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La intervención (educación) temprana como bienestar social en Puerto Rico




Enviado por Norman Joel de Jesús



    1. Historia de la
      intervención temprana
    2. Programática de los
      centros
    3. Leyes, normas, estatutos y
      reglamentos
    4. Organización
      administrativa y fiscal
    5. Servicios
      integrados
    6. Alianzas
      comunitarias
    7. Conclusión
    8. Bibliografía

    Introducción

    La política
    pública de la educación en
    Puerto Rico se
    encuentra en un proceso de
    crecimiento ya que se está evaluando el crecimiento de los
    servicios que
    se ofrecen. Estos servicios lo que pretenden es garantizar un
    bienestar social a todo individuo de
    la comunidad desde
    el nacimiento hasta la muerte.
    Estos servicios pretenden garantizar servicios educativos, de
    seguridad,
    salud y alianzas
    comunitarias que ayuden a mejorar la calidad de
    vida de los residentes a los cuales se sirve. Este es el caso
    de la intervención temprana en Puerto Rico que ha venido a
    satisfacer una necesidad básica de cuidado y desarrollo de
    las potencialidades psicomotoras de los niños y
    el bienestar de las familias con necesidades
    básicas.

    Historia de la
    intervención temprana.

    El campo de la intervención temprana en Puerto
    Rico ha tenido un gran auge en los últimos años.
    Hace poco más de cinco décadas llegaron a la isla
    los centros de Head Start con el propósito de educar a los
    niños de bajos recursos que
    comprendían las edades de cuatro años y que no
    podían entrar al sistema
    educativo del país debido a la poca edad que
    tenían. Este periodo histórico se distingue por los
    esfuerzos innovadores a nivel nacional para mejorar la vida de
    los niños viviendo en la pobreza. En
    ese tiempo casi la
    mitad de los pobres de la nación
    eran niños, la gran mayoría menores de doce
    años. Estos centros tuvieron gran acogida entre el sector
    de bajos recursos económicos que aprovecharon este
    servicio al
    máximo.

    El programa Head
    Start, que al comienzo brindaba servicios durante el verano,
    creció con el paso de los tiempos hasta convertirse en un
    programa de día completo y año completo. Se
    convirtió así en un programa de desarrollo para los
    niños y las familias abarcador y multigeneracional. El
    objetivo
    principal de estos centros era educar a la sociedad desde
    el comienzo de su niñez y educar a las familias para la
    integración
    socio-educativa.

    Para la década de los 1960, ya se habían
    establecido varios centros de Head Start en municipios de la isla
    debido al crecimiento de la población de niños entre las edades
    de cuatro a cinco años. Para esta década muchas
    mujeres tuvieron que irse a trabajar y se acrecentó la
    necesidad de estos centros a nivel local e internacional.

    Para el 1970 la
    Administración de Servicios al Niño,
    Jóvenes y Familias del Departamento de Salud,
    Educación y Bienestar Federal anunció su compromiso
    para mejorar la calidad de los
    servicios, concentrandose en el rendimiento profesional de las
    personas involucradas en el proceso de la intervención
    temprana. En 1971, la agencia convocó a un grupo de
    expertos para crear un reconocimiento profesional en el
    área de trabajo. Para
    el 1972, se estableció un grupo de competencias y
    destrezas necesarias para ofrecer un servicio de calidad y se
    diseñó un sistema de
    evaluación y certificación en el
    área profesional de la intervención temprana.

    Para el año 1985, la Asociación Nacional para la
    Educación Infantil entró en acuerdos con la
    Administración de Servicios al Niño,
    Jóvenes y Familias para asumir la responsabilidad de la certificación de los
    profesionales de la Intervención Temprana.

    En los años noventa aparece un nuevo concepto en la
    educación de Puerto Rico. Surgen los centros de Desarrollo
    Integrado o Early Head Start que brindan servicios a niños
    desde el momento del nacimiento hasta que estén listos
    para ingresar a los centros de Head Start. Estos centros fueron
    creados por el Congreso como parte del Acta de
    Reautorización de Head Start. Este nuevo concepto
    educativo pretende minimizar los problemas que
    pudieran enfrentar los niños en cuanto a su desarrollo
    psicológico, motor y
    cognoscitivo y los prepara para la experiencia educativa.

