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Comportamiento internacional en la protección de los Derechos Humanos




Enviado por j2105



    1. Hipótesis
    2. Objetivos
    3. Introducción
    4. Justificación
    5. Marco
      teórico
    6. Definición de los Derechos
      Humanos
    7. La ONU y la Declaración
      Universal de los Derechos Humanos
    8. La Unión Europea como
      unidad de Derechos Colectivos
    9. La política de los
      Derechos Humanos desde la OEA
    10. El análisis de los
      sistemas preponderante en la protección de los Derechos
      Humanos, en la Unión Europea y en la Organización
      de Estados Americanos
    11. Conclusiones
    12. A manera de
      reflexión
    13. Bibliografía
    14. Anexos

    GLOSARIO

    Alianzas Internacionales: acuerdos
    de las potencias Europeas en el Concierto europeo del siglo
    XIX.

    Carta Europea de
    Derechos Humanos
    y Fundamentales: La carta que se
    promueve en el 2000, y que compila todo la historia del desarrollo
    histórico de los Derechos Humanos en Europa.

    CASDH: Convención Americana sobre Derechos
    Humanos o Pacto de San José 1969.

    CE: Comunidad
    Europea.

    CEDH: Convenio Europeo de
    Derechos Humanos. Firmado en
    Roma en Noviembre
    de 1950.

    CIDH: Comisión Interamericana de Derechos
    Humanos.

    Common Law: Doctrina legal Inglesa que data de la
    Petition of Right de 1628, y el Bill of Rights de 1689, y que
    será incorporada por la constitución norteamericana y en el siglo
    XX, por la mayoría de los regímenes
    democráticos.

    CORIDH: Corte Interamericana de Derechos Humanos.

    DADH: Declaración Americana de los Derechos y
    Deberes de los Hombres.

    EUMC: European Monitoring Centre On Racism and
    Xenophobia.

    Interdependencia: Teoría de las Relaciones
    Internacionales, tendiente al mutuo beneficio y costo.

    Lesa Humanidad: crímenes de guerra que
    implican una violación a los Derechos Humanos.

    Mutuo Costo: termino de la teoría
    de la Interdependencia, para referirse a los mutuos beneficios y
    costos de
    transacción en la relación de los Estados.

    OEA: Organización de los Estados Americanos.

    ONU: Organización de las Naciones
    Unidas.

    PACDH: Protocolo
    adicional a la Convención sobre Derechos Humanos (1998 San
    Salvador).

    Regímenes Internacionales. Concepto de
    Keohane y Nye, para entender los acuerdos internacionales, que
    obligan a los Estados a actuar de determinada forma en el
    sistema
    internacional.

    Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Organismo
    creado por la OEA, para
    garantizar la protección de los Derechos Humanos en
    América.

    Soberanía: capacidad y facultad de las Naciones
    y los pueblos, de regirse por si mismos de manera
    autónoma, por la cual se basa el concepto de la libre
    determinación.

    TEDH: Tribunal Europeo de
    Derechos Humanos. Creado por la Convenciones Europea de Derechos
    Humanos, en 1950.

    TJE: Tribunal de Justicia
    Europeo.

    UE: Unión
    Europea.

    HIPÓTESIS

    ¿Existe un verdadero compromiso de los Estados, por
    hacer cumplir las normas, para
    preservar la protección de los Derechos Humanos en el
    ámbito global, como lo estipula la
    Organización de las Naciones Unidas (ONU), a
    través de su carta o solo se trata de un proceso
    utópico de validez unilateral y no multilateral, como
    está estipulado por los convenios internacionales, y
    qué va en contra del flagelo de la violación de los
    Derechos inherentes a las personas?.

    OBJETIVO GENERAL

    • Analizar los procesos
      gubernamentales en la aplicación y protección
      de las normas estipuladas para garantizar los Derechos
      Humanos, y como los Estados, respetan o no estas políticas pactadas en la Carta de las
      Naciones Unidas (ONU), en la cual se hace referencia a los
      Derechos inherentes a las personas sin importar su nacionalidad, raza, sexo,
      creencia, condición social, entre otras.

    OBJETIVOS
    ESPECIFICOS

    1. Explicar qué son los Derechos Humanos; qué
      Derechos y deberes tienen los Estados, y sus agentes directos
      o indirectos y las personas que conforman todo el entorno
      mundial.
    2. Conocer los mecanismos de protección de los
      Derechos Humanos a partir de bloques de integración, como lo son la
      Unión Europea (UE) y la Organización de Estados
      Americanos (OEA), para poder
      contextualizar el compromiso de los países en materia de
      protección de estos Derechos.
    3. Establecer, cuáles son los principales agentes de
      violación de los Derechos Humanos, en el contexto
      internacional tomando en cuenta las diferencias culturales,
      sociales que emanan estos dos bloques.
    4. Dilucidar cuales son los principales Derechos Humanos
      consagrados por la ONU, vulnerados en los dos bloques
      regionales que serán estudiados.
    5. Analizar el tipo de compromiso, que han adquirido los
      actores que intervienen en la protección de los
      Derechos Humanos desde la ONU.

    INTRODUCCIÓN

    En la historia, han acontecido graves antecedentes de violencia que
    vulneran los Derechos de las personas y deterioran la imagen de los
    Estados, se observan sucesos como son las guerras
    mundiales, las guerras civiles y otras manifestaciones violentas,
    que han hecho principal énfasis en cometer delitos de
    lesa humanidad y atentar contra la integridad tanto de los
    sociales, como de los Estados en general.

    El comportamiento
    del Estado,
    quizá hasta antes de la primera guerra
    mundial, se había caracterizado por mantener un
    estricto cumplimiento de los los dictámenes, que el
    líder
    de la Nación,
    concibiese como beneficiosos para el país; el principado
    de Maquiavelo,
    como podría llamarse el comportamiento del Estado Moderno,
    el cual propende por una racionalidad de Estado, en la
    cual se maneje una doble actividad: Un momento es el
    comportamiento al interior del territorio, y otro momento cuando
    este Estado, debe salir y buscar negociaciones y acuerdos con
    otras Naciones, que le permita alcanzar un nivel de desarrollo no
    solo económico, sino también político y
    social, de tal forma que la relación con otros Estados,
    sea siempre en beneficio de la comunidad en general.

    Tal vez esta racionalidad, condujo a los Estados modernos
    europeos de los siglos XVIII y XIX, a un camino sin regreso hacia
    el ímpetu de dominación sobre otros pueblos y
    Naciones más débiles, con el fin de salvaguardar su
    seguridad y
    bienestar en el futuro, buscando recursos y
    materias primas para competir ágilmente en el mercado
    internacional, que en ese momento de la historia, veía
    crecer a la sociedad
    industrial y necesitaban producir bienes para
    suplir el consumo
    interno y externo que comenzó a coger impulso en esta
    carrera de la competencia entre
    los países protagonistas de la revolución
    Industrial de estos siglos.

    De allí se puede desprender, que las luchas sociales de
    los trabajadores empezaron a forjar en busca de una mejor
    optimización y humanización de los ambientes
    laborales. Como el caso de la revolución
    de las trabajadoras textileras de una fabrica en Chicago a
    finales del siglo XIX, ó el motivo por el cual se celebra
    en muchos países democráticos, el día de
    Trabajo, el
    primero de mayo, pues en este día en el año de
    1887, cinco dirigentes obreros fueron condenados a muerte y
    ejecutados en la ciudad de Chicago después de participar
    en una huelga
    general.

    Después, a finales del siglo XIX, y la primera
    década del XX, se generaron entre las Naciones coloniales
    de Europa del Siglo XIX, tensiones por miedo a que alguna
    rompiera lo acordado en la Paz de Westfalia; la cual
    consistía, en que ninguna Nación
    invadiría a otra ni efectuaría agresiones violentas
    contra otra, y si esto ocurriese podrían apelar a las
    alianzas que un país realiza con otro en caso de que un
    tercer país lo amenazara con una clara demostración
    de guerra. Efectivamente la tensión fue tan grande que
    cuando ocurrió el asesinato del archiduque Austriaco
    Francisco Fernando, heredero del trono de Viena, y de su esposa
    en Sarajevo el 28 de junio de 1914, en manos de nacionalistas
    servios, así pues el imperio Astrohúngaro sé
    apoyo en Alemania, y
    declaro la guerra a Servia, la cual mediante el mecanismo de
    alianzas internacionales, se sumo a Rusia,
    Francia, Reino
    Unido Y Japón.
    La historia de esta cruenta guerra esta llena de devastadoras
    manifestaciones contra los Derechos Humanos, sin embargo
    después de la guerra y por iniciativa Norteamérica
    a la cabeza del Wilson, se creo la llamada Sociedad de Naciones
    (SDN), para reconstruir Europa, la cual empezaría a
    cimentar las bases de lo que seria hoy en día, el Derecho
    Internacional de Derechos Humanos; en él capitulo I,
    se hará mención a la Sociedad de Naciones.

    Iniciada la década de los 30, con una gran crisis
    económica mundial y demostrada la incapacidad de la
    Sociedad de Naciones (SDN), para mantener el equilibrio y
    la paz mundial; se inicia la segunda guerra
    mundial, la cual trae consigo un devastador panorama en
    materia de los Derechos Humanos, pues allí el mundo es
    testigo de crímenes sistemáticos de lesa
    humanidad,
    contra miles de personas, propiciada y auspiciada
    por el gobierno
    alemán. Por esto, después de la guerra que las
    Naciones vencedoras, llamadas los aliados, a la cabeza el Reino
    Unido, Francia y Estados Unidos,
    toman la iniciativa de crear un órgano multilateral que
    propendiera por la búsqueda de la paz mundial y la
    seguridad internacional.

