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Teoria de la Argumentación Jurídica: Material de Lectura (página 2)




Enviado por Juan Ureta Guerra



Partes: 1, 2

EJEMPLO DE DOS DISCURSOS. EL
ELOGIO Y LA DEFENSA:

  1. Gorgias y el
    Derecho.

En la cumbre de la
cultura
griega, cuando las escuelas de filosofía
competían entre si para explicar qué es el ser y
cual es el supremo bien, cuando la democracia
florecía como nunca antes había ocurrido en la
humanidad, un gran sabio comenzó a dar la siguiente
recomendación para ganar los pleitos judiciales: lo
conveniente era hacer los discursos sin tocar la verdad, en
cambio cuanto
mas se alejara el discurso de la
verdad el éxito
sería seguro. Esto se
siguió enseñando por varios siglos, la razón
era sencilla, simplemente sabían que las decisiones se
toman por emociones y no
siempre por razones.

Sabemos el nombre
de quien propuso semejante recomendación, se llamaba
Gorgias de Leontini (483-482 a. de C. Hasta el 392-389 a. de C).
Fue uno de los primeros sofistas y dedicó su larga vida a
perfeccionar y enseñar la retórica. Oriundo de
Sicilia, gracias a su fama de buen orador es enviado a Atenas
para presentarse ante el pueblo, con el fin de lograr una alianza
y así librar a su ciudad de la amenaza militar de
Siracusa. Su éxito fue inmediato logrando ser aceptado y
admirado por la sociedad
ateniense y bien pagado pues se atestigua que se hizo rico con
sus enseñanzas. Inventó diversas técnicas
oratorias al punto que será tomado en cuenta y celebrado
por todo retórico durante los seiscientos años
siguientes y debería ser considerado como un creador del
derecho.

Gorgias exaltó el valor de la
persuasión a su máximo extremo, postulando diversas
reglas que él probaba ante el absorto público. Por
ejemplo sostenía que toda tesis tiene un
opuesto y cualquier posición puede vencer según sea
bien defendida. Para demostrar esta tesis escéptica, se
enfrenta a las diversas escuelas de filósofos que investigaban sobre el ser,
escribiendo un tratado titulado "Sobre el no-ser" para demostrar
que el "no-ser" es tan posible como "el ser". Cuando afirma que
un orador adquiere la capacidad de hablar sobre cualquier tema,
Gorgias, para demostrarlo, no duda en presentarse ante asambleas
públicas y solicitar que se proponga un tema cualquiera
pues con la fuerza de la
palabra podía vencer a cualquier opositor o convencer
sobre cualquier asunto, desenvolviéndose con una gran
habilidad. Conoció a Socrátes y Platón,
este último hizo un Dialogo que lleva
el nombre del sofista y se cuenta que Gorgias al leerlo dijo que
demostraba que el filosofo sabia escarnecer
hábilmente.

Junto con los demás sofistas dio el impulso a la
enseñanza abierta al público frente
al carácter hermético de la primeras
escuelas filosóficas, crearon la posibilidad de convertir
el espacio judicial en un lugar de confrontación de
posiciones que debían sacar ventaja de todas las opciones
posibles, dejando de lado la perspectiva de una simple
imposición de la autoridad
sobre los individuos, ahora el resultado dependía
también de habilidades de litigación oral, creando
incertidumbre pero a su vez posibilitando que el espacio judicial
sea imprevisible para todos por igual. Obviamente que este
sistema solo
duraba mientras no predominaran los prejuicios o temores, porque
en esos contextos la sentencia ya estaría cantada de ante
mano y sería totalmente previsible. Este aporte no lo
valoramos adecuadamente, pero significó que el espacio
judicial tuviera una dinámica propia, desligándose de la
política.
Lamentablemente la mala fama que adquirieron los sofistas y luego
la retórica, nos alejan del conocimiento
de sus aportes.

2. Para entender el Elogio y la Defensa

Ahora presentamos dos discursos modelos que
Gorgias diseño
para sus alumnos. Estos discursos modelos debían ser
aprendidos y repetidos de memoria por el
discípulo, ensayando la cadencia, tonalidad,
énfasis, en una minuciosa formación hacia la
excelencia. Pero lo que se escapa a la vista del hombre moderno
es que estos discursos modelo aplican
rigurosamente las minuciosas reglas de composición que los
retóricos fueron inventando para lograr el éxito en
cada discurso. Cabe precisar que los retóricos reconocen
tres tipos de discursos: el elogio (que comprende la
vituperación), el discurso forense (que comprende la
defensa y acusación) y la deliberación (que versa
sobre lo útil), aquí tenemos una muestra de los
modelos correspondientes a la defensa y el elogio.

Para construir cada discurso existían detalladas
reglas que el orador aprendía a utilizar ingeniosamente,
mediante su memorización. Veamos El Elogio de Helena. Con
sus dos mil quinientos años de antigüedad, aun esta
lleno de vida. El orador se propone un reto: busca ensalzar la
imagen de
la mujer mas
vituperada de Grecia,
Helena, que abandonara a su esposo y con ello, provocaría
la guerra de
Troya. Ese es el fin del elogio: que todos terminen alabando al
personaje objeto del discurso, tal como en la defensa se busca
mostrar la inocencia del acusado, despertar piedad o disminuir la
ofensa que ha cometido ante los ojos del tribunal. Pero este caso
es particularmente difícil, pues el ateniense desde
niño aprende2 a censurar la traición cometida por
Helena y, por otro lado, al usar la forma del elogio y no la
defensa, se busca la alabanza y esta no admite matices, por tanto
se espera no sólo que sea perdonada por el auditorio o que
sea entendida o admirada por unos cuantos, el orador quiere
doblegar a todo el auditorio, no se conforma con el perdón
o el olvido, quiere la admiración, el aprecio, alzarla al
nivel de os héroes, de los grandes. Para agravar el
asunto, el elogio es una oportunidad de mostrar los actos
ejemplares del elogiado y hacer una enseñanza moral, pues la
cumbre del que es ensalzado es el merecer ser imitado por todos,
es decir, un elogio que no indique el acto a imitar no
cumpliría las reglas exigidas y no lograría su
cometido.
Gorgias aprovecha la oportunidad para ensalzar a la elocuencia y
enseñarla, registrando varias recomendaciones para los
oradores, una de estas es la metodología para actuar frente a los
tribunales de justicia,
así nos dice que se puede ganar un proceso si los
argumentos son escritos "con habilidad e independientemente a su
veracidad". Conviene aclarar algunos puntos para valorar esa
expresión.

En el mundo griego la mayoría de procesos
judiciales se realizaban ante grandes jurados, para darnos una
idea debemos recordar que quienes juzgarían a Sócrates
serian 500 atenienses y eso era lo usual. El proceso era
sencillo: luego de oir a las partes se proponían las
alternativas: x es inocente o x es culpable y pasaban a
votación con unas bolillas de colores que se
depositaban en urnas. La defensa se ejercía por el propio
acusado, no podía ser reemplazado por nadie y solo se le
consentía leer un discurso, que usualmente era escrito por
algún retórico a cambio de una paga (a quienes
lograron especializarse en esta técnica se les llamo
logografos). Obviamente que los oradores que dominaban el
arte de
apaciguar o enardecer al jurado llevaban ventaja. Los
retóricos, sabían que muchas decisiones se toman de
manera emotiva y a veces tener las premisas correctas y la
perfecta conclusión no servia de nada. En este contexto,
la técnica que propone Gorgias no consiste en mentir sino
en dirigirse a las emociones del auditorio para buscar piedad,
odio a la parte contraria, duda, según convenga. Estas
tesis se mantendrían y las veremos repetirse en el Orador
de Cicerón, casi cuatro siglos después, lo que
demuestra que eran parte del canon retórico.

Para comprender como es que el discurso retórico
se construye empleando ciertas reglas y el papel del ingenio,
examinaremos las reglas del elogio. Los autores varían en
recomendaciones, por ejemplo Theon recomienda, para redactar un
buen elogio, cerca de treinta y seis temas en el orden
siguiente

Para ver el listado seleccione la
opción ¨Descargar trabajo¨
del menú superior

A esta lista se agregaban otras recomendaciones, por
ejemplo los actos heroicos que hubiera hecho si no hubiera muerto
o si hubiera estado
presente, la semejanza a otros héroes, por los actos, por
el nombre, en fin el orador no debía olvidar ninguno de
estos pasos. Luego, el propio Elogio a Helena, sirve de ejemplo
de esas reglas.
Cualquier alumno de retórica en la antigüedad sabia
de memoria que Gorgias utiliza como bien exterior el linaje de
los padres de Helena, como cualidad personal utiliza
la belleza del personaje, de este modo, toda la trama de su
discurso tienen una reglas directrices que el orador esta
cumpliendo. El arte estriba en saber seleccionar los elementos
que se van a destacar y la oportunidad para introducirlos6.
En la Defensa de Palamedes, encontraran con detalle los problemas de
la técnica judicial para comprobar la culpabilidad y
la facilidad de provocar adhesiones con conjeturas aceptables. Y
en esta también se aplican ingeniosamente las reglas del
discurso forense.

En fin, injustamente olvidados en las escuelas de
derecho, he aquí a uno de los que inventaron nuestro
derecho, pues como encontrarán en los manuales de
retórica de la antigüedad, les debemos más de
lo que creemos.

3. La Retórica y los Jueces

Con estos discursos mostramos que la retórica fue
diseñada para persuadir a los magistrados y no para que
ellos nos persuadan. En la antigüedad y parte de la edad media los
jueces no peroraban ni argumentaban en sus sentencias, iban
directo al grano. Solo en el renacimiento
las técnicas retóricas empiezan a influir en la
redacción judicial para ser aborrecidas por
el culto a la sencillez y precisión que dominó en
el siglo XVIII y XIX. A pesar de todas las huellas de la
retórica no se pudieron borrar en la práctica
forense. Este periodo esta muy poco estudiado y recientemente ha
llamado la atención sobre el mismo.

En cambio, el papel del llamado silogismo judicial ha
sido nulo en la antigüedad para las discusiones
prácticas, porque no era considerado recomendable para
argumentar. Por ejemplo Cicerón en el dialogo Sobre la
Naturaleza de
los dioses, a propósito de cómo argumentar sobre
las distintas doctrinas dice que "cuando se hallan reducidas a la
breve forma silogística…están mas expuestas a la
critica o censura. Un río de rápida corriente puede
casi del todo o enteramente eludir la corrupción, mientras que un agua estancada
se corrompe fácilmente; así también una
fluida corriente de elocuencia diluye fácilmente las
censuras de la crítica, mientras que un argumento razonado
de manera escueta se defiende a si mismo con
dificultad.

¿Entonces que impedía el caos absoluto?
¿Qué impedía que el juez no se avasallado
por los oradores?. Por un lado se tomaron medidas para limitar la
asistencia de retóricos en los pleitos y el uso de ciertos
argumentos. Los griegos, por ejemplo, prohibieron que los
retóricos reemplacen o hablen en los juicios por eso solo
se dedicaban a componer los discursos. Se entrenaba a los jueces
contra los efectos de los retóricos, así en el
Digesto se exige al Juez que no se irrite o muestre
compasión y muchos asuntos se prefería dejar aun
jurado numeroso antes que aun solo sujeto que es mas
impresionable.

