La intervención (educación) temprana como bienestar social en Puerto Rico
- Historia de la
intervención temprana - Programática de los
centros - Leyes, normas, estatutos y
reglamentos - Organización
administrativa y fiscal - Servicios
integrados - Alianzas
comunitarias - Conclusión
- Bibliografía
La política
pública de la educación en
Puerto Rico se
encuentra en un proceso de
crecimiento ya que se está evaluando el crecimiento de los
servicios que
se ofrecen. Estos servicios lo que pretenden es garantizar un
bienestar social a todo individuo de
la comunidad desde
el nacimiento hasta la muerte.
Estos servicios pretenden garantizar servicios educativos, de
seguridad,
salud y alianzas
comunitarias que ayuden a mejorar la calidad de
vida de los residentes a los cuales se sirve. Este es el caso
de la intervención temprana en Puerto Rico que ha venido a
satisfacer una necesidad básica de cuidado y desarrollo de
las potencialidades psicomotoras de los niños y
el bienestar de las familias con necesidades
básicas.
Historia de la
intervención temprana.
El campo de la intervención temprana en Puerto
Rico ha tenido un gran auge en los últimos años.
Hace poco más de cinco décadas llegaron a la isla
los centros de Head Start con el propósito de educar a los
niños de bajos recursos que
comprendían las edades de cuatro años y que no
podían entrar al sistema
educativo del país debido a la poca edad que
tenían. Este periodo histórico se distingue por los
esfuerzos innovadores a nivel nacional para mejorar la vida de
los niños viviendo en la pobreza. En
ese tiempo casi la
mitad de los pobres de la nación
eran niños, la gran mayoría menores de doce
años. Estos centros tuvieron gran acogida entre el sector
de bajos recursos económicos que aprovecharon este
servicio al
máximo.
El programa Head
Start, que al comienzo brindaba servicios durante el verano,
creció con el paso de los tiempos hasta convertirse en un
programa de día completo y año completo. Se
convirtió así en un programa de desarrollo para los
niños y las familias abarcador y multigeneracional. El
objetivo
principal de estos centros era educar a la sociedad desde
el comienzo de su niñez y educar a las familias para la
integración
socio-educativa.
Para la década de los 1960, ya se habían
establecido varios centros de Head Start en municipios de la isla
debido al crecimiento de la población de niños entre las edades
de cuatro a cinco años. Para esta década muchas
mujeres tuvieron que irse a trabajar y se acrecentó la
necesidad de estos centros a nivel local e internacional.
Para el 1970 la
Administración de Servicios al Niño,
Jóvenes y Familias del Departamento de Salud,
Educación y Bienestar Federal anunció su compromiso
para mejorar la calidad de los
servicios, concentrandose en el rendimiento profesional de las
personas involucradas en el proceso de la intervención
temprana. En 1971, la agencia convocó a un grupo de
expertos para crear un reconocimiento profesional en el
área de trabajo. Para
el 1972, se estableció un grupo de competencias y
destrezas necesarias para ofrecer un servicio de calidad y se
diseñó un sistema de
evaluación y certificación en el
área profesional de la intervención temprana.
Para el año 1985, la Asociación Nacional para la
Educación Infantil entró en acuerdos con la
Administración de Servicios al Niño,
Jóvenes y Familias para asumir la responsabilidad de la certificación de los
profesionales de la Intervención Temprana.
En los años noventa aparece un nuevo concepto en la
educación de Puerto Rico. Surgen los centros de Desarrollo
Integrado o Early Head Start que brindan servicios a niños
desde el momento del nacimiento hasta que estén listos
para ingresar a los centros de Head Start. Estos centros fueron
creados por el Congreso como parte del Acta de
Reautorización de Head Start. Este nuevo concepto
educativo pretende minimizar los problemas que
pudieran enfrentar los niños en cuanto a su desarrollo
psicológico, motor y
cognoscitivo y los prepara para la experiencia educativa.
Estos niños pasan por un proceso adaptativo donde
aprenden destrezas necesarias para su desempeño en la educación
preescolar. Estos centros, pretenden apoyar a los padres y
encargados en su rol de educuidadores principales de sus hijos, y
en el esfuerzo de lograr la auto suficiencia, fortaleciendo los
sistemas de apoyo
a las familias con niños pequeños que existen en la
comunidad.
