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La APEC (página 2)




Enviado por Yorka Galarce



Partes: 1, 2, 3

Partes: 1,

3.4 Régimen de tránsito de
mercancías

El régimen de tránsito consiste en el
traslado de mercancías bajo control fiscal de una
aduana
nacional a otra.

Hemos de señalar que este régimen reviste
dos modalidades:

  1. Tránsito interno de
    mercancías

b) Tránsito internacional de
mercancías

Se considera que el tránsito de mercancías
es interno cuando se realiza conforme a lo
siguiente:

  • La aduana de entrada envía las
    mercancías de procedencia extranjera a la aduana que se
    encargará del despacho para su
    importación
  • La aduana de despacho envía las
    mercancías nacionales o nacionalizadas a la aduana de
    salida para su exportación
  • La aduana de despacho envía las
    mercancías importadas temporalmente en programas de
    maquila o de exportación a la aduana de salida para su
    retorno al extranjero

Se considera que el tránsito de mercancías
es internacional cuando se realiza conforme a alguno de
los siguientes supuestos:

  • La aduana de entrada envía a la aduana de
    salida las mercancías de procedencia extranjera que
    lleguen al territorio nacional con destino al
    extranjero
  • Las mercancías nacionales o nacionalizadas se
    trasladan por territorio extranjero para su reingreso al
    territorio nacional

Ambos tránsitos deben promoverse por conducto de
agente aduanal, el cual formula el pedimento correspondiente
determinando provisionalmente las contribuciones, aplicando la
tasa máxima señalada en la Ley de los
Impuestos
Generales de Importación y de Exportación, la que
corresponda tratándose de las demás contribuciones,
así como las cuotas compensatorias, debiendo anexar la
documentación que acredite el cumplimiento
de las regulaciones o restricciones no arancelarias (permisos,
normas o
autorizaciones), incluyendo el documento en que conste el
depósito efectuado para garantizar las contribuciones y
cuotas compensatorias que pudieran causarse con motivo de la
operación de comercio
exterior.

3.5 Régimen de elaboración,
transformación o reparación en recinto
fiscalizado

El régimen de elaboración,
transformación o reparación en recinto fiscalizado
consiste en la introducción de mercancías
extranjeras o nacionales a dichos inmuebles para su
elaboración, transformación o reparación,
para ser retornadas al extranjero o para ser exportadas en
definitiva, respectivamente.

La introducción de mercancías extranjeras
bajo este régimen se sujetará al pago del impuesto general
de importación y de las cuotas compensatorias aplicables a
este régimen cuando se encuentren bajo un programa de
diferimiento o devolución de aranceles. El
impuesto general de importación se deberá
determinar al destinar las mercancías a este
régimen.

En ningún caso pueden retirarse del recinto
fiscalizado aquellas mercancías destinadas a este
régimen si no es para su retorno al extranjero o para su
exportación.

Las autoridades aduaneras pueden autorizar que dentro de
los recintos fiscalizados, las mercancías en ellos
almacenadas puedan ser objeto de elaboración,
transformación o reparación. El retorno de los
productos
resultantes de los procesos de
elaboración, transformación o reparación,
pagarán el impuesto general de importación cuando
se encuentren bajo un programa de diferimiento o
devolución de aranceles.

Las empresas que
requieran maquinaria y equipo para realizar la
elaboración, transformación o reparación de
mercancías en recinto fiscalizado de mercancías
extranjeras o nacionales pueden introducirlas al país,
siempre que paguen el impuesto general de importación y
cumplan las regulaciones y restricciones no arancelarias
aplicables a este régimen.

4. Personas autorizadas para promover el despacho
aduanero

Los únicos que pueden llevar a cabo los
trámites y todas las actuaciones y notificaciones que se
deriven del despacho aduanero de las mercancías son los
agentes y apoderados aduanales, quienes fungen como
representantes legales de los importadores y exportadores, una
vez recibida la carta de encomienda.

El agente aduanal es responsable de la veracidad y
exactitud de los datos e información suministrados, de la
determinación del régimen aduanero de las
mercancías y de su correcta clasificación
arancelaria, así como del cumplimiento de las demás
obligaciones
que en materia de
regulaciones y restricciones no arancelarias rijan para dichas
mercancías, de conformidad con lo previsto por la Ley
Aduanera y por las demás leyes y
disposiciones aplicables.

Aunque existen excluyentes de esta responsabilidad, entre otras cuando la misma
derive de la falsedad de los datos o documentos
proporcionados por su cliente, siempre
y cuando el agente no hubiera podido conocer dicha inexactitud o
falsedad al examinar las mercancías; de la veracidad del
valor
declarado cuando conserve la manifestación de valor y
copia del documento en que conste la garantía en materia
de precios
estimados; cuando la omisión de contribuciones se deba a
la aplicación de un arancel preferencial derivado de un
tratado de libre
comercio, siempre y cuando guarde copia del certificado de
origen debidamente documentado, se cerciore de que la
mercancía está amparada por el mismo y cumple con
las reglas de origen aplicables. Estas excluyentes no aplican
cuando el agente utilice un Registro Federal
de Contribuyentes (RFC) falso.

El agente aduanal es responsable solidario del pago de
los impuestos al comercio
exterior y de las demás contribuciones, así como de
las cuotas compensatorias que se causan con motivo de la
introducción de mercancías al territorio nacional,
en cuyo despacho aduanero intervenga personalmente o por conducto
de sus mandatarios o empleados autorizados. La responsabilidad
solidaria comprende los accesorios, con excepción de las
multas.

Como excepción de lo anterior, los particulares
podrán promover el despacho aduanero personalmente
única y exclusivamente en los siguientes casos:

  • Cuando el valor de las mercancías que importen
    como pasajeros internacionales, excluyendo la franquicia,
    no exceda del equivalente en moneda nacional a mil
    dólares de los Estados Unidos
    de América o su equivalente en otras monedas
    extranjeras
  • Tratándose de pasajeros internaionales que
    traigan consigo un equipo de cómputo y su valor sumado
    al de las demás mercancías, no exceda de 4 mil
    dólares de los Estados Unidos de América o su
    equivalente en otras monedas extranjera

 

 

5. Obligaciones de los importadores

Quienes importen mercancías están
obligados al cumplimiento de las siguientes
disposiciones:

