- Objetivo
- Alcance
- Definiciones
- Costos por intereses –
tratamiento por punto de referencia - Costos por intereses
– tratamiento alternativo permitido - Disposición
transitoria - Fecha de
vigencia
La presente Norma, revisada en 1993, tendrá
vigencia para los estados financieros que cubran periodos que
comiencen en o después del 1 de enero de 1995,
sustituyendo a la NIC 23, Capitalización de Intereses,
aprobada por el Consejo del IASC en marzo de 1984.
Se ha emitido una Interpretación SIC que tiene
relación con la NIC 23, se trata de la:
· SIC-2, Uniformidad – Capitalización de los Costos
por Intereses.
La parte normativa de este Pronunciamiento, que aparece
en letra cursiva negrita, debe ser entendida en el contexto de
las explicaciones y guías relativas a su
aplicación, así como en consonancia con el
Prólogo a las Normas
Internacionales de Contabilidad. No se pretende que las
Normas
Internacionales de Contabilidad
sean de aplicación en el caso de partidas no
significativas (véase el párrafo
12 del Prólogo).
El
objetivo de
esta Norma es prescribir el tratamiento contable de los costos
por intereses. La Norma establece, como regla general, el
reconocimiento inmediato de los costos por intereses como
gastos. No
obstante, el Pronunciamiento contempla, como tratamiento
alternativo permitido, la capitalización de los costos por
intereses que sean directamente imputables a la
adquisición, construcción o producción de algunos activos que
cumplan determinadas condiciones.
1. Esta
Norma debe ser aplicada en la contabilización de los
costos por intereses.
2. Esta Norma deroga a la anterior NIC 23, Capitalización
de Intereses, aprobada en 1983.
3. Esta Norma no se ocupa del costo, efectivo o
imputado, del patrimonio
neto, entendiendo también como tal al capital
preferido no incluido como pasivo.
4. Los
siguientes términos se usan, en la presente Norma, con el
significado que a continuación se especifica:
Son costos por intereses los intereses y otros costos, incurridos
por la empresa, que
estén relacionados con los fondos que ha tomado
prestados.
Un activo que califica, es aquel que requiere, necesariamente, de
un periodo de tiempo
sustancial antes de estar listo para su uso o para la venta.
5. Entre los costos por intereses de los fondos que se han tomado
prestados se incluyen:
(a) los intereses de los préstamos a corto y
largo plazo, así como los que proceden de sobregiros en
cuentas
corrientes;
(b) la amortización de primas de emisión
o descuento correspondientes a los fondos que se han tomado a
préstamo;
(c) la amortización de los gastos de
formalización de contratos de
préstamo;
(d) las cargas por intereses relativas a los
arrendamientos financieros contabilizados de acuerdo con la NIC
17, Arrendamientos, y
(e) las diferencias de cambio
procedentes de préstamos en moneda extranjera, en la
medida en que sean consideradas como ajustes a costos por
intereses de la operación.
- Ejemplos de activos que cumplen las condiciones
referidas para su cualificación son los inventarios que
necesitan un largo periodo de tiempo para estar en condiciones
de ser vendidos, así como las fábricas de
manufactura,
las centrales eléctricas o los edificios. Sin embargo
otras inversiones,
así como los inventarios que se manufacturan de forma
rutinaria o que se producen en grandes cantidades de forma
repetitiva, y necesitan periodos cortos de tiempo para su
fabricación, no son elementos que puedan ser calificados
como activos para los efectos de la presente Norma. Tampoco son
elementos calificables como activos los que, al adquirirlos,
están ya listos para el uso al que se les destina o para
su venta.
Costos por Intereses
– Tratamiento por punto de referencia
Reconocimiento
7. Los
costos por intereses deben ser reconocidos como gastos del
periodo en que se incurre en ellos.
8. Bajo el tratamiento por punto de referencia, los costos por
intereses se reconocen como gastos del periodo en que se incurre
en ellos, con independencia
de los activos a los que fuesen aplicables.
Información a revelar
9. En
los estados
financieros se debe revelar información sobre las políticas
y métodos
contables adoptados para los costos por intereses.
Costos por Intereses – Tratamiento
alternativo permitido
Reconocimiento
10. Los costos por intereses deben ser
reconocidos como gastos del periodo en que se incurre en ellos,
salvo si fueran capitalizados de acuerdo con el párrafo
11.
11. Los costos por intereses que sean directamente atribuibles a
la adquisición, construcción o producción de
activos que cumplan las condiciones para su cualificación,
deben ser capitalizados, formando parte del costo de dichos
activos. El importe de los costos por intereses susceptible de
capitalización, debe ser determinado de acuerdo con esta
Norma .
12. Según el tratamiento alternativo permitido, los costos
por intereses que sean directamente atribuibles a la
adquisición, construcción o producción de un
activo se incluyen como costos del mismo. Tales costos por
intereses se capitalizarán, formando parte del costo del
activo, siempre que sea probable que generen beneficios
económicos futuros a la empresa y puedan
ser medidos con suficiente fiabilidad. Los demás costos
por intereses se reconocen como gastos del periodo en que se
incurre en ellos.