Pero también existe otro factor: el juez estaba
mejor enterado de lo que ocurría a su alrededor, las
ciudades hasta el siglo XIX, eran en todo el mundo el hogar de
una pequeña población urbana, 2 a 5% de la
población de cada país, frente a un 90% de
población rural, a esto se sumaba la inmovilidad espacial,
la gente no cambiaba de localidad, ni solía viajar mas que
unos cuantos kilómetros. En estas circunstancias el juez
promedio no dependía de las partes para adquirir la
información que necesitaba para decidir.
Pero en el siglo XXI todo ha cambiado, las grandes ciudades
concentran el 90% de la población y conocer qué
ocurrió en cada caso, ahora sí depende de lo que
las partes digan, por ello se hace extrañar investigaciones
que ayuden a un mejor control de la
argumentación que emplean las partes en litigio, esto
seria tan importante como analizar las sentencias, por ello
esperamos que esta lectura
permita iniciar un estudio de las formas de argumentar que usan
los litigantes, peritos, inclusive en los propios documentos que a
veces consideramos libres de argumentación, como son los
contratos.

ELOGIO DE HELENA

Perfección para la ciudad es el valor de sus
habitantes, para un cuerpo la belleza, para un alma la
sabiduría, para una acción
la virtud, para un pensamiento la
verdad. Las cualidades contrarias a éstas implican
imperfección. En un hombre, en una mujer, en un
pensamiento, en una acción, en una ciudad, es preciso
honrar con alabanzas lo que sea digno de alabanza y cubrir de
censuras lo que sea censurable. Pues tan erróneo e
inexacto es censurar lo que debe ser alabado como alabar lo que
debe ser censurado. Y es obligación de un mismo hombre
proclamar la verdad y refutar a los que censuran a Helena, mujer
sobre la que ha llegado a ser concorde y unánime la
opinión de la tradición poética y el
significado de su nombre, que lleva consigo el recuerdo de
acontecimientos infortunados.

Yo quiero, razonando con lógica
sobre la peyorativa tradición a ella referente, liberarla
de toda acusación y hacer cesar la ignorancia, demostrando
que sus acusadores están equivocados y descubriendo la
verdad.

Todo el mundo sabe que por su origen y linaje fue
excelsa entre hombres y mujeres la persona a la que
se refiere este discurso. En efecto, es sabido que como madre
tuvo a Leda y como padre a un dios, aunque creído un
mortal, Zeus y Tíndaro, de los cuales uno, por serlo, fue
creído, el otro, por ufanarse de ello, fue discutido; y
uno era el más poderoso de los hombres y el otro el
señor de todas las cosas.

Por haber tenido tales padres gozó de una belleza
igual a la de una diosa, y esta belleza que tuvo no la mantuvo
oculta. Inflamó de muchísimas pasiones de amor a
muchísimos hombres, y con un solo cuerpo consiguió
muchos pretendientes orgullosos por sus grandes cualidades, de
los cuales unos tenían fortunas inmensas, otro gran
renombre por la antigüedad de su nobleza, otra belleza por
su vigor físico, otro prestigio por la sabiduría
adquirida. Y todos quedaron bajo un amor ardiente y un deseo
invencible.

No voy a exponer quién, por qué y
cómo satisfizo su amor hacia Helena, apoderándose
de ella. Pues decir cosas ya sabidas a los que las saben confirma
su saber, pero no les produce placer. En consecuencia, pasando
por alto en mi discurso el tiempo de
entonces, voy a penetrar en el principio del discurso que voy a
pronunciar y voy a exponer las causas por las que era natural que
se produjera la marcha de Helena a Troya.

Hizo lo que hizo ya por decisión de la Fortuna,
mandato de los dioses o designio del Destino, ya raptada
violentamente, ya convencida con palabras.
Si por la primera causa, es un mérito para el que es
acusado ser acusado, dado que es imposible impedir la voluntad de
un dios con la previsión humana. Pues ha sido establecido
por "la naturaleza no que el más fuerte sea dominado por
el más débil, sino que el más débil
sea dominado y sometido por el más fuerte, y que el
más fuerte marque el camino y el más débil
le siga. Y los dioses son más fuertes que el hombre por
su poder, su
sabiduría y por otras muchas cualidades. Por tanto, si se
ha de atribuir la causa a la Fortuna o a la divinidad, hay que
descargar a Helena de su mala fama.
Si fue raptada violentamente y sufrió ilegal violencia, y
padeció injusta ofensa, es evidente que el culpable fue el
raptor, por haber inferido un ultraje, pero la raptada, por
haberle recibido, fue una desventurada. El bárbaro que
comete un acto bárbaro, merece ser castigado con la
ley, con la
palabra y con la acción; con la ley, mediante la
pérdida de sus derechos civiles; con la
palabra, mediante una acusación; con la acción,
mediante una sanción penal. Pero, la que fue violentada,
privada de su patria y alejada de sus amigos, ¿cómo
lógicamente no sería compadecida antes que
difamada? El uno comete un delito, la otra
lo padece. Por tanto, lo justo es compadecer a ésta y
reprobar a aquél.

Si fue convencida y engañada con su
espíritu por la palabra, no es difícil en este caso
defenderla y liberarla de toda acusación.

La palabra es un poderoso soberano, que con un
pequeñísimo y muy invisible cuerpo realiza empresas
absolutamente divinas. En efecto, puede eliminar el temor,
suprimir la tristeza, infundir alegría, aumentar la
compasión. Voy a demostrar que esto es así, pues es
preciso ponerlo de manifiesto ante la opinión de los que
me escuchan.
Yo considero y defino toda poesía
como palabra con metro. Esta infunde en los oyentes un
estremecimiento preñado de temor, una compasión
llena' de lágrimas Y una añoranza cercana al dolor,
de forma que el alma experimenta mediante la palabra una
pasión propia con motivo de la felicidad y la adversidad
en asuntos y personas ajenas.

Y ahora voy a pasar a otro argumento. Las sugestiones
inspiradas mediante la palabra producen el placer y apartan el
dolor. La fuerza de la sugestión adueñándose
de la opinión del alma, la domina, la convence y la
transforma como por una fascinación. Dos artes de
fascinación y de encantamiento han sido creadas, las
cuales sirven de extravío al alma y de engaño a la
opinión. Y ¡cuántos han engañado y
engañan a cuántos y en cuántas cosas con la
exposición hábil de un razonamiento
erróneo' Si todos los hombres tuvieran completo recuerdo
del pasado, conocimiento del presente y previsión del
futuro, ese razonamiento no podría engañarlos del
modo como lo hace. Pero es imposible recordar el pasado, conocer
el presente y predecir el futuro. Y por ello la mayor parte de
los hombres y en la mayor parte de las cuestiones toman la
opinión como consejera del alma. Pero la opinión,
siendo incierta e inconsistente, arroja a los que se sirven de
ella en infortunios inconsistentes e inciertos. Y, por tanto,
¿qué causa pudo impedir que también y de un
modo análogo la sugestión dominase a Helena, aun no
siendo la primera vez, con el mismo resultado que si hubiera sido
raptada violentamente?. Pues la fuerza de la persuasión,
de la que nació el proyecto de
Helena, es imposible de resistir y por ello no da lugar a
censura, ya que tiene el mismo poder que el destino. En efecto,
la palabra que persuade el alma obliga necesariamente a esta
alma, que ha persuadido, a obedecer sus mandatos y a aprobar sus
actos. Por tanto, el que infunde una persuasión, en cuanto
priva de la libertad, obra
injustamente, pero quien es persuadida, en cuanto es privada de
la libertad por la palabra, sólo por error puede ser
censurada.
En cuanto a que la persuasión producida por la palabra
modela el alma como quiere, hay que fijarse en primer lugar en
las teorías
de los fisiólogos, quienes sustituyendo una opinión
mediante la exposición de otra consiguen que lo que es
increíble y oscuro se presente como evidente a los ojos de
la opinión. En segundo lugar en las convincentes
argumentaciones de los discursos judiciales, con las que un solo
discurso encanta y persuade a una gran multitud, siempre que haya
sido escrito con habilidad e independientemente de su veracidad.
En tercer lugar en las discusiones de materias
filosóficas, en las que se muestra también la
labilidad de la mente en cuanto hace mutable la confianza en una
opinión. Y la misma proporción hay entre el poder
de la palabra respecto a la disposición del alma que entre
el poder de los medicamentos con relación al estado del
cuerpo. Así como unos medicamentos expulsan del cuerpo
unos humores y otros a otros distintos, y unos eliminan la
enfermedad y otros la vida, así también unas
palabras producen tristeza, otras placer, otras temor, otras
infunden en los oyentes coraje, otras mediante una maligna
persuasión emponzoñan y engañan el
alma.

Así, pues, he demostrado que si fue convencida
con la palabra, no fue culpable, sino que tuvo mala
suerte.

Y paso a exponer la cuarta causa con el cuarto
argumento. Si lo que originó sus actos fue el amor, no es
difícil que eluda la acusación de culpabilidad en
la que se dice que ha incurrido. Las cosas que vemos tienen la
naturaleza propia de cada una de ellas, no la que nosotros
queremos. Además, mediante la percepción
visual el alma es modelada en su modo de ser. Y así,
cuando la vista contempla personas enemigas revestidas de
armadura guerrera con ornamentos guerreros de bronce y de
hierro, ya
ofensivos ya defensivos, se aterra y aterra al alma, de manera
que muchas veces huimos llenos de pavor aunque no haya un peligro
en el futuro.

La verdad de esta argumentación se presenta como
poderosa a causa del temor que se deriva de la percepción
visual, la cual, una vez que se ha producido, hace que se
renuncie a actuar, aunque se sepa lo que es bueno según la
ley y lo que es justo según el derecho.
Por otra parte hay quienes a causa de haber tenido visiones
terroríficas, pierden instantáneamente el juicio a
consecuencia de las mismas: hasta tal punto perturba y destruye a
la mente el temor. Y muchos caen en absurdas enfermedades, en terribles
penalidades y en incurables locuras: hasta tal unto la vista
grabó en su espíritu las imágenes
de las cosas contempladas. Y paso por alto muchos ejemplos de
visiones espeluznantes, dado que son semejantes las que no cito a
las ya indicadas.

En otro sentido los pintores, cuando representan de modo
perfecto un solo cuerpo y figura usando de muchos colores y
cuerpos, deleitan a la vista. La realización de estatuas
de hombres y de dioses produce en los ojos una dulce
afección. Y de esta forma unos objetos dan tristeza a la
vista, otro deseo y a veces muchos objetos producen en muchos
hombres amor y deseo de muchos actos y cuerpos.

Por tanto, si el ojo de Helena originó en su alma
deseo y pasión amorosa del cuerpo de Alejandro,",
¿qué hay en ello de asombroso? Si el amor es un
dios 2 34 , ¿cómo hubiera podido resistir y vencer
el divino poder de los dioses quien es más débil
que ellos? Si se trata de una enfermedad humana y de un error de
la mente, no se ha de censurar como si fuera una culpa, sino se
ha de considerar como una mala suerte. Y, en efecto, ella
marchó a Troya, como marchó, a causa de las
insidias que padeció en su alma, no por voluntaria
decisión de su espíritu; a causa de la
inexorabilidad del amor, no por intrigas de su arte.