    Estos niños pasan por un proceso adaptativo donde
    aprenden destrezas necesarias para su desempeño en la educación
    preescolar. Estos centros, pretenden apoyar a los padres y
    encargados en su rol de educuidadores principales de sus hijos, y
    en el esfuerzo de lograr la auto suficiencia, fortaleciendo los
    sistemas de apoyo
    a las familias con niños pequeños que existen en la
    comunidad.

    Por otro lado, existen en el país un sistema parecido
    que se origina en la empresa
    privada. Estos centros son conocidos como centros de cuidado
    diurnos y su enfoque primordial es el cuidado primario de los
    niños de empleados de dichas empresas. Estos
    centros se sustentan económicamente de cuotas que pagan
    los padres por el cuidado que reciben sus hijos. Estos centros
    actualmente son licenciados y regulados bajo los estatutos,
    reglas y reglamentos de la Administración de Familias y Niños
    del Departamento de la Familia.
    Agencia delegada y encargada de monitorear su funcionamiento
    dentro de nuestro sistema de gobierno. Sus
    horas de servicios dependerán de las necesidades del
    sector social al cual se les brindan los mismos. La
    filosofía de estos centros, aunque se enseñan
    destrezas básicas a los niños, no es una educativa,
    sino, una de cuidado primario para facilitar el diario de las
    familias que trabajan.

    Lo que se pretende con estos programas es
    proveer servicios continuos, intensivos, amplios y abarcadores
    para el desarrollo temprano del niño y la niña y el
    apoyo a la familia de bajos
    recursos económicos…
    – propósito de
    Head Start/Early Head Start.

    Es de vital importancia identificar e intervenir con los
    niños desde los primeros momentos de la existencia.
    Afortunadamente, las investigaciones
    recientes, el perfeccionamiento de instrumentos de
    diagnósticos y la tendencia a una intervención
    temprana han producido una reacción pósitiva en la
    sociedad y en las estructuras de
    gobierno. Estas han asignado fondos a través de
    legislación para ayudar a los programas de
    intervención temprana, centros de cuidado diurnos y
    centros de cuidado para niños con impedimentos diversos
    (Rovira, 1992).

    Programática
    de los centros.

    Los centros de intervención temprana cuentan con una
    programática enfocada en dar servicios de alta calidad a
    los niños y las familias. Para monitorear la calidad de
    los servicios se ha creado un instrumento que guía a
    dichos centros, este instrumento es llamado Instrumento de
    revisión del programa de monitoría de los sistemas de las agencias
    concecionarias de Head Start y Early Head Start (PRISM, por sus
    siglas en inglés). El "PRISM" es un conjunto de
    instrumentos y procesos con
    un enfoque holístico que pretende observar las
    interrelaciones entre los sistemas y procesos, utilizar un
    enfoque integrado hacia la recopilación de datos, el
    análisis y la toma de
    decisiones, y que ve la provisión de servicios a
    través del lente del niño y la familia focal.

    El "PRISM" se basa en un enfoque de sistemas, un proceso
    multifacético que utiliza multiples fuentes de
    información, en el trabajo en equipo
    y en el logro del consenso. Este instrumento pretende utilizar un
    grupo diverso de niños y familias focales como ejemplo de
    cómo el programa trabaja con éstos y la forma en
    que los sistemas del programa apoyan los servicios provistos
    (PRISM, 2000).

    El instrumento se basa en preguntas claves que guían a
    través del proceso a examinadores para poder evaluar
    la ejecutoria de la agencia en un total de ocho sistemas
    gerenciales y nueve áreas de provisiones de servicios.

    Tabla: Sistemas gerenciales y provisiones de servicios del
    "PRISM".

    Sistemas gerenciales

    Provisiones de servicios

    • Dirección y gobierno del
      programa
    • Planificación
    • Comunicación
    • Manejo de documentos, expedientes e informes
    • Monitoría contínua
    • Auto-evaluaciones
    • Recursos humanos
    • Administración fiscal
    • Prevención e intervención
      temprana
    • Individualización
    • Servicio a niños con discapacidades e
      impedimientos
    • Currículo
    • Formación de asociaciones con las
      familias
    • Participación de padres
    • Asociaciones con la comunidad
    • Elegibilidad, reclutamiento, selección de matrícula y
      asistencia
    • Establecimientos, materiales y equipos

    Nota: El instrumento del "PRISM" observa todas las
    provisiones de servicios dentro de cada uno de los ocho sistemas
    gerenciales.

