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Incoterms




Enviado por hernando299



    1. ¿Qué son los
      Incoterms ?
    2. Costo y flete (…puerto de
      destino convenido)
    3. Coste, seguro y flete
      (…puerto de destino convenido)
    4. Transporte y seguro pagados
      hasta… (…lugar de destino convenido)
    5. Transporte pagado hasta…
      (…lugar de destino convenido)
    6. Entregada en frontera
      (…lugar convenido)
    7. Entregada derechos pagados
      (…lugar de destino convenido)
    8. Entregada derechos no
      pagados (…lugar de destino convenido)
    9. Entregada en muelle
      (…puerto de destino convenido)
    10. Entregada sobre buque
      (…puerto de destino convenido)
    11. En
      fábrica
    12. Franco transportista (…lugar
      convenido)
    13. Franco al costado del
      buque ( free alongside ship) (…puerto de carga
      convenido)
    14. Franco a bordo (free on
      board) (…puerto de carga convenido)
    15. Incoterms
      2000
    16. Importancia de los
      Incoterms

    Incoterms 2000

    ¿Qué
    son los Incoterms ?

    El propósito de los " INCOTERMS " es el de
    establecer unas reglas para el uso y la interpretación de los términos
    más usados en el transporte
    internacional.

    De esta manera el número de malentendidos o
    interpretaciones erróneas pueden ser reducido.

    Es común que las diferentes partes de un contrato
    internacional no estén al tanto de las diversas practicas
    comerciales de los otros países, esto puede llevar a
    malentendidos y disputas entre el proveedor y el cliente. Para
    tratar de reducir la incidencia de este tipo de problema, la
    Cámara de Comercio
    Internacional establecido en 1936 una serie de reglas para la
    interpretación de los términos comerciales
    conocidos como los "INCOTERMS 1936". Estos han sido cambiados 5
    veces, la ultima revisión se produjo en 2000.

    Los diferentes tipos de Incoterms:

    • Incoterm CFR
    • Incoterm CIF
    • Incoterm CIP
    • Incoterm CPT
    • Incoterm DAF
    • Incoterm DDP
    • Incoterm DDU
    • Incoterm DEQ
    • Incoterm DES
    • Incoterm EXW

    CFR – Cost and Freight


    COSTO Y FLETE (…puerto de
    destino convenido)

    El vendedor cumple con su obligación cuando la
    mercancía sobrepasa la borda del buque, en el puerto de
    embarque.

    El vendedor es responsable de todos los gastos de
    exportación, despacho aduanero, flete y
    costos necesarios
    para llevar la mercancía al puerto de destino convenido,
    sin incluir seguros.

    Los costos de descargue en el puerto de destino corren
    por cuenta del comprador.

    Este término solo puede usarse para transporte
    por mar o por vías de navegación
    interior.

    CIF – Cost, Insurance and Freight
    COSTE, SEGURO Y FLETE
    (…puerto de destino convenido)

    El vendedor cumple con su obligación cuando la
    mercancía sobrepasa la borda del buque en el puerto de
    embarque convenido.

    El vendedor debe pagar todos los costos de flete,
    seguro, gastos de exportación, despacho aduanero y todos
    los costos necesarios para llevar la mercancía al puerto
    de destino convenido.

    El vendedor sólo está obligado a conseguir
    un seguro con cobertura mínima, a favor del comprador
    hasta el puerto de destino convenido.

    En cuanto a los riesgos son
    responsabilidad del importador en el momento en
    que la mercancía traspase la borda del buque, no obstante
    los riesgos de transporte están cubiertos por una
    póliza de seguros que habrá contratado el
    exportador a beneficio del importador, quien como asegurado en
    caso de perdida o deterioro de la mercancía
    reclamará directamente a la compañía
    aseguradora.

    Este término solo puede usarse para transporte
    marítimo o fluvial.

