Objetivos
- Investigar una de las tecnologías mas
importantes en cuanto a sistemas de
comunicaciones inalámbricas, como son los
Sistemas de
Comunicación Personal,
PCS. - Efectuar un análisis Global de los sistemas PCS en
cuanto a definiciones, características funcionales,
tecnologías disponibles en el mercado,
así como el entorno y recomendaciones para su
implantación en Colombia. - Dar a conocer la legislación Colombiana en
cuanto a los sistemas
PCS. - Realizar un estudio de la situación actual del
sistema PCS en
Colombia.
ALCANCE
El presente trabajo tiene como propósito efectuar
una síntesis basada en los estudios que se han hecho para
promover y para apoyar la introducción de los PCS en
Colombia. Dichos
documentos
presentan detalladamente aspectos tecnológicos,
estratégicos y regulatorios sobre este concepto. En este
caso se hará también una extracción didáctica de las características que más inquietud
pueden suscitar el tema entre un público amplio de
profesionales de las diferentes disciplinas del sector, tales
como definiciones, características funcionales,
tecnologías disponibles en el mercado,
así como el entorno y recomendaciones para su
implantación en Colombia
Para el desarrollo de
este trabajo se hace necesario definir un alcance del mismo para
no entrar a profundizar en conceptos que ya antes se hayan visto
o que de alguna u otra forma ya hayan sido cuestión de
investigación en la FIET, en lo referente a
los sistemas PCS. Por
lo tanto, antes de analizar la situación de PCS en
Colombia, se
hará una breve descripción de sus reales prestaciones y
de su inserción en el conjunto de las tecnologías
inalámbricas. En primer lugar, esta tecnología fue, desde
un principio, una tecnología celular
más, operando en una banda de frecuencia más alta
que las bandas en las cuales operaban los distintos sistemas
celulares de una década atrás. Esta misma tecnología ya
había sido introducida con bajo perfil en Europa, cuando en
Estados Unidos
se resolvió lanzar los remates de esta banda de
frecuencias, bajo el nombre PCS (Personal Communications
Service).
Por último, se hará un estudio sobre los
aspectos más importantes en los actuales Sistemas de
Comunicación Personal, PSC, y
su situación en Colombia desde el
punto de vista tecnológico. Así mismo, se
expondrán los lineamientos generales para la
concesión de los Servicios
Personales de Comunicación y el permiso para el uso del
espectro radioeléctrico asociado a estos servicios.
INTRODUCCIÓN
Los servicios de
telecomunicaciones inalámbricos han
experimentado a lo largo de los años, y principalmente en
las últimas décadas, una acelerada evolución y "revolución" mundial. Existe en forma
creciente la demanda de
soluciones
para satisfacer las necesidades de comunicación de los diferentes nichos de
usuarios personales y empresariales, así como el favorable
ámbito de desarrollo
tecnológico para el soporte de las infraestructuras
físicas y lógicas en las redes de comunicaciones
inalámbricas. Esto ha motivado la permanente
introducción de servicios
nuevos y personalizados.
La gama de aplicaciones que conforman el concepto de
comunicaciones
inalámbricas, incluye sistemas de
telefonía local inalámbrica, de
radiobúsqueda, telefonía celular y servicios
móviles satelitales. Cada uno de estos sistemas se ha
diseñado para atender diferentes requisitos, desde el
manejo de centrales privadas de conmutación
inalámbricas; bucle local de abonado inalámbrico;
servicios
móviles para facilitar el desempeño de funciones como
seguridad
pública; servicios de
comunicaciones
entre grupos cerrados
de usuarios – con aplicaciones para el sector empresarial y el
control del
transporte -;
hasta la introducción de sistemas
inalámbricos que ofrecen mayor movilidad e integran
facilidades de transporte,
procesamiento y generación de cualquier tipo de información creada y requerida por los
usuarios (voz, datos, video). Todas las
redes que
soportan los diferentes sistemas de
comunicaciones
inalámbricos se han venido desempeñando con la
utilización de tecnologías análogas y
digitales para el manejo cada vez más eficiente de los
recursos
involucrados en las comunicaciones. Dentro de este ámbito, el
aprovechamiento máximo del espectro radioeléctrico,
que hace viable la
globalización de los servicios, es
un permanente desafío.
Como resultado de la evolución lógica
de los diferentes sistemas de
telecomunicaciones inalámbricas, surge
entonces el reto de la convivencia entre ellos y no basta la
interacción independiente de los mismos con la Red Telefónica
Pública Conmutada. Se incrementan las exigencias de
aspectos como personalización, globalización, movilidad sin transiciones,
cubrimiento interior y exterior, capacidad, flexibilidad,
funcionalidad e interoperabilidad, entre otros, surgiendo de esta
forma mayor énfasis en el concepto de
"servicios", en
el que pierden protagonismo los sistemas y las
tecnologías, para dar respuesta a las demandas de los
usuarios, cada vez más exigentes en cuanto a soluciones
rápidas y nuevos servicios de
valor
agregado. Bajo este marco, nace el concepto y las
iniciativas nacionales y regionales de PCS, Personal
Communications Services o Servicios de
Comunicación Personal, como
una alternativa a los sistemas de telefonía celular con
tecnología
digital, cuya evolución también apunta hacia los
mismos retos mencionados y que en esencia se resumen en la
integración en un solo sistema de
comunicación móvil, de los
diferentes servicios
inalámbricos existentes, así como su convivencia
con los nuevos desarrollos que exige el mercado.
El presente trabajo tiene como propósito efectuar
una síntesis basada en los estudios que CINTEL ha
promovido para apoyar la introducción de los PCS en
Colombia. Dichos
documentos
presentan detalladamente aspectos tecnológicos,
estratégicos y regulatorios sobre este concepto. En este
caso se hace una extracción didáctica de las características que más inquietud
pueden suscitar el tema entre un público amplio de
profesionales de las diferentes disciplinas del sector, tales
como definiciones, características funcionales,
tecnologías disponibles en el mercado,
así como el entorno y recomendaciones para su
implantación en Colombia.
- CONCEPTOS GENERALES DE PCS
1.1. ¿Qué es PCS?
La evolución de los sistemas celulares
convergen con otros sistemas de comunicaciones
móviles e inalámbricos, en una tendencia mundial,
llegando a sistemas como PCS (Personal
communication systems) en Estados Unidos o
UMTS (Universal Movile Telecomunicaation Systems) como son
llamados en Europa. De otro
lado la UIT viene promoviendo el IMT-2000 (international movile
Telecomunications at year 2000); donde los conceptos, características y objetivos de
cada uno de estos nuevos sistemas de comunicación son semejantes, estos aspectos
son:
- Movilidad personal y
movilidad de terminal: Ofrecer servicios de comunicación sin importar la
localización del usuario. Para esto los sistemas deben
tener interfaces de conexión con redes actuales como PSTN,
la red RDSI,
redes de
telefonía celular y los sistemas móviles basados
en satélites y otras redes. - Servicios multimedia de
calidad:
Ofrecen una amplia gama de servicios multimedia con
buena calidad de voz,
altas velocidades de datos,
vídeo full motion y el equivalente de aquellos servicios
en la red
RDSI. - Servicio de Roaming global y automático: No
hay limitación a una red. - Unico numero: Este único numero que
identifica al usuario servirá de base a la movilidad
personal. - Alta capacidad: Técnicas avanzadas que
permitan tener sistemas de alta capacidad. - Handset universal: Un único y
pequeño terminal manual o
handset para accesar a los servicios disponibles. - Seguridad: Mejorar aspectos de
autenticación y privacidad, usando mecanismos de
encriptacion.
Existen diversas definiciones de PCS provenientes de
distintas entidades u organizaciones
nacionales e internacionales. La Comisión Federal de las
Comunicaciones
(Federal Communications Comission, FCC), que es el organismo
regulador de las telecomunicaciones en Estados Unidos,
define PCS como "un sistema por el
cual cada usuario puede intercambiar información con alguien a cualquier hora,
en cualquier lugar, a través de algún tipo de
dispositivo y usando un único número. Por otro
lado, la Asociación de la Industria de
las Telecomunicaciones (Telecommunications Industry
Association, TIA), lo define como " un conjunto de capacidades
que permite algunas combinaciones de servicios de movilidad
terminal y movilidad personal". El
Instituto Nacional Americano de Estándares (American
National Standards Institute, ANSI), por su parte, define PCS
como un conjunto de capacidades que permiten alguna
combinación de movilidad terminal, movilidad personal y manejo
del perfil del servicio. De
forma análoga el mismo concepto para lo
que en síntesis está siendo desarrollado como
"sistemas inalámbricos de tercera generación", es
definido en Europa como UMTS
(Universal Mobile Telecommunications System).
Para el caso de Colombia, el
Ministerio de Comunicaciones
define el término con especial énfasis en la
personalización y precisión de las modalidades
involucradas en PCS, tales como servicios móviles o fijos,
de acceso, localización o acceso inalámbrico. Del
mismo modo, se especifican las aplicaciones que involucran voz,
datos o de
banda ancha,
conforme con la tecnología utilizada
y las necesidades del usuario.
Las definiciones realizadas convergen hacia el mismo
concepto,
cuyas características más relevantes son
la integración de la radiolocalización,
la telefonía móvil y la telefonía local
inalámbrica dentro de una nueva generación de
telefonía celular digital, utilización de un
único terminal, un único número de
identificación de usuario, facilidades de
interconexión de los usuarios tanto a la red pública como a la
red
inalámbrica sin limitaciones de lugar u hora para la
utilización de cualquier servicio de
comunicaciones.
Con una iniciativa que va más allá de las
definiciones de PCS, y que concentra su objetivo en
la
globalización de las telecomunicaciones, la UIT (Unión
Internacional de Telecomunicaciones) está avanzando en el
concepto IMT-
2000 (International Mobile Communications at Year 2000), como un
núcleo integrador de los sistemas móviles del
presente y del futuro. Bajo el modelo
IMT-2000, las comunicaciones
móviles estarán soportadas por una serie de
plataformas estandarizadas, comunes y flexibles, que
reúnan las necesidades de los mercados
públicos, privados, fijos y móviles alrededor del
mundo. Se plantea la utilización de terminales
móviles, y para lograr comunicación en cualquier lugar y en
cualquier momento se propone el cubrimiento tanto por redes terrestres como por
redes
satelitales.