  • Llevar un sistema de
    control de
    inventarios registrado en contabilidad, que cumpla con las reglas
    establecidas por la SHCP. Quien utilice los regímenes de
    importación temporal para elaboración,
    transformación o reparación en programas de
    maquila o exportación, de depósito fiscal o de
    elaboración, transformación o reparación
    en recinto fiscalizado debe llevar un sistema de control de
    inventarios
    automatizado. Quien declare trimestralmente en términos
    del artículo 12, fracción III, segundo párrafo, de la LISR, puede llevar un
    sistema de control de inventarios manual
  • Contar con la información,
    documentación y medios de
    prueba necesarios para comprobar el país de origen y de
    procedencia de las mercancías, para efectos de
    preferencias arancelarias, marcado de país de origen,
    aplicación de cuotas compensatorias, cupos y otras
    medidas establecidas conforme a la Ley de Comercio Exterior y
    tratados
    internacionales de los que México sea parte y proporcionarlos a las
    autoridades aduaneras cuando éstas lo
    requieran
  • Entregar al agente o apoderado aduanal que promueva
    el despacho de las mercancías una manifestación
    escrita, bajo protesta de decir verdad, con los elementos que
    permitan determinar el valor en aduana de las
    mercancías. Deberá conservar copia de dicha
    manifestación, obtener la información,
    documentación y otros medios de prueba necesarios para
    comprobar que el valor declarado ha sido determinado de
    conformidad con las leyes mexicanas y proporcionarlos a las
    autoridades aduaneras cuando éstas lo requieran.
    También debe hacerle entrega del documento en el que
    conste el mandato —carta de
    encomienda— que compruebe el encargo que le hubiere
    conferido al agente aduanal, mismo que podrá expedirlo
    para una o más operaciones o
    por períodos determinados, excepto cuando adopte los
    medios
    electrónicos de seguridad
    para encomendar operaciones de comercio exterior
  • Estar inscritos en el padrón de importadores a
    cargo de la SHCP, para lo cual deben encontrarse al corriente
    en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, comprobar ante
    las autoridades aduaneras que se encuentran inscritos en el RFC
    y cumplir con las disposiciones legales que regulan el ingreso
    y salida de las mercancías.

6. Depósito ante la Aduana

Las mercancías pueden quedar en depósito
ante la aduana en los recintos fiscales o fiscalizados con el
propósito de destinarlas a un régimen aduanero,
siempre que se trate de aduanas de
tráfico marítimo o aéreo. La SHCP, mediante
reglas, puede autorizar el depósito ante la aduana en
aduanas de tráfico terrestre. Las mercancías
explosivas, inflamables, corrosivas, contaminantes o radiactivas
sólo pueden descargarse o quedar en depósito ante
la aduana a su ingreso o salida del territorio nacional
cumpliendo los siguientes requisitos:

  • Que las mercancías cuenten con la
    autorización de las autoridades competentes
  • Que el recinto cuente con lugares apropiados para su
    almacenaje, por sus condiciones de seguridad

Tratándose de mercancías radiactivas y
explosivas que queden en depósito ante la aduana en
recintos fiscales, las autoridades aduaneras las
entregarán de inmediato a las autoridades y organismos
competentes en la materia, bajo cuya custodia y supervisión quedarán
almacenadas.

Los pasajeros internacionales que requieran los servicios de
un agente aduanal porque rebasaron los mil o cuatro mil
dólares en valor de mercancía deben acudir con el
jefe de la sala de revisión de equipajes de la aduana para
que la mercancía quede en depósito ante la aduana
mientras contratan un agente aduanal y se cubren los requisitos
necesarios para su despacho. Tienen un plazo para retirarla de la
aduana, si no causará abandono y deberán cubrir los
gastos de
almacenaje.

Los pasajeros internacionales en tránsito que
ingresen a territorio nacional por vía aérea o
terrestre pueden utilizar el depósito ante la aduana
aunque no vayan a destinar las mercancías a un
régimen aduanero, y cuando salgan del país las
retornen al extranjero. Tambíen tienen un plazo para
causar abandono y deben cubrir los gastos de
almacenaje.

Las mercancías en depósito ante la aduana
pueden ser objeto de actos de conservación, examen
(reconocimiento previo por el agente aduanal), etiquetado,
marcado, colocación de leyendas de
información comercial y toma de muestras, siempre que no
se altere o modifique su naturaleza o
las bases gravables para fines aduaneros. Las muestras requieren
autorización de la autoridad
aduanera y deben pagar los impuestos correspondientes.

Si las mercancías en depósito ante la
aduana se destruyen por accidente, la obligación fiscal se
extingue salvo que los interesados destinen los restos a
algún régimen aduanero. El fisco federal responde
por el valor de las mercancías depositadas en recinto
fiscal y custodiadas por autoridades aduaneras que se
extravíen, así como por los créditos fiscales pagados.

El propietario de mercancías extraviadas tiene un
plazo de dos años para solicitar a la SHCP el pago del
valor que tenían las mercancías en el momento de
quedar en depósito ante la aduana, debiendo acreditar que
en el momento del extravío las mismas se encontraban en el
recinto fiscal y bajo custodia de las autoridades aduaneras,
así como el valor de las mercancías
extraviadas.

Los recintos fiscalizados son responsables ante el fisco
federal por los créditos fiscales que debieran pagar las
mercancías extraviadas y ante los interesados por el valor
que tenían las mercancías al momento de su
depósito ante la aduana.

Se considera que una mercancía se ha extraviado
cuando hayan transcurrido tres días a partir de la fecha
en que se haya pedido para examen, entrega, reconocimiento u otro
propósito y no sea presentada por el personal
encargado de su custodia. Si la mercancía extraviada
aparece antes del pago la autoridad aduanera notificará al
interesado para que éste elija entre la devolución
o el pago del valor de los bienes. En
caso fortuito o fuerza mayor
el fisco y sus empleados no son responsables.

Se podrá llevar a cabo el depósito de
mercancías ante la aduana, tanto en las aduanas interiores
terrestres del país, como en las siguientes aduanas
fronterizas:

1. De Ciudad Hidalgo, con sede en Ciudad
Hidalgo, Chiapas.

2. De Ciudad Juárez, con sede en Ciudad
Juárez, Chihuahua.

3. De Ciudad Reynosa, con sede en Ciudad
Reynosa, Tamaulipas.

4. De Colombia, con
sede en Colombia, Nuevo León.

5. De Matamoros, con sede en la ciudad de
Matamoros, Tamaulipas.

6. De Mexicali, con sede en la ciudad de
Mexicali, Baja California.

7. De Nogales, con sede en la ciudad de
Nogales, Sonora.

8. De Nuevo Laredo, con sede en la ciudad de
Nuevo Laredo, Tamaulipas.

9. De Piedras Negras, con sede en la ciudad de
Piedras Negras, Coahuila, únicamente en su
Sección Aduanera del Aeropuerto Internacional Plan de
Guadalupe, en la ciudad de Ramos Arizpe.

10. De Subteniente López, con sede en la
población de Subteniente López,
Quintana Roo.

11. De Tijuana, con sede en la ciudad de
Tijuana, Baja California.

También podrá llevarse a cabo el
depósito de mercancías en las demás aduanas
fronterizas, siempre que se trate de operaciones "in
bond".

7. Abandono de mercancías a favor del fisco
federal

Causan abandono en favor del fisco federal las
mercancías que se encuentran en depósito ante la
aduana en los siguientes casos:

  • Expresamente, cuando los interesados así lo
    manifiesten por escrito
  • Tácitamente, cuando no sean retiradas dentro
    de los siguientes plazos: tres días, tratándose
    de mercancías explosivas, inflamables, contaminantes,
    radiactivas o corrosivas, así como de mercancías
    perecederas o de fácil descomposición y de
    animales
    vivos; tres meses en exportación, y dos meses en los
    demás casos

Los plazos se calculan a partir del día siguiente
al cual las mercancías ingresen al almacén y
queden en depósito ante la aduana, salvo que se realice
por tráfico marítimo, que se calcula a partir del
día siguiente al cual termine la descarga del buque, y
tratándose de mercancía, equipajes o menajes
propiedad de
embajadas o consulados extranjeros u organismos internacionales o
a sus funcionarios o empleados, que inicia tres meses
después de que hayan ingresado a depósito ante la
aduana.