    Este mecanismo adoptado para la resolución y
    protección de la población civil, dentro de un Estado
    soberano, fue creado en 1945, bajo el nombre de la
    Organización de las Naciones Unidas (ONU), éste
    permitiría tener autonomía mundial en el contexto
    de la solución de los problemas,
    buscar la protección de los Derechos de las personas y la
    manera cómo se tenían que referir los Estados, ante
    este nuevo estamento, para poder proteger internamente los
    Derechos de los sociales que se encontraban bajo su
    jurisdicción, a este estamento reglamentado, que bajo la
    aprobación de una carta con un contenido de principios
    fundamentales, los cuales recolectaban los deberes y los Derechos
    de los Estados, para su funcionamiento y para la libre
    convivencia de sus nacionales en materia de protección de
    los Derechos de las personas; a esto se le sumo que en el
    año de 1948, se dio a conocer lo que seria la principal
    herramienta en la aplicación de los Derechos, a
    través de la Declaración Americana de los Derechos
    y Deberes del Hombre
    (DADH).

    En el primer capitulo, se realizara una aproximación al
    concepto de Derechos Humanos, así como su evolución histórica dentro de los
    esquemas mundiales, y la concepción teórica de
    algunos autores referentes a este tema, lo que permitirá
    propiciar elementos necesarios para ir desarrollando el tema
    planteado a lo largo de este trabajo.

    En un segundo capitulo, se abordara el tema del papel de las
    Naciones Unidas en materia de Derechos Humanos, y principalmente
    tomare la Declaración de los Derechos Humanos, como el
    camino para iniciar en el análisis del protagonismo de las Naciones
    Unidas, en la promoción y protección de los
    Derechos Humanos en todo el mundo.

    La Organización de Naciones Unidas (ONU),
    vinculó en su lucha contra la vulneración de los
    Derechos Humanos, a varias Naciones las cuales firmaron un pacto,
    que permitiría establecer normas de funcionamiento en
    cuanto a la protección de los Derechos Humanos.

    Dentro de la estructura del
    trabajo se realizarán 5 Capítulos, los cuales de
    manera concatenada, permitirán dar al lector una
    visión de cual ha sido el compromiso de los países
    por medio de sus bloques de integración tanto europeos
    (capitulo 3), como americanos (capitulo 4), para hacer efectivo
    la aplicación de la carta de los Derechos Humanos en un
    verdadero contexto internacional, que es la fuente principal de
    mi hipótesis, y la cual desarrollare en
    él capitulo 5; terminando con algunas reflexiones a manera
    de conclusión.

    JUSTIFICACION

    A partir del reconocimiento mundial de los Derechos Humanos,
    por cuenta de la carta de las Naciones Unidas, han tomado
    relevancia y protagonismo en los diferentes escenarios donde se
    ha suscitado la violación de estos, por factores y agentes
    aleatorios correspondiente a cada coyuntura Estatal. Uno de los
    determinantes básicamente ha sido el uso indiscriminado de
    la fuerza, como
    mecanismo para alcanzar un estatus de autoritarismo y poder.

    La importancia que suscrita la realización de este
    trabajo, no solo tiene repercusiones a escala personal, sino
    que también, pretende lograr tomar conciencia de la
    verdadera intención de optar por aplicar una eficaz
    protección a favor de los Derechos Humanos, no solo en el
    ámbito internacional, sino en el ámbito
    nacional.

    Se tratará de encontrar un punto de referencia,
    partiendo del análisis de la Unión Europea y la
    Organización de Estados Americanos como foros
    políticos y económicos, que permiten la
    integración de aquellos países que aunque firmantes
    de la Carta de las Naciones Unidas, talvez son o hallan sido
    violadores de los Derechos Humanos, y por tal motivo fueron o son
    sancionados con medidas y recomendaciones tomadas directamente
    por la ONU. Como abarcar el estudio de la totalidad de los
    países que en la Unión Europea UE y en la
    Organización de Estados Americanos OEA, hayan sido
    ó son violadores de los Derechos Humanos, es complejo. Me
    limitaré a un estudio limitado, de los principales
    Derechos vulnerados por los países miembros en los
    distintos bloques. Así pues podré establecer un
    parámetro de observancia sobre los Derechos que más
    se violan en cada bloque y que clase de
    actividades adelanta la ONU, o el organismo especializado
    correspondiente, para proteger los Derechos Humanos, de los
    habitantes de un territorio en especifico o en general a la
    población mundial.

    Esto nos puede llevar a tomar una visión critica,
    acerca de los esfuerzos que han realizado las organizaciones
    tanto internacionales, como las nacionales, en el tema de la
    protección de los Derechos Humanos, y de que manera
    están siendo efectivamente aplicados o por el contrario,
    se encuentra todavía subsumidos en la utopía, y
    cual puede ser el futuro en el corto, mediano y largo plazo, para
    poder alcanzar unas metas precisas en el consenso global y
    más precisamente en el entorno latinoamericano referente a
    este tema.

    MARCO
    TEORICO

    El nacimiento del Estado moderno, dentro de los anales de la
    historia, ha marcado una pauta fundamental en el entendimiento de
    la soberanía de las Naciones, estipulando que
    para alcanzar el dominio de los
    territorios, se ha avocado muchas veces al uso legitimo de la
    fuerza, razón por la cual el predominio de un soberano
    sobre un pueblo, muchas veces ha desencadenado luchas internas y
    constantes atropellos contra la integridad de los societales que
    hacen parte de ese territorio, haciendo un uso indiscriminado de
    la violencia, es así como nos encontramos con las
    constantes luchas por establecer lo verdaderamente justo, los
    verdaderos Derechos y deberes tanto de los soberanos como del
    pueblo.

    Esta genealogía histórica, se entrevé en
    el contexto de las relaciones internacionales, que las Naciones
    del mundo establecen para lograr una convivencia entre las
    diferentes culturas que conforman el globo terráqueo.

    En el ámbito internacional, podríamos enmarcar
    el asunto de los Derechos Humanos, como un comportamiento de las
    Naciones para lograr una interacción con otras Naciones. Al igual
    debe generar un comportamiento para sí misma, al interior,
    para lograr plenas garantías en el cumplimiento de los
    Derechos políticos, civiles, económicos y
    culturales, los cuales constituyen los Derechos Humanos y por
    consiguiente deben constituirse en un verdadero accionar de los
    países en aspectos internacionales, propendiendo hacia una
    lógica
    de Interdependencia, que en el campo de la teoría
    de las Relaciones Internacionales, Robert Keohane y Joseph Nye,
    nos han ilustrado bien sobre la importancia de la
    Interdependencia en el comportamiento de las Naciones. "La
    Interdependencia afecta la política mundial y el
    comportamiento de los Estados, pero las acciones
    gubernamentales también influyen sobre los modelos de
    interdependencia. Al crear o aceptar procedimientos,
    normas o instituciones
    para ciertas clases de actividades, los gobiernos regulan y
    controlan las relaciones trasnacionales o interestatales. A estos
    acuerdos gubernamentales los denominaremos regímenes
    internacionales".
    De esta doctrina internacional podemos
    enlazar los Derechos Humanos, con parámetros mundiales que
    obligan a los Estados, a proteger estos Derechos, amparando a los
    ciudadanos de los países de todo el globo, bajo
    regímenes internacionales que establecen acuerdos entre
    las Naciones, para garantizar los Derechos Humanos contenidos en
    la Declaración Universal de Derechos Humanos, y en general
    al Derecho Internacional de los Derechos Humanos, que comprende
    18 tratados y 15
    declaraciones, entre otras herramientas
    utilizadas por la ONU, para promover y proteger los Derechos
    Humanos en todo el mundo.

    La teoría de la interdependencia para el abordaje de
    nuestro análisis, nos servirá siempre y cuando
    entendamos que "donde existen efectos de costo reciproco en los
    intercambios hay interdependencia", de esta manera podemos ver,
    que las relaciones
    humanas en todos los niveles vienen incorporadas con
    algún intercambio, aunque este no signifique un objeto de
    carácter material, como es el caso del
    amor o la
    amistad, es decir
    en el simple intercambio afectivo y subjetivo de las relaciones
    humanas, las cuales pueden generar costos y beneficios mutuos, y
    es allí donde en los comportamientos de los conglomerados
    humanos, la postura de mutuo costo, puede tomar valor debido a
    que el actuar de un determinado país o grupo, puede
    traer consecuencias de mutuo beneficio o perjuicio para el
    bienestar de la población de uno ó varios
    países. Si un país o grupo de países
    actúan conforme a los regímenes internacionales en
    materia de Derechos Humanos, acarrearan beneficios mutuos para
    ellos y la región en general.

    Parte de este trabajo, consistirá en abordar el
    problema de los regímenes Internacionales proscritos por
    la ONU, en materia de Derechos Humanos, bajo la perspectiva de
    los dos grandes bloques del mundo occidental, por un lado esta el
    bloque integrado por los países de la Unión
    Europea, y el otro es el Sistema Interamericano de Derechos
    Humanos, liderado por los Estados Unidos y administrado por la
    Organización de Estados Americanos OEA.

    El marco conceptual, esta determinado por la gran gama de
    documentos
    emitidos por la Asamblea General De las Naciones Unidas, y de los
    diferentes órganos especializados en materia de Derecho
    Internacional Humanitario.

    CAPITULO I

    DEFINICIÓN DE
    LOS DERECHOS HUMANOS

    "Los Derechos Humanos están
    inseparablemente unidos

    a la dignidad
    humana y son inalienables"

    Nelson Mándela

    Líder de la lucha en contra del
    Apartheid

    Palabras al recibir el premio Nóbel de
    Paz en 1993.

    1
    ¿Qué son los Derechos Humanos?

    Por mucho tiempo, se ha
    tratado de darle una definición que reúna los
    requisitos fundamentales para poder transmitir el verdadero
    significado de los Derechos Humanos; La verdadera esencia de
    estos Derechos, se fundamenta en la dignidad que toda persona sin
    discriminación alguna de edad, religión, sexo,
    condición social, tiene frente a la figura del Estado y
    las diferentes fuerzas de la sociedad.