De acuerdo con la banda de operación y la
cantidad de espectro asignado a cada licencia de
operación, los PCS se clasifican en dos grandes grupos:
- PCS Banda Estrecha, que operan en la banda de 900 MHz
y utilizan 50 KHz por licencia, y - PCS Banda Ancha,
que operan en la banda de 1900 MHz y son asignados 30 MHz por
licencia.
El PCS Banda estrecha incluye todos los servicios
basados en texto, es
decir, todos los tipos de paging convencional (buscapersonas),
los cuales representan la mensajería en tiempo no real.
Sin embargo, los PCS Banda estrecha pueden ser utilizados para
proveer nuevos servicios tales como mensajes de voz y
reconocimiento bidireccional, así como también para
el desarrollo de
sistemas avanzados de paging.
Los servicios PCS Banda Ancha
incluyen telefonía digital celular y telefonía
básica inalámbrica, es decir, servicios de comunicación en tiempo real.
Pueden ser usados en el desarrollo de
servicios telefónicos inalámbricos más
avanzados que permiten ubicar al suscriptor en cualquier sitio
dado. Su utilidad es
proveer una variedad de servicios móviles incluyendo una
familia entera
de nuevos dispositivos de comunicación, entre ellos teléfonos
portátiles muy pequeños, livianos y
multifunción, facsímiles portátiles y
dispositivos con capacidades bidireccionales de datos.
Adicionalmente, los PCS Banda Ancha
tienen la capacidad de interacción con otras redes telefónicas,
así como también con asistentes digitales
personales, permitiendo a los suscriptores enviar y recibir
datos y/o
mensajes de video en forma
inalámbrica.
1.2. ¿Cuáles son las características más relevantes que
permiten diferenciar el desempeño de los sistemas de
comunicaciones
móviles inalámbricos?
- Cobertura. La cobertura del sistema se
refiere a las zonas geográficas en las que se va a
prestar el servicio. La
tecnología más apropiada (Jorge,
prefiero dejar "deseable", en vez de apropiada. No cumplir con
eso no significa ser inapropiada. Eso depende del mercado) es
aquella que permita una máxima cobertura con un
mínimo de estaciones base, manteniendo los
parámetros de calidad
exigidos por las necesidades de los usuarios. La tendencia en
cuanto a cobertura de la red es permitir al usuario
acceso a los servicios en cualquier lugar, ya sea local,
regional, nacional e incluso mundial, lo que exige acuerdos de
interconexión entre diferentes operadoras para extender
el servicio a
otras áreas de influencia diferentes a las áreas
donde cada red ha sido
diseñada. - Capacidad. Se refiere a la cantidad de
usuarios que se pueden atender simultáneamente. Es un
factor de elevada relevancia, pues del adecuado
dimensionamiento de la capacidad del sistema,
según demanda de
servicio,
depende la calidad del
servicio que
se preste al usuario. Esta capacidad se puede incrementar
mediante el uso de técnicas tales como la
reutilización de frecuencias, la asignación
adaptativa de canal, el control de
potencia,
saltos de frecuencia, algoritmos
de codificación, diversidad de antenas en la
estación móvil, etc.
La tecnología deseable debe ser tal que
satisfaga las condiciones de tráfico iniciales y del
mismo modo, que permita el manejo sin problema de incrementos
futuros en el número de abonados.
- Diseño de las celdas. La estructura
de las redes
inalámbricas se diseña teniendo presente la
necesidad de superar los obstáculos y manejar las
características propias de la
radiopropagación. Disponer de un radio enlace
directo para cada suscriptor, predecir las características de la señal en
zonas urbanas donde la densidad de
suscriptores es alta y las edificaciones tienen gran influencia
en la propagación, son factores que establecen
limitaciones fundamentales en el diseño y ejecución de los sistemas
inalámbricos orientados a las necesidades personales y
empresariales. Los mecanismos que gobiernan la
radiopropagación son complejos y diversos, y
generalmente se atribuyen a fenómenos que sufren las
ondas
electromagnéticas en su transporte,
tales como reflexión, difracción,
dispersión y en general pérdidas de
propagación. Los requerimientos para reducir el efecto
de estos fenómenos en las comunicaciones son definidos
de diversas maneras dependiendo de la tecnología utilizada.
Según la capacidad y cobertura requeridas en el
área de influencia de las redes, su diseño implicará la
utilización de celdas de diferentes radios y las
antenas de
las estaciones base presentarán diferentes alturas y
potencias de transmisión. De allí surgen las
definiciones de sistemas macrocelulares, microcelulares y
picocelulares.
Las macroceldas son los modelos de
comunicación más comunes para
operación celular. El rango de cubrimiento de
éstas se encuentra entre 1 y 30 kilómetros, por
lo que son utilizadas principalmente para el manejo del
tráfico originado por usuarios que se encuentran en
movimiento a
gran velocidad,
disminuyendo de esta forma el número de handoff y
aumentando de esta manera la calidad del
servicio al
reducir la probabilidad de
caída de llamadas.
El uso de microceldas (con rango de
cubrimiento entre 100 y 1000 metros) incrementa la capacidad de
la red, ya que
permite hacer un mayor manejo de tráfico y hace posible
la utilización de potencias de transmisión muy
bajas. Desde el punto de vista del operador, esto se traduce en
ventajas adicionales como una mejor cobertura, bajos costos de la
red por
suscriptor y mayor eficiencia en
la operación del sistema. Los
requerimientos claves del sistema
microcelular incluyen la coexistencia e interoperabilidad con
los sistemas ya instalados, necesitándose un desarrollo
mínimo de ingeniería para su diseño.
Al reducir mucho más el tamaño de las
celdas, se logran las picoceldas (cubrimiento
menor a 100 metros). Como se sabe, una reducción en el
tamaño de una celda implica un aumento en su capacidad
(manejo de tráfico), por lo que las picoceldas se
utilizan para brindar cobertura en las zonas identificadas como
de muy alto tráfico, tales como centros de negocios o
centros comerciales, donde los usuarios tienen un patrón
de comportamiento de baja movilidad y se encuentran
en un ambiente
cerrado.
- Manejo del Handoff. El handoff es el proceso de
pasar una llamada de un canal de voz en una celda a un nuevo
canal en otra celda o en la misma, a medida que el usuario se
mueve a través de la red. El manejo de estas
transiciones es un factor vital para garantizar la continuidad
de las comunicaciones tanto de voz como de imágenes
y datos, caso en
el que es muy crítica la pérdida de
información. - Movilidad. En la nueva generación de
sistemas de telefonía celular digital, se involucra
tanto la movilidad personal como
la movilidad del terminal. La movilidad personal se
refiere a la posibilidad de que el usuario tenga acceso a los
servicios en cualquier terminal (alámbrico o
inalámbrico) sobre la base de un número
único personal y a la
capacidad de la red para proveer esos
servicios de acuerdo con el perfil de servicio del
usuario. Por otro lado, la movilidad del terminal es la
capacidad de un terminal inalámbrico de tener acceso a
servicios de telecomunicaciones desde diferentes sitios
mientras está en movimiento,
y también la capacidad de la red para identificar,
localizar y seguir ese terminal. - Calidad. Uno de los parámetros a tener
en cuenta para establecer las diferencias entre un sistema u otro,
se refiere a la medida de calidad del
servicio
prestado. Las consideraciones que un usuario debe tener en
cuenta a la hora de suscribirse a un servicio de
telefonía móvil tienen que ver con el precio y las
características de operación del
dispositivo portátil, la disponibilidad de una variedad
de servicios, la duración de la batería, la
cobertura geográfica y la posibilidad de disfrutar el
servicio en
áreas diferentes a la que está inscrito,
así como una confiable calidad de
transmisión de voz y datos. Por otra
parte, la calidad es un
factor de especial atención desde el punto de vista de
los operadores, pues es conveniente lograr la rentabilidad
de sus negocios
paralelamente a la satisfacción de sus clientes, al
dimensionar óptimamente las redes con la adecuada
relación costo/beneficio, reducir los costos de
operación y mantenimiento, utilizar eficientemente el
espectro radioeléctrico, y disponer de mecanismos que
permitan mejorar la operación del sistema de
acuerdo con los nuevos avances tecnológicos que
surjan. - Flexibilidad y compatibilidad. Debido a la
interacción con redes de diferente tipo
que debe soportar una red con cubrimiento global (tales como
Red Digital de Servicios Integrados, Redes Celulares
Análogas, Red Telefónica Pública
Conmutada, Redes de Datos, Redes
Satelitales), ésta debe suministrar las interfaces
adecuadas para la interoperabilidad, y poseer elevados niveles
de gestión que permitan realizar cambios en
su estructura
inicial sin causar traumatismos en el
funcionamiento - Costos de Infraestructura. Los costos de
infraestructura se reflejan principalmente en el precio entre
las estaciones base, ya que el manejo de una tecnología u otra en las mismas, no son
un factor diferenciador. Lo deseable es que el dimensionamiento
de la red minimice el número de celdas, la cantidad de
quipos en general y sus costos de
operación y mantenimiento.
1.3. ¿Qué precisiones se podrían
hacer con respecto a la telefonía celular digital y los
PCS?
Con la introducción de la tecnología digital,
los sistemas celulares han venido ofreciendo servicios
adicionales a la transmisión de voz, como
transmisión de datos,
télex, videotexto y fax
móviles. La capacidad de los sistemas análogos
iniciales no era suficiente para dar servicio a un
número creciente de usuarios de telefonía
móvil. Existían casos concretos de ciudades en las
que se ofrecía un servicio deficiente, debido a la
existencia de un número mayor de abonados de los que
podía atender el sistema. En
respuesta a la alta demanda, a la
necesidad de mejorar el desempeño del sistema para
comunicaciones diferentes a voz y al congestionamiento de los
sistemas celulares análogos, se introdujo la tecnología digital.
El aumento en capacidad ofrecido por estos sistemas
permitió incluso triplicar la capacidad con igual
ocupación del espectro radioeléctrico. Con el
manejo digital de la información se pueden cursar más
llamadas sobre la misma banda del espectro de radio y por
consiguiente se aumenta el número de llamadas que puede
manejar una célula.
De este modo, PCS es la denominación que se ha
dado a la evolución de los sistemas de
telefonía móvil celular, y abarca también la
telefonía local inalámbrica. El diseño
de los sistemas para proveer estos servicios es similar al de la
telefonía celular (se tendrán celdas, central de
conmutación, estaciones base y estaciones móviles),
la operación será en ambiente
totalmente digital y se dará al usuario la posibilidad de
comunicarse a cualquier hora y virtualmente en cualquier
lugar.
