(Reordenada en 1994)
Esta Norma Internacional de Contabilidad reordenada sustituye a la aprobada
originalmente por el Consejo en noviembre de 1982. Se presenta de acuerdo con
la estructura de los párrafos adoptada en las Normas Internacionales
de Contabilidad emitidas a partir de 1991. Aunque no se han efectuado cambios
sustanciales sobre el texto primitivo, se ha modificado en ciertos casos la
terminología, con el fin de adaptarla a los usos actuales del IASC.
Se ha emitido una Interpretación SIC que tiene relación con la
NIC 20, se trata de la:
· SIC-10, Ayudas Gubernamentales - Sin Relación Específica
con Actividades de
Operación.
La parte normativa de este Pronunciamiento, que aparece en letra cursiva negrita, debe ser entendida en el contexto de las explicaciones y guías relativas a su aplicación, así como en consonancia con el Prólogo a las Normas Internacionales de Contabilidad No se pretende que las Normas Internacionales de Contabilidad sean de aplicación en el caso de partidas no significativas (véase el Párrafo 12 del Prólogo).
l. Esta Norma trata sobre la contabilización
e información a revelar acerca de las subvenciones del gobierno, así
como de la información a revelar sobre otras formas de ayudas gubernamentales.
2. La Norma no se ocupa de:
(a) los problemas especiales que aparecen en la contabilización de subvenciones del gobierno dentro de estados financieros que reflejan los efectos de cambios en los precios, o en información complementaria de similar naturaleza;
(b) ayudas gubernamentales que se conceden a la empresa en forma de ventajas que se materializan al calcular los resultados a efectos fiscales o bien se determinan o limitan sobre la base de las obligaciones fiscales (tales como exenciones fiscales, créditos fiscales a la inversión, amortizaciones aceleradas y tasas impositivas reducidas);
(c) participaciones del gobierno en la propiedad de la empresa.
3. Los siguientes términos se usan,
en la presente Norma, con el significado que a continuación se especifica:
Con la denominación de gobierno se hará referencia tanto a
la administración del gobierno en sí como, a las agencias gubernamentales
y organismos similares, ya sean locales, regionales, nacionales o internacionales.
Ayudas gubernamentales son acciones realizadas por el sector público
con el objeto de suministrar beneficios económicos específicos
a una empresa o tipo de empresas, seleccionadas bajo ciertos criterios. No son
ayudas gubernamentales, para el propósito de esta Norma, los beneficios
que se producen indirectamente sobre las empresas por actuaciones sobre las
condiciones generales del comercio o la industria, tales como el suministro
de infraestructura en áreas en desarrollo o la imposición de restricciones
comerciales a los competidores.
Subvenciones del gobierno son ayudas procedentes del sector público
en forma de transferencias de recursos a una empresa en contrapartida del cumplimiento,
futuro o pasado, de ciertas condiciones relativas a sus actividades de operación.
Se excluyen aquellas formas de ayudas gubernamentales a las que no cabe razonablemente
asignar un valor, así como las transacciones con el gobierno que no pueden
distinguirse de las demás operaciones normales de la empresa.
Subvenciones relacionadas con activos son subvenciones del gobierno cuya
concesión implica que la empresa beneficiaria debe comprar, construir
o adquirir de otra forma activos fijos. Pueden también establecerse condiciones
adicionales restringiendo el tipo o emplazamiento de los activos, o bien los
periodos durante los cuales han de ser adquiridos o mantenidos.
Subvenciones relacionadas con los ingresos son las subvenciones del gobierno
distintas de aquéllas que se relacionan con activos.
Préstamos condonables son aquéllos en los que el prestamista
se compromete a renunciar al reembolso, bajo ciertas condiciones establecidas.
Valor razonable es el importe por el cual puede ser intercambiado un activo
entre un comprador y un vendedor debidamente informados, en una transacción
libre.
4. Las ayudas del gobierno revisten múltiples formas, pudiendo variar
tanto en la naturaleza de la ayuda proporcionada como en las condiciones requeridas
para su concesión. El propósito de estas ayudas puede ser el de
incentivar a la empresa para emprender una determinada acción, que normalmente
no hubiera emprendido de no contar con ellas.
5. Para la empresa, el hecho de recibir ayudas gubernamentales puede ser
significativo, al objeto de la preparación de los estados financieros,
por dos razones. En primer lugar, si los recursos han sido transferidos, debe
encontrarse un método apropiado de contabilización para la transferencia.
En segundo lugar, es deseable proporcionar una indicación de la medida
en la cual la empresa se ha beneficiado de las ayudas durante el periodo contable.
Todo ello facilita la comparación de los estados financieros de la empresa
con los de otros periodos anteriores, e incluso con los de otras empresas.
