Monografias.com > Estudio Social
Descargar Imprimir Comentar Ver trabajos relacionados

Pandillaje pernicioso




Enviado por alevi_59



    Trabajo de
    investigación

    1. Planteamiento
      metodológico
    2. Formulación del
      problema
    3. Objetivos
    4. Justificación e
      importancia
    5. Marco
      teórico
    6. Marco legal
    7. Formulación de la
      hipótesis
    8. Constatación de la
      hipótesis
    9. Conclusiones
    10. Recomendaciones

    PRESENTACION

    El presente trabajo:
    "Pandillaje Pernicioso", tiene como finalidad identificar
    cuales son los factores o causas que ayudan o conllevan al
    incremento del pandillaje, en el distrito de José
    Leonardo Ortiz, en la actualidad es un problema que viene
    generando un caos social y que lamentablemente nuestras
    autoridades y nuestra sociedad no
    esta haciendo nada justo para solucionarlo. Se esta buscando
    combatirlo pero con sanciones discriminatorias, en cambio no se
    ven las causas reales por las cuales nuestros jóvenes
    tienden a integrar estas perjudiciales pandillas, en ves de
    estar haciendo algo bueno para nuestra sociedad que tanto lo
    necesita.

    En el presento trabajo de acuerdo a las
    investigaciones
    hechas se ha concluido que el verdadero problema es la falta de
    comunicación de padres a hijos, siendo
    las causas económicas y culturales las que han abierto
    hondos abismos para el normal desarrollo
    de las familias en nuestra sociedad.

    Capitulo
    I

    1. Planteamiento del Problema.

    1. Mucho se ha escrito últimamente sobre el
      fenómeno del pandillaje y las posibles formas de
      abordarla. Sin embargo su permanencia y evolución en nuestras sociedades nos exige, conocidas sus causas,
      enfoques globales que posibiliten soluciones certeras.

      Debemos tener en cuenta que el pandillaje se
      transmite en agresividad y la agresividad es uno de los
      componentes afectivos humanos, se manifiesta más o
      menos veladamente.

      Durante largo tiempo
      se pensó que el niño era una criatura blanda
      y pura y se minimizaron sus reacciones agresivas. En
      nuestro tiempo o en la actualidad sabemos que desde muy
      temprano se manifiestan sus pulsiones agresivas.

      Y la agresividad puede considerarse como un
      periodo pasajero o como parte de la evolución de la
      persona,
      sin embargo vemos que en nuestro ambiente
      tiene vital importancia ya que influye en el comportamiento agresivo.

      Los delitos
      de violencia lamentablemente han aumentado en
      niños y adolescentes en gran proporción dada
      que la tasa de frecuencia de la delincuencia
      juvenil son a veces demasiado elevadas en el mundo
      entero y especialmente en Chiclayo.

      Según algunos investigadores este alto y
      severo incremento de la delincuencia y violencia juvenil coinciden
      sobre todo con los primeros años de su
      formación. La violencia va íntimamente unida
      a la delincuencia juvenil y para comprender este problema
      tenemos que considerar los factores sociales, el
      ambiente familiar y la
      organización propia del delincuente. Al hablar
      de delincuencia juvenil estamos mencionando un subgrupo de
      jóvenes cuya conducta
      no se guía por unos cauces socialmente aceptados ni
      sigue la misma pauta de integración de la mayoría sino
      que por el contrario da lugar a un tipo de actividades que
      los sitúa en franca oposición con la legalidad. Estas actividades o delitos
      mayores son los asaltos, homicidios, violaciones, drogadicción, etc. o delitos menores
      por robos, apropiación de vehículos,
      etc.

      La conducta delictiva juvenil suele comenzar hacia
      los 13 o 14 años y alcanza su punto culminante entre
      los 17 y 19 años. Que la delincuencia
      continúa ligada a la miseria, su práctica se
      ha extendido últimamente a los grupos
      socioeconómicos medios y
      altos.

      Sabemos que los jóvenes se sienten
      atraídos por las masas porque al integrarse al
      grupo
      afirman su personalidad a través de las acciones
      del grupo y además logran conseguir lo que quiere ya
      que en las masas,

      confluyen la violencia organizada de los miembros
      y la actividad delictiva más o menos planificada y
      dirigida a un fin específico.

      Esta labor con los jóvenes es realmente
      difícil ya que la reinserción no será
      eficaz si en ella no colaboran todos los estamentos
      sociales que puedan aportar ayuda y facilitar la
      incorporación del joven a la vida
      pública.

      Se ha tratado de enfocar la delincuencia juvenil
      de diferentes formas pero son muy pocas las personas que se
      han interesado en buscar las causas verdaderas del problema
      del pandillaje pernicioso, y para nuestra interpretación el posible origen
      tenga que ver con la falta de comunicación entre
      padres e hijos existente que existe en nuestra actualidad y
      en nuestro medio.

    2. Formulación del
      problema

    ¿En qué medida los factores socio _
    jurídicos conllevan al incremento del Pandillaje
    Pernicioso en el Distrito de José
    Leonardo
    Ortiz?

    3.
    OBJETIVOS

    1. OBJETIVO
    GENERAL

    Determinar que la falta de comunicación de
    padres a hijos, el bajo nivel educativo, el bajo nivel
    económico y el incumplimiento de las normas conlleva
    al incremento del pandillaje pernicioso.

    2. OBJETIVOS
    ESPECÍFICOS

    2.1. Dar a conocer las causas por qué vemos las
    pandillas juveniles en los pueblos jóvenes y
    asentamientos humanos.

    2.2. Identificar los factores por qué los
    jóvenes tienden a integrar las pandillas
    perniciosas

    2.3. Determinar la violencia de las pandillas
    juveniles en el distrito José Leonardo Ortiz.

    4.
    Justificación del Problema

    El pandillaje pernicioso en nuestro país es un
    gran problema con el cual convivimos en la actualidad;
    día a día crece el número de pandilleros.
    Este problema se ha convertido aún más
    crítico desde que niños y adolescentes
    están expuestos a la infinidad de riesgos que
    existen en las calles, problema que ya está teniendo
    consecuencias en nuestra sociedad.

    La niñez y la Adolescencia
    son el futuro de un país. Los principales indicadores
    en materia de
    niñez y adolescencia son referentes básicos del
    progreso logrado por un país y de sus posibilidades
    futuras.

    La Constitución Política del
    Perú de 1993 establece en su Artículo 4° que
    "La comunidad y
    el Estado
    protegen especialmente al niño y al adolescente
    ".
    Contamos también con un Código de los Niños y Adolescentes
    varias veces modificado en un intento de lograr eficacia en la
    mejora de su situación, así como con un marco
    legal extenso.

    Pese a la existencia de estas leyes,
    así como algunos importantes esfuerzos realizados por
    las instituciones estatales y de la sociedad civil,
    la realidad actual nos devuelve una imagen
    preocupante sobre la situación de la niñez y
    adolescencia de nuestro país y nos recuerda que tenemos
    con ellos una importante tarea social.

    Es indudable que se requiere de un trabajo sostenido y
    articulado, así como una inversión consistente y suficiente para
    modificar los indicadores sobre la situación de la
    niñez y adolescencia en el Perú.

    Una simple investigación estadística nos ayuda a observar los
    alarmantes indicadores sobre el alto riesgo frente
    al problema de pandillaje en José Leonardo Ortiz. Por
    ello debemos de seguir priorizando y atendiendo conjuntamente
    este problema, considerando que al hacerlo, se estaría
    trabajando para el desarrollo de nuestro
    país.

