Enviado por almasg_22SUSTITUIDA POR NIC 40
Esta Norma Internacional de Contabilidad reordenada sustituye a la aprobada
originalmente por el Consejo del IASC en junio de 1979. Se presenta de acuerdo
con la estructura de los párrafos adoptada en las Normas Internacionales
de Contabilidad emitidas a partir de 1991. Aunque no se han efectuado cambios
sustanciales sobre el texto original, se ha modificado en ciertos casos la terminología,
con el fin de adaptarla a los usos actuales de la IASC, y se han puesto al día
las referencias cruzadas con otras Normas.
La NIC 39, Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición, deroga
las partes de la NIC 25 que se refieren a la contabilización de las inversiones
en títulos de deuda o de capital, así como a otros instrumentos
financieros. La NIC 25 continua vigente para las propiedades de inversión,
así como para otras inversiones no financieras que han quedado excluidas
del alcance de la NIC 39. La NIC 39 es aplicable para los estados financieros
que cubran periodos contables cuyo comienzo sea en o después del 1 de
enero del 2001. Se permite la aplicación anticipada de las disposiciones
de esa Norma desde el comienzo de los periodos contables que terminen después
de la emisión de la NIC 39.
La NIC 39 modificó también el párrafo 3 de la NIC 25, añadiendo
un nuevo apartado (h) a la lista de exclusiones de la NIC 25.
El Consejo tiene, entre sus planes, la aprobación de un Proyecto de Norma
sobre Propiedades de Inversión, a lo largo de 1999.
La parte normativa de este Pronunciamiento, que aparece en letra cursiva negrita, debe ser entendida en el contexto de las explicaciones y guías relativas a su aplicación, así como en consonancia con el Prólogo a las Normas Internacionales de Contabilidad. No se pretende que las Normas Internacionales de Contabilidad sean de aplicación en el caso de partidas no significativas ( véase el párrafo 12 del Prólogo ).
1. Este Pronunciamiento trata sobre la contabilidad
de las inversiones en los estados financieros de las empresas, así como
de las exigencias de información a revelar relacionada con este tipo
de activos.
2. Las empresas deberán contabilizar sus inversiones de acuerdo con
los párrafos 8 a 44, salvo si se trata de empresas especializadas en
inversiones, en cuyo caso pueden contabilizarlas de acuerdo con el párrafo
45.
3. El Pronunciamiento, por el contrario, no se ocupa de:
(a) las bases para el reconocimiento de intereses, derechos de patente, dividendos y rentas producidas por tales inversiones (cuyo tratamiento se ha hecho en la NIC 18, Ingresos, y en la NIC 17, Arrendamientos);
(b) inversiones en subsidiarias (véase la NIC 27, Estados Financieros Consolidados y Contabilización de las Inversiones en Subsidiarias);
(c) inversiones en asociadas ( véase la NIC 28, Contabilización de las Inversiones en Empresas Asociadas);
(d) inversiones en negocios conjuntos ( véase la NIC 31, Información Financiera sobre los Intereses en Negocios Conjuntos);
(e) plusvalía comprada, patentes, marcas y activos similares;
(f) arrendamientos financieros, tal como se han definido en la NIC 17, Arrendamientos;
(g) inversiones procedentes de planes de beneficios por retiro y empresas de seguros de vida, e
(h) inversiones en activos financieros, a los que se aplica la NIC 39, Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición
4. Los siguientes términos se usan
en el Pronunciamiento con el significado que a continuación se especifica:
Una inversión es un activo poseído por la empresa con la finalidad
de incrementar su riqueza por medio de los réditos producidos (tales
como intereses, regalías, dividendos y otras rentas), para conseguir
su revalorización o para la obtención de otros beneficios para
la empresa inversora, tales como los que se derivan de las relaciones comerciales.
No son inversiones los inventarios, tal como han sido definidos en NIC 2, Inventarios.
Tampoco constituyen inversión los elementos de las propiedades, planta
y equipo , tal y como han sido definidos en la NIC 16, Propiedades, Planta y
Equipo (distinto de las propiedades de inversión).
Una inversión a corto plazo es aquélla que por su naturaleza
es fácilmente realizable, y se desea mantener por un periodo no superior
a un año.
Una inversión a largo plazo es toda inversión que no es a
corto plazo.