    Los Derechos Humanos son las facultades, prerrogativas y
    libertades fundamentales inherentes a las personas, las cuales
    les permiten obtener un lugar dentro de las diversas sociedades
    mundiales, siendo estos debidamente reconocidos por el Estado, el
    cual esta en la obligación de garantizarles la atención requerida, además de
    respetarlos, defenderlos y disponer los límites
    señalados por la ley, la cual le
    impone en determinados casos la obligación de no hacer o
    actuar de determinada forma, con el fin de garantizar a los
    individuos la vigencia de sus libertades y Derechos consagrados
    en la Constitución.

    A continuación, haré una pequeña
    reseña histórica de los Derechos Humanos, y
    describir las tres generaciones de estos, las cuales nos ayudaran
    para darnos cuenta de la gran amplitud del concepto de los
    Derechos Humanos dentro del Derecho internacional, y como han ido
    ampliándose progresivamente la protección de
    estos.

    1.1
    Historia de los Derechos Humanos

    La expresión de "Derechos Humanos", tiene una gran
    connotación en la actualidad de la sociedad, sin embargo
    posee bases relevantes inspiradas en hechos históricos, lo
    que nos remite a la formula de inspiración francesa,
    "Derechos del hombre", la cual se origina a finales de la
    última década del siglo XVIII, sin embargo el
    concepto de ley o legislador en el sentido de definir y proteger
    los Derechos del hombre, es muy arcaica.
    Un antecedente es el código
    de Hammurabi, que data del siglo XVIII a.c, las primeras palabras
    definen el objetivo del
    código; "Para humillar a los malos e injustos e impedir
    que el poderoso perjudique al débil; para que toda persona
    perjudicada pueda leer las leyes y encontrar
    justicia".
    En este código se aplicaban penas
    desproporcionadamente crueles, como lo era la pena capital para
    algunos delitos menores, aunque hacía diferencias en las
    sanciones dependiendo de sí la persona agredida
    representaba en la sociedad una distinción especial, es
    decir, era un vecino distinguido o no.

    Mediante este código de leyes, se unificaban los
    diferentes códigos existentes en las ciudades del imperio
    babilónico. Esto pretendía establecer leyes
    aplicables en todos los casos, e impedir así que cada uno
    "tomara la justicia por su mano", sin la debida ley escrita, que
    los jueces hubieran de aplicar obligatoriamente, era fácil
    que cada individuo
    pudiera actuar como más le conviniera.

    En Roma, los Derechos eran garantizados solamente al ciudadano
    romano, que era el único que podía formar parte en
    el gobierno, la
    administración de la justicia, la elección de
    funcionarios públicos, y otras más. A pesar de
    esto, se logró constituir una definición
    práctica de los Derechos del hombre. El Derecho romano
    según fue aplicado en el Common Law.

    El Derecho Civil del
    continente europeo, ofrece un patrón objetivo para juzgar
    la conducta, desde
    el punto de vista de los Derechos y libertades individuales.
    Ambos admitieron, la concepción moderna de un orden
    público protector de la dignidad humana.

    En Inglaterra, se
    libraron batallas en defensa de los Derechos Ingleses, para
    limitar el poder del Rey. De esta lucha emergen documentos; la
    Petition of Right de 1628, y el Bill of Rights de 1689. Las ideas
    de estos documentos se reflejan luego en las Revoluciones
    Norteamericanas y Francesas del siglo XVIII, con la
    Declaración de Independencia
    Norteamericana, la Declaración de Derechos de Virginia de
    1776, la Declaración Francesa de los Derechos del Hombre y
    del Ciudadano y la Declaración de los Derechos del Hombre
    en el año 1789, específicamente al 26 de Agosto,
    donde la Asamblea Constituyente Francesa, votó por
    unanimidad un conjunto de principios considerados esenciales en
    las sociedades humanas, y en las que habían de basarse la
    Constitución Francesa (1791), y después otras
    muchas constituciones modernas. Tales principios, enunciados en
    17 artículos, integran la llamada "Declaración de
    los Derechos del Hombre y del Ciudadano (DDHC)".

    En cuanto a su contenido político y social, no
    representaban un aporte original, pues su espíritu
    había sido ya aceptado en Inglaterra en 1689, por
    Guillermo III, y casi en iguales términos los había
    sancionado con anterioridad en Estados Unidos, el Congreso de
    Filadelfia. No obstante, la gran repercusión de la
    Revolución
    Francesa, los universalizó y entraron a formar parte
    de la conciencia europea, como expresión de las
    aspiraciones democráticas. Dicha declaración, en
    sus artículos, establece; la misma política y
    social de los ciudadanos, el Derecho a la libertad, a la
    propiedad, a
    la seguridad, a resistir la opresión, el libre ejercicio
    de los Derechos naturales, la libertad de palabra y de imprenta y
    demás Derechos inherentes al hombre.

    En esta etapa, comienzan a dictarse las constituciones de
    carácter liberal, que protegían los Derechos
    civiles y políticos, buscaban la protección de las
    libertades de propiedad, y de vida. Esta etapa es llamada
    "Derechos de Primera Generación", donde vemos un
    decaimiento del absolutismo
    político y monárquico. Como respuesta a una etapa
    de crisis de los Derechos Humanos, por distintas situaciones,
    entre ellas el comunismo o la
    revolución Industrial de Inglaterra. Esta etapa se llama
    "Derechos de Segunda Generación", que son
    específicamente Derechos sociales y económicos, que
    contenían la esperanza de los hombres, de mejorar sus
    condiciones de vida dentro de la sociedad, en lo económico
    y en lo cultural, ya que a medida en que otras valoraciones
    novedosas entran a los conjuntos
    culturales de las diferentes sociedades, el repertorio de
    Derechos civiles y políticos reciben una
    reclamación ampliada.

    Estos Derechos deben defenderse, mantenerse, subsistir; pero a
    la vez hay que añadirles otros. Estas ideas comienzan a
    plasmarse en las constituciones de México de
    1917, y en la de Alemania de Weimar en 1919. Los Derechos Humanos
    se establecieron en el Derecho internacional, a partir de la
    Segunda Guerra
    Mundial, y se establecieron documentos destinados a su
    protección por su importancia y necesidad de respeto. Podemos
    emplear varios ejemplos, como La Declaración Universal de
    Derechos Humanos, aprobada por las Naciones Unidas el 10 de
    diciembre de 1948. La Declaración de Derechos del
    Niño, de 1959. La Convención sobre los Derechos
    Políticos de la Mujer, de
    1959. La Convención sobre eliminación de todas las
    formas de discriminación de la mujer, de 1969.
    La Convención contra la tortura y otros tratos o penas
    crueles inhumanas o degradantes, de 1984. La Convención
    sobre los Derechos del Niño, de 1989, entre otros.

    Estos nuevos Derechos, que se apodan Derechos de segunda
    generación, tienen que cumplir una forma social, el
    individuo tiene que ejercerlo con un sentido o función
    social. Por ejemplo, el Derecho de
    propiedad, tendrá que acomodarse a las exigencias
    sociales de bienestar social. El artículo 14
    parágrafo 2 de nuestra Constitución formula el
    contenido mínimo de estos Derechos.
    Artículo 14 parágrafo 2:
    "El trabajo en sus diversas formas gozará de la
    protección de las leyes, las que asegurarán al
    trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor; jornada
    limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución
    justa; salario
    mínimo vital móvil; igual remuneración por
    igual tarea; participación en las ganancias de las
    empresas, con
    control de la
    producción y colaboración en la
    dirección; protección contra el
    despido arbitrario; estabilidad del empleado público;
    organización sindical libre y democrática,
    reconocida por la simple inscripción en un registro
    especial. Queda garantizado a los gremios: concertar convenios
    colectivos de trabajo; recurrir a la conciliación y al
    arbitraje; el
    derecho de huelga. Los representantes gremiales gozarán de
    las garantías necesarias para el cumplimiento de su
    gestión
    sindical y las relacionadas con la estabilidad de su empleo.

    El Estado otorgará los beneficios de la
    seguridad
    social, que tendrá carácter de integral e
    irrenunciable. En especial, la ley establecerá: el
    seguro social
    obligatorio, que estará a cargo de entidades nacionales o
    provinciales con autonomía financiera y económica,
    administradas por los interesados con participación del
    Estado, sin que pueda existir superposición de aportes;
    jubilaciones y pensiones móviles; la protección
    integral de la familia; la
    defensa del bien de familia; la
    compensación económica familiar y el acceso a una
    vivienda digna."

    Los "Derechos de Tercera Generación", son los
    Derechos Humanos, sin embargo esta etapa todavía no ha
    terminado y está integrada por el Derecho a la
    preservación del medio
    ambiente, al desarrollo
    económico de todos los pueblos, Derecho a la paz, de
    los recursos
    naturales, del patrimonio
    cultural y artístico, etc. Vemos que las necesidades de la
    vida humana crecen, se intensifican, demandan una mejor calidad de
    vida.

    1. Primera generación, o Derechos
      civiles y políticos.

    Estos surgen con la Revolución francesa como
    principio revolucionario contra el absolutismo del monarca, el
    cual Imponen al Estado, él deber de respetar siempre los
    Derechos fundamentales del ser humano.

    • A la vida
    • A la integridad física y moral
    • A la libertad personal
    • A la seguridad personal
    • A la igualdad
      ante la ley
    • A la libertad de pensamiento, de conciencia y de
      religión
    • A la libertad de
      expresión y de opinión
    • De resistencia y de inviolabilidad del
      domicilio
    • A la libertad de movimiento
      o de libre tránsito
    • A la justicia
    • A una nacionalidad
    • A contraer matrimonio y
      fundar una familia
    • A participar en la dirección de asuntos
      políticos
    • A elegir y ser elegido a cargos
      públicos
    • A formar un partido o afiliarse a
      alguno
    • A participar en elecciones
      democráticas
    1. Segunda generación, o de
      Derechos económicos, sociales y
      culturales

    La constituyen los Derechos de tipo colectivo, los
    sociales, económicos y culturales. Que surgen como
    resultado de la revolución industrial, por la desigualdad
    económica; México fue el primer país en
    incluirlas en su Constitución, en 1917.