    5.-Fin de la investigación.

    Hacer conocer a la realidad chiclayana el
    terrible problema del pandillaje pernicioso, y por medio de la
    cual reconocer cuales son nuestros errores y tratar de
    enmendarlos para así contribuir a una sociedad
    más justa y más humana, y porque desde mucho
    tiempo estamos viviendo una alarmante y triste realidad que es
    el PANDILLAJE PERNICIOSO y que nuestra sociedad no esta
    prestando la debida importancia que se merece.

    CAPÍTULO II

    6.- Marco
    Teórico

    Para poder llegar
    a la definición de pandillaje pernicioso tenemos que
    describir el concepto de
    violencia ya que ambas actúan en conjunto.

    6.1 Violencia :
    Según el diccionario
    de la real academia de la lengua,
    violencia es la cualidad del violento, o la acción y efecto de violentar o
    violentarse o Acción violenta o contra el natural modo
    de proceder. Un proverbio ruso dice que es más
    fácil destruir que crear. Así como cada vida
    necesita ser nutrida y preservada cuidadosamente,
    también pude ser destruida y perderse en un instante.
    Tal vez debido a la falta de conocimiento
    en este campo, los científicos parecen no poder
    comprender, prever y adoptar las soluciones necesarias para
    evitar la violencia a gran escala.

    El primer paso en un estudio riguroso
    sobre el proceso de
    matar es identificar los "objetos" o víctimas El primer
    paso en un estudio riguroso sobre el proceso de matar es
    identificar los "objetos" o víctimas llamados "blancos".
    Podríamos compilar una lista interminable de
    víctimas diarias de gente ordinaria como insectos,
    peces,
    pájaros y otros animales.

    Como estos seres se asemejan a sus homólogos
    humanos anatómicamente fisiológicamente y
    conductual mente, de acuerdo a su desarrollo evolutivo los
    seres humanos pueden desarrollarse como asesinos o clientes de
    asesinos.

    Tenemos que tener en cuenta las siguientes
    definiciones de violencia:

    • Domenach: Define a la violencia como "el uso de la
      fuerza,
      abierta u oculta, con la finalidad de obtener, de un individuo
      o de un grupo, algo que no quiere consentir
      libremente".
    • Yves Michaud define la violencia como "una
      acción directa o indirecta, concentrada o distribuida,
      destinada a hacer mal a una persona o a destruir ya sea su
      integridad física o
      psíquica, sus posesiones o sus participaciones
      simbólicas".
    • Mckenzie: define la violencia como el "ejercicio de
      la fuerza física con la finalidad de hacer daño o de causar perjuicio a las
      personas o a la propiedad;
      acción o conducta caracterizada por tender a causar
      mal corporal o por coartar por la fuerza la libertad
      personal".
    • Para Curle, violencia es lo mismo que "lo no
      pacificado".
    • Y para Lain Joxe la violencia "tiene que ver con el
      intento de controlar a la sociedad mediante la centralización del saber".

    Estas diferentes interpretaciones del concepto de
    violencia son, suficientes para hacer comprensible algo
    elemental: la necesidad de abandonar el concepto limitado de
    violencia, en el sentido de asimilarlo simplemente a algunos
    tipos de violencia física. La violencia no es
    solamente un determinado tipo de acto, sino también
    una determinada potencialidad. No se refiere sólo a
    una forma de "hacer", sino también de "no
    hacer".

    7.-Factores que incrementan la Violencia
    Juvenil

    1. El trato que los medios
      de comunicación, salvo raras excepciones, han
      dado y dan a este tema no ha contribuido a solucionar o
      disminuir el pandillaje. Por el contrario, titulares
      sensacionalistas, imágenes y fotografías que
      magnifican estos hechos y los hacen protagonistas,
      contribuyen a que estos jóvenes perciban que por
      esta vía "nos hacemos famosos", "figuramos" o "nos
      jamoneamos ante los demás" opiniones que expresan
      cuando se les pregunta sobre los efectos que tiene en ellos
      en que los medios de comunicación se ocupan de sus
      actos de violencia.
      La opinión e imagen que tiene la población sobre "los pandilleros" es,
      en gran medida, producto
      de la imagen que los medios han creado de estos
      jóvenes: seres irracionales, salvajes e
      irrecuperables, mezclando la delincuencia y pandillaje que
      no es lo mismo, pues hay miembro de pandillas que cometen
      infracciones o actos delictivos, pero no todos son
      delincuentes.

      Por otro lado, cuando los medios priorizan y
      magnifican los hechos en si, antes que las causas y
      soluciones, no están ayudando sino mas bien echando
      leña al fuego. Así es fácil entender
      la opinión de gente que pide cárcel y
      pena de
      muerte para estos jóvenes o la aceptación
      de leyes como los de "pandillaje pernicioso" que atenta
      contra convenios internacionales sobre los derechos de
      niños y adolescentes firmados por el
      Perú.

      Una solución real al pandillaje requiere la
      participación educadora de los medios de
      comunicación, promoviendo la sensibilización
      y participación social de los diferentes espacios y
      actores que existen en la sociedad.
      A nivel local, (distritos) los medios de
      comunicación del distrito pueden concertar la
      realización de campañas participativas de la
      población en un plan de
      acciona integral sobre este tema, pues una política
      de acción al respecto debe no solamente trabajaren
      el interior de las pandillas, sino también de la
      propia comunidad, para que la población empiece a
      mirarlos como seres humanos y a entender que todos somos
      parte del problema y las soluciones.

    2. Los medios de
      comunicación social:

      Todo barrio "que se respeta" tiene sus vecinos
      famosos. Así, en la calle, en la esquinas del
      barrio, delincuentes mayores (asaltantes, secuestradores,
      etc.) son personajes "celebres" tomados como modelos
      y héroes por las pandillas. Los actos delictivos que
      cometen estos personajes son comentados y magnificados en
      las reuniones de los grupos. Incluso hay algunos cuya fama
      trasciende los límites del barrio, que hacen las
      veces de "padrinos" o protectores frente a otras pandillas
      rivales; así; los enfrentamientos entre pandillas
      son los momentos en los que estos jóvenes imitan a
      sus "Hermas".

      Se podría añadir que por la edad tan
      bien el enfrentarse con otra pandilla es un signo de
      "virilidad" y demostración de que el grupo es mas
      fuerte y mejor preparado que el otro.

    3. La imitación de patrones de conducta de los
      delincuentes mayores:
    4. La carencia de programas
      integrados de atención a la juventud:

    No existen políticas publicas para la juventud en
    los espacios locales, metropolitanos y sociales, sino mas bien
    programas, proyectos e
    iniciativas aisladas de poco impacto, implementados tanto desde
    los organismos del Estado como
    de las ONG’S
    u otras instituciones privadas y desde los propios
    jóvenes; menos aun existe un organismo rector que
    centralice a nivel nacional o metropolitano estas
    iniciativas.
    Modelo de
    programa
    para la reinserción y reorientación social de
    adolescentes y jóvenes involucrados en
    pandillas.

    8.-Bases teóricas de las etapas del
    desarrollo.

    Las etapas del desarrollo, cuyos procesos son
    específicamente estudiados, de acuerdo a cada una de sus
    características, tiene un correlato biológico,
    sin el cual no habría ninguna adquisición, pues
    aunque no es la estructura
    fundamental en la construcción psíquica, es la forma
    como los agentes externos, en esencia el orden
    simbólico, canaliza, asume y resuelve las
    manifestaciones de la fisiológica humana, ligada a la
    supervivencia del individuo y la colectividad.

