- Resumen del
Trabajo - Planteamiento
Metodológico - Fundamentos teóricos
del Correo y los Concesionarios Postales - El Monopolio Postal y las
Concesiones de Servicios Público - Contrastación de las
hipótesis de trabajo - Conclusiones
- Recomendaciones
- Bibliografía
"El correo debería, como las artes
y las ciencias, ser
dirigido en un sentido cosmopolita, revestir un carácter universal. En interés de
la Humanidad debería considerársele y
tratársele como una institución que pertenece a
todo el mundo civilizado, pues allí donde el no existe, la
cultura esta
sumida en una noche caótica. Los lazos que lo unen al
mundo intelectual son tan numerosos y tan estrechos que obligan a
considerarlo como una institución universal, cuando se
descubra su verdadero valor"
Kluber
Propongo cambios a la definición de lo que se
conoce en el Perú oficialmente a los Concesionarios
Postales,
actividad que es conocida en otros países con diferentes
nombres como:
COURIER, CURRIER, CORREO PARALELO, CORREO PRIVADO,
COMPAÑÍA DE SERVCIO EXPRESO, COMPAÑÍA
DE ENTREGA RAPIDA, MENSAJERIA INTERNACIONAL, SERVCIO DE
MENSAJEROS, EMPRESA DE
ENTREGA RAPIDA, EMPRESA DE SERVCIO EXPRESO, EMPRESA DE
TRANSPORTE
EXPRESO, CONCESIONARIO POSTAL
Propongo que la actividad sea autónoma,
desligándola de las actividades postales
Propongo una Clasificación Internacional
Industrial Uniforme, específica para esta nueva
actividad
El presente trabajo tiene
por finalidad, hacer una breve pero inevitable historia de las comunicaciones
desde los orígenes de la humanidad y donde descubrimos que
todas las grandes civilizaciones le daban a las comunicaciones la
importancia que se merecen, dudo que las grandes conquistas se
hubieran consolidado sin comunicaciones.
Para mi satisfacción, el sistema de
correos (chasquis) desarrollado en el imperio incaico se
constituyó como base para el correo establecido por los
colonizadores españoles, en todas sus colonias, no
solamente la del virreinato del Perú.
Esta investigación consta de cuatro
capítulos con sus respectivos anexos, que están
desarrollados adecuadamente, siguiendo una secuencia lógica,
de acuerdo a las características de la
investigación.
Es preocupante ver la escasa bibliografía existente en
materia postal
en nuestro país, existen sin embargo muy importantes
documentos que
pueden ser fuente de futuras investigaciones y
que son parte de nuestra historia nacional.
He tenido que resistirme a la tentación de llevar
la investigación al campo histórico, pues hay mucho
material que está a la espera de ser utilizado.
Espero lograr que con la publicación de este
humilde aporte a la comunidad
empresarial y académica del Perú se incentive la
investigación en el tema del Correos.
Finalmente pongo a disposición del Jurado la
presente tesis,
quizás con las imperfecciones y errores propios de toda
obra humana, pero convencido de haber desplegado un esfuerzo en
beneficio de Modernizar la Legislación de los
Concesionarios Postales en el Perú.
El Autor
CAPITULO I
El problema que se plantea en la presente tesis es
la Necesidad de Modernizar la Legislación de los
Concesionarios Postales en el Perú, actividad
relativamente nueva en el Perú, con escasos treinta
años de existencia, pero que por la velocidad
como se ha desarrollado, la realidad jurídica,
plasmada en dispositivos legales no está acorde con
las necesidades de brindar el servicio a
los usuarios y que coloca a nuestro país en
situación desventajosa, frente a otros países
de la región.Esta desventaja se traduce en menor desarrollo
económico, menores inversiones extranjeras y nacionales, y con el
consiguiente menor Índice de bienestar para nuestra
población.1.1 Delimitación del
problemaSe ha considerado conveniente establecer la
delimitación en tres áreas
específicas:1.1.1 Delimitación en ámbito
espacialLa investigación se localiza en el
Perú1.1.2 Delimitación en el
tiempoSe ha realizado en un periodo de seis años,
de 1997 a 20021.1.3 Delimitación económica
sectorialSe ha realizado en los operadores del sector privado
y el operador publico, es decir todo el
universo.- PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
- OBJETIVOS E IMPORTANCIA
2.1 Objetivos
2.1.1 Objetivo
General
Proponer la adopción de una Clasificación
Nacional de Actividades Económicas (ClaNAE
Perú), para que albergue al cluster de actividades que
realizan los Concesionarios Postales en el Perú este
acorde con las tendencias y realidades mundiales. Sobre esta
base uniformar todos los dispositivos legales que se
encuentran dispersos, bajo uno solo
2.1.2 Objetivos
Específicos
– Definir apropiadamente la actividad de los
Concesionarios Postales
– Clasificar apropiadamente la actividad de los
Concesionarios Postales
2.2 IMPORTANCIA DE LA
INVESTIGACIÓN
Consideramos que es relevante el problema planteado
por que la legislación peruana en la materia no esta a
tono con las nuevas realidades y tendencias
mundiales.
Diversos metodologos de la Investigación
Juridica consideran que los temas a investigar tienen
obligatoriamente que tener ciertas características
como:
Felipe Pardinas (1)
– Relevancia científica, es decir nuevos
conocimientos que se aportan a la solución del
problema
- Relevancia humana, que significado puede tener para
la comunidad la investigación a emprender - Relevancia contemporánea, es indudablemente
una actividad actual que no tiene mas de 30 años de
iniciada y esta en constante evolución a pesar de haber llegado ya a
la etapa de maduración
Mauro Zelayaran (2) los denomina criterios de selección del problema
jurídico:
- Criterio de actualidad. Posibilita eliminar
aquellos problemas
que carezcan de actualidad - Criterio práctico. Se trata de establecer la
utilidad que,
eventualmente pueda tener el estudio de determinado problema
jurídico para la solución de alguna compleja
cuestión social.
(1) Pardinas Felipe,
Investigación Metodologiíta y Técnica de
Problemas
Sociales, Editorial Siglo XXI, México,
1986
(2) Zelayaran Durand Mauro, Metodología de la Investigación
Jurídica, Ediciones Jurídicas, Lima Perú,
2001
- Criterio metodológico. El problema
jurídico puede considerarse significativo cuando su
estudio se orienta a la creación y aplicación
de nuevos instrumentos o procedimientos, para el mejor estudio de la
realidad socio juridica. - Viabilidad. Son las posibilidades materiales
para el desarrollo
de la investigación, de preferencia se debe contar con
las fuentes
con cierta facilidad - Originalidad. No está en un titulo poco
conocido sino en lo que se quiere saber del tema, en Derecho
los temas pueden ser ya contados, pero lo que vale es el
enfoque que se le quiere dar a la
investigación. - Utilidad. Un trabajo de investigación debe
servir a la sociedad y
el investigador, debe tener un compromiso social y encaminar
sus esfuerzos a resolver problemas o a aportar elementos que
expliquen un fenómeno social o
jurídico. - Capacidad. El investigador debe contar con
antecedentes académicos que lo lleven al
convencimiento que si esta preparado pare desarrollar el
tema.
Investigar es buscar intencionalmente algo que se
desconoce, mientras que serendipity (vocablo ingles sin
traducción al español), es el descubrimiento de
problemas o conocimientos valiosos que no eran buscados en el
diseño de la investigación
(3)
En nuestro país solamente ha sido editado un
libro, en
1996, titulado, "Los almacenes
aduaneros y los courriers" cuyo autor José Ángel
Escalante Romero, trata el tema desde un punto de vista
aduanero y de procedimientos, mas no en profundidad; es pues
necesario tratar el tema a cabalidad, sobre todo por la
importancia que en el futuro va a tener en el Perú esta
actividad tan estrechamente ligada al comercio
exterior en nuestro mundo globalizante.
(3) Pardinas Felipe,
Investigación Metodologica y Técnica de Problemas
Sociales, pagina 71 Editorial Siglo XXI, México,
1986
2.2.1 Importancia Económica del
Sector
En el último año del estudio (2002),
había un total de cincuentaiocho empresas
internacionales dedicadas directamente a la actividad de
Concesionario Postal. A esta cantidad de deben sumar las
sucursales que eran un total de noventa y seis y otras
empresas en el número de ciento ochenta, dando un
total general de empresas dedicadas a la actividad de
trescientas treinta y cuatro, estas empresas operan tres mil
trescientos setenta y dos unidades de transporte terrestre:
automóviles, camionetas, omnibúses y otros (en
el que se incluyen motos y bicicletas).
La facturación total del año 2002 fue
de quinientos cincuenta millones de soles. Unos ciento
setenta y dos millones de dólares.
Esta actividad da empleo a
casi diez mil personas y podemos inferir que a un estimado de
cinco personas por familia,
afecta económicamente a cincuenta mil personas.
Están incluidos el personal
directamente empleados en forma permanente, así como
eventuales (que tradicionalmente es contratado en la
época de mayor afluencia de correspondencia y regalos
y es la época de navidad) y
personal provisto por los services de personal.
Ver cuadros estadísticos en el ultimo
capitulo del presente trabajo sobre las ventas de
las empresas del sector, la cantidad de vehículos y el
personal empleado directamente.
Si bien no estamos proporcionando datos
económicos, resulta razonable pensar que las operaciones
de los concesionarios postales tiene un efecto multiplicador
en la economia nacional pues estas empresas consumen
papelería e insumos de oficina, su
personal se encuentra uniformado, se alquila máquinas fotocopiadoras, los
vehículos consumen combustible, alquilan y construyen
inmuebles; contratan servicios
externos de consultoría, hacen uso de empresas de
transporte domesticas e internacionales etc.
Vemos que la actividad tiene un pequeño pero
creciente impacto positivo en la economia del país y
es necesario que se provea un marco legal adecuado para no
solo mantener las actividades sino incrementarlas; por la
posición geográfica el Perú puede
convertirse en un hub o
centro de distribución de transporte expreso en
la región latinoamericana.
El transporte aéreo es hoy en día una
de las industrias
más importantes y de mayor crecimiento. Según
la OECD (Organization for Economic Cooperation and
Development) (4) aproximadamente el 40 % en valor de los
bienes que
se compran y venden en el mundo se transporta por vía
aérea. A su vez la industria
del Transporte Expreso esta creciendo mas rápidamente
que cualquier otro servicio de carga aérea.
La globalización de los negocios,
las cadenas de suministro más eficientes, y la mejora
de la logística internacional, confían
hoy en día en los servicios que brinda la industria
del Trasporte Expreso. (5)
En términos de peso solo un tres por ciento
del comercio
mundial se transporta por vía aérea y un
importante porcentaje de este requiere transporte
expreso.
Los mayores usuarios del Transporte Expreso, son las
compañías que conforman lo que se conoce como
la "nueva economía", es decir las
compañías de alta tecnología, entre usuarios: fabricantes
y ensambladores de componentes electrónicos, equipos
de telecomunicaciones y la industria
farmacéutica.
Se espera un crecimiento del siete por ciento anual
en los próximos10 años, en el caso del
Perú casi al doble del ritmo del crecimiento de
nuestra economía, con los consiguientes crecimientos
en empleo directo e indirecto y mayor rapidez en la
recaudación de tributos.
(4) La OECD es un think-tank o agencia
de monitoreo conformada por 30 países cuyo objetivo es
buscar soluciones a
los problemas que surgen por la
globalización, hace propuestas que generalmente son
aceptadas por los gobiernos. Asimismo buscan la libertad de
mercados y
democracia
plural, Nace en 1961 de la OEEC (Organization for European
Economic Cooperaction) para canalizar la ayuda de los Estados Unidos y
Canadá, bajo en Plan Marshall,
para la reconstrucción de Europa
después de la Segunda Guerra
Mundial.
(5) The Economic Impact of Express
Carrier for UK plc,
página 4, Oxford Economic Forecasting, Junio 2002
Traducción del autor.
Entre las razones que tienen los usuarios de este
servicio están:
- Destino, o cobertura el proveedor del servicio
puede o no tener la capacidad de llegar a las poblaciones
más remotas
– Rapidez en el tiempo de la
entrega, generalmente hay una relación directamente
proporcional en el tiempo de entrega y el costo del
servicio.
- Garantía de la entrega, asociada con la
seguridad
de la entrega en el tiempo prometido y de una
compensación en caso de no entrega, perdida o
demora. - Posibilidad de rastrear el envío
- Precio, estará de acuerdo al nivel de
servicio requerido, a la distancia, a los servicios
adicionales
El cliente tomara
la decisión y escogerá al proveedor luego de
analizar los distintos niveles de servicio que este ofrece y la
evaluación que hace de los factores antes
mencionados.
Estos factores cobran gran importancia entre los
usuarios en el Perú, que adicionalmente a los ya
mencionados incluye al sector exportador textil, repuestos
urgentes para fabricas, banca,
documentos legales, etc.
Los servicios que prestan los Concesionarios Postales
generan importantes beneficios a las empresas, clientes y
gobiernos al facilitar el intercambio comercial, aumento de
empleo y mayor rendimiento económico al aumentar la
eficiencia
empresarial.