Por otro lado, existen en el país un sistema parecido
que se origina en la empresa
privada. Estos centros son conocidos como centros de cuidado
diurnos y su enfoque primordial es el cuidado primario de los
niños de empleados de dichas empresas. Estos
centros se sustentan económicamente de cuotas que pagan
los padres por el cuidado que reciben sus hijos. Estos centros
actualmente son licenciados y regulados bajo los estatutos,
reglas y reglamentos de la Administración de Familias y Niños
del Departamento de la Familia.
Agencia delegada y encargada de monitorear su funcionamiento
dentro de nuestro sistema de gobierno. Sus
horas de servicios dependerán de las necesidades del
sector social al cual se les brindan los mismos. La
filosofía de estos centros, aunque se enseñan
destrezas básicas a los niños, no es una educativa,
sino, una de cuidado primario para facilitar el diario de las
familias que trabajan.
Lo que se pretende con estos programas es
proveer servicios continuos, intensivos, amplios y abarcadores
para el desarrollo temprano del niño y la niña y el
apoyo a la familia de bajos
recursos económicos… – propósito de
Head Start/Early Head Start.
Es de vital importancia identificar e intervenir con los
niños desde los primeros momentos de la existencia.
Afortunadamente, las investigaciones
recientes, el perfeccionamiento de instrumentos de
diagnósticos y la tendencia a una intervención
temprana han producido una reacción pósitiva en la
sociedad y en las estructuras de
gobierno. Estas han asignado fondos a través de
legislación para ayudar a los programas de
intervención temprana, centros de cuidado diurnos y
centros de cuidado para niños con impedimentos diversos
(Rovira, 1992).
Los centros de intervención temprana cuentan con una
programática enfocada en dar servicios de alta calidad a
los niños y las familias. Para monitorear la calidad de
los servicios se ha creado un instrumento que guía a
dichos centros, este instrumento es llamado Instrumento de
revisión del programa de monitoría de los sistemas de las agencias
concecionarias de Head Start y Early Head Start (PRISM, por sus
siglas en inglés). El "PRISM" es un conjunto de
instrumentos y procesos con
un enfoque holístico que pretende observar las
interrelaciones entre los sistemas y procesos, utilizar un
enfoque integrado hacia la recopilación de datos, el
análisis y la toma de
decisiones, y que ve la provisión de servicios a
través del lente del niño y la familia focal.
El "PRISM" se basa en un enfoque de sistemas, un proceso
multifacético que utiliza multiples fuentes de
información, en el trabajo en equipo
y en el logro del consenso. Este instrumento pretende utilizar un
grupo diverso de niños y familias focales como ejemplo de
cómo el programa trabaja con éstos y la forma en
que los sistemas del programa apoyan los servicios provistos
(PRISM, 2000).
El instrumento se basa en preguntas claves que guían a
través del proceso a examinadores para poder evaluar
la ejecutoria de la agencia en un total de ocho sistemas
gerenciales y nueve áreas de provisiones de servicios.
Tabla: Sistemas gerenciales y provisiones de servicios del
"PRISM".
Sistemas gerenciales | Provisiones de servicios |
|
|
Nota: El instrumento del "PRISM" observa todas las
provisiones de servicios dentro de cada uno de los ocho sistemas
gerenciales.
En el área de los servicios educativos se observa
cómo el ambiente de
aprendizaje y
los miembros del personal de
enseñanza apoyan la implementación
del currículo. Se tiene la oportunidad de
observar un ambiente grupal para todos los niños y
cómo el ambiente, los adultos y el currículo sirven
de apoyo al niño. Se observan ocho conceptos claves en el
ambiente:
- Las interraciones y estrategias del maestro.
- El desarrollo
social y emocional del niño. - El desarrollo físico del
niño. - El desarrollo cognoscitivo y del lenguaje
del niño. - Prevención e intervención temprana en
la salud, nutrición,
salud
mental, seguridad y bienestar. - Individualización y servicios a niños
con discapacidades e impedimentos. - Asociaciones con las familias.
- El plan escrito
que incluya metas, experiencias, procesos y materiales
basados en principios
del desarrollo.