Costos por intereses susceptibles de
capitalización
13. Son costos por intereses directamente
atribuibles a la adquisición, construcción o
producción de un activo que cumple las condiciones
mencionadas para su cualificación, los costos que
podrían haberse evitado si no se hubiera efectuado ninguna
inversión en el activo correspondiente.
Cuando una empresa toma
fondos prestados que destina específicamente a la
obtención de un activo que cumple las condiciones
mencionadas, los costos por intereses relacionados con el activo
en cuestión pueden ser fácilmente
identificados.
14. Puede resultar difícil identificar una relación
directa entre préstamos recibidos y activos que cumplan
las condiciones para su cualificación, para determinar
qué préstamos podrían haberse evitado. Esa
dificultad se pone de manifiesto, por ejemplo, cuando la
actividad financiera de la empresa está centralizada.
También aparecen dificultades cuando un grupo de
empresas
concierta con las instituciones
de crédito
una gama variada de préstamos a diferentes tasas de
interés, y presta luego esos fondos, con
diferentes criterios, a otras empresas del grupo. También
pueden surgir dificultades cuando se usan préstamos
expresados o referenciados a una moneda extranjera, cuando el
grupo opera en economías altamente inflacionarias, y
cuando se producen fluctuaciones en las tasas de cambio. Como
resultado de lo anterior, la determinación del importe de
los costos por intereses que son directamente atribuibles a la
adquisición de un activo que cumple las condiciones para
su cualificación puede resultar difícil, y se
requiere la utilización de criterios para realizarla.
15. En la medida que los fondos se hayan tomado prestados
específicamente con el propósito de obtener un
activo que cumpla las condiciones para su cualificación
como tal, el importe de los costos por intereses susceptibles de
capitalización en ese activo se determinará
según los costos reales incurridos por tales
préstamos durante el periodo, menos los rendimientos
conseguidos por la colocación de tales fondos en
inversiones temporales.
16. Según los acuerdos financieros relativos a los activos
que cumplan las condiciones correspondientes para su
cualificación, puede suceder que la empresa obtenga los
fondos, e incurra en costos por intereses, antes de que los
mismos sean usados para comprar o invertir en el activo en
cuestión. En tales circunstancias, los fondos se pueden
invertir temporalmente a la espera de ser gastados en el citado
activo.
Para determinar la cuantía de los costos por
intereses susceptibles de ser capitalizados durante el periodo,
cualquier rendimiento obtenido de tales fondos se deduce de los
costos por intereses incurridos en el mismo.
17. En la medida en que los fondos procedan de préstamos
genéricos, usados para obtener el activo que cumple las
condiciones para a su cualificación, el importe de los
costos por intereses susceptibles de ser capitalizados debe ser
determinado aplicando una tasa de capitalización a la
inversión efectuada en dicho activo.
La tasa de capitalización debe ser la media
ponderada de los costos por intereses aplicables a los
préstamos recibidos por la empresa, que han estado
vigentes en el periodo, y son diferentes de los
específicamente acordados para financiar el activo. El
importe de los costos por intereses, capitalizados durante el
periodo, no debe exceder del total de costos por intereses en que
se ha incurrido durante ese mismo periodo.
18. En algunas circunstancias, podría ser adecuado incluir
todos los préstamos recibidos por la controladora y sus
subsidiarias al calcular la media ponderada de los costos por
intereses; en otros casos, sin embargo, será adecuado
utilizar, para cada subsidiaria, una media ponderada de los
costos por intereses atribuibles a sus propios
préstamos.
Exceso del valor en
libros del
activo sobre el importe recuperable
19. Cuando el valor en libros actual sea, o
el importe final del activo que cumple las condiciones para su
cualificación vaya a ser, mayor que su importe
recuperable, el valor en libros se disminuirá o se
dará de baja de acuerdo con las exigencias de otras Normas
Internacionales de Contabilidad. En ciertos casos, el importe
disminuido o dado de baja se recupera y se puede reponer, de
acuerdo con las citadas Normas Internacionales de
Contabilidad.
Inicio de la
capitalización
20. La capitalización de costos por
intereses, como parte del costo de los activos, que cumplan las
condiciones para su calificación, debe comenzar
cuando:
(a) se haya incurrido en gastos con relación al
activo;
(b) se haya incurrido en costos por intereses,
y
(c) se estén llevando a las actividades
necesarias para preparar al activo para su uso deseado o para
su venta.
21. Al hablar de gastos relativos a un activo, que
cumpla las condiciones para su cualificación, se hace
referencia únicamente a gastos que hayan dado lugar al
pago de efectivo, a transferencias de otros activos o cuando se
asuman pasivos que acumulen (o devenguen) intereses.