Propiedades de inversión son aquéllas compuestas por terrenos
o edificios que no están ocupados sustancialmente para uso o en operaciones
de la empresa inversora, o bien de otra empresa del mismo grupo que la inversora.
Valor razonable es la cantidad por la cual puede ser intercambiado un activo
entre un comprador y un vendedor debidamente informados, en una transacción
libre.
Valor de mercado es el importe que se puede obtener por la venta de una
inversión en un mercado activo.
La expresión negociable implica la existencia de un mercado activo
del que se puede obtener un valor de mercado (o algún otro indicador
que permita calcular este valor de mercado).
5. Las empresas realizan inversiones por diversas
razones. Para algunas de ellas, la actividad de inversión es un elemento
significativo de sus actividades de operación,1, y la evaluación
de su desempeño depende en gran medida, o exclusivamente, de los resultados
arrojados por esta actividad. Otras empresas poseen inversiones como una forma
de colocación de fondos sobrantes, y otras comercian con inversiones
para sustentar una relación de negocios o para establecer una ventaja
comercial.
6. Algunas inversiones están representadas por certificados o documentos
similares, y otras no. La naturaleza de la inversión puede ser la de
un derecho de crédito, distinto de los créditos mercantiles a
corto o largo plazo, representando una cantidad monetaria que se le debe al
tenedor y que usualmente acumula intereses; alternativamente, la inversión
puede suponer la participación en los resultados de una empresa, como
es el caso de las participaciones en el capital. La mayoría de las inversiones
representan derechos de índole financiera, pero también pueden
ser tangibles: tal es el caso de las inversiones en terrenos o edificios, así
como de las inversiones directas en oro, diamantes y otras mercancías
fácilmente negociables.
7. Para algunos tipos de inversiones, existe un mercado activo del que se
puede obtener un valor de mercado. Para tales inversiones, el valor de mercado
es un indicador del valor razonable. Sin embargo, para otros tipos de inversiones,
no existe un mercado activo y, por tanto, se usan otros medios para determinar
el valor razonable.
Clasificación de las inversiones
8. Toda empresa que distinga entre activos
corrientes y a largo plazo en sus estados financieros, deberá presentar
las inversiones a corto plazo entre los activos corrientes, y las inversiones
a largo plazo entre los activos a largo plazo.
9. Las empresas que no distingan entre inversiones a corto y a largo plazo
en sus balances de situación generales deberán, no obstante, realizar
tal distinción para propósitos de medición, determinando
el valor en libros de las inversiones de acuerdo con lo establecido en los párrafos
19 y 23.
10. La mayoría de las empresas presentan, de acuerdo con NIC 1, Presentación
de Estados Financieros, balances de situación general en los que se distinguen
los activos corrientes de los que son a largo plazo. Las inversiones a corto
plazo se incluirán entre los activos corrientes. El hecho de que una
inversión, realizable en el mercado, haya sido retenida por la empresa
durante un periodo de tiempo considerable no prejuzga necesariamente su clasificación
como corriente.
11. Las inversiones que se poseen fundamentalmente para proteger, facilitar
o mejorar relaciones comerciales o de negocios ya existentes, a menudo denominadas
inversiones comerciales, no se tienen con la intención de que puedan
suministrar fuentes adicionales de efectivo, por lo que se clasificarán
como a largo plazo. Otras inversiones, tales como las propiedades de inversión,
se mantienen por un largo periodo de tiempo con el fin de que generen ingresos
y ganancias de capital. En ambos casos se trata de inversiones clasificadas
como a largo plazo, con independencia de que puedan ser negociables en el mercado.
12. Algunas empresas prefieren no hacer distinción entre activos corrientes
y a largo plazo, y otras pueden estar sometidas a regulaciones que impliquen
adoptar un formato de balance en el que no figure tal distinción. Muchas
de esas empresas operan en el campo financiero, como por ejemplo bancos y compañías
de seguros. Aunque estas empresas no pretenden realizar sus activos en el curso
normal de sus operaciones, usualmente consideran que muchas de estas inversiones
están, si las circunstancias lo requieren, disponibles para los propósitos
de sus operaciones corrientes.
13. A pesar de lo anterior, las referidas empresas pueden tener inversiones
consideradas propiamente como activos a largo plazo, por ejemplo, un banco puede
poseer acciones de una compañía de arrendamiento financiero.