Transcurrido el plazo, la aduana debe notificar
personalmente al interesado, por correo certificado con acuse de
recibo o por estrados (pizarrón de la aduana), que se ha
vencido el plazo de abandono y que cuenta con 15 días para
retirar la mercancía contados a partir del día
hábil siguiente a la notificación del abandono,
previo cumplimiento de los actos y formalidades del despacho y,
de no hacerlo, pasará a propiedad del fisco
federal.

8. Medios de introducción de las
mercancías

Las mercancías podrán introducirse al
territorio nacional o extraerse del mismo mediante los siguientes
medios o tráficos:

  • Marítimo
  • Terrestre
  • Aéreo
  • Fluvial
  • Por cualquier otro medio de conducción
    autorizado
  • Por vía postal

La entrada o la salida de mercancías del
territorio nacional, las maniobras de carga, descarga transbordo
y almacenamiento de
las mismas, el embarque o desembarque de pasajeros y la
revisión de sus equipajes deben efectuarse por lugar
autorizado, en día y hora hábiles. Quienes
efectúen su transporte por
cualquier medio están obligados a presentar dichas
mercancías ante las autoridades aduaneras, junto con la
documentación exigible.

La autoridad aduanera, a petición de parte
interesada, podrá autorizar que los servicios del despacho
aduanero y servicios conexos sean prestados por el personal
aduanero en lugar distinto del autorizado o en día u hora
inhábiles. Las aduanas podrán proporcionar los
servicios de despacho aduanero en lugar distinto del autorizado,
así como días y horas inhábiles, en los
casos en que el servicio lo
amerite, siempre y cuando existan causas debidamente justificadas
para ello.

Cuando se trate de la importación de las
mercancías que se clasifiquen en las fracciones
arancelarias listadas en el Anexo 29 de las Reglas de Carácter General, el horario en que
podrán ser despachadas estas mercancías en las
aduanas autorizadas para ello, será de la hora de inicio
de operaciones de la aduana hasta las 14:00 horas.
Tratándose de aduanas marítimas, para las importaciones de
manzana, frijol, maíz,
pescado, azúcar
y aceites de petróleo y minerales
bituminosos, el horario será de la hora de inicio de
operaciones de la aduana hasta las 18:00 horas.

Lo previsto en el párrafo anterior, no
será aplicable a las operaciones de importación que
se realicen los días sábados y domingos; a las
efectuadas por empresas certificadas o por las empresas de
mensajería y paquetería con pedimento clave T1; a
las importaciones temporales realizadas por las empresas
maquiladoras y PITEX; las de mercancías que se destinen al
régimen de depósito fiscal para ser sometidas a los
procesos de ensamble y fabricación de vehículos
efectuados por la industria
automotriz terminal o manufacturera de vehículos de
autotransporte; y a las que se presenten para su despacho
transportadas en ferrocarril.

9. Ingreso de mercancías por vía
postal

Las mercancías que ingresen a territorio nacional
por vía postal quedan confiadas al Servicio Postal
Mexicano (Sepomex) bajo la vigilancia y control de las
autoridades aduaneras.

Para tales efectos, Sepomex debe abrir los bultos
postales
procedentes del extranjero en las oficinas postales de cambio a la
autoridad aduanera, presentarle a ésta la
mercancía, la declaración postal y la
documentación anexa para que la autoridad proceda a su
despacho y, en su caso, clasificación arancelaria,
valoración y determinación de créditos
fiscales. Sepomex debe proporcionar los datos y exhibir la
documentación que requiera la autoridad aduanera a efecto
de que ésta pueda ejercer sus funciones, para
lo cual está autorizado para recabarlos del
interesado.

La autoridad aduanera es la encargada de determinar las
contribuciones relativas a la importación por la
vía postal y, en su caso, las cuotas compensatorias,
aunque el interesado tiene derecho a solicitar que dicha
determinación la efectúe él mismo por
conducto de agente o apoderado aduanal.

Cuando se introduzcan mercancías a territorio
nacional cuya importación esté prohibida, Sepomex
informará de dicha circunstancia a la autoridad aduanera,
para que ésta proceda conforme a las disposiciones legales
aplicables.

Tratándose de la importación de las
mercancías que a continuación se enlistan, incluso
cuando las mismas ostenten marcas, etiquetas
oleyendas que las identifiquen como producidas en países
que no sea parte de algún tratado de libre comercio,
aun y cuando se cuente con el certificado de origen, se
aplicarán las siguientes tasas globales:

Mercancía

Tasa

Bebidas con contenido alcohólico y cerveza
con una graduación alcohólica de hasta
14° G.L.

88.03%

Bebidas con contenido alcohólico y cerveza
con graduación alcohólica de más
de
14° G.L. y hasta 20° G.L.

95.55%

Bebidas con contenido alcohólico y cerveza
con una graduación alcohólica de más
de 20° G.L., alcohol
y alcohol desnaturalizado.

125.63%

Cigarros (con filtro).

305.24%

Cigarros populares (sin filtro).

305.24%

Puros y tabacos labrados.

102.71%

Mercancías previstas en el "Decreto por el
que se reforman diversas fracciones arancelarias de la TIGI
relacionadas con el calzado, artículos de
talabartería, peletería artificial",
publicado en el DOF el 30 de mayo de 1995 o cualquier otro
instrumento legal que se aplique en lugar de
éste.

56.17%

Mercancías previstas en el "Decreto por el
que se reforman diversas fracciones arancelarias de la TIGI
relacionadas con prendas y accesorios de vestir y
demás artículos textiles confeccionados",
publicado en el DOF el 30 de mayo de 1995 o cualquier otro
instrumento legal que se aplique en lugar de
éste.

56.17%

 

POLITICAS DE
IMPORTACIÓN

BARRERAS AL COMERCIO
INTERNACIONAL

1.Políticas
de importación.

1.1.Clasificación arancelaria.

Algunos embarques chilenos han sido retenidos por estar
mal clasificados según las autoridades aduaneras
mexicanas. Sin embargo, la propia Resolución
Miscelánea de Comercio Exterior de México (D.O.
31.03.99) en su numeral 3.5.5 señala: "Cuando se
importen mercancías bajo trato arancelario preferencial
amparadas por un certificado de origen de conformidad con
algún acuerdo comercial suscrito por México, y la
clasificación arancelaria que se señale en el
certificado de origen se formule con base en un sistema de
codificación y clasificación
arancelaria diferente al utilizado por México, el
certificado de origen se considerará válido,
siempre que la descripción de la mercancía
señalada en el certificado que se trate coincida con la
declarada en el pedimento y con las mercancías
importadas".