Desde el punto de vista de los beneficios para los
consumidores es innegable que al presentarles a través
de su computadora
un acceso eficiente a todas las opciones de las cadenas
mundiales de abastecimiento de bienes y servicios, que es un
requisito indispensable para la competitividad de los negocios pequeños,
medianos y grandes así como para las economías
nacionales (6)
El transporte rápido y confiable que es la
característica de los servicios de Transporte Expreso se
ha convertido en un elemento esencial para mantener los
estrictos programas de
producción y mantener la flexible
necesidad de los procesos de
fabricación que caracteriza a la nueva economía
mundial.
Pero no es suficiente que existan empresas privadas
que ofrezcan estos servicios, para hacer los mismos asequibles
a los consumidores, es un requisito indispensable que los
gobiernos den facilidades para que estas
compañías operen de una manera eficiente, sin
reducir los potenciales beneficios económicos que ofrece
su uso intensivo.
Los tradicionales impedimentos burocráticos son
la no abolición en la practica del monopolio
postal a pesar de legislaciones al respecto y las dificultades
en liberar las mercancías de Aduanas o trato
preferencial a empresas postales nacionales, en el caso del
Perú SERPOST, que cuenta con una Intendencia de Aduana Postal.
Mientras que los Concesionarios Postales son supervisados por
la Intendencia de la Aduana Aérea de Lima
Callao.
Es necesario que el Peru adopte
urgentemente medidas en la dirección correcta para permitir que
mejore la manera de hacer negocios
internacionales.
En la información disponible a la fecha de
preparación del presente trabajo (2004) la
posición de gobierno
peruano en el capitulo comercio de servicios frente al Tratado de Libre
Comercio con Estados Unidas es:
- La Agencia Interamericana para la
Cooperación y el desarrollo que depende de la
Organización de Estados Americanos publica en
Septiembre del 2002 unos documentos titulado La Industria del
Transporte Expreso en América
Latina y el Caribe; evaluación de sus beneficios
económicos y barreras regulatorias
"El tratamiento normativo en las negociaciones de
servicios es distinto al tratamiento del capítulo de
bienes. En el caso de los servicios, el objetivo del
Perú es profundizar la liberalización del
comercio de servicios de naturaleza
financiera y no financiera a fin de potenciar nuestras exportaciones de servicios a los Estados Unidos.
Se establecerían disposiciones para eliminar la discriminación, las restricciones
cuantitativas, y fomentar la transparencia, divulgación
de información y la solución de controversias.
Estas disposiciones beneficiarán a los consumidores al
propiciar mayores niveles de competencia y
consolidará reglas estables y transparentes que permitan
un comercio de servicios mutuamente beneficioso" (7)
Es importante que el Peru tenga una posición
definida en la materia de los Concesionarios Postales y su
legislación nacional, pues es más que seguro que los
cabilderos de las empresa americanas que dominan el mercado UPS
y FEDEX estén tratado de lograr un tratamiento mas
liberal a esta industria, en el marco del Tratado de Libre
Comercio.
Hasta el año de 1992 no se habían
localizado fuentes amplias de datos sobre el comercio de
servicios de mensajeros. Por lo menos en el caso de los
servicios de correo urgente, una estimación situaba la
proporción de los servicios de todos los proveedores,
incluidos los servicios postales públicos, en alrededor
del 57 por ciento del mercado total de correo internacional,
cuyo valor era en 1992 de 3.500 millones de dólares
EE.UU. Según las cifras de los Estados Unidos, su
Servicio Postal manejó en 1992 correo urgente por un
valor de 81,7 millones de dólares EE.UU., lo que
representaba el 4 por ciento de los ingresos
totales obtenidos de servicios urgentes internacionales de los
Estados Unidos, estimados en 2.000 millones de dólares
EE.UU.
- www.tlcperu-eeuu.gob.pe Pagina web del
MINCETUR, Otros temas No: 38
No obstante, la información disponible acerca
de las actividades de los principales proveedores de servicios
de mensajeros puede arrojar alguna luz sobre el
entorno económico de estos servicios. A nivel mundial,
las principales empresas son DHL Worldwide Express (DHL),
United Parcel Service (UPS), Federal Express y GD Express
Worldwide. Muchas de esas empresas de mensajeros han
establecido filiales en países extranjeros para
aprovechar el rápido crecimiento de la demanda
mundial de servicios de correo urgente. En los Estados Unidos,
el suministro de servicios de mensajeros está
predominantemente en manos de grandes empresas comerciales,
como Airborne Freight Corp., DHL, Federal Express y UPS, y unas
10.000 empresas independientes relativamente pequeñas
que prestan ese tipo de servicios. En el mercado
estadounidense, las grandes empresas tienden a especializarse
en servicios de entrega de un día para otro, mientras
que las empresas más pequeñas suelen ocuparse
más bien del reparto local en el mismo día. Los
principales proveedores europeos son Kühne & Kouri,
Jet Services, TNT Express y Securicor; a nivel nacional
funcionan muchas empresas pequeñas que ofrecen servicios
urbanos e interurbanos. Las operaciones de DHL luego de su
asociación con el Correo Alemán están
aumentando en Europa alrededor de un 17 por ciento al
año, a pesar de la elevada competitividad de los
mercados locales.
3. Formulación de
Hipótesis
3.1 Primera Hipótesis
¿Cuál es la clasificación ClaNAE
/ CIIU aplicable en el Perú de las actividades que
realizan los Concesionarios Postales?
3.2 Segunda Hipótesis
¿Están apropiadamente definidas las
actividades que realizan los Concesionarios Postales en el
Perú?
3.3 Tercera Hipótesis
¿Está la legislación sobre los
Concesionarios Postales en el Perú acorde con las
tendencias y realidades mundiales en la materia?
4. VARIABLES:
4.1 Primera Hipótesis
Variable Independiente (X)
Clasificación ClaNAE / CIIU aplicable en el
Perú
Variables dependientes (Y)
Clasificación ClaNAE temporal (Y1)
Actividades que realizan los concesionarios postales
en el Perú (Y2)
Actividades inherentes a la prestación integral
del servicio (Y3)
4.2 Segunda Hipótesis
Variable Independiente (X)
Definición de las actividades que realizan los
concesionarios postales
Variables independientes (Y)
Definición que se hacen en otros países
(Y1)
Definición que plantea la industria
(Y2)
4.3 Tercera Hipótesis
Variable independiente (X)
Legislación actual para los Concesionarios
Postales en el Perú X 3
Variables dependientes (Y)
Legislación en otros países
(Y1)
Legislación propuesta para los concesionarios
postales en el Perú
(Y2)
5. Descripción del método y
tipo de investigación
5.1 Metodología
Existe en la actualidad un tendencia a utilizar los
dos métodos de
investigación, el cuantitativo y el cualitativo,
este ultimo ofrece ventajas y le da validez y confiabilidad a
la investigación científica, y son la ciencias
sociales en las que son mas indicados los estudios
cualitativos entre otros el desarrollo de política publica
(8), como es el propósito de la presente
investigación,
(8) STRAUSS & CORBIN, Basic
qualitative research: Grounded theory procedures and techniques,
SAGE, California USA 1990
No es posible dejar de lado los métodos
cuantitativos, pues no existe lógica alguna que demande
un compromiso unilateral con un método de
investigación en particular. La dependencia en una base
teórica y metodologica exclusivista, le niega al campo
de investigación la vitalidad de otros enfoques que han
demostrado ser científicamente desafiantes y de utilidad
para los consumidores de la ciencia
(9)
Se ha utilizado el análisis y la síntesis, al descomponer todos los
aspectos de la actividad en las unidades más
pequeñas posible, para efectos de un estudio minucioso
de cada tema y cada aspecto relevante desde diferentes puntos
de vista.
Asimismo hemos hecho uso del método inductivo
deductivo, estudiando los fenómenos materia de la tesis
desde lo particular a lo general o en todo caso desde un grado
menor de generalidad a uno mayor.
El método histórico ha sido
también utilizado, tratando de respetar de manera
cronológica los eventos, en sus
diferentes realidades sociales y económicas.
En lo que respecta al acopio de la información
total del fenómeno, se ha puesto especial cuidado en
hacerlo en forma ordenada y sistemática, para conocer a
cabalidad tanto los detalles exteriores del fenómeno,
como los aspectos intrínsicos que no siempre son
evidentes.
Se han sostenido entrevistas
con directivos de la Dirección General de Servicios
Postales, del Departamento de Estadísticas del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones, con el Instituto Nacional de
Estadística e Informática y Gerentes de los principales
Concesionarios Postales.
En los que respecta a las realidades de otros
ordenamientos jurídicos se han confrontado con la
realidad del Perú para evidenciar las semejanzas y
diferencias que existen, se ha puesto especial énfasis
en las realidades de países del continente americano y
de habla hispana y con sistemas
jurídicos romano germánicos; sin embargo no
podemos dejar de lado a los países con culturas
jurídicas anglosajonas, dado que en esos países
es que realmente se da inicio a esta actividad.
(9) METODOS CUALITATIVOS DE
INVESTIGACIONES, Tomas Reyes PH.
D.
En cuanto a las fuentes de estadísticas, las
únicas disponibles son las del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones, las cuales no contienen el detalle que nos
hubiera gustado obtener y que nos fue negado a pesar de lo
dispuesto en la Ley 27806, Ley
de Transparencia y Acceso a la Información
Pública.
Existe información sobre los Concesionarios
Postales desde el año de 1995 en ADUANAS tanto de
importación como de exportación, no hemos recurrido a esta
fuente debido a que los parámetros usados por SUNAT
– ADUANAS no registran los detalles que si hubieran sido
útiles, tales como:
En el caso de documentos e impresos libres de impuestos,
según la legislación de Concesionarios Postales,
los despachos de importación y exportación se
hacen a nombre del Concesionarios Postal y solo debe declararse
el peso total, no así el numero de envíos y
podríamos encontrarnos con que una DUI
(Declaración Única de Importación) de
documentos, registra un peso total de 50 Kilos y se trate de un
solo envió conteniendo correspondencia entre una oficina
en el exterior y su sucursal en el Perú. Mientras que
otra DUI (Declaración Única de
Importación) con un peso total, también de 50
Kilos, puede contener 100 sobres de 500 gramos cada uno, con
documentos para 100 diferentes consignatarios.
En el caso de mercancías en general, se da una
situación similar y un poco más compleja, ya que
la legislación permite a los Concesionarios Postales
completar una Declaración Única de
Importación (Régimen Simplificado) a nombre del
Concesionario o a nombre del Importador declarado o
consignatario o el endosar la Guía Courier al
consignatario
En cualquiera de los casos mencionados se debe
completar un ítem por cada partida arancelaria, lo que
no nos ayuda con los datos que requerimos.
En vista de lo anterior una DUI (Declaración
Única de Importación) en la que el Concesionario
es el importador, con un peso de 50 Kilos, puede contener
mercancía de un solo consignatario final con una sola
partida arancelaria, mercancía para varios
consignatarios con una misma partida arancelaria,
mercancía para un solo consignatario con varias partidas
arancelarias o mercancías con distinta posición
arancelaria para varios consignatarios finales.
También se da el caso de algunas empresas que
por tener destinaciones aduaneras diferentes a la
importación definitiva, o por requerirlo así su
gestión administrativa, requieren que el
Concesionarios Postal, cumpla con las formalidades de
importación a nombre del consignatario.
Mas aún algunos importadores, por restricciones
de valor máximo permitido mediante el Régimen
Simplificado (US$ 2,000 CIF), tendrán que utilizar a un
Agente de Aduanas para realizar la importación, mediante
endose de guía.
Como se puede apreciar por lo anterior,
consideré sumamente riesgoso usar estas
estadísticas que podrían llevarnos a conclusiones
equivocadas, no existiendo, por el momento ninguna forma de
determinar parámetros de corrección de
tendencias.
Por cuestiones de celo comercial, también nos
fue gentilmente denegada, la información en detalle que
se solicitó a los principales concesionarios postales
internacionales, que fue solicitada vía
telefónica y en las entrevistas sostenidas.
Nos quedamos con la única fuente oficial, que
son las estadísticas postales las que asumimos que
reflejan la realidad, pues son completadas con carácter
de declaración jurada, si bien difícilmente
comprobables, pensamos de buena fe que reflejan la
realidad.
Como se ha explicado al inicio de este capitulo no
estamos utilizando solamente el método cuantitativo, por
lo que los cuadros estadísticos y gráficos tienen como finalidad demostrar
el crecimiento que tiene esta actividad.
Debido a que se esta usando en esta
investigación el Internet como
herramienta de búsqueda de fuentes, estadísticas
e información actualizada es conveniente aclarar que la
investigación por Internet tiene la ventaja de poder
acceder en cualquier momento y en cualquier lugar, pero
también algunas desventajas como las
siguientes:
- No siempre la palabra clave es utilizada por el
buscador como uno la concibe, lo que llevará a obtener
muchos resultados, algunos de ellos totalmente
inútiles, que puede ser frustrante. - La mayor parte de la información que
encontramos en Internet es a partir de mediados de los
noventa, mientras los libros se
remontan a principios
del siglo veinte - Posible sesgo del dueño de sitio, que puede
estar influenciado por sus convicciones personales y
sacrificar la búsqueda de la verdad, que debe ser el
motor de
todo investigador serio. - No todos los sitios Web, tiene el mismo crédito ni la misma
credibilidad.