¿Cómo es posible estimar justo el censurar
a Helena, la cual hizo lo que hizo enamorada o persuadida con
palabras o raptada con violencia, u obligada por el poder divino
y que, por tanto, escapa por completo a toda
acusación?

He borrado con mi razonamiento la infamia de una mujer;
he mantenido la normal" que establecí al principio de mi
disertación; he intentado destruir la injusticia de un
reproche y la ignorancia de una opinión; he querido
escribir este discursos como elogio de Helena, como un producto de mi
fantasía.

LA DEFENSA DE PALAMEDES

La acusación y la defensa no pueden versar sobre
el hecho de morir, puesto que la naturaleza con voto manifiesto
ha decretado la muerte a
todos los mortales desde el mismo día de su nacimiento. La
cuestión se refiere al honor y al deshonor: si yo debo
morir de modo natural o ser condenado a muerte
manchado de las máximas infamias y de la más
vergonzosa acusación.

Frente a estas dos posibilidades de muerte, vosotros
tenéis poder absoluto sobre una, yo sobre la otra; yo
sobre la que es natural, vosotros sobre la que se produce con
violencia.

Fácilmente podéis vosotros, si
queréis, condenarme a muerte; pues tenéis poder
para ello, mientras que yo ninguno tengo. Si mi acusador, Ulises
lll, ha hecho su acusación por amor a Grecia, ya por saber
con certeza que yo he traicionado a Grecia ante los
bárbaros, ya por presumir que así ha sucedido,
será un hombre perfecto. ¿Y cómo no lo
sería quien salva a su patria, a sus padres, a toda la
Grecia y además castiga al culpable? Pero si me
acusó por envidia, intriga o malquerencia, del mismo modo
que en el caso anterior sería un hombre excelente,
así en éste sería el más
malvado.

Dado que mi discurso ha de tratar sobre este problema,
¿de qué punto partiré?, ¿qué
diré en primer lugar?, ¿hacia dónde
encaminaré mi defensa? Pues una acusación carente
de pruebas
produce un manifiesto aturdimiento, por cuya causa no se sabe
qué decir, a no ser que yo me deje guiar por la verdad
estricta y no por mi actual necesidad, consejeras de desgracias
antes que de dichas.

Yo sé con toda evidencia que mi acusador me acusa
sin ver con claridad en este asunto, pues tengo plena conciencia en
mí mismo de no haber hecho nada tal. Y no comprendo
cómo alguien podría ver con claridad lo que no ha
acontecido. Pero, si ha hecho su acusación por presumir
que las cosas sucedieron así, voy a demostramos que
está equivocado mediante una doble argumentación:
un acto de esta naturaleza, yo, aunque hubiera querido cometerlo,
no habría podido, y, si hubiera podido, no habría
querido.
Voy a comenzar en primer lugar por esta tesis, la imposibilidad
de que yo cometiera la traición.

En efecto, hubiera sido preciso que existiera en primer
lugar un punto de partida de la traición, y este punto de
partida habría sido un coloquio (con los bárbaros),
pues las palabras tienen que preceder a las futuras acciones.
Pero, ¿cómo podría haber tenido lugar un
coloquio sin haberse celebrado una entrevista? Y,
¿cómo podría haberse celebrado una
entrevista dado que él", no me ha enviado ningún
mensajero ni yo a él tampoco? Ni ha podido cruzarse
ninguna propuesta por escrito sin que nadie la
llevase.

Más supongamos que la traición pudo
prepararse en un coloquio. Yo, de alguna manera, me reúno
con él, y él, de alguna manera, se reúne
conmigo. ¿Quién está con quién? Un
griego con un bárbaro. ¿Cómo entendernos y
hablarnos? ¿Quizás a solas? No
comprenderíamos nuestras palabras. ¿Mediante un
intérprete? Entonces un tercero habría sido testigo
de un acto que por naturaleza debe quedar oculto.

Pero admitamos, aunque no sucedió, que esta
entrevista tuvo lugar. Hubiera sido preciso que, después
de ponernos de acuerdo, intercambiáramos una
garantía. Y, ¿cuál podría haber sido
dicha garantía? ¿Quizá un juramentos
¿Quién confiaría en mí, un traidor?
¿Quizá rehenes? ¿Cuáles? Yo
habría entregado a mi hermano, pues no tengo otro; el
bárbaro a uno de sus hijos. De esta forma efectivamente yo
tendría una excelente garantía de su parte y
él de la mía. Pero, si esto hubiera sucedido,
sería manifiesto a todos vosotros.

Alguien dirá que nos dimos garantía
mediante riquezas, él entregándolas y yo
recibiéndolas. Ahora bien, ¿quizás fueron
pocas? No es lógico recibir pocas riquezas a cambio de tan
gran ayuda. ¿Quizá muchas? Entonces, ¿de
qué forma se hizo el transporte?
¿Cómo uno solo hubiera podido hacerlo? ¿O
quizá entre muchos? Si muchos intervinieron en el
transporte, muchos habrían sido testigos del complot; si
lo hizo uno solo, no sería mucho lo
transportado.

¿Cuándo se hizo el transporte, de
día o de noche? Muchos y frecuentes son los puestos de
guardia nocturnos, a través de los cuales no es posible
pasar oculto. ¿Quizá de día? Mas la luz es enemiga de
tales actos.

Pero sea. Admitamos, pese a ser las dos alternativas
imposibles, que yo, consiguiendo salir, recibí las
riquezas o bien un portador pudo entrar.

Y en este caso, ¿cómo yo, una vez
recibidas, las habría podido mantener ocultas a familiares
y extraños? ¿Dónde las habría podido
poner? ¿Cómo las habría podido guardar? De
utilizarlas, me habría puesto en evidencia; de no
utilizarlas, ¿qué provecho sacaría de
ellas?

Mas admitamos que sucedió todo esto que no ha
sucedido: nos reunimos, hablamos, nos pusimos de acuerdo,
recibí riquezas de ellos, las pasé ocultas y las
guardé. En este supuesto tuvieron que llevarse a cabo
aquellos actos para cuya consecución se realizó
este complot. Y esto es aún más imposible que todo
lo anteriormente referido.
En efecto, yo los habría hecho o solo o con otros. Pero no
era empresa de un
solo hombre. ¿Quizá con otros? ¿Con
quiénes? Es evidente que con cómplices.
¿Libres o esclavos? De hombres libres sólo tengo
trato con vosotros. ¿Quién de vosotros es
cómplice? Decidlo. En cuanto a los esclavos,
¿cómo concederles crédito? Ellos
formulan sus acusaciones voluntariamente, por el deseo de
libertad, o necesariamente bajo el dolor de la
tortura"'.

Y, ¿cómo se habría realizado
la empresa? Es
evidente que hubiera tenido que introducir enemigos más
poderosos que vosotros. Y esto es imposible. ¿Cómo
los habría introducido? ¿Por las puertas? Pero la
posibilidad de cerrarlas o abrirlas no está en mí,
sino en los guardianes encargados de ellas. ¿Por las
murallas mediante una escala?
Imposible, están llenas de centinelas por todas partes.
¿Abriendo una brecha en las murallas? En este caso todos
lo sabríais sin duda alguna.

La vida bajo las armas en un
campamento, discurre a plena luz, y en ella todos vemos lo que
ocurre y todos somos observados por todos. Y por ello me
habría sido absolutamente y bajo todo aspecto imposible
hacer aquello de lo que se me acusa.

Analicemos ahora conjuntamente la segunda alternativa:
¿por qué causa me hubiera interesado querer cometer
la traición, si hubiera podido hacerla? Nadie quiere
gratuitamente arrostrar los más grandes peligros ni
cubrirse por completo de infamia con el mayor de los
crímenes. Entonces, y otra vez vuelvo a la misma pregunta,
¿por qué causa lo hice? ¿Acaso para alcanzar
el poder? ¿Sobre vosotros o sobre los bárbaros?
Sobre vosotros es imposible, que sois tantos v tan insignes que
poseéis todas las más elevadas cualidades: virtudes
de los antepasados, inmensidad de riquezas, superioridad, vigor
de espíritu, dominio de
ciudades. ¿Sobre los bárbaros? ¿Quién
me lo daría? ¿Con qué fuerza
impondría mi poder, yo que soy griego, sobre los
bárbaros? ¿Uno solo contra muchos? ¿Por la
persuasión o por la violencia? Ellos no estarían
dispuestos a dejarse persuadir, yo no podría dominarles
por la fuerza. ¿O quizá me entregarían
voluntariamente y según mi deseo el poder como recompensa
de mi traición? Pero sería una gran locura confiar
en y aceptar algo tal, pues ¿quién elegiría
la esclavitud en
lugar de la soberanía, lo peor en lugar de lo
mejor?

Quizá alguien diga que yo cometí la
traición por afán de dinero y
riquezas. Pero yo tengo la riqueza que me basta y para nada tengo
deseo de inmensos bienes. Pues
necesitan muchas riquezas los que gastan mucho, los que son
esclavos del placer y los que persiguen honores mediante la
riqueza y la suntuosidad, pero no los que dominan los placeres
sensibles. Y yo no tengo ninguna de aquellas apetencias. De que
digo la verdad pongo como fidedigno testigo mi vida pasada, y de
este testimonio vosotros sois testigos, pues habéis
convivido conmigo y por ello lo sabéis perfectamente.
Y tampoco realizaría un hombre, incluso con una mediana
inteligencia,
un acto tal para conseguir honores, pues éstos son
consecuencia de la virtud, no de la maldad. ¿Cómo
se otorgarían honores a un traidor a la Hélade?
Además, yo no tenía ninguna necesidad de honores,
pues yo los recibía de los hombres más honorables y
por el motivo más honorable, de vosotros y por mi
sabiduría.

Y tampoco nadie cometería una traición
para su seguridad, pues
el traidor queda enemistado con todo: con la ley, con la
justicia, con los dioses, con la mayoría de los hombres.
Ya que infringe la ley, destruye la justicia, corrompe a los
hombres, deshonra a la divinidad. Y, quien tiene su vida rodeada
de tales y tan grandes peligros, no goza de seguridad.

¿Acaso se haría por el deseo de ayudar a
los amigos y dañar a los enemigos? Con esta
intención no se obraría injustamente, pero en mi
caso yo hubiera obtenido un resultado totalmente opuesto:
habría perjudicado a mis amigos y beneficiado a mis
enemigos.

Por tanto, la traición no me hubiera reportado
ningún provecho, y nadie obra mal por el deseo de recibir
un perjuicio.

La única posibilidad que queda es que yo la
cometiera para evitar algún temor, algún trabajo o
algún peligro. Pero nadie podría afirmar que estos
motivos tengan que ver conmigo.

Resumiendo mi discurso diré que los hombres
realizan todos sus actos impulsados por uno de estos dos motivos:
para obtener un provecho o para evitar un castigo. Fuera de estos
dos casos, siempre que se obra mal es por demencia. Y es evidente
cuán grandes daños me habría ocasionado si
mi traición hubiera sido real: traicionando a Grecia, me
traicionaba a mí mismo, a mis padres, a mis amigos, a la
dignidad de
mis antepasados, a las creencias paternas, a sus tumbas, a la
patria, a la más ilustre ciudad de la Hélade.
Aquello que para todo hombre está por encima de todo, yo
lo habría puesto en las manos de los enemigos.