    En este proceso la relación con el otro, es un
    determinante primordial, y su relación en la
    adquisición de una identidad,
    que se definirá masculina o femenina, claro está
    no por el sexo
    asignado biológicamente si no por el proceso de
    identificación y diferenciación con cada una de
    las figuras parentales.

    Esta necesidad del otro, en el proceso
    identificatorio, remite el orden de lo social ya que
    éste mismo, remite una relación de dos. Los
    acontecimientos individuales y colectivos, remiten una
    relación estrecha con las manifestaciones del deseo
    humano, así pues los hitos biológicos universales
    están ligados tanto al proceso de la transición
    de lo fisiológico a lo simbólico, lo que supone
    situaciones dramáticas de duelo y gratificación
    como el orden de la cultura.

    El porcentaje actual de la delincuencia es el 70 % que
    inquieta y atemoriza a la población en la mayoría
    de los distritos es delincuencia juvenil. Por ello propongo un
    manejo urgente e integral de este problema para evitar la
    proliferación del mismo. Como hablaba Freud (1957)
    "Todo lo que hace a un ser humano no está dado por la
    biología, o por la naturaleza".

    8.1. ADOLESCENCIA.

    La adolescencia, en palabras de
    Aberasturi y Knobel (1971), es "la etapa de la vida durante la
    cual el individuo busca establecer su identidad adulta,
    apoyándose en las primeras relaciones objetales
    parentales internalizadas y verificando la realidad que el
    medio social le ofrece mediante el uso de elementos
    biofísicos en desarrollo a su disposición que a
    su vez tienden a la estabilidad de la
    personalidad en un plano genital, lo que solo es posible si
    se hace el duelo por la identidad infantil".

    Los cambios biológicos y psicológicos
    por los cuales atraviesa el adolescente, lo llevan a sumergirse
    en un estado de duelo, un proceso de ruptura y de
    aceptación, un tiempo necesario para que realice un
    pacto de entendimiento con respecto a su nuevo cuerpo y a su
    nueva condición. El adolescente siente la pérdida
    de su infancia,
    pero no logra entender de manera global que le ocurre a su
    vida, ya que es muy joven para ser adulto, pero mayor para ser
    un niño, por supuesto, esta ambivalencia que adquiere lo
    irrita y lo inestabiliza.

    Los líderes de estas pandillas viven de hogares
    con serios problemas de
    integración donde la violencia
    familiar es algo común; además el sentimiento
    de exclusión en estos líderes y en el resto de
    los jóvenes que integran las pandillas es
    común.

    De esta manera se busca la participación del
    Gobierno
    Central y Local, las Organizaciones
    Religiosas, Las Universidades, los Centros Laborales y
    demás Organizaciones Sociales para que laborando en
    coordinación se halle la justa
    solución que la ciudadanía ahora reclama, recordando que
    lo que hagamos o dejemos de hacer en temas de prevención
    dependerá la tranquilidad y seguridad de
    la población.

    Esta preocupación por la violencia no parece
    necesario justificarla, y menos en la era nuclear. Recordemos
    además, que solo la especie humana es capaz de
    destruirse y de ejercer su propia fuerza contra sí
    misma. Este comportamiento del ser humano ha de hacer
    reflexionar forzosamente a quienes se interesan por la
    paz.

    La violencia es de difícil justificación
    en nuestra época si se mira al horizonte con las
    armas
    nucleares y su capacidad de destrucción total.
    DOMENACH lo ha expresado así: Puesto ya
    que no se puede ya contar con la violencia para detener la
    violencia, es preciso que cada sociedad, y la humanidad entera,
    si quiere salvarse, hagan prevalecer objetivos
    ecuménicos sobre los intereses particulares.

    Es preciso que una práctica del diálogo y una moral del
    amor, o
    simplemente de la comprensión, modifiquen las
    instituciones y las costumbres".

    9.-Principales problemas de la adolescencia en el
    Perú

    • Poco acceso a servicios
      básicos de educación y salud
    • Escasos espacios de participación y de
      articulación a su entorno,  
    • Conductas sexuales riesgosas basadas en el inicio
      temprano a la sexualidad
      con escasa protección que derivan en embarazo
      precoz. 
    • Vulnerabilidad a conductas
      adictivas. 
    • Incremento de la participación de los
      adolescentes en acciones violentas (barras bravas,
      pandillas juveniles y pandillas escolares).
       

    Las causas de tales problemas son múltiples.
    Entre ellas figuran la pobreza (un
    tercio de los adolescentes es pobre extremo), la inadecuada
    COMUNICACIÓN en los hogares, la violencia
    familiar y extrafamiliar y la falta de espacios que acojan
    adecuadamente a los adolescentes (entre los cuales podemos
    incluir a la escuela y
    los medios de comunicación). De otro lado, muchos de
    ellos desconocen sus derechos y otros se ven afectados por una
    visión extendida en la sociedad acerca de la
    peligrosidad de los adolescentes. Adolescentes
    Infractores

    El Código de los Niños y Adolescentes
    contempla la aplicación de mecanismos de justicia
    aplicables a adolescentes alternativos a la privación de
    libertad.

    La difusión de medidas no carcelarias en la
    sanción a adolescentes infractores tal como consigna el
    Código, tiene escasa difusión. De acuerdo a la
    estadística, a diciembre del 2001, mientras 987
    adolescentes (66%) se hallaban internos, sólo 508 (34%)
    se encontraban bajo un sistema
    abierto; esto confirma la necesidad de generar una mayor
    aplicabilidad de medidas socioeducativas y de
    reinserción que faciliten la continuidad de la vida
    social-familiar de los adolescentes infractores.

    Condición jurídica de los
    adolescentes infractores

    Número total de atendidos:

    1,495

    Porcentaje de sentenciados:

    54 %

    Porcentaje de procesados:

    46 %

    En relación a los adolescentes infractores, la
    ejecución de las medidas socioeducativas constituyen un
    aspecto trascendental en el logro de objetivos de
    rehabilitación y reinserción, más que el
    fin represivo o retributivo, pues se incide en la finalidad de
    crear una conciencia
    de la responsabilidad de sus actos.

    La Gerencia de
    Centros Juveniles del Poder Judicial
    cuenta con 9 centros de régimen cerrado, uno de los
    cuáles está destinado exclusivamente para
    adolescentes infractores y un centro de régimen abierto,
    denominado Servicio de
    Orientación del Adolescente (SOA), destinado al
    cumplimiento de la medida de libertad asistida.

    La falta de centros juveniles en algunas zonas del
    interior del país ocasiona dificultades a la
    administración de justicia cuando se aplica la
    medida socioeducativa de internamiento. En estos casos los
    adolescentes son trasladados a centros alejados de su lugar de
    origen, situación que se agrava en el caso de las
    adolescentes infractoras, quienes son trasladadas a Lima, por
    carecer de un centro de internamiento para mujeres en otro
    lugar.

    La agilización de los procesos en la administración de justicia juvenil es un
    aspecto a considerar. Así, para el año 2000, de
    3387 adolescentes infractores internados en Centros Juveniles,
    sólo 1722 han sido sentenciados, encontrándose
    mil 665 en condición de procesados.

    10.-ADOLESCENTES PRIVADOS DE LA LIBERTAD POR
    INFRACCIÓN PENAL

     

    1995

    1996

    1997

    1998

    1999

    Hombres

    579

    577

    438

    606

    Mujeres

    30

    31

    29

    30

    TOTAL

    609

    608

    467

    636

    11.-Pandillaje

    Se encuentra vigente la Ley sobre
    pandillaje pernicioso (Decreto Legislativo Nº 899) que
    establece como única medida la del internamiento por
    un lapso no menor de 3 años ni mayor de 6. La
    práctica ha demostrado que reforzar la tendencia
    represiva del Estado frente a la violencia juvenil no ha
    frenado este problema social.