14. Muchas de tales empresas, por tanto, analizan sus inversiones y les atribuyen
un valor en libros de acuerdo con sus características de activos corrientes
o a largo plazo.
15. El costo de una inversión incluye
los gastos de adquisición. tales como corretajes, honorarios, derechos
y gastos bancarios.
16. Si la inversión se adquiere, total o parcialmente. mediante la
emisión de acciones u otros títulos. el costo de adquisición
está constituido por el valor razonable de los títulos emitidos,
y no por su valor nominal. Si una inversión se adquiere total o parcialmente,
mediante intercambio por otro activo, el costo de adquisición de la inversión
se determina con referencia al valor razonable del activo entregado. Puede resultar
apropiado considerar el valor razonable de la inversión adquirida si
resulta más claramente evidente.
17. Los intereses, derechos de patente, dividendos y rentas por cobrar, en
relación con una inversión, se considerarán por lo general
ingresos, constituyendo por tanto el rendimiento de tal inversión. Sin
embargo, en algunas circunstancias, tales ingresos representan la recuperación
del costo, y no forman parte del resultado. Por ejemplo, cuando en una inversión
que produce intereses se han acumulado éstos hasta el momento de la adquisición
y, por tanto, quedan incluidos en el precio de compra del título, los
intereses recibidos tras la misma se distribuyen entre los periodos pre y post-adquisición,
deduciendo del costo la porción que corresponde al periodo anterior a
la compra. Similar tratamiento se da a los dividendos repartidos procedentes
de resultados anteriores a la adquisición de las acciones. Si es difícil
realizar la asignación temporal de las ganancias, salvo recurriendo a
bases arbitrarias de reparto, el costo de la inversión se reduce por
los dividendos por cobrar sólo si representan claramente una recuperación
de parte del costo.
18. La diferencia entre el costo de adquisición y el valor de reembolso
de las obligaciones y bonos (ya sea descuento o prima derivado del precio de
adquisición), se amortiza por parte del inversor, normalmente, en el
periodo que media entre el momento de la compra y el del vencimiento del título,
de manera que se obtenga una tasa de rendimiento constante sobre la inversión
durante el mismo. La porción del descuento o prima que se amortice se
acredita o carga, respectivamente, a resultados como si se tratara de un interés,
y, se añade o resta al valor en libros del título. El valor en
libros resultante se considera a partir de entonces como costo.
Valor en libros de las inversiones
Inversiones a corto plazo
19. Las inversiones clasificadas como activos corrientes deben ser expresadas en libros, dentro del balance de situación general:
(a) al valor de mercado, o bien
(b) al menor entre el costo y el valor de mercado.
Si las inversiones a corto plazo se expresan al menor entre el costo y
el valor de mercado, su valor en libros debe determinarse ya sea sobre la base
del valor total de la cartera, o por categorías de inversión,
o bien sobre la base de cada inversión individual.
20. Existen opiniones divergentes respecto a la valuación en libros
apropiada de las inversiones a corto plazo. Algunos mantienen que, al preparar
estados financieros bajo la convención del costo histórico, la
regla general de valuar al menor valor entre el costo y el valor neto de realización,
es aplicable a las inversiones y, puesto que la mayoría de las inversiones
a corto plazo son negociables en el mercado, el valor en libros es el menor
entre el costo y el de mercado. Los defensores de este método de valuación
contable argumentan que proporciona un valor prudente para el balance de situación
general, y que en el mismo no se reconocen ganancias no realizadas al calcular
los resultados. También arguyen que, usando este método, no se
produce el efecto de tomar en consideración las oscilaciones fortuitas
y reversibles de las cotizaciones, sólo por el hecho de escoger una determinada
fecha de cierre.
21. Otros argumentan que, puesto que las inversiones a corto plazo constituyen
una forma de riqueza fácilmente negociable, o un sustituto del efectivo,
es apropiado expresarlas contablemente a su valor razonable, que es usualmente
el valor de mercado. A la empresa no le importa el costo de tales partidas,
sino la cantidad de recursos líquidos que puede obtener al venderlas.
Las inversiones temporales se diferencian de los inventarios en que pueden ser
vendidas sin esfuerzo, mientras que sería normalmente inapropiado reconocer
ganancias por la venta de inventarios antes de que la misma esté asegurada.