    En el área de los servicios educativos se observa
    cómo el ambiente de
    aprendizaje y
    los miembros del personal de
    enseñanza apoyan la implementación
    del currículo. Se tiene la oportunidad de
    observar un ambiente grupal para todos los niños y
    cómo el ambiente, los adultos y el currículo sirven
    de apoyo al niño. Se observan ocho conceptos claves en el
    ambiente:

    1. Las interraciones y estrategias del maestro.
    2. El desarrollo
      social y emocional del niño.
    3. El desarrollo físico del
      niño.
    4. El desarrollo cognoscitivo y del lenguaje
      del niño.
    5. Prevención e intervención temprana en
      la salud, nutrición,
      salud
      mental, seguridad y bienestar.
    6. Individualización y servicios a niños
      con discapacidades e impedimentos.
    7. Asociaciones con las familias.
    8. El plan escrito
      que incluya metas, experiencias, procesos y materiales
      basados en principios
      del desarrollo.

    Existen otros aspectos importantes que observa el
    "PRISM" en el área de servicios educativos. Estos aspectos
    son:

    1. La planificación de la
      implementación del currículo día a
      día y semana a semana.
    2. El uso de la información de los cernimientos,
      evaluación continua y observaciones, y las ideas de
      los padres con el fin de determinar cómo el programa
      responde a las características, fortalezas y
      necesidades individuales de los niños.
    3. El uso de planificación para niños
      con discapacidades e impedimientos con el fin de ayudar a
      organizar el ambiente y planificar adecuadamente para los
      niños.
    4. Incorporar los asuntos de transición al
      currículo.
    5. Involucrar a los padres en el desarrollo del
      currículo y el proceso de
      planificación.
    6. Proveer oportunidades a los padres para observar a
      los niños, proveer insumo a los servicios de
      educación y desarrollo del niño y participar en
      conferencias entre los miembros del personal y los padres,
      así como en las visitas a los hogares.

    La fortaleza de este instrumento – que busca
    monitorear los servicios de los centros – es su
    sensibilidad a la gama en la calidad y la diversidad de los
    mismos. Y que, es de naturaleza
    holística basada en la integración de todos los
    niveles. Esto ayuda a que los centros desarrollen y mantengan
    estructuras organizacionales que apoyen los objetivos del
    programa. Estas estructuras organizacionales proveen
    oportunidades para determinar cómo los centros de
    intervención temprana serán utilizados por el
    personal para cubrir las necesidades de los niños durante
    su desarrollo integral (Early Head Start National Resource
    Center, 1991).

    Leyes, normas, estatutos
    y reglamentos

    Los programas de intervención temprana son
    regulados por una serie de leyes, normas,
    estatutos y reglamentos que determinan sus servicios directos e
    indirectos. Estos postulados deben velarse a su cabalidad para
    poder ofrecer servicios de calidad que vayan consonos a la
    comunidad que se sirve y que velen por la
    individualización de los servicios ofrecidos a los
    niños.

    En Puerto Rico es necesario tener un licenciamiento a la
    hora de abrir centros de intervención temprana o centros
    de cuidado diurnos. El licenciamiento responde a la
    preocupación del estado de que
    los niños se le garantice un mínimo de
    protección para que no sean explotados, abandonados,
    maltratados o expuestos a cualquier daño
    por personas ya sean por personal del centro o
    voluntarios.

    La ley número
    3 de 15 de febrero de 1955, según enmendada faculta al
    Departamento de la Familia en Puerto Rico a licenciar y
    supervisar los centros públicos y privados que se dediquen
    al cuido o intervención temprana de niños menores
    de 18 años. Como refrerencia, se utilizan también
    la Ley Número 170 de Procedimiento
    Administrativo Uniforme, la Ley Número 81 que crea el
    Departamento de Salud, la Ley Número 2 de septiembre de
    1985 para crear la Oficina del
    Procurador de las Personas con Impedimentos.