    El Código de los Niños y Adolescentes
    define a la pandilla perniciosa, como al grupo de
    adolescentes mayores de doce años y menores de 18
    años de edad que se reúnen y actúan para
    agredir a terceras personas, lesionar la integridad
    física o atentar contra la vida de las personas,
    dañar bienes
    públicos o privados u ocasionar desmanes que alteren
    el orden interno. Sin embargo, a pesar de haberse tipificado
    esta figura delictiva en el Código de los Niños
    y Adolescentes, el problema no ha disminuido, lo cual nos
    lleva a concluir que no basta con penalizar el problema sino
    buscar alternativas como la prevención,
    atención y rehabilitación de estas
    personas.

    En la sociedad deben existir los siguientes principios
    fundamentales para con la niñez y adolescencia
    :

    1º. Igualdad
    de oportunidades para todos

    Todos los niños, niñas y adolescentes
    nacen libres e iguales, y tienen la misma dignidad y
    los mismos derechos. Es necesario eliminar todas las formas
    de exclusión y discriminación que atentan contra la
    igualdad.

    Debemos respetar la diversidad y reconocer al
    país como un mosaico de culturas, donde sólo el
    respeto y
    la colaboración entre ellas, permitirá la
    construcción de un país con igualdad de
    oportunidades para todos, y sin discriminación de género, étnica, religiosa o de
    cualquier otro tipo.

    2º. Priorizar la niñez como sujeto de
    derechos y sustento del desarrollo

    Invertir prioritariamente en la niñez
    contribuye a prevenir y romper el ciclo de reproducción de la pobreza.

    Para ello es necesario acordar prioridades locales,
    regionales y nacionales de largo plazo: ofrecer una
    educación de calidad para
    la niñez y adolescencia; poner fin a la violencia y la
    explotación contra todos ellos/as; promover su salud
    integral, seguridad y nutrición a lo
    largo de su ciclo de
    vida.

    Es importante que esta prioridad de la niñez
    sea asumida por todos los agentes sociales a través de
    una estrategia
    comunicacional de defensa y promoción de derechos que considere la
    movilización y participación ciudadana en democracia
    de la niñez, adolescencia, jóvenes y adultos de
    todas las edades.

    3º. El interés superior del niño y su
    derecho a participar

    Todas las iniciativas del estado, la sociedad civil
    y las familias, deben priorizar en toda acción,
    aquellas que sean más beneficiosas para el desarrollo
    integral de la niñez y adolescencia. Constituir la
    mejor base posible para su vida presente y futura, fortalece
    a la sociedad y a la
    familia.

    Escuchar y promover su participación
    contribuye a formar ciudadanos conscientes de sus deberes y
    derechos. Debemos respetar su derecho a expresarse, asociarse
    y a participar en la adopción de las decisiones que les
    afecten.

    4º. La familia como
    institución fundamental para el desarrollo del ser
    humano

    La intervención articulada de los diferentes
    sectores del Estado, como de sociedad civil, aportarán
    al fortalecimiento de las familias cuya influencia
    contribuirá al desarrollo integral y bienestar de
    niñez y adolescencia.

    Revalorizar el espacio familiar como el primer
    agente formador y socializador que transmite valores,
    conductas, conocimientos y tradiciones socio culturales a
    niños, niñas y adolescentes.

    12.Definición del término
    pandilla

    El termino "pandilla" como muchas voces del castellano, ha sufrido modificaciones producto
    del mestizaje, transformándose de generación en
    generación para denominar tanto expresiones
    artísticas y culturales, como conceptos despectivos,
    excluyentes o generacionales.
    Desde tiempos inmemoriales, en el departamento de Puno, se
    conoce como "pandilla puneña" a las agrupaciones de
    baile de los diferentes barrios que se organizan para
    fomentar, conservar y difundir el arte popular
    de su región. En la Selva Alta específicamente
    en Yurimaguas y el departamento de Amazonas, se conoce como
    "pandillada" a un baile folklórica de la
    zona.

    Antes "pandilla" era la palabra que identificaba a
    los amigos del barrio, a la "collera", los "patas" que se
    juntaban para compartir inquietudes y divertirse. En nuestros
    tiempos "pandilla" es la palabra usada por niños,
    jóvenes y adultos, para denominar a los grupos de
    adolescentes y jóvenes que en los barrios se
    caracterizan por los actos de violencia callejera que
    protagonizan.

    De acuerdo con este ultimo, una pandilla es una
    agrupación de adolescentes y jóvenes que se
    enfrentan con sus pares. La "pandilla" es parte del
    fenómeno que nuestros especialistas han denominado
    como VIOLENCIA JUVENIL, donde también se incluyen
    otras formas de violencia como las "barras bravas", "manchas
    escolares", delincuencia, drogadicción y prostitución juvenil, entre otros. Hoy
    son parte de nuestra vida cotidiana y han marcado esta
    última década creando inseguridad, malestar y conflicto
    en nuestra población.

    13 Tipos de "pandillas"

    • Las de Barrio.- Son agrupaciones que actúan
      en un determinado espacio territorial o barrio. Estas
      pandillas pueden ser:

    Las Guerreras.- Sus miembros se dedican exclusivamente
    al "guerreo" al enfrentamiento con las pandillas rivales de la
    zona para dirimir superioridad y control del
    espacio territorial.
    Infractoras y delincuenciales.- Cuando, además del
    "guerreo", una parte de sus integrantes o todos adoptan
    conductas infractoras o delictivas, específicamente, el
    robo y asalto callejero.

    Las Barras Bravas.- Aparecen violentamente en los
    clásicos U – Alianza o en los partidos
    trascendentales del campeonato profesional .A su interior se
    confunden jóvenes integrantes de pandillas de
    diferentes lugares que dejan de lado la identidad territorial
    o de grupo para adoptar una identidad común en los
    colores
    del club que los identifica. Aquí se produce un
    fenómeno que se conoce como de "doble o triple
    identidad" pues los integrantes de una pandilla de barrio
    pueden pertenecer al mismo tiempo a una barra brava y a la
    mancha escolar de su colegio. Sin embargo en el barrio se da
    un fenómeno inverso, ahí lo que manda es el
    territorio, el barrio, y jóvenes que son hinchas de
    Alianza o la U, principalmente se adhieren "militantemente" a
    lo que su pandilla decide, dándose el hecho curioso de
    muchachos que actúan en la barra contraria al club de
    su simpatía.

    • Las Manchas Escolares.- Son agrupaciones
      conformadas por los alumnos de los principales colegios que
      se enfrentan, ocasionalmente, en las principales avenidas de
      su distrito.

    El liderazgo de
    las manchas escolares ejercido por los lideres de pandilla de
    barrio y, aunque los enfrentamientos entre estos grupos han
    disminuido, su presencia en los colegios es aun
    fuerte.

    Esto se puede observar en las pintas de paredes y
    servicios higiénicos de prácticamente todos los
    centros educativos estatales de nivel secundario del
    distrito.

    • Las Pandillas Femeninas.- La presencia femenina en
      el pandillaje es cada vez más notoria, tanto en el
      interior de la pandilla como en los espacios y actos en que
      estas actúan. Su participación es
      múltiple: "guerrean" junto con los varones; auxilian a
      los heridos en los enfrentamientos a modo de "socorristas"; o
      actúan como "soplonas"; las que llevan y traen
      amenazas de mensaje, desafíos o burlas de grupo
      enfrentados; alertan de posibles ataques o "mandan al
      desvió".

