(Revisada en 1993)
- Objetivo
- Alcance
- Definiciones
- Agrupación y
segmentación de los contratos de
construcción - Ingresos del
contrato - Costos del
contrato - Reconocimiento de ingresos y
gastos - Reconocimiento de las
pérdidas esperadas - Cambios en las
estimaciones - Información a
revelar - Fecha de
vigencia
La presente Norma, revisada en 1993, tendrá
vigencia para los estados financieros que cubran periodos que
comiencen en o después del 1 de enero de 1995,
sustituyendo a la antigua NIC 11, Contabilización de los
Contratos de Construcción.
La parte normativa de este Pronunciamiento, que aparece
en letra cursiva negrita, debe ser entendida en el contexto de
las explicaciones y guías relativas a su
aplicación, así como en consonancia con el
Prólogo a las Normas
Internacionales de Contabilidad. No se pretende que las
Normas
Internacionales de Contabilidad
sean de aplicación en el caso de partidas no
significativas (véase el párrafo
12 del Prólogo).
El objetivo de
esta Norma es prescribir el tratamiento contable de los ingresos y los
costos
relacionados con los contratos de construcción. Debido a
la naturaleza
propia de la actividad llevada a cabo en los contratos de
construcción, la fecha en que la actividad del contrato comienza
y la fecha en la que termina el mismo caen, normalmente, en
diferentes periodos contables, por tanto, la cuestión
fundamental al contabilizar los contratos de construcción
es la distribución de los ingresos y los costos
que cada uno de ellos genere, entre los periodos contables a lo
largo de los cuales se ejecuta. Esta Norma utiliza los criterios
establecidos en el Marco Conceptual para la Preparación y
Presentación de los Estados
Financieros, con el fin de determinar cuándo se
reconocen, como ingresos y costos en el estado de
resultados, los producidos por el contrato de
construcción. También suministra una guía
práctica sobre la aplicación de tales
criterios.
1. Esta
Norma debe ser aplicada para la contabilización de los
contratos de construcción, en los estados financieros de
los contratistas.
2. La presente norma sustituye a la NIC 11,
Contabilización de los Contratos de Construcción,
aprobada en 1978.
3. Los
siguientes términos se usan, en la presente Norma, con el
significado que a continuación se especifica:
Un contrato de construcción es un contrato,
específicamente negociado, para la fabricación de
un activo o un conjunto de activos, que
están íntimamente relacionados entre sí o
son interdependientes en términos de su diseño,
tecnología
y función, o bien en relación con su
último destino o utilización.
Un contrato de precio fijo es
un contrato de construcción en el que el contratista
acuerda un precio fijo, o una cantidad fija por unidad de
producto, y en
algunos casos tales precios
están sujetos a cláusulas de revisión si
aumentan los costos.
Un contrato de margen sobre el costo es un
contrato de construcción en el que se reembolsan al
contratista los costos satisfechos por él y definidos
previamente en el contrato, más un porcentaje de esos
costos o una cantidad fija.
4. Un contrato de construcción puede acordarse para la
fabricación de un solo activo, tal como un puente, un
edificio, un dique, un oleoducto, una carretera, un barco o un
túnel. Un contrato de construcción puede, asimismo,
referirse a la construcción de varios activos que
estén íntimamente relacionados entre sí o
sean interdependientes en términos de su diseño,
tecnología y función, o bien en relación con
su último destino o utilización; ejemplos de tales
contratos son los de construcción de refinerías u
otras instalaciones complejas especializadas.
5. Para los propósitos de esta Norma, el término
contratos de construcción incluye:
(a) los contratos de prestación de servicios
que estén directamente relacionados con la
construcción del activo, por ejemplo, los relativos a
servicios de gestión del proyecto y
arquitectos, así como
(b) los contratos para la demolición o
rehabilitación de activos, y la restauración del
entorno que puede seguir a la demolición de algunos
activos.
