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Incidencia Tributaria



    1. Incidencia
      tributaria
    2. Evolución tributaria
      1900-1994
    3. Análisis de la
      estructura tributaria
    4. Impuesto general a la venta
      (IGV)
    5. Impuesto selectivo al consumo
      (ISC)
    6. Impuesto a la renta
      (IR)
    7. Impuesto al comercio exterior
      (ICE)
    8. Impuesto al patrimonio
      (IP)
    9. Otros
      impuestos
    10. Evaluación de la
      estructura tributaria

    1. Incidencia
    Tributaria

    Un objetivo clave
    del análisis de la tributación es
    identificar el o los grupos sobre los
    que recae el pago de cada impuesto. Del
    mismo modo es importante observar y cuantificar al grupo de
    beneficiarios y al grupo de perjudicados de una
    modificación o reforma tributaria.

    En materia
    tributaria debe distinguirse dos conceptos: transferencia
    (traslación) e incidencia. La persona que paga
    originalmente impuestos bien
    puede no ser, la que en última instancia, efectivamente
    esté afecta por dicha carga tributaria.

    Por tanto, la incidencia tributaria será un
    resultado del proceso de
    transferencia o traslación de impuestos. Cuando hay un
    proceso de transferencia de impuestos, éste puede ser
    hacia atrás o hacia adelante.

    La incidencia tributaria definida en términos
    generales comprende el estudio de los efectos de la política tributaria
    sobre la distribución del bienestar
    económico. La colocación de impuestos afecta el
    precio de los
    bienes y/o la
    retribución a los factores de producción. Para evaluar la incidencia
    tributaria se tiene que conocer los efectos de ésta sobre
    los distintos mercados y
    agentes económicos.

    La incidencia tributaria comprende varias dimensiones
    tales como efectos de los impuestos en la distribución del
    ingreso de los factores, sobre el grado de desigualdad del
    ingreso, sobre el bienestar intergeneracional y sobre los
    consumidores de diferentes productos.

    Diferentes estudios señalan que las conclusiones
    que se deriven del análisis de incidencia tributaria
    dependerán del modelo de
    equilibrio
    elegido, además dichos resultados son generalmente
    ambiguos si no se hacen precisiones sobre la naturaleza de
    las preferencias y la tecnología de los
    agentes económicos. Muchos de los principios
    básicos de la incidencia tributaria pueden ilustrarse
    sobre la base de un modelo de equilibrio parcial.

    Estos modelos suelen
    complementarse con estudios empíricos que evalúan
    la incidencia del sistema
    tributario. Cabe reconocer que este tipo de estudios
    empíricos suelen enfrentar problemas,
    siendo uno de los más relevantes el tener que formular
    supuestos sobre la incidencia de varios tipos de impuestos. Una
    limitación de los estudios empíricos sobre
    incidencia es que éstos miden los impuestos recaudados por
    el gobierno
    procedentes de distintos grupos de ingresos; pero
    esta recaudación puede diferir significativamente de la
    carga tributaria que se le impone a cada uno de éstos
    grupos.

    Los modelos estáticos de equilibrio general
    también permiten analizar la incidencia tributaria
    principalmente en el corto plazo; por ejemplo, antes de ajustar
    el stock de capital a los
    cambios en precios
    después de impuestos. Estos modelos asumen la oferta
    agregada de factores en la economía como dada
    (p.e. capital físico) y consideran que los cambios en los
    precios de equilibrio provienen de los impuestos sobre los bienes
    y factores.

    Las elasticidades de la oferta y demanda
    para factores específicos juega un rol relevante en el
    análisis de la incidencia de tributación uniforme
    de bienes y factores. Kotlikoff y Summers precisan que en caso
    que exista una tributación diferenciada de bienes o
    impuestos diferenciados a factores según industrias, la
    estructura de
    la demanda
    industrial de factores es de gran importancia. La incidencia
    tributaria de impuestos a factores, según industrias
    específicas, dependerá no sólo de las
    condiciones de demanda en las industrias gravadas (las cuales
    tratarán de reducir la demanda del factor gravado), sino
    también de las condiciones de demanda para dicho factor
    por parte de las industrias no gravadas (las cuales
    absorberán la liberación de dicho
    factor).

    El análisis de incidencia será más
    completo en la medida que tome en cuenta la movilidad de los
    factores, no sólo en términos nacionales sino
    internacionales. Por ejemplo, el capital, es un factor cuya
    movilidad internacional es creciente.

    Los modelos dinámicos de incidencia tributaria
    superan las limitaciones de los modelos estáticos, en la
    medida que permiten analizar dos dimensiones importantes de la
    incidencia tributaria. La primera son los efectos de los
    impuestos sobre las decisiones de ahorro e
    inversión, lo cual deriva en efectos sobre
    el proceso de acumulación de capital. La segunda se
    refiere a los cambios en los precios de los activos tanto
    gravados como no gravados como consecuencia de los cambios en
    impuestos. Estos modelos también permiten analizar la
    incidencia intergeneracional de los impuestos. La política
    tributaria puede gravar a miembros de diferentes generaciones de
    una manera diferenciada, según el momento de la
    adquisición del activo y de la imposición del
    impuesto. Así, los modelos dinámicos permiten
    analizar los efectos de la política tributaria en el
    tiempo y su
    incidencia en el patrón de acumulación de capital,
    evolución de los precios de los factores de
    producción y valor de los
    activos, así como sobre la distribución
    intergeneracional del bienestar.