    CIP – Carriage and Insurence Paid
    TRANSPORTE Y SEGURO
    PAGADOS HASTA… (…lugar de destino convenido)

    El vendedor debe pagar los costos de flete del
    transporte requerido para llevar la mercancía al sitio
    convenido con el comprador, adicionalmente deberá tomar y
    pagar un seguro contra el riesgo que pueda
    tener el comprador por la pérdida o daño de
    la mercancía, siendo responsable solamente por una
    póliza con cobertura mínima, en caso que el
    vendedor quiera una cobertura mayor, deberá concertarlo
    con el vendedor o tomar un seguro complementario.

    Puede usarse en cualquier modo de transporte incluido el
    multimodal, en este ultimo caso quiere decir que el riesgo se
    transmite del vendedor al comprador cuando es entregado al primer
    transportista.

    CPT – Carriage Paid To
    TRANSPORTE PAGADO
    HASTA… (…lugar de destino convenido).

    El vendedor debe pagar los costos de flete del
    transporte requerido para llevar la mercancía al sitio
    convenido con el comprador, incluyendo gastos y permisos de
    exportación, excepto los gastos de seguro.

    Puede usarse en cualquier modo de transporte incluido el
    multimodal, en este ultimo caso quiere decir que el riesgo se
    transmite del vendedor al comprador cuando es entregado al primer
    transportista.

    DAF – Delivery at Frontier
    ENTREGADA EN
    FRONTERA
    (…lugar convenido)

    El vendedor realiza la entrega en el lugar de la
    frontera acordado, pero antes de la aduana
    fronteriza, y pone la mercancía a disposición del
    comprador en el medio de transporte utilizado sin realizar la
    descarga.

    El término frontera incluye la del país
    exportador, por tanto deberá especificarse este
    término. Puede además utilizarse en cualquier modo
    de transporte cuando la frontera sea terrestre, si la entrega es
    en puerto, muelle o a bordo del buque, deben usarse los
    términos DES o DEQ.

    DDP – Delivery Duty Paid
    ENTREGADA DERECHOS PAGADOS (…lugar
    de destino convenido)

    El vendedor realiza la entrega de la mercancía al
    comprador, ya despachada de exportación e importación con todos los costos pagos pero
    sin efectuar la descarga de los medios de
    transporte en el lugar de destino acordado en el país
    importador.

    Adicionalmente el vendedor debe cubrir con todos los
    costos y riesgos incluyendo los impuestos del
    país importador, este termino es usado en cualquier modo
    de transporte.

    DDU – Delivery Duty Unpaid
    ENTREGADA DERECHOS
    NO PAGADOS (…lugar de destino convenido)

    El vendedor cumple con su obligación cuando
    realiza la entrega de la mercancía en el lugar de destino
    convenido pero sin incluir los gastos de aduana y el descargue
    del medio de transporte.

    El vendedor asume los costos y riesgos de llevar la
    mercancía hasta este sitio. La obligación de pagar
    los derechos de importación recaerá sobre el
    comprador, al igual que los riesgos y costos por no despachar a
    tiempo la
    mercancía para la importación, en caso que el
    comprador quiera que esta operación se realice por parte
    del vendedor deberá especificarse en el contrato de
    compraventa.

    Este término se puede usar en cualquier modo de
    transporte.

    DEQ – Delivery Ex Quay
    ENTREGADA EN MUELLE
    (…puerto de destino convenido)

    El vendedor realiza la entrega cuando la
    mercancía es puesta en el muelle del puerto de destino
    convenido a disposición del importador, sin despacharla en
    la aduana de importación.

    Este término puede ser usado en transporte
    marítimo, fluvial y multimodal donde su último modo
    de transporte sea marítimo o fluvial.

    DES – Delivery Ex Ship
    ENTREGADA SOBRE BUQUE
    (…puerto de destino convenido)

    El vendedor entrega la mercancía cuando se
    encuentra a bordo del buque en el puerto de destino acordado y a
    disposición del comprador, sin efectuar despacho en la
    aduana de importación, ni asumir los costos y riesgos de
    descarga del producto.