La telefonía móvil celular ha demostrado
un elevado desarrollo
tecnológico y una acelerada expansión del
número de usuarios. Aunque conceptualmente se
establecieron en un principio algunos factores diferenciadores
entre la telefonía celular y los PCS, desde el punto de
vista de los servicios ofrecidos no existen diferencias. Ambas
modalidades tecnológicas, que tienen asignadas sus
respectivas bandas de operación, poseen las
potencialidades para el desarrollo de
servicios que compiten, nuevos y diversificados, como lo ilustran
las experiencias y el mercado.
1.4. ¿Cuáles son las tendencias en los
nuevos servicios y sistemas de comunicaciones móviles
inalámbricos?
- Elevada movilidad: El reto en cuanto a
movilidad implica satisfacer el servicio en recintos cerrados y
en ambientes abiertos, en el ámbito universal y sin
restricciones ni degradación de la calidad de la
información, en forma transparente de su
origen: voz, datos o
imágenes. Para el manejo de diferentes
patrones de movilidad, el tamaño de las celdas no es
uniforme. Esto conlleva a la implantación de un
Sistema Multinivel, el cual consiste en la
integración de diferentes niveles de
celdas, determinados por su tamaño. Un sistema de tres
niveles está conformado por macroceldas, microceldas y
picoceldas. En áreas donde no se encuentran grandes
concentraciones de gente, que amerite la utilización de
picoceldas, se pueden implantar sistemas de dos niveles: macro
y microceldas. El nivel de microceldas se utilizaría
para dar cobertura a los usuarios de baja movilidad que se
encuentran en sitios de difícil acceso mientras que el
nivel de macroceldas se emplearía para manejar el
tráfico de alta movilidad. - Personalización: La
personalización se logra no sólo al responder con
elevada flexibilidad a las demandas individuales de servicios y
características, sino al mantener el
entorno del usuario en forma idéntica y transparente del
momento, así como de los lugares de origen y destino de
las comunicaciones. Un servicio personalizado exige
portabilidad, que es un concepto
aplicado a la asignación de un único
número personal, independientemente del servicio
que se vaya a utilizar (como mensajería,
telefonía básica, RDSI, entre otros), del
operador al cual está vinculado el usuario, del terminal
y de la ubicación física. Por tanto,
las elevadas exigencias en cuanto al adecuado entorno
regulatorio, del mercado, de
la industria y
tecnológico para el logro de la interconexión
entre operadoras en forma imperceptible por el usuario,
constituyen un reto permanente hacia la personalización
y portabilidad, que son claras tendencias mundiales en la
prestación de servicios. - Integración de servicios: Actualmente
los servicios de telefonía inalámbrica (Centrales
Privadas de Conmutación inalámbricas; bucle local
de abonado inalámbrico, Telepunto), los sistemas de
radio
móvil (radio
móvil privado, acceso troncalizado, servicios de
radiobúsqueda y mensajería), así como la
telefonía móvil celular son prestados en forma
independiente y dirigidos a diferentes necesidades de los
usuarios.
Sin embargo, hoy es clara la tendencia de cada uno de
los servicios mencionados, de diversificar y consolidar su gama
de aplicaciones, ampliando sus concepciones iniciales y
superando las limitaciones que caracterizaban a cada una de sus
redes de soporte. Exigencias como movilidad, disponibilidad de
comunicaciones bidireccionales, manejo de todo tipo de información, privacidad,
configuración flexible de servicios adaptados a los
requisitos de cada usuario individual, así como a los de
grupos
colectivos de trabajo, compatibilidad e interacción con
los diferentes sistemas y redes existentes (ej: Internet, RTPC,
RDSI, otras redes de Valor
agregado), optimización de la eficiencia
espectral y el tráfico por canal, expansión del
área de influencia (mediante fortalecimineto de
infraestructuras y acuerdos de conexión entre
operadores), acceso a información de interés
público, son ejemplos que ilustran cómo las
telecomunicaciones se conciben cada vez
más como una herramienta de simplificación de las
actividades operativas en la vida de sus usuarios.
Aunque ya existen desarrollos significativos en
servicios como paging (ej: interacción con Internet,
manejo de voz, manejo de dos vías), en telefonía
celular (configuración de grupos cerrados
de usuarios, transmisión de datos por
conmutación de paquetes, disponibilidad de mejores
mecanismos de seguridad y
autenticación de usuarios), los sistemas de
comunicaciones móviles inalámbricos del futuro se
visualizan como sistemas integradores de servicios de
comunicaciones básicos y de valor
agregado, optimizando la convivencia entre los
mismos.
- Recursos con naturaleza
adaptable a las demandas: Los operadores de comunicaciones
inalámbricas deben prepararse para responder al aumento
del número de suscriptores y creación de nuevos
servicios, con la disponibilidad de infraestructuras y
mecanismos que ofrezcan un crecimiento
económico y eficiente. Los sistemas móviles
de la tercera generación tienen el reto de lograr cada
vez una mejor utilización del espectro, no solo
optimizando su uso en comunicaciones de voz, sino
también incrementando la eficiencia
espectral para la mejor atención simultánea a
todos los servicios, a pesar de sus diferentes demandas de
velocidad,
simetría, calidad y
retardos en la transmisión.
La necesidad de ofrecer el acceso inalámbrico a
aplicaciones multimedia
implica ofrecer servicios de banda ancha,
abarcando un amplio rango de velocidades, desde simples
mensajes de paging hasta las exigentes transferencias de
video. Por
tanto, los sistemas de acceso vía radio
deberán ser capaces de proveer ancho de banda bajo
demanda y
disponer de canales de radio de
naturaleza
variable.
- Cubrimiento global: Con la tendencia de
globalización de los negocios y
aún de las actividades que hacen parte del tiempo no
laboral de las
personas, mediante la integración de redes terrestres y
satelitales se espera ofrecer servicios de comunicaciones en
cualquier lugar y a cualquier hora. Los terminales serán
capaces de realizar en forma transparente el roaming entre
redes que pueden ser de diferentes tipos y ambientes, con
diferentes densidades de usuarios y clases de servicios, redes
terrestres y satelitales. Con este objetivo, la
UIT ha asumido el reto de liderar las acciones que
conduzcan a proveer acceso global inalámbrico alrededor
del año 2000, lo que ha denominado IMT-2000. La
visión de la UIT para IMT (International Mobile
Telecommunications) incluye la implantación de sistemas
móviles globales con componentes complementarios
satelitales y terrestres (los existentes antes y después
de la iniciativa IMT-2000), dando respuesta al hecho reconocido
de que los sistemas de acceso inalámbrico del futuro
necesitarán ofrecer a los usuarios la misma calidad y
características de banda ancha
ofrecidas por redes fijas. En un ambiente
competitivo y de múltiples operadores, las redes del
futuro deben proveer virtualmente cualquier combinación
de servicios deseada entre enlaces de acceso inalámbrico
o alámbrico.
El componente satelital de la iniciativa IMT ha sido
denominado GMPCS (Global Mobile Personal Communications by
Satellite). El concepto GMPCS
abarca un amplio rango de sistemas satelitales –
geoestacionarios o no geoestacionarios, de banda ancha
o banda angosta, globales o regionales -, que ofrecen servicios
fijos y móviles, utilizando diferentes partes del
espectro de frecuencia.
Debido a las limitaciones de potencia y
de espectro de radio,
inherentes a todos los sistemas satelitales, las "macro",
"micro" y "pico" celulares terrestres se presentan como un
complemento natural de las "mega" células
satelitales, obteniendo de esta forma el incremento substancial
en capacidad que se requiere en regiones urbanas/suburbanas, y
haciendo viable la
globalización de las telecomunicaciones.
- Infraestructuras con elevada flexibilidad: La
creciente interacción requerida entre los diferentes
tipos de
redes y servicios, exige a los operadores la disponibilidad
para configurar y administrar sus recursos
según las demandas actuales y potenciales del mercado. En
la tercera generación de las comunicaciones
inalámbricas se tendrán terminales multimedia que
deberán coexistir en un mundo de múltiples
estándares, interfaces y ambientes, para lo cual
deberán trabajar en modo múltiple y/o banda
múltiple. Esto requerirá células
inteligentes así como infraestructuras muy flexibles de
conmutación y transporte,
manteniendo el adecuado costo que
garantice el mercado
masivo. - Optimización de Costos:
Cada vez son mayores los requisitos para la utilización
de equipos pequeños y compactos, un bajo consumo de
potencia y
un prolongado tiempo de
respaldo de las baterías, excelente comportamiento en recintos abiertos y cerrados,
elevada capacidad, calidad en la
información y utilización de
tecnologías que ofrezcan el menor costo por
suscriptor. Se han desarrollado varias soluciones
dirigidas a optimizar el uso de los recursos:
operación de equipos en banda dual (en rangos de
frecuencias de celulares y a la vez en rangos de frecuencias de
PCS), uso de repetidores para ampliar el rango de cubrimiento
de las células
y su consecuente disminución del número de
estaciones base, uso de diferentes técnicas de acceso al
canal optimizando la forma de compartirlo entre diferentes
comunicaciones, así como la reducción de la
potencia de
transmisión de los equipos, entre otras. Los avances
tecnológicos al respecto no se detienen. - Nuevos servicios y capacidades: Para responder
a las necesidades de los clientes del
futuro será necesario un amplio rango de servicios
accesibles en una variedad de formas, habilitando nuevas
facilidades de voz y datos que
actualmente no están disponibles. El concepto de
"oficina
móvil" utilizando equipos de cómputo personales
inalámbricos en una Red de Area Extendida (WAN),
transmisiones de imágenes
en forma inalámbrica (ej: imágenes
médicas, mapas con
trayectorias de vehículos en tiempo real,
entre otros) serán una realidad y exigirán
mayores anchos de banda. Se impondrá de esta forma la
necesidad de proveer servicios de banda ancha,
a través de la interacción entre redes que
utilizan diferentes bandas y la red integradora del futuro,
IMT-2000.
1.5. ¿Cuáles son las
características de las tecnologías que soportan la
prestación de Servicios de Comunicación
Personal?
Se debe anotar que inicialmente se pensó que las
tecnologías PCS serían diferentes de las celulares,
pero con una connotación de mayor simplicidad y economía. No
obstante, la mayoría de los fabricantes han montado sus
sistemas PCS sobre estándares celulares.