Y pensad también en lo siguiente. De haber
cometido la traición, ¿cómo mi vida no
sería ya indigna de ser vivida?. ¿Adónde
podría yo volver mi vista? ¿A Grecia? ¿Para
recibir el justo castigo de los que injurié?
¿Quién entre los que soportaron el mal me
tendería la mano? ¿Acaso debería quedarme
entre los bárbaros? ¿Abandonando los más
elevados valores,
privado de la más estimable honra, viviendo en la
más vergonzosa infamia, tirando por tierra los
esfuerzos hechos en mi vida pasada para adquirir la virtud?
¡Y ocasionarme a mí mismo lo que es más
vergonzoso para un hombre, el ser desgraciado por su propia
causa!

Además, tampoco entre los bárbaros
gozaría de confianza. ¿Cómo podrían
concedérmela quienes sabrían que yo había
cometido el acto más desleal, el traicionar los amigos a
los enemigos? Y, para aquel en quien nadie confía, la vida
no es digna de ser vivida.

Alguien podría acoger benévolamente a
quien ha perdido sus riquezas, a quien ha sido despojado del
poder, a quien ha sido desterrado de la patria; pero nadie, una
vez que haya perdido el crédito, puede
recobrarlo.

Así pues, creo haber demostrado con mi discurso
que ni habría podido ni habría querido traicionar a
Grecia.

Deseo ahora, a continuación de estos argumentos,
discutir con mi acusador. ¿En qué te basas para que
un hombre de tu ralea se atreva a acusar a uno como yo? Pues es
interesante conocer cuál es la índole de quien
formula tal acusación y cómo tú, que eres
indigno, actúas indignamente.

¿Me acusas en virtud de una certeza absoluta o
por meras suposiciones? Si lo sabes con certeza, será
porque presenciaste la traición, porque participaste en
ella o porque te lo comunicó alguien que tomó parte
en la misma. Si la presenciaste, dinos el modo, el lugar, el
tiempo, cuándo, dónde y cómo la
presenciaste. Si participaste en ella, participas también
de la misma acusación. Si te la comunicó un
cómplice, éste, sea quien sea, que venga, se
presente y dé testimonio. Y así tu acusación
será confirmada con un testigo.
Hasta ahora ninguno de nosotros ha presentado testigos. Y por
ello quizá sostengas que estamos en análoga
situación, tú sin presentarlos para atestiguar
hechos, en tu opinión, sucedidos, yo sin presentarlos para
atestiguar hechos no sucedidos. Pero no es lo mismo. Pues,
¿cómo se podría testimoniar lo que no ha
sucedido? Por el contrario, testimoniar los hechos acontecidos,
es posible e incluso fácil. Y no sólo fácil,
sino que tú tendrías la posibilidad de encontrar no
sólo testigos veraces, sino incluso testigos falsos. Yo,
contrariamente, no podría hallarlos ni de una ni de otra
clase.
Es evidente, pues, que tú no tienes certeza de la
traición que me imputas. La única posibilidad es
que, sin estar seguro, lo presumes. Y en este caso,
¿cómo te atreves a acusar con la máxima
desvergüenza a un hombre de un delito que lleva aparejado la
pena capital, sin
estar seguro de la verdad y basándote sólo en una
opinión, el menos fidedigno de los criterios?
¿Tienes plena conciencia de que éste ha hecho un
acto tal? El formular opiniones es algo común a todo
hombre y sobre cualquier cuestión, y en este aspecto
tú no eres más sabio que los demás. Pero no
se debe confiar en los que expresan opiniones, sino en los que
tienen certeza; y tampoco se debe juzgar la opinión
más digna de crédito que la verdad, sino, por el
contrario, la verdad más fidedigna que la
opinión.

En tus discursos me acusaste de dos cualidades
radicalmente opuestas, la sabiduría y la demencia, las
cuales no pueden darse en un mismo hombre. Efectivamente, al
decir que yo soy hábil, extraordinario y lleno de recursos me
atribuyes sabiduría. Cuando dices que traicioné a
Grecia, demencia. Pues es una locura el intentar realizar actos
imposibles, inútiles, vergonzosos, con los que se
dañará a los amigos y se beneficiará a los
enemigos, que harán la propia vida odiosa y llena de
azares.

Y, ¿cómo es posible creer a un hombre tal,
que en un mismo discurso, ante las mismas personas y sobre el
mismo tema sostiene afirmaciones tan contradictorias? Quisiera
preguntarte si consideras a los hombres sabios insensatos o
prudentes. Si insensatos, nueva es la teoría,
pero errónea. Si prudentes, en modo alguno es propio de
quienes lo son cometer los mayores errores,, y preferir el mal
teniendo el bien a su alcance.

Por tanto, si soy sabio, no podría haber cometido
un error. Si lo cometí es que no soy sabio. Y, en
consecuencia, tú serías un mentiroso en cualquiera
de estas dos alternativas.

Yo no quiero a mi vez, aunque podría, acusarte de
haber cometido muchas e ingentes faltas,
antiguas y recientes, pues deseo liberarme de esta
acusación no con tus maldades sino con mis méritos.
Por tanto, en lo que a ti respecta, no diré nada
más.

Es ahora, a vosotros, jueces, a los que quiero decir
sobre mí algo que me da vergüenza, pero que es
verdadero, que no sería oportuno en quien no está
acusado, pero conveniente para el que lo ha sido. Voy a rendiros
cuenta y a datos
razón de mi vida anterior. Y ruego que ninguno de
vosotros, si os recuerdo algo del bien que he hecho, ponga
obstáculos a mis palabras, sino que considere que es
necesario para un hombre objeto de terribles y falsas acusaciones
rememoraros algunas de las buenas acciones que realmente he
hecho. Lo cual me es muy agradable.

Lo primero y lo segundo y lo más importante, es
que, absolutamente y desde el principio hasta el fin, mi vida
pasada está libre de culpa y exenta de toda
acusación. Nadie ante vosotros podría formular con
verdad contra mí ninguna acusación de maldad. Y
así mi propio acusador no ha dado ninguna
demostración de sus palabras, por lo que su discurso es
una injuria sin pruebas.

Yo podría decir, y al decirlo no mentiría
ni podría ser refutado, que no sólo no soy
culpable, sino incluso un gran benefactor vuestro, y de los
griegos y de todos los hombres, presentes y futuros. En efecto,
¿quién habría hecho la vida humana plena de
recursos, de carente de ellos; organizada de desorganizada; con
la invención del arte de la guerra, lo más
importante para alcanzar la hegemonía; de las leyes escritas,
guardianes de la justicia; de las letras, instrumento del
recuerdo; de las medidas y los pesos, excelentes medios de
cambio en el comercio; de
la aritmética, guardián de las riquezas; de las
antorchas, los mejores y más rápidos mensajeros; de
los dados, medio de pasar distraídamente el tiempo de
ocio?

¿Con qué finalidad os recuerdo todo esto?
Para demostramos que yo pongo mi mente al servicio de
cosas de este tipo, para probaros que estoy apartado de toda
clase de acción perversa y vergonzosa. Pues es imposible
que dedicándome a las primeras pueda también
dedicarme a estas otras. Y estimo que si yo nunca os causé
daño,
no debo recibirlo de vosotros.

Por mis demás costumbres tampoco merezco padecer
ningún castigo, ni de los jóvenes ni de los viejos.
A los vicios no les causo daño, a los jóvenes no
soy inútil; a los afortunados no los envidio; a los
desgraciados los compadezco; no desprecio la pobreza, ni
estimo la riqueza más que la virtud, sino la virtud
más que la riqueza; no soy inútil en los consejos
ni inactivo en las batallas, cumpliendo lo que se me ordena y
obedeciendo a mis jefes. Más no me gusta alabarme a
mí mismo. Si lo he hecho, ha sido porque la presente
situación, incluso al ser acusado sobre estos puntos, me
obligó a ello para defenderme de la mejor manera
posible.

Lo que queda de mi discurso se dirige a vosotros y
respecto a vosotros. Una vez dicho esto, terminaré mi
defensa.

La compasión, las súplicas, la
intercesión de los amigos son útiles cuando el
juicio está en manos de la multitud. Pero a vosotros, que
sois y sois considerados los primeros entre los griegos, no debo
convencemos ni con la ayuda de mis amigos, ni con
súplicas, ni con lamentaciones, sino que debo liberarme de
esta acusación con el más evidente argumento de
quien es justo, mostrando la verdad sin usar de engaño
alguno.

Es necesario que vosotros analicéis más
los hechos que las palabras, que no deis más
crédito a la acusación que a la defensa, que no
consideréis a un o. deliberación irreflexiva juez
más sabio que una meditada, que no estiméis a la
calumnia más digna de fe que las pruebas. Todo hombre
honesto debe tener gran cuidado de no equivocarse en cualquier
decisión, pero aún más en las irremediables
que en las que no lo son. A éstas se puede poner remedio,
si se quiere; aquéllas quedan irremediables aunque se
cambie de modo de pensar.

Y decisión irremediable se da cuando unos hombres
juzgan a otro acerca de un delito que lleva consigo la pena de
muerte, lo cual ahora se os ha planteado.

Si por medio de las palabras la verdad de los hechos
pudiera presentarse pura y manifiesta a los que las escuchan, os
sería fácil juzgar tomando como base lo que se os
ha dicho. Puesto que no es así, poned bajo custodia mi
persona, deliberad durante un más largo tiempo y
pronunciad sentencia conforme a la verdad. Si os mostraseis
injustos, corréis el grave peligro de manchar un buen
nombre y de originar un deshonor. Y para un hombre honesto la
muerte es preferible a una triste fama, pues aquélla es el
fin de la vida, pero ésta una enfermedad
incurable.

Si me condenáis a muerte injustamente,
será sabido por muchos. Pues yo no soy un desconocido y
vuestra maldad será manifiesta y patente a todos los
griegos. Y seréis vosotros, no mi acusador, quienes
cargaréis ante todos con la responsabilidad de una evidente injusticia, pues
en vosotros está la decisión de la sentencia.
Y no podría existir un error mayor que éste. Pues
si hubieseis juzgado injustamente, no sólo seríais
culpables ante mí y ante mis padres, sino también
ante vosotros mismos, al tener conciencia de 1 haber cometido un
acto terrible, impío, injusto e Ilegal, por haber
condenado a muerte a un aliado, a un hombre que os prestó
servicios, a
un benefactor de la Hélade, a un griego, siendo vosotros
griegos, y todo ello sin haberse demostrado con evidencia que
cometió algún acto injusto y sin haberse presentado
acusación fidedigna.
He pronunciado mi defensa, y ya termino. El recordar en un breve
resumen los argumentos antes expuestos con extensión tiene
fundamento ante jueces de poca envergadura. Que vosotros, los
más ilustres helenos entre los helenos ilustres, no
hayáis prestado atención ni recordéis lo
antes dicho, no es lógico ni pensarlo.

b..- EL METODO DE TOULMIN

PRESENTACION DEL METODO

En 1958, el profesor
Toulmin de la Universidad de
Cambridge publicó un esquema que tiene la virtud de
ofrecer una visión global de todos los factores que
intervienen (o debieran intervenir en un razonamiento). Ayuda a
no olvidar detalles que, en la práctica, pueden ser muy
importantes. En cualquier argumento podemos distinguir seis
partes muy distintas:

Conclusión – Datos – Garantías – Respaldos
– Modalización – Refutaciones

Como esto puede parecer un jeroglífico, vamos a
verlo por partes. Pongamos el argumento:

Harry es español
porque nació en Mallorca y la ley reconoce nacionalidad
de origen a todos los nacidos en España
salvo que ninguno de sus padres sea español, que no es el
caso.