6. Las fórmulas que se utilizan en los contratos
de construcción son variadas, pero para los
propósitos de esta Norma se clasifican en contratos de
precio fijo y contratos de margen sobre el costo. Algunos
contratos de construcción pueden contener
características de una y otra modalidad, por ejemplo en el
caso de un contrato de margen sobre el costo con un precio
máximo concertado. En tales circunstancias, el contratista
necesita considerar todas las condiciones expuestas en los
párrafos 23 y 24, para determinar cómo y
cuándo reconocer en resultados los ingresos y costos
correspondientes al contrato.
Agrupación
y segmentación de los contratos de
construcción
7. Los
requisitos contables de esta Norma se aplican, generalmente, por
separado para cada contrato de construcción. No obstante,
en ciertas circunstancias y a fin de reflejar mejor la esencia
económica de la operación, es necesario aplicar la
Norma independientemente a los componentes identificables de un
contrato único, o juntar un grupo de
contratos a efectos de su tratamiento contable.
8. Cuando un contrato cubre varios activos, la
construcción de cada uno de ellos debe tratarse como un
elemento separado cuando:
(a) se han recibido propuestas económicas
diferentes para cada activo;
(b) cada activo ha estado
sujeto a negociación separada, y el constructor y
el cliente han
tenido la posibilidad de aceptar o rechazar la parte del
contrato relativa a cada uno de los activos, y
(c) pueden identificarse los ingresos y costos de cada
activo.
9. Un grupo de contratos, ya procedan de un cliente o de
varios, debe ser tratado como un único contrato de
construcción cuando:
(a) el grupo de contratos se negocia como un
único paquete;
(b) los contratos están tan íntimamente
relacionados que son, efectivamente, parte de un único
proyecto con un margen de beneficios genérico para todos
ellos, y
(c) los contratos se ejecutan simultáneamente,
o bien en una secuencia continua.
10. Un contrato puede contemplar, a voluntad del
cliente, la construcción de un activo adicional a lo
pactado originalmente, o puede ser modificado para incluir la
construcción de tal activo. La construcción de este
activo adicional debe tratarse como un contrato separado
cuando:
(a) el activo difiere significativamente en
términos de diseño, tecnología o
función del activo o activos cubiertos por el contrato
original, o
(b) el precio del activo se negocia sin tener como
referencia el precio fijado en el contrato original.
11. Los ingresos del contrato deben
comprender:
(a) el importe inicial del ingreso acordado en el
contrato, y
(b) cualquier modificación en el trabajo
contratado, así como reclamaciones o incentivos:
(i) en la medida que sea probable que de los mismos
resulte un ingreso, y
(ii) siempre que sean susceptibles de medición fiable.
12. Los ingresos del contrato se miden por el valor
razonable de la contraprestación recibida o por recibir.
La medición de los ingresos procedentes del contrato
estará afectada por diversas incertidumbres, que dependen
del desenlace de hechos futuros. Las estimaciones necesitan, a
menudo, ser revisadas a medida que tales hechos ocurren o se
resuelven las incertidumbres. Por tanto, la cuantía de los
ingresos del contrato puede aumentar o disminuir de un periodo a
otro. Por ejemplo:
(a) el contratista y el cliente puede acordar
modificaciones o reclamaciones, que aumenten o disminuyan los
ingresos del contrato, en un periodo posterior a aquél
en que el contrato fue inicialmente pactado;
(b) el importe de ingresos acordado en un contrato de
precio fijo puede aumentar como resultado de las
cláusulas de revisión de precios;
(c) la cuantía de los ingresos procedentes de
un contrato puede disminuir a consecuencia de las
penalizaciones por demoras, causadas por el contratista, en la
terminación de la obra, o
(d) cuando un contrato de precio fijo supone una
cantidad constante por unidad de obra, los ingresos del
contrato aumentan si el número de unidades de obra se
modifica al alza.
13. Una modificación es una instrucción
del cliente para cambiar el alcance del trabajo que se
va a ejecutar bajo las condiciones del contrato. Una
modificación puede llevar a aumentar o disminuir los
ingresos procedentes del contrato. Ejemplos de modificaciones son
los cambios en la especificación o diseño del
activo, así como los cambios en la duración del
contrato. La modificación se incluye en los ingresos del
contrato cuando:
(a) es probable que el cliente apruebe el plan
modificado, así como la cuantía de los ingresos
que surgen de la modificación, y
(b) la cuantía, que la modificación
supone, puede ser medida con suficiente fiabilidad.