1.2. Precios mínimos de
referencia:

El 4 de Septiembre de 1998 las autoridades mexicanas
publicaron una Resolución mediante la cual se modifica el
mecanismo para garantizar el pago de contribuciones en la
importación de mercancías sujetas a precios
estimados. Con este sistema, los importadores de ciertas
mercancías que declaren un valor inferior al
señalado en la Resolución antes mencionada,
deberán acompañar a la solicitud de
importación una fianza a favor de la Tesorería
mexicana, la que deberá tener una vigencia no menor a un
año, y que tiene por objeto garantizar el pago de las
contribuciones y cuotas compensatorias que se causarían
por la diferencia entre el valor declarado y el precio
estimado.

En la Resolución se detallan las
mercancías afectas a precio estimado. Se ha recibido
información que indica que los precios estimados por las
autoridades mexicanas no corresponderían a la realidad, y
aún más, algunos productos mexicanos han llegado a
Chile con un precio de menos de la mitad que el precio de
referencia mexicano.

1.3.Revisiones de la Procuraduría General de
la República:

Las Revisiones de la Procuraduría General de la
República (PGR) en recintos aduaneros (revisión
policial), preferentemente motivada por el problema de la
droga en
México y que se realiza a cada importación, son
engorrosas, lentas y muchas veces daña la carga y el
embalaje.

2. NORMAS Y REGLAMENTOS TECNICOS

2.1. Certificación:

Bajo la legislación mexicana, aquellos productos
sujetos a regulaciones técnicas
(más conocidas como Normas Oficiales Mexicanas,
NOM’s) deben ser certificados por la Dirección General de Normas (DGN) o bien un
órgano de certificación independiente. La
Dirección trabaja con un programa nacional de
acreditación de laboratorios. Sin embargo, sólo los
laboratorios establecidos en México pueden acceder a este
programa de acreditación para realizar procedimientos de
evaluación de conformidad. Ello aumenta los
costos de los
envíos nacionales, y adicionalmente, se corre el riesgo de que el
embarque sea rechazado, habiendo ya incurrido en importantes
desembolsos.

2.2. Falta de laboratorios
acreditados:

Otro de los problemas que
se presenta es la inexistencia de laboratorios acreditados, ya
sea por falta de intereses comerciales o de capacidad
técnica para certificar. Pero una de las dificultades
mayores ha ocurrido cuando los laboratorios acreditados
corresponden a productores de la competencia,
produciéndose los problemas esperados en cuanto a la
transparencia, dado que la certificación de los productos
(sean importados o nacionales) recae en una empresa de la
competencia.

2.3. Sector farmacéutico:

Empresas farmacéuticas nacionales han manifestado
que para poder vender
productos farmacéuticos en México deben cumplir con
requisitos que sólo se pueden registrar los productos de
laboratorios productivos instalado en México, o bien,
obtener el registro sanitario a través de un laboratorio
mexicano ya instalado, por lo que el registro no pertenece a
la empresa
productora sino a la empresa mexicana
que lo solicita. En este último caso, la marca comercial
del producto queda
bloqueada con el registro, situación que deja en riesgo
toda la inversión promocional.

Una vez que se obtiene el registro sanitario, si se
requiere fabricar un medicamento genérico intercambiable,
es necesario realizar un estudio de bioequivalencia en
México, pues no se reconocen estudios realizados en el
país.

2.4. Medidas sanitarias y
fitosanitarias:

Aduciendo razones de sanidad, la Secretaría de
Salud exige un
permiso previo para la importación de conservas de
productos del mar y una veintena de productos más. Sin
embargo, para lograr este objetivo se
exige documentación en exceso y la repetición de
algunos procedimientos que ya han sido realizados en
origen.

Previo al embarque se solicita factura
comercial, constancia sanitaria por lote a embarcar de la
autoridad del país de origen, descripción del
empaque,
etiqueta en cada empaque que identifique el número de
lote, análisis físico-químico,
análisis microbiológico.

Luego de ello, se exige la presentación de la
solicitud de "Autorización Sanitaria Previa de
Importación" más un pago de US$ 80. Esta
autorización incluye la facultad discrecional por parte de
la autoridad mexicana de tomar un lote de muestra para
analizarlo nuevamente en México. El trámite dura
cinco días hábiles.

2.5. Prohibiciones de Ingresos:

Palta e higo

Actualmente la palta (aguacate) y el higo de Chile no
pueden entrar a México. Chile solicitó la
autorización de la entrada de estos productos a
México en 1996. La DGSV (Dirección General de
Sanidad Vegetal) informó que está estudiando la
información técnica enviada por el SAG, en especial
lo que respecta al riesgo de plagas.

La DGSV informó el 11 de marzo del 2003 que el
Análisis de Riesgo de higo se encuentra aún en fase
1. En el caso de la palta, se informó en noviembre de 2003
que el ARP (Análisis de Riesgo de Plagas) se encuentra en
fase final.

Papa

Actualmente no está permitido el ingreso de Papa
(In-vitro, minitubérculos, semilla tubérculo y papa
consumo) a
México. Chile solicitó los requisitos
fitosanitarios para la autorización de la entrada de este
producto. Chile envió antecedentes de zona libre de
nemátodos de quiste.

Avena de grano

Chile solicitó autorización para la
entrada de este producto. La DGSV iniciará el proceso de
análisis de riesgo de plagas, a fin de establecer los
requisitos fitosanitarios, luego de recibir solicitud y
antecedentes técnicos del SAG entregados en febrero de
2002.

El 29 de marzo del 2004 la DGSV envió solicitud
de información técnica sobre plagas
específicas que afectan a este producto para elaborar el
ARP correspondiente.

Flor cortada de tulipán

El SAG solicitó respuesta a su solicitud de
requisitos fitosanitarios para la exportación de este
producto. Se espera respuesta de las autoridades de
México.

El análisis de riesgo se encuentra en fase 1
desde el año de la solicitud (julio 2001).

Frijol

En 1998 México actualizó la norma
NOM-028-FITO-1995, dónde se establece los requisitos
fitosanitarios para la importación de granos y semillas
(excepto para siembra), dónde excluyeron a Chile. En
Noviembre de 2002, México notificó que se
preparó una propuesta de modificación de la Norma
Oficial Mexicana NOM-028-FITO-1995 donde se incluyó entre
otros al frijol de origen chileno, la misma que ha sido enviada a
la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (COFEMER). Se
espera respuesta de las autoridades de México.

Granada

Chile solicitó autorización para la
entrada de la granada a México. La DGSV solicitó
información adicional sobre ciertas plagas y el SAG
envió esa información.

El ARP ya fue concluido, queda pendiente la
inclusión del producto a la Norma Oficial.

Exportación de genética
porcina de Chile

Chile solicitó los requisitos de México
para la importación de genética porcina (machos y
hembras reproductores) de Chile a México, los que no
pueden ingresar a dicho país.

2.6. Fósforos:

Desde 1993 en adelante las exportaciones
chilenas de fósforos de seguridad al territorio de
México han sufrido una serie de dificultades para su
acceso y comercialización en ese
país.