1. ¿qué se afirma?

Un argumento se caracteriza por su
conclusión, es decir, por aquello que Pretendemos
sostener.

Harry es español.

2. ¿en qué se basa?

Dar razones significa responder a dos
porqués sucesivos:

Primera pregunta: ¿por qué dice eso?:
¿Por qué afirma que Harry es español?
La respuesta nos ofrece los datos, por ejemplo los hechos
del caso: Concluyo que Harry es español porque
nació en Mallorca.

Segunda pregunta: ¿Y eso qué tiene que
ver? ¿Por qué de esos datos se extrae la
conclusión?: porque tengo una garantía que
autoriza el paso de los datos a la conclusión. Por
ejemplo, un principio establecido:

Los nacidos en Mallorca son
españoles.

Datos y garantía, constituyen las premisas
del argumento: Los datos suelen ser los hechos del caso y como
garantía utilizamos principalmente reglas generales,
principios,
otros datos… (Ver Argumentos: vocabulario)

3. ¿están respaldadas las
premisas?

Con frecuencia los datos o la garantía no son
evidentes, por lo que hemos de respaldarlos para que no quepa
duda sobre su solidez. En este ejemplo, los datos se apoyan en un
certificado de nacimiento. El respaldo de la garantía es
la legislación sobre nacionalidad:

4. ¿qué fuerza tiene la
conclusión?
¿Necesita
moralización?

Según la fuerza con que afirmen las cosas, los
juicios que expresan nuestras Conclusiones pueden ser de tres
tipos: necesarios, probables, posibles). Así, pues, si no
especificamos nada, la conclusión puede entenderse de tres
maneras:

Es seguro que Harry es español

Es probable (presumible) que Harry sea
español

Es posible que Harry sea español.

Nuestros razonamientos, salvo en el caso de las matemáticas, no son por lo general
concluyentes, sino presuntivos, es decir, probables o posibles,
porque se apoyan en premisas que no autorizan afirmaciones
categóricas. Por eso, muchas conclusiones necesitan una
matiz calificador como: probablemente, presumiblemente,
plausiblemente,
etc. Si no lo hacemos se nos podrá
rechazar la conclusión que presentamos como
categórica cuando no pasa de probable.

Y esto tiene su importancia porque, si, como es
habitual, las dos posiciones en controversia exponen conclusiones
presuntivas lo que se dirime en último término es
cuál de ellas parece más probable o, si se trata de
conclusiones posibles, cuál de ellas puede ampararse en
una regla de prudencia.

5. ¿en qué condiciones sería
refutable, es decir, fallaría el argumento?

¿Existe alguna posibilidad de que el argumento
falle? ¿Existe alguna circunstancia excepcional que
pudiera impedirnos sostener la conclusión?

Dicho de otro modo: ¿Tiene excepciones nuestra
conclusión?

La abuela Ana era pelirroja de niña, luego
presumiblemente lo es ahora salvo que haya encanecido,
no tenga pelo o se lo tiña
.

Dado que nuestras conclusiones pueden ser verdaderas en
determinadas circunstancias y no serlo en otras, nos interesa
siempre señalar en qué condiciones fallaría
el argumento o cuáles son las excepciones. De este
modo,

Paradójicamente, aumenta su consistencia porque
cierra el paso a las lesiones más elementales. Utilizamos
habitualmente expresiones como:

Salvo que…; si no me equivoco…; si los
cálculos no fallan…; si las cosas siguen

Igual…; excepto esto y aquello
etc.

En el caso de Harry, cabe que el certificado de
nacimiento sea falso o que sus Padres no fueran españoles
(excepción prevista en la ley). Son salvedades que Debemos
señalar para conservar la razón:

¿Qué es un buen argumento? Los
requisitos

Un buen argumento es el que: se atiene a la
cuestión; ofrece razones sólidas; Está
protegido ante refutaciones. Si cumple estas condiciones es bueno
y su conclusión debe ser aceptada. Si no las cumple,
probablemente es falaz.

1. ¿se atiene a la cuestión que se
debate?

Argumentamos en el seno de una cuestión, a favor
o en contra de una de sus Alternativas Por ejemplo: el jueves
habrá eclipse de luna/el jueves no habrá Eclipse de
luna
. Sé lo que defiendo: El Jueves habrá
eclipse de Luna
; y sé lo que habrá que defender
para negarme la razón: el jueves no habrá
eclipse de luna.
Mi conclusión no puede ir por otros
derroteros. Si la cuestión no estuviera clara será
preciso concretarla antes de exponer los argumentos:

No se discute si Carlos es prudente o temerario sino si
es el responsable del accidente o no lo es. Yo sostengo que no lo
es.

Cuando alguien pretende argumentar fuera de la
cuestión decimos que incurre en la falacia de eludir la
cuestión.

Para recordar los criterios arguméntales que
exige cada cuestión véase el diagrama para
el análisis de un debate.

2. ¿ofrece razones
sólidas?

Llamamos sólidas a las razones que sostienen la
conclusión de una manera convincente. Para lograrlo, han
de ser relevantes, suficientes y aceptables.

a. ¿Son premisas relevantes para lo
que se afirma o no tienen nada que ver con ello? Serán
relevantes si conducen a la conclusión, si prestan Apoyo a
la conclusión.

No se debe condenar a este asesino convicto y confeso
porque su anciana madre no podría soportar tamaño
disgusto.

Para evitar la condena del asesino pudiera ser relevante
alegar que no es responsable de sus actos porque está
loco
. Por el contrario, apelar al dolor de su anciana
madre
, a que un día saldrá de la
cárcel y tomará venganza
, a que nos ha hecho
un favor porque la víctima era un asesino
peligrosísimo
… son ejemplos típicos del
sofisma patético que es una de las argucias más
frecuentes para eludir la cuestión.

Otros ejemplos de premisas irrelevantes son las falacias
del ataque personal.

(Por ejemplo: No reconozco a este tribunal
fascista
); de la pista falsa (los problemas de la juventud
marginal no se resuelven a golpe de sentencias
); la falacia
populista (todos los vecinos de su barrio piensan que el
acusado es inocente
); la falacia genética
(no es posible que el hijo de una santa sea un asesino); y
todas las falacias del non sequitur en general, es decir,
todas aquellas en que la conclusión no se sigue de las
premisas:

Todos los mahometanos son infieles

Los budistas son infieles

Luego los budistas son mahometanos.

b. ¿Son premisas que aporten base suficiente
para sostener la conclusión?

Esto es muy importante en las generalizaciones, en los
argumentos causales y en las pruebas de indicios que no admiten
conclusiones válidas con pocos casos o a partir de
anécdotas personales.

Cuando los datos no ofrecen apoyo suficiente a la
conclusión surgen falacias como la afirmación
gratuita, la generalización precipitada o la falsa
causa.

En otros casos, por ejemplo en los argumentos morales y
en las deliberaciones, es más difícil
señalar cuándo un argumento reúne suficiente
base para sostener la conclusión porque ninguno lo
consigue. No existen premisas que prueben concluyentemente si
el aborto es
bueno o es malo o si debo estudiar medicina o
farmacia. En estos casos lo que se procura es acumular muchos
argumentos que, por distintos caminos (por distintas razones),
abunden en la misma conclusión.

c. ¿Son premisas aceptables o, si es
necesario, tengo un respaldo que las sostenga? Este problema no
se plantea cuando nuestros datos son objetivos o
indiscutibles, pero esto no es lo frecuente. En la mayor parte de
las ocasiones no debatimos con las evidencias en
la mano. Ni siquiera es frecuente que aportemos premisas de las
que se pueda decir que son verdaderas o falsas. La mayor parte de
nuestros debates no se ocupa de la verdad sino de lo justo, lo
conveniente, lo preferible, lo probable… Por eso, ya que no
suelen ser ciertas, es muy importante que nuestras premisas sean
aceptables.

Es aceptable o admisible, cualquier premisa
que:

• ofrezca datos objetivos.

• exprese un conocimiento común o personal,
un testimonio incontrovertido, el informe
incontrovertido de un experto.

• recoja la conclusión de un argumento ya
aceptado.

• pueda probarse, porque cuenta con un respaldo
sólido. Por el contrario, son inaceptables las siguientes
premisas:

• un juicio que esté en contradicción
con la evidencia, con otro juicio bien fundado, con una fuente
creíble, con nuestro propio conocimiento, o con otras
premisas del mismo argumento,

• un juicio dudoso que no lleve
respaldo,

• un juicio confuso, ambiguo o
ininteligible.

• un juicio idéntico a la conclusión
o basado en un supuesto cuestionable.

• un juicio que olvide alternativas

Con estas premisas inaceptables surgen las falacias de:
ambigüedad, petición de principio,
composición, división, continúo, olvido de
alternativas, wishful thinking, etc

3. ¿Son premisas que suministren un rechazo
efectivo a los desafíos razonables al
argumento?

Si el argumento se atiene a la cuestión, sus
premisas son relevantes, ofrecen apoyo suficiente y son
aceptables, el argumento está sólidamente preparado
para resistir cualquier crítica. Pese a ello nos pueden
atacar por no matizar la conclusión o no señalar
las posibles salvedades. Debemos, pues, incluir estos
aspectos:

• ¿Es una conclusión segura,
probable, posible? ¿Es una afirmación tajante o una
mera hipótesis?

• ¿Caben excepciones? ¿Hemos de hacer
alguna salvedad referida a la fiabilidad de los respaldos o los
cambios en las circunstancias?

De este modo se le obliga al adversario a limitarse a la
defensa de su propia posición (si puede).

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superior

CASOS
PRACTICOS

EJERCICIO No. 1

(Tomado de la sentencia del Tribunal Constitucional
en el caso Almenara contra el Consejo Nacional de la
magistratura. EXP. N. º 1941-2002-AA/TC)

"Se ha deslizado también la tesis de que el acto
reclamado por el recurrente habría vulnerado el derecho al
debido proceso. Este derecho, como ha recordado el Tribunal
Constitucional en diversos casos, es una garantía que si
bien tiene su ámbito natural en sede judicial,
también es aplicable en el ámbito de los procedimientos
administrativos. Sin embargo, su reconocimiento y la
necesidad de que éste se tutele no se extienden a
cualquier clase de procedimiento.
Así sucede, por ejemplo, con los denominados procedimientos
administrativos internos, en cuyo seno se forma la voluntad de
los órganos de la
administración en materias relacionadas con su
gestión
ordinaria (v.g. la necesidad de comprar determinados bienes,
etc). Como indica el artículo IV, fracción 1.2,
in fine, de la Ley del Procedimiento Administrativo
General, "La institución del debido procedimiento
administrativo se rige por los principios del derecho
administrativo"(….) En tal sentido la
ratificación o no de magistrados a cargo del Consejo
Nacional de la Magistratura, se encuentra en una situación
muy singular. Dicha característica se deriva de la forma
como se construye la decisión que se adopta en función de
una convicción de conciencia y su expresión en un
voto secreto y no deliberado, si bien esta decisión debe
sustentarse en determinados criterios (cfr. La Ley
Orgánica del CNM y su Reglamento); sin embargo, no
comporta la idea de una sanción sino sólo el retiro
de la confianza en el ejercicio del cargo. Lo que significa que,
forzosamente, se tenga que modular la aplicación –y
titularidad– de todas las garantías que comprende el
derecho al debido proceso, y reducirse ésta sólo a
la posibilidad de la audiencia"

ANALISIS DE LA ESTRUCTURA DEL
ARGUMENTO

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EJERCICIO No. 2

(Tomado de la sentencia del Tribunal Constitucional
en el caso Almenara contra el Consejo Nacional de la
magistratura. EXP. N. º 1941-2002-AA/TC)

Probablemente, la alegación más
trascendente en el orden de las ratificaciones es que, a juicio
del recurrente, al no ser éstas motivadas, con ello se
generaría una lesión del derecho reconocido en el
inciso 5) del artículo 139.° de la Constitución. A juicio del actor, en
efecto, la decisión de no ratificarlo, comunicada
mediante el Oficio N.° 393-2001-P-CNM, no fue motivada, y
ello es razón suficiente para obtener una
decisión judicial que la invalide.