    La mayor parte de los estudios sobre incidencia
    tributaria se desarrollan sobre la base de certidumbre, información perfecta y funcionamiento
    adecuado del mercado. En la
    medida que estos supuestos se relajen el análisis es
    bastante más complejo; pero a su vez más rico. Un
    aspecto importante en este análisis es determinar quien
    asume la carga de los recursos que son
    transferidos al gobierno a través de los
    impuestos.

    Choi y Roh, entre otros especialistas, señalan
    que el estudio de la incidencia tributaria en un país
    requiere de una data microeconómica bastante detallada
    sobre el nivel y distribución del consumo de
    determinados bienes. Dado que este tipo de información no
    se elabora regularmente, sólo quedan aproximaciones
    generales a través de estudios de casos.

    Dichos autores, a partir de una sistematización
    de estudios empíricos sobre la presión
    tributaria en Corea, concluyen que la carga tributaria entre
    estratos de ingreso es más o menos regresiva, es decir, el
    sistema
    tributario coreano no está actuando como un instrumento de
    política mediante el cual se pueda reducir las diferencias
    en ingresos.

    En este contexto, el presente proyecto de
    investigación se propone analizar la incidencia de la
    estructura tributaria vigente a través del estudio de
    casos en dos actividades económicas en particular:
    minería
    y agroindustria. Estos casos permitirán ilustrar el
    comportamiento
    de los agentes económicos en materia de inversiones en
    el marco del régimen tributario vigente en el Perú,
    en comparación con el anterior.


    2.
    Evolución Tributaria 1990-1994

    El presente capítulo analiza la evolución
    de la situación tributaria en el Perú a partir del
    año 1990. Las variaciones en la misma son explicadas sobre
    la base del entorno macroeconómico y de las modificaciones
    legales efectuadas al respecto. Para tal efecto el presente
    capítulo ha sido dividido en tres partes. La primera de
    ellas ofrece un panorama general de la evolución
    tributaria a lo largo del período en cuestión, la
    segunda discute algunas relaciones básicas en el intento
    de sistematizar la evolución de la recaudación, y
    la tercera presenta un resumen comentado de la evolución
    de la legislación tributaria.

    2.2.1.
    Análisis de la Estructura Tributaria

    Los ingresos corrientes del gobierno central peruano
    tienen como principal componente a los ingresos tributarios, los
    cuales en promedio representan 90%. Es importante destacar que
    estos ingresos tributarios han crecido sostenidamente (ver
    Gráfico No. 2.1) y han aumentado su participación
    con respecto al PBI, pasando de 9% en 1990 a 11% en 1994 (ver
    Cuadro No. 2.1). Durante este período la estructura
    tributaria ha estado
    compuesta por el Impuesto General a las Ventas (IGV),
    el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), el Impuesto a la Renta
    (IR), los Impuestos al Comercio Exterior
    (ICE), el Impuesto al Patrimonio
    (IP) y otros
    impuestos de menor importancia que se irán mencionando
    oportunamente.

    En los países en desarrollo,
    los ingresos tributarios dan cuenta por aproximadamente 80% del
    total de ingresos gubernamentales. La presión tributaria
    (recaudación tributaria total sobre el producto
    nacional) promedio de los países en desarrollo se
    considera situada alrededor del 18% (que coincide con la de los
    países latinoamericanos), mientras que la correspondiente
    de los países desarrollados supera el 30%. No es pura
    casualidad, entonces, que el Fondo Monetario
    Internacional suela "exigir" a los países del primer
    grupo que atraviesan procesos de
    ajuste, y específicamente al Perú, medidas
    tributarias que se orienten a conseguir el 18%
    mencionado.

    Debe mencionarse, sin embargo, que el promedio de
    presión tributaria de los países en desarrollo
    esconde una desviación estándar impresionante:
    desde una presión mínima de 5.5% en Sierra Leona
    hasta una máxima de 40.5% en Guyana.

    Dentro de los ingresos tributarios, las principales
    fuentes de
    recaudación de los países en desarrollo son los
    impuestos sobre bienes y servicios
    domésticos (5% del PBI y 30% de los ingresos tributarios),
    los impuestos al comercio
    exterior, básicamente sobre las importaciones (5%
    del PBI), y los impuestos a la renta, principalmente sobre
    empresas (6%
    del PBI). Por otra parte, en los países desarrollados, las
    principales fuentes son los impuestos a la renta,
    fundamentalmente sobre personas (11% del PBI y 36% de los
    ingresos tributarios), impuestos sobre bienes y servicios
    domésticos (9% del PBI), y las contribuciones para
    seguridad
    social (9% del PBI).

    En el caso peruano entre los ingresos tributarios
    más importantes destacan los impuestos a la
    produción y al consumo: IGV e ISC. El IGV se desagrega en
    IGV interno (afecta la venta de bienes y
    servicios al interior del país) e IGV externo (afecta las
    importaciones), mientras que el ISC está conformado por
    aquél aplicado a los combustibles derivados del
    petróleo (ISCcomb) y de aquél aplicado a otros
    bienes y servicios (ISC otros) (ver el Cuadro No.
    2.2).

    Para fines de comparación internacional, una
    aproximación al monto total de los impuestos sobre bienes
    y servicios domésticos puede obtenerse de la suma del IGV
    interno y del ISC, mientras que el monto total de los impuestos
    al comercio exterior debe incluir (además de los impuestos
    así denominados en las cuentas
    oficiales) el IGV externo.