Gonzáles Galván Jorge Alberto
(10)
(10) Gonzáles Galván Jorge
Alberto, La Construcción del Derecho: Métodos y
Técnicas de Investigación Biblioteca
Juridica Virtual Instituto de Investigaciones Jurídicas de
la UNAM México, México 1998
ISBN 986-36-7171-3 versión Internet
www.bibliojuridic.org
CAPITULO II
FUNDAMENTOS TEORICOS DEL CORREO Y DE LOS
CONCESIONARIOS POSTALES
1. MARCO CONCEPTUAL
No existiría el correo, ni hubiera habido
necesidad de transportar correspondencia si antes no se hubiera
descubierto la escritura, la
necesidad de transmitirla de manera confidencial, jugaron un rol
determinante primero los papiros, el papel y los
sobres
Etimológicamente la palabra "correo" proviene de
la voz francesa "courier" y la italiana "corriere", que
significan correr y se han empleado para designar al que tiene
por oficio llevar y traer la correspondencia de un lugar a
otro.
El correo es un servicio público que tiene por
objeto el transporte de correspondencia oficial y
particular.
El correo nació con la humanidad, por la
necesidad del hombre de
comunicarse con sus semejantes, todas las grandes civilizaciones
la egipcia, persa, griega, romana, china, inca,
etc. tenían un servicio de correo.
Existen referencias desde el Siglo VI A.C. en la
época de Ptolomeo en Egipto, se
atribuye su creación al Rey Tesosfros, segundo monarca de
la III dinastía, Siglo V A.C. y otros lo atribuyen a la
XII dinastía egipcia dos mil años A.C.
En la Francia del
Siglo XII de nuestra era, debido a la gran cantidad de
estudiantes que tenia la Universidad de
Paris, tuvo auge debido a la necesidad de comunicación epistolar con sus
familiares.
Más nos interesa el desarrollo del correo en
España
por ser el que influencio, por el Virreinato, en nuestro
país.
2. MARCO HISTORICO
2.1 Breve reseña histórica del Correo
en el Perú
2.1.1 En la época
prehispánica
Desde la época del periodo Intermedio
Tardío (1200 – 1400) hay evidencia por la red de caminos encontrados
que servían a la cultura Chimú para ejercer un
eficiente control
administrativo de los valles del Rímac y
Pachacámac, y se utilizaban los chasquis para tal
efecto.
Cabe mencionar que los mensajeros del correo fue una
de las pocas instituciones del imperio incaico que
sobrevivieron a la destrucción a manos de los
colonizadores (11)
A decir de don Eduardo Verdegay y Fiscovich, en
Historia del Correo – Madrid 1894
se refiere al hecho importantísimo de tener establecidos
los Incas del
Perú, largo tiempo antes de la conquista de aquel
país por los españoles, correos en postas tan
diligentes, que, en casos repentinos hacían pasar las
noticias por
medio de fuegos, de quinientas a seiscientas leguas en tres o
cuatro horas (12)
Los chasquis transitaban por excelentes caminos y
trasmitían mensajes verbales y escritos, así como
correspondencia del Estado (los
quipus) en fardos sellados con hilos; para la provisión
de los Incas de frutos, semillas y pescados lo hacían en
fardos de 30 a 60 libras de peso.
No existía acceso al servicio por el pueblo.
Era una organización pública, organizada,
reglamentada y vigilada por el gobierno a cuyo sostenimiento
contribuía la nación.
Estos chasquis eran más eficientes que el
correo postal que existió en Francia, España,
Italia y
Alemania en
el siglo XV.
El Perú merecería figurar entre los
países de más valiosa tradición postal,
pues en su rusticidad mantenía los principios
fundamentales del correo moderno: rapidez, seguridad,
inviolabilidad y economía ya que los gastos eran
sostenidos por cada comarca.
2.1.2 En España y durante la
Colonia
Las primeras disposiciones reales sobre los correos,
tanto de a pie como de a caballo, aparecen en España en
el año 1260, en 1506, Francisco de Tassis fue nombrado
Maestre Mayor de Hostes, Postas y Correos de España, y a
él corresponde la organización del Correo como un
servicio público y abierto a todos los habitantes, el 14
de mayo de 1514.
(11) La
Comunicación Imposible, información y
comunicación en el Perú (Siglo XVI), Gargurevich
Regal, Juan, Fondo Editorial, UNMSM, Lima, Perú 2002
pagina 82
(12) El correo en el Perú, NIERI,
Julio Cesar, publicación oficial del Ministerio de
Gobierno, Policía, Correos y Telégrafos,
Imprenta La
Confianza, Lima, Perú 1935, pagina 47
En el año de 1509 en el Libro Tercero de las
Leyes de las
Indias titulo 16 "De las cartas,
Correos, é Indios Chasquis"
La Corona, durante el reinado de Juana de
España, apremiada por la necesidad de organizar las
comunicaciones postales en sus nuevas colonias de América, crea el oficio de Correo Mayor
de las Indias, Islas y Tierra Firme
del Mar Océano, descubiertas y por descubrir. Se
recurrió al sistema de privilegios Este le fue otorgado
como merced no revocable a un particular muy allegado a la
corona (fue albacea del testamento del Rey Fernando el
Católico, Cronista de los Reyes Católicos y
Presidente del Consejo de Castilla), "para ahora y para
siempre" al doctor Lorenzo Galíndez de Carvajal, Conde
de Castrillejo, sus herederos y sucesores. Tenía su sede
en Lima.
La gracia o merced del correo en España la
mantenían los Tassis
Nótese que la función
no la ejercía directamente la Corona sino a
través de una gracia o lo que llamaríamos hoy en
día una concesión pero sin retribución
alguna. Era un monopolio de facto de la familia
Carvajal.
Durante el Virreinato las autoridades ponían
dificultades a los correos (se dice que para evitar que las
noticias de las malas gestiones virreinales llegaran a la
metrópoli), teniendo que acudir, en queja, el Correo
Mayor a la Corona, asimismo los Virreyes acusaban a la Corona
de los abusos del Correo Mayor contra los indios
chasquis.
Durante los años de administración de los Carvajal
existió una gran ineficiencia y abuso, llegando a ser
sus bienes embargados en 1610 por orden del Virrey
Montesclaros, hasta que no pague a los indios las ingentes
deudas que tenía con ellos.
Por las razones antes mencionadas en 1717 la Corona
intento retirarles el privilegio, pero el Correo Mayor de
turno, Marques de Conchan, reclamo apelando que ahora
sólo tenia el Virreinato del Peru en exclusividad y no
todas las Indias como fue en un inicio. Felipe V le confirmo el
derecho pero por solamente cincuenta años más,
retirándole la perpetuidad que de manera tan generosa y
exagerada le había otorgado la Reina Juana
Era una actividad sumamente rentable para la familia
Carvajal tan es así que al negociar el noveno y ultimo
Correo Mayor, Fermín Francisco de Carvajal y Vargas con
el Rey Carlos III la reversión de la gracia otorgada, en
1768, recibió una indemnización vitalicia de
catorce mil pesos anuales, un descuento del veinticinco por
ciento para su correo particular, aparte de mantener el titulo
de Correo Mayor y títulos de nobleza como Grande de
España, Mariscal de Campo del Rey, etc.
El 18 de Octubre de 1768 por medio de Cedula Real, se
revoca la gracia y se incorpora a la Corona los oficios del
Correo Mayor de la Indias, es entonces que a partir del 10
Julio de 1769 que se constituye el monopolio, de facto del
correo, por la corona española.
Se oficializa el 10 de Julio de 1769, siendo la
primera disposición del Ministerio encargado de la
Superintendencia General de Postas de España e Indias,
la de enviar al Visitador Alonso Carrión de Lavandera en
1770 quien residía en Buenos Aires, y
en viaje a Lima, realizo un detallado informe.
Contó con la ayuda de un cronista que se decía
descendiente de la nobleza incaica llamado Calixto
Concolorcorbo o Carlos Inca Bustamante. Su crónica se
titulo "Lazarillo de ciegos caminantes, desde Buenos Aires a
Lima".
Fue don José Antonio de la Riva y Pando,
Marqués de Grimaldi, enviado de España como
comisionado especial quien estudio en viaje de
investigación en 1771 a los "Reynos de Perú y
Chile", señalando el régimen de servicios,
elaboro los cuadros de distancias, ubicación de las
postas, importancia de los centros poblados,
distribución de oficios, etc
Fue Pando en su categoría de Administrados
Principal con sede en Lima el que dicto los Reglamentos y
Disposiciones por las cuales quedaba establecido el
funcionamiento del correo.
El Ramo, como se le conocía, era
autónomo e independiente de la administración pública y de la
autoridad de
los Virreyes.
El Secretario de Estado y de Despacho del Rey era el
Superintendente General de Correos de España y de
Indias.
En Lima tenia el rango de Administrador
General de Correos, las demás capitales de
América el de Administrador Principal de Correos, en los
partidos, Administradores Agregados, teniendo jefaturas o
simples Administraciones las de menor rango.
El correo cobró importancia y su uso se
extendió, se reporta que el año de 1787 solamente
entre Lima y Potosí se recaudó ingresos por
portes doscientos quince pesos fuertes, equivalente a un mil
doscientas cartas. Ese mismo año el transporte de
encomiendas con caudales produjo rentas del orden de ciento
diez y siete mil quinientos sesenta y nueve pesos, que
constituía el uno por ciento del valor declarado de los
caudales.
Pero empezaron a extraviarse algunas encomiendas con
caudales, que fueron pagadas por el Ramo, ya que al momento del
despacho se contaban en las postas los valores.
El servicio de valores
declarados subsistió hasta fines del siglo XIX en el
Peru, Hoy en día no existe.
2.1.3 En la época republicana
Proclamada la independencia del Perú el 30 de Julio de
1821 el ramo de correos se solidariza con la independencia
mediante Acta de Juramento, suscrita por el Administrador y los
41 miembros de la
administración. (13)
El último Administrador General de Correos y
que sucedió a Pando a su muerte en
1802 fue Félix de la Roza Queipo de Llano, desde el 22
de Junio de 1803, se le ratifico en el puesto el 23 de Agosto
de 1821 según algunas fuentes y el 20 de Noviembre
del mismo años otras; el titulo cambio a
Director de Correos en notas firmadas por los ministros Unanue
y Monteagudo y rubricadas al margen por el
Protector.
Durante el Protectorado de San Martín se
comprobó que no existía relación entre las
rentas públicas y las necesidades económicas, que
a raíz de la gesta de independencia, tenía el
nuevo Estado. Se tomaron diversas medidas para evitar la
defraudación al fisco de los ingresos ordinarios, pues
la correspondencia marítima y terrestre era uno de los
ramos que no daba los beneficios que debería: era pues
necesario cortar el abuso de conducir cartas sin que se pagara
el franqueo de Ley.
(13)El Juramento de la Independencia del
Perú, tres actas inéditas, Morales Flores Elisa,
Bibliotecnic Consultores, www.bibliotecnic.org
En Noviembre de 1821 a través del Ministerio de
Gobierno se dio una disposición que prohibía
dirigir comunicaciones sin que llevaran el "marchamo" (14). Era
permitido, si se deseaba, transportar la correspondencia por
manos particulares pero tenían que "satisfacer su
francatura", es decir realizar el pago del porte
respectivo.
Se establece que los asuntos de la Renta,
debían ser dirigidos por el Ministro de Estado y de
Relaciones Exteriores, que tenia también el despacho de
Hacienda.
Posteriormente Monteagudo en 1833 de la el titulo de
Administrador General de Correos y ordena que el Ramo
pertenezca exclusivamente al Ministerio de Gobierno.
En 1824 el libertador Bolívar mediante Decreto Supremo ratifica
que el Ramo de Correos depende del Ministerio de
Gobierno.
Como otras instituciones de la época, el Correo
sufre una grave crisis por
el irregular servicio, inseguridad
y desconfianza del público, que fue recobrada por la
eficiente labor de don José Dávila Condemarin en
su gestión como Administrador entre 1849 y
1864.
Hasta la fecha solo se habían dictado
efímeras resoluciones y disposiciones tanto por
Dávila Condemarin, como por su antecesor Juan de
Azaldegui, nombrado en 1826. No había ninguna
disposición especial dictada en la Republica, la
Ordenanza General de España y la Particular al
Perú no habían sido derogadas
(14) Marchamo, señal o marca oficial que
se colocaba en las piezas postales en señal de que
habían sido despachadas o reconocidas por las oficinas de
correos.
El 27 de Febrero de 1866 se expide el primer
Reglamento de correos del Perú
El 1870 la Superintendecia General de Correos y Postas
del Ministerio de Gobierno se convierte en una Dirección
General, con autonomia y al mismo nivel que las demás
direcciones de los ministerios.
El 2 de diciembre de 1876 el supremo gobierno, en uso
de la atribución del Art. 94º de la Constitución y de la ley de 21 de
Diciembre de 1874, derogó todas las ordenanzas,
reglamentos, decretos supremos, circulares, instrucciones y
decretos de la dirección, relativos al ramo de correos,
mandando poner en vigencia todas las disposiciones
constitutivas del reglamento general de correos del
Perú, cuya confección se encomendó al
doctor Mariano Felipe Paz Soldan.
En 1895 se unen la Direcciones General de Correos y
Postas con la Dirección General de Telégrafos en
la Dirección General de Correos y Telégrafos, en
el mismo año de estableció el Boletín
Postal.