    Muchas de ellas están involucradas
    sentimentalmente con integrantes de pandillas formando parejas,
    mientras que otros se relacionan con ellos en los espacios de
    encuentros de los grupos afirmando así amistades o
    identificaciones con el grupo. Finalmente los más
    independientes han formado sus propias agrupaciones actuando
    autónomamente en grupos conformados solo por
    mujeres.

    14.- Estructura De Una Pandilla

    En el interior de una pandilla, sus integrantes
    desempeñan diferentes roles.

    La actuación y el comportamiento de todos no
    es homogéneo y están determinados por la
    capacidad de liderazgo, valor o
    compromiso que cada uno de ellos tiene con la "mancha" o
    pandilla a la que pertenecen.
    Así una descripción de sus componentes puede
    ser la siguiente:
    El líder o lideres.- Son los
    integrantes de la "pandilla" que comandan o "batutean" al
    grupo tanto en los enfrentamientos como en otros momentos.
    Una pandilla puede tener uno o varios líderes en su
    interior, pero siempre hay uno que destaca por su iniciativa
    y temeridad.
    El núcleo: Los activos u
    orgánicos.- Aquellos que asumen el nombre de la
    pandilla, la autoridad
    de los lideres y las reglas, comportamientos y conductas que
    norman el funcionamiento del grupo, de manera concreta,
    física y emocionalmente.

    La Mancha: Los periféricos o simpatizantes.- Son los
    más numerosos; no actúan permanentemente, pero
    se identifican con el grupo actuando intermitentemente, sobre
    todo en los enfrentamientos con otros. Esto sucede mayormente
    en las barras bravas, manchas escolares y, también, en
    el barrio, cuando salen a "sacar cara" por sus patas que
    están siendo atacados. Entre los simpatizantes o
    periféricos podemos ubicar también a las chicas
    que actúas como socorristas o "soplonas".

    Características de los jóvenes
    integrantes de la pandilla.
    Características Personales
    .- Proceden de hogares
    en crisis o
    destruidos, de padres separados total o parcialmente, donde
    sus necesidades materiales
    o afectivas no son atendidos para un adecuado desarrollo
    personal.

    Tienen carencia afectiva dentro del hogar, por lo
    cual se identifican con las pandillas, en las que se
    encuentra en cohesión, respeto, trato igualitario,
    participación y apoyo.
    Expresan actitudes
    y conductas violentas, expresión de rebeldía
    basados en sus frustraciones personales y familiares.
    Tienen bajo autoestima
    y una mala formación en valores y habilidades sociales
    (asertividad, toma de
    decisiones, comunicación) que comprometen su
    futuro.

    Características grupales:

    Pertenencia grupal.- Los jóvenes integrantes
    de pandilla se agrupan por afinidad e intereses
    comunes.

    Patentan una denominación, un símbolo
    y adoptan seudónimos entre sus miembros. El grupo es
    un espacio de apoyo, afectos, y compromisos, de expresiones
    de conductas violentas y afirmación de pertenencia
    grupal por encima de la identidad individual. Es el grupo el
    que les consigue el respeto y temor ante los demás,
    que son las mismas personas que los ignoran y desprecian.
    Seguridad grupal.- Los jóvenes integrantes de
    pandillas, el pertenecer e identificarse con su grupo
    ,adquieren confianza, seguridad y firmeza en su
    desplazamiento territorial y en los enfrentamientos, es
    decir, individualmente el joven pandillero pierde el respeto
    y valor mientras la pandilla le transmite fortalezas en sus
    manifestaciones violentas y los hace sentir "bacanes" y
    "figurar".
    "Identidad" barrial y distrital.- Las pandillas se
    identifican y "sacan cara" por su barrio, demarcando su
    territorio y limites. Esta es una de las principales causas
    de enfrentamientos entre pandillas: la defensa de su
    territorio como espacio "sagrado" que no puede ser invadido
    por ningún otro grupo.

    Cuando salen a otros lugares, el nombre esta unido a
    su lugar de procedencia, se identifican con su distrito y en
    algunos casos imponen respeto.

    "Respeto" social.- Las pandillas a fuerza de
    violencia, han adquirido un "respeto" social negativo por la
    agresión y el vandalismo que producen,
    expresión de conductas violentas que les dan un sello
    particular y personalidad sui generis,
    ganándose espacios negados de expresión juvenil
    dentro de la comunidad.

    15.- Armas y demás objetos usados por las
    pandillas

    1. Objetos y armas ofensivas: piedras, palos,
      botellas, cuchillos, verduguillos, machetes, bombas
      molotov, armas de fuego.
    2. Objetos defensivos y de protección:
      pasamontañas, capuchas, gorros.
    3. Medios e instrumentos de expresión:
      grafittis, pintas o murales, spray, plumones, correctores
      blancos, otros.

    16.- Indumentaria de los jóvenes que
    integran las pandillas

    Los jóvenes que integran una pandilla han adoptado un
    estilo de vestir que los caracteriza y diferencia de los
    demás. Esta moda de
    "estilo" deportivo, se compone generalmente de un gorro con o
    sin visera; pantalones o shorts anchos o abolsonados,en algunos
    casos descoloridos y descuidados,combinados con colores
    fuertes; polos o casacas anchas que dan la apariencia de tallas
    mas grandes que su contextura física y generalmente
    llevan zapatillas de "marca" o
    "bamba".

    17. Jergas más
    conocidas

    • Guerrear: pelear, enfrentarse y competir con la
      pandilla rival.
    • Batutear: liderar, comandar, ir adelante del
      enfrentamiento.
    • Empatar: unirse, juntarse o aliarse con otra
      pandilla para los enfrentamientos.
    • Empilarse: tomar para llenarse de valor antes de un
      enfrentamiento o para estar en ambiente, alegrarse cuando
      participan en sus reuniones celebratorias.
    • Poner: robar, "cuadrar", "chorear".
    • Jama: comida, jamear, comer.

    18.- Causas y Consecuencias que Generan el
    Pandillaje Pernicioso.

    CAUSAS

    • La falta de comunicación entre padres e
      hijos.
    • Las malas amistades.
    • Por los maltratos de parte de los padres contra los
      hijos.
    • Por los problemas familiares y por las
      drogas.
    • Por la falta de educación.
    • Por el desempleo.

    CONSECUENCIAS

    • Violencia callejera.
    • Prostitución.
    • Pérdida de la escala d valores.
    • Temor en la población por la acción
      de las pandillas.
    • Pérdidas materiales.
    • Consecuencias psicológicas en sus
      víctimas.
    • La muerte de
      personas que son atacadas por estos grupos de
      jóvenes.
    • Bandas y barras bravas.
    • Pirañitas.

    19.-Organismos Encargados de la Defensa del
    Niño y del adolescente
    . Los artículos 213
    ,215 226,249 y 250 de nuestro código de los niños
    y adolescentes señalan claramente como defensoras a los
    siguientes organismos:

    • TIPACOM: talleres infantiles proyectados a la
      comunidad.
    • CODEN:(Comité de defensa)integrado
      principalmente por la población , asumiendo de esta
      manera la difusión y defensa de los derechos del
      niño, en especial el maltrato
      infantil.
    • CODENIVA (Comité de defensa de los derechos
      del niño de barrios altos)que es la expresión
      mas próxima a la idea de defensorias.
    • CODENES A otros lugares del distrito. Así
      mismo intervienen directamente en casos de abandono y
      maltrato para proteger al niño ay adolescente
      realizando tares de prevención.