    En función a
    estos ajustes, los impuestos sobre los bienes y servicios
    domésticos y los impuestos al comercio exterior
    representaron en promedio durante el período de
    análisis 4.8% y 2.4% del PBI, respectivamente, mientras
    que para 1994 representaron 5.3% y 3.5% del PBI, respectivamente.
    Por su parte, los impuestos a la renta representaron en promedio
    1.4% del PBI y para 1994 2.3% del PBI.

    La composición de los ingresos tributarios ha
    variado significativamente (ver Gráfico No. 2.2). Por
    ejemplo, en el caso del IGV se aprecia un crecimiento sostenido
    de su importancia relativa, la que pasa de 22% en 1990 a 48% en
    1994. El ISC ha seguido un comportamiento opuesto al anterior,
    disminuyendo de 32% en 1990 a 19% en 1994.

    De lo anterior se desprende el aumento en la importancia
    de los impuestos a la producción y al consumo (del orden
    de 13 puntos porcentuales).

    El otro impuesto que ha mostrado un gran crecimiento en
    su importancia relativa es el impuesto a la renta, el que se
    duplicó llegando a 21% en 1994. La razón para ello
    puede encontrarse en la simplificación de tasas
    impositivas, en los operativos de la SUNAT, la puesta en marcha
    del Registro Unico de
    Contribuyentes (RUC) y la recuperación
    económica.

    Por último, el impuesto al patrimonio y los otros
    impuestos han enfrentado una drástica reducción,
    pasando de 7.2% y 20% de los ingresos tributarios en 1990 a 0.7%
    y 3% en 1994, respectivamente. En el primer caso ello se explica
    por su eliminación a partir de 1994; mientras que en el
    segundo caso el resultado es consecuencia de la derogación
    de diversos impuestos, como la contribución patrimonial de
    solidaridad, lo
    cual ha contribuido grandemente con la simplificación de
    la estructura tributaria.

    Con respecto al crecimiento de los ingresos tributarios,
    éste fue moderado durante los tres primeros años,
    acentuándose en 1994. El comportamiento descrito refleja
    en parte el objetivo del actual gobierno de mantener un presupuesto
    balanceado no financiado con emisión monetaria; para lo
    cual era fundamental incrementar sus ingresos corrientes a
    través de reformas y reajustes tributarios.

    Es importante destacar que los incrementos más
    bruscos experimentados por los ingresos tributarios se produjeron
    durante el segundo semestre de 1990 y el primer semestre de 1994
    (22% y 19% respectivamente).

    En el primer caso, el resultado se sustentó
    fundamentalmente en el crecimiento de la recaudación del
    impuesto selectivo a los combustibles debido al exhorbitante
    aumento en las tasas impositivas de los diversos combustibles,
    con lo que su participación en los ingresos tributarios
    pasó de 0.2% a 25%. La recaudación de todos los
    otros impuestos, excepto los impuestos al patrimonio, se redujo
    dicho semestre a causa de los efectos recesivos del ajuste
    económico de agosto.

    Por otro lado, el fuerte incremento de la
    recaudación durante el primer semestre de 1994 se
    debió a la conjunción de tres eventos. Primero,
    el incremento de 38% en la recaudación del impuesto a la
    renta con respecto al mismo semestre del año anterior, con
    lo cual pasó a conformar el 22% de los ingresos
    tributarios. Segundo, la elevada recaudación real del IGV
    interno que experimentó un alza de 40% con respecto a
    similar semestre del año anterior. Tercero, por primera
    vez desde el primer semestre de 1991, la recaudación real
    del ISC dejó de caer. Por el contrario, se
    incrementó en 10%, especialmente a causa del ISC otros (el
    que creció en 21%), a pesar de lo cual su
    participación en los ingresos tributarios se redujo
    ligeramente (de 20% a 18.4%). Los crecimientos anuales que
    reflejan bastante bien estos comportamientos semestrales pueden
    apreciarse en el Gráfico No. 2.3.

    2.2.1.1
    Impuesto General a las Ventas (IGV)

    Durante el segundo semestre de 1990 tanto la
    recaudación real del IGV (interno y externo) así
    como su importancia relativa en los ingresos tributarios
    alcanzaron su punto más bajo, a causa del ajuste
    económico experimentado en dicho período (el
    "shock" de agosto de 1990). Desde entonces la recaudación
    real del IGV ha ido en constante ascenso hasta convertirlo en el
    impuesto más importante en terminos de
    recaudación.

    Hasta mediados de 1990 la tasa del IGV era de 15 por
    ciento (aunque el gravamen total era de 18 por ciento). En agosto
    de dicho año la tasa del IGV se redujo a 11%, con un
    gravamen total del 14%. Posteriormente, en agosto de 1991 dicha
    tasa se incrementó a 14%, con un gravamen total del 16%.
    Finalmente, en marzo de 1992, la tasa impositiva llegó al
    16%, con un gravamen total de 18%.

    El cambio
    más brusco en la recaudación del IGV interno se
    verifica el año 1993, cuando se obtuvo un crecimiento de
    68% en términos reales (ver el Gráfico No. 2.5). La
    explicación básica se encuentra en la
    incorporación de los combustibles al pago de este tributo
    a partir de febrero de tal año.