14. Una reclamación es una cantidad que el
contratista espera cobrar del cliente, o de un tercero, como
reembolso de costos no incluidos en el precio del contrato. La
reclamación puede, por ejemplo, surgir por causa de que el
cliente haya causado demoras, errores en las especificaciones o
el diseño, o bien por causa de disputas referentes al
trabajo incluido en el contrato. La medición de las
cantidades de ingresos, que surgen de las reclamaciones,
está sujeta a un alto nivel de incertidumbre y,
frecuentemente, depende del resultado de las pertinentes
negociaciones. Por tanto, las reclamaciones se incluirán
entre los ingresos del contrato cuando:
(a) las negociaciones han alcanzado un avanzado estado
de maduración, de tal manera que es probable que el
cliente acepte la reclamación, y
(b) el importe que es probable que acepte el cliente
puede ser medido con suficiente fiabilidad.
15. Los pagos por incentivos son cantidades adicionales
reconocidas al contratista siempre que cumpla o sobrepase
determinados niveles de ejecución en el contrato. Por
ejemplo, un contrato puede estipular el reconocimiento de un
incentivo al contratista si termina la obra en menos plazo del
previsto. Los pagos por incentivos se incluirán entre los
ingresos procedentes del contrato cuando:
(a) el contrato está suficientemente avanzado,
de manera que es probable que los niveles de ejecución
se cumplan o se sobrepasen, y
(b) el importe derivado del pago por incentivos puede
ser medido con suficiente fiabilidad.
16. Los costos del contrato deben
comprender:
(a) los costos que se relacionen directamente con el
contrato específico;
(b) los costos que se relacionen con la actividad de
contratación en general, y pueden ser imputados al
contrato específico, y
(c) cualesquiera otros costos que se puedan cargar al
cliente, bajo los términos pactados en el
contrato.
17. Los costos que se relacionan directamente con cada
contrato específico incluirán:
(a) costos de mano de obra en el lugar de la
construcción, comprendiendo también la supervisión que allí se lleve a
cabo;
(b) costos de los materiales
usados en la construcción;
(c) depreciación de las propiedades, planta y
equipo usados en la ejecución del contrato;
(d) costos de desplazamiento de los elementos que
componen las propiedades, planta y equipo desde y hasta la
localización de la obra;
(e) costos de alquiler de las propiedades, planta y
equipo;
(f) costos de diseño y asistencia
técnica que estén directamente relacionados con
el contrato;
(g) costos estimados de los trabajos de
rectificación y garantía, incluyendo los costos
esperados de las garantías, y
(h) reclamaciones de terceros.
Los anteriores costos pueden disminuirse por cualquier
ingreso eventual que no se haya incluido entre los ingresos del
contrato, por ejemplo los ingresos por venta de
materiales sobrantes o la liquidación de las propiedades,
planta y equipo, una vez acabado el contrato.
18. Los costos que pueden ser atribuibles a la actividad de
contratación en general, y pueden ser imputados a cada
contrato específico, incluyen los siguientes:
(a) seguros;
(b) costos de diseño y asistencia
técnica no relacionados directamente con ningún
contrato específico, y
(c) costos indirectos de
construcción.
Tales costos se distribuyen utilizando métodos
sistemáticos y racionales, que se aplican de manera
uniforme a todos los costos que tienen similares
características. La distribución se basa en el
nivel normal de actividad de construcción. Los costos
indirectos de construcción comprenden gastos tales como
los de preparación y procesamiento de la nómina
del personal dedicado
a la construcción. Los costos que pueden distribuirse a la
actividad de construcción en general, y que pueden ser
distribuidos a los contratos específicos, incluyen
también los costos por intereses, siempre que el
contratista adopte el tratamiento alternativo permitido en la NIC
23, Costos por Intereses.
19. Entre los costos que son específicamente atribuibles
al cliente, bajo los términos pactados en el contrato de
construcción, se pueden encontrar algunos costos generales
de administración, así como costos de
desarrollo,
siempre que el reembolso de los mismos esté especificado
en el acuerdo convenido por las partes.