La institución de Correos tuvo un gran avance y
desarrollo, para adaptarlo a estos, se fue reformando el
reglamento, complementándolo con múltiples
disposiciones, que causaban una serie de inconvenientes en la
práctica. Siendo director general de ramo el
señor coronel Ernesto Zapata, propuso a
consideración del supremo gobierno, en 1908 el
nombramiento del antiguo empleado de correos, don Pedro Pablo
Páez para que formule el proyecto de
reglamento, el cual no se hizo realidad hasta que se dicto la
Resolución Legislativa Nº 2197 del 20 de Noviembre
de 1915 que autoriza al Poder
Ejecutivo a la expedición del reglamento, y que
culminó con su aprobación el 6 de Abril de
1916
Según refiere UGOLOTTI (15) imperaba un
tremendo caos en la institución entre 1911 y 1920 por la
falta de un control
sistemático de su funcionamiento, asimismo un descuido
en la conservación de los bienes materiales y activos,
aunada a la incapacidad de muchos servidores que
no pudieron introducir las mejoras que en la materia
habían obtenido otros países.
Lentitud en el manejo de la correspondencia que
llegaba del extranjero al puerto del Callao, recordemos que
en esa época no había aun servicio
aéreo regular y todo el correo se movilizaba por la
vía marítima. El servicio de desembarque de
las naves lo hacia un ineficiente contratista, al llegar a
Lima por medio del tranvía, las cosas no
mejoraban.Las encomiendas internacionales se acumulaban por
miles en las estrechas oficinas, demoradas por los altos
gravámenes y dificultades burocráticas
causadas en su paso por la aduana.Se conocía de postrenes contratistas y
postillones que conducían fuera de valija y por
cuenta y para utilidad propia, cartas, impresos y
encomiendas con el consecuente perjuicio para la renta del
ramo de correos.A fin de ampliar las instalaciones del Correo
Central de Lima en 1918 se recurrió a imponer el
pago de un "derecho postal" de un Sol por cada
póliza de encomienda postal internacional, mediante
la Ley Nº 4107, se autorizo al ejecutivo a obtener un
empréstito por 100,000 Libras Peruanas,
creándose un derecho adicional del 2% del valor de
las mercancías de importación despachadas
vía postal (Articulo 2 de la Ley 4107), para la
amortización y pago del mencionado
empréstito.Dado que los sueldos que percibía el
personal del ramo y a manera de estimulo, al autorizarse
mediante decreto la jornada de 8 horas en 1919, se
permitió el pago de sobretiempo por trabajo en horas
extraordinarias.2.1.4 El Contrato
Marconi.El 22 de Septiembre de 1921 el poder ejecutivo,
representado por el Ministro de Gobierno, German Leguia y
Martínez "debidamente autorizado" por el Presidente
de la Republica y Francisco Becerra en
representación de la Marconi, Wireless
Telegraph Company Ltd. de Londres, Inglaterra suscriben la escritura publica
que por Resolución Suprema del 21 de Abril de 1921
se autoriza y se entregan los tres servicios, fusionados en
1895, a la compañía inglesa.Este contrato viola la Constitución
Política del Estado de 1920 específicamente
su artículo 83.11 el que establece que el congreso
debe dar la autorización al Poder ejecutivo para
celebrar contratos
que comprometen los bienes y rentas generales del
Estado.Este contrato es pues nulo desde su origen por
falta de poderes de una de las partes (El
Estado) contratantes.El Parlamento abrogó el contrato
basándose en un dictamen adverso de la
comisión parlamentaria de la Cámara de
Diputados.Dejando de lado la ilegalidad de la parte
contractual la intervención de Marconi tuvo efectos
positivos, entre ellos destacamos la disposición de
la nueva administración a los vapores que
llegaban al Callao, en la que debían alistar sobre
cubierta las valijas de correspondencia y avisar
radiograficamente a las autoridades la hora exacta de
llegada.También se obtuvo la autorización de
las autoridades portuarias, para recoger el correo
inmediatamente después de la visita sanitaria, este
hecho es importante por que se le da la prioridad necesaria
y podemos decir que es la primera disposición que
tiene carácter de "expreso", también
adquirió una poderosa lancha con capacidad para
cuatrocientas valijas, a su llegada a tierra se sustituye
el uso de los tranvías eléctricos por un
sistema propio de transporte, con camiones que se
adquirieron para uso exclusivo del correo.Con esta rapidez lograda desde de llegada y
desembarque la clasificación se hacia también
de inmediato, logrando entregas de la correspondencia el
mismo día de su llegada, lo que constituyó
una verdadera hazaña, pues se logro, también,
mantener la integridad de las encomiendas, que
tradicionalmente eran presa de robos y desapariciones a
manos de malos empleados del correo.Se hicieron minuciosas estadísticas del
movimiento de correspondencia y
confección de un mapa de comunicaciones postales,
elaborado, por primera vez de manera
científica.Se compró valijas propias, ya que
anteriormente por falta de recursos
se utilizaban para transporte interno, las valijas que
enviaban las administraciones postales extranjeras, en vez
de devolverlas vacías, como corresponde según
acuerdos internacionales.En 1924 se instauro el servicio de giros postales
internos y luego con los Estados Unidos de
América.No obstante todos los aspectos positivos de la
gestión de Marconi, ni mucho menos debe quedar
alguna duda sobre la capacidad financiera, técnica
ni profesional de la Marconi Wireless de Londres,
Inglaterra, fundada precisamente por el inventor del
telégrafo sin hilos, en 1898 y a la fecha de
suscripción de contrato, Miembro del Parlamento
inglés.La empresa actuó con criterio empresarial
cerrando algunos servicios de postas, unificando oficinas
con movimiento deficitario o sin movimiento; esta
racionalización generó personal excedente que
al verse perjudicado recurrió a la
recomendación y al tarjetazo, institución tan
perjudicial en nuestra historia.El contrato en si se puede comparar con los
funestos contratos firmados por el Estado peruano con la
Casa Dreyffus y la Peruvian para la explotación del
guano de las islas, por los términos desventajosos
para los intereses estatales del mismo.Mencionaremos a manera de ejemplo que el Estado
peruano le pagaba a su contraparte el cinco por ciento de
los ingresos brutos y el cincuenta por ciento del
superávit al final de cada año; en estos
porcentajes estaban incluidos los derechos de
importación que pagaban las encomiendas postales que
si bien eran cobradas y retenidas por la
administración postal constituían ingresos
netamente fiscales y no postales, pues esta era solo la
vía por la que se realizaba una importación,
para colmo una cláusula del contrato permitía
que la Marconi retuviera los conceptos del cinco por ciento
y el cincuenta por ciento de superávit de los
dineros que en efectivo se hallen en su poder.Acá es necesario mencionar que por Ley
existían dos entidades que recaudaban impuestos, una
de ellas era las Aduanas de la Republica y otra las
Oficinas de Correos, se encuentra expresa alusión a
esta situación en el Articulo 1 del Decreto Ley
11196 del 11 de Octubre de 1949.Se otorgo, en virtud del contrato,
liberación absoluta de todos los derechos de aduana
y consulares a los bienes muebles y materiales importados
para el ejercicio de la concesión.En Noviembre de 1922 la Marconi pidió la
rescisión del contrato en vista de las dificultades
y objeciones que puso el parlamento, el plazo que
inicialmente fue de veinticinco años se redujo a
diez, con opción de renovarlos por veinte
años.Surge en este momento el término
concesionario que ostentaba, en virtud del contrato, la
Marconi.2.1.5 Época
ContemporáneaSegún Esmaro P. Salas (16) Visitador del
Ramo de Correos, Telégrafos y Radiotelefonía
del Peru, en 1942 menciona el término Expreso
así como la obligación de pagar una sobretasa
por este servicio adicional.Con la denominación general de Sobretasa se
ofrecían además los siguientes:Ultima hora, para cartas cualquiera sea su
pesoDerechos de Certificación
Aviso de Recepción
Derecho de Reclamación
Las categorías de correspondencia
eran:– Cartas , incluyendo expedientes, por el primer
peso de 20 gramos- UgoLOTTI DANSAY, Humberto, Los
Servicios de Correos, telégrafos y radiotelegrafia
del Perú, Lima Perú, 1925– Por cada 20 gramos adicionales
– Tarjetas
Postales sencillas– Papeles de negocio – peso máximo
2,000 gramos, el primer peso de 250 gramos– Por cada 250 gramos adicionales
– Impresos en general, incluyendo tarjetas de
visita, por cada 50 gramos o fracción, (no se aclara
el peso máximo, se entiende que son 2,000
gramos)– Muestras sin valor comercial, peso máximo
500 gramos, por cada 250 gramos o
fracciónEn el servicio marítimo de cartas,
impresos, papeles de negocios para el extranjero el peso
máximo era de 2,000 gramos y la tarifa aumentaba en
tramos de 20 gramos. Esta tarifa era aplicable a todo el
mundo, con excepción de los siguientes
países: España, Estados Unidos de
América, Argentina, Bolivia,
Brasil,
Colombia, Costa Rica,
Cuba,
Republica
Dominicana, Ecuador,
El Salvador, Guatemala, Haití, Honduras,
México, Nicaragua, Panamá, Paraguay,
Uruguay,
Venezuela, Chile y Canadá;
seguramente en aplicación de los convenios de la
Unión Postal de las Americas y España. A
estos países le era aplicable la tarifa
nacional.Los impresos para ciegos en relieve
(cecogramas) gozaban de una categoría muy especial,
el peso máximo era de 3,000 gramos y se cobraba por
cada 1,000 gramos Soles 0.02 versus Soles 0.04 que se
cobraba por cada 50 gramos, es decir el dos por ciento de
un envío normal del mismo peso.Para el caso del servicio aéreo los
destinos estaban individualizados y eran direccionales,
como por ejemplo China, Filipinas, Hawai (Trans Pacifico).
Estos destinos estaban en 48 categorías por
país o grupo de
países (Europa, Asia, Islas
Británicas y Holandesas). Se aplicaba una sola
tarifa para todos los destinos en el territorio
peruano.Para encomiendas el peso máximo permitido
era de diez kilogramos y las tarifas se aplicaban como
sigue:- Hasta 1,000 gramos
- De 1001 a 3000 gramos
- De 3001 A 5,000 gramos
- De 5,001 a 10,000 gramos
- Guía Practica de las
Dependencia del Ramo de Correos, Telégrafos y
Radiotelegrafia del Perú, Salas P. Esmaro , Editorial
Perú, Lima Perú 1942
Mediante Ley Nº 12959 dada el veintisiete de
Febrero de 1959, se adopta, entre otros la medida de reformar
íntegramente los sistemas postales y de
telecomunicaciones, equipos, métodos técnicos y
demás aspectos funcionales necesarios, creándose
una Comisión encargada de estudiar la reforma, integrada
por un Senador, un Diputado, por el fiscal mas
antiguo de la Corte Suprema, un delegado del Poder Ejecutivo y
un Técnico en Comunicaciones de los Institutos Armados.
El Ministerio de Gobierno y Policía colaborará
con la Comisión y pondrá a su disposición
los funcionarios y servicios que fueren necesarios.
Se usó en determinado momento este servicio
publico, como una fuente adicional de ingresos para
determinados fines, como vemos en la Ley 13295, del cuatro de
enero de mil novecientos sesenta, en la que se crea un
"impuesto"
por el uso de un servicio publico para fines benéficos,
fue un franqueo adicional a la correspondencia que se despache
en el territorio de la Republica de S/. 0.10 durante siete
meses, a beneficio del Comité Organizador del VI
Congreso Eucarístico Nacional.
La Ley 16078 del 14 de Enero de 1966 crea un franqueo
adicional de S/. 0.10, para la Casa del Periodista, modificada
mediante Ley 17050 del 28 de Junio de 1968, aumentado el
franqueo adicional a S/ 0.20
Asimismo la Ley 16208 del 23 de Junio de 1966, crea un
franqueo adicional del S/. 0.20 para la correspondencia
nacional "Pro Restauración de Chan-Chan"
Existía una practica en la época de
crear impuestos en beneficio de determinadas actividades usando
como medio de cobranza la imposición de timbres, sellos
adicionales o signos de
otra denominación, en la correspondencia, en flagrante
contravención a los dispuesto en el Articulo 8 de la
Constitución Política del Estado; esta
situación se corrige con el Decreto Ley Nº 17387,
del 7 de Enero de 1969, en el cual se pone orden en la materia
prohibiendo de manera expresa gravar con impuestos a la
correspondencia y derogando las leyes 16078, 16208 y
17050.
A pesar que en sus considerandos el DL 685 , menciona
un inexistente Art. 11 de la Resolución Legislativa
Nº 2197 del 20 de Noviembre de 1915, en que supuestamente
se establece el monopolio postal a favor de la ex
Dirección General e Correos y Telégrafos del
Perú.
Lo que hace la Resolución Legislativa Nº
2197 es "Autorizar al ejecutivo para expedir nuevos reglamentos
de correos, telégrafos y teléfonos".
La Constitución Política del Estado de
1979, reconoce el principio de libre iniciativa privada, dentro
de una economía social de mercado, señalando que
el estado estimulaba y controlaba su ejercicio para armonizarlo
con el interés social (17)
De manera general esta Constitución establece
que el Estado podía ejercer actividad empresarial, para
entre otros, prestar servicios
públicos (18)
(17)Constitución Política
del Estado 1979,
Art. 115. La iniciativa privada es
libre. Se ejerce en una economía social de mercado. El
Estado estimula y reglamenta su ejerció, para armonizarlo
con el interés social.
(18 ) Constitución
Política del Estado 1979
Art. 13 El estado ejerce su actividad
empresarial, con el fin de promover la economía del
país, prestar servicios públicos y alcanzar
objetivos de desarrollo.
