representantes
    elegidos. Esto se advierte en una serie de casos, como el de
    Italia, donde las
    mujeres deben conformar el 50% de la papeleta de
    representación proporcional, Argentina con el 30% y
    Brasil con el
    20%. También ha sido propuesto en la India. Tales cuotas
    son usualmente percibidas como un mecanismo de transición
    para establecer las bases de una mayor aceptación de la
    representación de las mujeres.

    Segundo, la ley electoral puede exigir que los partidos
    asignen un cierto número de mujeres candidatas; este es el
    caso de los sistemas de Representación Proporcional de
    Bélgica y Namibia; en Argentina existe una
    disposición para que las mujeres sean colocadas en
    posiciones ganadoras, no sólo al final de la lista de los
    partidos; mientras que en Nepal el 5% de los candidatos de
    distritos uninominales deben ser mujeres.

    Tercero, los partidos políticos pueden adoptar
    sus propias cuotas informales de mujeres como candidatas
    parlamentarias. Este es el mecanismo utilizado de manera
    más común para promover la participación de
    las mujeres en la vida política, y ha sido utilizado con
    diferentes grados de éxito en todo el mundo: por el CNA en
    Sudáfrica, el PJ y la UCR en Argentina, CONDEPA en
    Bolivia, el
    PRD en México,
    los partidos laboristas de Australia y el Reino Unido y a
    través de toda Escandinavia. El uso de pequeñas
    listas integradas únicamente por mujeres por el Partido
    Laborista en Inglaterra en las elecciones de 1997 casi
    duplicó el número de parlamentarios femeninos de 60
    a 119. También se han empleado reservas de escaños
    para mujeres en Taiwán.

    Una vez más, los escaños reservados son
    mecanismos que ayudan a garantizar que las mujeres accedan a
    cargos públicos, pero algunas mujeres argumentan que estas
    cuotas terminan siendo una forma de apaciguarlas y,
    eventualmente, marginarlas.

    2. Escaños
    Reservados

    Los escaños reservados son una forma de asegurar
    la representación en el parlamento de un grupo
    minoritario específico. Existen escaños
    parlamentarios reservados para minorías étnicas o
    religiosas identificables en países tan diversos
    como:

    • Jordania (cristianos y circasianos).
    • India (tribus y castas)
    • Pakistán (minorías no
      musulmanas).
    • Nueva Zelanda (maoris).
    • Colombia ("comunidades negras" y poblaciones
      indígenas).
    • Croacia (minorías húngaras, italianas,
      checas, eslovacas, rutenias, ucranianas, alemanas y
      austriacas).
    • Eslovenia (húngaros e italianos).
    • Taiwán (comunidades
      aborígenes).
    • Samoa Occidental (minorías
      no-indígenas).
    • Niger (taurags).
    • Autoridad Palestina (cristianos y
      samaritanos)

    Los representantes de estos escaños reservados
    son usualmente elegidos en la misma forma que otros miembros del
    parlamento, pero hay casos en las que son sólo son
    elegidos por miembros de una comunidad minoritaria especificada
    por la ley electoral. Si bien a menudo se considera una buena
    norma representar a pequeñas comunidades de
    interés, también se ha argumentado que es mejor
    estrategia
    diseñar estructuras que den origen a parlamentos
    representativos de manera natural, en vez de conseguirlo por la
    vía de una obligación legal. Los escaños de
    cuota pueden crear resentimiento de parte de las mayorías
    e incrementar la desconfianza entre varios grupos
    culturales

    En vez de escaños formalmente reservados, las
    regiones pueden ser sobre-representadas para facilitar el
    incremento en la representación de los grupos
    minoritarios. Esencialmente, este es el caso del Reino Unido,
    donde Escocia y Gales tienen más miembros del parlamento
    en la Cámara de los Comunes que de lo que normalmente
    deberían tener si el tamaño de la población
    fuera el único criterio de elección. Lo mismo es
    aplicable a las regiones montañosas de Nepal. Otra
    posibilidad es la del sistema del "mejor perdedor", utilizado en
    Mauricio, en el cual algunos de los candidatos perdedores de un
    grupo étnico en particular con alta votación, son
    premiados con escaños parlamentarios para balancear la
    representación étnica en general. Los umbrales
    electorales pueden ser también utilizados con ese
    propósito.