    Por el lado del IGV externo, los incrementos más
    importantes en su recaudación se produjeron en 1992 (49%)
    y 1993 (50%). Lo ocurrido en el primer año se debió
    tanto al relativamente pequeño monto de recaudación
    inicial como al crecimiento de las importaciones.

    Resulta extraño, sin embargo, el comportamiento
    de 1993, toda vez que el valor de las importaciones fue muy
    similar al del año anterior y la tasa impositiva no se
    alteró.

    2.2.1.2.
    Impuesto Selectivo al Consumo (ISC)

    La paulatina pérdida de importancia de este
    impuesto se debió a la reducción de las tasas
    impositivas del ISCcomb y de los ISC otros. La reducción
    de las tasas del ISC se realizó en concordancia con la
    mayor importancia que fue tomando el IGV; de esta forma se
    evitó reducir la recaudación total de los ingresos
    tributarios.

    El ISCcomb cobró importancia a partir de agosto
    de 1990 en que surgió como solución a la necesidad
    del gobierno central de obtener ingresos corrientes, en un
    momento en que dada la coyuntura económica era previsible
    que la recaudación de todos los demás impuestos se
    iba a reducir notablemente. Así el ISCcomb al gravar
    bienes con una demanda muy inelástica se convirtió
    durante 1990 y 1991 en la principal fuente de ingresos
    tributarios para el gobierno central. Desde entonces la
    recaudación por concepto del
    ISCcomb ha superado a la del ISC otros.

    En el segundo semestre de 1990 se estableció la
    tasa promedio del ISC en 134%, con lo que la recaudación
    alcanzó 1108 miles de soles de 1994, lo cual
    representó el 25% de los ingresos tributarios. Por el
    contrario, durante el primer semestre de 1992 la tasa promedio se
    redujo a 93%, con lo cual la recaudación del ISCcomb se
    redujo en 30% respecto al semestre previo, con lo que
    representó el 19% de los ingresos tributarios. De igual
    manera, a fines de 1992 la tasa promedio sufrió una
    reducción adicional bajando hasta niveles del 70%, con lo
    cual la recaudación durante el primer semestre de 1993 se
    contrajo en 37% con respecto al semestre previo (con lo que se
    redujo su importancia al 12%).

    El ISC otros experimentó una fuerte
    reducción en 1993 (ver el Gráfico No. 2.6), la cual
    se fundamenta en la exoneración de los servicios del ISC
    (servicios de crédito
    que involucren ganancias de capital por parte de instituciones
    financieras, seguros,
    servicios telefónicos, entre otros).

    Es importante resaltar el hecho de que a partir del
    primer semestre de 1994 se revierte la tendencia decreciente de
    la recaudación total del ISC, debido a los incrementos en
    las tasas aplicables a los combustibles, a las modificaciones de
    las bases de cálculo
    para gravar la cerveza y los
    cigarrillos, y al elevado crecimiento
    económico experimentado en dicho
    año.

    2.2.1.3
    Impuesto a la Renta (IR)

    Una preocupación constante del gobierno central
    ha sido el ampliar la base de contribuyentes sujetos al IR,
    incorporando a las pequeñas unidades productivas y de
    servicios. Con esta finalidad se han creado y derogado diversos
    regímenes especiales del IR. Así, a fines de 1991
    se creó el Régimen Simplificado del IR, el cual
    incorporó a las unidades productivas con ingresos netos
    totales inferiores a 100 UIT en el ejercicio fiscal
    precedente. La tasa del impuesto fue del 30%. Estos
    contribuyentes no estuvieron afectos al Impuesto al Patrimonio
    Empresarial ni al Impuesto Mínimo a la Renta.

    A fines de 1993 se creó un segundo régimen
    especial del IR. Este fue el Régimen Único
    Simplificado (RUS). Este reemplazó tanto al IR como al IGV
    e incorporó a las personas naturales y jurídicas
    que percibieran durante 1994 ingresos brutos mensuales inferiores
    a 8,400 soles (100,800 soles anuales que equivalían a 59.3
    UIT). El tributo se fija sobre la base de una tabla elaborada por
    el Ministerio de Economía y Finanzas
    (MEF), y no en función a una tasa específica. Los
    sujetos de este régimen no pueden hacer uso del
    crédito fiscal.

    A fines de 1994 se creó el Régimen
    Especial del Impuesto a la Renta (RER) al tiempo que se deroga el
    Régimen Simplificado del IR. Los requisitos para
    incorporarse a este régimen fueron los mismos que los
    establecidos para el caso del RUS, con la posibilidad de pasar de
    un régimen a otro. En este caso el tributo por concepto
    del IR es el 1% de los ingresos brutos, exonerándoseles
    del Impuesto Mínimo a la Renta. Adicionalmente deben pagar
    el IGV, con opción a utilizar el crédito fiscal.
    Las personas naturales y jurídicas pueden inscribirse en
    este sistema siempre y cuando las rentas brutas anuales no
    superen los 144 mil soles, equivalentes a 72 UIT de
    1995.

    La recaudación del IR presenta un comportamiento
    estacional. Las recaudaciones de los primeros semestres de cada
    año superan a las de los segundos. Ello se debe a que los
    pagos del IR se concentran en el mes de abril, debido a la
    regularización anual del mismo.

    Con respecto a los movimientos más bruscos en la
    recaudación, estos ocurrieron en el año 1992 y
    1994. En 1992, la recaudación del IR se incrementó
    en 65%, a pesar de la recesión económica (el PBI se
    contrajo en 2.8%).