En general el Estado como autoridad define los
términos de acceso al mercado de los agentes
económicos, otorgando autorizaciones o concesiones para
la realización de determinadas actividades.
Asimismo el Estado puede intervenir en la
economía como proveedor de bienes y servicios, ya sea
como proveedor exclusivo en el caso de servicios esenciales,
como era el postal, (19) en cumplimiento del Convenio de la
Unión Postal Universal, o como un competidor mas, como
es actualmente a través de SERPOST S.A. El servicio que
debe prestar SERPOST es el denominado Servicio Postal
Básico Universal, en virtud de los convenios firmados
por el Peru en el marco de la Unión Postal
Universal.
Desde el punto de vista de los medios de
transporte y solo para efectos aduaneros, se adicionó a
los tradicionales transportes marítimo y aéreo el
postal, no por el medio utilizado sino por el tratamiento que
le brinda la aduana
El único dispositivo legal que dispone de
manera especifica que los servicios de correo o servicios
postales nacionales sean reservados con carácter de
exclusividad o monopolio a favor del estado peruano, es el
Decreto Supremo Nº 002.80.TC pero solamente a la
categoría "cartas", no a otro tipo de envío
postal. El gobierno establece normas para
asegurar los servicios extrapostales en su Art. 1º
Conceder a la Dirección de Correos, dependencia del
Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la exclusividad en
la prestación del servicios consistentes en la
admisión y entrega al destinatario de objetos de
correspondencia denominados carta.
Entiéndase que la denominación carta comprende a:
la comunicación escrita, actual y personal, sea al
descubierto o conteniendo un sobre cerrado o abierto con
limitaciones de peso y dimensiones.
Es nuestra opinión que el mercado de Correos
fue un monopolio de hecho, mas no de derecho en el
Perú.
(19) Constitución Política
del Estado 1979
Art. 114 Por causa de interés
social o necesidad nacional, la ley puede reservar para el Estado
actividades productivas o de servicio. Por iguales causas puede
también el Estado establecer reserva de dichas actividades
a favor de los peruanos.
El Derogado (Ley 24948 del 23 de Noviembre de 1988)
Decreto Legislativo 216, Ley de Actividad Empresarial del
Estado, del 12 de Junio de 1981, establecía en su
Artículo 5 que las actividades económicas
reservadas al Estado serán fijadas por sus respectivas
leyes, nunca se dio una Ley para reservar al Estado las
actividades postales.
La Ley 24948 tampoco estableció que el Correo
era una actividad bajo el ámbito de la actividad
empresarial del Estado, hacia referencia en su Articulo 4.c a
"En la provisión de servicios públicos y
culturales"
Definía en su octava Disposición Final
al servicio público como aquel servicio básico y
esencial que el Estado se reserva para cumplir con su
función social y global.
En 1991 se dio el Decreto Legislativo 685, Declaran al
Servicio Postal de necesidad y utilidad publicas y de
preferente interés social, en el cual queda prohibido
toda forma de monopolio, acaparamiento y prácticas y
acuerdos restrictivos en el servicio postal. El Estado
garantiza la libertad de transito postal en el país.
(Art. 1)
Es la opinión del autor que lo que motivo este
cambio fue una decisión política, respuesta a una
profunda crisis que afectaba a la administración del
Estado lo que devino en una reestructuración del Estado
Peruano, con la aplicación de concesiones, con la
finalidad de reducir el gasto publico y ofrecer mejores y mas
eficaces servicios a la sociedad en su conjunto.
La Constitución Política del Estado de
1993, reconoce el pluralismo económico Artículo
60
A partir de 1994 se dio en nuestro país una
liberalización y privatización de los servicios postales
que se prestan a través de Concesionarios Postales en
virtud de Contratos de Concesión otorgados por el
Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se declara en
reorganización a la Dirección General de
Correos.
Se crea la empresa
denominada Servicios Postales del Peru S.A. abreviadamente
SERPOST como persona
juridica de derecho privado bajo la forma de sociedad
anónima de acuerdo a la Ley de Actividad Empresarial
del Estado y la Ley General de Sociedades;
se le da la categoría de Operador Publico, mientras que
los concesionarios postales son Operadores Privados.
SERPOST se convierte en representante del estado
peruano ante los organismos postales internacionales, se le da
la concesión sin exclusividad del servicio postal en
todo el Peru, concesión que lo obliga a prestar el
servicio en todo el país con carácter de
administración postal del estado para efecto del
cumplimiento de los acuerdos y convenios
internacionales.
Los operadores privados están obligados a
abonar una tasa por concepto de
concesión del servicio postal a favor del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones.
Por medio del Decreto Supremo Nº 026-2004-MTC del
11 de Julio de 2004 se crea el Registro
Nacional de Concesionarios del Servicio Postal, a cargo de la
Dirección General de Servicios Postales, a través
de la Dirección de Gestión de Servicios
Postales.
3. Marco Teórico
3.1 Breve reseña del servicio de Courier o
Mensajeria Internacional o Concesionario Postal en el
Perú
La actividad se inicia en el Peru a inicios de 1980,
con tres o cuatro compañías dedicadas al negocio
de la carga aérea, al no haber legislación
especifica, realizaban sus operaciones solo bajo la
legislación aduanera de la época, que no estaba
muy clara ni reconocía la actividad.
Desde el punto de vista aduanero, la Ley de Aduanas
aplicable en ese momento era la aprobada mediante Decreto Ley
20165 del 2 de Octubre de 1972 y que debía entrar en
vigencia el 1 de Julio de 1974, sin embargo mediante Decreto
Ley 20747, se postergo la entrada en vigencia hasta el 1 de
Enero de 1975.
Ni en las definiciones contenidas en el Articulo
1º, ni en ninguna otra parte se menciona siquiera la
modalidad de transporte, ni algún tratamiento
preferencial por la naturaleza urgente del contenido, lo que
mas se acercaba eran: que en su Articulo Nº 66
decía:
….El tráfico Postal se regirá por las
disposiciones del Convenio Postal Universal y los reglamentos
respectivos.
El Artículo 84 decía:
No será necesaria la presentación de
factura
comercial ni la intervención de Agente de Aduana, en las
importaciones
que no tengan carácter mercantil, tales como muestras en
cantidad reducida, y otras que señale el Reglamento. En
la actualidad cuenta con su propio ordenamiento
legal.
- Reseña Histórica del servicio de
Courier o Mensajeria Internacional en el
Extranjero
Siguiendo el impulso inicial de esta industria, que
surgió en los Estados Unidos a raíz de la
desregulación de los servicios de carga aérea
la actividad de la Mensajeria Internacional surge a fines de
la década de 1970, en países como Estados
Unidos e Inglaterra, que necesitaban contar con rapidez y
certeza en la entrega de ciertos documentos sensibles o
mercancía de carácter urgente.
Las industrias que requerían este tipo de
servicio eran la financiera, bancaria y la del petróleo.
Los envíos de Mensajeria Internacional se
acomodan en bolsas de varios usos de material resistente y
liviano, con los colores
distintivos de cada empresa, estas bolsas reciben el nombre
de valijas de courier.
El medio tradicional de transporte que era el
servicio aéreo regular de carga, el que no era lo
suficientemente expeditivo para lograr los fines que
necesitaban las partes, ya sea embarcador o consignatario.
Nótese que me refiero a expeditivo y no a rapidez,
pues desde esa época se han logrado las velocidades
máximas que los aviones comerciales, lo que faltaba
era crear servicios complementarios al transporte
aéreo en sí. Esto implicaba recojo a domicilio,
transporte al aeropuerto, preparación y
tramitación de las formalidades aduaneras del
país de exportación y el embarque en sí
en el medio de transporte.
No todas las compañías aéreas
ofrecen vuelos directos a todos los destinos del mundo,
generalmente el transporte aéreo es un reflejo de las
relaciones comerciales de un país con sus principales
socios comerciales.
Dependiendo de los convenios que firmen los estados
contratantes se le otorgara a las líneas aéreas
de dos países, una cantidad de frecuencias semanales,
normalmente a las líneas aéreas de bandera,
termino en desuso.
En algunos casos muy especiales se permitirá
a aerolíneas de terceros países, brindar el
servicio entre dos países ajenos a su nacionalidad.
Así mismo, entre países socios
comerciales, las frecuencias semanales no son necesariamente
las mismas todos los días de la semana.
Establecidas la frecuencia de los vuelos semanales
los horarios de vuelo normalmente se establecen tomando en
cuenta las necesidades de los pasajeros, no así de la
mercancía que transportan las empresas de Mensajeria
Internacional y la carga aérea en general.
Se debe tomar en cuenta la capacidad de los aviones,
tanto en el peso que puedan acomodar como en el volumen
dentro de las bodegas; el mercado objetivo que la
política comercial de cada empresa de transporte
determina, si se concentran en tráfico de pasajeros o
en tráfico de carga. Normalmente se debe dar prioridad
al equipaje de los pasajeros, siendo de segunda prioridad la
carga aérea en la que se incluye la carga –
courier
Sujeto a las formalidades aduaneras de cada
país, se permitirá el transporte de este
tráfico como equipaje acompañado, es decir,
para asegurar que las valijas viajen con la prioridad del
equipaje de los pasajeros que la urgencia del transporte lo
requiera.
Algunas líneas aéreas brindan espacio
garantizado a las empresas de mensajeria, ya sea en volumen
de bodega o en Unidades de Carga, (Unit Load Devices),
diseñadas para facilitar la estiba y desestiba de la
carga y el "equipaje" de mensajería internacional,
haciendo así innecesario el contar con un pasajero o
Courier a Bordo.
Era necesario un gran control y despliegue
logístico para lograr los objetivos de la
operación.
En algún momento surgieron empresas
especializadas, que se dedicaban a brindar el servicio de
Courier a Bordo a las empresas de mensajeria internacional.
Pre compraba a las líneas aéreas por un periodo
de un año un número determinado de pasajes de
ida y vuelta entre dos puntos, a precios
reducidos, de ahí que las líneas aéreas
contaban con un intermediario entre ellos y las empresas de
Courier, al que por motivos comerciales le daban
preferencia.
Los pasajes, eran SIN NOMBRE, ya que el pasajero no
se sabia hasta 24 horas antes, pues las empresas de Courier A
Bordo, vendían los pasajes a terceros, a precios
más reducidos que los regulares, con la
condición de portar solamente equipaje de mano, usando
la franquicia
de equipaje para acomodar las valijas de courier de una empresa
grande o varias pequeñas.
Otra modalidad, es usar aviones exclusivamente
cargueros. Acá es necesario hacer notar que las
empresas más grandes a nivel mundial de transporte de
Courier son a su vez aerolíneas cargueras, una de
cuyas divisiones es la del transporte de Courier o Mensajeria
Internacional y actualmente Integradores o Empresas de
Transporte o Servicio Expreso.
Se puede apreciar que esta floreciente y
multimillonaria industria atraviesa por varias etapas y da
nacimiento a un Contrato de Transporte sui generis, hasta la
fecha lo más parecido era la Carta
Porte Aéreo o Conocimiento de Embarque y por otro lado con
el servicio de correo de los estados, que no cuentan con un
documento de transporte, sino con una simple estampilla
postal o el pago de un franqueo y para efectos aduaneros en
destino, se usa un aviso postal, que es preparado en la
oficina de destino.
El tradicional transporte internacional por
vía aérea se realiza entre dos aeropuertos con
facilidades aduaneras, es obligación del remitente
llevar al aeropuerto su mercancía, embalarla, cumplir
con las formalidades de aduana, en su defecto se contrata a
una tercera persona para que realice esta gestión, y
dar información a la persona a quien remite o
consignatario, los detalles de compañía
aérea, número de vuelo y fecha de
remisión, para que en destino el consignatario, cumple
con las formalidades de aduana, personalmente o a
través de un intermediario, haga los pagos de
impuestos si los hubiera y transporte la mercadería a
su domicilio u oficina para hacer uso de ella.
En esta operación que vamos a llamar
tradicional, la responsabilidad pasaba por varias manos, la
del transportista, la del despachante de aduanas, la de la
línea aérea, la del despachante de aduanas en
destino, y la del transportista al domicilio del usuario
final.
Después de 35 años lo que no ha
cambiado es la necesidad de los clientes de que sus productos
sean transportados de un país a otros lo mas
rápida y eficientemente posible, de ahí el
éxito de los operadores que se han
comprometido con el logro del objetivo y cubrir la demanda
existente.
La expansión de los proveedores extranjeros
de servicios de mensajeros en América del Sur ha
obedecido a la creciente demanda de servicios de entrega
rápida, así como a otros factores, como la
relativa ineficacia de los servicios postales
públicos. La proximidad geográfica ha
convertido a América del Sur en un mercado atractivo
para los proveedores internacionales y estadounidenses de
servicios de mensajeros. DHL, principal proveedor de este
tipo de servicios a América del Sur, expide
actualmente alrededor de 2,5 millones de paquetes, bultos y
envíos análogos al mes, por servicio
rápido a clientes de la región. Por otra parte,
las actividades de los proveedores extranjeros de servicios
de mensajeros van más allá del servicio
bilateral entre su país de origen y el país en
el que tienen presencia comercial. Por ejemplo, alrededor del
35 por ciento de los envíos de DHL procedentes de
América del Sur tiene por destino los Estados Unidos,
el 25 por ciento aproximadamente queda dentro de la
región y la mayor parte del resto va a Europa.