    La oficina de licenciamiento ofrece servicios de
    orientación, licenciamiento y supervisión de los centros. Esto ofrece una
    ventaja a los centros ya que se previene el maltrato y la
    negligencia a través de visitas de supervisión y
    monitoría. Se vela que se ofrezca un servicio de calidad a
    través de la orientación y el adiestramiento a
    los proveedores
    para que estén mejor capacitados para ofrecer los
    servicios y se promueve el derecho al bienestar, la salud y la
    seguridad según lo establecen los Derechos Civiles.

    Tabla: Servicios de la Oficina de Licenciamiento del
    Departamento de la Familia
    .

    Orientación

    • Se orienta a la ciudadanía sobre los objetivos,
      servicios y normas del programa, a través de
      entrevistas individuales, reuniones y
      campañas de públicidad.

    Licenciamiento

    • Evaluar la facilidad, documentos, reglamentos y
      servicios de funcionamiento de acuerdo a los requisitos
      establecidos en el Reglamento 4758.
    • Orienta a los operadores sobre las áreas
      que requieren atención y provee asistencia
      técnica.
    • Otorga y deniega la licencia o
      certificación.

    Supervisión

    • Verificar que el establecimiento
      continúa cumpliendo con las leyes y
      reglamentos.
    • Ofrecer asistencia técnica sobre
      cómo ampliar, mejorar y proveer un servicio de
      calidad.
    • Labor de prevención de Maltrato y
      Negligencia a los niños a través de la
      orientación.
    • Recomendar otorgación de licencia si
      cumple con los requisitos o si se procede a cancelar la
      licencia o certificación porque no cumple con la
      reglamentación.

     Otra regulación dentro de los centros de
    intervención temprana es la que ofrecer un sistema de
    confidencialidad en el uso y manejo de la información de
    expedientes de los niños a los que se sirve. Esta debe
    responder a leyes y reglamentos federales y estatales a nivel
    federal regidas por los postulados del Federal Privacy Act de
    1974, que establece legislación reglamentaria para el
    manejo de expedientes e información confidencial de
    programas subvencionados o administrados por el gobierno federal.
    A nivel estatal existen varias leyes y reglamentos aplicables. Es
    política pública del estado asegurar el mejor
    interés, la protección y el
    bienestar integral de los niños.

    La ley 177 del 1 de agosto de 2003: Ley para el
    Bienestar y la Protección Integral de la Niñez,
    deroga la Ley Número 342 de 1999: Ley para el amparo de Menores
    del Siglo XXI. Esta ley 177 expone lo siguiente:

    • Establece que todos los expedientes serán
      confidenciales y no serán revelados, excepto en los
      casos y circunstancias en que específicamente lo
      autorice la Ley.
    • Ninguna persona
      tendrá acceso a los expedientes a menos que sea para
      cumplir con propósitos directamente relacionados con
      la administración de esta Ley.
    • Ninguna persona de las autorizadas a obtener
      información confidencial conforme se dispone en esta
      Ley, a excepción del sujeto del informe
      podrá hacer pública dicha
      información.

    Además el Departamento de Salud en su reglamento de
    Funcionamiento y Mantenimiento
    de Facilidades de Salud de la Ley 101 del 26 de junio de 1965,
    establece en su sección 2 lo siguiente:

    • El expediente debe ser confidencial, actualizado,
      legible, completo, refrendado y estar debidamente protegido
      en un lugar que ofrezca seguridad y no podrá ser
      divulgada, manteniendose en estricta confidencialidad la
      identidad
      de la persona.

    Existe un código
    de normas de ejecución (45 CFR 1304) que pretende velar
    por el desarrollo individual de cada niño. Estas normas
    garantizan el ayudarles a obtener conciencia,
    destrezas y confianza para tener éxito.
    Las normas de ejecución aplican a la programación para niños entre las
    edades del nacimiento hasta los cinco años. En cuanto a la
    confidencialidad y manejo de información se establece en
    las mismas lo siguiente:

    • Todas las políticas de confidencialidad
      serán incorporadas en los manuales de
      procedimientos
      administrativos de los centros.
    • El director del centro debe asegurarse que el personal
      que utilice las computadoras esté adiestrado para
      operar el equipo en forma adecuada y segura, observando el
      principio de confidencialidad.
    • El director debe asegurarse que se observen los
      reglamentos y procedimientos establecidos para el acceso,
      archivo,
      manejo y disposición de la información sobre
      las familias y los niños servidos.
    • No se autoriza a los empledos del centro a llevarse
      expedientes ni documentos sobre los niños y las
      familias en su automóvil o a su hogar.
    • El director debe responder a los procedimientos estatales
      y federales establecidos para la protección del
      usuario.
    • El director debe responder a procedimientos establecidos
      que autoricen proyectos de
      investigación o adiestramientos, observando
      medidas de protección sobre la identificación
      de las familias.