    Dicho incremento se explica por dos razones: la
    creación del Impuesto Mínimo a la Renta y de la
    Unidad de Referencia Tributaria (URT) en reemplazo de la Unidad
    Impositiva Tributaria (UIT). El valor de la URT fue
    aproximadamente la mitad que el de la UIT. Dado que todas las
    tasas y exoneraciones del IR se aplicaban en función de la
    URT, lo que sucedió en la práctica fue que la tasa
    promedio ponderada del IR se elevó sustancialmente. El
    crecimiento de la recaudación en 1994 fue de 45% y se
    explica por la significativa recuperación del producto (el
    PBI creció 12.5%).

    2.2.1.4.
    Impuestos al Comercio Exterior (ICE)

    Los ICE están conformados fundamentalmente por
    los impuestos a las importaciones (aranceles) y
    también por los impuestos a las exportaciones.
    Sin embargo, a partir de 1992 quedaron derogados estos
    últimos.

    La contracción inicial en la recaudación
    del ICE guarda estrecha relación con las medidas tomadas
    durante 1990 con motivo del ajuste económico, así
    como con la fuerte recesión que se enfrentó.
    Algunas de estas medidas fueron: la eliminación de la
    sobretasa a la importación del 10% del valor CIF, la
    eliminación de la sobretasa a la importación del 1%
    del valor CIF, la eliminación de la sobretasa a la
    exportación del 4 por ciento ad-valorem FOB
    (2% para el Fondo de Defensa y 2% para el Fondo de Ganaderos), la
    reducción del número y del nivel de las tasas
    arancelarias (las que quedaron en sólo tres: 15%, 25% y
    50%.).

    A partir de 1991 la recaudación real por concepto
    de ICE ha ido aumentando lentamente. Por otro lado, su
    participación en los ingresos tributarios también
    ha ido incrementándose ligeramente hasta estabilizarse
    alrededor del 12% desde 1993.

    Los ICE presentan un comportamiento estacional, en el
    cual la recaudación es siempre superior en el segundo
    semestre de todos los años (excepto en el segundo semestre
    de 1990). Algunas causas probables de este comportamiento son la
    mayor concentración de importaciones de bienes de consumo
    (por ejemplo por fiestas) y el mayor gasto
    público (dado el usual superávit fiscal del
    primer semestre) que ocurren tradicionalmente durante la segunda
    mitad del año.

    Una manera de ver la importancia de las fuentes externas
    como determinante de la recaudación tributaria es agrupar
    los montos percibidos por concepto del ICE y del IGV externo, los
    que pasaron de representar el 24% de los ingresos tributarios
    durante 1990 al 31% durante 1994. Para lograr este resultado
    dichos impuestos debieron enfrentar tasas de crecimiento
    importantes en su recaudación, sobre todo en los
    años 1992 y 1993 (ver Gráfico No. 2.7).

    2.2.1.5
    Impuestos al Patrimonio (IP)

    Los componentes fundamentales de los IP han sido el
    Impuesto al Patrimonio Personal y el
    Impuesto al Patrimonio Empresarial. Sin embargo, a partir de 1990
    dadas las necesidades de financiamiento
    del gobierno central, diversos impuestos de emergencia se aunaron
    a los dos mencionados.

    A partir de 1991, tanto la recaudación real como
    la importancia relativa de los IP ha disminuido en forma
    constante. Así, en 1991 la recaudación real
    ascendió a 577 mil soles (lo que representó el 6.6%
    de los ingresos totales), mientras que en 1994 dicha
    recaudación fue de 88 mil soles (equivalente al 0.7% de
    los ingresos tributarios).

    La fuerte recaudación por concepto de IP de 1990,
    que fue muy similar a la de 1991, se debió especialmente a
    la creación de la Contribución Patrimonial de
    Solidaridad. Dicha contribución sólo estuvo vigente
    durante dicho año. En 1991, para evitar la caída en
    la recaudación de los IP se creó la
    Contribución Extraordinaria sobre el Patrimonio Personal y
    además se amplía la base imponible del Impuesto al
    Patrimonio Empresarial (la base incorporó además
    del patrimonio neto el 50% de los créditos obtenidos de terceros).

    Los cambios más notorios en la recaudación
    se dieron en 1992 y 1994, años en los que se dieron
    contracciones de 35% y 73% respectivamente. La caída de
    1992 se explica fundamentalmente por la eliminación de la
    Contribución Extraordinaria sobre el Patrimonio Personal y
    por la modificación de la base imponible del Impuesto al
    Patrimonio Empresarial, la que volvió a ser tan
    sólo el patrimonio neto de las empresas. La caída
    en la recaudación durante 1994 se explica por la
    derogatoria del Impuesto al Patrimonio Empresarial en diciembre
    de 1993.

    2.2.1.6 Otros
    impuestos

    Este rubro agrupa tributos de
    poca importancia no incorporados en ninguno de los rubros
    previos, tales como los ingresos producto de las amnistías
    tributarias y la revaluación de activos. Sin embargo,
    especialmente durante 1990 este rubro cobró gran
    importancia (representó el 20% de los ingresos
    tributarios). Desde entonces, su relevancia se ha reducido
    considerablemente.