20. Los costos que no puedan ser atribuidos a la actividad de
contratación, o no puedan ser distribuidos a los contratos
específicos, se excluirán de los costos del
contrato de construcción. Entre tales costos a excluir se
encuentran:
(a) los costos generales de administración, para los que no se haya
especificado ningún tipo de reembolso en el
contrato;
(b) los costos de venta;
(c) los costos de investigación y desarrollo para los que,
en el contrato, no se especifica reembolso alguno, y
(d) la parte de la cuota de depreciación que
corresponde a infrautilización, porque las propiedades,
planta y equipo no han sido utilizados en ningún
contrato específico.
21. Los costos del contrato comprenden todos los costos
atribuibles al mismo desde la fecha en que éste se
conviene en firme, hasta el final de la ejecución de la
obra correspondiente. No obstante, los costos que se relacionan
directamente con un contrato, porque se han incurrido en el
trámite de negociación del mismo, pueden ser
incluidos como parte de los costos del contrato siempre que
puedan ser identificados por separado y medidos con suficiente
fiabilidad, si es probable que el contrato llegue a obtenerse.
Cuando los costos, incurridos al obtener un contrato, se
reconozcan como un gasto del periodo en que han sido incurridos,
no podrán ser ya acumulados en el costo del contrato
cuando éste se llege a obtener, en un periodo
posterior.
Reconocimiento
de ingresos y gastos
22. Cuando el resultado de un contrato de
construcción puede ser estimado con suficiente fiabilidad,
los ingresos y los costos asociados con el mismo deben ser
reconocidos en resultados como tales, con referencia al estado de
terminación de la actividad producida por el contrato en
la fecha de cierre del balance. Toda pérdida esperada en
el contrato de construcción debe ser reconocida como tal
inmediatamente, de acuerdo con lo establecido en el
párrafo 36.
23. En el caso de contratos a precio fijo, el desenlace del
contrato de construcción puede ser estimado con suficiente
fiabilidad, siempre que se den las siguientes
condiciones:
(a) puedan medirse razonablemente los ingresos totales
del contrato;
(b) es probable que la empresa
obtenga los beneficios económicos derivados del
contrato;
(c) tanto los costos que faltan para la
terminación del contrato como el grado de
terminación, a la fecha de cierre del balance, pueden
ser medidos con suficiente fiabilidad; y
(d) los costos atribuibles al contrato pueden ser
claramente identificados y medidos con suficiente fiabilidad,
de manera que los costos reales del contrato pueden ser
comparados con las estimaciones previas de los
mismos.
24. En el caso de un contrato de margen sobre el costo,
el desenlace del contrato de construcción puede ser
estimado con suficiente fiabilidad cuando se cumplen todas y cada
una de las siguientes condiciones:
(a) es probable que la empresa obtenga
los beneficios económicos derivados del contrato,
y
(b) los costos atribuibles al contrato, sean o no
específicamente reembolsables, pueden ser claramente
identificados y medidos de forma fiable.
25. El reconocimiento de ingresos y costos con
referencia al estado de terminación del contrato es, a
menudo, denominado método del
porcentaje de terminación. Bajo este método, los
ingresos derivados del contrato se comparan con los costos del
mismo incurridos en la consecución del estado de
terminación en que se encuentre, con lo que se
revelará el importe los ingresos, de los gastos y de los
resultados que pueden ser atribuidos a la porción del
contrato ya ejecutado. Este método suministra información útil sobre la evolución de la actividad del contrato y el
rendimiento derivado del mismo en cada periodo contable.
26. Bajo el método del porcentaje de terminación,
los ingresos del contrato se reconocen como tales, en el estado de
resultados, a lo largo de los periodos contables en los que se
lleve a cabo la ejecución del contrato. Los costos del
contrato se reconocerán como gastos del periodo contable
en el que se ejecute el trabajo con el que están
relacionados. No obstante, todo exceso esperado de los costos del
contrato, sobre los ingresos totales derivados del mismo, se
reconocerá como un gasto llevándolo a resultados
inmediatamente, de acuerdo con el párrafo 36.