En 1993 se constituyó un Comité
Técnico Conjunto (Joint Technical Committee, JTC) para
llegar a un acuerdo sobre 17 propuestas para la
estandarización de los PCS en Estados Unidos.
El Comité estaba conformado por la Asociación de la
Industria de
las Telecomunicaciones (Telecommunications Industry
Association, TIA), en representación de los fabricantes, y
por el comité T1 de la Alianza para Soluciones de
la Industria de
las Telecomunicaciones (Alliance for
Telecommunications Industry Solutions, ATIS), en
representación de los proveedores de
servicios. Después de un tiempo de
deliberaciones, surgieron siete estándares, los cuales
están fundamentados en diferentes tecnologías. Los
estándares resultantes se presentan en la siguiente
tabla.
ESTÁNDAR | CDMA Híbrido | IS-95 A | PACS | D-AMPS | PCS 1900 | PWT | W-CDMA |
Tecnología en la que está basado | Nueva propuesta | IS-95 CDMA | WACS- PHS | IS-136A | GSM | DECT | Versión Banda |
Tabla No. 1. Estándares propuestos para
PCS
- arquitectura de PCS:
Los sistemas PCS son considerados la tercera
generación de sistemas celulares, heredan
características de arquitectura de
su anterior generación, conocida como celulares digitales.
Las diferencias que se generaron en su constitución, proporciona el ofrecimiento
de nuevos servicios y suple las necesidades de alta movilidad
tanto de terminal, como personal.
A continuación presentamos la estructura
general de una red PCS, en la que visualizamos cinco componentes
principales:
- Terminal portátil (Terminales de mano o
instalados en automóviles). - Estación base ( Retransmite las
señales). - Oficina de conmutación inalámbrica
(Para la conmutación y el enrutamiento de las llamada
telefónica inalámbricas). - Base de datos (Almacena información de clientes y
otras celdas). - Conexión a la oficina central
PSTN.
Esta estructura de
red se puede ver como un sistema celular con arquitectura,
tanto microcelular celdas de menor tamaño, como
macrocelular que son celdas para cubrir áreas
geográficas extensas y de mayor demanda de
servicios que implica mayor cantidad de estaciones
base.
Las implicaciones técnicas incluyen numerosos
handoffs entre las celdas para mantener las llamadas de los
usuarios móviles y la necesidad de un alto procesamiento
de potencia.
Las redes PCS se dividen en tres sistemas
principales:
- Sistema de
conmutación.
El sistema de conmutación es responsable del
procesamiento de llamada y las funciones
relacionadas con el suscriptor. Este sistema incluye diferentes
unidades funcionales.
Registro de localización
propio(HLR). Base de datos para el almacenamiento y
la gestión
de los suscriptores. Almacena datos permanentes de los
suscriptores, incluyendo el perfil del servicio de suscriptor,
información de localización y los
estados de actividad.
Centro de conmutación móvil
(MSC) realiza las funciones de
conmutación de telefonía del sistema. Controla las
llamadas hacia y desde otro teléfono y sistemas de datos,
además de realizar funciones de
conexión de red, señalización de canal
común entre otros.
Registro de localización de
visitantes(VLR) Es una base de datos que
contiene información temporal sobre los suscriptores
que es utilizada por el MSC para atender a los suscriptores
visitantes. El VLR siempre se integra con el MSC. Cuando una
estación móvil se mueve en una nueva área
MSC, el VLR conectado a ese MSC pedirá datos sobra la
estación móvil al HLR. Después si la
estación móvil hace una llamada, el VLR
tendrá la información necesaria para la
configuración de la llamada sin tener que interrogar al
HLR en cada momento.
Centro de autenticación Proporciona
la autenticación y los parámetros de encriptacion
que identifican la identidad del
usuario y aseguran la confidencialidad de la llamada.
- Sistema de estacion base.
Todas las funciones de
interfaz de radio se realizan
en el sistema de estación base. El BSS esta compuesto
por:
Controlador de estación base:
Controla las funciones y
enlaces físicos entre el MSC y las BTS. Es un interruptor
de alta capacidad que proporciona funciones como el
handover, datos de configuración de celdas y control de los
niveles de potencia de las
frecuencias de radio en las
estaciones base transeptoras. Varios BSCs son atendidos por un
MSC.
Estación base transeptora: maneja
la interfaz de radio a la
estación móvil. Es el equipo de radio (antenas y
tranceptores) necesarios para atender a cada celda en la red. Un
grupo de BTSs
es controlado por un BSC.
- Sistema de soporte de operaciones.
El centro de operaciones y
mantenimiento
OMC se conecta a
todo el equipo en el sistema de conmutación y al BSS. La
implementaron de OMC es el sistema
de soporte de operaciones OSS.
El OSS es la entidad funcional con la que el operador de la red
supervisa u controla el sistema. El propósito del OSS es
ofrecer soporte rentable al cliente para las
actividades de operación y mantenimiento
centralizado, regional y local que se requieren para una red. Una
función importante de OSS es proporcionar una apariencia
global de la red y soportar las actividades de mantenimiento
de las diferentes operaciones y
organizaciones.
- Elementos funcionales
adicionales:
Centro de mensajes: nodo que proporciona
voz integrada, envión de facsímil y mensajes de
datos. Alguna de las funciones que
maneja el centro de mensajes son: servicio de mensajes cortos
(SMS), correo de voz, correo de facsímil, e-mail y
notificaciones.
Nodo de servicio móvil: maneja los
servicios móviles de red inteligente.
Unidad para interworking: la unida para
interworking consiste en el hardware y software que provee una
interfaz de comunicación con las diferentes redes
existentes. Atraves de esta unidad los usuarios pueden acceder a
los servicios prestados por una red de configuración
diferente aumentando de esta forma la cobertura de la
red.
2. ¿Cuál es el entorno
para la implantación de los servicios PCS en Colombia?
En un principio en Latinoamérica, a diferencia de
otras regiones del resto del mundo, los operadores han decidido
implantar el sistema AMPS (800 Mhz), el cual es el único
estándar analógico utilizado en USA. Esta
decisión tecnológica fue motivada por las
siguientes tres razones:
- El bajo costo de la
infraestructura y equipos terminales, en comparación con
otras tecnologías. - La posibilidad de realiza roaming con USA y entre
países de Latinoamérica. - Y por último, la enorme influencia que han
supuesto los fabricantes y operadores norteamericanos que
participaron en las primeras privatizaciones.
Teniendo en cuenta que próximamente
aparecerán los operadores de PCS en la banda de los 1900
Mhz, los actuales operadores de celulares en la banda de los 800
Mhz, piensan migrar hacia sus estándares hacia los
digitales. Eso con miras a poder prestar
servicios tipo PCS compitiendo con los operadores
celulares.
A continuación listamos los estándares
implementados en Latinoamérica:
- Tecnología TDMA: Conocida como Digital-AMPS.
Basada en los estándares IS-54 e IS –136. Se
caracteriza por poder operar
conjuntamente con sistemas analógicos, multiplicando por
tres la capacidad de la red analógica. - Tecnologías digitales como CDMA o incluso
GSM: Estos
sistemas se han implantado en menor medida por solo algunas
operadoras. Por ejemplo actualmente se está
experimentado con CDMA en Argentina,
chile,
Brasil y
Perú y se espera que en poco tiempo se
ingrese al servicio comercial. Su principal ventaja es que la
capacidad se puede aumentar de 6 a 10 veces respecto a los
sistemas analógicos. Su principal desventaja en su
inmadurez tecnológica y su alto costo de
terminales (por encima de los 400 dólares).
A la par los operadores de los sistemas PCS en
Latinoamérica también están definiendo la
tecnología
a implementar.
A manera de posible orientación, se presenta
enseguida las tres tecnologías básicas escogidas
por los operadores de PCS Norteamericanos.
- Updanded TDMA: Elegida por AT&T y south Western
Bell (SBS), que aparece como una solución atractiva para
los que ya tienen licencias de celulares operando con
tecnología TDMA. - CDMA: A pesar de sus bondades de capacidad, eficiencia
espectral, y mayor calidad, su mayor problema reside en la
puesta en marcha comercial de manera lenta. - PCS- 1900: esta tecnología se usa para ofrecer
el servicio celular actualmente en Europa y PCS
en el Reino Unido. Su infraestructura es de menor costo y
supone una adquisición de equipos de manera
rápida.
Con la disponibilidad de las tecnologías
celulares digitales de segunda generación y con la
"amenaza" que presentan los nuevos operadores de PCS, la
transición a la tecnología digital es un hecho que
tienen que enfrentar los actuales operadores Latinoamericanos que
operan en la banda de los 800 Mhz.
Según predicciones confiables, se espera que para
el año 2000 los clientes
celulares sean mayoritariamente de tecnología digital y
PCS (84 %).
A mediano plazo los operadores de telefonía
celular y/o PCS tendrán el deseo de competir con lo
operadores de la red fija, ya que el mercado
Latinoamericano es muy atractivo para los servicios de Wireless local
loop (WLL, circuito local inalámbrico), debido al bajo
nivel de la telefonía fija en algunos países. Ese
tipo de servicios estarán disponibles con
tecnología PCS.
La introducción de los servicios PCS en Colombia trae
consigo diferentes aspectos implícitos, tales como la
adjudicación de las licencias de operación, las
estrategias de
financiación y mercadeo a seguir
por parte de los proveedores y
la selección de la tecnología a utilizar. Estas y
otras condiciones hacen que el caso Colombiano sea especial con
respecto al experimentado en otros países para la entrada
de los Servicios de Comunicación Personal.
A diferencia de la mayoría de
países, PCS no entra al mercado como una
concepción innovadora que supera las limitaciones de las
tecnologías análogas existentes. En primera
instancia, el proceso que se
dio para la implantación de los PCS en la mayoría
de países que ya cuentan hoy con estos servicios
(especialmente en Norteamérica y Europa), es bien
diferente al caso colombiano. En estos países, el inicio
de los sistemas móviles fue la telefonía celular
análoga, cuyo desarrollo
estuvo fundamentado en tecnología totalmente
análoga, con las limitaciones como capacidad, calidad,
costos que ello
representa. Por tal motivo, se pensó en desarrollar
tecnologías totalmente digitales que permitieran mejorar
tales limitaciones e incluso incorporar características
mucho más avanzadas, las cuales son posibles gracias a la
digitalización. Bajo esa concepción nacieron en
aquellos países los Servicios de Comunicación
Personal, PCS, que entraron a competir en el mercado de los
sistemas móviles como una verdadera innovación para satisfacer necesidades
actuales y potenciales de los usuarios.