Existen otros aspectos importantes que observa el
"PRISM" en el área de servicios educativos. Estos aspectos
son:
- La planificación de la
implementación del currículo día a
día y semana a semana. - El uso de la información de los cernimientos,
evaluación continua y observaciones, y las ideas de
los padres con el fin de determinar cómo el programa
responde a las características, fortalezas y
necesidades individuales de los niños. - El uso de planificación para niños
con discapacidades e impedimientos con el fin de ayudar a
organizar el ambiente y planificar adecuadamente para los
niños. - Incorporar los asuntos de transición al
currículo. - Involucrar a los padres en el desarrollo del
currículo y el proceso de
planificación. - Proveer oportunidades a los padres para observar a
los niños, proveer insumo a los servicios de
educación y desarrollo del niño y participar en
conferencias entre los miembros del personal y los padres,
así como en las visitas a los hogares.
La fortaleza de este instrumento – que busca
monitorear los servicios de los centros – es su
sensibilidad a la gama en la calidad y la diversidad de los
mismos. Y que, es de naturaleza
holística basada en la integración de todos los
niveles. Esto ayuda a que los centros desarrollen y mantengan
estructuras organizacionales que apoyen los objetivos del
programa. Estas estructuras organizacionales proveen
oportunidades para determinar cómo los centros de
intervención temprana serán utilizados por el
personal para cubrir las necesidades de los niños durante
su desarrollo integral (Early Head Start National Resource
Center, 1991).
Leyes, normas, estatutos
y reglamentos
Los programas de intervención temprana son
regulados por una serie de leyes, normas,
estatutos y reglamentos que determinan sus servicios directos e
indirectos. Estos postulados deben velarse a su cabalidad para
poder ofrecer servicios de calidad que vayan consonos a la
comunidad que se sirve y que velen por la
individualización de los servicios ofrecidos a los
niños.
En Puerto Rico es necesario tener un licenciamiento a la
hora de abrir centros de intervención temprana o centros
de cuidado diurnos. El licenciamiento responde a la
preocupación del estado de que
los niños se le garantice un mínimo de
protección para que no sean explotados, abandonados,
maltratados o expuestos a cualquier daño
por personas ya sean por personal del centro o
voluntarios.
La ley número
3 de 15 de febrero de 1955, según enmendada faculta al
Departamento de la Familia en Puerto Rico a licenciar y
supervisar los centros públicos y privados que se dediquen
al cuido o intervención temprana de niños menores
de 18 años. Como refrerencia, se utilizan también
la Ley Número 170 de Procedimiento
Administrativo Uniforme, la Ley Número 81 que crea el
Departamento de Salud, la Ley Número 2 de septiembre de
1985 para crear la Oficina del
Procurador de las Personas con Impedimentos.
La oficina de licenciamiento ofrece servicios de
orientación, licenciamiento y supervisión de los centros. Esto ofrece una
ventaja a los centros ya que se previene el maltrato y la
negligencia a través de visitas de supervisión y
monitoría. Se vela que se ofrezca un servicio de calidad a
través de la orientación y el adiestramiento a
los proveedores
para que estén mejor capacitados para ofrecer los
servicios y se promueve el derecho al bienestar, la salud y la
seguridad según lo establecen los Derechos Civiles.
Tabla: Servicios de la Oficina de Licenciamiento del
Departamento de la Familia.
Orientación |
|
Licenciamiento |
|
Supervisión |
|
Otra regulación dentro de los centros de
intervención temprana es la que ofrecer un sistema de
confidencialidad en el uso y manejo de la información de
expedientes de los niños a los que se sirve. Esta debe
responder a leyes y reglamentos federales y estatales a nivel
federal regidas por los postulados del Federal Privacy Act de
1974, que establece legislación reglamentaria para el
manejo de expedientes e información confidencial de
programas subvencionados o administrados por el gobierno federal.
A nivel estatal existen varias leyes y reglamentos aplicables. Es
política pública del estado asegurar el mejor
interés, la protección y el
bienestar integral de los niños.
La ley 177 del 1 de agosto de 2003: Ley para el
Bienestar y la Protección Integral de la Niñez,
deroga la Ley Número 342 de 1999: Ley para el amparo de Menores
del Siglo XXI. Esta ley 177 expone lo siguiente:
- Establece que todos los expedientes serán
confidenciales y no serán revelados, excepto en los
casos y circunstancias en que específicamente lo
autorice la Ley. - Ninguna persona
tendrá acceso a los expedientes a menos que sea para
cumplir con propósitos directamente relacionados con
la administración de esta Ley. - Ninguna persona de las autorizadas a obtener
información confidencial conforme se dispone en esta
Ley, a excepción del sujeto del informe
podrá hacer pública dicha
información.