27. El contratista puede haber incurrido en costos que se
relacionen con la actividad futura del contrato. Tales costos se
registran como activos, siempre que sea probable que los mismos
sean recuperables en el futuro. Estos costos representan
cantidades debidas por el cliente, y son a menudo clasificados
como obra en curso bajo el contrato.
28. El desenlace de un contrato de construcción
podrá únicamente estimarse con fiabilidad si es
probable que la empresa obtenga los beneficios económicos
asociados con el mismo. No obstante, cuando surgiese
incertidumbre respecto a la cobrabilidad de una partida ya
incluida en los ingresos procedentes del contrato, e incorporada
al estado de resultados, el saldo incobrable o la partida cuya
recuperabilidad haya dejado de ser probable, se reconocerá
como un gasto del periodo, en lugar de ser tratada como un ajuste
en el importe de los ingresos del contrato.
29. La empresa es, generalmente, capaz de hacer estimaciones
fiables tras negociar un contrato en el que se
establecen:
(a) los derechos de
disposición de cada una de las partes contratantes sobre
el activo a construir;
(b) la contrapartida a satisfacer, y
(c) la forma y plazos de pago.
Normalmente, también es necesario que la empresa
tenga un sistema de
presupuesto
financiero y de información interna efectivos. La empresa
revisa y, si es necesario, corrige las estimaciones de los
ingresos y costos del contrato, a medida que éste se va
ejecutando. El hecho de que tales revisiones se lleven a cabo no
indica necesariamente que el desenlace del contrato no pueda
estimarse fiablemente.
30. El estado de realización de un contrato puede
determinarse de muchas formas. La empresa suele utilizar el
método que mida con mayor fiabilidad el trabajo ejecutado.
Dependiendo de la naturaleza del contrato, los métodos
pueden tener en cuenta:
(a) la proporción de los costos del contrato
incurridos en el trabajo ya realizado hasta la fecha, en
relación con los costos totales estimados para el
contrato;
(b) el examen del trabajo ejecutado, o
(c) la proporción física del contrato
total ejecutada ya.
Los anticipos y los pagos recibidos del cliente no
reflejan, necesariamente, la proporción del trabajo
ejecutado hasta la fecha.
31. Cuando se determina el estado de realización del
contrato por referencia a los costos incurridos hasta la fecha,
sólo se incluyen los costos del contrato que reflejan el
trabajo efectivamente ejecutado hasta dicho momento. Ejemplos de
costos del contrato que se excluyen son los
siguientes:
(a) costos que se relacionen con la actividad futura
derivada del contrato, tales como los costos de materiales que
se hayan entregado en la obra o se hayan dejado en sus
proximidades para ser usados en la misma, que sin embargo no se
han instalado, usado o aplicado todavía en la
ejecución, salvo si tales materiales se han fabricado
especialmente para el contrato, y
(b) pagos anticipados a los subcontratistas, por causa
de los trabajos que éstos ejecutarán bajo el
contrato correspondiente.
32. Cuando el desenlace de un contrato de
construcción no pueda ser estimado con suficiente
fiabilidad:
(a) los ingresos deben ser reconocidos en la cuenta de
resultados sólo en la medida en que sea posible
recuperar los costos incurridos por causa del contrato,
y
(b) los costos del contrato deben reconocerse como
gastos del periodo en que se incurren.
Cualquier pérdida esperada por causa del contrato
de construcción debe ser reconocida inmediatamente como un
gasto del periodo, de acuerdo con el párrafo 36.
33. A menudo, durante los primeros estadios de ejecución
de un contrato, no puede estimarse con suficiente fiabilidad el
desenlace final del mismo. No obstante, puede ser probable que la
empresa llegue a recuperar los costos incurridos en esta etapa.