    La recaudación de 1990 se explica principalmente
    por la creación de dos nuevos impuestos durante el mes de
    agosto de dicho año. Primero, la contribución
    patrimonial de bienes asegurados; este impuesto gravó a
    los titulares de pólizas de seguros con el 1% sobre el
    monto total asegurado de bienes patrimoniales. Segundo, el
    impuesto a los débitos en cuentas corrientes bancarias.
    Este impuesto gravó dichos débitos con una tasa del
    1%.

    A pesar de la creación de la contribución
    especial sobre acciones y
    participaciones, la recaudación de este rubro se redujo
    considerablemente durante 1991. Una posible explicación de
    ello es la eliminación de la contribución
    patrimonial de solidaridad. La nueva contribución
    gravó con el 1% la propiedad de
    acciones comunes y laborales. Esta contribución
    sólo estuvo vigente durante 1991.

    3.
    Evaluación de la Estructura
    Tributaria

    El Perú no ha sido la excepción en
    términos de los problemas que se enfrentaron al inicio de
    los intentos de reforma tributaria. Es así que entre las
    características iniciales del sistema tributario pueden
    mencionarse las siguientes: dependencia excesiva de unas cuantas
    fuentes tributarias (sobre todo del petróleo y derivados y, en menor medida, de
    los derechos
    aduaneros); bases tributarias estrechas (principalmente en el
    caso de la renta); gran número de impuestos (alrededor de
    sesenta); impuestos indirectos complicados (por la maraña
    legal), administración débil, sector
    agropecuario de subsistencia considerable (sobre todo en
    términos de número de trabajadores) y sector
    informal extendido y creciente.

    Quizás el sector económico más
    difícil de gravar con impuestos en los países en
    desarrollo es el agrícola, debido a una serie de razones
    entre las que pueden mencionarse su enorme diversidad,
    dispersión, primacía de la ruralidad, cantidad y
    calidad de
    empleo y
    característica de los bienes producidos. Una posibilidad
    es el impuesto a la
    tierra.

    Dicho bien cuenta con una oferta inelástica, es
    visible, inmueble y es un buen indicador de riqueza, lo que
    teóricamente (criterio de eficiencia,
    equidad y
    capacidad administrativa) constituye una buena base para ser
    gravada. Sin embargo, el problema de la calidad de la tierra (que
    suele ser muy diversa) afecta el cumplimiento de la inelasticidad
    de la oferta y, por tanto, determina el alejamiento de la
    eficiencia tributaria.

    Además, es un impuesto que suele enfrentar gran
    resistencia donde
    se aplica, lo que ha causado recaudaciones poco significativas y
    decrecientes. En la práctica, por razones administrativas
    y distributivas, este impuesto ha operado usualmente con algunas
    exoneraciones, como por ejemplo la determinación de
    límites
    de áreas por debajo de las cuales el dueño
    está exento del pago de la obligación. Ello ha
    creado un incentivo para dividir las tierras entre familiares,
    amigos y/o testaferros ficticios para evitar o reducir el
    compromiso tributario.

    En función a lo anterior, llama la atención la reciente aprobación en
    el Congreso Peruano de un impuesto de esta naturaleza con
    exoneraciones en función a zonas geográficas y a
    áreas máximas. Específicamente, dicho
    impuesto debiera ser pagado sólo por las tierras
    costeñas que excedan de las 3,000
    hectáreas.

    El país tampoco ha sido la excepción en
    cuanto a algunas de las medidas que se han tomado para corregir
    los problemas tributarios señalados anteriormente. En
    particular, la política de liberalización comercial
    y financiera ha llevado a reducir la importancia de la
    tributación comercial (aranceles), conjuntamente con una
    disminución de la tasa impositiva aplicable a las
    utilidades empresariales (buscando atraer inversión
    externa). Sin embargo, si se añade a la recaudación
    por aranceles la correspondiente al IGV externo (que afecta
    exclusivamente a las importaciones), la tributación de
    fuentes externas ha aumentado su importancia relativa.

    Como se mencionó en la introducción de este capítulo, un
    aspecto muy favorable de las modificaciones tributarias ha sido
    la considerable reducción del número y complejidad
    de los impuestos de alcance nacional. En este sentido, la
    estructura tributaria peruana se ha acercado bastante a la de
    Taiwán (al menos en cuanto a número de impuestos),
    la que es tomada como ejemplo de simplicidad y de cercanía
    a la estructura de un país desarrollado (ver el Cuadro No.
    3.1). La diferencia fundamental reside en la importancia de los
    impuestos directos, muy superior en el caso de Taiwán
    (donde es la principal fuente de ingresos tributarios), y en la
    inexistencia del impuesto al valor
    agregado de ámbito nacional en este último
    país.

    La evidencia empírica internacional parece
    sugerir que conforme es mayor el grado de desarrollo de un
    país los impuestos que predominan dejan de ser los
    indirectos, ocupando su lugar los directos. Así, por
    ejemplo, además de Taiwán es ilustrativo el caso de
    Corea del Sur, por no mencionar los casos de los países
    tradicionalmente industrializados.

    Sin embargo, lo que llama la atención del caso
    coreano es la gran diversidad de impuestos nacionales, los que
    suman 15 (los impuestos locales son otros tantos, de tal manera
    de sumar un total de 30 impuestos), muchos de los cuales son tan
    poco significativos que resulta difícil justificar su
    mantenimiento.

