- Objetivo
- Proceso
- Derecho
procesal - Origen y
evolución - Tipos de
proceso - Autonomía del derecho
procesal del trabajo - Principios del
derecho - Principios del derecho
procesal - La inspección de
trabajo - Proceso
jurisdiccional - Jurisdicción
- Comparecencia en el proceso
laboral - Demanda
proporcionar información doctrinaria y legal sobre
procesos
administrativos y jurisdiccionales en materia de
trabajo.
concepto: ir hacia adelante, tiene un principio y un
fin; realizar actos para obtener un fin querido; tiene dos
características (temporales, vocación de
arribo).
– diferencia entre proceso y
procedimiento: especie.- siempre tiene un fin,
principio de exclusividad y obligatoriedad, independencia,
imparcialidad, contradicción y audiencia bilateral,
publicidad,
obligatoriedad de procedimientos
establecidos por ley, motivación
de resoluciones, cosa juzgada; genero.- no siempre tiene
un fin, principio de iniciativa de oficio o de parte,
congruencia, dirección judicial, impulso oficioso,
inmediación, concentración, buena fe y lealtad
procesal, economía procesal,
celeridad procesal, socialización del proceso,
preclusión.
– concepto
tradicional: es un conjunto de objetivo de
reglas y de procedimiento que
regulan la tramitación de juicios; concepto
moderno.- método
ivestido (cargos), de autoridad para
acceder a la justicia,
donde las partes y el juez deben seguir para obtener una
sentencia justa.
Cual es su,
origen y evolución:
al comienzo era una simple práctica, luego se
utiliza la palabra procedimiento o enjuiciamiento y llega a tener
eficacia en el
ordenamiento nacional, como medió de realización de
intereses subjetivos de ciudadanos amparados por el derecho
material.
Autotutela: ley de fuerza,
solucionan su conflictos con
sus propias manos y partes en conflicto
arreglan de manera directa.
Autocomposicion: tienen acuerdo bilateral, no
siempre satisfactorio, tiene la razón el de mayor
fuerza.
Heterocomposicion: un tercero decide quien tiene
la razón.
¿Cuáles son los tipos de
proceso?,
- de conocimiento, se crea un derecho, se extingue y
se modifica; de ejecución, se ejecuta la
prestación judicial predeterminada; - de cautelar, cuida y protege sus derechos; no contenciosos,
pueden llevarse en juzgados de paz o notario.
– ¿Cuáles son las consideraciones
finales del proceso?, derecho a un juzgamiento razonable,
donde los jueces prefieren normas
constitucionales a norma legal o un sistema
mixto.
– ¿Cuál es el concepto de derecho
procesal del trabajo?, solucionar las controversias y
conflictos de trabajo, entre trabajadores y patrones, sindicatos,
etc.
– ¿Cuáles son las controversias
laborales?, relación entre trabajadores y empleadores
son conflictivos; la subordinación determina la
desigualdad jurídica; el contrato de
trabajo, coloca a las partes en un contrato personal,
físico constante.
– ¿Cuál es la desigualdad de las partes
en materia laboral?, en materia jurídica.- el
empleador tiene facultades normativas, directivos y
sancionadoras; en materia económica.- el patrón
tiene medios de
producción, el obrero su mano de obra y
salario; en
capacidad probatoria.- el trabajo
esta en poder del
patrón, el trabajador debe arrancar la prueba de este
ambiente
hostil; en desigualdad moral.- el
patrón tienen decisión de interés,
el trabajador queda sujeto a la relación que
tiene.
¿Cuál
es la autonomía del derecho procesal del
trabajo?,
posición unilateral.- es autónomo, se
regula de manera independiente y tiene sus propios principios;
posición integral.- reconoce existencia común en la
rama jurídica, sin negar elementos
diferenciales.
– ¿Cuáles son las funciones de los
principios del derecho?, informadora.- ordenamiento
jurídico; normativa.- integrativa;
interpretativa.- criterio del juez.