El importe de los gastos se reducirá por la
cuantía de los anticipos y ayudas recibidos en
relación con el activo (véase la NIC 20,
Contabilización de las Subvenciones del Gobierno e
Información a Revelar sobre Ayudas Gubernamentales). El
valor en libros promedio del activo durante un periodo,
incluyendo los costos por intereses capitalizados anteriormente
constituye, por lo general, una aproximación razonable de
los gastos a los que se debe aplicar la tasa de
capitalización en ese periodo.
22. Las actividades necesarias para preparar el activo para su
uso deseado o para su venta implican algo más que la
construcción física del mismo.
Incluyen también los trabajos técnicos y
administrativos previos al comienzo de la construcción
física, tales como las actividades asociadas a la
obtención de permisos anteriores a la construcción
propiamente dicha. No obstante, estas actividades excluyen la
mera tenencia del activo, cuando no se están llevando a
cabo sobre el mismo los cambios que implica la producción
o el desarrollo.
Por lo tanto, y como ejemplo, los costos por intereses
en los que se incurre mientras los terrenos se están
preparando se capitalizan en los periodos en que tal
preparación tiene lugar. Sin embargo, los costos por
intereses en que se incurre mientras los terrenos, adquiridos
para construir sobre ellos, se mantienen inactivos sin realizar
en ellos ninguna labor de preparación, no cumplen las
condiciones para ser capitalizados.
Suspensión de la
capitalización
23. La capitalización de los costos
por intereses debe ser suspendida durante los periodos en los que
se interrumpe el desarrollo de actividades, si éstos se
extienden de manera significativa en el tiempo.
24. También pueden producirse costos por intereses durante
los periodos en los que están interrumpidas las
actividades necesarias para preparar el activo para su uso
deseado o para su venta. Tales costos de mantenimiento
de activos parcialmente terminados, no cumplen las condiciones
para su capitalización.
Sin embargo, la capitalización no debe
suspenderse si durante ese periodo se están llevando a
cabo actuaciones técnicas o
administrativas importantes. Tampoco se suspenderá la
capitalización por causa de un retraso temporal necesario
como parte del proceso de
obtención de un activo disponible para su uso o para su
venta.
Por ejemplo, la capitalización continua durante
el dilatado periodo necesario para la maduración de los
inventarios, o durante el intervalo de tiempo en el que el
elevado nivel de las aguas retrase la construcción de un
puente, siempre que tal nivel elevado sea normal en esa
región geográfica, durante el periodo de
construcción.
Fin de la
capitalización
25. La capitalización de los costos
por intereses debe finalizar cuando se han completado todas o
prácticamente todas las actividades necesarias para
preparar al activo, que cumple las condiciones para su
cualificación, para su utilización deseada o para
su venta.
26. Normalmente, un activo estará preparado para su
utilización esperada o para su venta, cuando se haya
completado la construcción física del mismo,
incluso aunque todavía deban llevarse a cabo trabajos
administrativos sobre él.
Si lo único que falta es llevar a cabo
modificaciones menores, tales como la decoración del
edificio siguiendo las especificaciones del comprador o usuario,
esto es indicativo de que todas las actividades de
construcción están sustancialmente acabadas.
27. Cuando la construcción de un activo, que cumple las
condiciones que le cualifican para poder
capitalizar costos por intereses, se realiza por partes, y cada
parte es capaz de ser utilizada por separado mientras se terminan
las restantes, la capitalización de los costos por
intereses debe finalizar cuando estén terminadas,
sustancialmente, todas las actividades necesarias para preparar
esa parte para su utilización deseada o su venta.
28. Un parque industrial que comprenda varios edificios, si cada
uno de ellos puede ser utilizado por separado, es un ejemplo de
activo, que cumple las condiciones que le cualifican para poder
capitalizar costos por intereses, donde cada parte es susceptible
de ser utilizada mientras continúa la construcción
de las demás.
Por el contrario, un activo que necesita terminarse por
completo antes de que cada una de las partes pueda utilizarse es,
por ejemplo, una planta industrial en la que deben llevarse a
cabo varios procesos
secuenciales en todas y cada una de las partes de que consta,
como es el caso de una factoría de producción de
acero.
Información a revelar
29. En los estados financieros se debe
revelar información acerca de los siguientes
extremos:
(a) las políticas contables adoptadas con
relación a los costos por intereses;
(b) el importe de los costos por intereses
capitalizados durante el periodo, y
(c) la tasa de capitalización utilizada para
determinar el importe de los costos por intereses susceptibles
de capitalización.
30. Cuando la adopción
de esta Norma signifique un cambio en las políticas
contables seguidas, se aconseja a la empresa que ajuste sus
estados financieros, de acuerdo con la NIC 8, Ganancia o
Pérdida Neta del Periodo, Errores Fundamentales y Cambios
en las Políticas Contables.
Alternativamente, las empresas que sigan el tratamiento
alternativo permitido deben capitalizar solamente aquellos costos
por intereses que cumplan las condiciones para ser capitalizados,
y se incurra en ellos desde la fecha de vigencia de la
Norma.
- Esta Norma Internacional de
Contabilidad tendrá vigencia para los estados
financieros que cubran periodos que comiencen en o
después del 1 de enero de 1995.
Alma Soto