También compiten en la región UPS y Federal
Express. Por ejemplo, Federal Express tiene actividades en
más de 40 lugares de América Latina y el
Caribe.
En Asia y el Pacífico, el principal proveedor
de servicios urgentes de mensajeros es DHL, al que
corresponde el 36 por ciento aproximadamente de los
envíos de la región. Otros proveedores
importantes son la empresa de propiedad
australiana TNT Express Worldwide (27 por ciento), Federal
Express (13 por ciento) y UPS (5 por ciento). El crecimiento
económico de Asia y el Pacífico
contribuyó al significativo aumento de la demanda de
servicios de mensajeros. Con el fin de satisfacer la demanda
y mejorar la capacidad de entrega de un día para otro,
muchos de los proveedores de ese tipo de servicios establecen
centros de distribución en la región, lo cual,
además de facilitar el servicio a los clientes del
país donde está situado el centro, les permite
establecer redes de transporte
aéreo para facilitar también la
distribución a los demás países de la
región.
Actualmente 4 empresas DHL, UPS, FEDEX Y TNT manejan
el 85 % del transporte Expreso en el mundo con 4,500 millones
de envíos al años (19)
3.3 Definición del Servicio
3.3.1 Ámbito Nacional
3.3.1.1 Definición del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones.
Concesión de servicio postal. Es el acto
jurídico mediante el cual, el Estado otorga a una
persona natural o jurídica, nacional o extranjera, la
facultad de prestar el servicio postal, en una área
determinada
Servicio Postal. Es aquel que comprende la
admisión, transporte y entrega de envíos
postales así como la prestación de otros
servicios calificados como postales.
Concesionario. Es la persona natural o
jurídica, nacional o extranjera, facultada para
prestar el servicio postal por resolución del
Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y
Construcción, previa suscripción del contrato
de concesión correspondiente.
Como se pude apreciar las definiciones se basan en que
es un servicio postal y específicamente:
Tipos de correspondencia desde el punto de vista postal
son:
Clasificación Descripción
Cartas Comunicación actual entre dos personas
es secreta e Inviolable (20) (21)
Impresos Reproducciones o documentos impresos en sobre
o envoltura, que permite examinar fácilmente su
contenido, con un peso máximo de cinco
kilogramos
Cecogramas Carta con símbolos leídos por personas
invidentes
Pequeños paquetes Paquetes de bienes cuyo peso
no debe exceder de dos kilogramos
Encomiendas Envío postal cuyo peso unitario no
debe ser menor de dos kilogramos ni mayor de treinta
kilogramos
3.3.1.2 Definición que da el Decreto
Legislativo 685 y la Ley General de Aduanas
El servicio postal comprende la admisión,
transporte, y entrega de los envíos de correspondencia
tales como; cartas, tarjetas postales, impresos, cecogramas,
pequeños paquetes y encomiendas, así como la
prestación de servicios postales de valores y otros
calificados como postales por las normas pertinentes, con
sujeción a los dispositivos vigentes y a lo establecido en
los Convenios y Acuerdos Internacionales que el Perú haya
ratificado.
3.3.1.3 Definición de SUNAT
En esta definición prima el carácter
fiscalista de esta institución que debe velar
por
(20) Constitución Política del Estado
Articulo 2. 10 Toda persona tiene derecho a:… 10.- Al secreto e
inviolabilidad de sus comunicaciones y documentos
privados
(21) "La correspondencia en el cambio de un pensamiento
entre dos personas alejadas mediante un intermediario de
naturaleza variable" (1) FRIAS, Félix Juan, Derecho,
Economía y Técnica en materia de Correos, Imprenta
Editorial Centenario, 1940, Buenos Aires, Argentina.
los intereses económicos del Estado, vía
la correcta aplicación de la partida arancelaria y la
recaudación de los impuestos a la importación, el
Impuesto General a las Ventas, Selectivo al consumo y
otros.
No están sujetos al pago de tributo alguno los
envíos postales que en conjunto no excedan del
límite de 1,000 dólares al año por
destinatario y que contengan los bienes de uso personal y
exclusivo del destinatario señalados a
continuación:
a) Libros, diarios y publicaciones periódicas, de
uso exclusivo del destinatario, recibidos en calidad de
obsequio o adquiridos a título oneroso.
Tratándose de bienes no adquiridos por
suscripción o como colección, deberán ser
de diferente título y/o distinto número o serie,
según el caso.
b) Folletos e impresos turísticos destinados a
representaciones oficiales, siempre que no excedan de 10
kilogramos por envío.
c) Documentos impresos o grabados por cualquier medio,
siempre que no excedan de 5 kilogramos por
envío.
Estampas, grabados y fotografías en tanto no
presenten carácter comercial; documentos de embarque,
facturas comerciales, cartas de crédito, pagarés
y cheques en
cobranza, pólizas de seguro y cualquier otro documento
escrito; documentos o formatos en blanco diseñados para
obtener información, que se remitan a título
gratuito del exterior y se advierta que son de uso exclusivo
del destinatario. No se encuentran comprendidos los planos,
catálogos comerciales, manuales
técnicos y similares, ni los impresos publicitarios,
definidos en el arancel de aduanas.
d) Correspondencia contenida en cintas
magnéticas, cassettes, disquetes, CD, videos,
microfichas, microfilm o películas, o en cualquier otro
medio de soporte, hasta 4 unidades en cada caso, por
envío.
No están incluidos los programas de
cómputo o software.
e) Textos manuscritos o mecanografiados de uso
particular, que no excedan de 5 kilogramos por
envío.
f) Muestras sin valor comercial
Entendiéndose como tales los productos o
manufacturas que tengan por única finalidad demostrar
las características de las respectivas mercancías
y que carezcan de valor comercial por sí
mismas.
g) Asimismo, están exceptuados del pago de
tributos otros bienes de uso personal y exclusivo del
destinatario distintos de los indicados en los literales
precedentes, cuyo valor no exceda de 100 dólares por
envío, hasta por el valor límite de 1,000
dólares por año.
3.3.1.4 La Aduana frente a los cambios en el comercio
internacional.
El comercio internacional contemporáneo asiste a
un cambio cualitativo tanto en los objetos susceptibles de
intercambio entre territorios aduaneros distintos, como entre los
sujetos y operadores de los flujos mercantiles entre regiones
bloques (22)
El progreso técnico y económico de un
país se logra mediante mejoras graduales en los procesos
productivos, descubrimientos técnicos y sistemas
logísticos que logran acabar con paradigmas de
producción, el Perú no puede ser ajeno a esta
realidad y el servicio de transporte expreso es sin lugar a dudas
una realidad que se ha hecho tal, quizás sin que nos demos
cuenta, como necesaria respuesta a
avances tecnológicos y logísticos. No es
de extrañar que los países del primer mundo sean
los líderes en esta rama o especialidad del transporte,
que con los
(22) Derecho Aduanero Tributario, WITKER, Jorge , ISBN
968-36-7094-6, )2001, 2003 Instituto de Investigaciones
Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de
México versión PDF www.bibliojuridica.org
servicios conexos, brindan un cluster de actividades que
merecen, como sugerimos un tratamiento diferenciado, de manera
urgente.
El Texto
Único Ordenado de la Ley General de Aduanas (21) DS N1
129-2004-EF publicado en el diario El Peruano el 12 de Septiembre
del 2004, en su artículo 109 dice:
Articulo 109.- Según su participación como
transportista, agente de carga internacional, almacén
aduanero, despachador de aduana, dueño, consignatario o
consignante, o una combinación de ellos, son de
aplicación a los concesionarios postales las disposiciones
contenidas en la presente Ley.
Este ultimo dispositivo legal reconoce de manera expresa
que las actividades que desarrollan los concesionarios postales
son diversas, complementarias y constituyen un cluster de
servicios, que no pueden ser catalogados, como se persiste en el
CIIU en "actividades de correo distintas a las actividades
postales del correo nacional", lo que apoya indirectamente
nuestra posición que se debe adoptar un criterio distinto
al actual y a la espera de una nueva revisión de código
CIIU se puede adoptar una posición distinta, y nominarla
de acuerdo.
3.3.2 Ámbito Internacional
3.3.2.1 Definición de las Naciones Unidas
(Clasificación Central de Productos)
Definición de los servicios de correos
(mensajeros). En el subsector 2B de la Lista de
Clasificación Sectorial de los Servicios se hace
referencia a la clase 7512 de
la CPC, que contiene dos subclases:
1) servicios de correos por distintos medios de
transporte, consistentes en la recogida, transporte y reparto de
cartas, paquetes y bultos, independientemente de que su destino
sea nacional o internacional, prestados por empresas privadas que
utilizan uno o más medios de transporte; y
2) otros servicios de correos de mercancías
no clasificados en otra parte, como el transporte de cargamentos
en camiones o su trasbordo sin almacenamiento.
3.3.2.2 Definición de la OEA
Esta es quizás la definición mas completa
pues lo que hace es reseñar las características
comunes claves:
- Transporte puerta a puerta que incluye el uso y la
transferencia fluida entre diferentes modalidades de transporte
(integración) - La capacidad para cumplir con los requerimientos del
remitente de un servicio rápido y puntual, con la
capacidad de ofrecerles a los clientes información vital
sobre el estado de sus envíos y sobre las cadenas de
abastecimiento - Un estricto control administrativo de todos los
envíos, con la consiguiente necesidad de sistemas
informativos sofisticados - Servicio de logística total
- Servicios financieros de
distribución - Servicios de tramite de desaduanaje
3.3.2.3 Definición de la Aduana de
Chile
Para los efectos de la presente resolución, estas
empresas constituyen "Personas jurídicas legalmente
establecidas en el país, cuyo giro o actividad principal
es ser un operador de distintas modalidades de transporte
internacional de documentos y mercancías que requieren del
traslado y disposición inmediata por parte del
destinatario. Estas empresas, dentro de su actividad,
estarán investidas para realizar todas las operaciones
necesarias para el transporte".
3.3.2.4 Definición de la Aduana de la
Republica de Panamá
Las denomina Empresas de transporte courier o correo
paralelo
Son empresas que ofrecen servicio de transporte de
documentos urgentes o pequeños paquetes, con la modalidad
de entrega puerta a puerta. Por regla general, ofrecen una
garantía de entrega dentro de determinados plazos (el
mismo día o al día siguiente) pero con limitaciones
en lo que atañe a las dimensiones o peso.
3.3.2.5 Definición del REGLAMENTO DEL
CODIGO
ADUANERO UNIFORME CENTROAMERICANO
Empresas de entrega rápida o courier
Constituyen empresas de entrega rápida o courier
las personas jurídicas legalmente establecidas en cada
país signatario, cuyo giro o actividad principal sea la
prestación de los servicios de transporte internacional
expreso a terceros por vía aérea o terrestre, de
correspondencia, documentos, y envíos de mercancías
que requieran de traslado y disposición inmediata por
parte del destinatario.
3.3.2.6 Definición de la European Express
Organization.
Servicio rápido de entrega, utilizando medios de
transporte multimodales, de documentos, paquetes y carga,
distribuidos a través de una red de centros de
distribución y depósitos.
3.4 Diferencias entre Compañía de
Transporte Expreso y Compañía de Servicio
Expreso.
Debemos diferenciar claramente las
compañías de Transporte Expreso de la
Compañías de Servicio Expreso, las primeras
claramente deben ser las compañías de brindan el
servicio y que son propietarios y explotadores de los principales
medios de transporte utilizados en la prestación del
servicio expreso, es decir las aeronaves y flotas terrestres de
vehículos de recojo y entrega, mientras que las
compañías de servicio expreso son aquellas que sin
contar con medios de transporte propios realizan a través
de terceros las labores de logística y coordinación, un ejemplo puede ser una
compañía en el Perú que tiene una oficina en
Lima, cuenta con vehículos y personal para hacer el recojo
en el domicilio de una persona, hacer los tramites de
exportación y avisar a una oficina propia o de un
corresponsal en Miami, Estados Unidos del envío que hace
como carga aérea de una valija conteniendo varios
envíos expresos, este corresponsal recoge los
envíos, entrega directamente con sus vehículos o a
través de otros operadores los que tienen destino final la
ciudad de Miami y a su vez contrata a otra compañía
para el redespacho a su destino final ya sea dentro de los
Estados Unidos o a un destino internacional.
No se puede discriminar a las compañías de
servicio expreso, pues si bien no son grandes empresas con
operaciones internacionales, no pueden ser excluidas ni impedidas
de ofrecer esta modalidad de transporte y al encontrarnos en una
economía social de mercado (22) (23) (24), será
finalmente el mercado el que permita o no la permanencia de
prestadores de servicio eficiente y económico.
4 Descripción de la Actividad
Postal
4.1 Descripción de la actividad
postal
Se puede establecer claramente varias etapas en el
proceso que
hace el Correo de los bienes que recibe:
- Admisión, es la acción de recibir de un remitente una
pieza postal para su entrega al destinatario, el deposito del
remitente en una oficina postal Comprende desde este momento
hasta el traslado a un primer punto de
clasificación. - Clasificación de salida o de origen, es la
acción de seleccionar y separar los envíos
según su destino, la naturaleza del producto
(carta, encomienda o paquete postal) y clase de envío
(normal o certificado). Esta acción de
clasificación se puede dar en varias etapas pero para
efectos prácticos la hemos considerado como solo
una
– Transporte, se entiende como la operación
del traslado por diversos medios de transporte, aéreo,
marítimo, fluvial o terrestre. Para estos efectos los
envíos postales son entregados para transporte
debidamente ensacados.