6. Las subvenciones del gobierno son, a veces, conocidas con otros nombres,
tales, como subsidios, transferencias o primas.
7. Las subvenciones del gobierno, incluyendo las de carácter no monetario por su valor razonable, no deben ser reconocidas hasta que no exista una prudente seguridad de que:
(a) la empresa cumplirá las condiciones asociadas a su disfrute; y
(b) se recibirán las subvenciones.
8. Una subvención del gobierno no será reconocida como tal
hasta que exista una razonable seguridad de que la empresa cumplirá las
condiciones asociadas a ella, y que, por tanto, la recibirá en la forma
predeterminada. El mero hecho de recibir la subvención no constituye
una evidencia concluyente de que las condiciones asociadas a la misma han sido
o serán cumplidas.
9. La forma concreta de recepción de la subvención no afecta
al método contable a adoptar en relación con la misma. Así,
la subvención se contabiliza de igual manera ya sea recibida en efectivo
o como disminución de una deuda mantenida con el gobierno.
10. Un préstamo condonable, proveniente del sector público,
se trata como una subvención cuando existe razonable seguridad de que
la empresa cumplirá los términos exigidos para la condonación
del mismo.
11. Una vez reconocida la subvención del gobierno, cualquier contingencia
relacionada con ella sería tratada de acuerdo con la NIC 10, Contingencias
y Hechos Ocurridos después de la Fecha del Balance.
12. Las subvenciones del gobierno deben reconocerse como ingresos sobre
una base sistemática, a lo largo de los periodos necesarios para compensarlas
con los costos relacionados. Lo recibido en concepto de tales subvenciones no
será acreditado directamente al patrimonio neto.
13. Para el tratamiento contable de las subvenciones del gobierno pueden
considerarse dos métodos: el método del capital, según
el cual las subvenciones se acreditan directamente a las cuentas del patrimonio
neto; y el método de la renta, según el cual las subvenciones
se imputan a los resultados de uno o más periodos.
14. Aquéllos que defienden el método del capital argumentan
del siguiente modo:
(a) Las subvenciones del gobierno son un recurso financiero, y han de ser reconocidas como tales en el balance de situación general, en vez de trasladarlas a la cuenta de resultados para compensar las partidas de gastos que han financiado. Puesto que no se espera su devolución, deben ser acreditadas directamente al patrimonio neto.
(b) Resulta inapropiado reconocer las subvenciones del gobierno a través de la cuenta de pérdidas y ganancias, puesto que no han sido generadas por la empresa, sino que representan un incentivo suministrado por el sector público sin que tengan relación con costo alguno.
15. Como argumentos en defensa del método de la renta, y por tanto contra el método del capital, pueden citarse los siguientes:
(a) Puesto que las subvenciones del gobierno se reciben de una fuente distinta a los propietarios, no deben ser acreditadas directamente al patrimonio neto, sino reconocerse, dentro de los periodos apropiados, a través de la cuenta de resultados.
(b) Las subvenciones del gobierno raramente son gratuitas. La empresa tiene derecho a ellas tras cumplir ciertas condiciones y someterse a ciertas obligaciones exigidas. Por tanto, las subvenciones han de llevarse a la cuenta de resultados y compensar los costos asociados con ellas.
(c) Puesto que el impuesto sobre las ganancias y otros tributos se consideran cargos contra el resultado, y estos están expresados en el estado de resultados es lógico tratar de la misma forma a las subvenciones del gobierno, ya que son otra consecuencia de las políticas fiscales.
16. Es fundamental, a la hora de seguir el método de la renta, que
las subvenciones del gobierno se reconozcan en la cuenta de resultados sobre
bases sistemáticas y racionales, a lo largo de los periodos necesarios
para compensarlas con los costos relacionados. El reconocimiento de las subvenciones
del gobierno en el momento del cobro de las mismas no está de acuerdo
con la base contable de la acumulación o devengo (véase la NIC
1, Presentación de Estados Financieros), y únicamente puede ser
aceptable cuando no existe otro criterio, para distribuir la subvención,
distinto de la mera consideración del momento en el que se recibe.
17. En la mayoría de los casos, los periodos en los cuales las empresas
han de reconocer los costos o gastos relacionados con las subvenciones del gobierno
se pueden establecer con facilidad, y así las subvenciones que cubren
gastos específicos pueden llevarse a los resultados en el mismo periodo
que los gastos correspondientes. De forma similar, las subvenciones relacionadas
con activos depreciables son, normalmente, reconocidas como ingresos en los
mismos periodos y en las mismas proporciones con las que se carga la amortización
de tales activos.
18. Las subvenciones relacionadas con activos no depreciables pueden también
requerir el cumplimiento de ciertas obligaciones, y entonces serían reconocidas
como ingresos en los periodos que soporten los gastos necesarios para cumplir
con tales obligaciones. Por ejemplo, una subvención para terrenos puede
estar condicionada a la construcción de un edificio en ellos, y podría
ser apropiado llevarla a resultados a lo largo de la vida útil de dicho
edificio.