    Este término puede utilizarse en transporte
    marítimo, fluvial o multimodal donde su último modo
    de transporte sea marítimo o fluvial

    EXW – Ex Works
    EN
    FABRICA

    Se aplica en operaciones en
    las que el vendedor (exportador) cumple con la responsabilidad de
    entrega cuando ha puesto la mercancía, en su
    establecimiento (p.e., fábrica, taller, almacén,
    etc.), a disposición del comprador (importador), sin
    despacharla para la exportación ni efectuar la carga en el
    vehículo proporcionado por el comprador, concluyendo sus
    obligaciones.

    Entonces el comprador (importador) debe soportar todos
    los gastos y riesgos de tomar la mercancía en el domicilio
    del vendedor (exportador) hasta el destino deseado.

    Este término, es el único en el que los
    trámites aduaneros de exportación corren por cuenta
    del comprador (importador), es decir, el comprador ejerce la
    función
    técnica de vendedor puesto que además de efectuar
    la compra en el país de origen se encarga de los tramites
    documentarios necesarios para la exportación. Es el de
    menor obligación para el vendedor.

    La responsabilidad del vendedor (exportador) se reduce a
    proporcionar la mercancía convenientemente empacada y
    embalada, en ese momento tiene lugar la entrega de la
    mercancía y por lo tanto la transmisión de los
    costos y riesgos al comprador (importador).

    Este término no debería usarse cuando el
    comprador no pueda llevar a cabo directa o indirectamente las
    formalidades de exportación. En tal circunstancia,
    debería utilizarse el término FCA.

    FCA – Free Carrier
    FRANCO TRANSPORTISTA (…lugar
    convenido)

    Significa que el vendedor cumple con su
    obligación de entrega de la mercancía cuando la
    pone a disposición del transportista principal contratado
    por el comprador en el punto acordado. El exportador de efectuar
    el despacho de exportación de la
    mercancía.

    Si la entrega se produce en el local del vendedor,
    éste es responsable de la carga de la mercancía en
    el vehículo del importador en ese momento se produce la
    transmisión de costos y riesgos.

    Si la entrega ocurre en cualquier otro lugar, el
    vendedor no es responsable de la descarga.

    Este término puede usarse en cualquier modo de
    transporte incluido el multimodal.

    FAS – Free Alongside Ship
    FRANCO AL COSTADO
    DEL BUQUE ( free alongside ship) (…puerto de carga
    convenido)

    El vendedor asume los costos y riesgos de transporte
    hasta que la mercancía es colocada al costado del buque en
    el puerto de embarque convenido. Por tanto si se produce un
    problema durante la carga es el importador quien debe asumir la
    responsabilidad.

    El vendedor se encarga de despachar la mercancía
    de aduana de exportación, si las partes acuerdan que el
    comprador efectúe este trámite deberá
    especificarse en el contrato de compraventa.

    Este término sólo puede utilizarse en
    transporte marítimo o fluvial. Nombrado por el comprador
    en el lugar convenido.

    FOB – Free on Board
    FRANCO A BORDO (Free
    on Board) (…puerto de carga convenido)

    El vendedor cumple su responsabilidad de entregar la
    mercancía hasta cuando esta sobrepasa la borda del buque,
    en el puerto de embarque convenido y sin el pago del
    flete.

    El vendedor esta obligado a despachar la
    mercancía en aduana de exportación.

    Este término solo puede usarse para transporte
    por mar o por vías navegables interiores.

    Incoterms 2000
    A partir del 1 de enero 2000, se aplicaron los
    siguientes cambios a los Incoterms. Los cambios se han indicado
    con un asterisco.

    CFR

    Cost and Freight

    Como CIF excepto que no incluye gastos de
    seguro.

    CIF

    Cost, Insurance and Freight

    Gastos de envío y seguro hasta puerto de
    destino – no incluye impuestos. Solamente aplica a
    envíos por alta mar o ríos.

    CIP

    Carriage and Insurance Paid To

    Gastos de envío y seguro de
    mercancía – no incluye impuestos. Aplica a
    todos los modos de transporte.