– Clasificación de llegada o destino,
acción de clasificar los envíos postales usando
los mismos criterios que en la clasificación de
salida.
- Distribución final al remitente, usando los
vehículos apropiados al tamaño y peso del
envío, a pie, en bicicleta o camioneta.
- Articulo 58 CPE 1993 La iniciativa
privada es libre. Se ejerce en una economci social de mercado.
Bajo este regimen, el Estado orienta el desarrollo del pais y
actua PRINCIPALMENTE en las areas de promocion del empleo,
salud,
EDUCACIÓN, SEGURIDAD, servcios publicos e
infraestructura. - Art. 59 CPE 1993 El Estado estimula
la CREACIÓN de riqueza y garantiza la libertad de
trabajo y la libertad de empeesa, comercio e industria. el
ejercicio de estas libertades no ebe ser lesivo a la moral, ni
a la salud, ni a la seguridad publicas. El Estado brinda
OPORTUNIDADES de superacion a los sectores que sufren de mayor
desigualdad; en tal sentido, promueve las pequeñas
empresas en todas su modalidades
4.2 Clasificación de las actividades postal y
de Courier o Mensajeria
Internacional
4.2.1 Clasificación en el
Perú
En nuestro país se sigue la clasificación
que hace el CIIU y por formar parte de la legislación
nacional se ajusta a Ley, seria una contravención a la Ley
clasificarlo en otro lugar, primero por que no existe y segundo
por que aun no hay una política internacional para
clasificarla como una actividad especifica, pues según el
concepto moderno, incluye a una serie de servicios conexos, que
pueden ser considerados como un nuevo servicio o como un cluster
de servicios, que tampoco esta reconocido por el CIIU.
Según el criterio del INEI en esta
situación, si tuvieran que clasificar la actividad
tendrían que colocarla dentro de la actividad que tenga
mayor peso.
Surgiría un conflicto
sobre que criterio debe primar, el económico, la
distancia, el medio de transporte usado, el país donde se
realiza la mayor parte del servicio, con las variantes sobre como
se clasifica en el país de origen de transito de destino,
donde esta la casa matriz del
operador, etc.
¿Donde se ubican actualmente los servicios que
prestan los Concesionarios Postales?
Las actividades de Concesiones Postales están
dentro de la División 64 bajo la siguiente
calificación:
DIVISION 64 CORREO Y
TELECOMUNICACIONES
641 Actividades postales y de correo
6411 Actividades postales nacionales
6412 Actividades de correo distintas de las
actividades postales nacionales
En nuestro concepto esta clasificación que se
hace en nuestro país, es restrictiva pues la actividad que
efectúan los Concesionarios Postales en el ámbito
internacional incluye otras actividades muy bien definidas. La
explicación a esta clasificación podría
estar en el hecho que cuando se autorizó a operar a estas
compañías no existía ni en el país ni
en el mundo clasificación alguna.
La forma más fácil fue a través de
la actividad que estaba más cercana a esta nueva industria
y eran las actividades postales, de ahí que toda la
normativa existente en el Peru fuera llevada al ámbito
postal.
Cabe destacar que en los años 1982 y 1983 las
compañías transnacionales que prestaban servicios
en el Peru, en vista de la falta de legislación nacional
realizaron una labor de cabildeo, invitando a las autoridades de
la entonces Superintendencia Nacional de Aduanas y la ex
Dirección General de Correos a diversos países,
donde estaba ya legislada, con la finalidad de incorporar a la
legislación nacional dispositivos que permitiera realizar
su operación en los plazos adecuados.
El objetivo se cumplió pues se dieron ciertas
normas, aunque imperfectas e incompletas, tanto en el
ámbito postal como en el aduanero. Entre estos destaca el
Secreto Supremo Nº 002-80-TC
Hoy en día esta industria reconoce en diversos
foros internacionales que realiza una nueva actividad, que brinda
bajo un solo contrato o bajo una unidad de responsabilidad,
diversas actividades que si bien se han incluido en la
clasificación de las Naciones Unidas, su correcta
ubicación no es evidente y que puede generar mayor
confusión al dar lugar a interpretaciones
erróneas.
4.2.2 Clasificación Nacional de Actividades
Económicas del Perú
(ClaNAE-Perú). (*)
4.2.3 Otros clasificadores usados en el
Perú
4.3 Clasificaciones internacionales
(*)
4.3.1 CLASIFICACION INDUSTRIAL INTERNACIONAL
UNIFORME
4.3.2 Clasificación Propuesta por la
OECD
4.3.3 Clasificación por el GATS – Acuerdo General
sobre el Comercio de Servicios – OMC (Organización Mundial de
Comercio)
4.3.4 Clasificación de Departamento de Censo de
los Estados Unidos de América
4.3.5 Clasificación propuesta por la
Industria.
4.3.6 El Tratado de Libre Comercio de la
Americas.
4.3.7 Adopción una posición de sector
especifico.
4.4 Interrelación con otros sectores de
servicios. (*)
4.4.1 Niveles de Servicio que ofrece la
industria
4.5 ESTANDARES ISO
(*)
4.6 La Comunidad
Andina de Naciones (*)
4.7 Organizaciones
Postales Internacionales (*)
4.7.1 La Unión Postal de las Americas,
España y Portugal
4.7.2 La Unión Postal Universal (UPU)
El origen de la UPU
La importancia de la UPU.
Relaciones de UPU con otras Organizaciones
Internacionales.
4.8 Como están reaccionando las Autoridades
Postales al cambio en el panorama económico.
(*)
4.9 El papel actual de la Unión Postal
Universal y su futuro (*)
4.10 La "International Post Corporation"
(*)
4.11 INDECOPI (*)
4.12 La OEA
Definición de Política en Transporte Expreso
(*)
- Evolución histórica del comercio
Internacional y del Conocimiento de Embarque
- Evolución histórica del comercio
- LA GUIA AEREA EN EL TRANSPORTE DE
MERCANCÍAS (*)
5.2 Definición de la Guía
Aérea
5.3 Funciones de la
Guía Aérea:
5.4 La Guía Courier.
6 Bienes que se pueden transportar por Courier o
Concesionario Postal (*)
7 Glosario de
Términos (*)
CAPITULO III
EL
MONOPOLIO POSTAL Y LAS CONCESIONES DE SERVICIO PUBLICO
(*)
1 La Política de Concesiones Postales en el
Perú
2 El Monopolio Postal y las concesiones de servicios
públicos.
2.1 Administración del Estado.
2.2 Servicio público y servicio al
público.
2.3 Razones que justificaban el Monopolio Postal del
Estado
2.4 La desmonopolización del Correo
Nacional
CAPITULO IV
CONTRASTACION DE LAS HIPOTESIS DE
TRABAJO (*)
1 Clasificación de la actividad
2 Razones por la que la actividad debe ser
autónoma
3 Clasificación ClaNAE – Perú
Propuesta
4. Definición propuesta
5 Legislación Nacional
(*)Para ver el texto completo seleccione la
opción "Descargar" del menú superior
CONCLUSIONES
1.- Es posible y necesario que la actividad que realizan
los llamados concesionarios postales sea en primer lugar
clasificada apropiadamente, solicitando la intervención
del INEI para asignarle una clasificación nacional de seis
dígitos hasta que el INEI decida implementar a nivel
nacional la Clasificación Nacional de Actividades
Económicas que podrá ser llevada como propuesta y
experiencia del Perú a la próxima reunión de
Comisión de Estadística de las Naciones Unidas en
virtud del cluster de actividades que realizan bajo una misma
responsabilidad empresarial, que actualmente obliga a los
operadores a establecer compañías paralelas, por
impedimentos legales a cumplir su cometido bajo una misma
empresa.
2.- El caso típico es que un concesionarios
postal tiene que establecer otra empresa que opere como Agente de
Aduanas para despachar mercancías que despacha y
transporta en exceso a los US$ 2,000.00
3.- Eventualmente cuando se incrementen las actividades
de las Empresas de Servicio Expreso y sea necesario que operen
vehículos de carga dentro del país, será
necesario que obtengan una licencia del Ministerio de Transporte
y Comunicaciones.
4.- En la próxima reunión del Consejo
Económico y Social de las Naciones Unidas se
presentará oficialmente la moción para pasar a una
Revisión Nº 4 del Codigo Industrial Internacional
Uniforme que refleje la realidad.
5.- Estas revisiones tardan muchos años en
oficializarse, recordemos que pasaron veinte años entre
las Revisiones 2 y 3; pero es necesario tomar medidas urgentes
pues la actividad se ha desarrollado a mayor rapidez que la que
se pudo prever.
1.- Aplicar
de inmediato las conclusiones del presente trabajo,
sugiriendo al INEI su implementación creando una
Clasificación Industrial Internacional Uniforme, para las
actividades en cluster, que realizan los denominados
Concesionarios Postales en nuestro país.
2.- Retirar del ámbito de la Dirección
General de Servicios Postales la supervisión de los concesionarios postales
y pasarlo a otra dirección del Ministerio de Transporte y
Comunicaciones.
3.- Denominarla oficialmente: Servicio de Entrega
Expreso
4.- Unificar bajo uno solo los distintos dispositivos
legales que norman la actividad, de preferencia con rango de
Ley.
BIELSA, Rafael. Derecho
Administrativo, Tomo II, ROQUE DE PALMA
EDITOR. Argentina 1955.
CACERES B. Ernesto. La Institución
Postal, Editorial Lumen, Lima Perú 1938
CARNELUTTI, Francesco. Metodología del
Derecho, UTEHA, México, 1962
CASTRO ESTEVES, Ramón
de, Historia de Correos y Telégrafos de la
República Argentina . Buenos Aires Argentina.
1936
COMENTARIOS POSTALES. Oficina Internacional de
la Unión Postal Universal de las Américas y
España. Montevideo Uruguay, 1948
DIRECCIÓN GENERAL DE CORREOS.
Boletín Postal y Telegráfico. Perú,
años 1915, 1916 y 1917
DIRECCIÓN DE CORREOS Y
TELECOMUNICACIONES. Guía Postal y Telegráfica
del Perú. Lima Perú 1959.
DROMI, Roberto. Empresas Públicas, de
Estatales a Privadas, Ediciones Ciudad Argentina,
1997.
ESCALANTE ROMERO, José Ángel. Los
almacenes aduaneros y los "courriers", Palma Editores SRL y
Editorial Joanna, Lima Perú, 1996
FRIAS FELIX, Juan. Derecho, economía y
técnica en materia de correos, Imprenta Editorial.
Centenario. Buenos Aires, Argentina. 1940
GALVARRIATO, Juan Antonio. El Correo y las
Telecomunicaciones en España. Madrid España
1920
GARGUREVICH REGAL, Juan. La Comunicación
Imposible, información y comunicación en el
Perú (Siglo XVI). Fondo Editorial UNMSM. Lima
Perú. 2002
GONZALES GALVAN, Jorge Alberto. La
Construcción del Derecho: Métodos y
Técnicas de Investigación. Biblioteca
Jurídica Virtual Instituto de Investigaciones
Jurídicas de la UNAM México. México
1998
ISBN 986-36-7171-3 versión Internet www.bibliojuridic.org
GUTIERREZ ÁLVAREZ, Secundino
José, Las Comunicaciones en
América.
HERRERA POLO, Pablo. Materiales para la
historia del Correo y la Filatelia en el
Perú.
LARRABURE I CORREA Carlos. Colección de
Decretos, Resoluciones y otros documentos oficiales referentes
al Departamento de Loreto, Editorial "La Opinión
Nacional". Lima Perú 1907
MENENDEZ, Ramón. Historia de
España Tomo XX, Espasa Calpe. prólogo de
Alcázar Molina Cayetano. Madrid España,
1988
MOLL, Herbert H. Historia Postal y
Filatélica del Perú, Editorial ABC S.A., Lima
Perú. 1983
NICOLETTI GONZALES, Carlos. El Servicio Postal
y Filatélico en el Perú, Lima Perú,
1988
NIERI, Julio César. El correo en el
Perú, publicación oficial del Ministerio de
Gobierno, Policía, Correos y Telégrafos, Imprenta
La Confianza, Lima, Perú 1935
PARDINAS, Felipe. Investigación
Metodologica y Técnica de Problemas Sociales, Editorial
Siglo XXI, México, 1986
QUIROZ SALAZAR, William. La
Investigación Jurídica. IMSERGRAF EIRL, Lima
Perú. Primera Edición, 1998
ROSAS SILES, Alberto. Apuntes para la historia
del Correo en el Perú, el servicio postal en los marcos
pre – filatélicos entre 1821 y 1858 Editorial
Jurídica. Lima Perú 1974
S/A. Anuario de legislación Peruana de
1911 a 1915, "Imprenta Americana", Lima Perú
1915
S/A. Memoria del
Director General de Correos y Telégrafos del Ministerio
del ramo. correspondiente al periodo de Febrero de 1904 al 30
de Junio de 1915. Tipografía "El Lucero". Lima
Perú 1915
S/A. Los servicios de Correos,
telégrafos y radiotelegrafia del Peru Lima, Perú
1925
S/A. Reglamentación Postal y
telegráfica, Publicación Oficial, Imprenta "El
Bien Social". Lima Perú. 1897
S/A. Tratados
Postales del Peru hasta su ingreso a la Unión Postal
Universal. CECOSAMI. Lima Perú. 1999
SALAS, Esmaro. Guía Práctica de
la dependencia de los ramos de correos, telégrafos y
radiotelefonía del Perú. Lima Perú.