Es evidente, a la luz de la historia del derecho
constitucional peruano, que las Constituciones de 1920,
1933 y 1979 establecieron, como parte del proceso de
ratificación judicial, la obligatoriedad de la
motivación de la resolución correspondiente.
Sin embargo, no ha sido ésta una exigencia que se haya
incorporado al texto de
1993. Por el contrario, de manera indubitable y ex profeso, los
legisladores constituyentes de dicha Carta optaron
por constitucionalizar la no motivación de las ratificaciones
judiciales, al mismo tiempo de diferenciar a esta
institución de lo que, en puridad, es la
destitución por medidas disciplinarias (cf. Congreso
Constituyente Democrático. Debate
Constitucional-1993
, T. III, pág. 1620 y
ss.).

Desde una interpretación histórica es
evidente que el mecanismo de ratificación judicial ha
sido cambiado y, por ende actualmente percibido como un voto de
confianza o de no confianza en torno a la
manera como se ejerce la función jurisdiccional. Como
tal , la decisión que se tome en el ejercicio de dicha
competencia no
requiere se motivada. Ello a deferencia, cabe advertir, de la
destitución que, por su naturaleza sancionatoria,
necesaria e irreversiblemante debe ser explicada en sus
particulares circunstancias.

Por cierto, es necesario abundar en que no todo acto
administrativo expedido al amparo de una
potestad discrecional, siempre y en todos los casos, debe estar
motivado. Así sucede, por ejemplo, con la elección
o designación de los funcionarios públicos
(Defensores del Pueblo, miembros del Tribunal Constitucional,
Presidente y Directores del Banco Central de
Reserva, Contralor de la República, pase a retiro de
Oficiales Generales y Almirantes de las Fuerzas Armadas, y otros)
cuya validez, como es obvio, no depende de que sean motivadas. En
idéntica situación se encuentran actualmente las
ratificaciones judiciales que, como antes se ha afirmado, cuando
se introdujo esta institución en la Constitución de
1993, fue prevista como un mecanismo que, únicamente,
expresara el voto de confianza de la mayoría o de la
totalidad de los miembros del Consejo Nacional de la Magistratura
acerca de la manera como se había ejercido la
función jurisdiccional.

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Los modelos mentales y el uso de
deducciones: lectura de un caso para analizarlo

EJERCICIO DE APLICACIÓN DE LA
TEORIA DE LOS MODELOS MENTALES

ERROR DE COMPRENSIÓN
CULTURALMENTE CONDICIONADO

No procede exonerar de responsabilidad al inculpado,
miembro de
una Comunídad Nativa, que mata a un
brujo de la comunidad por
haber
originado daños contra él, en tanto el
derecho a la vida es respetado en
todas las sociedades.
Sin embargo procede atenuar la pena en virtud a
la
aplicación del error de comprensión culturalmente
condicionado.

Distrito Judicial de Loreto

EXR Nº 98-302

DICTAMEN PENAL No. 1,046-98

SEÑOR JUEZ:

Viene a esta Fiscalía Provincial Mixta de Maynas, la
instrucción seguida contra TITO TANGOA GUERRA, por el
delito contra la vida, El Cuerpo y la Salud-Homicidio Simple
en agravio de ESPIRITU SIQUIHUA MASHACURI. Fluye de autos, que con
fecha 1 6MAY98, en horas de la mañana el inculpado se
apersonó al domicilio del agraviado ubicado en la quebrada
de Santa María, compresión del distrito de Torres
Causana (Río Napo), portando una retrocarga Cal. 16",
donde las dos partes intercambian palabras, motivo por el cual el
inculpado le apunta a la altura del pecho a una distancia de tres
metros y lo dispara casi a quema ropa, falleciendo la
víctima en forma instantánea; luego es trasladado
conjuntamente con el testigo Silvio.

A fs. 01/07 corre el atestado policial; a fs. a fs. 9 el
acta de incautación del arma; a fs. 20 la denuncia Fiscal
y a fs. 22/23 el auto apertorio de instrucción con mandato
de detención.

TITO TANGOA GUERRA, de 33 años de edad, presta su
declaración instructiva a fs. 24 continuada a fs. 30/32,
quien refiere ratificarse en su declaración policial de
fs. 15/18, y que el día de los hechos fue al domicilio del
agraviado, con quien había tenido
discusión

y como le había provocado le disparó al
pecho luego de ello se retiró a su casa, donde fue
detenido por la policía: el agraviado se encontraba y
siempre se dedica a la brujería, hacía mucha maldad
a las personas; en ningún momento a planificado matar al
agraviado.

De los actuados se desprende, que habiéndose
vencido el plazo ampliatorio y encontrándose la
instrucción en la etapa de emitir pronunciamiento de ley,
se establece que el inculpado tanto a nivel policial, como
judicial se ha declarado convicto y confeso de¡ delito
imputado, acto que lo realizó supuestamente por haber sido
provocado y por practicar la brujería; el inculpado
pertenece a una comunidad Kichwa del Río Napo o Napuruna
en Quicliua, quienes son muy creyentes de la brujería, en
donde determinadas personas causan daño físico y
mental de las personas, con su poder o utilizando brebajes u
otros objetos, y con el fin de librarse de estas malas acciones
cometen estos delitos sin
mayor remordimiento, sólo con el propósito de
servir a la comunidad; sin embargo nuestra norma sustantivo no
hace distingo de raza, religión, creencias,
etc. para aplicar una sanción; sin embargo puede atenuar
sus responsabilidad por las condiciones de su cultura y
aplicárselas una pena menor de¡ mínimo legal;
el inculpado acepta los cargos imputados en su contra y
está debidamente demostrado con el acta de
incautación del arma, más no así del
cadáver por haber sido enterrado dentro de la comunidad,
con la presencia de determinados testigos que corroboran lo
sucedido; en tal sentido al haberse acreditado la comisión
de¡ delito, as¡ como la responsabilidad de procesado,
el suscrito, Representante de¡ Ministerio Público en
aplicación de los Arts. 11, 12, 23, 29, 45, 92, 93 y 1062
de¡ Código
Pena¡, FORMULO ACUSACION PENAL contra TITO TANGOA GUERRA
como autor de¡ delito contra la Vida, El Cuerpo y La
salud-Homicidio simple, para quien solicito se le imponga CINCO
AÑOS de pena privativa de la libertad, más al pago
de TRES MIL NUEVOS SOLES por concepto de
reparación civil a favor del familiar más cercano
del occiso.

Instrucción: Regularmente tramitado.

Acusado: REO EN CARCEL.

lquítos, 06 de Octubre de 1998

lquitos, Quince de Abril de novecientos Noventinueve.