    20.-Marco
    Legal

    Ley contra el Pandillaje
    Pernicioso

    Jueves, 28 de mayo de 1998

    DECRETO LEGISLATIVO

    EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

    POR CUANTO:

    El Congreso de la República por Ley N°
    26950 ha autorizado al Poder
    Ejecutivo para legislar sobre materia de ario una
    estrategia para combatir las acciones de

    Con el voto aprobatorio del Consejo de
    Ministros;

    Con cargo de dar cuenta al Congreso de la
    República;

    Ha dado el Decreto Legislativo siguiente:

    LEY CONTRA EL PANDILLAJE
    PERNICIOSO

    Artículo Único.-
    Incorpórese al Título III del Libro
    Cuarto del Código de los Niños y Adolescentes,
    el Capítulo III-A con el siguiente texto:

    "CAPITU LO III-A

    DEL PANDILLAJE PERNICIOSO

    Artículo 1. – DEFINICION.- Se considera
    pandilla perniciosa al grupo de adolescentes mayores de doce
    (12) y menores de dieciocho (18) años de edad, que se
    reúnen y actúan para agredir a terceras personas,
    lesionar la integridad física o atentar contra la vida
    de las personas, dañar los bienes públicos o
    privados u ocasionar desmanes que alteran el orden
    interno.

    Artículo 2. – INFRACCION.- AI
    adolescente que integrando una pandilla perniciosa lesione la
    integridad física de las personas, cometa
    violación de menores de edad o dañe los bienes
    públicos o privados, utilizando armas de fuego armas
    blancas o material inflamable o explosivos u objetos
    contundentes o bajo la influencia de bebidas alcohólicas
    o drogas, se
    le aplicará la medida socioeducativa de
    internación no mayor de tres (3) años.

    Artículo 3. – INFRACCION AGRAVADA.- Si
    como consecuencia de las acciones a que se refiere el
    artículo anterior, se causare la muerte o
    lesiones graves, la medida socioeducativa de internación
    será no menor de tres (3) ni mayor de seis (6)
    años para el autor, autor mediato o coautor del
    hecho.

    Artículo 4. – MEDIDAS PARA LOS
    CABECILLAS.-
    Si el adolescente pertenece a una pandilla
    perniciosa en condición de cabecilla, líder o
    jefe, se le aplicará la medida socioeducativa de
    internación no menor de dos (2) ni mayor de cuatro (4)
    años.

    Artículo 5. – CUMPLIMIENTO DE MEDIDAS.-
    El adolescente que durante el cumplimiento de la medida
    socioeducativa de internación alcance la mayoría
    de edad, será trasladado a ambientes especiales de un
    establecimiento penitenciario primario a CARGO DEL
    INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO,
    para culminar el
    tratamiento.

    Artículo 6. – RESPONSABILIDAD DE PADRES O
    TUTORES.-
    Los padres, tutores apoderados o quienes detentan
    la custodia de los adolescentes que sean pasibles de las
    medidas á que se refieren los artículos
    anteriores, serán responsables solidarios por los
    daños y perjuicios ocasionados.

    Artículo 7. – BENEFICIOS.- El
    adolescente que se encuentre sujeto a investigación
    judicial, o que se hallare cumpliendo una medida socioeducativa
    de internación, que proporcione al Juez información veraz y oportuna que conduzca
    o permita la identificación y ubicación de
    cabecillas de pandillas perniciosas, tendrá derecho a
    acogerse al beneficio de reducción de hasta un cincuenta
    por ciento de la medida socioeducativa que le
    corresponda."

    DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y
    FINALES

    Primera.- Incorpórese al Código
    Penal el Artículo 148-A, el que queda redactado en los
    términos siguientes:

    "El que instiga o induce a menores de edad a
    participar en pandillas perniciosas, o actúa como su
    cabecilla, líder o jefe, para cometer las infracciones
    previstas en el Capítulo III-A del Título III del
    Libro Cuarto del Código de los Niños y
    Adolescentes, será reprimido con pena privativa de
    libertad no menor de diez (10) ni mayor de veinte (20)
    años."

    Segunda.- Modifícanse los Artículos 213
    215 226 249 y 250 del Código de los Niños y
    Adolescentes, los mismos que quedan redactados en los
    términos siguientes:

    "Artículo 213. – LEGALIDAD.- Ningún
    adolescente podrá ser procesado ni sancionado por acto u
    omisión que al tiempo de cometerse no esté
    previamente calificado en las leyes penales de manera expresa e
    inequívoca, como infracción punible ni sancionado
    con medida socioeducativa que no esté prevista en este
    Código."

    "Artículo 215.- MEDIDA Y PLAZO.- Sólo se
    privará de la libertad al adolescente infractor como
    última medida, por el período mínimo
    necesario y limitándose a casos excepcionales previstos
    en la Ley, teniendo como finalidad lograr su
    rehabilitación."

    "Artículo 226.- INTERNACION.- La
    internación preventiva se cumplirá en el Centro
    de Observación y Diagnóstico del Poder Judicial, en donde
    un equipo multidisciplinario evaluará la
    situación del adolescente. El Estado garantiza la
    seguridad del adolescente infractor internado en sus
    establecimientos."

    "Artículo 249.- SEMILIBERTAD.- El adolescente
    que ha cumplido con las dos terceras partes de la medida de
    internación, podrá solicitar la semilibertad para
    concurrir al trabajo y escuela fuera de la institución
    como una medida transitoria a su externamiento. Se
    aplicará por un término máximo de 24
    meses."

    "Artículo 250.- LA INTERNACION.- Es la medida
    privativa de la libertad que se aplicará por el
    período mínimo necesario que no excederá
    de seis (6) años, salvo el caso previsto en el inciso c)
    del Artículo 2 del Decreto Legislativo N°
    895.

    Vencido el período a que se refiere el párrafo anterior, el adolescente
    será colocado en régimen de Libertad
    Asistida."

    Tercera.- Mediante Decreto Supremo refrendado
    por el Ministro de Justicia se aprobará el Texto
    Único Ordenado del Código de los Niños y
    Adolescentes, facultándose al reordenamiento y
    renumeración de su articulado.

    Cuarta.- El presente Decreto Legislativo
    entrará en vigencia a partir del día siguiente de
    su publicación en el Diario Oficial El
    Peruano

    21.-Marco Legal Comentado

     El 23 de mayo de 1998, el gobierno
    promulga dentro de los Decretos Legislativos denominados "Leyes
    de Seguridad
    Ciudadana", el Decreto Legislativo N° 899 denominado
    "ley contra el pandillaje pernicioso", fundándose en la
    creciente ola delincuencial que en el país se
    vivía.

    A qué ambito estaba dirigida esta Ley; a
    quién consideró el gobierno como blanco de esta
    represión legal, o más puntualmente a qué
    denomina Pandillaje. " PANDILLA, no es sino la
    agrupación de muchachos que generlamente se reune en la
    calle con propósitos de exparcimiento, pero que poco a
    poco van adquiriendo comportamientos subcultutales,
    organizándose e imponiéndose reglas de conductas
    propias".

    El término " Pernicioso" en sí, ya nos
    da la idea de situación “dańina”
    “sumamente perjudicial"
    ; por ello el " Pandillaje Pernicioso" es conceptualizado
    por la presente norma como la agrupación de
    adolescentes con propósito de cometer actos que
    normalmente son delictivos pero que van a ser consideradas
    Infracciones dada la minoría de edad de los sujetos
    activos.