Los problemas se resumen en los siguientes
puntos:

  1. Los fósforos de seguridad no son un explosivo
    sino que un sólido inflamable poco peligroso,
    según está establecido en las Recomendaciones de
    ONU. Esto
    significa que el producto no debiera estar contemplado en la
    Ley de Armas y
    Explosivos ni en su Reglamento.

b) Los requerimientos de transporte y almacenaje para
los fósforos de seguridad parecen ser exagerados y no
congruentes con la propia norma sobre transporte terrestre
existente en México.

c) El tratamiento de los cerillos como explosivos en
México es único en el mundo, ya que ningún
otro país considera tan peligrosos a estos
productos.

d) Existencia de una serie de medidas administrativas,
que consisten en prácticas que no tienen fundamento en
ninguna disposición legal o reglamentaria mexicana, que
han

tenido como efecto dificultar el acceso y distribución de los fósforos
chilenos.

En el año 2002, las autoridades mexicanas
sacaron los fósforos de la Ley de Control de Armas y
Explosivos, pero aún seguían vigentes el resto de
las restricciones.

Las barreras mencionadas anteriormente, han tenido como
resultado que el país dejó, hace varios
años, de realizar envíos de fósforos
chilenos a México.

En el año 2004 las conversaciones bilaterales
habrían conducido a superar este problema.

2.7. Incremento de exigencias para la
exportación de algunas frutas:

Existen reiterados intentos por parte de las autoridades
de la Dirección General de Sanidad Vegetal de
México, destinadas a implementar nuevos protocolos
técnicos para las exportaciones de manzanas, peras y
frutas de carozo, en los cuales se pretende incrementar el nivel
de exigencias, a través de la incorporación en los
acuerdos de nuevas plagas y sanciones a productores y empresas
exportadoras.

En relación a las exportaciones de uva, la
temporada pasada se exigió la fumigación de esta
fruta, bajo un esquema similar al aplicado por parte del
Departamento de Agricultura de
Estados Unidos. Sin embargo, no han habilitado instalaciones de
fumigación en los puertos de ingreso, situación que
no ocurre con las exportaciones destinadas al mercado de
Estados Unidos.

3. DEFENSA COMERCIAL

3.1. Salvaguardia a los envíos forestales
chilenos:

El 7 de enero de 2002, la Asociación Nacional de
Fabricantes de Tableros de Madera,
ANAFAT, solicitó a la Secretaría de Economía de
México el inicio de una investigación por salvaguardias y la
imposición de medidas provisionales, a través del
incremento en los aranceles sobre las importaciones de madera
contrachapada (triplay).

El 15 de agosto de 2002 las autoridades de México
iniciaron una investigación para determinar la
aplicación de medidas de salvaguardia a 11 glosas
arancelarias de maderas contrachapadas. La investigación
se encuentra en curso.

El 2 de diciembre de 2003, según
información de IMEXFOR, se habría reunido el
Comité de Comercio Exterior para someter a votación
la ficha correspondiente de esta medida de salvaguardia que se
inició hace 18 meses. El resultado obtenido sería a
favor de imponer esta medida, lo cual afectará
directamente a Chile.

El decreto o resolución definiría
aranceles de 12%, 8% y 4% en el año 1, 2 y 3
respectivamente para las importaciones de Chile y otros
países asiáticos, excluyendo a Estados
Unidos.

El 18 de febrero de 2004, la Oficina comercial
informó que la Asociación de Importadores
habría hecho una presentación a la
Secretaría de Hacienda contradiciendo la aplicación
de salvaguardia y se habría iniciado una negociación con los fabricantes nacionales
que utilizan este insumo para, a pesar de fijar aranceles
especiales, fijar cuotas que no estarían sujetas a
aranceles, en la medida que ese producto va a bienes que
México exporta.

Finalmente se logró que el gobierno
mexicano no aplicara salvaguardias.

3.2. Salvaguardia sobre las importaciones de carne
bovina:

Se recibió el 2 de octubre de 2003 una carta de
parte de la Secretaría de Economía de México
en la cual invita a celebrar consultas. Lo anterior producto de
una solicitud por parte de productores mexicanos de carne, para
el inicio de una investigación para la posible
aplicación de salvaguardias.

Las exportaciones de carnes bovinas de Chile al mercado
mexicano en la actualidad son nulas dado que no existe una
homologación de los procesos de las plantas
faenadoras ni tampoco un reconocimiento mutuo.

El 19 de noviembre de 2003, se envió una carta a
la Secretaría de Economía haciendo ver que Chile
debería quedar excluido de la investigación y la
eventual aplicación de derechos de salvaguardia, ya
que actualmente Chile no exporta a México.

CHILE

País (nombre oficial) :República de
Chile

Año que ingresa a APEC :1994

Capital :Santiago

Superficie :292.260millas
756.950 km

Población :15.116.345

Idioma :Español

Alfabetismo :95,2%total
95,4%hombres
95% mujeres

Religiones :Católicos89%
Protestantes11%

Gobierno :República

Moneda :Peso Chileno

PIB per capita :U$10.100.-

Chile es un país con características
especiales en América
latina, ya que cuenta con una organización muy particular. En primer
lugar su organización política cuenta con
tres poderes autónomos que son el Poder
Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial.

Geográficamente se divide en 13 regiones, 51
provincias y 346 comunas, cada una con en manos de un
representante que las administra.

Económicamente Chile se destaca por implementar
una economía de libre mercado que, a pesar de sus
detractores, le ha permitido ser una de las economías
más estables de Latinoamérica.

Desde el punto de vista de la geografía
económica cuenta con una gran cantidad de ventajas
comparativas respecto a los demás países del mundo,
debido a su variedad de climas, reservas de metales, su
ubicación geográfica, etc.

ORGANIZACION POLITICA DE CHILE

1. LOS PODERES DEL ESTADO
CHILENO

1.1. El Poder Ejecutivo

El presidente de la República de Chile, encabeza
este poder. Según la Constitución de 1980, reformada en algunos
artículos en 1989, la autoridad del Presidente se extiende
a todo cuanto tiene por objeto la conservación del orden
público en el interior y la seguridad externa de la
república, de acuerdo con la constitución y las
leyes.

1.2 El Poder Legislativo

Este poder del Estado lo ejerce el Congreso Nacional, a
través de un parlamento Bicameral integrado por la
Cámara de Diputados y el Senado de la República. El
Congreso Nacional tiene entre sus principales objetivos,
ejercer la representación de la ciudadanía, concurrir a la formación
de las Leyes con el presidente de la República y
Fiscalizar los actos del gobierno.

Quienes integran cada una de las ramas del Congreso,
tanto los 120 Diputados como los 48 Senadores, representan al
pueblo que los eligió y reflejan sus distintas posiciones,
ideas y sensibilidades. Es en esta institución donde la
Democracia
existe y cobra mayor sentido.

En la actualidad, el Congreso Nacional se rige por la
Constitución Política de 1980 y la Ley
orgánica constitucional N°18.918. Esta
Institución se localiza a diferencia de los otros poderes
del Estado, en la ciudad de Valparaíso, V Región de
nuestro país.

La Cámara de Diputados está integrada por
120 miembros elegidos en votación directa por los
distritos electorales que establece la ley orgánica
constitucional respectiva. Duran en sus cargos cuatro
años, pudiendo ser reelegidos.

1.2.1 Funciones del Senado

Según la Constitución de 1980 el Senado
esta compuesto por:

  • 38 Senadores elegidos democráticamente. Estos
    Corresponden a 2 por cada una de las 19 circunscripciones en
    que se divide el país.
  • 9 Senadores designados nombrados por diferentes
    órganos estatales
  • 2 Senadores por derecho propio

1.3 El Poder Judicial

Este Poder del Estado tiene como misión
administrar Justicia.