VISTA:La causa pena¡ número
noventiocho trescientos dos, seguida contra: TITO TANGOA GUERRA,
por delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud – HOMICIDIO- en
agravio de Espíritu Siquihua Mashocuri, de cuyo proceso
fluye que, en fecha dieciséis de Mayo de¡ año
en curso, el imputado TANGOA GUERRA, se apersona al inmueble
de¡ agraviado indicado, ubicado en la Quebrada de Santa
María, en el distrito de Torres Causana (río Napo),
lugar en el que luego de una breve discusión, le apunta
con su retrocarga y le dispara a quemarropa a la altura de¡
tórax, falleciendo dicho agraviado en el acto, a
consecuencia de lo gravedad de dichas lesiones; razón por
la que se formula denuncio pena¡ y se abre
instrucción contra el imputado, que, en este sentido
tramitada la causa conforme a su naturaleza, en procedimiento
Sumario y habiendo vencido el respectivo plazo ordinario de
instrucción, como el ampliatorio de ley, se remite
nuevamente lo actuado al Ministerio Público, para el
pronunciamiento respectivo, cuyo representante a fs. cincuenta,
cincuentiuno y ciento cinco, formula ACUSACIÓN FISCAL
contra el imputado, TITO TANGOA GUERRA, por delito de HOMICIDIO ,
en agravio de Espíritu Siquihua Mashacuri, solicitando
CUATRO AÑOS de PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD, mas el pago de
TRES MIL SOLES, por concepto de Reparación Civil en favor
del pariente mas cercano del agraviado, que en este sentido,
habiendo precluido la etapa probatoria y puesto los autos de
manifiesto en Secretaría, para los alegatos pertinentes,
no formulan los suyos dichas partes, que siendo ello así,
de acuerdo o Ley la causa ha quedado expeditada para resolver, Y,
CONSIDERANDO: Que, como informa el texto Punitivo Nacional
Vigente, se incurre en la figura Pena¡ de HOMICIDIO SIMPLE,
cuando el agente activo, con "animus dolendi", es decir con
intencionalidad y plena conciencia de su acto, "MATA A OTRO",
onimus necandi, que la ley sanciona con penalidad que oscila
entre los seis y veinte años de pena privativa de libertad
que ciertamente en el caso de autos, se investigo la
circunstancia trágica en que se produce la muerte del
agraviado Siquihua Mashacuri, en horas de la mañana del
dieciséis de Mayo del año noventiocho, en las
cercanías de la comunidad de Estirón – Quebrada
Santa María – Río Napo; a manos del imputado TITO
TANGOA GUERRA; quien lo última de un certero disparo de
arma de fuego; a la altura del plexo, que por la gravedad de la
lesión ocasionan su muerte; que, a este respecto, si bien
en el proceso y al rendir su instructiva, Tangoa Guerra, a fs.
Cincuentisiete, setenticinco a setentisiete, ampliada a fs.
ochenticinco a ochentíséis, esta vez con la
intervención de un interprete, que conoce su lengua; se
declara en efecto, CONVICTO y CONFESO de¡ delito
investigado, señalando que ultimó de un balazo con
su retrocarga, al agraviado SIQUIHUA MASAHACURI; ya que este
venia haciéndole daño, con la brujería,
impidiéndole formalizar además su relación
convivencia¡ con una femenina de nombre HUMANTI; se ha
planteado también en la instrucción y en su
defensa, como justificación o su acto el hecho de que se
trato de un nativo integrante de la Comunidad Quichua del Napo;
que ha incurrido en el acto de eliminación física de¡
agraviado Siquihua Moshacurí; en razón de que este
según sus costumbres ancestrales, era objeto de
daño por parte de¡ agraviado, quien era un BRUJO
reconocido de la zona; situación ante la que no cabia sino
su eliminación física para amenguar el mal que le
causaba; no obstante, tales argumentos como los demás
expone dicho procesado en la instrucción, si bien
atendibles como alegaciones de defensa suya, resultan
insuficientes para exonerarle de responsabilidad pena¡, por
el HOMICIDIO investigado: que, en este sentido, es admisible
ciertamente que, habiendo Tangoa Guerra, detectado al autor de su
males hubiera optado por su eliminación física,
para acabar con él; sin que significara ello en su
cosmovision, un acto de magnitud, como para alertar su
sentimiento de culpa; no obstante, la argumentación
señalada, como la propuesta por la defensa, no resulta
entera y rigurosamente validas, desde que, el DERECHO A LA VIDA
constituye un bien de superlativo significación, incluso
en las etnias mas alejadas y de menos desarrollo
social: que, siendo ello así, es claro que Tangoa
Guerra, al quitarle la vida a ESPÍRITU SIQUIHHUA
MASHACURI, no ha solo ha violentado las normas
básica de su entorno, sino las que regulan la vida en
sociedad de entidades ajenas a ella; situación por la que
no corresponde sino sancionar su conducta en el
modo y forma establecida por la ley; que a este respecto, si bien
la Constitución Política de¡ Estado Peruano,
señala el imperativo de propender a la integración de etnias y comunidades de
nuestra nacionalidad, respetando su tradición, cultura y
costumbres principios que regula en la misma perspectiva la ley
sustantivo penal en su numeral quince, cuando hace referencia al
instituto del "error de comprensión culturalmente
condicionado", es decir aquella disposición, que obliga
exonerar o atenuar la responsabilidad pena¡ de¡
agente que al momento de obrar, "no ha comprendido el
carácter delictuoso de su acto, por sus costumbres y
cultura", no obstante dichas elucubraciones como las demás
expuestas en favor de¡ incriminado, resultan insuficientes,
para el propósito de exonerar a mismo de responsabilidad
Pena¡ por el HOMICIDIO de Espíritu Síquihua
Mashacuri, resultando sin embargo valido para considerar la
ATENUACIÓN de la misma; ya que es claro, que la muerte
violenta de¡ agraviado, no ha constituido sino la
terminación de su vida, bien jurídico protegido de
primer orden, no solo en sociedades como las de¡ imputado,
sino en los grupos y etnias
que no han transitado por ella, dado que en ambas la
valoración de la VIDA, es superlativa; que, dicha
conclusión, fluye no sólo de la comprensión
del contexto en que se desarrollaba el encausado, sino del
entendimiento de su versión respecto de los hechos, pues
señala allí, que efectivamente ha cercenado una
vida, que siendo los hechos así, resulta claro que al
eliminar Tongoa Guerra a Siquihua Mashacuri, no solo ha
infringido una norma básica de su entorno; sino el que
rige nuestra sociedad formal; ya que ha extinguido por su solo
designio y con "animus dolendi", la vida de otro ser humano,
señalando únicamente en su descargo, un hecho que
no ha probado mínimamente en el proceso, es decir que, el
agraviado hubiera venido dedicándose a hacerle daño
con sus malas artes; que, el criterio expuesto, tiene sustento,
en el propio PERITAJE
ANTROPOLÓGICO, de fs. noventicuatro a noventinueve,
debidamente ratificado en fs. ciento nueve a ciento doce;
(CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES), al señalar en su sexto
párrafo, que "..Todo este soporte legal si
bien NO VAN EXIMIR DE LA PENA A QUIEN COMETA UN DELITO, EN EL
CASO QUE NOS OCUPA, Si BIEN ES UN ACTO PUNIBLE, PUEDE
COMPRENDERSE MEJOR LAS CIRCUNSTANCIAS EN QUE SE COMETIO EL DELITO
Y PUEDE ATENUARSE LA PENA, POR AUSENCIA DE LA CULPA
SUBJETIVA…"; que, conforme a ello, justificar el acto de Tongoa
Guerra, ciertamente no solo importaría mantener un estado
de impunidad
ostensible, sino convalidar un acto reñido con la ley y
las costumbres de los pueblos más remotos de la nación,
que respetan la VIDA HUMANA; que, en este sentido, si bien existe
el imperativo legal de respetar las comunidad y etnias de nuestra
nacionalidad, con sus hábitos, costumbres y tradiciones no
puede tal consideración significar la convalidación
de un acto de MUERTE, por hallarse tal acto reñido con
la moral, las
normas y costumbres de los pueblos mas alejados y menos
desarrollados socialmente, al margen de que tal
convalidación significaría también, una
velada permisión para su reiteración; que, conforme
a ello, es claro que Tangoa Guerra es responsable de¡ acto
de muerte de¡ agraviado; situación que no
corresponde ser justificada, si se considera además la
forma y circunstancias en que se produce el evento; (de muerte
violenta de¡ agraviado): que, siendo los hechos como se
exponen, es decir habiendo valorado las pruebas de autos, a la
luz de¡ instituto pena¡ de¡ "error de
comprensión, culturalmente condicionado" esgrimido a favor
de¡ imputado y, en el entendimiento de que el etnocentrismo
que se alude, no debe desvirtuar la misma, resulta ineludible
retribuir al encausado con la penalidad establecida por lo Ley
para su conducta, en la magnitud de su respectiva CULPABILIDAD;
que, estando a tales razonamientos y de conformidad a los
numerales sexto, doce, primera parte, quince, veintitrés,
veinticinco, veintinueve, cuarenticinco, noventidás,
noventicinco y ciento once del Código Pena¡ y, en
armonía del artículo sexto del Decreto Legislativo
número ciento veinticuatro doscientos ochenticinco del
Código de Procedimientos Penales, además con el
criterio de conciencia que facultad la Ley y, ADMINISTRANDO
JUSTICIA NOMBRE DE LA NACIÓN, FALLO: Declarando a
TITO TANGOA GUERRA, responsable del delito de HOMICIDIO, en
agravio de Espíritu Siquihua Mashacuri, como tal le
IMPONGO: la PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD DE CUATRO AÑOS,
efectiva, que computado desde el dieciséis de marzo de mil
novecientos noventiocho debe vencer veintisiete de Mayo del
año mil novecientos noventiocho, vencerá el
veintiséis de Mayo del año Dos Mil Dos y Fijo: en
la suma de Mil Nuevos Soles, el pago que por concepto de
Reparación Civil, debe efectuar el acusado, en favor del
pariente más cercano del agraviado Espíritu
Siquihua Mashacuri y, CONSENTIDA y/o EJECUTORIADA quede la
presente resolución, se ARCHIVE DEFINITIVAMENTE lo
actuado, confeccionándose el respectivo Boletín de
Condena y comunicándose a la Autoridad Pertinente, con
copia de la presente Sentencia, debiendo en lo demás
procederse conforme a ley; hágase saber.

EJERCICIO

1º Brevemente represente el esquema
silogístico usado por el Fiscal en su dictamen

2º Brevemente represente los esquemas
silogísticos usado por el Juez en la sentencia

3º Brevemente represente las alternativas que no
fueron contempladas por el Fiscal o el Juez

4º Explique empleando la teoría de los
modelos mentales el razonamiento del Fiscal

5º Explique empleando la teoria de los modelos
mentales el razonamiento del Juez.

6.-REDACCION DE TEXTOS ARGUMENTATIVOS

TEXTOS ARGUMENTATIVOS: ESTRUCTURAS Y
CARACTERÍSTICAS.

1.     INTRODUCCION

2.     DEFINICION Y TIPOS DE
TEXTOS ARGUMENTATIVOS

2.1 DEFINICION

2.2 TIPOS DE TEXTOS

3.     ESTRUCTURA DE TEXTOS
ARGUMENTATIVOS

3.1 PUNTO DE VISTA DE MACCOUN

3.2 PUNTO DE VISTA DE VAN DIJK

4.     CARACTERISTICAS DE LOS
TEXTOS ARGUMENTATIVOS

4.1 CARACTERISTICAS ESTILISTICAS

4.2 CARACTERISTICAS ESTRUCTURALES

4.3 CARACTERISTICAS LEXICAS

5.     CONCLUSION

3.- LOS TEXTOS
ARGUMENTATIVOS

1.- INTRODUCCION

Antes de analizar los textos argumentativos tenemos que
considerar algunas nociones básicas acerca de los textos
en general. El análisis de los textos argumentativos
está incluido dentro del análisis del discurso.
Esta rama de la lingüística estudia la
organización del lenguaje por
encima de las frases y oraciones, es decir, se trata del texto en
todo su conjunto o como un todo.

Por lo tanto, el término texto se refiere a una
secuencia del lenguaje que tiene un sentido coherente en el uso
del contexto. Puede ser hablado o escrito. Quizá se
podría decir que en los textos argumentativos estas
características tienen un especial significado, porque la
audiencia es probablemente menos influenciada por el hablante o
escritor si su argumento es difícil de seguir. Por
consiguiente una clara ordenación de información y
conectores lógicos así como marcadores tienen una
gran importancia en la producción de un texto argumentativo
efectivo.

Nuestro estudio sobre los textos argumentativos va a ser
dividido principalmente en tres partes. Empezaremos por
proporcionar una definición del texto argumentativo y de
los diferentes tipos de textos argumentativos; más tarde
haremos un análisis de la estructura de los textos
argumentativos. Finalmente la tercera parte será dedicada
a la característica de los textos
argumentativos.

2. DIFINICION Y TIPO DE TEXTOS
ARGUMENTATIVOS

2.1 DEFINICION

Los textos argumentativos han sido definidos con
frecuencia como el proceso de apoyar o discrepar con un
afirmación cuya validez es cuestionable o discutible.
Estos textos tienen como meta persuadir o convencer la audiencia
a la cual se dirige acerca del valor de la tesis por la cual
busca una aprobación. Como el propósito de todo
texto argumentativo es ganar o reafirmar la adherencia de una
audiencia, se debe tener en cuenta a esta audiencia. Estos textos
pueden estar en forma de discusión, de una entrevista, un
discurso, una carta, un libro de
crítica
literaria o un sermón entre otros.

Los textos argumentativos varían dependiendo del
tipo de audiencia a la cual se dirige. Si el texto se dirige a
una audiencia no especializada se podrá destacar unos
principios comunes, un sentido común, valores comunes y
unos lugares igualmente comunes. La base del acuerdo será
más general. Por otra parte, si el texto va dirigido a un
grupo
especializado tal como un grupo de filósofos o abogados la
base de acuerdo será más
específica.

  2.2 TIPOS DE TEXTOS
ARGUMENTATIVOS

En cuanto al tipo de textos argumentativos, tendremos en
cuenta los siguientes:

  Textos subjetivos:

Este tipo de textos debe de tener su enfoque en el deseo
del autor, del hablante o del codificador a la hora de comunicar
sus ideas o simplemente provocar a su audiencia.

  Textos objetivos:

Considerando este tipo de textos, podemos señalar
que su enfoque es afirmar soluciones
científicas e investigaciones a unos problemas
comunes.

Por lo tanto, en un entorno informal, un debate abierto
será más subjetivo que una conferencia
científica, debido al los elementos emocionales y
físicos.