    Por otro lado, la Ley 177 del 1 de agosto de 2003 establece
    los pasos para no caer en maltrato institucional. Las agencias o
    centros de intervención temprana deben seguir las
    determinaciones de Ley que se establecen para no caer en
    prácticas que se consideren maltrato o negligencia
    institucional.

    Existe un código de normas de ejecución (45 CFR
    1304) que pretenden velar por el desarrollo individual de cada
    niño. Estas normas aplican a la programática total
    de los centros de Intervención Temprana y los servicios
    que se ofrecen en los mismos.

    Por otro lado, una de las leyes que regulan la educación
    especial es la Ley ADA. La Ley ADA es aplicable a centros
    de intervención temprana y centros de cuidado diurno es
    por ello que se debe cumplir con el Título III de esta
    ley. Los centros que sean financiados por fondos de gobierno
    deben cumplir con el Título II. Los centros
    administrados por entidades religiosas están excluidos
    del Título III de la Ley ADA, pero no están
    exentos de cumplir con la misa. Es por ello que los centros no
    pueden asumir que las necesidades de un niño son muy
    severas para que este no pueda integrarse de manera exitosa al
    programa y es por esto que se debe realizar una
    avaluación individualizada. El hecho de necesitar
    atención individualizada no es imperativo de que pueda
    ser rechazado en los centros ya que el mismo puede ser
    integrado sin alterar fundamentalmente los procedimientos de la
    prográmatica de los centro de intervención
    temprana o cuidado diurno (APNi, 2004).

    A base de este aspecto de integración educativa se ha
    creado la Ley Federal "Que Ningún Niño Se Quede
    Atrás" (No Child Left Behind). Lo que pretende esta Ley
    es lo siguiente:

    Otorgación de mayores fondos para la
    educación.

    Responsabilidad de las entidades educativas por el aprendizaje
    del menor. Se debe garantizar que el menor está
    aprendiendo.

    Mayor control y
    flexibilidad para la utilización de los fondos en las
    áreas de mayor necesidad por parte del estado.

    Oportunidad de mejorar el sistema educativo.

    Centraliza la atención en métodos
    de enseñanza de comprobada eficacia.

    Provee fondos para la reeducación de los
    maestros.

    Provee fondos para ayudar a que los niños aprendan a
    leer.

    Permite el traslado a mejores instituciones públicas de
    educación.

    Ofrecimiento de tutoría gratuita.

    Requiere evaluación del aprendizaje de los
    niños.

    Esta ley es extensiva a todos los sectores estudiantiles del
    país. Es por ello que se hace extensiva a la
    matrícula excepcional para que exista un mayor esfuerzo
    por lograr un desarrollo óptimo de las destrezas
    psicomotoras de esta matrícula.

    Los centros deben cumplir con los reglamentos y
    certificaciones necesarios para su operación. Entre estas
    certificaciones o permisos están:

    1. Certificación del Cuerpo de Bomberos de Puerto
      Rico
    2. Certificación de Uso de Facilidades de ARPE.
    3. Certificación del Departamento de Salud.
    4. Certificado Médico vigente de todos los
      empledos.

    Cualquier otro documento solicitado al momento de ofrecer
    servicios directos a los menores y las familias como por ejemplo:
    certificado de antecedentes penales de la Policia de Puerto Rico,
    Manuales de Emergencias, Regalmentos de Padres, Actas del Manejo
    de uso de drogas,
    alcohol y
    cigarrillo y demás.