Además el Departamento de Salud en su reglamento de
Funcionamiento y Mantenimiento
de Facilidades de Salud de la Ley 101 del 26 de junio de 1965,
establece en su sección 2 lo siguiente:
- El expediente debe ser confidencial, actualizado,
legible, completo, refrendado y estar debidamente protegido
en un lugar que ofrezca seguridad y no podrá ser
divulgada, manteniendose en estricta confidencialidad la
identidad
de la persona.
Existe un código
de normas de ejecución (45 CFR 1304) que pretende velar
por el desarrollo individual de cada niño. Estas normas
garantizan el ayudarles a obtener conciencia,
destrezas y confianza para tener éxito.
Las normas de ejecución aplican a la programación para niños entre las
edades del nacimiento hasta los cinco años. En cuanto a la
confidencialidad y manejo de información se establece en
las mismas lo siguiente:
- Todas las políticas de confidencialidad
serán incorporadas en los manuales de
procedimientos
administrativos de los centros. - El director del centro debe asegurarse que el personal
que utilice las computadoras esté adiestrado para
operar el equipo en forma adecuada y segura, observando el
principio de confidencialidad. - El director debe asegurarse que se observen los
reglamentos y procedimientos establecidos para el acceso,
archivo,
manejo y disposición de la información sobre
las familias y los niños servidos. - No se autoriza a los empledos del centro a llevarse
expedientes ni documentos sobre los niños y las
familias en su automóvil o a su hogar. - El director debe responder a los procedimientos estatales
y federales establecidos para la protección del
usuario. - El director debe responder a procedimientos establecidos
que autoricen proyectos de
investigación o adiestramientos, observando
medidas de protección sobre la identificación
de las familias.
Por otro lado, la Ley 177 del 1 de agosto de 2003 establece
los pasos para no caer en maltrato institucional. Las agencias o
centros de intervención temprana deben seguir las
determinaciones de Ley que se establecen para no caer en
prácticas que se consideren maltrato o negligencia
institucional.
Existe un código de normas de ejecución (45 CFR
1304) que pretenden velar por el desarrollo individual de cada
niño. Estas normas aplican a la programática total
de los centros de Intervención Temprana y los servicios
que se ofrecen en los mismos.
Por otro lado, una de las leyes que regulan la educación
especial es la Ley ADA. La Ley ADA es aplicable a centros
de intervención temprana y centros de cuidado diurno es
por ello que se debe cumplir con el Título III de esta
ley. Los centros que sean financiados por fondos de gobierno
deben cumplir con el Título II. Los centros
administrados por entidades religiosas están excluidos
del Título III de la Ley ADA, pero no están
exentos de cumplir con la misa. Es por ello que los centros no
pueden asumir que las necesidades de un niño son muy
severas para que este no pueda integrarse de manera exitosa al
programa y es por esto que se debe realizar una
avaluación individualizada. El hecho de necesitar
atención individualizada no es imperativo de que pueda
ser rechazado en los centros ya que el mismo puede ser
integrado sin alterar fundamentalmente los procedimientos de la
prográmatica de los centro de intervención
temprana o cuidado diurno (APNi, 2004).
A base de este aspecto de integración educativa se ha
creado la Ley Federal "Que Ningún Niño Se Quede
Atrás" (No Child Left Behind). Lo que pretende esta Ley
es lo siguiente:
Otorgación de mayores fondos para la
educación.
Responsabilidad de las entidades educativas por el aprendizaje
del menor. Se debe garantizar que el menor está
aprendiendo.
Mayor control y
flexibilidad para la utilización de los fondos en las
áreas de mayor necesidad por parte del estado.
Oportunidad de mejorar el sistema educativo.
Centraliza la atención en métodos
de enseñanza de comprobada eficacia.
Provee fondos para la reeducación de los
maestros.
Provee fondos para ayudar a que los niños aprendan a
leer.
Permite el traslado a mejores instituciones públicas de
educación.
Ofrecimiento de tutoría gratuita.
Requiere evaluación del aprendizaje de los
niños.