    Aparentemente Corea sería uno de los casos en
    donde se habría incurrido en la tentación de crear
    impuestos para incrementar los gastos
    públicos, generando a través del tiempo un sistema
    tributario inconvenientemente complejo.

    Asimismo, al interior de los países en desarrollo
    aquéllos más pobres enfrentan muchas limitaciones
    para gravar incluso los bienes y servicios
    domésticos.

    Estos hechos pueden ilustrarse con estructuras
    tributarias donde priman los impuestos a las importaciones (en
    los países africanos), impuestos a los bienes y servicios
    domésticos (en los países latinoamericanos), e
    impuestos a los ingresos personales y contribuciones a la
    seguridad
    social (en los países industriales).

    En línea con lo anterior, la evidencia
    internacional muestra que los
    países con buen desarrollo de mecanismos de
    tributación doméstica no hacen demasiado uso de las
    importaciones como base tributaria, en cambio los países
    con problemas de tributación en sus fuentes internas le
    asignan una gran importancia a los impuestos sobre las
    importaciones.

    Lo anterior puede resultar bastante obvio, pero resulta
    interesante comprobarlo estadísticamente. Por ello, en la
    ecuación (15) se presentan los resultados de la
    regresión de la participación de la
    recaudación tributaria por fuentes externas sobre el
    producto nacional en función a la participación de
    las importaciones sobre el producto, al ingreso per cápita
    y a la participación de la recaudación tributaria
    por fuentes domésticas sobre el producto. A su vez, en la
    ecuación (16) se presentan los resultados de la misma
    regresión corregidos por el problema de
    autocorrelación que aparece en la situación
    anterior.

    Se aprecia que la tributación por fuentes
    externas sobre el producto está relacionada de manera
    directa y muy significativa con la importancia relativa de las
    importaciones sobre el PBI, como era de esperarse, y de manera
    inversa (negativa) con el producto per cápita y con la
    tributación por fuentes domésticas con respecto al
    PBI. La relación inversa entre esta última variable
    independiente y la dependiente corrobora en cierta medida la
    afirmación efectuada en las primeras líneas del
    párrafo
    anterior, y puede interpretarse como que la mejora en la
    administración tributaria doméstica ha afectado
    la importancia relativa de la tributación por fuentes
    externas, específicamente la referida a los
    aranceles.

    Por último, la relación negativa entre el
    ingreso per cápita y la variable dependiente reafirma lo
    anterior, en el sentido que la mejora en la primera variable
    permite que el sistema tributario dependa menos de la
    recaudación por fuentes externas (básicamente
    aranceles).

    En relación a este último punto, la
    evidencia internacional es categórica: conforme mejora el
    ingreso por habitante, una economía va pasando de una
    mayor importancia de las fuentes tributarias externas hacia las
    internas.

    Sin lugar a dudas, la tributación es uno de los
    campos que mayores modificaciones ha enfrentado en los
    últimos años en la economía peruana. Las
    contínuas marchas y contramarchas y la escasa durabilidad
    de no pocas medidas han provocado la carencia de consistencia y
    estabilidad, de tal manera que los agentes económicos han
    venido enfrentando un entorno incierto en materia tributaria, lo
    cual habría afectado sus decisiones, por ejemplo, en
    política de inversiones.

    Al respecto, la creación del impuesto
    mínimo a la renta de 2% sobre el valor de los activos
    netos ha ido en contra de la disminución de la
    presión tributaria sobre las empresas, motivando señales
    confusas sobre la dirección de la política
    tributaria.

    Otra señal brindada por el propio gobierno que
    avala la existencia de un escenario de incertidumbre ha sido la
    celebración de contratos de
    estabilidad tributaria con los principales inversionistas, para
    "garantizarles" a los mismos que las reglas de juego
    seguirán siendo las prevalecientes en el momento de
    celebración del contrato,
    aún cuando éstas cambien posteriormente.

    Ello ha llevado a pensar (lo que incluso ha sido
    corroborado por declaraciones de funcionarios públicos de
    la más alta jerarquía) que el objetivo principal ha
    sido y sigue siendo la recaudación, lo que si bien en un
    primer momento puede haber sido lo más recomendable (dada
    la prioridad de estabilización), en las condiciones
    actuales limita el crecimiento y sobredimensiona el tamaño
    que debería tener el gobierno central en una
    economía de mercado.

    Adicionalmente, se ha optado por incluir
    regímenes tributarios especiales, buscando recoger la
    diversidad presente en el mercado laboral y,
    específicamente, incorporar al sector informal.
    Lamentablemente, estos regímenes especiales constituyen
    mecanismos que funcionan, en la práctica, como algo
    parecido a las exoneraciones tributarias, en términos que
    implican algún tipo de "subsidio" o "fomento" al sector,
    agente o producto favorecido. Ello va tanto contra la eficiencia
    como contra la simplicidad que debieran caracterizar a un buen
    sistema tributario.

    La conclusión inmediata de lo anterior es la
    eliminación de todos los regímenes tributarios
    especiales, en particular del RUS y del RER. En todo caso, si en
    realidad se hacía imprescindible introducir una nueva
    alternativa impositiva para captar a las pequeñas unidades
    productivas y de servicios, dado el poco éxito
    del RUS, la pregunta es por qué no se optó por
    efectuar un reemplazo de impuestos (el RE por el RUS), en lugar
    de mantener ambos con lo que se vuelve a complicar un sistema que
    se supone iba en camino de la simplificación.