    Los Derechos económicos, sociales y culturales
    surgen después de la segunda guerra mundial y
    están integrados de la siguiente manera.

    Derechos económicos

    • A la propiedad (individual y colectiva)
    • A la seguridad económica

    Derechos sociales

    • A la alimentación
    • Al trabajo (a un salario justo y equitativo, al
      descanso, a sindicalizarse, a la huelga)
    • A la seguridad social
    • A la salud
    • A la vivienda
    • A la educación

    Derechos culturales

    • A participar en la vida cultural del
      país
    • A gozar de los beneficios de la
      ciencia
    • A la investigación científica,
      literaria y artística
    1. Tercera generación,
      Derechos de los pueblos o de solidaridad.

    Surgen en nuestro tiempo como respuesta a la necesidad
    de cooperación entre las Naciones, así como de los
    distintos grupos que la
    integran. Se forma por los llamados Derechos de los
    pueblos.

    • A la paz
    • Al desarrollo económico
    • A la autodeterminación
    • A un ambiente
      sano
    • A beneficiarse del patrimonio común de la
      humanidad
    • A la solidaridad
    1. Conceptos teóricos de Los
      Derechos Humanos

    En el terreno filosófico, los Derechos Humanos
    tienen cuatro características esenciales, las cuales
    son:

    • Eternos: Siempre
      pertenecerán al hombre como individuo de la especie
      humana. Es tarea de toda persona luchar por su total
      reconocimiento y respeto.
    • Supratemporales: Están por
      encima del tiempo; por lo tanto, del Estado
      mismo.
    • Universales: Son para todos los
      hombres y mujeres del orbe.
    • Progresivos: Concretan las
      exigencias de la dignidad humana en cada momento
      histórico.

    Estas características, tienen su fundamento en
    una afirmación elemental y trascendente, plasmada en las
    tres generaciones de los Derechos Humanos.

    Los Derechos Humanos: son aquellas exigencias de poder
    social, cuya toma de conciencia en cada momento histórico
    logra que los individuos y grupos
    sociales, manifiesten los valores
    fundamentales, esto supone la pretensión de garantizarlos,
    ya sea por la vía institucional, o a través de
    medios
    extraordinarios.

    Dando por sentado lo insuficiente de esta
    definición, como de todas las definiciones propuestas
    hasta el momento, hay que indicar que con ella se ha pretendido,
    conceptuar a partir de los Derechos Humanos como concepto
    histórico.

    Con el fin de optimizar la definición en cuanto a
    los Derechos Humanos, se debe avocar a superar, en la medida de
    lo posible, los inconvenientes de las definiciones anteriores, la
    concepción puramente jurídica de los Derechos
    Humanos, bajo la teoría de los Derechos Humanos, como
    forma de poder social, a sí como la clásica
    contraposición iusnaturalismo, positivismo,
    recoge la triple dimensión ético, jurídico,
    política de estos, a través de esto se pretende
    mostrar, la esencial unión innegable entre el fundamento
    de los Derechos Humanos y sus garantías, mediante la
    clásica concepción institucionista de las
    garantías de los Derechos Humanos, que ni en tiempos
    pasados, ni en la actualidad responde a la verdad de los hechos,
    además busca establecer una definición formal que
    pueda ser referida a cualquier momento histórico y de esta
    manera, responder coherentemente a los planteamientos
    metodológicos sustentados a lo largo del
    trabajo.

    Con el fin de ampliar la visión, hacia las
    declaraciones de Derechos Humanos encontramos los siguientes
    conceptos:

    • Las modernas declaraciones de Derechos Humanos,
      constituyen a las primeras formulaciones propiamente dichas
      de los Derechos Humanos; De todas ellas la más
      importante, por la influencia posterior que ha tenido, es la
      Declaración francesa de Derechos del Hombre y del
      Ciudadano, consagrada en 1789.
    • Las declaraciones de Derechos Humanos en sentido
      estricto; son aquellos actos solemnes por virtud de los
      cuales organizaciones intergubernamentales, mundiales,
      regionales u organizaciones no gubernamentales de Derechos
      Humanos, proclaman su adhesión y apoyo a principios
      generales de Derechos Humanos, que se juzgan con valor y
      perdurabilidad, pero que no son adoptados con la formalidad y
      sobre todo, con el valor jurídico vinculante de los
      Tratados
      internacionales y de las normas jurídicas
      estatales; De estas declaraciones la más importante
      es, sin duda alguna, la Declaración Universal de
      Derechos Humanos.
    • Las declaraciones de Derechos Humanos, en sentido
      estricto, de carácter especial y formuladas por
      organizaciones internacionales, interestatales, universales y
      regionales; Son aquellas declaraciones que se denominan
      especiales porque no recaen sobre la generalidad de los
      Derechos Humanos, sino exclusivamente sobre algún
      determinado Derecho, él más fastuoso ejemplo,
      es la Declaración de Naciones Unidas de los Derechos
      del Niño consagrada en 1959.
    • Los textos legales y las normas de Derecho
      Internacional, así como son las Convenciones, Tratados
      o Pactos sobre Derechos Humanos, se tratan más a
      fondo, a partir de la Convención Americana de Derechos
      Humanos consagrada en 1969.
    • Las Resoluciones, Acuerdos, Recomendaciones y
      directrices adoptados por organismos pertenecientes a
      organizaciones internacionales de carácter universal y
      regional, a través de un ejemplo claro, se ve en la
      recomendación del Consejo de Europa sobre
      Objeción de conciencia al servicio
      militar, el cual trata de fuentes del
      Derecho internacional que, sin ser directamente
      obligatorias para los Estados, si lo son de forma indirecta,
      en cuanto a que dirección deben apuntar las
      legislaciones internas.
    • Los textos legales constitucionales, en que
      aparecen históricamente expresados los Derechos
      Humanos, así como los Derechos fundamentales, a partir
      de las postrimerías del siglo XVIII, durante el siglo
      XIX, y sobre todo, a partir de la segunda mitad del siglo
      XX.

    En la noción de John Stuart Mill, a los Derechos
    Humanos, los consideraba como potestades. Es decir, son poderes
    que tenemos por la razón que sea, (en su caso la misma
    sociedad nos los atribuye), para hacer algo de manera
    legítima. La humanidad ha luchado a través de la
    historia, por el reconocimiento de esas potestades, en varios
    aspectos fundamentales para la vida humana: reconocimiento de la
    propiedad, de la expresión, del libre comercio,
    de la imprenta e inclusive de la defensa de la vida y de la
    defensa de una concepción política determinada. En
    fin, se ha luchado dependiendo de la coyuntura, con el objeto de
    poder forjar de la sociedad, un lugar de expresión del
    desarrollo de cada cual.

    Desde la óptica
    iusnaturalista, Hannah Arendt, define los Derechos Humanos, como
    "de todos los conceptos que se emplean el concepto de los
    Derechos Humanos es todavía él más claro:
    Designa los Derechos que deben ser comunes a todos los hombres en
    virtud de su ser humano e independientemente de su edad, del
    color de su
    piel, de su
    sexo, de su ciudadanía o de su procedencia social,
    Derechos que además no son dados o concebidos por el
    Estado, sino que corresponde a aquel que lleva un rostro humano
    por naturaleza, en
    virtud de su nacimiento, Derecho que por su carácter
    original e inalienable no puede ser denegados ni en principio
    tampoco retirados, y a los que tampoco nadie, ( voluntaria e
    involuntariamente), puede renunciar".

    De esta manera para las teorías
    iunsnaturalistas, los Derechos son la naturaleza del hombre, por
    lo que un sistema
    político o estatal no debe atribuirle ese Derecho
    sí esta inmerso en los individuos.

    Para los contractualitas como Tomas Hobbes y Jhon
    Locke, los Derechos Humanos, parten del contrato social
    que se realiza entre los seres humanos, con la finalidad de
    contrarrestar el Estado violento y anárquico, que se
    encuentra inmerso en la naturaleza originaria del hombre. Hobbes
    en su escrito El Leviatán, menciona las tres primeras
    leyes naturales, donde se desarrollan los conceptos de libertad
    civil y de justicia en términos de identidad
    contractual:

    La primera Ley, es el punto de partida, ya que
    constituye el deber que tiene todo ser humano de buscar la paz, y
    si no la consigue, de buscar y usar todos los beneficios y
    preeminencias de la guerra. Ahora bien, la búsqueda de una
    paz permanente, que ponga fin al Estado de guerra de todos contra
    todos, sólo es posible cuando los hombres llegan al
    acuerdo de renunciar de forma recíproca, al Derecho de
    poseer todas las cosas, (segunda ley). Para Hobbes, el concepto
    que mejor expresa ese intercambio es el contrato,
    entendido éste como transferencia mutua de Derechos, sin
    entrar en justificaciones morales sobre el deber o no de realizar
    ese intercambio.