La empresa puede prescindir de cada inversión individual - por ejemplo,
puede vender una acción y reinvertir el importe en un depósito
bancario a plazo, sin detrimento alguno de la actividad empresarial - y, por
tanto, es apropiado contabilizarlas a su valor de mercado. Los defensores del
método del valor de mercado también argumentan que la contabilización
al costo histórico permite a la gerencia reconocer beneficios discrecionalmente,
puesto que puede vender algunas inversiones seleccionadas y recomprarlas inmediatamente,
llevando a resultados las ganancias obtenidas, a pesar de que tales transacciones
no hayan variado la posición económica de la empresa.
22. En general, la preocupación de la empresa radica en el valor global
de su cartera de inversiones a corto plazo, más que en la de cada inversión
individual, puesto que tales inversiones se poseen colectivamente como una forma
de almacenar riqueza. De forma consistente con este punto de vista, las inversiones
contabilizadas al menor entre el costo y el valor de mercado, se valúan
sobre bases totales, ya sea por categoría de inversión o considerando
la cartera total, y nunca individualmente por cada inversión en particular.
No obstante, algunos sostienen que el utilizar la base de su cartera total hace
que las pérdidas en unos títulos se compensen con las ganancias
no realizadas en otros.
Inversiones a largo plazo
23. Las inversiones clasificadas como activos a largo plazo deben ser expresadas contablemente, en el balance de situación general, ya sea :
(a) al costo,
(b) a sus valores revaluados, o bien
(c) en el caso de títulos negociables en el mercado, por el menor entre el costo y el valor de mercado, considerando la cartera en su totalidad.
Si se practican revaluaciones, deberá adoptarse una política
determinada en cuanto a la frecuencia de revaluación, debiendo así
mismo ser revaluadas simultáneamente todas las partidas pertenecientes
a una misma categoría de inversiones a largo plazo.
El valor en libros de todas las inversiones a largo plazo deberá ser
disminuido para reconocer reducciones no temporales en el valor de dichas inversiones,
debiendo calcularse y hacerse tal reducción, por cada inversión
individualmente.
24. Usualmente, las inversiones a largo plazo se expresar contablemente al
costo de adquisición. Sin embargo, cuando sufren una reducción
permanente en su valor, su valor en libros también se reduce para reconocer
tal disminución. Pueden obtenerse indicadores del valor de la inversión
por referencia a su valor de mercado, al patrimonio neto y resultados de la
empresa emisora o a los flujos de efectivo esperados para la inversión.
También son tenidos en cuenta el riesgo y el tipo de implicación
del inversor en la empresa emisora. Por otra parte, las restricciones sobre
las distribuciones por parte de la empresa emisora, o sobre la disposición
de los fondos por parte del inversor, pueden afectar también al valor
atribuido a la inversión.
25. Muchas inversiones a largo plazo tienen, individualmente, importancia
para la empresa inversora. En estos casos su valor en libros se determina, normalmente,
considerando aisladamente cada una de ellas. Sin embargo, en algunos países
las acciones negociables en el mercado y clasificadas como inversiones a largo
plazo, pueden valuarse según la regla del menor entre el costo y el valor
de mercado, sobre la base de su cartera total. En tales casos, las reducciones
temporales en el valor, así como las posteriores recuperaciones, se contabilizan
en el patrimonio
26. Las reducciones de carácter no temporal en el valor de las inversiones
a largo plazo se cargan a resultados, a menos que puedan compensarse con revaluaciones
anteriores (véase el párrafo 32). Estas reducciones en el valor
en libros pueden ser objeto de reversión cuando haya un aumento en el
valor de la inversión, o bien si las razones para la reducción
dejan de existir. No obstante, en algunos países tales reducciones en
el valor en libros no se corrigen posteriormente.
Revaluaciones
27. En ocasiones, las inversiones a largo plazo se revalúan a su valor razonable. En aras de la consistencia, se adopta una determinada política respecto a la frecuencia de las revaluaciones, de tal forma que todas las inversiones se revalúan al mismo tiempo o, cuando menos, se revalúan simultáneamente todas las de una misma categoría.