    Organización
    administrativa y físcal

    La
    organización de los centros de intervención
    temprana se basan en un un conjunto de servicios integrados en
    los que se pretende responder a las necesidades de los
    niños a los cuales se sirve. Esta organización depende de cada una de las
    partes para que su funcionamiento sea uno cabal y de servicios de
    calidad para las familias, los niños y la comunidad en
    general. Observese en el siguiente organigrama los
    servicios que se ofrecen:  

    Para ver el gráfico seleccione la
    opción "Descargar" del menú superior

      El concesionario es la entidad –
    pública o privada – que fiscalizará los
    fondos y la programática de los centros. Este
    concesionario es el encargado de establecer las reglamentaciones
    y procedimientos en conjunto con la Junta de Gobierno y la Junta
    de Política Normativa (constituida por padres que reciben
    los servicios). El director es el encargado de monitorear los
    servicios dentro del centro y es el encargado de velar que se
    cumplan los objetivos y metas de la entidad.

    Los fondos son manejados por el área
    físcal que esta bajo la monitoría directa del
    director, la junta de gobierno, la junta de Política
    Pública y el concecionario. Estos fondos serán
    utilizados para la compra de materiales y pagare de servicios
    profesionales para que se brinden los servicios directos. Estos
    fondos son transferidos por partidas económicas del
    Gobierno Federal, que es quien monitorea y físcaliza la
    utilización adecuada de los mismos en períodos de
    un año físcal. De existir un sobrante de fondos los
    mismos (el sobrante) es descontinuado de la tranferencia
    inicial.

    Ejemplo:

    • Año físcal 2001-2002 con una partida de $
      1,000,000.00 con un sobrante de $5,000.00.
    • Año físcal 2002-2003 con una partida de $
      995,000.00 debido a la resta de $ 5,000.00 del sobrante del
      año físcal anterior ya que se sobre entiende no
      son necesarios.

    Existen partidas dentro de los fondos para ser utilizadas por
    los padres para crecimiento profesional y actividades
    relacionadas a su función de
    cuidadores primarios de sus hijos.

    Servicios
    integrados

    La intervención temprana como servicio público
    intenta velar por el bienestar social de los individuos a los que
    sirve. Por esto, los centros de intervención temprana
    ofrecen una serie de servicios integrados que busca cubrir todas
    las necesidades básicas de los niños. Estos
    servicios son de manera directa, por lo que los padres pueden
    solicitar los mismos en el momento que lo crean necesarios. A
    continuación una lista de los servicios integrados que se
    ofrecen en estos centros:

    1. Transportación: se ofrece este servicio de
      recogido y entrga de matrícula desde los hogares al
      centro y del centro hasta los hogares para niños que
      no cuentan con transportación privada. Este servicio
      es gratuito.
    2. Alimentación: La matrícula recibirá
      desayuno, almuerzo y merienda diariamente durante los
      servicios en el centro. Se ofrecerán dietas especiales
      a los niños que así lo requieran. Los fondos
      serán subvencionados por el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos.
    3. Salud: Se ofrecerá cernimientos dentales,
      laboratorios, visual y de desarrollo psicomotor a todos los
      niños por lo menos cada seis meses. Se ofrecerá
      servicios de pediatría, enfermería, psicología,
      nutrición y otros a los niños y sus
      familias.
    4. Seguridad: S ofrecerá un servicio y un ambiente
      seguro para
      el desarrollo óptimo de totas las
      potencialidades.
    5. Educación: se ofrecerá un máximo de
      siete horas y media de servicios educativos directos al
      día en una semana de días laborables. Estos
      servicios incluyen especialistas, maestros, cuidadores y
      terapistas.
    6. Alianzas: este servicio incluye las visitas a los hogares
      y la orientación a través de Trabajadores
      Sociales.

    La matrícula de estos centros son niños de bajo
    recursos y familias jóvenes o mujeres embarazadas que
    están trabajando o estudiando o están en proceso de
    hacerlo. Estos niños corren una selección de
    matrícula donde se comparan las necesidades y tablas de
    ingresos para
    decidir si aplican o no para el servicio. Un siete por ciento de
    estos niños deben ser con necesidades especiales en el
    desarrollo.

    Alianzas
    comunitarias

    Para cumplir con sus objetivos a cabalidad los centros crean
    alianzas comunitarias que apoyen los servicios que se ofrecen.
    Estas alianzas van desde donaciones por parte del comercio local
    para ofrecerle a las familias materiales de primera necesidad
    hasta servicios directos de recursos comunitarios para los
    niños y sus familias.

