- Definición de la
evaluación presupuestaria - Fines de la evaluación
presupuestaria - Etapas de la evaluación
presupuestaria - Evaluación
presupuestaria de la Municipalidad Provincial de
Zarumilla
En la Fase de Evaluación
Presupuestaria, las entidades del Sector
Público deben determinar, bajo responsabilidad, los resultados de la gestión
presupuestaria del Pliego mediante el análisis y medición de la ejecución de los
ingresos,
gastos y metas
presupuestarias así como de las variaciones observadas,
señalando sus causas, en relación con los programas,
proyectos y
actividades aprobados en el correspondiente Presupuesto.25.
La evaluación presupuestaria debe realizarse considerando
el logro de los objetivos
institucionales y la ejecución de los ingresos, gastos y
metas presupuestarias.
La Ley establece la
obligatoriedad de informar. En este sentido, los pliegos
presupuestarios se encuentran obligados a remitir la Dirección Nacional del Presupuesto
Público, la información presupuestaria, de conformidad
con los procedimientos
establecidos en las directivas que normen las fases del proceso
presupuestario del Sector Público.
El incumplimiento de las disposiciones establecidas en
la Ley de Gestión Presupuestaria, la Ley Anual de
Presupuesto, así como en los reglamentos y directivas
emitidas por la Dirección Nacional del Presupuesto
Público, da lugar a sanciones administrativas, sin
perjuicio de la responsabilidad
civil o penal.
DEFINICIÓN DE LA EVALUACIÓN
PRESUPUESTARIA
La Evaluación Presupuestaria es el conjunto de
procesos de
análisis para determinar sobre una base continua en el
tiempo, los
avances físicos y financieros obtenidos a un momento dado,
y su comparación con el Presupuesto Institucional
Modificado (PIM), así como su incidencia en el logro de
los objetivos institucionales.
Para los efectos de la realización de los
procesos a que se refiere el párrafo
anterior, las disposiciones que contiene el presente
Capítulo, se aplican a la Evaluación Semestral del
Año Fiscal
2005.
FINES DE LA
EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA
La Evaluación Presupuestaria Institucional tiene
los siguientes fines:
- Determinar el grado de "Eficacia" en la
ejecución presupuestaria de los ingresos y gastos,
así como el cumplimiento de las metas presupuestarias
contempladas en las actividades y proyectos para el
período en evaluación. - Determinar el grado de "Eficiencia" en
el cumplimiento de las metas presupuestarias, en
relación a la ejecución presupuestaria de los
gastos efectuados durante el período a
evaluar. - Explicar las desviaciones presentadas en el comportamiento de la ejecución de
ingresos y egresos comparándolas con la
estimación de recursos
financieros y la previsión de gastos contemplados en el
Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) así como en
el Presupuesto Institucional Modificado (PIM) y determinar las
causas que las originaron. - Lograr un análisis general de la
gestión presupuestaria del pliego al primer semestre del
presente año, vinculada con la producción de bienes y
servicios
que brinda a la comunidad. - Formular medidas correctivas, a fin de mejorar la
gestión presupuestaria institucional durante el II
semestre, con el objeto de alcanzar las metas previstas para el
ejercicio fiscal 2005 en los sucesivos procesos
presupuestarios.
ETAPAS DE LA
EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA
La elaboración de la Evaluación
Presupuestaria debe efectuarse de conformidad a la Directiva
N°016-2005-EF/76.01, en los Formatos del EV-1/GL al
EV-13/GL.
Dicha evaluación se compone de tres (03) etapas,
las cuales deben desarrollarse secuencialmente y formar parte del
mismo proceso, siendo éstas las siguientes:
PRIMERA ETAPA : "Análisis de la
Gestión Presupuestaria en términos de Eficacia y
Eficiencia".
SEGUNDA ETAPA : "Identificación de los
problemas
presentados".
TERCERA ETAPA : "Determinación de las
medidas correctivas internas y formulación de sugerencia a
los Sistemas
Administrativos".
PRIMERA ETAPA: "ANÁLISIS DE LA
GESTION PRESUPUESTARIA EN TERMINOS DE EFICACIA"
La etapa de "Análisis de la Gestión
Presupuestaria en términos de Eficacia y Eficiencia"
consiste en comparar, para el caso del análisis de
eficacia y eficiencia, la información de la
ejecución presupuestaria de los ingresos, egresos y logros
de las metas presupuestarias, registrada durante el
período a evaluar, con la información contenida en
el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) y en el
Presupuesto Institucional Modificado (PIM).
MÉTODO DE ANÁLISIS DE LA
GESTIÓN PRESUPUESTARIA
Los procesos de análisis de la gestión
presupuestaria deben permitir medir la eficacia y eficiencia del
pliego: en la ejecución de los ingresos y egresos, en el
empleo de los
recursos asignados, así como en la ejecución de las
metas presupuestarias establecidas para el primer
semestre.
LOS INDICADORES DE
LA EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA:
EL "INDICADOR DE EFICACIA"
El "Indicador de Eficacia" identifica el avance en la
ejecución presupuestaria de los ingresos, gastos y metas
del pliego, respecto al Presupuesto Institucional Modificado
(PIM).
EL "INDICADOR DE EFICIENCIA"
El "Indicador de Eficiencia" aplicado a la
Evaluación Presupuestaria del Primer Semestre, determina
la óptima utilización de los recursos
públicos asignados a cada meta presupuestaria respecto de
sus previsiones de gastos contenidas en el Presupuesto
Institucional de Apertura (PIA) y en el Presupuesto Institucional
Modificado (PIM).