  Textos de comentario:

Este tipo de texto es un texto argumentativo que debe
dar más información sobre un aspecto
específico, o incluso ofrecer un punto de vista diferente.
Estos textos se pueden encontrar en periódicos,
discusiones, pie de páginas, sermones religiosos,
etc.

  Textos científicos:

Con respecto a este tipo de textos, podemos afirmar que
tenderán a ser más objetivos, ya que su argumento
es apoyado por unos hechos o afirmaciones más veraces.
Dentro de este tipo de textos podemos mencionar las cartas formales,
conferencias y bibliografías.

  Podemos mencionar también otro tipo de
textos argumentativos en donde pueden ser incluidos más
discursos políticos específicos y escritos, cartas
a periódicos, discusiones informales y textos
publicitarios.

 3. ESTRUCTURA DE LOS TEXTOS
ARGUMENTATIVOS

Un texto que busca persuadir o convencer a la audiencia
no está constituido por una acumulación de
argumentos desordenados, por el contrario requiere una organización de argumentos seleccionados,
presentados dentro de un orden.

Para que un texto sea persuasivo los argumentos deber
estar organizados de forma muy clara. Si estos argumentos no
están organizados, perderán efectividad porque un
argumento no es ni fuerte ni débil en un sentido absoluto
ni para cada audiencia.

El alcance en el que el argumento es aceptado puede
variar. El tema considerado en el texto argumentativo debe
propiciar algo de interés en
la audiencia. El escritor usa el principio de su texto no para
escribir acerca del tema sino para ganar la simpatía del
lector.

El argumento puede modificar las opiniones o la
disposición de una audiencia. Por lo tanto un argumento
que es débil porque no se adapta bien a la audiencia puede
llegar a ser fuerte y efectivo cuando se ha modificado a la
audiencia debido a un argumento previo.

Similarmente, un argumento que es inefectivo porque la
audiencia no lo entiende puede llegar a ser relevante una vez que
la audiencia esté mejor informada.

Por lo tanto, la efectividad de los textos
argumentativos puede determinar el orden en el cual los
argumentos deberían ser presentados. La forma está
así supeditada al contenido, a la acción de la
mente, al esfuerzo para persuadir o convencer.

Teniendo en cuenta la descripción clásica de la estructura
de los textos argumentativos, éstos pueden ser divididos
en las diferentes secciones que se señalan a
continuación:

1.    
Introducción

2.     Explicación del caso
a tratar

3.     Esquema del
argumento

4.     Prueba

5.    
Refutación

6.    
Conclusión.

  Sin embargo, podemos encontrar otras variantes
diferentes de las propuestas en la descripción
clásica de la estructura de los textos argumentativos;
principalmente podemos señalar las de Maccoun y las de Van
Dijk. Sin embargo, antes de explicar las estructuras presentadas
por estos dos autores vamos a considerar otros tipos de
estructura de acuerdo a otros autores.

Según otros autores podemos encontrar dos tipos
de estructuras argumentativas:

Por una parte, está la estructura deductiva, en
la que el codificador se mueve del contexto hacia el texto. La
tesis se relata en una proposición general que a su vez
está relacionada con una proposición particular que
sirve como ilustración o prueba. La conclusión
es una síntesis
de las dos proposiciones.

Por otra parte, está la estructura inductiva, que
es la opuesta de la deductiva. En esta estructura, la introducción es similar, utilizando una
tesis o antítesis. En este caso, el codificador se
mueve hacia unos hechos particulares dentro del mismo texto, y
finalmente, utiliza éstos para llegar a una
conclusión que tiene una generalización o
abstracción como base.

Después de esto, vamos a explicar la estructura
de los textos argumentativos de acuerdo a Maccoun.

Maccoun encontró diferentes patrones para
organizar los textos argumentativos. Estos son los
siguientes:

1.     El patrón zig-zag,
es decir, si el autor es el que propone una posición
de un patrón estará a favor, en contra, a
favor, en contra, a favor. Pero si el escritor es un
oponente, la estructura será en contra, a favor, en
contra, a favor, en contra.

2.     Consiste en el problema y
la refutación de los argumentos de oposición
seguidos de una solución. La solución sugiere
la posición del autor. Como el modelo del zig-zag,
éste requiere una refutación del argumento de
la oposición. El escritor debe mostrar que las
soluciones alternativas son inaceptables.

3.     El tercer modelo es el
argumento de un lado, en donde el punto de vista es
presentado y por otra parte no se da una
refutación.

4.     El cuarto modelo es un
acercamiento ecléptico, donde el escritor debe rehusar
algunos puntos de vista, aceptar otros o incluso combinar
todos ellos.

5.     Este modelo contiene un
argumento de la oposición, seguido por un argumento
del escritor.

6.     El sexto modelo es el
patrón de "otra postura cuestionada" . Este modelo
incluye las preguntas pero no una refutación directa
del argumento de oposición.

7.     El séptimo y
último modelo muestra dos puntos de vista expresados y
mientras uno es favorecido, ambos están dentro del
mismo punto de vista general, teniendo en cuenta el
argumento.

De acuerdo con Maccoun, en vez de seguir los elementos
del argumento, el lector debe identificar:

a)      el tipo de
modelo

b)     localizar la
suposición del escritor

c)     localizar el argumento de
la oposición

d)     anotar refutaciones
directas

e)      reconocer
indicadores

f)       leer el tono
de sarcasmo o seriedad del escritor.

A parte del punto de vista de Maccoun podemos
también considerar los textos argumentativos de acuerdo
con Teum van Dijk.

En su libro titulado "La Ciencia del
Texto", él estableció un término de
"superestructura" definida como una estructura global que
caracterizaba el tipo de texto. Por lo tanto, una estructura
argumentativa es una super-estructura sin tener en cuenta el
contenido del argumento. En otras palabras, una super-estructura
es el tipo de forma de un texto cuyo tema es el contenido del
texto.

Aunque no hay una teoría general acerca de las
super-estructuras podemos señalar que una teoría
sobre super-estructuras particulares no existe, principalmente
acerca de la narración y argumentación.

Considerando los textos argumentativos, la estructura es
bastante conocida. Trata de unas hipótesis y una
conclusión. Este modelo puede ser encontrado en un
lenguaje formal e informal de los textos
argumentativos. 

Vamos a utilizar los siguientes ejemplos para clarificar
la estructura argumentativa:

1.     "yo estoy enfermo. Por
lo tanto no puedo salir"

2.     "Pedro ha sacado unas notas
muy bajas. Por consiguiente él ha suspendido el
examen".

La palabra por lo tanto / por consiguiente son palabras
pragmáticas más que semánticas, porque se
refieren a la acción deducida de un resultado.

De esta manera, el objetivo de un
texto argumentativo es persuadir al que escucha acerca de la
verdad de una aserción referida a los hechos que la
apoyan. La estructura general del texto argumentativo de acuerdo
a Van Dijk puede ser representado de la siguiente
forma:

ARGUMENTACION

 Para ver el
gráfico seleccione la opción "Descargar" del
menú superior

Estos términos son provisionales y probablemente
pueden ser sustituidos por otros términos principalmente
dependiendo del tipo de texto argumentativo.

4.     CARACTERISTICAS DE LOS
TEXTOS ARGUMENTATIVOS

Esta sección examinará las
características estilísticas, estructurales y
léxicas de este tipo de textos. Sin embargo se debe tener
en cuenta que las características de un texto dependen
sobre todo de la subjetividad u objetividad del acercamiento del
codificador en el modo de la presentación más que
en el tipo de texto por sí mismo.

 
4.1            
las características estilísticas.

En el tipo subjetivo de texto argumentativo, el
codificador generalmente elige las formas de la primera o segunda
persona del singular ya que el propósito principal es
convencer a la audiencia. Pero en el tipo objetivo encontramos el
pronombre personal "nosotros", utilizado para incluir a
receptor o al decodificador. Esto se encuentra fundamentalmente
en las editoriales de los periódicos.

En el tipo científico la forma de la tercera
persona del singular predominará con muchos verbos
pasivos. En algunos textos formales debe haber frases tales como
"nos hemos dado cuenta", "como podemos ver ahora" y así
sucesivamente.

A parte de esta elección formal/informal existen
otras posibilidades en el texto argumentativo. Una vez que el
estilo es seleccionado, ayuda a determinar las elecciones del
texto estructural y léxico.

Por otra parte, podemos encontrar un estilo neutro que
puede ser usado para evitar un significado connotacional, siendo
unido al argumento y al estilo de narrativa formal que se usa
para mostrar respeto por la
audiencia.

En cuanto al estilo irónico, se utiliza para
comunicar la falta de respeto del codificador por el
fenómeno que estamos tratando, al tiempo que se intenta
persuadir a la audiencia a que tenga su propio punto de vista.
Esto se consigue por medio del ridículo y la
ironía. También se puede encontrar un estilo
vocativo que se utiliza para provocar unas respuestas emocionales
en el receptor.

El estilo persuasivo se utiliza para influenciar al
destinatario a que acepte el punto de vista del
codificador.

El estilo técnico se dirige a una audiencia que
comparte junto con el codificador un conocimiento exacto del tema
tratado (por ejemplo una revista
médica).

El estilo ilustrativo se utiliza cuando la audiencia no
comparte el
conocimiento especializado del codificador e intenta
convencer a la audiencia por medio de ejemplos
ilustrativos.

4.2            
Las características estructurales.

En los textos argumentativos debemos encontrar un
predominio de los verbos modales de posibilidad, así como
la forma de los condicionales. Sin embargo, si nos referimos a un
argumento personal la primera persona del singular
aparecerá de forma más frecuente. Si el argumento
es detallado, las oraciones y las frases serán
consecuentemente más largas y complejas.

En un texto objetivo o científico es más
común encontrar la tercera persona impersonal utilizada en
la voz pasiva junto con el tiempo del presente simple.

4.3            
Características léxicas.

Podemos señalar que los aspectos léxicos
específicos conectados a los textos argumentativos no
existen como tales. Sin embargo, unos puntos generales deben ser
tenidos en cuenta. Por ejemplo:

La grafología es utilizada para clarificar o
enfatizar los puntos de los textos argumentativos utilizando
títulos, subrayados, letras mayúsculas, letras
cursivas y comillas.

La complejidad léxica depende del tipo de texto
que se trate. Cuanto más subjetivo e informal sea el texto
más simple será el vocabulario y los verbos
utilizados. Por otra parte, cuanto más objetivo y formal
sea el texto se encontrará una terminología
más especialista y un vocabulario menos
emotivo.

CONCLUSIÓN GENERAL

Como conclusión podemos afirmar que un texto
argumentativo es un texto en el que se examina, critica o discute
un problema. De esta manera, su contenido debe o no debe ser
teórico. Puede tener varias formas, como por ejemplo un
discurso, una carta, un libro de crítica literaria o un
sermón, entre otros.

Como hemos visto en la estructura del texto
argumentativo, éste es bastante variable ya que depende
del tipo de textos que estamos tratando, así como de los
muchos factores que están relacionados con el contexto de
la argumentación. 

Hemos visto también las características
estilísticas, estructurales y léxicas de este tipo
de textos que depende sobre todo de la subjetividad u objetividad
del acercamiento del codificador, así como del modo de
presentación.

Por lo tanto ambas características y la
estructura de este texto dan como resultado los diferentes tipos
de texto argumentativo.

 

Juan Ureta Guerra

Partes: 1, 2
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