    Jurídicamente hablando, la figura tiene como
    Sujeto Activo a los menores comprendidos entre los
    12 a los 18 ańos de edad. El Sujeto
    Pasivo
    es cualquier persona que sea afectada
    ya sea en su integridad física contra su vida, o sufra
    dańo en sus bienes por obra del grupo de adolescentes. El
    Elemento Material consiste en ocasionar Lesiones a la
    integridad física o atentar contra la vida de las
    personas o dańar los bienes públicos o privados u
    ocasionar desmanes que alteren el orden interno. Si hablamos de
    Participación Criminal: en esta infracción penal
    la acción debe ser cometida por un grupo de
    adolescentes, respondiendo como coautores o cómplices
    según la índole de su colaboración. El
    Elemento Material, se da en el hecho de que un grupo de
    adolescentes actúe en concierto para agredir.

    Pero hablemos un poco de la aparición de esta
    peculiar figura. La ley contra el Pandillaje Pernicioso, a toda
    luz, nace por
    la violencia juvenil de la que el país era testigo. Su
    inspiración, nada menos que las denominadas "barras
    bravas" , las cuales, bajo pretextos de revanchismo deportivo
    protagonizaban una serie de actos delictivos sobre todo contra
    la vida, el cuerpo , la salud y el patrimonio
    que afectaban a propios y ajenos; por ello el gobierno cree
    conveniente dictar este tipo de leyes que representen una
    manera de agravante para el juzgamiento de actos infractores de
    la ley penal, considerando que éstos son cometidos por
    grupos organizados y que muchas veces su fin es meramente
    delictuoso. En resumen la idea es, Reprimir conductas con
    Penalidades
    .

    No obstante lo que nació como una ley dirigida
    principalmente a aquellos grupos cuyas motivaciones
    excesivamente fanáticas servían para causar
    daños sociales, hoy como " Ley de Pandillaje Pernicioso"
    sirve para reprimir a todo grupo que cometa en conjunto
    actos que infrinjan la ley penal, no importando sus
    motivaciones.

    Anteriormente el Código de Nińos y
    Adolescentes, en su parte pertinente regía la
    investigación y juzgamiento de los menores que
    cometían infracciones a la Ley Penal, pero el mismo no
    contemplaba el Pandillaje Pernicioso como figura infractora;
    hoy sí; el citado Decreto Legislativo N° 899 de
    Pandillaje Pernicioso ha sido insertado en el Nuevo
    Código de Nińos y Adolescentes, como figura sui
    géneris que crea una infracción mas para juzgar a
    menores.

    Esta norma obviamente ha sido criticada en repetidas
    oportunidades y muchos la consideran Inconstitucional.
    Cabe preguntarnos entonces a qué se deben estas
    observaciones; en realidad, se tomaron criterios objetivos para
    su creación y aplicación, o es que resulta cierto
    que la misma obedece a criterios de Política que no tuvo
    más base que la coyuntura social, y en virtud a lo cual
    se permitió dictar una ley que a la larga resulta
    inadecuada y que sobre todo atropella los avances en el
    tratamiento legal de menores infractores, que se han
    venido conquistando con el pasar de los
    ańos.

    Empecemos analizando la condición
    jurídica que tienen los menores infractores en
    nuestra legislación hoy por hoy.

    El Código define taxativamente como acto
    infractor, aquella conducta prevista como
    contravención a la Ley penal (Código
    Penal)
    . Así definido el acto infractor,
    es evidente que nuestra legislación se ha llegado a
    adecuar en correspondencia absoluta a la Convención de
    los Derechos del Nińo, instrumento jurídico Supremo
    que rige el tratamiento de menores.

    Con esta concepción se ha considerado al
    adolescente infractor como una Categoría
    Jurídica
    , por la cual el mismo pasa a ser Sujeto
    de derechos establecidos en la doctrina de
    protección integral, inclusive del debido proceso legal.
    Esta concentración rompe la concepción del
    adolescente infractor como categoría
    Sociológica
    vaga, implícita en el
    Código de menores antiguo, que trataba al adolescente
    que había transgredido una norma social, como un
    Delincuente, olvidándose de que el mismo es un sujeto
    que tenía el derecho a ser reorientado en su desarrollo
    integral.

    Paulatinamente nuestra legislación nacional fue
    garantizando la aplicación de medidas que por sobre todo
    prioricen la protección de los menores y sobre todo con
    una justicia especializada que haga viable un adecuado
    tratamiento.

    Sin embargo vemos ahora como las diferentes coyunturas
    sociales en las que se cometen infracciones por adolescentes,
    ha comprometido el conjunto de políticas adoptadas para
    los menores, hecho el cual trae como consecuencia la
    aplicación indiscriminada de las medidas
    socioeducativas como las privativas de libertad
    , surgiendo
    paralelamente propuestas que se dirigen a penalizar el tema,
    que van desde rebajar la edad penal (como en el caso de la
    afortunadamente derogada Ley de Terrorismo),
    hasta incrementar el tiempo máximo de permanencia en un
    Centro de Reeducación, como ha sucedido con la ley de
    Pandillaje Pernicioso, la cual se encuentra en plena vigencia;
    obviamente damos paso atrás en lo que hasta hace poco
    habíamos logrado; hemos retrocedido, desconociendo
    nuestra actual concepción del Menor Infractor como
    Sujeto de Derechos, nuevamente estamos en la cultura de
    "Compasión- Represión", por la cual el menor es
    tratado como un Delincuente, un incapaz, individualizado de
    la sociedad, cuyo único remedio es aislarlo
    y colocarlo en un lugar donde no haga dańo a la
    sociedad.

    Dónde queda entonces la Política de
    Atención de los derechos de los nińos
    y adolescentes, que obliga tratar al autor del acto infractor
    considerando los principios de los otros instrumentos
    internacionales a los cuales estamos adheridos como Nación. El Pandillaje Pernicioso es una
    norma que se contradice por ejemplo con los
    principios contenidos en la Convención de
    los Derecho del Nińo, de la cual el Perú es Estado
    parte y que por ende tiene carácter vinculante en nuestra
    legislación. La Convención sobre los Derechos del
    Nińo en su artículo 9 y las Reglas de Beijing,
    artículo 6, establecen que
    el nińo o adolescentes no será apartado
    del hogar sino es porque, dentro del margen de discrecionalidad
    de la autoridad, se considere necesario como última
    razón
    . En el Pandillaje Pernicioso la
    sanción única y exclusivamente es
    el "Internamiento", (medida
    supuestamente de Ultima Ratio) contemplado en los Arts. 194 y
    196 del Nuevo código de Nińos y Adolescentes; No da
    opción a otro tipo de medida; Contradice por ello
    instrumentos internacionales que tienen el rango
    Constitucional. Alcanza dicha figura actualmente hasta los 04
    ańos de privación de libertad, duración la
    cual entra en abierta contradicción con lo dispuesto por
    el Art. 235 del mismo Código de Nińos y
    Adolescentes, que seńala que la medida de
    Internación No exederá de los Tres
    ańos; se genera así una suerte de
    contradicción y lo que es más
    discriminación en una misma ley que ahora distingue sin
    criterio alguno entre infractores que pueden tener el mismo
    grado de lesividad, a quienes les impone penas diferentes,
    sólo por el hecho de actuar dentro de una poco
    distinguible Pandilla Perniciosa.