¿Cuáles son los principios del
derecho?,
principio dispositivo.- tiene iniciativa de parte,
determinación de las pretensiones, el material probatorio
es aportado por las partes; principio de oralidad.- la
palabra en primer caso y la letra en segundo medio de comunicación, su valor permite
contacto con las partes, con proceso mas rápido,
concentrado y eficiente; principio de inmediación.-
es una forma de exteriorizar actuaciones, cuando el órgano
que va a decidir toma contacto directo y personal con el material
de la causa; principio de concentración.- es una
reunión de diversos actos procesales, reúne la
mayor cantidad de material que aportan las partes; principio
de celeridad.- la celeridad es el resultado de un proceso
oral, donde el juez esta en contacto con las partes, las pruebas y la
causa; principió de elasticidad.- permite adecuar
formas procesales, aquí el juez recorta y hasta suprime
los momentos procesales; principio de
preclusión.- indica el momento preciso para
realizar los actos procesales, exige sinceramente de las partes,
permite mejorar la defensa; principio de eventualidad.-
protege a las partes ante situaciones inesperadas y evita
nulidades insalvables; principio de adquisición
procesal.- todo lo que se ha traído e incorporado al
proceso, son utilizadas por el juez, sin importar quien la trajo;
principio de publicidad.- cualquiera puede asistir tengo o
no interés en la causa y presencie el debate oral;
principio de sana critica.- es la búsqueda
de la verdad material, lo cual se logra con un proceso oral,
inmediación del juez, partes y medios de prueba;
principio de socialización.- solo mejorando
posición del trabajador, será posible la igualdad real
entre las partes, dada la dispareja situación
económica social o cultural . Dándole la
razón a quien la tiene; principio de moralidad.-
cuando la partes actúan de buena fe, con lealtad y
diciendo la verdad; principio del favor processum.- ante
supuestos de nulidad salvable, se opta la continuidad del proceso
y se logra la finalidad a la que estaba destinado; otros
principios.- exclusividad y obligatoriedad de la función
jurisdiccional.
¿Cuáles son los principios del
derecho procesal?,
- principio de veracidad.- es la necesidad que
en el proceso laboral exista
la verdad, puesto que la justicia solo será efectiva
cuando en el proceso coincida con la verdad real. Limitaciones
de formalismo, ampliación de facultades al juez,
facultad de fallo ultra y extrapetita
(ultrapetita, es cuando hay exceso cuantitativo
en la sentencia-montos mayores;
extrapetita, cuando el exceso en la sentencia es
cualitativo-pretensiones-); principio protector.-
responde al propósito de nivelar desigualdad con: reglas
pro operario, iniciación de oficio del proceso,
predistribución de la carga de la prueba, otras normas
de protección, ponderación ecuánime del
principio protector; principio de criterio de
conciencia y
equidad.- es la actitud de
los jueces de apreciar el contenido de las pruebas y la
equidad,
inclina al hombre a no
extremar justicia sino a una igualdad de justicia;
intervinculación de los principios.- los
principios no se presentan aislados, la verdad real e igualdad
son criterios fundamentales, el socialismo no
debe destruir el personalismo de derecho y asegura la justicia
sin destruir la libertad.
concepto: es un sistema de inspección
encargado de velar por el cumplimiento de las disposiciones
legales, condiciones de trabajo y protección de
trabajadores, horas de trabajos, salarios,
seguridad,
higiene y
bienestar. Ponen en conocimiento a la autoridad competente
deficiencias y abusos.
– la función inspectiva en Perú: a
cargo del ministerio de trabajo, supervisa las normas legales y
básicas de higiene y
seguridad i orientado sobre derechos y deberes de
trabajadores y empleadores.
– inspectores de trabajo: tienen la facultad de
ingresar al centro de trabajo sujeto a inspección sin
previa notificación (interrogar al empleador sobre las
disposiciones legales; exigir la presentación de libros,
registros,
documentos y
obtener copias; efectuar cualquier examen o investigación; requerir colocación
de avisos; señalar plazos de subsanación de
infracciones; realizar diligencias previas, para obtener
información, otras que fije la ley).
Diligencia previa: pueden programarse
anticipadamente visitas inspectivas, para verificar y recabar
información y los hechos se registran en hoja
informativa.
Visitas de inspección: inspección
programadas.- están dentro de la planificación de la autoridad, constara
cumplimiento de las normas y previene riesgos
laborales; inspección no programadas.- se realiza
para verificar hechos que requieren urgente comprobación
del incumplimiento de las normas.
Contenido de solicitud de inspección:
solicitud de parte para realizar la inspección
indicación de autoridad competente, nombre, razón
social, documento de identidad y
domicilio, determinación clara y concisa de hechos,
ubicación del centro de trabajo, firma.
De la inspección: efectuada la
inspección, el inspector levanta un acta en la que
constatan hechos verificadas, si incumple la autoridad establece
un plazo para la subsanación de infracción o
multa.
De la resolución, apelación: el
jefe de zona, sub. Director de inspección o funcionario
que impone la multa, puede apelar fundamentando dentro de 3
días, lo que pone fin al proceso.
De la obstrucción: la obstrucción
de la diligencia, por el abandono de una de las partes o actos
que impidan se sancionaran con multas y denuncia
penal.
Reflexiones: contratación de inspectores,
solicitudes que tienden a intimidar, multa por infracción
no subsanadas, en vista puede acompañar personal
técnico el inspector puede ordenar paralización de
actividad por peligro o negligencia.