    Para Jhon Locke, una aproximación del concepto de
    Derechos Humanos en su escrito el segundo tratado sobre el
    gobierno civil, lo define como:

    "La igualdad contractual significa que somos iguales,
    pues actuamos como individuos que hacen contratos unos
    con otros y proceden según esos contratos (…), Hemos
    visto la inversión de los Derechos Humanos que se
    plantea ahí, a partir de la visión de un imperio
    burgués naciente, enfrentado a todos aquellos que no
    están sometidos a este nuevo principio de
    igualdad"

    CAPITULO II

    LA ONU Y LA
    DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS
    HUMANOS

    "Declaración Universal de
    Derechos Humanos, como ideal común por el que todos los
    pueblos y Naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los
    individuos como las instituciones, inspirándose
    constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el
    respeto a estos Derechos y libertades,

    y aseguren, por medidas progresivas de
    carácter nacional e internacional,

    su reconocimiento y aplicación
    universales y efectivos, tanto entre los

    pueblos de los Estados Miembros como
    entre los de los territorios

    colocados bajo su
    jurisdicción"

    Preámbulo de la Carta de los
    Derechos Humanos

    La Organización de las Naciones Unidas (ONU), fue
    creada con el propósito de promover y desarrollar los
    intereses comunes de los Estados miembros. "Las Naciones Unidas,
    es una organización de Naciones soberanas, no un gobierno
    mundial", Por otro lado, representa un nuevo orden mundial: una
    comunidad estructurada bajo unos principios comunes. Sin embargo,
    cabe cuestionarse sobre el verdadero papel de dicha
    organización dentro de las relaciones internacionales. A
    lo largo de este trabajo analizaremos el grado de influencia que
    tiene este organismo intergubernamental en las relaciones
    internacionales.

    Empezare el análisis, haciendo una reseña
    histórica sobre el surgimiento de la ONU, después
    hablaremos de los principios y propósitos estipulados en
    la Carta de las Naciones Unidas, al igual, que la estructura de
    la Organización. Para finalizar, se trataran algunos casos
    específicos su intervención en asuntos mundiales y
    la experiencia de Colombia en la
    ONU.

    2.1 Reseña Histórica de la
    ONU

    Después de las guerras mundiales de 1914 y 1939,
    las primeras organizaciones internacionales fueron creadas. Estas
    son "el producto de un
    compromiso político, que vincula jurídicamente a
    los Estados, a través de acuerdos o tratados ratificados
    por las instituciones de cada Estado".

    El primer intento de construir una organización
    orientada a proteger la seguridad internacional, fue consecuencia
    de la primera guerra mundial. El presidente Estadounidense,
    Woodrow Wilson, lideró dicho movimiento. Las Naciones que
    participaron en el conflicto de
    1914, unieron sus fuerzas para apoyar los principios de paz,
    seguridad y bienestar. Se creó así, con un
    carácter político, la Sociedad de Naciones en 1919.
    Sin embargo, esta organización fracasó por dos
    razones principales: en primer lugar, las decisiones eran tomadas
    por unanimidad, lo que dificultó su funcionamiento; y en
    segundo lugar, Estados Unidos, asumió una política
    aislacionista y se negó a participar en la
    organización. Por tanto la Sociedad de Naciones,
    carecía de fuerza para imponer sus decisiones.

    Durante la segunda guerra mundial, la comunidad
    internacional seguía pensando en la creación de una
    organización, capaz de resolver los conflictos de
    carácter político, económico, social,
    cultural o humanitario. El 1 de Enero de 1942, en Washington, se
    acordó la llamada Declaración de las Naciones
    Unidas. Sin embargo, sólo hasta el 24 de Octubre de 1945,
    se crea formalmente la Organización de Naciones Unidas
    (ONU). La ONU, remplazó a la Sociedad de Naciones, que
    partir de 1947, se disolvió en su totalidad.

    "La carta de las Naciones Unidas, comprometió a
    los gobiernos del mundo a enfrentar el enorme desafío de
    ponerle fin al colonialismo". El fenómeno de
    descolonización consolidó la formación de la
    ONU, durante las primeras tres décadas de su
    funcionamiento, ya que el número de sus miembros
    aumentó y obtuvo, de está forma, carácter
    verdaderamente mundial. El surgimiento de los nuevos Estados
    Independientes en el Medio Oriente, Asia y
    África dan origen a movimientos regionales como la liga
    Árabe (1945), la Organización de la Unidad Africana
    (1963), la OTASE (1954), la Asociación del Sur de Asia, el
    Consejo de Asia y el Pacifico (ASPAC), la Organización de
    Estados Americanos (OEA) y la Comunidad Económica Europea
    (1957).

    La Organización Internacional de las Naciones
    Unidas, es una entidad relativamente nueva. En su corta
    existencia, ha crecido convirtiéndose en un actor
    influyente en los conflictos mundiales. Sin embargo, su poder se
    ve opacado por el de las Naciones soberanas. A pesar de actuar en
    nombre de todos los pueblos del mundo, a veces carece de la
    fuerza suficiente para imponer sus decisiones.

    Uno de los elementos que limita el poder de las
    Organizaciones Internacionales, es el sistema del Veto: la ONU,
    no puede intervenir en un conflicto, sin la debida
    autorización de los Estados involucrados. De igual manera,
    si una decisión del Consejo de Seguridad no es ratificada
    por los 5 miembros permanentes, no es valida. Así pues, en
    una situación de crisis, la intervención de las
    Naciones Unidas, se encuentra obstaculizada por los
    Estados.

    Por otro lado, las grandes potencias manipulan a su
    conveniencia el poder que tiene las Naciones Unidas. Así
    pues, estos organismos no siempre son objetivos. La
    igualdad entre los países es ficticia; por ejemplo, el
    Consejo de Seguridad, tienen cinco miembros permanentes, que son,
    obviamente, las grandes potencias: Estados Unidos, Inglaterra,
    Rusia, Francia y China, sin
    embargo, cuando la ONU, toma medidas que no concuerdan con los
    intereses de estos países privilegiados, su
    decisión es ignorada. Para ilustrar este punto, nos
    podemos referir a la reciente crisis del Medio Oriente, donde los
    Estados Unidos, apareció como una figura más
    significativa que la ONU.

    Solo nos queda un interrogante: ¿Hasta que punto
    las Naciones Unidas, juega un papel decisivo en la toma de
    decisiones mundiales?

    El enfrentamiento de las grandes potencias durante la
    guerra
    fría, trajo como consecuencia la proliferación
    de armas nucleares,
    y la necesidad de controlarlas para la defensa de la raza humana.
    Los mayores depósitos de armas nucleares, se encuentran en
    Estados Unidos y Rusia. Inglaterra, Francia y China poseen,
    también, este tipo de armamento. Noruega, Suecia,
    Finlandia, Bélgica, Suiza, Italia, Israel,
    Japón, Corea, Taiwán y Canadá, tienen
    grandes posibilidades de poseerlas. Y en menor escala India,
    Pakistán y Africa del
    Sur.

    Una de las primeras actuaciones de la ONU frente a esta
    situación, fue crear en 1946-1947, la comisión de
    energía atómica y la comisión de armamentos
    de tipo corriente que se unirían en 1952, a la
    comisión de desarme.

    Finalizada la Segunda Guerra Mundial en 1948, y bajo la
    experiencia de algunos países en tener regímenes
    totalitarios, los Derechos Humanos pasan a ocupar un lugar
    destacado en la Comunidad Internacional, por medio de la
    Declaración Universal de los Derechos Humanos, en el seno
    de las Naciones Unidas. Los actos devastadores de la Segunda
    Guerra Mundial, conllevaron a una gran sensibilidad de la
    comunidad internacional, que condujo a los países del
    mundo en especial los que habían estado involucrados
    directamente con el conflicto, como lo fueron los países
    europeos y Estados Unidos como gran catalizador de los conflictos
    mundiales, al asumir una actitud, y a
    emitir una respuesta en cuanto al control o equilibrio de las
    fuerzas mundiales, que ya en dos ocasiones habían conocido
    las manifestaciones mas atroces de la guerra, una que contribuyo
    a la caída del Concierto Europeo, con la primera guerra
    mundial; después se crea por iniciativa del presidente
    Wilson, la Sociedad de Naciones (SDN), pero esta también
    colapso como lo vimos anteriormente, por no poder contener los
    impulsos colonialistas de la segunda guerra mundial, y en 1947,
    desaparece por completo dándole paso a la ONU, creada
    formalmente en 1945, con la Declaración Universal de los
    Derechos Humanos, la cual constituye la Carta de la
    ONU.

    La Declaración como tal tiene un planteamiento
    novedoso y revolucionario, al imponer a los Estados, ciertas
    obligaciones
    respecto a todos los ciudadanos, sin importar su sexo, raza,
    creencia o nacionalidad. A la vez, permite establecer que los
    ciudadanos, puedan reclamar directamente contra el Estado
    infractor ante instancias internacionales, en caso de
    vulneración de sus Derechos.

    2.2 Antecedentes de la
    Declaración Universal de los Derechos
    Humanos
    .

    Con la terminación de la segunda guerra mundial,
    dejando un panorama de cerca de 50 millones de personas muertas,
    y un gran numero de habitantes sin infraestructura física
    en que vivir, y con pocas oportunidades de desarrollo social
    y económico.

    Surge la determinación, de construir una nueva
    estructura mundial que colocara los Derechos y libertades
    fundamentales en una posición mucho más prominente
    dentro de los asuntos mundiales, con la finalidad de hacer
    responsables de sus actos, a los violadores de los Derechos
    Humanos, y en especial que obligara a los Estados Miembros, a
    respetar los Derechos consagrados en la Carta de la
    ONU.

    Pero antes de que concluyera la Segunda Guerra Mundial,
    (como hecho trascendental para motivar a la declaración),
    ya existían algunos antecedentes que generaban un tipo de
    reconocimiento mundial de los Derechos Humanos, la Carta del
    Atlántico de 1941, que detallaba el Derecho a la libertad
    y la democracia y
    unos pocos meses antes, en el discurso de
    las Cuatro Libertades, (ser libres para expresarse, ser libres
    para practicar una religión, estar libres de la necesidad
    y estar libres del temor), que el presidente Franklin Roosevelt,
    pronunció ante el Congreso de Estados Unidos. En Gran
    Bretaña, el primer ministro Winston Churchill, se hizo eco
    de las opiniones del presidente norteamericano, al declarar que
    una victoria aliada resultaría en la "entronización
    de los Derechos Humanos".

    La condición universal de los Derechos Humanos,
    se incorporó a la Carta de las Naciones Unidas, aprobada
    en 1945, que estableció la meta de
    "promover y alentar el respeto a los Derechos Humanos y las
    libertades fundamentales de todos, sin distinción de raza,
    sexo, idioma y religión".