Esta ley es extensiva a todos los sectores estudiantiles del
país. Es por ello que se hace extensiva a la
matrícula excepcional para que exista un mayor esfuerzo
por lograr un desarrollo óptimo de las destrezas
psicomotoras de esta matrícula.
Los centros deben cumplir con los reglamentos y
certificaciones necesarios para su operación. Entre estas
certificaciones o permisos están:
- Certificación del Cuerpo de Bomberos de Puerto
Rico - Certificación de Uso de Facilidades de ARPE.
- Certificación del Departamento de Salud.
- Certificado Médico vigente de todos los
empledos.
Cualquier otro documento solicitado al momento de ofrecer
servicios directos a los menores y las familias como por ejemplo:
certificado de antecedentes penales de la Policia de Puerto Rico,
Manuales de Emergencias, Regalmentos de Padres, Actas del Manejo
de uso de drogas,
alcohol y
cigarrillo y demás.
Organización
administrativa y físcal
La
organización de los centros de intervención
temprana se basan en un un conjunto de servicios integrados en
los que se pretende responder a las necesidades de los
niños a los cuales se sirve. Esta organización depende de cada una de las
partes para que su funcionamiento sea uno cabal y de servicios de
calidad para las familias, los niños y la comunidad en
general. Observese en el siguiente organigrama los
servicios que se ofrecen:
Para ver el gráfico seleccione la
opción "Descargar" del menú superior
El concesionario es la entidad –
pública o privada – que fiscalizará los
fondos y la programática de los centros. Este
concesionario es el encargado de establecer las reglamentaciones
y procedimientos en conjunto con la Junta de Gobierno y la Junta
de Política Normativa (constituida por padres que reciben
los servicios). El director es el encargado de monitorear los
servicios dentro del centro y es el encargado de velar que se
cumplan los objetivos y metas de la entidad.
Los fondos son manejados por el área
físcal que esta bajo la monitoría directa del
director, la junta de gobierno, la junta de Política
Pública y el concecionario. Estos fondos serán
utilizados para la compra de materiales y pagare de servicios
profesionales para que se brinden los servicios directos. Estos
fondos son transferidos por partidas económicas del
Gobierno Federal, que es quien monitorea y físcaliza la
utilización adecuada de los mismos en períodos de
un año físcal. De existir un sobrante de fondos los
mismos (el sobrante) es descontinuado de la tranferencia
inicial.
Ejemplo:
- Año físcal 2001-2002 con una partida de $
1,000,000.00 con un sobrante de $5,000.00. - Año físcal 2002-2003 con una partida de $
995,000.00 debido a la resta de $ 5,000.00 del sobrante del
año físcal anterior ya que se sobre entiende no
son necesarios.
Existen partidas dentro de los fondos para ser utilizadas por
los padres para crecimiento profesional y actividades
relacionadas a su función de
cuidadores primarios de sus hijos.
La intervención temprana como servicio público
intenta velar por el bienestar social de los individuos a los que
sirve. Por esto, los centros de intervención temprana
ofrecen una serie de servicios integrados que busca cubrir todas
las necesidades básicas de los niños. Estos
servicios son de manera directa, por lo que los padres pueden
solicitar los mismos en el momento que lo crean necesarios. A
continuación una lista de los servicios integrados que se
ofrecen en estos centros:
- Transportación: se ofrece este servicio de
recogido y entrga de matrícula desde los hogares al
centro y del centro hasta los hogares para niños que
no cuentan con transportación privada. Este servicio
es gratuito. - Alimentación: La matrícula recibirá
desayuno, almuerzo y merienda diariamente durante los
servicios en el centro. Se ofrecerán dietas especiales
a los niños que así lo requieran. Los fondos
serán subvencionados por el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos. - Salud: Se ofrecerá cernimientos dentales,
laboratorios, visual y de desarrollo psicomotor a todos los
niños por lo menos cada seis meses. Se ofrecerá
servicios de pediatría, enfermería, psicología,
nutrición y otros a los niños y sus
familias. - Seguridad: S ofrecerá un servicio y un ambiente
seguro para
el desarrollo óptimo de totas las
potencialidades. - Educación: se ofrecerá un máximo de
siete horas y media de servicios educativos directos al
día en una semana de días laborables. Estos
servicios incluyen especialistas, maestros, cuidadores y
terapistas. - Alianzas: este servicio incluye las visitas a los hogares
y la orientación a través de Trabajadores
Sociales.