19. A veces, las subvenciones se reciben como parte de un paquete de ayudas
financieras o fiscales, y para conseguirlas es necesario cumplir un cierto número
de condiciones. En tales casos, es necesaria la identificación cuidadosa
de las condiciones que dan lugar a los costos y gastos, para determinar los
periodos sobre los cuales las subvenciones serán imputadas como ingresos.
Puede ser apropiado distribuir parte de las subvenciones con arreglo a una base
y parte con arreglo a otra diferente.
20. Toda subvención del gobierno, a recibir como compensación
por gastos o pérdidas ya ocurridas, o bien con el propósito de
prestar apoyo financiero inmediato a la empresa, pero en cualquier caso sin
costos posteriores relacionados, debe reconocerse en la cuenta de resultados
del periodo en el cual se convierte en exigible, dándole si es apropiado
el carácter de partida extraordinaria (véase la NIC 8, Ganancia
o Perdida Neta del Periodo, Errores Fundamentales y Cambios en las Políticas
Contables).
21. En ciertas circunstancias, las subvenciones del gobierno pueden concederse
con el propósito de dar apoyo financiero inmediato a las empresas, más
que como incentivos para soportar gastos específicos. Tales subvenciones
pueden estar destinadas individualmente a empresas determinadas, y por tanto
no estar disponibles para todo tipo de beneficiarios. Estas circunstancias pueden
justificar la consideración de las subvenciones como parte del resultado
del periodo en el que cada empresa las obtiene, clasificándolas como
partidas extraordinarias si ello fuese apropiado, y revelando la información
necesaria, de forma que se garantice que este efecto se comprenda claramente.
22. Las subvenciones del gobierno pueden resultar exigibles por parte de
las empresas en virtud de gastos o pérdidas ocurridos en periodos contables
precedentes. Tales subvenciones se reconocerán como ingresos del periodo
en el que puedan ser exigidas, clasificándolas como partidas extraordinarias
si fuese apropiado, y revelando la información necesaria, de forma que
se garantice que este efecto se comprende claramente.
Subvenciones no monetarias del gobierno
23. Las subvenciones del gobierno pueden tomar la forma de transferencias de activos no monetarios, tales como terrenos u otros recursos, para uso de la empresa. En tales circunstancias, es habitual determinar el valor razonable de cada activo no monetario y contabilizar tanto la subvención como cada activo por el correspondiente valor razonable. En ocasiones se sigue un procedimiento alternativo consistente en recoger las subvenciones y los activos relacionados por importes simbólicos.
Tratamiento de las subvenciones relacionadas con activos
24. Las subvenciones del gobierno relacionadas
con activos, incluyendo las de carácter no monetario por su valor razonable,
deben presentarse, en el balance de situación general, bien reconociéndolas
como partidas de ingresos diferidos, bien como deducciones del valor de los
activos con los que se relacionan.
25. Se consideran alternativas aceptables para la presentación de
subvenciones (o partes apropiadas de las mismas) relacionadas con activos, dos
diferentes métodos de presentación en los estados financieros.
26. Uno de los métodos presenta las subvenciones como ingresos diferidos,
que se reconocen como ingresos de los diferentes periodos sobre bases sistemáticas
y racionales, a lo largo de la vida útil de los correspondientes activos.
27. El otro método consiste en deducir cada subvención del
valor por el que se ha contabilizado el activo correspondiente. Las subvenciones
se reconocen en la cuenta de resultados a lo largo de la vida útil de
los activos por vía de minorar los cargos por la depreciación
anual de cada activo.
28. La adquisición de activos y la recepción de las subvenciones
relacionadas con ellos, pueden originar importantes movimientos en los flujos
de efectivo de la empresa. Por esta razón, y en orden a mostrar la inversión
bruta en activos, tales movimientos se presentan con frecuencia como partidas
separadas en el estado de flujo de efectivo, con independencia de si las subvenciones
se deducen o no de los activos con los que se relacionan, a efectos de su presentación
en el balance de situación general.
Tratamiento de las subvenciones relacionadas con los ingresos
29. Las subvenciones relacionadas con los
ingresos se presentan a veces como un ingreso más en la cuenta de resultados,
ya sea como rúbrica separada o bajo denominaciones generales tales como
"Otros ingresos"; alternativamente, pueden aparecer como deducciones de los
gastos con los que se relacionan.