Por tanto, los ingresos del contrato serán reconocidos en
la cuenta de resultados, sólo en la proporción que
supongan, sobre el total, los costos incurridos que se esperen
recuperar. Cuando el desenlace final del contrato no se pueda
estimar con suficiente fiabilidad, la empresa se abstendrá
de reconocer ganancia alguna. No obstante, incluso cuando el
desenlace final no pueda ser conocido con suficiente fiabilidad,
puede ser probable que los costos totales del contrato vayan a
exceder a los ingresos totales. En tal caso, cualquier exceso de
los costos totales sobre los ingresos totales del contrato, se
llevará inmediatamente a los resultados del periodo, de
acuerdo con el párrafo 36.
34. Los costos del contrato que no sean de probable
recuperación, se llevan a resultados del periodo
inmediatamente. Ejemplos de circunstancias en las que tal
recuperabilidad puede no ser probable, donde los costos del
contrato pueden requerir su cargo inmediato a resultados, se dan
en aquellos contratos donde:
(a) no se puede forzar plenamente su cumplimiento,
esto es, que su validez está seriamente
cuestionada;
(b) la terminación está sujeta al
desenlace de una sentencia o un acto legislativo
pendiente;
(c) están implicados derechos de propiedad
que serán probablemente anulados o
expropiados;
(d) el cliente es incapaz de asumir sus obligaciones;
(e) el contratista es incapaz de cumplir el contrato,
o las obligaciones que se derivan del mismo.
35. Cuando desaparezcan las incertidumbres, que
impedían estimar con suficiente fiabilidad el desenlace
del contrato, los ingresos y los gastos asociados con el contrato
de construcción deben pasar a ser reconocidos en el estado
de resultados de acuerdo con el párrafo 22, en lugar de
hacerlo según lo establecido en el párrafo
32.
Reconocimiento de las pérdidas
esperadas
36. Cuando sea probable que los costos
totales del contrato vayan a exceder de los ingresos totales
derivados del mismo, las pérdidas esperadas deben
reconocerse inmediatamente como tales en la cuenta de resultados
del periodo.
37. La cuantía de tales pérdidas se
determina con independencia
de:
(a) si los trabajos del contrato han comenzado o
no;
(b) el estado de realización de la actividad
del contrato;
(c) la cantidad de ganancias que se espera obtener en
otros contratos, siempre que aquéllos y éste no
sean tratados
como uno sólo a efectos contables, de acuerdo con el
párrafo 9.
38. El método del porcentaje de obra
realizada se aplicará acumulativamente, en cada periodo
contable, a las estimaciones de ingresos y costos totales hasta
la fecha. Por tanto, el efecto de un cambio en las
estimaciones de los ingresos o costos del contrato en
cuestión, o el efecto de un cambio en el desenlace
esperado del contrato, serán tratados como cambios en las
estimaciones contables (véase la NIC 8, Ganancia o
Pérdida Neta del Periodo, Errores Fundamentales y Cambios
en las Políticas
Contables). Las estimaciones revisadas se usarán en la
determinación de los importes de gastos e ingresos
reconocidas en el estado de resultados, tanto en el periodo en
que tiene lugar el cambio como en los periodos
subsiguientes.
39. La empresa debe revelar, en sus estados
financieros, información sobre:
(a) el importe de los ingresos del contrato
reconocidos como tales en el periodo;
(b) los métodos utilizados para determinar la
porción de ingreso del contrato reconocido como tal en
el periodo;
(c) los métodos usados para determinar el grado
de realización del contrato en curso.
40. La empresa debe revelar, para los contratos en curso
en la fecha de cierre, cada una de las siguientes
informaciones:
(a) la cantidad acumulada de costos incurridos, y de
ganancias reconocidas (menos las correspondientes
pérdidas reconocidas) hasta la fecha;
(b) la cuantía de los anticipos recibidos,
y
(c) la cuantía de las retenciones en los
pagos.
41. Las retenciones son cantidades, procedentes de las
certificaciones hechas a los clientes, que no
se recuperan hasta la satisfacción de las condiciones
especificadas en el contrato para su cobro, o bien hasta que los
defectos de la obra han sido rectificados. Las certificaciones
son las cantidades facturadas por el trabajo ejecutado bajo el
contrato, hayan sido o pagadas por el cliente o no. Los anticipos
son las cantidades recibidas por el contratista antes de que el
trabajo haya sido ejecutado.