La Corte Suprema de Justicia es él más
alto Tribunal existente en el país. Es un órgano
Colegiado integrado por 21 Ministros. Su jurisdicción
abarca todo el territorio nacional. Le corresponde la
superintendencia directiva, correccional y económica de
todos los tribunales Electorales Regionales y los Tribunales
Militares.

Los integrantes de este Poder deben establecer lo que es
justo para cada caso particular del cual toca conocer y fallar,
enmarcado dentro del ordenamiento jurídico y según
su competencia. En la Constitución de 1980 se establece
que el Poder Judicial
tiene "la facultad de conocer de las causas civiles y criminales
de resolverlas y de hacer ejecutar lo Juzgado, pertenece
exclusivamente a los tribunales establecidos por la ley. Ni el
Presidente de la República ni el Congreso pueden, en caso
alguno, ejercer funciones judiciales, avocarse a causas
pendientes, revisar los fundamentos o contenidos de sus
resoluciones o hacer revivir procesos fenecidos". (art.73. cap.
VI)

Jerárquicamente, por debajo de la Corte Suprema,
se encuentran las Cortes de Apelaciones, que se distribuyen a lo
largo del territorio nacional. Dependiendo de las Corte de
Apelación respectiva se ubican los juzgados que pueden ser
del Crimen, Civil, de Menores y del trabajo.

2. Descripción Político
Geográfica:

Chile es un estado de América del tipo unitario,
aquel que posee un centro de poder (el presidente) ejercido a
través de órganos encargados de diversas funciones,
con sede en la capital del
estado, donde las personas obedecen a una sola
constitución con el objeto de estar al servicio de la
persona humana
promoviendo el bien común.

Limita al norte con Perú, al noreste con Bolivia, al
este con Argentina y al sur y oeste con el Océano
Pacifico.

La superficie total del territorio incluido su parte
continental, antártica y polinésica es de
2.006.626 de kilómetros cuadrados.

La capital y principal ciudad es Santiago, con una
población de 6.091.120 habitantes y un total de 15
millones de habitantes en todo el país, siendo su idioma
oficial el español

2.1 División Administrativa y Sistema
de Gobierno.

El país de acuerdo a su estructura
geográfica y la legislación vigente se encuentra
dividido en un total de 13 regiones, 51 provincias y 346 comunas
a lo largo del país.

El estado
chileno se estructura jerárquicamente en tres poderes: el
ejecutivo, encabezado por el Presidente de la
República, el cual esta encargado del gobierno y la
administración del Estado y asesorado por un consejo o
gabinete de ministros. El poder Judicial que incumbe a la corte
suprema de Justicia, que cuenta con la Corte de apelaciones y los
tribunales a fin de velar por la justicia de toda la comunidad y el
poder
legislativo ejercido de forma bicameral con 49 senadores y
120 diputados.

Estos tres poderes enmarcan su labor en la
Constitución Política del Estado, que fue dictado
en 1980 habiendo en la actualidad algunos cambios sobre
ella.

2.1.1 La Administración Regional: corresponde al
gobierno regional, que tiene como objetivo fundamental el
desarrollo
social, cultural y económico de la región. Como
principal órgano esta el Intendente que es el
representante directo del presidente en ella, además de
ser designado y removido por él. Sus funciones son de
acuerdo a la constitución y a las leyes que la competen,
como también a las ordenes e instrucciones del presidente.
También se cuenta con el consejo regional que tiene como
objetivo ser un órgano resolutivo, normativo y
fiscalizador de esta. Las funciones
administrativas de esta son apoyadas por las Secretarias
Regionales Ministeriales, que son desconcertadas por los ministerios y
subordinadas por el Intendente.

2.1.2 La administración Provincial corresponde a
la Gobernación, que es presidida por el Gobernador quien
es también designado y removido por el Presidente, siendo
además una administración que le compete al
Intendente. Como órgano consultivo esta el Consejo
Económico Social Provincial que cuenta también con
el Gobernador.

2.1.3 La Administración Comunal:
corresponde a la Municipalidad, la cual esta encabezada por el
Alcalde como autoridad superior y por el consejo como
órgano resolutivo, normativo y fiscalizador de él,
que cuenta con los concejales y con el Alcalde.

3. Organización Económica de
Chile

Chile posee una Economía de Libre Mercado, que
fue impuesta después de varias pruebas de
modelos
económicos en la crisis de
comienzo de los ochenta. La unidad monetaria es el peso. Dentro
de los organismos estatales que regulan la actividad se
encuentran el Ministerio de Economía, el Ministerio de
Hacienda y el Banco central. La
Economía está constituida por diferentes factores,
tales como: el PIB, las
actividades económicas, el empleo, las
políticas monetarias, etc.

3.1 FACTORES QUE CONSTITUYEN LA
ECONOMIA

3.1.1 Producto Interno
Bruto:
es el valor total de la producción de bienes y servicios de un
país en un determinado periodo (por lo general un
año, aunque a veces se considera el trimestre), con
independencia
de la propiedad de los activos
productivos.

En el año 2004 el producto interno bruto fue de
57.356.464 millones de pesos, presentando un aumento de un 6.10%
de variación real respecto del año 2003.

3.1.2 El Empleo: en el marzo 2005 la fuerzo de
trabajo, es decir, de personas ocupadas es de 6.335.000 personas.
El 7.9% representa la tasa de desocupación en el mismo
periodo.

3.1.3 La Deuda
Externa:
En el año 2004 la deuda externa bruta de
Chile es de 43.931 millones de dólares, de los cuales
8.543 corresponden a obligaciones a corto plazo y 35.388 a
obligaciones a largo plazo.

3.1.4 Índice de Precios al Consumidor: En
0,9% varió el Índice de Precios al Consumidor de
abril, acumulándose en los primeros cuatro meses del
año un alza de 1,1%. La variación anual alcanza a
2,9%.

3.1.5 Exportaciones: En una
economía globalizada las exportaciones cumplen un rol
fundamental en el desarrollo
económico de un país, en Chile se han aplicado
diversas medidas para fomentar esta actividad las cuales han
causado un aumento significativo en el sector, sobre todo en los
últimos 17 años. En el año 2004 las
exportaciones fueron US$32.000 millones.

3.1.6 Importaciones: Chile al ser un país
sub-desarrollado tiene que importar varios productos industriales
que no se producen en Chile. Las importaciones alcanzaron el
año 2004 a 22.956 millones de dólares.

4. Organismos Estatales que Regulan la
Economía

4.1 Ministerio de Economía: El ministerio
de economía es el ente del Poder Ejecutivo encargado de
formular y efectuar las políticas y programas orientados a
generar un crecimiento sostenido y sustentable, con progresiva
equidad en la
distribución de sus frutos.

4.2. Banco Central de Chile: Las políticas
del Banco Central tienen amplia repercusión
económica, lo que convierte a esta institución en
una de las más relevantes, económicamente del
país. En efecto, una política
monetaria mas o menos restrictiva tendrá efectos en la
inflación, el empleo y el crecimiento de un determinado
año, lo que incide directamente en el Bienestar de la
población.