30. Los que defienden el primer método argumentan que resulta inapropiado
compensar ingresos y gastos, y que la separación de las subvenciones
y los gastos correspondientes facilita la comparación con otros gastos
no afectados por las subvenciones. En favor del segundo método se argumenta
que las empresas no habrían incurrido en los gastos en cuestión
de no contar con las subvenciones, y, por tanto, la presentación puede
resultar equívoca si no se hace compensando gastos y subvenciones.
31. Uno y otro método se consideran aceptables para el tratamiento
de las subvenciones relacionadas con los ingresos. Para la adecuada comprensión
de los estados financieros, puede ser necesario revelar la existencia de las
subvenciones. Además, normalmente es adecuado y conveniente revelar el
efecto que las subvenciones tienen sobre cualquier partida de ingresos o gastos,
en los que se requiera presentación separada.
Devolución de subvenciones del gobierno
32. Toda subvención que se convierta
en reembolsable debe tratarse contablemente como revisión de una estimación
contable (véase la NIC 8 Ganancia o Perdida Neta del Periodo, Errores
Fundamentales y Cambios en las Políticas Contables). La devolución
de una subvención relacionada con los ingresos, debe tener como contrapartida,
en primer lugar, cualquier ingreso diferido anotado en relación con la
subvención. En la medida que el reembolso supere la cuantía del
citado ingreso diferido, o si éste no existe, la contrapartida del reembolso
será un cargo inmediato a resultados. La devolución de una subvención
relacionada con activos ha de registrarse teniendo como contrapartida un aumento
del valor en libros del activo correspondiente, o reduciendo el saldo de la
partida de ingresos diferidos por el importe de la cuantía a reembolsar.
La depreciación o amortización acumulada que pudiera haber sido
cargada adicionalmente hasta la fecha, en ausencia de la subvención,
se debe cargar inmediatamente a resultados.
33. Las circunstancias que han dado lugar al reembolso de subvenciones relacionadas
con activos, pueden exigir la consideración de posibles deterioros en
los nuevos valores en libros de los activos, una vez realizadas las devoluciones.
34. Si bien excluidas de la definición
de subvenciones del gobierno, en el párrafo 3 de esta Norma, existen
ciertas modalidades de ayudas gubernamentales a las que no se les puede asignar
razonablemente un valor, y otras en forma de transacciones con el gobierno que
no pueden ser distinguidas de las operaciones comerciales normales de la empresa.
35. Ejemplos de ayudas gubernamentales que no pueden valorarse razonablemente
son los servicios de asistencia técnica o comercial, y la prestación
de garantías por parte del sector público. Un ejemplo de ayuda
gubernamental, que no puede ser distinguida de las operaciones comerciales normales
de la empresa, es toda política de aprovisionamientos inducida por el
sector público, que sea la causa directa de una parte de las ventas de
la entidad. La existencia de beneficios en tales casos puede ser incuestionable,
pero cualquier intento para separar las actividades comerciales de la ayuda
gubernamental podría resultar arbitrario.
36. Las peculiaridades del beneficio, en los anteriores ejemplos, pueden
requerir revelar información acerca de la naturaleza, alcance y duración
de las ayudas gubernamentales, si ello fuera necesario, en orden a la correcta
comprensión de los estados financieros.
37. Los préstamos a tipos de interés bajos o nulos son formas
de ayudas gubernamentales, pero los beneficios económicos procedentes
de los mismos no se cuantifican mediante la imputación de intereses.
38. Para la presente Norma, las ayudas gubernamentales procedentes del sector
público no incluyen el suministro de infraestructura para mejora de la
red de comunicación y transporte, ni la provisión de mejores medios
como, por ejemplo, el riego o una red de acequias, siempre que tales facilidades
estén disponibles corrientemente para provecho de toda la comunidad local.
39. Debe revelarse información sobre los siguientes extremos:
(a) las políticas contables adoptadas en relación con las subvenciones del gobierno, incluyendo los métodos de presentación adoptados en los estados financieros;
(b) la naturaleza y alcance de las subvenciones del gobierno reconocidas en los estados financieros, así como una indicación de otras modalidades de ayudas gubernamentales, de las que se hayan beneficiado directamente las empresas; y
(c) las condiciones incumplidas y otras contingencias relacionadas con las ayudas gubernamentales que se hayan contabilizado.
40. Toda empresa que adopte por primera vez esta Norma, debe:
(a) cumplir con las exigencias contenidas en ella en cuanto a información a revelar, donde sean aplicables, y
(b) proceder a realizar cualquiera de las dos siguientes acciones:
(i) ajustar sus estados financieros por medio de un cambio en las políticas contables, de acuerdo con la NIC 8; Ganancia o Perdida Neta del Periodo, Errores Fundamentales y Cambios en las Políticas Contables; o bien
(ii) aplicar las disposiciones contenidas en la Norma solamente a las subvenciones o partes de subvenciones a recibir o reembolsar después de la fecha vigencia en vigor de la misma.
Alma Soto
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