Propiedades de inversión
28. Toda empresa que posea propiedades de inversión podrá optar por:
(a) tratarlas contablemente como propiedades, planta y equipo, de acuerdo con la NIC 16, Propiedades, Planta y Equipo; o
(b) contabilizarlas como inversiones a largo plazo.
29. Algunas empresas eligen contabilizar las propiedades de inversión
como inversiones a largo plazo. Otras empresas prefieren contabilizar las propiedades
de inversión, según las políticas utilizadas para la partida
de propiedades, planta y equipo, de acuerdo con la NIC 16, .
30. Las empresas que prefieren contabilizar las propiedades de inversión
como inversiones a largo plazo, consideran que los cambios en su valor razonable,
que usualmente es el valor de mercado, son más significativos que su
depreciación. Por tanto, las inversiones en cuestión se revalúan
periódicamente sobre una base sistemática. Cuando los valores
razonables son reconocidos en el valor en libros, cualquier cambio en el valor
en libros se contabiliza en los términos del párrafo 32. En el
caso de que los valores razonables no se reconozcan en el valor en libros, se
deberán revelar.
Cambios en el valor en libros de las inversiones
31. Toda empresa que exprese sus inversiones a corto plazo al valor de mercado, deberá adoptar y aplicar, de forma coherente, una política contable para registrar los incrementos o disminuciones en el valor en libros, que puede consistir en:
(a) reconocerlos como ingreso o gasto , o bien
(b) contabilizarlos de acuerdo a lo establecido en el párrafo 32.
32. Todo incremento en el valor en libros, consecuencia de la revaluación de las inversiones a largo plazo, deberá acreditarse al patrimonio como un superávit por revaluación. En la medida que una disminución en el valor en libros compense incrementos previos para la misma inversión, siempre que los mismos hayan sido acreditados al superávit por revaluación y no hayan si objeto de reversión ni utilización posterior, tal disminución deberá ser cargada al superávit por revaluación. En todos los demás casos, la disminución en el valor en libros deberá cargarse a resultados. Todo incremento por revaluación directamente relacionado con una disminución previa en la misma inversión, que se haya cargado a resultados, deberá ser acreditado también a resultados en la medida en que compense la disminución previamente registrada.
33. Al vender inversiones, la diferencia entre
el importe neto de la venta y el valor en libros de la inversión debe
ser cargado o acreditado a resultados. Si la inversión es a corto plazo
y se mide al menor entre el costo y el valor de mercado, sobre la base de la
totalidad de la cartera, el cálculo de la ganancia o la pérdida
correspondiente debe basarse en el costo de la misma. Si la inversión
ha sido revaluada con anterioridad, o si se expresa contablemente al valor de
mercado y los incrementos del mismo se han registrado como superávit
por revaluación, la empresa deberá adoptar una política
contable que podrá consistir, bien en llevar a resultados el saldo de
cualquier superávit relacionado que se mantenga en la cuenta correspondiente,
o bien en transferirlo alas ganancias retenidas. La política elegida
deberá ser aplicada consistentemente, de acuerdo con la NIC 8, Ganancias
o Pérdidas Netas del Periodo, Errores Fundamentales y Cambios en las
Políticas Contables.
34. Toda reducción, calculada globalmente para la cartera, en el valor
de mercado de las inversiones temporales llevadas al costo o al valor de mercado,
el que sea menor, disminuye el valor agregado de la inversión, permaneciendo
registradas al costo todas las inversiones individuales. De acuerdo con ello,
el cálculo de la ganancia o pérdida, obtenida en la venta de una
determinada inversión, se calcula con referencia a su costo; no obstante,
tras la venta, es necesario evaluar de nuevo la reducción agregada en
el valor de mercado de la cartera.
35. Al vender una parte de las tenencias de la empresa relativas a una inversión
particular, es necesario calcular el valor en libros correspondiente a la parte
vendida. Este valor en libros se determina usualmente partiendo del valor promedio
de las tenencias totales correspondientes a la inversión.
Reclasificación de las inversiones
36. En caso de que inversiones a largo plazo sean reclasificadas como a corto plazo, la transferencia deberá hacerse:
(a) Al menor valor entre el costo y el valor en libros, si las inversiones se contabilizan al menor entre el costo y el valor de mercado. Si las inversiones a largo plazo han sido previamente revaluadas, cualquier remanente del superávit por revaluación correspondiente debe ser revertido en el momento de hacer la transferencia;
(b) Al valor en libros, si las inversiones a corto plazo se contabilizan a su valor de mercado. Si los cambios en el valor de mercado de las inversiones a corto plazo se llevan a resultados, todo superávit remanente relacionado con las inversiones, debe llevarse a los resultados del periodo.