    Los gobiernos desempeñaron un papel clave en la
    aprobación de la Carta de las Naciones Unidas, y
    también lo hizo aunque de un modo no tan ampliamente
    conocido, el movimiento no gubernamental, que surgía en
    favor de los Derechos Humanos, que sería una parte tan
    decisiva de la lucha por los Derechos y libertades fundamentales
    en las décadas siguientes. Se estima que más de
    1.300 organizaciones no gubernamentales de Derechos Humanos,
    cabildearon activamente para que se aprobara un componente
    vigoroso de Derechos Humanos en la Carta.

    Otra victoria importante se obtuvo en 1948, con la
    aprobación de la Declaración Universal de los
    Derechos Humanos, en favor de la cual trabajó tan
    incansablemente Eleanor Roosevelt, viuda del presidente Franklin
    Roosevelt. La declaración, fue el primer logro importante
    de la recientemente establecida Comisión de las Naciones
    Unidas para los Derechos Humanos. La señora Roosevelt, fue
    su primera presidenta. Al hablar ante la Asamblea General luego
    que se aprobara la declaración, la ex primera dama de
    Estados Unidos, recalcó su valor
    histórico.

    2.3 La Carta de las Naciones Unidas

    La "Carta de las Naciones Unidas", es el documento por
    medio del cual se constituyen las Naciones Unidas. Su historia se
    remonta al 12 de julio de 1941, con la "Declaración de
    Londres", firmada por los representantes del Reino Unido,
    Canadá, Australia, Nueva Zelanda, y Sudáfrica,
    además de los gobiernos en exilio de Bélgica,
    Checoslovaquia, Grecia,
    Luxemburgo, Noruega, los Países Bajos, Polonia, Yugoslavia
    y Francia, representada por el general De Gaulle. Este documento,
    se pronunciaba a favor de la concertación de la paz de
    forma conjunta, estableciendo que la única base de una paz
    duradera es la cooperación voluntaria de todos los pueblos
    libres, para evitar la amenaza de una agresión.

    Posteriormente, el 14 de agosto de 1941, el Presidente
    de los Estados Unidos, Franklin D. Roosevelt, y el Primer
    Ministro Británico, Winston Churchill, firman la "Carta
    del Atlántico", en la que hacen referencia a que
    después de terminar la guerra, esperan ver establecida una
    paz que ofrezca a las Naciones seguridad, y que sus habitantes
    vivan libres del temor y la necesidad, que todas las Naciones del
    mundo renuncien al uso de la fuerza, y establece el deseo de los
    firmantes de promover la colaboración entre las Naciones,
    para lograr mejores condiciones de trabajo, adelanto
    económico y seguridad social.

    El 1 de enero de 1942, es firmada por 26 representantes
    la "Declaración de las Naciones Unidas", donde se
    establece el compromiso de proseguir juntas la lucha contra las
    potencias del Eje. En este documento se utiliza por primera vez
    el nombre de "Naciones Unidas".

    La Conferencia de
    Moscú del 1 de noviembre de 1943, y la de Teherán,
    dos meses después, también exhortan a la
    creación de una organización general internacional,
    basada en la igualdad soberana de los Estados, con el fin de
    evitar futuras confrontaciones.

    En 1944, se empieza a proyectar la creación de la
    Organización de las Naciones Unidas, en la Conferencia de
    Dumbarton Oaks, que terminó el 7 de octubre de ese
    año. Entre los principales avances que se obtuvieron,
    está el de la propuesta que se instituyera un
    órgano esencial en las Naciones Unidas, cuyo objetivo
    fuera conservar la paz del mundo. Posteriormente, en la
    Conferencia de Yalta, el 11 de febrero de 1945, se
    especificó la forma de votar en dicho
    órgano.

    Finalmente del 25 de abril, al 26 de junio de 1945, se
    llevó a cabo la Conferencia de San Francisco, que se
    basó en las Conferencias de Dumbarton Oaks, y de Yalta,
    además de tomar en cuenta enmiendas propuestas por varios
    gobiernos. Esta Conferencia forjó la "Carta de las
    Naciones Unidas y el Estatuto de la Corte Internacional de
    Justicia", que fue aprobada por unanimidad y firmada por todos
    los representantes.

    La "Carta de las Naciones Unidas", entró en vigor
    el 24 de octubre de 1945, fecha en que China, Estados Unidos,
    Francia, el Reino Unido, la Unión Soviética y la
    mayor parte de los demás signatarios, depositaron sus
    instrumentos de ratificación. El "Estatuto de la Corte
    Internacional de Justicia", que regula a la Corte Internacional
    de Justicia, es parte Integral de la Carta.

    La Carta ha sufrido enmiendas en cuatro
    Artículos, los cuales se enumeran a
    continuación:

    • En 1965, se aumentó de 11 a 15, el
      número de miembros del Consejo de Seguridad (Art.
      23).
    • En 1965 se aumentó de 7 a 9, el número
      de votos afirmativos necesarios para la adopción
      de decisiones, incluso los votos afirmativos de los cinco
      miembros permanentes en todas las cuestiones de fondo, pero no
      en las de procedimiento
      (Art. 27).
    • En 1965, se aumentó el número de los
      miembros del Consejo Económico y Social de 18 a 27, y en
      1973, de 27 a 54 (Art. 61).
    • En 1968, se aumentó de 7 a 9, el número
      de votos necesarios en el Consejo de Seguridad, para convocar
      una Conferencia General para revisar la Carta (Art.
      109).

    "La carta de las Naciones Unidas, es el instrumento
    constituyente de la organización, que determina los
    Derechos y obligaciones de los Estados miembros y establece los
    órganos y procedimientos de las Naciones Unidas". Este
    tratado internacional contiene los principios de las relaciones
    entre los países del mundo.

    Los propósitos estipulados en dicho documento
    son:

    • "Mantener la paz y la seguridad
      internacionales;
    • Fomentar entre las Naciones, las relaciones de
      amistad basadas en el respeto al principio de la igualdad de
      Derechos y de la libre determinación de los
      pueblos;
    • Realizar la cooperación internacional, en la
      solución de problemas internacionales de carácter
      económico, social, cultural o humanitario, y en el
      desarrollo y estímulo del respeto a los Derechos Humanos
      y a las libertades fundamentales;
    • Servir de centro que armonice los esfuerzos de las
      Naciones por alcanzar estos propósitos
      comunes".

    Los principios de la ONU de acuerdo a la carta,
    son:

    • "La organización está basada en la
      igualdad soberana de todos sus Miembros.
    • Todos los Miembros cumplirán de buena fe, las
      obligaciones contraídas de conformidad con la
      carta;
    • Los Miembros arreglarán sus controversias
      internacionales, por medios pacíficos y sin poner en
      peligro la paz la seguridad o la justicia;
    • Los Miembros, se abstendrán de recurrir a la
      amenaza o al uso de la violencia contra otros
      Estados;
    • Los Miembros prestarán a las Naciones Unidas,
      toda clase de ayuda en cualquier acción que ejerzan de conformidad con la
      carta, y no ayudarán a Estado alguno contra el cual la
      Organización estuviere ejerciendo acción
      preventiva o coercitiva;
    • Las Naciones Unidas, harán que los Estados que
      no son miembros de la organización se conduzcan de
      acuerdo con éstos principios, en la medida que sea
      necesario, para mantener la paz y la seguridad
      internacional;
    • Ninguna disposición de la carta autoriza a las
      Naciones Unidas a intervenir en los asuntos que son
      esencialmente de la jurisdicción interna de los
      Estados".

    Cuando nos referimos al papel que juega los Derechos
    Humanos dentro del papel y más específicamente en
    la carta de la ONU, nos debemos remitir directamente a la
    Declaración Universal de los Derechos Humanos, la cual fue
    proclamada por la Asamblea General el 10 de diciembre de
    1948.

    "La declaración Universal de los Derechos se
    compone de 30 artículos, que comprenden Derechos civiles y
    políticos, y Derechos económicos sociales y
    culturales.

    Los artículos 1 y 2 son de índole general
    y en ellos se expone, que "todos los seres humanos nacen libres e
    iguales en dignidad y Derechos". Los Derechos reconocidos en los
    artículos 3 a 21 de la declaración comprenden: el
    Derecho a la vida, a la libertad y seguridad de la persona; la
    libertad de la esclavitud y la
    servidumbre; la libertad a no ser sometido a torturas ni a penas
    o tratos crueles, inhumanos o degradantes, el Derechos al
    reconocimiento de la personería jurídica; el
    Derecho a tener igual protección de la ley; el Derecho a
    un recurso efectivo jurídico: la libertad de no ser
    arbitrariamente detenido, preso ni desterrado; el Derecho a ser
    oído
    públicamente y con justicia por un tribunal independiente
    e imparcial; el Derecho a que se presuma la inocencia de la
    persona mientras no se pruebe la culpabilidad;
    el Derecho a no ser objeto de injerencias arbitrarias en su vida
    privada, su familia, su domicilio, o su correspondencia; libertad
    de circulación; el Derecho a la propiedad; el Derecho a la
    libertad de pensamiento, de conciencia y de religión;
    libertad de opinión y de expresión; el Derecho a la
    libertad de reunión y asociación; el Derecho a
    participar en el gobierno de su país, y el Derecho de
    acceso, en condiciones de igualdad a las funciones
    públicas.

    Los artículos 22 a 27, abarcan los Derechos
    sociales y culturales; el Derecho a la seguridad social; el
    Derecho al trabajo, el Derecho al descanso y al disfrute del
    tiempo libre; el Derecho a un nivel de vida adecuado para la
    salud y bienestar; el Derecho a la educación; y el
    Derecho a participar en la vida cultural de la
    comunidad.