4.2.1 Objetivos
Principales:
los objetivos que deben ser
cautelados por la institución son, la estabilidad en el
valor de la moneda y el normal funcionamiento de los internos y
externos.

4.2.2 Funciones del Banco Central de
Chile:

• Emisión: El Banco Central tiene la
potestad exclusiva para emitir billetes y acuñar
monedas.

• Regulación de la cantidad de dinero en
circulación y de crédito.

• Regulación del sistema
financiero y mercado de
capitales.

• Facultades para cautelar la estabilidad del
sistema financiero.

• El Banco Central puede actuar como agente fiscal
en la contratación de créditos externos e internos
y en aquellas operaciones que sean compatibles con las
finalidades de la institución.

• Facultad para formular y administrar
políticas cambiarias.

• Funciones estadísticas: debe publicar oportunamente
los principales indicadores
macroeconómicos nacionales.

5 PRINCIPALES ACTIVIDADES ECONOMICAS

5.1 Agricultura: Es una de las principales
actividades del país, con una participación cercana
al 5.6% del PIB y ocupa a 700.000 personas aproximadamente (13%
de los ocupados). Se desarrolla principalmente en el valle
longitudinal.

5.2 Minería: Esta actividad representa un
8.4% del PIB y acoge al 1.4% de los ocupados del país. Su
principal producto es el cobre.

5.3 Industria manufacturera: La industria es uno
de los principales elementos del PIB, con una
participación de un 15.7% del total y ocupa a 773.560
personas aproximadamente.

5.4 Comercio: Tiene una participación de
un 10.7% del PIB, y tiene empleadas a más de 1.000.000 de
personas.

5.5 Servicios (Financieros, Empresariales,
Personales, públicos, etc.): Es el sector más
importante, con una participación de un 27.7% del PIB y
con más de 1.800.000 personas empleadas.

6. Indices Económicos Regionales
.

6.1 I Región de
Tarapacá.

Las principales actividades económicas de la
región son el comercio y la industria Manufacturera. La
minería del cobre y del oro
también es relevante, así como las capturas
pesqueras y la industria de harina y aceites de pescado. El
turismo aparece
como una actividad emergente y de gran potencialidad
futura.

Esta región tiene un PIB de US$ 6.100.000.000 y
un ingreso pér capita US$ 14.200.

6.2 II Región de Antofagasta.

La minería es la principal actividad
económica de la Región. La producción de
Cobre, Oro, Plata, Molibdeno, Salitre, Yodo y Carbonato de
Litio.

Esta región tiene un PIB de US$ 13.200.000.000 y
un ingreso pér capita US$ 26.500.

6.3 III Región de Atacama.

La minería es la principal actividad
económica de la Región, la producción de
Cobre, Oro, Plata y Hierro. Aunque
cabe destacar que la fruticultura es otra actividad importante
para la región, donde destaca la producción de uva
de exportación, localizada en los valles de Huasco y
Copiapó.

Esta región tiene un PIB de US$ 3.100.000.000 y
un ingreso pér capita US$ 10.600

6.4 IV Región de Coquimbo.

La principal economía regional se vincula
fundamentalmente con las actividades minera y agropecuaria,
destacándose en el primer caso la producción de
cobre, hierro y oro. En el segundo caso, destaca la
producción de uva de mesa de exportación y la
elaboración de piscos en los valles del Elqui,
Limarí y Choapa.

Esta región tiene un PIB de US$ 4.000.000.000 y
un ingreso pér capita US$ 6.400.

6.5 V Región de
Valparaíso

Las principales actividades económicas son la
industria y el comercio que se concentran en sus principales
ciudades, la minería en Petorca y Los Andes, la
horto-fruticultura en las Comunas interiores, los cultivos
tradicionales en el secano costero, el Turismo en el borde
costero y los servicios portuarios y marítimos en San Antonio y
Valparaíso.

Esta región tiene un PIB de US$ 15.000.000.000 y
un ingreso pér capita US$ 9.000.

6.6 VI Región del Libertador B.
O´higgins.

Las principales actividades son las agropecuarias y la
minería, destacándose la fruticultura, la
horticultura.

Esta región tiene un PIB de US$ 7.400.000.000 y
un ingreso pér capita US$ 8.800.

6.7 VII Región del Maule.

La agricultura y la industria son las principales
actividades económicas de la región.

Esta región tiene un PIB de US$ 6.400.000.000 y
un ingreso pér capita US$ 6.700.

6.8 VIII Región del Bío
Bío

Las principales actividades productivas del
Bío-Bío son la forestal, la agricultura, la
agroindustria, la industria básica del hierro, la textil y
la pesca.

Esta región tiene un PIB de US$ 16.400.000.000 y
un ingreso pér capita US$ 8.000.

6.9 IX Región de la Araucania.

La principal actividad económica de la
Araucanía es la agropecuaria-silvícola, donde se
destacan los cultivos tradicionales, la ganadería
y la producción forestal.

Esta región tiene un PIB de US$ 4.400.000.000 y
un ingreso pér capita US$ 4.800.

6.10 X Región de Los Lagos.

Las principales actividades económicas de la
Región de Los Lagos son la agropecuaria (donde destacan la
producción de cereales y la ganadería para
lechería), la silvícola, la pesca y el
turismo.

Esta región tiene un PIB de US$ 8.300.000.000 y
un ingreso pér capita US$ 7.400.

6.11 XI° Región del Gral. Carlos
Ibáñez del Campo.

La agricultura, la ganadería, el forestal, la
pesca y más recientemente el turismo son las principales
actividades económicas de la Región de
Aysén.

Esta región tiene un PIB de US$ 1.000.000.000 y
un ingreso pér capita US$ 10.000.

6.12 XII° Región de Magallanes y la
Antártica Chilena.

La agricultura, la ganadería, el forestal, la
minería, la industria, la pesca y más recientemente
el turismo son las principales actividades económicas de
la región.

Esta región tiene un PIB de US$ 2.400.000.000 y
un ingreso pér capita US$ 14.400.

6.13 Región Metropolitana

En particular, en la Provincia de Santiago se
concentran, la industria, comercio, Construcción, transporte, servicios
financieros, electricidad,
gas y agua y
servicios comunales que son las principales actividades
económicas. La minería, la agricultura y el
turismo de montaña también están presentes
en la región.

Esta región tiene un PIB de US$ 80.200.000.000 y
un ingreso pér capita US$ 12.300.

7.- Comportamiento
de la Moneda.

Durante el año 2004, el peso chileno se
depreció en relación al dólar alcanzando un
valor promedio 557 pesos por dólar, resultado superior a
los niveles alcanzados en los años 2003 (550 pesos por
dólar) y 2002 (549 pesos por dólar).

El tipo de cambio
mostró una recuperación importante en el año
2004, superando los niveles mensuales alcanzados en los
años anteriores. Esta recuperación comenzó
en el mes de febrero alcanzando su máximo en septiembre,
cerrando el año casi 10 pesos sobre el valor observado en
enero. La volatilidad del tipo de cambio se redujo en el
último año, pasando en un 9,8% en el 2003 a un 6,0%
en el 2004.