La matrícula de estos centros son niños de bajo
recursos y familias jóvenes o mujeres embarazadas que
están trabajando o estudiando o están en proceso de
hacerlo. Estos niños corren una selección de
matrícula donde se comparan las necesidades y tablas de
ingresos para
decidir si aplican o no para el servicio. Un siete por ciento de
estos niños deben ser con necesidades especiales en el
desarrollo.
Para cumplir con sus objetivos a cabalidad los centros crean
alianzas comunitarias que apoyen los servicios que se ofrecen.
Estas alianzas van desde donaciones por parte del comercio local
para ofrecerle a las familias materiales de primera necesidad
hasta servicios directos de recursos comunitarios para los
niños y sus familias.
Los servicios que ofrecen estas alianzas serán
totalmente voluntarias y no se esperará recompensas por
los mismos. Las familias de bajos recursos económicos y de
mayor necesidad tendrán la prioridad de los servicios para
velar su bienestar social.
La participación de las familias y la comunidad
es esencial para el crecimiento de los programas. Estas
asociaciones entre equipo de trabajo de los centros, la familia
y la camunidad se basan en unas espectativas de alcance para
satisfacer las necesidades de los centros y las familias,
creando así servicios comunitarios de
calidad.
Los servicios del área funcional de la familia
y la comunidad se ofrecen basados en las siguientes
espectativas de alcance:
Establecer metas con las familias.
Apoyar a las familias en el proceso de accesar los
servicios y recursos disponibles en la comunidad.
Apoyar y motivar la involucración de los padres
en las actividades del programa.
Promover la participación de los padres en las
actividades del desarrollo de los niños.
Fomentar la participación de los padres como
portavoces de la comunidad.
Promover la participación de los padres en las
actividades de transición y en las visitas a los
hogares.
Fomentar la labor voluntaria por parte de los miembros
del núcleo familiar y la comunidad.
Servir de enlace entre el programa y la
familia.
Identificar las necesidades de las
familias.
Proveer servicios de consejería y apoyo a las
familas.
Intervención en las crisis y
emergencias.
Orientar a las familias sobre la protección a
menores y la ley que les protege.
Proveer oportunidades de acrecentar las destrezas de
la paternidad, el
conocimiento y entendimiento de las necesidades educativas
y de desarrollo y de las actividades de sus
niños.
Ayudar a los padres a convertirse en los defensores
principales de sus niños.
Al igual que las otras áreas funcionales de la
intervención temprana, el área de la familia y la
comunidad están regidas por las normas de
ejecución 45 CFR 1304. Estas regulaciones para el
área funcional de la familia y la comunidad
son:
1304.40: Envolverse en un proceso de alianzas
colaborativas con cada familia para desarrollar un acuerdo de
alianza con la familia. El proceso incluye establecer confianza
mutua; identificar metas y fortalezas de la familia y los
servicios y apoyos necesarios; establecer los papeles que
asumirá el personal y las familias al trabajar para
lograr las metas y, según sea apropiado, construir sobre
la información obtenida de la familia y de otras
agencias de la comunidad en relación a planes y metas
preexistentes para la familia.
1304.41: Asumir un rol en la planificación
comunitaria y establecer relaciones continuas en
colaboración con organizaciones
de la comunidad para promover el acceso de los niños y
las familias a los servicios de la comunidad que respondan a
sus necesidades.
Al igual que las normas de ejecución, el
Instrumento del "PRISM" se basa en aspectos importantes para
determinar la calidad de las alianzas entre las familias y la
comunidad. Estos aspectos garantizadores son:
Reuniones e interacciones individuales que respeten la
diversidad y el transfondo cultural de cada familia.
Oportunidades para que los padres desarrollen
relaciones con los miembros del personal del programa y
participen en el proceso de un acuerdo individualizado de
asociaciones con las familias.
Que los miembros del personal trabajen con las
familias durante el año para identificar sus metas,
fortalezas y servicios y apoyos necesarios, así como
para describir el progreso en el logro de las metas de las
familias.
El trabajo con los padres para identificar y accesar
servicios y recursos que respondan a sus intereses y metas y el
seguimiento con estos con el fin de asegurar que los referidos
cumplan con sus espectativas y circunstancias.