    Los servicios que ofrecen estas alianzas serán
    totalmente voluntarias y no se esperará recompensas por
    los mismos. Las familias de bajos recursos económicos y de
    mayor necesidad tendrán la prioridad de los servicios para
    velar su bienestar social.

    La participación de las familias y la comunidad
    es esencial para el crecimiento de los programas. Estas
    asociaciones entre equipo de trabajo de los centros, la familia
    y la camunidad se basan en unas espectativas de alcance para
    satisfacer las necesidades de los centros y las familias,
    creando así servicios comunitarios de
    calidad.

    Los servicios del área funcional de la familia
    y la comunidad se ofrecen basados en las siguientes
    espectativas de alcance:

    Establecer metas con las familias.

    Apoyar a las familias en el proceso de accesar los
    servicios y recursos disponibles en la comunidad.

    Apoyar y motivar la involucración de los padres
    en las actividades del programa.

    Promover la participación de los padres en las
    actividades del desarrollo de los niños.

    Fomentar la participación de los padres como
    portavoces de la comunidad.

    Promover la participación de los padres en las
    actividades de transición y en las visitas a los
    hogares.

    Fomentar la labor voluntaria por parte de los miembros
    del núcleo familiar y la comunidad.

    Servir de enlace entre el programa y la
    familia.

    Identificar las necesidades de las
    familias.

    Proveer servicios de consejería y apoyo a las
    familas.

    Intervención en las crisis y
    emergencias.

    Orientar a las familias sobre la protección a
    menores y la ley que les protege.

    Proveer oportunidades de acrecentar las destrezas de
    la paternidad, el
    conocimiento y entendimiento de las necesidades educativas
    y de desarrollo y de las actividades de sus
    niños.

    Ayudar a los padres a convertirse en los defensores
    principales de sus niños.

    Al igual que las otras áreas funcionales de la
    intervención temprana, el área de la familia y la
    comunidad están regidas por las normas de
    ejecución 45 CFR 1304. Estas regulaciones para el
    área funcional de la familia y la comunidad
    son:

    1304.40: Envolverse en un proceso de alianzas
    colaborativas con cada familia para desarrollar un acuerdo de
    alianza con la familia. El proceso incluye establecer confianza
    mutua; identificar metas y fortalezas de la familia y los
    servicios y apoyos necesarios; establecer los papeles que
    asumirá el personal y las familias al trabajar para
    lograr las metas y, según sea apropiado, construir sobre
    la información obtenida de la familia y de otras
    agencias de la comunidad en relación a planes y metas
    preexistentes para la familia.

    1304.41: Asumir un rol en la planificación
    comunitaria y establecer relaciones continuas en
    colaboración con organizaciones
    de la comunidad para promover el acceso de los niños y
    las familias a los servicios de la comunidad que respondan a
    sus necesidades.

    Al igual que las normas de ejecución, el
    Instrumento del "PRISM" se basa en aspectos importantes para
    determinar la calidad de las alianzas entre las familias y la
    comunidad. Estos aspectos garantizadores son:

    Reuniones e interacciones individuales que respeten la
    diversidad y el transfondo cultural de cada familia.

    Oportunidades para que los padres desarrollen
    relaciones con los miembros del personal del programa y
    participen en el proceso de un acuerdo individualizado de
    asociaciones con las familias.

    Que los miembros del personal trabajen con las
    familias durante el año para identificar sus metas,
    fortalezas y servicios y apoyos necesarios, así como
    para describir el progreso en el logro de las metas de las
    familias.

    El trabajo con los padres para identificar y accesar
    servicios y recursos que respondan a sus intereses y metas y el
    seguimiento con estos con el fin de asegurar que los referidos
    cumplan con sus espectativas y circunstancias.

    Que los programas que matriculan a mujeres
    embarazadas, bebés y niños ayuden a las mujeres
    embarazadas a tener acceso a un cuidado prenatal y postnatal
    abarcador.