    Los artículos finales del 28 al 30, reconocen que
    toda persona tiene Derecho a que establezca un orden social e
    internacional, en el que estos Derechos y libertades se hagan
    plenamente efectivos, y subrayan los deberes y responsabilidades
    que tiene el individuo para la sociedad. La Asamblea proclamo la
    Declaración Universal de Derechos Humanos, "como ideal
    común por el que todos los pueblos y Naciones deben
    esforzarse", y pidió a todos los Estados miembros y a
    todos los pueblos que promovieran y obtuvieran el reconocimiento
    y la observancia de los Derechos y libertades establecidos en
    ella".

    Dentro del sistema internacional de protección de
    los Derechos Humanos, la Declaración Universal De los
    Derechos Humanos, constituye el mayor avance en materia de
    Derechos Humanos, que la humanidad haya desarrollado en su
    historia; esta simple razón nos debe motivar a nosotros
    como ciudadanos comunes, y también como responsables de
    una compromiso histórico y político con el
    país, de promover constantemente la protección de
    estos Derechos, los cuales son los mas divulgados, pero al mismo
    tiempo los mas vulnerados.

    La responsabilidad y compromiso internacional de los
    Estados debe ser efectivo, y toda la comunidad internacional debe
    estar atenta a las posibles violaciones que cualquier
    país, por poderoso que sea, pueda cometer en pro del
    beneficio propio y por encima del interés
    general de la comunidad mundial o de su propia
    población.

    Podríamos afirmar sin temor a equivocarnos que la
    Organización de Naciones Unidas ONU, es la salvaguardia de
    los Derechos Humanos y fundamentales de la humanidad hoy por hoy;
    así pues, pasare a explicar la organización de la
    ONU.

    2.4. Estructura de la
    Organización

    La ONU, está compuesta por seis órganos,
    los cuales, a excepción de la Corte Internacional de
    Justicia que tiene su sede en La Haya, se encuentran ubicados en
    Nueva York. Estos órganos son:

    • La Asamblea general, "es el principal órgano
      deliberativo de las Naciones Unidas". Están
      representados los 178 miembros, cada uno con Derecho a un voto.
      Ha sido el foro de
      discusión de los problemas universales: guerra y paz,
      hambre, medio ambiente, pobreza,
      desarrollo, deuda, salud, Derechos Humanos,
      descolonización, y otros. La Asamblea General, "puede
      debatir todos los asuntos que caen dentro del ámbito de
      la Carta de las Naciones Unidas, y formular las recomendaciones
      pertinentes". Está supervisa las actividades de los
      otros órganos, admite nuevos miembros, establece el
      presupuesto y
      nombra al secretario general. Se distribuyen los temas de la
      agenda entre 6 comisiones, donde están representados
      todos los países. La función de éstas es
      discutir las cuestiones internacionales con la intención
      de armonizar las acciones de los Estados. Algunos temas de
      importancia especial son distribuidos así:
    • Primera Comisión: desarme y asuntos de
      seguridad internacional.
    • Segunda Comisión: cuestiones económicas
      y financieras.
    • Tercera Comisión: cuestiones sociales,
      humanitarias y culturales.
    • Cuarta Comisión: descolonización y
      política especial.
    • Quinta Comisión: administración y presupuesto.
    • Sexta Comisión: cuestiones
      jurídicas.

    El Consejo de Seguridad está compuesto por
    quince miembros, cinco de los cuales son permanentes, (China,
    Estados Unidos, Francia, Gran Bretaña y Rusia), y los
    otros diez, son elegidos por la Asamblea General para un
    periodo de dos años. Su responsabilidad es mantener la
    paz y la seguridad internacional, lo que significa que debe
    proponer medidas efectivas en caso del quebrantamiento del
    orden o la presencia de una amenaza que ponga en peligro la paz
    y la seguridad internacional. Debe proveer la solución
    pacífica de los conflictos. Los procedimientos
    más comunes, utilizados por el Consejo de Seguridad,
    para atender un conflicto entre países son: "la
    mediación, los buenos oficios, medidas
    económicas, el envío de observadores militares y
    fuerzas de mantenimiento de la paz a nombre de la
    organización, las cuales son reconocidas como fuerzas
    neutrales y son llamados los cascos azules".

    • El Consejo Económico y Social está
      compuesto por 54 miembros, con mandatos de 3 años. Tiene
      como segunda sede a Ginebra, y se encarga de coordinar todas
      las acciones en los sectores económicos y sociales y de
      los organismos especializados. Puede hacer recomendaciones y
      presentar iniciativas en relación con asuntos de
      desarrollo, comercio
      internacional, industrialización, recursos
      naturales, Derechos Humanos, situación de la mujer,
      población y bienestar social. Dentro del Consejo
      Económico, se encuentran comisiones económicas
      específicas como: la CEPAL (Comisión
      Económica para América
      Latina), Comisión Económica para
      África, y otras más.
    • El Consejo de Administración Fiduciaria, es el
      encargado de supervisar la administración de los
      territorios puestos bajo el régimen de
      administración fiduciaria. Sin embargo los territorios
      antiguamente en fideicomiso,
      han logrado su independencia por tanto este solo se
      reunirá cuando el caso lo requiera.
    • La Corte Internacional de Justicia o Corte Mundial,
      está integrada por quince jueces elegidos para un
      periodo de nueve años por la Asamblea General y Consejo
      de Seguridad. Es el órgano judicial de la
      organización y cualquier controversia entre Estados,
      podrán ser sometidos para su resolución a la
      Corte Internacional de Justicia con el consentimiento de los
      Estados interesados, esta decisión debe ser
      acatada.
    • Y finalmente, la Secretaria esta integrada por un
      cuerpo de funcionarios que trabajan permanentemente.
      Están encargados del manejo de todos los programas que
      efectúan los demás órganos de la ONU. El
      secretario general esta al frente de esta
      organización.

    2.5 Algunos Organismos
    Importantes de la ONU

    La ONU, tiene programas de cooperación
    técnica en los que ayuda a la preparación de planes
    Nacionales de desarrollo económico y social: investigaciones
    en la exploración y uso de los recursos naturales,
    mejoramiento y modernización de los sistemas de
    organizaciones públicas y estadísticas e información. En el sector económico
    y social ha promovido acciones en beneficio del desarrollo de los
    países.

    • En 1974, se aprobó la declaración y
      programa de
      acción para el establecimiento de un Nuevo Orden
      Económico Internacional (NOEI). Así se busca
      hacer más sutil, la diferencia entre los países
      desarrollados y los países en vía de desarrollo.
      Los órganos que desarrollan estas funciones son: el
      Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD),
      Fondo para Actividades en Materia de Población (FNUAP) y
      el Departamento de Cooperación Técnica para el
      Desarrollo (DCTD).
    • La Organización de las Naciones Unidas para la
      Educación, la Ciencia y la
      Cultura
      (UNESCO), tiene como función contribuir con la paz y la
      seguridad, promoviendo el respeto universal a la justicia, los
      Derechos Humanos y las libertades fundamentales.
    • La Organización Mundial de la Salud (OMS),
      tiene como objetivo buscar el nivel de salud más alto en
      la población mundial, y para esto se valen de la
      tecnología e investigación
      científica.
    • La Organización Internacional del Trabajo
      (OIT), se dedica a promover la justicia a los trabajadores.
      Además, apoya los esfuerzos de todos los países,
      para conseguir el pleno empleo y proteger la vida y la salud
      del trabajador.
    • La Organización de las Naciones Unidas para la
      Agricultura
      y la Alimentación (FAO), promueve la mejoría en
      la producción y distribución de los alimentos.
      Además, se preocupa por el bienestar de los habitantes
      de las zonas rurales.
    • El Fondo Monetario
      Internacional (FMI), es una
      organización que tiene como función recomendar
      métodos
      y políticas monetarias rigiéndose por los
      postulados de libre comercio,
      ayudar a los Estados que se encuentren en situaciones
      críticas de financiamiento de la balanza de
      pagos y promover reajustes a estas
      posibilidades.
    • La Organización de Estados Americanos (OEA),
      fue creada por los países latinoamericanos, que
      querían consolidar el compromiso norteamericano de no
      intervención, y asegurar una cooperación
      económica. Esta organización defiende la
      soberanía de los países miembros. Dentro de la
      OEA, existen diferentes comisiones que se ocupan de temas
      específicos, como el Banco
      Internacional de Desarrollo (BID).

    2.6 La ONU y la
    paz

    El principal objetivo de las Naciones Unidas, es el
    mantenimiento de la paz y la seguridad mundial. En los
    últimos años el papel que ha desempeñado en
    la mediación y solución de conflictos ha sido de
    vital importancia. A continuación, se expondrán,
    brevemente, dos intervenciones de la ONU, en momentos de
    crisis.

    • En 1991, estallo una violenta guerra civil en
      Somalia. En 1992 se estableció la Operación de
      las Naciones Unidas en Somalia (ONUSOM). La ONU, intervino para
      evitar las matanzas masivas y la desnutrición que afectaba a miles de
      personas. En 1993, se reorganizó ONUSOM, (ONUSOM II);
      esta concluyó sus labores en Marzo de 1995.
    • Con el propósito de conseguir la paz en el
      territorio ex yugoslavo, la ONU, "impuso un embargo de armas en
      1991". Al mismo tiempo el Secretario General analizaba la
      situación. En 1992, fuerzas de paz (UNPROFOR), llegaron
      a Croacia con la intención de crear condiciones de paz y
      seguridad. Su labor facilitó la ayuda a Bosnia y
      Herzegovina. La presencia de UNPROFOR, permitió la
      conservación de cierto orden mientras las conversaciones
      de paz, mediadas por las Naciones Unidas, llegaban a un
      acuerdo. En esta ocasión, la ONU, realizó un
      trabajo que benefició a más de cuatro millones de
      personas.