En Colombia, la
introducción de la telefonía celular se dio
tardíamente en relación con otros países
(1994). Esto repercutió en que los proveedores ya
tenían a su disposición tecnologías
digitales. La mayoría de ellos eligió entre la
tecnología IS-136 o la IS-54B, por lo cual la red celular
colombiana actual es casi totalmente digital. Esta
característica es la que le permite a los proveedores
celulares ofrecer diversos servicios que son considerados como
PCS, tales como contestador automático, identificador de
llamadas, llamada en espera, número único nacional
y transferencia de datos, entre otros.
Los actuales operadores celulares en Colombia cuentan
con ventajas significativas frente a nuevos proveedores
para servicios PCS, pues varios de los obstáculos ante los
cuales se enfrentan estos últimos ya han sido superados
por los celulares. Los futuros proveedores de
PCS en Colombia tendrán que entrar a competir en un
mercado en el que las empresas
celulares pueden prestar prácticamente los mismos
servicios y cuentan con una base de usuarios creciente e
importante, así como una red comercial desarrollada. De
esta forma, las posibilidades para los futuros proveedores
están fundamentadas en la prestación de un servicio
de alta calidad y en el ofrecimiento de tarifas más bajas,
pues éstos serán los criterios de escogencia que
tendrán los usuarios, ya que para ellos será
indiferente la banda de frecuencia o la tecnología
utilizada para prestar el servicio. Las tarifas más bajas
exigen a los proveedores
contar con un plan de
financiación adecuado, pues en condiciones normales de
inicio de funcionamiento de la red, es indispensable adoptar un
plan tarifario
adecuado, evitando el riesgo.
Como factor adicional a su favor, las celulares cuentan
con el contrato de
exclusividad por cinco años para la prestación de
servicios móviles, y es válido en acuerdo con el
gobierno hasta
1999. Esta situación fue la que determinó
inicialmente otorgar las licencias para la entrada en
funcionamiento de los PCS en Colombia, hasta después del 1
de septiembre de 1999, según Reglamentación que
circuló a principios de
abril pasado.
El número de posibles usuarios por
kilómetro cuadrado es relativamente bajo, con respecto a
la capacidad de manejo que tiene una red PCS. Por
tanto, el número de proveedores
del servicio, así como también la
regionalización a implantar, se deberán analizar
con cuidado, con el fin de que las nuevas empresas se vean
beneficiadas. La regionalización a adoptar en
Colombia para los PCS, es la misma que la escogida para los
celulares, es decir, se divide el país en tres zonas
geográficas: Oriental, Occidental y Costa
Atlántica, con dos operadores por región. La
selección de este esquema tiene una implicación
directa en la infraestructura necesaria, pues para lograr el
cubrimiento de tales zonas con una red PCS, se
necesitarían más estaciones base,
prácticamente el doble de las que requiere una red
celular, debido a que las altas frecuencias en que se
prestará el servicio (1900 MHz), implican distancias de
propagación más cortas y por ende, el área
de cobertura de las celdas disminuye. Esta regionalización
representaría más beneficios para los operadores
celulares que quieren entrar al negocio de los PCS, pues solo
tendrían que instalar las micro o picoceldas necesarias
para lograr una cobertura en aquellos sitios que lo
requieran.
3. El futuro inmediato en los mercados de
servicios de PCS.
De acuerdo con información difundida por la Oficina de
Medios y
Telecomunicaciones del Financial Times, cada tres
segundos, un nuevo suscriptor se añade a la cuenta de
algún servicio móvil de telecomunicaciones en
Estados
Unidos; en el resto del mundo lo mismo sucede cada segundo.
Tan sólo en el Reino Unido, se estima que las llamadas
originadas desde una terminal móvil aumentarán
5,000% entre los años 1994 y 2000, mientras que un 16% de
todo el tráfico de voz en el año 2000 será
inalámbrico –en 1996 este porcentaje fue de 3%. Se estima
también que entre 1996 y el 2005, el gasto en equipo de
infraestructura para PCS sumará un monto de $23,000
millones de dólares. En tanto, se espera que las ventas de
aparatos de PCS alcance la suma de $3,000 millones de
dólares en 1999 y que los ingresos por
servicios de PCS lleguen al monto de los $8,000 millones de
dólares. En vista de la creciente demanda de
comunicarse remotamente y de mantener acceso personalizado a los
nuevos servicios, la tecnología PCS se convertirá
en uno de los desarrollos más importantes de las
telecomunicaciones a nivel mundial. ¿Cuáles son los
motores del
crecimiento para el desarrollo de
este mercado?
3.1. Hallazgos clave:
- Se ofrecerán servicios PCS principalmente por
medio de la banda ancha
para PCS, o por medio de telefonía inalámbrica
avanzada. - La demanda
proyectada para los mercados
residencial e internacional/corporativo varía entre los
100 y los 500 millones para el 2005. - Actualmente, los países con servicios
comerciales para PCS son Reino Unido, Alemania,
Malasia, Suiza, Singapur, Tailandia y Estados Unidos;
mientras tanto, se espera que Canadá, Dinamarca,
Francia,
México, los Países Bajos, Hong
Kong, Japón y otros establezcan servicios de PCS durante
1996-1997. - PCS estará integrada por varias
tecnologías dominantes. Las favoritas en cuanto a
volumen de
demanda en
el mercado son GSM:
DCS-1800, PCS-1900, IS-661; PHS: IS-54/136 TDMA y CDMA. Desde
el punto de vista tecnológico, los sistemas basados en
GSM,
principalmente PCS-1900 y DCS-1800 dominarán el mercado
de consumo en
masa para comunicaciones personales al inicio del
próximo siglo. Los sistemas basados en CDMA
tomarán más tiempo en
establecerse y podrían requerir variantes de banda ancha
en frecuencias más altas para entrar con capacidad
incremental al mercado antes de volverse completamente
comerciales. - Los servicios PCS en modo dual podrían cerrar
la división entre PCS intramuros/extramuros de
área extensa y PCS de movilidad global. Los sistemas
GSM/DECT,
GSM/PHS y
CDMA-PACS, por ejemplo, comienzan a aparecer en el mercado en
la medida en que aumenta la demanda y
los precios
disminuyen. Los servicios de comunicación personal por
satélite (S-PCS), PCS de banda angosta (N-PCS) y PCS sin
licencia (U-PCS) formarán parte también de
la familia
más amplia de tecnologías y servicios PCS dentro
de segmentos y nichos de mercado de acuerdo con la demanda. - El crecimiento de PCS estará favorecido por
las oportunidades disponibles en áreas con poca
cobertura de sistemas de comunicación. Los adelantos en
poder de
procesamiento de cómputo y la integración a larga escala
abatirá los costos de
manufactura
y permitirá la creación de productos
PCS que sean atractivos y comercializables.
3.2. Últimas tendencias en el mercado
estadounidense:
De continuar las tendencias ya mencionadas de
caída de los costos en el
desarrollo de
las redes PCS, asi como los esquemas de competencia en
reducción de precios al
consumidor, los
servicios PCS podrían bien capturar una porción
significativa del actual mercado de suscriptores de operadores de
redes alámbricas locales. De aumentar esta tendencia, se
encuentran en riesgo ingresos de hasta
un 50% derivados de los cargos de acceso sensibles al
tráfico de uso que actualmente reciben los operadores
locales. Los factores que apoyan esta proyección
son:
- Los proveedores
de PCS podrían dirigir el cambio en
los mercados de
servicios celulares de telecomunicaciones si logran capturar
clientes
anteriormente suscritos a los actuales servicios de
telefonía celular y telefonía
alámbrica. - Esto debe forzar a los proveedores
de celular a digitalizar sus redes. - Los operadores alámbricos locales deber sacar
el máximo provecho de su actual infraestructura por
medio de paquetes de servicios integrales
al cliente que
incluyan acceso digital de alta velocidad a
gran ancho de banda. También deben expandir su rango de
operaciones
más allá del acceso local. - Se estima que los operadores locales podrían
perder un 5% de suscriptores para el año 2001, y hasta
un 25% para el 2005. - En cuanto a ingresos
derivados del tráfico en minutos por usuario,
podrían perder hasta un 20% para el año 2000 y
hasta un 50% para el 2003. - Más aún, los operadores de larga
distancia podrían incluso ganar la oportunidad de llegar
al mercado local sin tener que construir instalaciones
alámbricas por doquier, sin depender de la reventa y la
desagregación de redes, y sin pagar cargos de acceso que
actualmente absorben cerca del 50% de sus ingresos.
4. Marco Legal de Telecomunicaciones
para Colombia.
El Ministerio de Comunicaciones ha lanzado un proyecto que
comprende un estudio, el cual pretende establecer la
reglamentación general para la prestación de los
Servicios de Comunicaciones Personales (PCS), los principios para
la concesión de estos servicios, las obligaciones a
cargo de los operadores de los mismos y la asignación de
las bandas necesarias para la prestación de dichos
servicios.
Los Servicios de Comunicaciones Personales (PCS) se
clasifican como Servicios Básicos, de Valor Agregado
y Telemáticos, no domiciliarios y de cubrimiento nacional,
de conformidad con las leyes
vigentes.
Los operadores de Servicios PCS deben cumplir, al igual
que los operadores de los demás servicios de
Telecomunicaciones, con las reglas de acceso, uso e
interconexión de la red de Telecomunicaciones del estado y ser
vigilados por el Ministerio de Comunicaciones o la
Comisión de Regulación de Telecomunicaciones,
según el ámbito de sus competencias. La
interconexión debe proveerse ajustándose a las
normas de
calidad y homologación expedidas por organismos nacionales
o Internacionales.
4.1. Concesión:
La prestación de servicios PCS requiere de
concesión otorgada por el Ministerio de Comunicaciones de
conformidad con lo establecido en el decreto 1900 de 1990. La
concesión implica la asignación de una banda de
frecuencias especifica y la autorización para operar,
instalar, ampliar, renovar, ensanchar o modificar la red de
telecomunicaciones del estado.
Al igual que todas las concesiones, esta da lugar a un
canon fijo, que se paga a la firma del contrato de
concesión y un canon periódico,
equivalente a un porcentaje de los ingresos brutos
que percibe el concesionario par la prestación de los
servicios concedidos.