    CPT

    Carriage Paid To

    Como CIP excepto que los gastos de seguro son a
    cargo del comprador.

    DAF

    Delivered At Frontier

    Gastos de envío hasta un punto designado en
    la frontera, no incluye impuestos. Aplica a todos los modos
    de transporte.

    DDP

    Delivered Duty Paid*

    Gastos de envío incluyendo impuestos
    pagados hasta un destino en el país de
    importación. Se aplica a todos los modos de
    transporte

    DDU

    Delivered Duty Unpaid*

    Como DDP excepto que el comprador paga los
    impuestos de importación.

    DEQ

    Delivered Ex Quay*

    Delivery Ex-Quay : La responsabilidad de los
    gastos de aduana e importación cambia del vendedor /
    exportador al comprador / importador.

    DES

    Delivered Ex Ship

    Gastos de envío en buque hasta el puerto,
    no incluye impuestos. Solamente aplica a envíos por
    alta mar o ríos.

    EXW

    Ex Works*

    Ex-Works : La responsabilidad de cargar la
    mercancía cambia del vendedor al
    comprador

    FCA

    Free Carrier*

    • Envió al transportista en las
      instalaciones del comprador, siendo este el responsable
      de cargar el material
    • Envió al transportista en cualquier otro
      punto (terminal portuarario, muelle, etcétera)
      siendo el transportista (de parte del comprador) el
      responsable para descargar el material del
      vehículo enviado por el vendedor

    FAS

    Free Alongside Ship*

    La responsabilidad de obtener la licencia de
    exportación y aduanaje cambiara del comprador a
    vendedor en el puerto de salida.

    FOB

    Free On Board

    Gastos de envío hasta el buque. Solamente
    aplica a envíos por alta mar o
    ríos.

    IMPORTANCIA DE
    LOS INCOTERMS

    Importancia de los Incoterms en las transacciones
    internacionales.

    La globalización de los mercados
    internacionales ha impulsado de manera dinámica la venta de
    mercancías en más países y en mayores
    cantidades, es así como a medida que aumenta el volumen y la
    complejidad de las ventas,
    también crecen las posibilidades de malentendidos y
    litigios costosos cuando no se especifican de forma clara y
    precisa las obligaciones y riesgos de las partes.

    Por ello, el adecuado uso y aplicación de los
    Incoterms, en las transacciones internacionales propenden en gran
    medida por :

    Facilitar la gestión
    de toda operación en comercio
    internacional, delimitar claramente las obligaciones de las
    partes disminuir el riesgo por complicaciones legales, y
    establecer unas reglas internacionales para la
    interpretación de los términos comerciales
    más utilizados.

    La idea de lograr un lenguaje
    internacional para los términos comerciales, nació
    en 1919. Se han modificado en la medida que el comercio y el
    transporte ha evolucionado. En el curso de su historia la Cámara de
    Comercio Internacional ha efectuado siete ajustes, el
    último de ellos en el año 2000.

    En estos ya se contemplan las transacciones comerciales
    a través de la
    comunicación electrónica.

    Los Incoterms regulan cuatro grandes problemas que
    soporta toda transacción comercial:

    1. La entrega de la Mercancía
    2. Transferencia de Riesgos
    3. Distribución de Gastos
    4. Trámites documentales

    De esta forma, en caso de conflicto
    quedan claramente establecidas las responsabilidades y
    obligaciones de las partes que intervienen en la
    operación.

    Estas reglas son de aceptación voluntaria por
    cada una de las partes y pueden ser incluidas en el contrato de
    compraventa internacional.

    Por :

    RIGOBERTO HERNANDO OLARTE

    ING Mecatronico.

    BUCARAMANGA – SANTANDER –
    COLOMBIA

    UNIVERSIDAD SANTO TOMAS DE AQUINO

    FACULTAD DE INGENIERIA MECATRONICA

    ECONOMIA

    16 DE NOVIEMBRE DEL 2004

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