37. Las inversiones a corto plazo reclasificadas a largo plazo, se deben transferir al menor entre el costo y el valor de mercado, o bien al valor de mercado si fueron previamente expresadas a ese valor.
Cambios en la cartera de inversiones
38. Es típico que una empresa con significativa
actividad inversora mantenga una cartera de inversiones con las que negocia
constantemente. Haciendo esto, la empresa busca mejorar la calidad y el rendimiento
de su cartera de inversiones. Vendiendo una determinada inversión, los
fondos liberados quedan disponibles para reinvertirlos, o permanecen dentro
del componente líquido de la cartera de inversión.
39. Teniendo presente la posibilidad de cambios constantes en la cartera,
se defienden diferentes opiniones respecto al tratamiento contable apropiado
para la venta de una determinada inversión:
(a) algunos sostienen que cualquier exceso o defecto del importe neto de la venta respecto al valor en libros, representa una ganancia o una pérdida realizadas, respectivamente, y debe ser llevado inmediatamente a resultados;
(b) otros argumentan que la mencionada venta supone meramente un ajuste en los elementos constituyentes de la cartera, no representando ningún incremento o decremento de valor, puesto que se trata sólo de la sustitución de una inversión por otra, y por lo tanto no deben ser reconocidos beneficios o pérdidas por tal operación, y
(c) algunos otros abogan por una solución intermedia, según la cual la diferencia entre el importe neto de la venta y el costo se amortizaría llevándolo a resultados a lo largo de un periodo determinado.
40. La alternativa a) es el método preferible. La alternativa b) es apropiada sólo cuando se utiliza como criterio valorativo el valor de mercado, llevándose los cambios en la cotización a los resultados, puesto que los ajustes necesarios para llegar al valor de mercado ya han sido registrados. La alternativa c) resulta inapropiada por no reconocer la totalidad de la ganancia o pérdida en el periodo en que se genera.
41. Lo siguiente debe ser incluido en resultados:
(a) ganancias y pérdidas en las inversiones, procedentes de:
(i) intereses, regalías, dividendos y rentas de las inversiones a largo y a corto plazo,
(ii) pérdidas y ganancias en la venta de las inversiones a corto plazo.
(iii) ganancias y pérdidas no realizadas de las inversiones a corto plazo llevadas al valor de mercado, si tal práctica se adopta según prevé el párrafo 31, y
(iv) reducciones en el valor de mercado, así como las reversiones de tales reducciones, necesarias para establecer la valuación de las inversiones a corto plazo al menor entre el costo y valor el de mercado;
(b) reducciones en el valor en libros por una baja no temporal del valor de las inversiones a largo plazo, así como las reversiones de tales reducciones, y
(c) pérdidas y ganancias por ventas de inversiones a largo plazo, calculadas de acuerdo con lo establecido en el párrafo 33.
42. Algunas empresas que contabilizan las inversiones a corto plazo al valor
de mercado, basándose en que las mismas son un depósito de riqueza
libremente disponible, reconocen cualquier tipo de pérdidas o ganancias
en el valor de mercado como componentes del resultado, y las registran en el
estado de resultados junto con las ganancias o pérdidas derivadas de
las ventas. Sin embargo, en algunos países no se permite que tales ganancias
sean incluidas en el resultado, debiendo por el contrario acreditarse en cuentas
del patrimonio, y tratarse contablemente de la misma forma que el superávit
por revaluación de las inversiones a largo plazo.
43. Si las inversiones a corto plazo se valúan al menor entre el costo
y el valor de mercado, toda reducción en el valor de mercado, así
como las reversiones de tales reducciones, se incluyen en el estado de resultados,
junto con las ganancias o pérdidas derivados de las ventas.
44. Cualquier reducción, que no tenga carácter de temporal,
en el valor en libros de las inversiones a largo plazo, así como las
reversiones de tales reducciones, y las ganancias o pérdidas procedentes
de la venta de inversiones a largo plazo, se llevarán a resultados y
se presentarán de acuerdo con la NIC 8, Ganancia o Pérdida Neta
del Periodo, Errores Fundamentales y Cambios en las Políticas Contables.