4.2. Condiciones Técnicas:
La prestación de los servicios PCS deben
ajustarse a los planes técnicos fundamentales de
señalización, sincronización,
numeración, tarificacion y enrutamiento establecidos en
los reglamentos. Se ha planteado que se realice a través
de dos (2) redes de telecomunicaciones de cubrimiento nacional
denominados red A y red B, los cuales utilicen las bandas
A-A’ y B-B’ (sub-bandas de la banda 1850 – 1990
Mhz) respectivamente, que hacen parte de la banda y corresponden
a:
Banda A: 1850 – 1865 Mhz | Banda A’: 1930 – 1945 Mhz |
Banda B: 1870 – 1885 Mhz | Banda B’: 1950 – 1965 Mhz |
Tanto la banda A como la A’ comprenden 30 Mhz,
igual que la Banda B y B’.
Tanto la red A como la red B deberán utilizar los
elementos de red de tres (3) sub-redes:
- Sub – Oriente: Interconecta los departamentos
de Cundinamarca, Santander, Norte de Santander, Huila, Tolima,
Meta, Boyacá, Putumayo, Caquetá, Vaupés,
Guaviare, Guainia, Vichada, Arauca, Casanare, San Andrés
y Providencia, Amazonas y el Distrito capital de
Santa Fé de Bogotá. - Sub –red Occidente: Interconecta los
departamentos de Antioquia, Valle del Cauca, Cauca,
Chocó, Nariño, Caldas, Risaralda y
Quindio. - Sub – Red Norte: Interconecta los departamentos
de Atlántico, Bolivar, Magdalena, Guajira, Sucre,
córdoba y cesár.
Las subredes que conforman la red Nacional A (B) deben
utilizar tecnologias compatibles, sin que esto implique que la
red nacional A y la red nacional B deban ser compatibles entre
si, pero, en todo caso, se debe garantizar el interfuncionamiento
de los servicios.
Las subredes Norte, oriente y Occidente correspondientes
tanto a la red Nacional A como a la red nacional B, pueden ser
operadas por operadores diferentes o por el mismo operador, de
acuerdo con los resultados del proceso de
selección objetiva, pero los concesionarios de la red
Nacional a deben ser diferentes de los de la red Nacional
B.
5. Lineamientos generales para la
concesión de los PCS y el permiso para el uso del espectro
radioeléctrico asociado a estos servicios.
- Objetivos:
- Beneficios para los usuarios: Permitir que los
usuarios se beneficien de una mayor oferta de
servicios, nuevos desarrollos tecnológicos y mejores
condiciones tarifarias. - Beneficios para el sector:
- Incremento de la competencia.
- Recursos para el Fondo de Comunicaciones destinados a
inversión social en
Telecomunicaciones. - Beneficios para el País:
- Generación de Industria y
empleo. - Oportunidades para la inversión extranjera.
- Recursos para el presupuesto
nacional.
- Por qué se requiere un Ley?
- Determinación de áreas para
asignación de espectro. - Inversión extranjera en
telecomunicaciones. - Se trata de un servicio que no corresponde
exactamente a los clasificados en el Decreto 1900. - Definición del procedimiento
de asignación del espectro. - Se fijan reglas de protección a los
usuarios. - Se destinan parte de los recursos para
el Fondo de Comunicaciones. - Se otorgan competencias a
la CRT.
- Por qué Ley especial
y no Ley de
Telecomunicaciones?
- La Ley general
aborda todos los temas relativos al sector, tales como:
organización sectorial, régimen de
operadores, de redes y servicios, régimen de competencia y
protección a los usuarios, aspectos que requieren un
amplio debate en el
sector y en el Congreso. - El Ministerio precisa continuar con los procesos de
desarrollo y
modernización del sector e incorporar un desarrollo
tecnológico maduro. - La Ley de PCS
trata un tema específico similar a la Ley 37 de
1993.
- Alcance de la Ley:
La Ley tiene por
objeto establecer las reglas para otorgar:
- Concesiones para la prestación de servicios
PCS. - Permisos para el uso del espectro
radioeléctrico atribuido para la prestación de
servicios PCS. - Autorizaciones para el establecimiento de la red
asociada a la prestación de los servicios
PCS.
- Redes de PCS:
- Se definen como las redes terrestres cuyo elemento
fundamental es el espectro radioeléctrico atribuido y
asignado para la prestación de los servicios
PCS. - Los operadores podrán determinar la
tecnología a utilizar, pero es todo caso
garantizarán la interconexión de sus redes y la
interoperabilidad de los servicios. - Este espectro radioeléctrico se utiliza en
células
geográficas y puede ser reutilizado dentro de cada
área de cubrimiento. - Las redes PCS deben interconectarse entre sí,
con la RTPC y con la RTMC, y pueden interconectarse con otras
redes de Telecomunicaciones de Estado.
- Prestación de los
servicios:
- El servicio está a cargo de la Nación:
Planeación, regulación, control,
vigilancia y prestación. - Se prestará en gestión directa o indirecta.
- Las concesiones pueden ser otorgadas a: Empresas
Estatales, Sociedades
Mixtas, Sociedades
Privadas. - Las concesiones se otorgarán mediante contrato.
- Principios Generales de la
Licitación:
- Igualdad y acceso democrático.
- Selección objetiva: Sometida al régimen
de licitación de Ley
80. - Adjudicación: Se hará por el sistema de
subasta. - Plazo de la Concesión y del Permiso: Diez
años prorrogables por un periodo igual. - Contraprestaciones económicas:
- Pago inicial: Determinado por la subasta, incluye el
valor de la
prórroga. - Pagos Periódicos (trimestrales): El monto
será calculado como un porcentaje fijo aplicado sobre
los ingresos.
- Normas y principios de
la subasta:
- Publicidad: El reglamento tendrá amplia
difusión, de manera previa a la iniciación del
procedimiento. - Transparencia: Los resultados parciales y finales
serán públicos. - Igualdad: Sólo podrán participar los
Proponentes que hayan cumplido con todos los requisitos y
condiciones exigidos en los términos de
referencia. - Valor mínimo: Será establecido por el
Ministerio para cada concesión antes de iniciar el
proceso. - Seriedad de las ofertas: Todas las ofertas
deberán estar respaldadas por una garantía de
seriedad.
- Condiciones de la prestación de los
servicios PCS:
- Se prestará en todo el territorio
Nacional. - Se establecen tres áreas de cubrimiento que
coincidan con las establecidas en la Ley 37 de
1993. - Se otorgarán inicialmente dos concesiones por
área. - Un proponente no podrá obtener las dos
concesiones en la misma área. - Los operadores de TMC o sus accionistas con
participación igual o superior al 20% del capital
social, sólo podrán obtener una de las dos
concesiones en las mismas u otras divisiones del
territorio. - Se prestarán sometidos a la regulación
del Estado en
condiciones de libre y leal competencia.
- Inversión extranjera:
- Los concesionarios deben ser personas
jurídicas constituidas en Colombia y sometidas a la
legislación Colombiana. - Se permite la inversión extranjera en esas personas
jurídicas. - Su régimen general es el de la ley 9 de
1991.
- Interconexión:
- Los operadores de PCS tienen derecho y
obligación de interconectar sus redes entre sí y
con las RTPCs y las RTMCs, además podrán
interconectarse con otras redes de Telecomunicaciones del
Estado. - Los operadores se someterán a reglas
técnicas y demás normas
referidas a las redes y servicios que expidan dentro de sus
competencias el
Ministerio de Comunicaciones y la CRT. - La interconexión e interfuncionamiento de las
redes y la interoperabilidad de los servicios. Se
someterá a los principios
generales acuerdo procederá la imposición de
servidumbre de acceso e interconexión a cargo de la
CRT.
- Fondo de Comunicaciones:
Los pagos periódicos que realicen los operadores
de PCS, son rentas que pertenecen al Fondo de Comunicaciones y
que se destinarán para el fomento de programas de
telecomunicaciones sociales.
6. PROYECTO DE
LEY No. de
1999
SERVICIOS PCS
(Presentado al Senado de la
República el 4 de mayo de 1999)
Por la cual se regula la
prestación de los Servicios de Comunicación
Personal PCS
EL CONGRESO DE COLOMBIA, DECRETA:
ARTICULO 1. OBJETO. La presente Ley tiene por
objeto fijar el régimen jurídico aplicable a los
servicios de comunicación personal PCS y establecer reglas
y principios
generales para otorgar Concesiones para la prestación de
los servicios PCS.
La concesión comportará adicionalmente el
permiso para el uso del espectro radioeléctrico atribuido
para la prestación de servicios PCS y la
autorización para el establecimiento de la red asociada a
la prestación de los mismos, conforme a los reglamentos
que expida el Ministerio de Comunicaciones.
ARTICULO 2. DEFINICION. Los servicios de
comunicación personal PCS son servicios públicos de
telecomunicaciones, no domiciliarios, móviles o fijos, de
ámbito y cubrimiento nacional, que se prestan haciendo uso
de una red terrestre de telecomunicaciones, cuyo elemento
fundamental es el espectro radioeléctrico asignado, que
proporcionan en sí mismos capacidad completa para la
comunicación entre usuarios PCS y, a través de
la interconexión con otras redes de uso público con
usuarios de dichas redes. Estos servicios permiten la
transmisión de voz, datos e imágenes
tanto fijas como móviles y se prestan utilizando las
bandas de frecuencias que para el efecto atribuya y asigne el
Ministerio de Comunicaciones.
ARTICULO 3. REDES DE PCS. Las redes de PCS son
redes de telecomunicaciones de uso público, que hacen uso
del espectro radioeléctrico asignado para prestar los
servicios de comunicación personal PCS, que
interconectadas entre ellas o a través de las redes de
telecomunicaciones de uso público permiten un cubrimiento
nacional.
El espectro radioeléctrico se utiliza en células
geográficas y puede ser reutilizado dentro de cada
área de cubrimiento.
ARTICULO 4. PRESTACION DE LOS SERVICIOS DE
COMUNICACION PERSONAL PCS. Los servicios de
comunicación personal PCS son responsabilidad de la Nación, quién
los podrá prestar en gestión
directa, o indirecta a través de concesiones otorgadas
mediante contratos a
empresas
estatales, sociedades
privadas o de naturaleza
mixta.
ARTICULO 5. PRINCIPIOS
GENERALES DE LA CONTRATACION. Los contratos
estatales de concesión se adjudicarán previo el
trámite de licitación pública, de acuerdo
con los requisitos, procedimientos,
términos y demás disposiciones previstas en la Ley
80 de 1993, o las normas que la
sustituyan, modifiquen o adicionen, en especial las contenidas en
la presente Ley.