42. La empresa debe informar, en los estados financieros,
sobre:
(a) los activos que representen cantidades, en
términos brutos, debidas por los clientes por causa de
contratos de construcción;
(b) los pasivos que representen cantidades, en
términos brutos, debidas a los clientes por causa de
estos mismos contratos.
43. La cantidad bruta debida por los clientes, por causa
de los contratos, es la diferencia entre:
(a) los costos incurridos más las ganancias
reconocidas en resultados, y
(b) la suma de las pérdidas reconocidas en
resultados y las certificaciones realizadas y facturadas para
aquel conjunto de los contratos en curso, en los cuales los
costos incurridos más las ganancias reconocidas (menos
las correspondientes pérdidas reconocidas) excedan a los
importes de las certificaciones de obra realizadas y
facturadas.
44. La cantidad bruta debida a los clientes, por causa
de los contratos, es la diferencia entre:
(a) los costos incurridos más las ganancias
reconocidas en resultados, y
(b) la suma de las pérdidas reconocidas en
resultados y las certificaciones realizadas para aquel conjunto
de los contratos en curso, en los cuales las certificaciones de
obra realizadas y facturadas excedan a los costos incurridos
más las ganancias reconocidas (menos las
correspondientes pérdidas reconocidas).
45. La empresa informará, acerca de cualquier
ganancia o pérdida contingente, de acuerdo con la NIC 10,
Contingencias y Hechos Ocurridos después de la Fecha del
Balance. Las pérdidas y ganancias de tipo contingente
pueden surgir de circunstancias tales como los costos derivados
de garantías, reclamaciones, multas u otras
pérdidas eventuales.
46. Esta Norma Internacional de
Contabilidad tendrá vigencia para los estados financieros
que cubran periodos que comiencen en o después del 1 de
enero de 1995.
Este Apéndice no forma parte de la
Norma, es meramente ilustrativo acerca de la aplicación de
la misma, con la finalidad de ayudar a clarificar su
significado.
Información sobre políticas
contables
A continuación se recogen
ejemplos de información sobre las políticas
contables:
" Los ingresos derivados de los contratos de construcción
a precio fijo, se reconocen como tales en la cuenta de resultados
de acuerdo con el método del porcentaje de obra realizada,
medido con referencia al porcentaje de horas de trabajo
ejecutadas en relación al total de horas de trabajo
estimadas para cada contrato".
" Los ingresos de los contratos de construcción de margen
sobre el costo se reconocen como tales en la cuenta de resultados
por referencia a los costos recuperables incurridos en el
periodo, más el margen de ganancia correspondiente, medido
por la proporción que los costos incurridos hasta la fecha
representan en los totales estimados para todo el
contrato".
Determinación de los ingresos y los gastos del
contrato
El ejemplo que sigue,
ilustra un método para la determinación del grado
de realización de un contrato, así como el ritmo de
reconocimiento en el tiempo de sus
ingresos y gastos (véanse los párrafos 22 a 35 de
la Norma).
Un contratista ha conseguido un contrato de precio fijo para la
construcción de un puente. La cantidad inicialmente
pactada en el contrato es de 9.000. La estimación inicial
que el contratista hace de los costos es de 8.000. La
duración del contrato es de 3 años.
Al final del año 1, el contratista estima que los costos
totales del contrato han subido hasta 8.050.
En el año 2, el cliente aprueba una modificación,
de la que resulta un incremento en los ingresos de 200, y unos
costos adicionales de 150. A finales de ese año, los
costos incurridos incluyen 100 de materiales estándares
almacenados en la obra, para ser usados en el año 3 en la
terminación del proyecto.