Empresas especializadas en inversiones
45. Las empresas especializadas en inversiones,
que tengan prohibido distribuir las ganancias procedentes de las ventas de las
mismas, pueden excluir del resultado las variaciones en el valor de las inversiones,
estén o no realizadas, siempre y cuando valúen las citadas inversiones
a su valor razonable. Tales empresas deben incluir, en los estados financieros,
un resumen de todos los movimientos habidos en el valor de sus inversiones durante
el periodo.
46. En ciertos países existen empresas especializadas en inversiones,
cuya principal actividad consiste en la tenencia de una cartera de títulos
negociables en el mercado, que constituye un vehículo de inversión
para sus accionistas o propietarios individuales. Estas empresas contabilizan
sus inversiones al valor razonable, que generalmente es el valor de mercado,
por ser el criterio valorativo más apropiado a las circunstancias. Tales
empresas consideran a las ganancias y pérdidas ya realizadas en las inversiones
de la misma manera que a las ganancias y pérdidas no realizadas y, por
tanto, los contabilizan de la misma forma. Asimismo, estas entidades revelan
un resumen de todos los movimientos habidos en el valor de sus inversiones durante
el periodo.
47. Los estatutos de estas empresas prohíben la distribución,
como dividendos, de las ganancias obtenidas en la venta de las inversiones,
y exigen que se distinga entre resultados procedentes de intereses y dividendos,
y ganancias o pérdidas obtenidas en la venta de las inversiones. Por
la misma razón, tales empresas excluyen de los resultados cualquier cambio
en el valor de las inversiones, esté o no realizado.
48. El tratamiento contable de las consecuencias fiscales resultantes de la aplicación de este Pronunciamiento se hace de acuerdo con la NIC 12, Impuesto sobre las Ganancias.
49. Deben hacerse las siguientes revelaciones:
(a) las políticas contables utilizados para:
(i) la determinación del valor en libros de las inversiones;
(ii) el tratamiento de los cambios en el valor de mercado de las inversiones a corto plazo, llevadas según ese criterio valorativo;
(iii) el tratamiento del superávit por revaluación al vender la inversión revaluada;
(b) las partidas de cuantía significativa incluidas en los resultados por:
(i) intereses, regalías, dividendos y rentas procedentes de inversiones a corto y a largo plazo;
(ii) pérdidas y ganancias en la venta de inversiones a corto plazo, y
(iii) los cambios en el valor de tales inversiones;
(c) el valor de mercado de las inversiones realizables en el mercado, si no se contabilizan al valor de mercado;
(d) el valor razonable de las propiedades de inversión, si se contabilizan como inversiones a largo plazo y no se contabilizan por expresan su valor razonable;
(e) las restricciones significativas sobre la realización de las inversiones, o sobre la remisión a la entidad de sus rentas periódicas o de los importes de la venta de las mismas;
(f) para el caso de inversiones a largo plazo que han sido revaluadas:
(i) la política seguida en cuanto a la frecuencia de las revaluaciones,
(ii) la fecha de la última revaluación, y
(iii) las bases seguidas para la revaluación, así como si se ha involucrado a algún evaluador externo a la entidad;
(g) los movimientos habidos en el periodo en la cuenta de superávit por revaluación, así como la naturaleza de los mismos, y
(h) para empresas cuya actividad principal sea la tenencia de inversiones, un desglose de la cartera de inversiones.
50. Además de lo anterior, pueden hacerse las siguientes revelaciones, para ayudar al lector a comprender mejor los estados financieros:
(a) un desglose por categorías de las inversiones a largo plazo,
(b) un pronunciamiento de los administradores respecto al valor razonable de las inversiones que no sean realizables en el mercado,
(c) en el caso de inversiones no realizables en el mercado, cuando ello resulte apropiado, el método de evaluación utilizado para determinar el valor a comparar con el costo,
(d) el importe de cualquier superávit por revaluación previo relacionado con las inversiones vendidas durante el periodo, que ha sido previamente distribuido o capitalizado, y
(e) detalles de cualquier inversión individual que represente una porción significativa de los activos de la empresa.
Alma Soto
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