    Por último, cabe preguntarnos, cogiéndo
    este último criterio: establece acaso la ley,
    cláramente, cómo hay que distinguir una Pandilla
    Perniciosa de una Banda delictiva, que puede estar
    compuesta por un Grupo pequeńo de menores,
    pero que puede no tener características de Pandilla. En
    qué debe basarse un juzgador para delimitar estos
    ámbitos; no es suceptible acaso de una mala
    utilización o calificación de la figura que
    pueden devenir en excesos. Queda expuesto este
    riesgo.

    Sí, obviamente es necesario tomar medidas
    contra la delincuencia, pero no consideramos como la mejor
    opción, la creación de leyes que intenten frenar
    conductas con penas que desconozcan derechos adquiridos hasta
    hoy. El " Seminario Taller Internacional sobre el
    Código de Nińos y Adolescentes”, llevado a
    cabo en el ańo 1995, ańo en el cual ni siquiera se
    avisoraba aparición de leyes como la de la naturaleza de
    la que hoy analizamos, concluyó en que la Medida
    de privación de Libertad o Internamiento de
    menores, no debe inspirarse en deficiencias Institucionales,
    como aquellas en que el Estado es responsable y mediante las
    cuales se debe crear mayores espacios en que se desarrolle el
    menor o se sienta realizado. La omisión de acción
    de Instituciones, no podra jamás constituir justa causa
    para la aplicación ilegal de una medida. De
    ningún modo se debe crear motivos para justificar la
    privación de la Libertad.

    Hemos caído tal vez nuevamente en los métodos
    de la que ya creíamos olvidada "Justicia Represiva", por
    la cual los legisladores no se detienen a pensar en las causas
    por las cuales se origina el problema proponiéndo
    soluciones que tienen la suerte de "saco roto". La realidad nos
    presenta como resultado de esta política,
    "Centros de Rehabilitación” ya sin
    capacidad, repletos de menores (sin considerar el pequeńo
    tiempo de vigencia de la ley); se aspira así acaso,
    lograr la finalidad de las Medidas Socio Educativas, como es
    la Rehabilitación de
    los menores?. Concluyeron ya muchos juristas en esta
    utopía positiva que debe ser eje para crear leyes y
    sanciones, y que la cito para terminar: "La única
    prisión ideal es aquella que no existe".

    CAPÍTULO III

    22.-Formulación de la
    Hipótesis

    Si, existe falta de comunicación entre
    padres e hijos, bajo nivel educativo, bajo nivel
    económico entonces, se da el incremento del pandillaje
    pernicioso en el distrito de José Leonardo
    Ortiz
    .

    Variable dependiente-causa: ausencia de
    comunicación entre padres e hijos, bajo nivel
    económico y bajo nivel educativo .

    Variable independiente-efecto: Incremento del
    pandillaje pernicioso en el distrito de José Leonardo
    Ortiz.

    CAPÍTULO lV

    15.-Constatación de la Hipótesis

    ENCUESTA REALIZADA EN EL DISTRITO DE JOSÉ
    LEONARDO ORTIZ

    Tamaño de muestra: 100
    personas(20 pandilleros,20ciudadanos 20 policías, 10
    abogados,30 estudiantes)

    CUADRO Nº 01

    1.-¿Cree usted que el principal problema por
    el que se incurre en el pandillaje es la falta de
    comunicación?
    .

    ANÁLISIS.

    • Con respecto a este cuadro podemos apreciar
      claramente que un 80% de los encuestados están de
      acuerdo que la principal causa por al que existe el
      pandillaje pernicioso es la falta de comunicación de
      padres a hijos.
    • Un 15% de los encuestados afirma que no solamente
      es necesario la
      comunicación sino políticas de bienestar
      general.
    • Muy por el contrario vemos un 5% que no sabe cual
      es el problema del pandillaje pernicioso y por lo tanto se
      abstiene de elegir.

    2.-Cree usted que el pandillaje se soluciona
    solamente dictando normas legales.

    Para ver el gráfico seleccione
    la opción "Descargar" del menú
    superior

    ANÁLISIS.

    • En este cuadro podemos apreciar que los encuestados
      respondieron un amplio 75% que la misión
      del gobierno no solamente es dictar medidas legales, muchas
      veces violando los derechos
      humanos como es el caso del decreto legislativo 899, con
      el fin de agravar las penas pero en cambio no ve la
      situación real de cual puede ser el origen de todos
      los problemas acerca del pandillaje pernicioso.
    • Un 13% muy por el contrario afirmo que se den
      medidas que agraven las penas contra los pandilleros, pero
      después de una explicación se dieron cuenta que
      verdaderamente era un problema que se puede maneja a
      través de programas de difusión de la
      cultura.

    3.-¿sabe usted que es el decreto legislativo
    899 del pandillaje pernicioso usted que el
    pandillaje?

    Para ver el gráfico seleccione
    la opción "Descargar" del menú
    superior

    ANÁLISIS.

    • En este cuadro podemos definirlo que estuvo basado
      en los particulares especialmente para los pandilleros , pues
      lamentablemente podemos apreciar que tanto pandillero como
      particulares no sabia realmente que era pandillaje pernicioso
      , ni como era su tratamiento legal.

    CONCLUSIONES

    • Se concluye que la causa fundamental de incremento
      del pandillaje pernicioso es la falta de comunicación
      entre padres e hijos.
    • El pandillaje pernicioso por lo general va
      acompañado de problemas económicos y educativos
      que no son solucionados por e estado.
    • La localización de las pandillas juveniles
      en los pueblos jóvenes se caracteriza por la
      ubicación de hogares de mal vivir.
    • El grado de violencia de las pandillas juveniles
      alcanza tal proporción que inclusive se les ha llegado
      a comparar con delincuentes de gran experiencia.

    RECOMENDACIONES

    • El gobierno debe crear organismos encargados de
      velar por los derechos de los jóvenes y que se de,
      facilidades para la
      educación , la cultura el trabajo
      y el deporte que
      son los principales encaminadores de jóvenes honestos
      y dignos de crear un Perú distinto.
    • Los municipios y los órganos encargados de
      la defensa del niño y del adolescente deben dar
      charlas a los jóvenes de cuales son las formas de
      crear el desarrollo e informar a nuestros legisladores los
      problemas reales de los niños y jóvenes del
      Perú.
    • Se debe incentivar a la población con
      respecto a la no discriminación de los jóvenes
      que se encuentran vinculados al pandillaje pernicioso y por
      el contrario se debe realizar campañas para su
      readaptación a la sociedad, pero no
      criminalizándoles .

    DEDICADO A:

    A todos los jóvenes que lamentablemente han
    caído en el pandillaje.

    AGRADECIMIENTO

    A mis amigos que en todo momento me apoyaron con la
    ejecución de este trabajo y por brindarme lo mejor, su
    amistad.

    Gabino Alexander Villena Gaona

    UNIVERSIDAD NACIONAL"PEDRO RUIZ GALLO"

    FACULTAD DE DERECHO Y

    CIENCIAS POLÍTICAS

    ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO

    LAMBAYEQUE-PERU

    2004

    Nota al lector: es posible que esta página no contenga todos los componentes del trabajo original (pies de página, avanzadas formulas matemáticas, esquemas o tablas complejas, etc.). Recuerde que para ver el trabajo en su versión original completa, puede descargarlo desde el menú superior.

    Todos los documentos disponibles en este sitio expresan los puntos de vista de sus respectivos autores y no de Monografias.com. El objetivo de Monografias.com es poner el conocimiento a disposición de toda su comunidad. Queda bajo la responsabilidad de cada lector el eventual uso que se le de a esta información. Asimismo, es obligatoria la cita del autor del contenido y de Monografias.com como fuentes de información.

    Categorias
    Newsletter