    La Ley de los Derechos del Voto de los Estados Unidos le
    ha permitido en el pasado al gobierno trazar circunscripciones
    extrañas y maravillosas con la sola finalidad de crear
    circunscripciones mayoritarias de negros, latinos, o
    asiáticos; esto podría llamarse "distorsión
    afirmativa" (affirmative gerrymandering). Sin embargo, la
    manipulación de cualquier sistema electoral para proteger
    la representación de las minorías rara vez es
    aceptada sin controversias.

    3. Representación
    Comunal

    Numerosas sociedades étnicamente
    homogéneas han llevado el concepto de escaños
    reservados a su extensión lógica. Los
    escaños no son divididos únicamente sobre bases
    comunitarias, sino que todo el sistema de representación
    parlamentaria está basado en consideraciones de
    carácter comunitario. Esto quiere decir que cada comunidad
    identificada tiene su propia lista electoral, y sólo elige
    a miembros de su propio grupo al parlamento. En algunos casos,
    sin embargo, tal como sucedió en Fiji desde 1970 hasta
    1987 los electores podían votar no sólo por sus
    candidatos comunales sino también por algunos candidatos
    nacionales.

    La mayoría de arreglos de listas comunales fueron
    abandonadas después de que se volvió claro que
    aquellos miembros elegibles de las comunidades y que al mismo
    tiempo garantizaban la representación de grupo, a menudo
    tenían el efecto perverso de socavar el camino hacia
    arreglos entre grupos diferentes, ya que no existían
    incentivos
    para intercambios políticos entre las comunidades. El
    asunto de cómo definir a los miembros de un grupo en
    particular y de cómo distribuir justamente a los electores
    entre ellos también estuvo lleno de problemas. En la
    India, por ejemplo, los electorados que habían existido
    por separado bajo el gobierno colonial –musulmanes, cristianos,
    sikhs y otros-, fueron abolidos durante la independencia, aunque
    se mantuvieron algunos escaños reservados para representar
    a determinadas tribus y castas. De igual manera, los sistemas
    comunales utilizados varias veces en Pakistán, Chipre y
    Zimbawe también han sido abandonados. Fiji continúa
    eligiendo a su parlamento de listas comunales separadas para
    electores generales y electores indígenas de Fiji,
    hindúes y electores en "general".

    Los electores de Maori pueden escoger estar ya sea en la
    lista electoral nacional o en una lista específica Maori,
    la cual elige cinco miembros al parlamento. Sin embargo, se puede
    decir que los resultados de las primeras elecciones bajo el
    sistema de Representación Proporcional en Nueva Zelanda de
    1996 han debilitado la lógica del sistema comunal: el
    doble de miembros en el Parlamento maoris fue elegido de las
    listas generales en comparación con las listas
    específicas maories. Fiji también se está
    alejando del sistema de lista comunal hacia una contienda
    electoral más abierta a fin de motivar el desarrollo de un
    sistema político multiétnico.

    Cuadro: Tipología de Sistemas
    electorales:

    Sistemas Mayoritarios

    Sistemas proporcionales

    Mayoría relativa en circunscripción
    uninominal

    Proporcional en circunscripciones
    plurinominales

    Mayoría absoluta en circunscripción
    uninominal

    Proporcional compensatorio

    Mayoría con representación de
    minorías

    Proporcional personalizado

    Mayoría en circunscripciones
    pequeñas

    Voto único transferible

    Mayoría con lista adicional proporcional
    (el sistema segmentado incluido)

    Proporcional

     

    Partes: 1, 2

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