El contratista determina el grado de realización del
contrato, calculando la proporción que los costos del
contrato incurridos hasta la fecha suponen sobre la última
estimación del total de costos del mismo. El resumen de
los datos financieros
durante el periodo de construcción es el
siguiente:
| año 1 | año 2 | año 3 |
Ingresos acordados al inicio del Importe de la modificación | 9.000 – | 9.000 200 | 9.000 200 |
Total ingresos del contrato | 9.000 | 9.200 | 9.200 |
Costos del contrato hasta la fecha | 2.093 | 6.168 | 8.200 |
Costos para terminar el contrato | 5.957 | 2.032 | – |
Costos totales estimados | 8.050 | 8.200 | 8.200 |
Ganancia total estimada | 950 | 1.000 | 1.000 |
Porcentaje de realización | 26% | 74% | 100% |
El porcentaje de realización para
el año 2 (74%) se determina excluyendo de los costos del
contrato, para el grado de ejecución hasta la fecha, los
100 de materiales estándares almacenados en la obra para
ser utilizados durante el año 3.
Las cantidades de ingresos, gastos y resultados llevadas al
estado de resultados en cada uno de los tres años, son
como sigue:
| Acumulado | Reconocido en años | Reconocido en el periodo |
Año 1 Ingresos (9.000×0,26) Gastos Ganancia |
2.093 |
| 2.340 2.093 247 |
Año 2 Ingresos (9.200×0,74) Gastos Ganancia | 6.808 6.068 740 | 2.340 2.093 247 | 4.468 3.975 493 |
Año 3 Ingresos (9.200×1,00) Gastos Ganancia | 9.200 8.200 1.000 | 6.808 6.808 740 | 2.392 2.132 260 |
Información a revelar respecto al
contrato
Un contratista ha acabado su
primer año de actividad. Todos los costos incurridos por
los contratos han sido pagados en efectivo, y también se
han liquidado en efectivo los anticipos y certificaciones
correspondientes. Los costos incurridos por los contratos B, C y
E incluyen gastos de materiales que han sido comprados para el
correspondiente contrato, pero no han sido utilizados en su
ejecución hasta la fecha. Para los contratos B, C y E, los
clientes han realizado anticipos por trabajo todavía no
ejecutado.
El estado de los cinco contratos en curso, al final de este
primer año, es como sigue:
contrato –> | A | B | C | D | E | TOTAL |
Ingresos del Contrato (reconocidos según Gastos del contrato (reconocidos según el Pérdidas esperadas (reconocidas |
145
110 |
52
45 |
380
350 |
200
250
40 |
55
55
30 |
1.300
1.215
70 |
Ganancias reconocidas menos pérdidas |
35 |
70 |
30 |
(90) |
(30) |
15 |
Costos del contrato incurridos en el Costos reconocidos en los resultados del | 110
110 | 51
45 | 450
350 | 250
250 | 100
55 | 1.420
1.215 |
Costos relacionados con la actividad futura, |
– |
60 |
– |
– |
45 |
205 |
Ingresos del contrato (ver arriba) Certificaciones (párrafo. 41) | 145 100 |
52 52 | 380 380 | 200 180 | 55 55 | 1.300 1.235 |
Ingresos no certificados | 45 | – | – | 20 | – | 65 |
Anticipos (párrafo 41) | – | 20 | 20 | – | 25 | 125 |
Los saldos y cantidades que deben ser incluidas en las
revelaciones de los estados financieros son como
sigue:
Ingresos del contrato, reconocidos como tales en | 1.300 |
Costos incurridos en el contrato y ganancias |
1.435 |
Anticipos recibidos (párrafo | 125 |
Saldo bruto adeudado por los clientes por el |
220 |
Saldo bruto adeudado a los clientes por el |
20 |
I
Los saldos que se presentan, de acuerdo con los párrafos
40a, 42a y 42b han sido calculados como sigue:
| A | B | C | D | E | TOTAL |
Costos incurridos en el contrato Ganancias acreditadas menos pérdidas | 110
35 | 510
70 | 150
30 | 250
(90) | 100
(30) | 1.420
15 |
Certificaciones | 145 100 | 580 520 | 480 380 | 160 180 | 70 55 | 1.435 1.235 |
Adeudado por los clientes Adeudado a los clientes | 45 – | 60 – | 100 – |
(20) |
15 – | 220 (20) |
El saldo presentado de acuerdo con el párrafo 40a es el
mismo que el saldo para el periodo corriente, puesto que la
información a revelar se refiere sólo al primer
año de actividad.
Alma Soto