    Los padres están involucrados en el desarrollo
    del programa de servicios para los niños, incluyendo las
    visitas al hogar, conferencias con los padres, provisiones de
    servicios para el cuidado de la salud de los niños, el
    desarrollo del currículo, la planificación,
    implementación y evaluación de los servicios de
    nutrición y el desarrollo e implementación de los
    servicios para niños con discapacidades.

    Las oportunidades respondan a los intereses y
    necesidades actuales y expresadas de los padres como individuos
    y de los grupos de
    padres.

    los padres tengan oportunidad de acrecentar sus
    destrezas y conocimientos en las áreas del desarrollo y
    crecimiento de sus hijos; prevención del maltrato de
    menores; alfabeltización de la familia y
    otros.

    Desarrolla asociaciones con la comunidad, sustentadas
    por acuerdos interagenciales, según sea
    adecuado.

    Establece colaboración dentro de la agencia
    concesionaria y entre agencias.

    Promueve el acceso de los niños, las familias y
    las mujeres embarazadas, según sea apropiado, a
    servicios de la comunidad que respondan a sus necesidades, tal
    como el cuidado infantil.

    Coordina los servicios a los niños con
    discapacidades y sus familias con las agencias en la
    comunidad.

    Alienta a los voluntarios a participar en los
    programas.

    Apoya a las transiciones de las familias hacia, a
    través y fuera de los programas.

    Establece y mantiene un Comité Asesor de
    Servicios de Salud efectivo que incluya a los padres,
    profesionales y otros voluntarios de la comunidad.

    16. Establece y mantiene otros comités asesores
    de servicios, según sean apropiados, con el fin de
    considerar asuntos del programa y ayudarle a responder a las
    necesidades expresadas de las familias y la
    comunidad.

    Las siguientes metas y objetivos son recomendadas por
    Dombro (2000):

    Establecer la cooperación con las
    familias

    Involucrar a las familias en el proceso de
    planificación y evaluación del
    programa.

    Escuchar y comentar las preguntas, preocupaciones,
    observaciones y percepciones de las familias respecto a sus
    niños.

    Hablar con las familias regularmente a la hora de
    llegar y de regresar sobre cómo les va a los
    niños en casa y en el programa.

    Programar con frecuencia reuniones y visitas a los
    hogares.

    Comentar con las familias los comportamientos
    desafiantes.

    Resolver los desacuerdos con las familias
    respetuosamente.

    Ayudar a las familias a acceder a los recursos
    comunitarios.

    Respaldar a las familias en su rol de
    padres

    Demostrar respeto por
    el enfoque familiar respecto a la crianza y sus sentimientos
    acerca de compartir el cuidado infantil.

    Celebrar con las familias cada logro del desarrollo de
    sus niños.

    Incorporar en el programa diario las costumbres y
    preferencias de las familias.

    Ofrecer seminarios y capacitación en desarrollo infantil y
    otros temas de interés por las familias.

    Ayudarle a las familias a relacionarse entre sí
    para intercambiar información y apoyarse
    mutuamente.

    Respaldar a las familias en su papel de principales
    educadores de los niños.

    Animar a las familias a participar en las actividades
    del programa.

    Ofrecerle a las familias estrategias para fomentar el
    aprendizaje de los niños en casa.

    Conclusión

    Se ha observado y estudiado que la intervención
    temprana es la base fundamental para la educación formal
    del estado. Este período educativo en la edad temprana
    ayudará al niño a sentirse preparado para el
    momento de la transición a la escuela. Lo
    que pretende la intervención temprana es desarrollar
    los valores
    y destrezas educativas en el niño para hacerlo uno
    más capaz en la sociedad educativa a la que se
    enfrentará en el futuro.

    Debería existir un mayor apoyo por parte del
    sistema educativo para hacer de esta etapa educativa una
    oficial y que vaya encaminada a formar hombres y mujeres
    capaces de sobre salir en el desarrollo psicomotor y en las
    hábilidades, haciendo de cada uno de elllos un ser
    útil a la sociedad. Trabajando en conjunto para mejorar
    la calidad del ambiente en el cual se desempeñe en un
    futuro y creando así mayor apoyo en los servicios de
    bienestar social dentro de la política pública en
    la educación de Puerto Rico.

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    Norman J. de Jesús de Jesús

    Marzo de 2005

    Santa Isabel, Puerto Rico

    Trabajo preparado para la P.U.C.P.R.

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