En ningún caso se podrá adjudicar el
contrato de
concesión a través del sistema de
contratación directa originado en la declatoria de
urgencia manifiesta, en los términos del literal f del
artículo 24 de la Ley 80 de 1993.
El acto de adjudicación se realizará por
el procedimiento de
subasta y tendrá lugar en audiencia
pública.
En todo caso, para la licitación,
concesión y operación del servicio se
deberán observar los principios de
igualdad,
acceso democrático y trato no discriminatorio.
Teniendo en cuenta que los servicios de
comunicación personal PCS son de ámbito y
cubrimiento nacional y que el espectro radioeléctrico es
un bien público de la Nación, la competencia para
otorgar la concesión le corresponde a la Nación a
través del Ministerio de Comunicaciones. Corresponde al
Ministerio de Comunicaciones, en cumplimiento de sus objetivos y
funciones,
adelantar los procesos de
contratación a que se refiere la presente Ley y velar por
el debido cumplimiento y ejecución de los contratos
celebrados.
ARTICULO 6. PLAZO DE LA CONCESION. El plazo de la
concesión para la prestación de los servicios PCS
es de 10 años prorrogable por un período
igual.
ARTICULO 7. NATURALEZA DE LOS
CONCESIONARIOS. Los contratos de
concesión para prestar servicios PCS sólo
podrán celebrarse con personas jurídicas de derecho
público o con sociedades
privadas o mixtas constituidas en Colombia, de acuerdo con las
leyes
colombianas y con domicilio principal en este país,
especializadas según su objeto social en la
prestación de servicios de telecomunicaciones.
Parágrafo 1. Las sociedades de
que trata este artículo deben ser sociedades
anónimas y deben inscribir sus acciones en
una de las bolsas de valores
nacionales, en un plazo no mayor a tres (3) años contados
a partir del perfeccionamiento del contrato de
concesión. La Superintendencia Nacional de Valores
vigilará el cumplimiento de lo dispuesto en este
parágrafo.
Parágrafo 2. En las sociedades
mixtas podrán participar directa o indirectamente,
entidades descentralizadas de cualquier orden administrativo que
tengan a su cargo la prestación de servicios
públicos de telecomunicaciones. Las entidades
descentralizadas del orden nacional que presten servicios de
telecomunicaciones, quedan autorizadas por la presente Ley, para
participar directa o indirectamente en estas sociedades.
ARTICULO 8. MODIFICACION DE LA CONCESION.
Después de cinco años de otorgadas las concesiones,
en aquellos municipios donde no se esté utilizando el
espectro radioeléctrico asignado o no se tenga un plan de
utilización para los cinco años siguientes, se
perderá el permiso en esos municipios y el Ministerio de
Comunicaciones podrá reatribuir y reasignar el espectro
para la prestación de servicios de
telecomunicaciones.
ARTICULO 9. DE LA CONTRATACION. El Ministerio de
Comunicaciones seguirá las siguientes reglas generales
para el procedimiento de
selección de los contratistas y para el acto de
adjudicación:
- Difusión del procedimiento. El reglamento que contenga
las reglas y principios
aplicables al procedimiento
para la concesión y a la reglamentación de las
audiencias para la adjudicación, tendrá amplia
difusión, según los mecanismos que determine el
Ministerio de Comunicaciones. Esta difusión se
realizará de manera previa a la iniciación del
procedimiento
de selección objetiva de los concesionarios.El Ministerio de Comunicaciones informará al
público cuales proponentes cumplieron con los
términos de referencia, por un medio de
comunicación de amplia circulación y
difusión, antes de efectuarse el procedimiento
de subasta.El Ministerio de Comunicaciones deberá
informar al público por un medio de
comunicación de amplia circulación y
difusión el resultado de la
adjudicación. - Transparencia. Toda la documentación
relativa al proceso
será pública, salvo en los casos que haya expresa
reserva legal. Los resultados parciales y finales se
publicarán de acuerdo con los términos
señalados en los reglamentos. - Términos de referencia. El Ministerio
de Comunicaciones elaborará los términos de
referencia en los cuales podrá establecer las
condiciones mínimas jurídicas, administrativas,
técnicas, económicas y demás que estime
convenientes, que obligatoriamente debe cumplir cada uno de los
proponentes para poder
participar en el procedimiento
de subasta. El cumplimiento de dichas condiciones no
otorgará derecho diferente al de poder
presentar ofertas económicas. - Audiencia pública previa al procedimiento
de subasta. De acuerdo con los términos del
reglamento, el Ministerio de Comunicaciones realizará
una audiencia pública para:
- Explicar el contenido de la
reglamentación, - Permitir que los interesados presenten sus
observaciones, y - Realizar los ajustes pertinentes a la
reglamentación si es necesario.
- Audiencia pública de subasta. De
acuerdo con los términos del reglamento, el Ministerio
de Comunicaciones realizará el procedimiento
de subasta y de adjudicación de concesiones en audiencia
pública. - Valor mínimo. El Ministerio de
Comunicaciones fijará el valor
mínimo a ofertar para cada una de las
concesiones. - Garantía de seriedad de las propuestas.
Los proponentes deberán otorgar garantías de
seriedad para sus propuestas y para tal efecto el Ministerio
de Comunicaciones establecerá el valor base
de las mismas. El Ministerio de Comunicaciones podrá
ordenar ampliar el plazo o el valor de
las garantías en cualquier momento dentro del procedimiento
de subasta.El pago inicial será el que el proponente
ofertó en el procedimiento de subasta y por el cual se
le adjudicó la concesión.La prórroga del contrato de
concesión no generará el pago de nuevas
contraprestaciones iniciales, pero durante el plazo de la
misma, el concesionario deberá pagar las
contraprestaciones periódicas establecidas en la
presente Ley.Los pagos periódicos se calcularán
como un porcentaje de los ingresos que
reciban los operadores de sus usuarios por concepto de
la prestación de estos servicios. El valor de
estos pagos periódicos incluye la
contraprestación por el uso del espectro
radioeléctrico asignado para los servicios PCS. Este
porcentaje será fijado por el Gobierno
Nacional. - Contraprestaciones económicas. Los
concesionarios de la prestación de servicios PCS
deberán realizar un pago inicial y pagos
periódicos. - Adjudicaciones en casos especiales. En caso
que se presente una sola propuesta para una concesión,
el Ministerio de Comunicaciones podrá hacerle la
adjudicación de la concesión a dicho proponente,
siempre y cuando reúna las condiciones y requisitos
exigidos.
En el evento que no se presente proponente alguno para
una concesión, o que presentándose uno o varios
proponentes no cumplan con las condiciones y requisitos
exigidos, podrá adjudicarse a un proponente de la otra
concesión, dentro de la misma área, según
el orden de calificación de su oferta
económica, en todo caso cumpliendo con las condiciones
establecidas en la presente Ley, en especial las previstas en
el artículo 11.
ARTICULO 10. CONDICIONES EN QUE SE DEBERAN PRESTAR
LOS SERVICIOS DE COMUNICACION PERSONAL PCS. De conformidad
con la Constitución y la Ley, el Gobierno Nacional
reglamentará las condiciones en que se deberán
prestar los servicios de comunicación personal PCS
teniendo en cuenta, entre otros, los siguientes
criterios:
- El servicio se prestará en todo el territorio
nacional, tanto en zonas urbanas como rurales. - Las concesiones para la prestación de
servicios de comunicación personal PCS se harán
conforme con la atribución de bandas de frecuencias que
realice el Ministerio de Comunicaciones. - Los servicios PCS se prestarán sometidos a la
regulación del Estado en
condiciones de libre y leal competencia, en
especial los operadores se abstendrán de ejercer
prácticas monopolísticas o restrictivas en
cualquier sentido de la competencia.
ARTICULO 11. CONCESIONES INICIALES. Inicialmente
se otorgarán dos concesiones para la prestación de
servicios de comunicación personal PCS, en cada una de las
áreas Oriental, Occidental y la Costa Atlántica,
las cuales corresponden a las establecidas para la
prestación de los servicios de telefonía
móvil celular en la Ley 37 de 1993 y sus reglamentos. De
esta manera, la asignación de frecuencias se hará
de forma que atienda esta división especial del territorio
nacional.
Estas concesiones se otorgarán dentro de los
límites de esta Ley, en los términos y
oportunidades que para el efecto establezca el Gobierno
Nacional, sujeto a las siguientes normas:
- Para adjudicar estas concesiones, el Gobierno
Nacional aplicará entre otras, las siguientes reglas
para cada una de las áreas:
- Ninguna persona
jurídica pública, privada o mixta, podrá
directa o indirectamente obtener las dos concesiones de un
área en el procedimiento de
adjudicación. - Los Operadores de servicios de telefonía
móvil celular -TMC – sólo podrán
participar y obtener una de las dos concesiones y siempre que
no presten servicio de TMC en dicha área. - Los Operadores de servicios de telefonía
móvil celular -TMC- no podrán participar
directa ni indirectamente como accionistas de sociedades
que participen y obtengan las concesiones de PCS para la
misma área donde prestan el servicio dichos operadores
de TMC. - Los accionistas de empresas
operadoras de TMC, sus empresas
matrices,
filiales o subordinadas, que tengan individual o
conjuntamente más del 20% del capital
social de los operadores de TMC no podrán participar
ni obtener una concesión para la prestación de
servicios PCS en la misma área que presta servicios
dicho operador de TMC.
- Durante los primeros tres años de
concesión para la prestación de servicios PCS
contados a partir del perfeccionamiento del correspondiente
contrato, se
aplicarán las siguientes condiciones para cada una de
las áreas:
- Un operador de TMC no podrá tener
participación directa ni indirecta en un concesionario
de PCS que preste servicios dentro de la misma área
donde opera el servicio de TMC. - Los accionistas de empresas
operadoras de TMC, sus empresas
matrices,
filiales o subordinadas, que tengan individual o
conjuntamente más del 20% del capital
social de los operadores de TMC no podrán participar
en el capital
social de los concesionarios de PCS que prestan servicios en
la misma área donde opera dicho operador de
TMC. - Un concesionario de PCS no podrá tener
participación directa ni indirecta en un operador TMC
o en un operador de PCS que presta servicios dentro de la
misma área. - Los accionistas de concesionarios de PCS, sus
empresas
matrices,
filiales o subordinadas, que tengan individual o
conjuntamente más del 20% del capital
social de los concesionarios de PCS no podrán
participar en el capital
social de los operadores de TMC o de los concesionarios PCS
que presten servicios en la misma área que presta
servicios dicho concesionario de PCS.