Que los programas que matriculan a mujeres
embarazadas, bebés y niños ayuden a las mujeres
embarazadas a tener acceso a un cuidado prenatal y postnatal
abarcador.
Los padres están involucrados en el desarrollo
del programa de servicios para los niños, incluyendo las
visitas al hogar, conferencias con los padres, provisiones de
servicios para el cuidado de la salud de los niños, el
desarrollo del currículo, la planificación,
implementación y evaluación de los servicios de
nutrición y el desarrollo e implementación de los
servicios para niños con discapacidades.
Las oportunidades respondan a los intereses y
necesidades actuales y expresadas de los padres como individuos
y de los grupos de
padres.
los padres tengan oportunidad de acrecentar sus
destrezas y conocimientos en las áreas del desarrollo y
crecimiento de sus hijos; prevención del maltrato de
menores; alfabeltización de la familia y
otros.
Desarrolla asociaciones con la comunidad, sustentadas
por acuerdos interagenciales, según sea
adecuado.
Establece colaboración dentro de la agencia
concesionaria y entre agencias.
Promueve el acceso de los niños, las familias y
las mujeres embarazadas, según sea apropiado, a
servicios de la comunidad que respondan a sus necesidades, tal
como el cuidado infantil.
Coordina los servicios a los niños con
discapacidades y sus familias con las agencias en la
comunidad.
Alienta a los voluntarios a participar en los
programas.
Apoya a las transiciones de las familias hacia, a
través y fuera de los programas.
Establece y mantiene un Comité Asesor de
Servicios de Salud efectivo que incluya a los padres,
profesionales y otros voluntarios de la comunidad.
16. Establece y mantiene otros comités asesores
de servicios, según sean apropiados, con el fin de
considerar asuntos del programa y ayudarle a responder a las
necesidades expresadas de las familias y la
comunidad.
Las siguientes metas y objetivos son recomendadas por
Dombro (2000):
Establecer la cooperación con las
familias
Involucrar a las familias en el proceso de
planificación y evaluación del
programa.
Escuchar y comentar las preguntas, preocupaciones,
observaciones y percepciones de las familias respecto a sus
niños.
Hablar con las familias regularmente a la hora de
llegar y de regresar sobre cómo les va a los
niños en casa y en el programa.
Programar con frecuencia reuniones y visitas a los
hogares.
Comentar con las familias los comportamientos
desafiantes.
Resolver los desacuerdos con las familias
respetuosamente.
Ayudar a las familias a acceder a los recursos
comunitarios.
Respaldar a las familias en su rol de
padres
Demostrar respeto por
el enfoque familiar respecto a la crianza y sus sentimientos
acerca de compartir el cuidado infantil.
Celebrar con las familias cada logro del desarrollo de
sus niños.
Incorporar en el programa diario las costumbres y
preferencias de las familias.
Ofrecer seminarios y capacitación en desarrollo infantil y
otros temas de interés por las familias.
Ayudarle a las familias a relacionarse entre sí
para intercambiar información y apoyarse
mutuamente.
Respaldar a las familias en su papel de principales
educadores de los niños.
Animar a las familias a participar en las actividades
del programa.
Ofrecerle a las familias estrategias para fomentar el
aprendizaje de los niños en casa.
Se ha observado y estudiado que la intervención
temprana es la base fundamental para la educación formal
del estado. Este período educativo en la edad temprana
ayudará al niño a sentirse preparado para el
momento de la transición a la escuela. Lo
que pretende la intervención temprana es desarrollar
los valores
y destrezas educativas en el niño para hacerlo uno
más capaz en la sociedad educativa a la que se
enfrentará en el futuro.
Debería existir un mayor apoyo por parte del
sistema educativo para hacer de esta etapa educativa una
oficial y que vaya encaminada a formar hombres y mujeres
capaces de sobre salir en el desarrollo psicomotor y en las
hábilidades, haciendo de cada uno de elllos un ser
útil a la sociedad. Trabajando en conjunto para mejorar
la calidad del ambiente en el cual se desempeñe en un
futuro y creando así mayor apoyo en los servicios de
bienestar social dentro de la política pública en
la educación de Puerto Rico.
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Norman J. de Jesús de Jesús
Marzo de 2005
Santa Isabel, Puerto Rico
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