IMPORTANCIA DE APEC PARA
CHILE

En el plano general, Chile se ha beneficiado del
éxito
obtenido por APEC en la reducción de aranceles y medidas
para-arancelarias. Por otra parte, las economías de APEC
son las principales receptoras de las exportaciones
chilenas.

En el año 2003, representaron aproximadamente el
57% de las ventas que
Chile hizo al exterior y los 5 principales mercados de
destino para nuestros productos son economía APEC (
Estados Unidos, Japón,
China, Corea y
México).

A esto se agrega que entre los principales
inversionistas extranjeros en Chile, se cuentan cuatro miembros
de APEC: Estados Unidos, Canadá, Australia y Japón,
que totalizan un 60% de las inversiones
materializadas en el período 1974-2002.

Chile ingresa a APEC como Miembro pleno durante la
reunión ministerial de Jakarta, Indonesia, en noviembre de
1994, después de participar como invitado durante un
año en los grupos de
trabajo. De esta forma, nuestro país cumple con uno de los
objetivos de su política exterior comercial, como es el
principio de "regionalismo abierto".

Junto a estas razones estratégicas,
también existen otros beneficios que ofrece participar en
esta instancia, entre las que destacan:

1.- Libertad para
llevar a cabo la agenda que se considere más adecuada en
materia de relaciones económicas
internacionales.

2.- Consolidación de la apertura comercial de
Chile, en forma gradual y consistente con otros acuerdos
comerciales.

3.- Promoción de acuerdos regionales y
bilaterales que faciliten y desarrollen el comercio y la
inversión, consistentes con la OMC y cuyo
objetivo último sea lograr una mayor apertura comercial
multilateral.

4.- Búsqueda de desarrollo en
materias en las que no hubo avances significativos a nivel de
otros foros internacionales.

5.- Apertura de importantes posibilidades para las
inversiones chilenas en el exterior y los productos nacionales de
exportación y, fundamentalmente, fomento de la
inversión exportadora en Chile

6.- Obtener información del manejo de
políticas económicas de la región Asia-Pacífico, lo cual es una de las de
comportamiento más dinámico en el mundo.
7.- Formar parte de los programas de cooperación
técnica. En particular, en materias de ciencia y
tecnología, migratorias, recursos marinos,
agricultura y procedimientos aduaneros.
8.- Generar ventajas competitivas para Chile en
Sudamérica, reforzando su objetivo de ser puerta de
entrada y salida de los mercados asiáticos al continente
americano.

ECONOMIA

Reconocido en el mundo entero como un pionero en
términos del comercio en Latino América, Chile ha
firmado innumerables tratados de libre
comercio. Independiente de los acuerdos firmados, en forma
sistemática, el país también ha reducido sus
impuestos. En enero de 2003, el país bajó su tasa
arancelaria uniforme no preferencial desde un 7% a un
6%.

La economía chilena, conducida por un firme
compromiso por parte del gobierno hacia la liberación de
mercado, la transparencia, y la responsabilidad fiscal, ha
experimentado una amplia transformación durante el
último cuarto de siglo. La apertura hacia el comercio y
las inversiones, junto con la estabilidad institucional han dado
fruto a un elogiado modelo
económico. Mientras que la eficiencia
económica sigue siendo la primera prioridad, el gobierno
también trabaja asiduamente para mejorar el sistema legal,
de salud y de educación, y para
fomentar los ingresos igualitarios y aliviar la pobreza. Por
su parte, se destaca la actitud de los
chilenos por forjar su propio modelo económico mediante su
infalible apoyo, principalmente basado en un significativo
mejoramiento del estándar de vida. En efecto, el promedio
anual del PIB per cápita, se ha cuadruplicado desde US$
1,704 entre 1985 – 1989 a US$ 4,262 en 2002. Otra tendencia
alentadora es la caída gradual de la inflación.
Hacia mediados de los 90, una rigurosa política monetaria
había logrado derrotar al IPC de dos dígitos. Desde
entonces, la inflación ha disminuido acercándose
cada vez más a la de aquellas economías del mundo
industrializado.

Disminución de la
Inflación:  Crecimiento del IPC a fines de
año

1993

1994

1995

1996

1997

1998

1999

2000

2001

2002

12.2

8.9

8.2

6.6

6.0

4.7

2.3

4.5

2.6

2,8

Fuente: INE

En el 2002 Chile se vio afectado por la crisis mundial,
a pesar de que nuestro país ha logrado mantener un sentido
de estabilidad, transparencia y crecimiento
económico. La estabilidad de los fundamentos
macroeconómicos de Chile es el resultado de importantes
reformas internas.

Principales Indicadores
Económicos de Chile

 

1996

1997

1998

1999

2000

2001

2002

PIB Nominal (US$bn)**

67.9

73.0

73.4

67.6

70.1

63.0

66,0

PIB Nominal Per Cápita
(US$)*

4,712

4,993

4,950

4,504

4,608

4,090

4,262

PIB (Billones de pesos de
1996)

31,237

33,301

34,377

34,041

35,533

36,533

37,411

Tasa de Crecimiento Real del PIB (Porcentaje
basado en pesos de 1986)

6.6

3.2

-0,8

4.2

3,1

2,1

Desempleo (Porcentaje)

6.5

6.1

6.3

9.8

9.2

9.1

9,0

Inflación, IPC al final de año
(Porcentaje)

6.6

6.0

4.7

2.3

4.5

2.6

2,8

Exportaciones (FOB) (US$
Millones)

15,395

17,017

14,754

15,915

18,153

17,611

17,430

Importaciones (FOB) (US$
Millones))

16,810

18,112

17,087

14,022

16,832

16,160

15,445

Deuda Externa (US$ Millones)**

22,979

26,701

31,691

34,112

36,477

38,032

40,395

Fuente: Banco Central de
Chile; para la inflación Instituto Nacional de
Estadísticas; * Source: CLSA; **Al final del
periodo

 

Aún cuando el desempleo ha
disminuido desde las cifras más altas que alcanzó
durante  la reciente recesión, durante el año
2002 siguió obstinadamente alto, en torno al 9.0l%.
 El Banco Central redujo las tasas de
interés en reiterados intentos por estimular la
demanda y la
creación de empleos, llegando a 3% a fines de diciembre
del 2002.

Gracias a una política comercial abierta y al
vigoroso crecimiento de la economía en la última
década, los empresarios y los consumidores nacionales
pueden adquirir, ahora más que nunca, una mayor gama de
productos importados. Durante 2002 las importaciones en valor FOB
alcanzaron US$ 15.5 billones.

Rompiendo
Fronteras
:
Exportaciones e Importaciones Chilenas (FOB) 1992-2001
(US$ Millones)

 

1992

1993

1994

1995

1996

1997

Exportaciones

10,007

9,199

11,604

16,024

15,395

17,017

Importaciones

9,285

10,189

10,872

14,643

16,810

18,111

 

1998

1999

2000

2001

2002

 

Exportaciones

14,754

15,915

18,153

17,611

17,430

 

Importaciones

17,087

14,022

16,832

16,160

15.445

 

Fuente:  Banco Central de
Chile

Partes: 1, 2, 3
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