SEGUNDA ETAPA: "IDENTIFICACIÓN
DE LOS PROBLEMAS PRESENTADOS"
La presente etapa consiste en identificar los problemas
que ocurrieron durante la ejecución presupuestaria,
detectados durante el proceso de análisis de la
gestión presupuestaria en términos de eficacia y
eficiencia, a nivel de pliego, actividad, proyecto y
componente, según corresponda.
RESPECTO AL INDICADOR DE
EFICACIA:
El coeficiente de eficacia, para la evaluación
presupuestaria semestral, debe tender a 0.5. En el caso de no
llegar a dicho valor, debe
señalarse las causas que motivaron tal
resultado.
RESPECTO AL INDICADOR DE
EFICIENCIA:
El coeficiente de eficiencia mostrará (para el
caso de aquellas metas cuyo avance al primer semestre pueda ser
cuantificable) el resultado de la óptima
utilización de los recursos públicos asignados a
cada meta presupuestaria respecto de las previsiones de gastos
contenidos en el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) y
en el Presupuesto Institucional Modificado (PIM). El resultado
diferente de cero por ciento (0%), debe ser explicado en
términos de las causas que motivaron el
mismo.
TERCERA ETAPA: "DETERMINACION DE LAS MEDIDAS
CORRECTIVAS INTERNAS Y FORMULACION DE SUGERENCIAS A LOS SISTEMAS
ADMINISTRATIVOS"
OBJETIVO DE LA TERCERA ETAPA
La presente etapa consiste en determinar las soluciones
técnicas pertinentes o los correctivos
necesarios para evitar o superar los inconvenientes y
deficiencias observadas durante el período evaluado, en
base a los resultados de las etapas anteriores.
Para dicho efecto se debe considerar, entre otros, los
siguientes criterios:
- Grado de factibilidad de
cumplimiento de las metas presupuestarias de
apertura. - Grado de realismo de
los gastos estimados para el cumplimiento de metas al primer
semestre del presente año.
EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA DE LA
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE ZARUMILLA
VISION DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE
ZARUMILLA:
Como Gobierno
Municipal, nos planteamos brindar una adecuada prestación
de servicios
públicos que conlleve a representar una ciudad limpia,
tranquila y mejorada en su nivel y calidad de
vida que haya resuelto el problema fundamental de salud ambiental y niveles de
pobreza.
NORMATIVIDAD:
- Ley Nº 28112 – Ley Marco de la Administración Financiera del Sector
Público. - Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema
Nacional de Presupuesto. - Ley Nº 27245 – Ley de Responsabilidad y
Transparencia Fiscal modificada por la Ley Nº 27958 y el
Marco Macroeconómico Multianual. - Ley Nº 27783 – Ley de Bases de la Descentralización y sus
modificatorias. - Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de
Municipalidades. - Ley Nº 27293 – Ley del Sistema Nacional de
Inversión Pública. - Ley Nº 27506 – Ley de Canon y sus
modificatorias. - Ley Nº 27763 – Ley complementaria de
legislación del Canon y Sobrecanon para petróleo y gas en Piura y
Tumbes. - Ley Nº 28056 – Ley Marco del Presupuesto
Participativo. - Decreto Legislativo Nº 776 – Ley de
Tributación Municipal y normas
modificatorias. - Decreto Legislativo Nº 183 – Ley Orgánica
del Ministerio de Economía y Finanzas y
sus modificatorias. - Decreto Supremo Nº 151-2004-EF – Reglamento de
la Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal. - Decreto Supremo Nº 157-2002-EF – Reglamento de
la Ley del Sistema Nacional de Inversión
Pública. - Decreto Supremo Nº 005-2002-EF – Reglamento de
la Ley de Canon y sus modificatorias. - Decreto Supremo Nº 171-2003-EF – Reglamento de
la Ley Marco del Presupuesto Participativo. - Resolución Vice Ministerial Nº
148-99-EF/13.03 – Reglamento de Organización y Funciones del
Ministerio de Economía y Finanzas y su modificatoria la
Resolución Vice Ministerial Nº
108-2000-EF/13. - Instructivo Nº 001-2005-EF/76.01 – Instructivo
para el Proceso del Presupuesto Participativo Año Fiscal
2006.
LOGROS OBTENIDOS, IDENTIFICACIÓN DE
PROBLEMAS PRESENTADOS Y SUGERENCIA DE MEDIDAS
CORRECTIVAS
Se ha logrado la ejecución del 86.54%,
respecto al 2004.- LOGROS OBTENIDOS:
La Fuente de financiamiento 17. Recursos Ordinarios para
los gobiernos locales, ejecuto solamente el 44% del PIM, lo
cual implico que no se ejecuten proyectos financiados por
esta fuente de financiamiento, en otros casos se opto por
financiarlas con otra fuente de financiamiento, generando a
su vez una reducción de metas que inicialmente
habían sido financiadas por dicha fuente. - IDENTIFICACIÓN DE
PROBLEMAS: - PROPUESTA DE MEDIDAS CORRECTIVAS A REALIZAR Y
REALIZAS EN EL PERIODO:
Para el PIA 2004, se ha tenido estrecha coordinación con los entes componentes
cobertura presupuestalmente con la fuente de
financiamiento.
Luis Alfonzo Cerna Apaza
Universidad Nacional de Tumbes
Facultad de Ciencias
Económicas
Escuela Académico Profesional de
Contabilidad