    2.7. El papel de Colombia en
    la ONU

    Colombia ha participado en la ONU, desde su
    fundación. En la redacción del acta, nuestro país fue
    líder, defendió sus argumentos e hizo reflejar
    nuestros principios tradicionales. "A la existencia de este
    organismo internacional ha aportado Colombia tesis que
    forman parte del patrimonio del Derecho interamericano, como las
    referentes a la buena fe, en la aplicación de los
    tratados, la intangibilidad de los mismos, la posibilidad de
    escenarios regionales como la OEA, y la consagración de
    principios jurídicos que sirvan de base para la interpretación de todo el texto de la
    carta".

    El primer representante de Colombia en la ONU, fue
    Alberto Lleras Camargo. Este no solamente representó a
    nuestro país, sino que hablo en nombre del grupo
    latinoamericano.

    Entre las más importantes posiciones de Colombia
    ante la ONU, está la oposición al veto. "Solamente
    Colombia y Cuba votaron
    negativamente la inclusión de dicho privilegio". Otra de
    las grandes controversias en la que se ha visto envuelto nuestro
    país, fue en el caso de la admisión de España a
    la ONU: Colombia, "sostuvo que España debía ser
    admitida sin que ello implicara una aceptación de su
    régimen"(dictatorial).

    Por este ultimo periodo presidencial, podemos ser
    participes dentro de las mesas decisorias de los órganos
    multilaterales. Durante la presidencia de Álvaro Uribe
    Vélez, el país fue testigo de la presencia de su
    parte diplomática en el Consejo de Seguridad, quizá
    por merito o quizá por provocar un acto de confianza a un
    gobierno, que desde el principio se vio muy interesado en seguir
    con los lineamientos que desde Washintong son emitidos para el
    pueblo norteamericano, pero de manera oblicua para las Naciones
    latinoamericanas.

    Bien es cierto, que la presencia no permanente de
    Colombia en el concejo de Seguridad de la ONU, no significa nada,
    pues como sabemos quienes verdaderamente toman las decisiones por
    la capacidad de veto, otorgada solo a los miembros permanentes
    del Consejo de Seguridad, como lo son los cinco países
    más poderosos del mundo: Francia, China, Rusia, Reino
    Unido y los Estados unidos de América. Tal vez aquí
    podríamos lograr una lógica de interdependencia en
    la que los costos mutuos son evidentes. En primer lugar el
    potencial en recursos energéticos, que los países
    en vía de desarrollo como Venezuela,
    Colombia y todos los demás países Latinoamericanos,
    le representa a los intereses de los Estados Unidos, y que logran
    garantizar su permanencia en las altas esferas del contexto
    internacional, y por ende controlar lo que para él, puede
    ser una figurilla, a la cual se pueda utilizar a su libre
    albedrío; sin embargo las Naciones del Mundo, deben
    propender por defender y lograr una mayor participación
    real en las esferas, de las decisiones en las diversas
    organizaciones multilaterales que conforman la ONU.

    Como vimos anteriormente, son múltiples los
    organismos que trabajan en el campo de las relaciones
    internacionales de manera multilateral, adscritos a las Naciones
    Unidas, y que tienen fines como: el trabajo con
    la OIT, la seguridad alimenticia con la FAO, la niñez y
    las mujeres con la UNICEF; la educación por la UNESCO, la
    salud mundial por la OMS, la parte financiera y crediticia de los
    Estados contemporáneos con el Fondo Monetario
    Internacional FMI. Son en estos espacios de decisión,
    donde los Países que no son permanentes en el Consejo de
    Seguridad, deben ocupar un espacio en las mesas de
    concertación y acuerdo, y posesionarse más
    activamente en sistema internacional.

    CAPITULO III

    LA UNIÓN EUROPEA COMO UNIDAD DE DERECHOS
    COLECTIVOS

    "Firmar es comprometerse (…). Que todas las
    ciudadanas y los ciudadanos de la Unión sepan que,
    desde ahora (…), la Carta será la ley de esta
    Asamblea (…). En adelante, la Carta será nuestra
    referencia para todos los actos del Parlamento Europeo que
    afecten directa o indirectamente a los ciudadanos de toda la
    Unión".

    Sra. Nicole Fontaine, Presidenta del Parlamento
    Europeo

    (Niza, 7 de diciembre de 2000)

    3.1 Antecedentes históricos de los
    Derechos Humanos en la unión Europea

    3.1.1. Muro de
    Berlín: una Transformación Social,
    Político y Económico.

    3.1.2 El tratado de Maastricht: base de
    protección de los Derechos Humanos en la Unión
    Europea.

    3.2. La Carta Europea de los Derechos Humanos y
    fundamentales

    3.2.1 Finalidad, Objetivo de la Carta Europea de
    Derechos Humanos.

    3.2.2 Contenido y estructura de la
    carta.

    3.3. Principales factores violatorios de los
    Derechos Humanos.

    3.3.1 Racismo y
    Xenofobia

    3.3.1.1. Observatorio Europeo Del Racismo y
    la
    Xenofobia.

    3.3.1.2. La iniciativa Comunitaria EQUAL (2000 a
    2006)

    3.3.1.3 programa DAPHNE (2000 a
    2003)

    3.3.2 Asilo e
    Inmigración

    3.3.2.1 Política de Inmigración y Asilo

    3.3.3. Trata de Seres
    Humanos.

    3.3.3.1 Programa STOP II

    3.4. Fundamentos jurídicos de la
    política de Derechos Humanos en la Unión
    Europea.

    3.4.1 Parlamento Europeo

    3.4.2. Tribunal de Justicia
    Europeo.

    3.4.2.1 Tribunal Europeo de Derechos Humanos
    (TEDH) ó Tribunal de Estrasburgo.

    3.4.3. El Defensor del Pueblo
    Europeo

    3.4.4 Sociedad Civil
    como Actor impotente dentro de la protección de los
    Derechos Humanos en la Unión Europea.

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    CAPITULO IV

    LA POLÍTICA DE LOS DERECHOS HUMANOS DESDE
    LA OEA

    "La democracia y el Estado de
    Derecho, constituyen condiciones necesarias para lograr la
    vigencia y el respeto de los Derechos Humanos, en las sociedades
    democráticas. De acuerdo con la Carta Democrática
    Interamericana, son elementos esenciales de la democracia
    representativa (…) La OEA,  la Comisión se erige
    como un órgano especializado en materia de Derechos
    Humanos, y como tal, debe utilizar sus herramientas en aras de
    proteger a los habitantes de América frente a las
    violaciones de sus Derechos"

    José Zalaquett

    Presidente de la comisión
    interamericana de Derechos Humanos

    en la inauguración del 119º
    período ordinario de sesiones

    (23 de febrero de 2004)

    4.1. Nacimiento de la OEA

    4.2. Antecedentes históricos de los
    Derechos Humanos en el Sistema interamericano de la
    OEA.

    4.2.1. OEA y Derechos
    Humanos.

    4.3. La Carta de Derechos Humanos y
    Fundamentales de la OEA

    4.3.1. La Declaración Americana de los
    Derechos y Deberes del Hombre

    4.3.2. La convención americana sobre
    Derechos Humanos ó pacto de san
    José.

    4.3.3. Protocolo adicional a la
    convención americana sobre Derechos Humanos en materia
    de Derechos económicos, sociales y culturales ó
    protocolo de san salvador.

    4.3.4 Otras fuentes de
    la carta

    4.4. Principales factores violatorios de los
    Derechos Humanos en el Sistema Interamericano de Derechos
    Humanos.

    4.4.1 Desplazamiento Forzoso.

    4.4.2. Ejércitos
    Irregulares.

    4.4.3 Secuestro.

    4.5. Fundamentos jurídicos de la
    política de protección de los Derechos Humanos en
    la Organización de Estado Americanos
    (OEA).

    4.5.1 Comisión Interamericana de Derechos
    Humanos.

    4.5.1.1 Funciones de la
    Comisión Interamericana de Derechos
    Humanos.

    4.5.2 Corte Interamericana
    de Derechos Humanos.

    4.5.2.1 Estructura de la
    Corte Interamericana de Derechos Humanos.

    4.5.2.1.1 Derechos y
    Deberes

    4.5.2.1.2
    Incompatibilidades.

    4.5.2.1.3 Impedimentos,
    Excusas e inhabilitación.

    4.5.2.1.4 Funcionamiento de
    la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

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    CAPITULO
    V

    EL ANÁLISIS DE LOS
    SISTEMAS PREPONDERANTE EN LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS
    HUMANOS, EN LA UNIÓN EUROPEA Y EN LA ORGANIZACIÓN
    DE ESTADOS AMERICANO.

    5.1
    Fuentes
    .

    5.2 Organismos de
    promoción, control y
    protección.

    5.3. Factores
    violatorios

    5.4.
    Incidencias.

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    CONCLUSIONES

    A MANERA DE
    REFLEXIÓN:

    BIBLIOGRAFÍA.

    ANEXOS

    Anexo 1

    DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS
    DERECHOS HUMANOS

    DECLARACION RELATIVA A TERRITORIOS NO
    AUTONOMOS

    ANEXO 2

    PAISES MIEMBROS DE LA UNION EUROPEA Y DE
    LA OEA

    ANEXO 3

    CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE
    DERECHOS HUMANOS
    "PACTO DE SAN JOSÉ DE COSTA
    RICA

    ANEXO 4

    PROTOCOLO ADICIONAL A LA CONVENCIÓN
    AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS EN MATERIA DE DERECHOS
    ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES, "PROTOCOLO DE SAN
    SALVADOR".

    ANEXO 5

    CARTA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES EN LA UNION
    EUROPEA

    Para ver el texto completo seleccione la
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    JUAN MIGUEL TAWIL HENAO

    Tesis para optar el título de

    MAGISTER EN ESTUDIOS POLÍTICOS

    PONTIFICIA UNIVERSIDAD
    JAVERIANA

    FACULTAD DE CIENCIAS
    POLÍTICAS Y RELACIONES INTERNACIONALES

    BOGOTÁ, 2005

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