¿es necesaria una ley procesal del
trabajo?, si es necesario, por que tiene por objeto de
solucionar las controversias y conflictos de trabajo, entre
trabajadores y patrones y sindicales; ¿el derecho
procesal del trabajo necesita de principios propios o es
suficiente aplicar los principios generales del derecho
procesal?, si necesita principios propios, que deben estar en
el proceso laboral y que no están en el derecho
común. La desigualdad compensatoria, la búsqueda de
la verdad real y la indisponibilidad; ¿es necesario una
competencia
laboral o con la común bastaría?, si es necesario,
la competencia en materia laboral, se determina por razón
de territorio, materia, función y cuantía.
¿Qué es una jurisdicción
laboral?, jurisdicción laboral, es el ámbito
territorial donde el juez competente del lugar en donde se
encuentra el centro de trabajo y domicilio principal del
empleador, tiene funciones validas y eficaces, resolviendo
conflictos de intereses que les propongan y prima la
elección del demandante.
¿Por qué es necesaria una
jurisdicción especial en laboral?, es protector, ya
que vela y protege los intereses y beneficios de los trabajadores
en todo su ámbito laboral, favoreciéndole a el ya
que es una garantía constitucional el derecho del
trabajo.
¿Los conflictos laborales pueden ser
tramitados por jueces comunes?, no, tienen que ser jueces
laborales.
es un ámbito territorial, identifica la materia o
naturaleza al
órgano jurisdiccional poder de un órgano de
estado que
ejerce sobre un individuo,
para resolver conflictos de intereses.
Competencia: en materia laboral se determina por
rabón de territorio, materia, función y
cuantía.
Territorio: el juez competente del lugar donde se
encuentra el centro de trabajo y el domicilio principal del
empleador, prima la elección del demandante.
Materia: se determina por la naturaleza de la
pretensión y deposiciones que la regulan.
Función: la sala de derecho
constitucional y social de la suprema, las salas laborales o
mixtas de las cortes superiores, los juzgados especializados de
trabajo.
Cuantía: el valor económico de la
protección comprende solo la deuda principal de cada
extremo.
Comparecencia
en el proceso laboral:
toda persona tiene
capacidad para ser materia de un proceso, pueden conferir poder
de representación los menores pueden comparecer por si
mismo asistidos por la defensa gratuita.
Capacidad para ser parte material de un proceso:
toda persona natural o jurídica, órgano o
institución, sociedad
conyugal y otras formas de patrimonio
autónomo y en general toda persona que tenga o haya tenido
la coedición de trabajador o empleador.
Capacidad en materia laboral: es obligatorio el
patrocinio por abogado, excepto exoneración expresa que
conceda la ley.
Acumulación: hay tres clases.- objetiva,
subjetiva y sucesiva.
Postulación al proceso: se ocupa de la
demanda y
emplazamiento de su contestación, excepciones y
rebeldía.
es un acto procesal escrito de la parte en el que se
ejercita un derecho de acción
y en el se formulan las pretensiones.
Requisitos de la demanda: designación del
juez jurisdiccional; identificación de las partes y
domicilio; situación laboral del demandante;
determinación clara del petitorio; fundamentación
jurídica; medios probatorios; fecha, firma.
Anexos de la demanda: documento de identidad;
documento de poder para iniciar el proceso; medios probatorios;
pliego interrogatorio cada uno de los testigos; cedula de
notificaciones.
Excepciones: la excepción de
transacción será apreciada por el juez, atendiendo
el principio de irrenunciabilidad, lo resuelto por el juez no
implica prejuzgamientos.
Rebeldía: si transcurrido el plazo para
contestar la demanda, el demandado, no lo hace incurre en
rebeldía, esta rebeldía causa presunción
legal sobre la verdad.
Purgar rebeldía: el rebelde puede
incorporara al proceso, en el estado en
que se encuentre, pagando una multa, equivalente a 2 URP (unidad
de referencial procesal).
– ¿podrá ofrecer medios
probatorios?, si puede, por que los medios probatorios tiene
por finalidad acreditar los hechos expuestos por las partes, para
que el juez fundamente su decisión.
-¿si purgar rebeldía podrá
señalar domicilio procesal para notificarlo?, puede
incorporarse al proceso, para continuar en el estado en que se
encuentre, pagando una multa equivalente a dos URP. Si puede
señalar domicilio procesal o el de su
representante.
– ¿podrá impugnar resoluciones si no
purga?, el código
de procedimientos civiles considera como medios impugnatorios,
los recursos de
reposición, que procede contra los decretos, dentro del
termino de dos días, estos medios impugnatorios son el
recurso de reposición, apelación, casación y
queja.
-¿podrá en caso se ofrezca
declaración de parte, prestar dicha declaración, si
no purga?, si, la declaración de parte se lleva a cabo
personalmente y en presencia del juez, bajo sanción de
nulidad, también pueden declarar como testigos los
trabajadores que tengan relación laboral con el empleador,
es parte del proceso.
Dr. LUIS ALFREDO ALARCON FLORES
(Estudiante de maestria en derecho penal
UNFV)