1942
SALGADO Y SALGADO, Jose Eusebio, El
Conocimiento de Embarque y su Régimen Internacional.
Universidad Nacional Autónoma de México,
México D.F. México. Primera Edición
1994
ZELAYARAN DURAND, Mauro, Metodología de
la Investigación Juridica, Ediciones Jurídicas,
Lima Peru, 2001
Dispositivos Legales
- Leyes de las Indias Capitulo 3 Titulo 16
- Constitución Política del Estado
1822 - Constitución Política del Estado de
1933 - Constitución Política del Estado de
1979 - Constitución Política del Estado de
1993 - Resolución Legislativa Nº 2197 de
1916, - Decreto legislativo 096, Ley de Organización y
Funciones del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones - Decreto Supremo Nº 002-80-TC El Gobierno
establece normas para asegurar los servicios
extrapostales. - Decreto Ley 685 "Declaran al Servicio Postal de
necesidad y utilidad publica y de preferente interés
social". - Decreto Ley Nº 25862 de fecha 24.11.92 "Ley
Orgánica del Sector Transportes, Comunicaciones Vivienda
y Construcción - Decreto Supremo N° 032-99-TCC "Aprueban el
Reglamento de Servicios y Concesiones Postales" - Decreto Supremo Nº 153-93-EF de fecha 20-11-93
"Dictan Normas Referidas a la Calificación de
Envíos Postales como Tráfico de
Mercancía". - Decreto Supremo Nº 157-93-EF de fecha 29.11.93
"Facultan a los Concesionarios del Servicio Postal para que
Instalen y Operen en Terminales de Almacenamiento". - Decreto Legislativo N° 604, "Ley de
Organización y Funciones del Instituto Nacional de
Estadística e Informática" - Ley N° 27987 "Ley que faculta al Ministerio de
Transportes y Comunicaciones a ejercer la Potestad Sancionadora
en el ámbito de los Servicios Postales - Decreto Supremo N° 046-2003-MTC "Aprueban el
Reglamento de la Ley 27987 que faculta al Ministerio de
Transportes y Comunicaciones a ejercer la potestad sancionadora
en el ámbito de los Servicios Postales" - Decreto Supremo Nº 019-97-MTC de fecha 22.08.97
Aprueba el Texto Único de Procedimientos
Administrativos del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones - R.M. Nº 397-95-MTC/15.04 de fecha 03.10.95 que
aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la
Dirección General de Correos (ROF) y el Cuadro de
Asignación de Personal (CAP) - R.M. Nº 343-94-MTC/15.01 de fecha 14.09.94
"Delegación de Facultades para Otorgamiento de
Concesiones Postales". - R.M. Nº 143-97-MTC/15.01 de fecha 24.03.97
"Delegación de Facultades para Cancelar Concesiones
Otorgadas". - Directiva N° 003-2003-MTC/19 "Directiva sobre
acciones de
supervisión y control aplicable a los Servicios
Postales" - Directiva N° 004-2003-MTC/19 "Procedimiento
para la aplicación del Silencio Administrativo
Positivo" - Directiva N° 005-2003-MTC/19 Directiva sobre
Normas y Procedimientos para la aplicación de Sanciones
a los infractores del Servicio Postal. - Directiva N° 007-2003-MTC/19 "Directiva de
Seguimiento y Control respecto al pago de las multas aplicables
a los infractores postales" - Resolución Directoral N° 008-2003-MTC/19
"Aprueba el Acta de Verificación a utilizarse en las
Acciones de Supervisión" - 24.- Decreto del 27 de Febrero de 1866. Reglamento de
Correos del Peru, - Decreto Ley 17526 del 25 de Marzo de 1969, Ley
Orgánica del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones. - Ley Nº 12959 del 27 de Febrero de 1959,
Señalando nuevas tarifas para el correo nacional como
internacional. - Ley 16078 del 14 de Enero de 1966, creando un
franqueo adicional pro "Casa del Periodista" - Ley 16208, del 23 de Junio de 1966, creando franqueo
adicional "pro reconstrucción de Chan-Chan.
Otros dispositivos legales
En aduanas:
- Decreto Legislativo N° 809 del 19.04.96 Ley
General de Aduanas. - Decreto Supremo N° 121-96-EF del 24.12.96
Reglamento de la Ley General de Aduanas. - Ley N° 18021 del 23.01.70 Decreto Ley N°
19006 del 30.10.71 y Resolución Legislativa N° 26256
del 06.12.93 Incorporando el Convenio Postal Universal a la
legislación nacional - Decreto Supremo N° 071-98-EF (Sólo quedan
vigentes los artículos 5° y 6°; los demás
derogados). Reglamento de la Destinación Aduanera
Especial de Envíos o Paquetes Transportados por
Concesionarios Postales. - Decreto Supremo N° 032-93-TCC del
04.11.93. - Reglamento de Servicios y Concesionarios
Postales. - Decreto Supremo N° 122-96-EF del 24.12.96;
modificado por los Decretos Supremos N° 027-2000-EF del
27.03.2000, N° 050-2000-EF del 25.05.2000, y N°
030-2001-EF del 23.02.2001. Tabla de sanciones aplicables a las
infracciones previstas en la Ley General de
Aduanas. - Decreto Ley 17532 "Ley Orgánica de la
Presidencia de la República", se crea la Oficina
Nacional de Estadística y Censos – ONEC, con dependencia
de la Oficina del Primer Ministro. - Decreto Ley
Nº 21372 El 30 de Diciembre de
1975, por, se establece el "Sistema Estadístico
Nacional" y se crea el Instituto Nacional de Estadística
(INE), dependiente del Primer Ministro. - Decreto Ley Nº 563 El 5 de Abril de 1990, por se
modifica el artículo 56º de la Ley del Poder
Ejecutivo (Decreto Ley Nº 560) que amplia las
responsabilidades del Instituto Nacional de Estadística
como organismo encargado de conducir el Sistema Nacional de
Estadística e Informática, debiendo formular y
evaluar la política nacional de informática y
regular las actividades de informática del Sector
Público. - Decreto Legislativo Nº 604 el 30 de Abril de
1990, donde se aprueba la "Ley de Organización y
Funciones del Instituto Nacional de Estadística e
Informática". - Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM el 21 de Abril
de 2001, donde se aprueba el Reglamento de Organización
y Funciones del INEI. - Decreto Supremo
Nº 066-2003-PCM el 28 de Junio de 2003,
mediante el cual se fusionan la sub. jefatura de
Informática del Instituto Nacional de Estadística
e Informática – INEI y la Presidencia del Consejo de
Ministros, a través de su Secretaria de Gestión
Pública. - Decreto Supremo N° 031-2001-EF. Reglamento de la
Destinación Aduanera de Envíos o Paquetes
Transportados por Concesionarios Postales. - Resolución de Intendencia Nacional N°
002126 del 04.12.98 y su modificatoria la Resolución de
Intendencia Nacional N° 000ADT/2001-000081 del 16.01.2001
Procedimiento de Destino Especial de Envíos o Paquetes
Transportados por Concesionarios Postales. - Ley 27261, Ley de Aeronáutica
Civil - Convenio de Aviación Civil Internacional,
Chicago Estados Unidos 7 de Diciembre de 1944 - Convenio para la Unificación de ciertas reglas
relativas al Transporte Aéreo Internacional, Varsovia
1929 - Protocolo de La Haya de 1955
- Convenio para la Unificación de ciertas reglas
relativas al Transporte Aéreo Internacional realizado
por quién no sea el Transportista Contractual –
Guadalajara 1961
Convenio sobre la responsabilidad Civil del Transportista
Aéreo – Montreal 1999 (para la
unificación de ciertas reglas para el Transporte
Aéreo Internacional)- Resolución Ministerial Nº 823-90-TC/15 12
7 de Junio de 1990, Crea Registro de Agentes de Carga
Aérea, en la Dirección General de Transporte
Aéreo - Resolución Ministerial Nº 304-93-TC/15.12
del 28 de Junio de 1993, Modificación de la norma
anterior. - Resolución Ministerial Nº 004-97-TC/15.12
Reglamento de Infracciones y Sanciones
Aeronáuticas - Resolución Ministerial Nº 281-97-TC/15-16
Modificación de la norma anterior - Ley 24948. Ley de la Actividad Empresarial del
Estado. - Ley 27170 Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del
Estado. (Derogo expresa y tácitamente la mayoría
de los artículos de la anterior. - Decreto Supremo Nº 026-2004.MTC, del 11 de Julio
de 2004; crean el Registro Nacional de Concesionarios del
Servicios Postal - Decreto Ley 20165 Ley General de Aduanas, del 2 de
Octubre de 1973 - Decreto Supremo Nº 020-74.MINCON del 3 Noviembre
de 1974, Reglamento de la Ley General de Aduanas - Decreto Supremo 015-79-EF
- Decreto Supremo 390-82-EFC
- Resolución Suprema 181-85-EF del 23 de Mayo de
1985, Autorizando a las empresa de mensajeria internacional a
despachar como carga aérea las valijas
postales - Convenio de Kyoto del 15 Mayo de 1983, Anexo F-4
Relativo a las formalidades aduaneras aplicables al Trafico
Postal. - Ley Nº 4107, del 11 de Mayo de 1920, Autorizando
al Ejecutivo para contratar un empréstito para el
ensanche de las oficinas de Correos y Telégrafos de
Lima. - Ley 27791 del 24 de Julio de 2002, Aprueba Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones
En Páginas
web de Internet
- WWW.IACD.OAS.ORG
Sitio web de la Organización de Estados
Americanos. Agencia Interamericana para la Cooperación y
Desarrollo - WWW.WTO.ORG
Sitio web de la Organización Mundial de
Comercio - WWW.WCOOMD.ORG
Sitio web de la Organización Mundial de
Aduanas - WWW.UPU.INT. Sitio
web de la Unión Postal Universal - WWW.CLADEC.ORG.
Sitio web de la Conferencia
Latinoamericana de Compañías Express - WWW.UN.ORG. Sitio
web de la Naciones Unidas - WWW.ICAO.INT
Sitio de la Organización de Aviación Civil
Internacional - WWW.MTC.GOB
Sitio del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones - WWW.ADUANA.CL
Sitio web del Servicio Nacional de Aduanas –
Chile - WWW.INDECOPI.GOB.PE
Sitio web de INDECOPI, Instituto Nacional de Defensa de
la Competencia y de la Protección de la Propiedad
Intelectual - WWW.INEI.GOB
sitio web del Instituto Nacional de Estadística e
Informática - WWW.ADUANARGENTINA.COM
Sitio web de la Aduana de Argentina - WWW.CNC.GOV.AR
Sitio web de la Comisión Nacional de
Comunicaciones de Argentina - WWW.SERPOST.COM
Sitio web de Servicios Postales del Peru S.A. - WWW.UNCTAD.ORG
, Sitio web de PA Consulting Group - WWW.AIRCOUR.ORG
Sitio web del Air Courier Conference of America. - WWW.BIBLIOJURIDICA.ORG
Sitio web - WWW.TRIANGLE.EU.COM
Sitio web de Grupo Triangle, consultores en la industria
de correo, carga expresa y logística. - WWW.IPC.BE
Sitio web de la International Post
Corporation. - WWW.AICES.ORG
Sitio web de la Association of International Courier and
Express Services - WWW.UPAEP.COM.UY
Sitio web de la Unión Postal de las Americas,
España y Portugal - WWW.CONGRESO.COM
Sitio web del Congreso de la Republica del
Peru - WWW.BIBLIOTEDNIC.ORG
Sitio web de Bibliotecólogos - WWW.OECD.ORG
Sitio web de la Organization for Economic Cooperation and
Development - WWW.TLCPERU-EEUU.GOB.PE
Sitio web del MINCETUR sobre el Tratado de Libre Comercio
con Estados Unidos - WWW.RREE.GOB.PE.
Sitio web del Ministerio de Relaciones Exteriores del
Peru - WWW.GESTIONDELCONOCIMIENTO.COM
Sitio web general - WWW.ADUANAS.GOB.PA
Sitio web de la Aduana de Panamá - WWW.COMEX.CR
Sitio web de la Aduana de Costa Rica
A mi esposa Luchy, con todo mi
amor, por su
paciencia y tolerancia
que ha tenido durante mis
años
de estudio
AGRADECIMIENTOS:
A mi Asesor de Tesis Dr. Norvil E. Cieza Montenegro,
Catedrático del Curso "Derecho de Transportes y
Comunicaciones" de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas
de la Universidad Inca Garcilaso de la Vega; por su eficiente
asesoramiento en mi tesis.
A todos los profesores de la Facultad de Derecho y
Ciencias Políticas de la Universidad Inca Garcilaso de la
Vega
Al eficiente y profesional personal de:
- La Biblioteca Nacional
- La Biblioteca del Congreso
- La Biblioteca del Centro de Estudios Histórico
Militares del Perú - El Archivo General
de la Nación
A los Doctores
– Jose Enrique Vidal Hermoza
– Victor Avila Cabrera
Carlos Ernesto Flores Leveroni
Lima – Perú
El autor, es Contador Público, Agente de Aduanas
y Abogado