    La cuestión de equidad no debería
    preocupar demasiado pues, como se explicó con
    anterioridad, se puede lograr vía el gasto público
    bien manejado. Lo que debe preocupar, más bien, es no
    perder al grupo de nuevos contribuyentes que se ha captado (o se
    piensa captar), una vez derogados los regímenes
    especiales.

    Para ello, la alternativa más directa y eficiente
    es, una vez más, la reducción de las enormes tasas
    impositivas vigentes en la actualidad, fundamentalmente las
    referidas al IGV y al impuesto a la renta. De esta manera, se
    reduciría significativamente el beneficio de la
    evasión de impuestos, lo que aunado a la efectiva
    aplicación del Código
    Tributario (con relativamente altas tasas de castigo),
    debería llevar a una mayor base tributaria.

    Es pues en la tributación directa sobre las
    empresas donde el Perú parece haberse alejado de lo
    efectuado en otras economías, las que han priorizado una
    imposición más racional de ampliación de
    base gravable, es decir, menos distorsionadora y
    discriminatoria.

    Además, algunos de estos últimos casos han
    tendido a integrar los sistemas de
    tributación sobre ingresos empresariales y personales,
    bajo la sencilla premisa que las empresas son, en última
    instancia, propiedad de personas. Del mismo modo, son varios los
    casos donde se han incluido dentro de la base gravable las rentas
    por intereses financieros, ganancias de capital y dividendos. De
    esta manera, si se llegase al extremo de eliminar la
    tributación directa empresarial, sólo se
    estaría gravando las utilidades distribuidas, con lo que
    se eliminaría el sesgo contra el financiamiento
    patrimonial y se incentivaría la
    inversión.

    En cambio, en la tributación indirecta el
    país ha seguido más de cerca la tendencia
    internacional. Por un lado, ya ha sido mencionada la
    reducción de las tasas arancelarias. Por otro lado,
    el
    petróleo y sus derivados parecen haber perdido
    importancia a través de los impuestos específicos
    que se cobran sobre ellos (impuestos selectivos al consumo),
    aunque sus tasas continúan siendo muy elevadas. Por
    último, otra similitud entre la economía peruana y
    las externas es que el impuesto al valor agregado (IGV) ha
    adquirido progresivamente mayor importancia y las exoneraciones
    se han ido disminuyendo, aunque todavía subsiste un
    número importante.

    Ahora bien, el hecho que existan estas similitudes no
    debe ser interpretado como que la situación actual en
    materia de tributación indirecta en el país es la
    ideal desde el punto de vista de la eficiencia. Es así
    que, sobre la base de la discusión efectuada en la
    sección anterior, la estructura tributaria puede mejorarse
    significativamente combinando apropiadamente un IGV que sea
    efectivamente general (para lo cual tendrá que tener una
    tasa considerablemente inferior a la actual), con impuestos
    selectivos que tiendan a gravar al ocio, así como de una
    manera adecuada a las externalidades negativas.

    En relación con lo anterior es importante
    realizar una aclaración. En la medida que la
    pérdida de importancia del ISC a los combustibles ha
    coincidido con la incorporación de estos bienes al
    régimen del IGV, no resulta tan claro que haya ocurrido
    una significativa disminución de la dependencia de los
    ingresos del gobierno central con respecto al petróleo y
    a sus derivados, lo que sería una diferencia importante
    con lo que ha ocurrido en otros países.

    Una consecuencia de continuar dependiendo demasiado de
    este tipo de recursos podría darse en términos de
    afectar negativamente a la estabilidad macroeconómica,
    como sostienen Burgess y Stern.

    Lamentablemente no se cuenta con información
    desagregada del IGV que permita apreciar la participación
    de los combustibles en su recaudación. A pesar de ello,
    puede resultar interesante medir el grado de inestabilidad
    macroeconómica que habría generado por sí
    sólo el ISC de los combustibles. De esta manera, se ha
    efectuado un conjunto de regresiones de la importancia relativa
    de este impuesto (y también de la de los otros más
    importantes) sobre la recaudación total como variables
    independientes, tomando como variables dependientes por ejemplo a
    la producción, a la inflación y al ahorro en cuenta
    corriente del gobierno.

    La principal conclusión del análisis
    econométrico es que el ISC de los combustibles es una
    fuente potencial de generación de inestabilidad tanto en
    el ahorro del gobierno como en precios, más no en
    producción.

    Los otros impuestos (el IGV y el impuesto a la renta) no
    constituyen causa de algún tipo de inestabilidad
    macroeconómica.

    BIBLIOGRAFÍA

    Fuentes Bibliográficas:

    Mankiw, Gregory. Principios de Economía. 3a. ed.
    MacGraw-Hill, 1999.Pag. 535

    Samuelson, Paul A.; Nordhaus, William D. Economía
    Madrid:
    McGraw-Hill, 1995.Pag. 951

    Miller, Roger LeRoy; Meiners, Roger E. Microeconomía.2a. ed. Bogotá:
    McGraw-Hill, 1990.Pag. 703

    Fuentes Electrónicas:

    http://www.adex.com.pe

    http://www.docentes.up.edu.pe/RUrrunaga/propidrc.html

     

     

     

    Autor:

    CANAVAL SAAVEDRA, JESUS

    O´ HIGGINS, RENZO

    UNIVERSIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES LIMA –
    PERU

    CURSO: MICROECONOMIA

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