ARTICULO 12. NUEVAS CONCESIONES. Sólo se
otorgarán nuevas concesiones, adicionales a las previstas
en el artículo 11, para la prestación de servicios
PCS que se regulan en la presente Ley después de cinco
años contados a partir del otorgamiento de la primera
concesión prevista en el artículo 11 y para ello se
podrá tomar en cuenta la distribución ordinaria del territorio tanto
de entidades territoriales como administrativas o la prevista en
la presente Ley. El mecanismo de otorgamiento de la
concesión en este caso será el previsto por la Ley
para servicios PCS.
En desarrollo del artículo 75 de la Constitución Política, el Gobierno Nacional
podrá establecer los requisitos y condiciones que
deberán cumplir las empresas para
participar y obtener las concesiones de que trata este
artículo, garantizando en todo caso la promoción de la competencia y
evitando las prácticas monopolísticas en el uso del
espectro.
ARTICULO 13. INVERSION
EXTRANJERA. La inversión extranjera en las personas
jurídicas que presten servicios de comunicaciones
personales PCS regulados en la presente Ley, se regirá por
la Ley 9 de 1991 y las normas que la
modifiquen o complementen y no tendrá más
limitaciones que las señaladas en esas
disposiciones.
ARTICULO 14. GESTION Y CONTROL DEL
ESPECTRO RADIOELECTRICO. De conformidad con los
artículos 75, 101 y 102 de la Constitución Nacional, corresponde al
Ministerio de Comunicaciones atribuir y asignar las frecuencias
para la prestación de los servicios de comunicación
personal PCS, definir su cubrimiento y señalar las
demás condiciones dentro de las cuales se prestarán
dichos servicios.
ARTICULO 15. GARANTIAS DE INTERCONEXION, DE ACCESO Y
COSTO. El
Ministerio de Comunicaciones y la Comisión de
Regulación de Telecomunicaciones en el ámbito de
sus competencias
expedirán las reglas técnicas y demás
normas a que
se someterán las redes y los servicios.
La interconexión e interfuncionamiento de las
redes y la interoperabilidad de los servicios, se someterá
a los principios
generales aplicables a todos los operadores de servicios
públicos de telecomunicaciones.
Los operadores de los servicios de comunicación
personal PCS tendrán el derecho y la obligación de
interconectar sus redes entre sí, y con las redes de
telefonía pública básica conmutada -RTPBC- y
las redes de telefonía móvil celular -RTMC-, que se
encuentren establecidas en el país, para efectos de la
interconexión de los elementos de sus propias redes y para
el manejo de su tráfico. Esta interconexión se
someterá al principio de acceso igual –cargo igual,
en virtud del cual los operadores de la RTPBC y los operadores de
la RTMC están obligados a prestar la interconexión
en condiciones técnicas y económicas iguales a todo
operador de servicios de comunicación personal PCS que lo
solicite.
Los operadores de los servicios de comunicación
personal PCS podrán interconectarse con las demás
redes de telecomunicaciones de uso público.
Los operadores de redes de telefonía
pública básica conmutada y de redes de
telefonía móvil celular, que sean socios en
empresas
prestatarias de los servicios de comunicación personal
PCS, no darán a estas empresas
condiciones técnicas y económicas ventajosas, en
relación con las que ofrezca a las demás empresas
prestatarias de los servicios de comunicación personal
PCS.
Idéntico derecho de garantía de
interconexión y acceso tendrán los operadores de
las redes de telefonía publica básica conmutada y
telefonía móvil celular en relación con los
operadores de servicios de comunicación personal
PCS.
Las redes para la prestación de servicios PCS se
interconectarán a las redes de telefonía
pública conmutada y a las redes de telefonía
móvil celular establecidas en el territorio colombiano, en
los puntos en que las partes acuerden, siendo por cuenta del
operador de servicios PCS todos los equipos requeridos para la
interconexión a la central de conmutación de la red
de telefonía pública conmutada o de la red de
telefonía móvil celular, y se ceñirán
a los planes de señalización, numeración,
tarificación, enrutamiento y en general a los planes
técnicos básicos que elabore el Gobierno
Nacional.
Parágrafo. La contravención a lo
dispuesto en este artículo será sancionada por la
Comisión de Regulación de Telecomunicaciones.
Según el caso, la CRT podrá sancionar, tanto al
operador de la red telefónica pública conmutada o
de la red de telefonía móvil celular que haya
ofrecido condiciones ventajosas, como al operador de los
servicios PCS que las haya aceptado.
Las sanciones consistirán en multas hasta por mil
salarios
mínimos legales mensuales, cada una, según la
gravedad de la falta, el daño producido y la reincidencia
en su comisión, sin perjuicio de las acciones
judiciales que adelanten las partes.
ARTICULO 16. COMISION DE REGULACION DE
TELECOMUNICACIONES. La CRT será el organismo
competente para promover y regular la competencia entre
los operadores de servicios PCS entre sí y con otros
operadores de telecomunicaciones, fijar el régimen
tarifario, regular el régimen de interconexión,
ordenar servidumbres en los casos que sea necesario, y dirimir en
vía administrativa los conflictos que
se presenten entre los operadores de PCS, o entre éstos y
otros operadores de telecomunicaciones.
La CRT expedirá las normas que
regulan la interconexión entre operadores PCS entre
sí y de éstos con operadores de la RTPBC y la RTMC,
garantizando los principios de
neutralidad y acceso igual-cargo igual.
ARTICULO 17. FONDO DE COMUNICACIONES. Los pagos
periódicos que realicen los operadores de PCS son rentas
que pertenecen al Fondo de Comunicaciones y que se
destinarán para el fomento de programas de
telecomunicaciones sociales.
ARTICULO 18. PROTECCION A LOS USUARIOS DE LOS
SERVICIOS PCS. El Gobierno Nacional
desarrollará el régimen de derechos y obligaciones
de los usuarios de los servicios PCS y establecerá el
reglamento de protección a los mismos, en el cual
reconocerá a éstos:
- Derecho a libre elección del
operador - Derecho a la medición
- Derecho a la protección
- Derecho a reclamar
- Derecho de acudir a las autoridades
- Derecho a la información
- Derecho a la protección contra publicidad
indebida - Derecho contra conductas restrictivas, abusivas o
desleales - Derecho a trato equitativo
- Derecho a la inviolabilidad y secreto de las
comunicaciones
ARTICULO 19. APLICACION LEGISLATIVA. En lo no
previsto en esta Ley, se aplicará lo dispuesto en la Ley
80 de 1993, la Ley 72 de 1989, el Decreto Ley 1900 de 1990, el
Decreto Ley 1901 de 1990, el Decreto 2122 de 1992, Ley 422 de
1998, y demás normas que los
adicionen, modifiquen o sustituyan.
ARTICULO 20. VIGENCIA. La presente Ley rige a
partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que sean
contrarias.
- CONCLUSIONES
- En síntesis, el proceso de
reglamentación que el Gobierno adopte
para la implantación de los PCS en el país,
deberá tener en cuenta los aspectos tratados en
este trabajo, con el fin de evitar la monopolización de
este sector de las telecomunicaciones, así como
también para lograr que la entrada de estos servicios
represente una verdadera opción para el usuario final y
una sólida base para los sistemas de comunicación
que necesita el país para armonizar con el
futuro. - De continuar las tendencias ya mencionadas de
caída de los costos en el
desarrollo de las redes PCS, asi como los esquemas de competencia en
reducción de precios al
consumidor,
los servicios PCS podrían bien capturar una
porción significativa del actual mercado de suscriptores
de operadores de redes alámbricas locales. - Gran parte de las ventajas de los sistemas PCS radica
en que están interconectadas a las redes
heterogéneas como CATV(cable televisión), RDSI, red celular,
CDPD(celular digital packet data), etc. Favoreciendo la
movilidad de terminal y personal. - Desde el punto de vista de los servicios ofrecidos
por PCS no hay diferencias con los celulares digitales. Ambas
modalidades tecnológicas que tienen asignados sus
respectivas bandas de operación, poseen las
potencialidades, para el desarrollo de servicios nuevos y
diversificados que compiten por satisfacer al cliente sus
necesidades. - La modernización en los sistemas de
comunicación en Colombia implica tener presente los
sistemas PCS. - PCS es un termino fascinante para nuevos consorcios e
inversionistas que desean entrar en el mundo del futuro mercado
de telecomunicaciones en Colombia. - La tendencia en los servicios y sistemas de
comunicaciones móviles inalámbricos conllevan a
una elevada movilidad y personalización.
- BIBLIOGRAFÍA
- Sistemas de Comunicación Personal y
Tecnologías Digitales Inalámbricas:
Estado del Arte y
Situación en Colombia. CINTEL. Santa Fe de Bogotá,
septiembre de 1996. Centro de Documentación de las
Telecomunicaciones -CDTEL-, CINTEL.
- CINTEL: Más de dos años contribuyendo a
la implantación de los Servicios
de Comunicación Personal PCS en Colombia. CINTEL.
Santa Fe de Bogotá, enero de 1998. Centro de
Documentación de las Telecomunicaciones -CDTEL-,
CINTEL.
- Estudio de Prefactibilidad
Técnico-Económico para Establecer una Empresa de
Servicios PCS. CINTEL. Santa Fe de Bogotá, junio de
1998. Centro de Documentación de las Telecomunicaciones
-CDTEL-, CINTEL. - IEEE Communications. "Personal Communications
Services", Vol. 34 No. 3,9,12. 1996. - Proyecto del Decreto Reglamentario para los PCS en
Colombia. División de Planeación. Oficina
Internacional. Documento de Trabajo, enero 6 de 1998.
Ministerio de Comunicaciones de Colombia. - ERICSSON, "Comparison of D-AMPS 1900 & IS-95
CDMA",
- SPC–Servicios Personales de
Comunicación.
http://www.red.com.mx/enero97/esp3.html
- *CINTEL, Servicios de
Información en Telecomunicaciones. La información
obtenida de CINTEL es un trabajo que es resultado de estudios
tecnológicos, estratégicos y regulatorios
efectuados por CINTEL en torno a la
implantación de PCS en Colombia. El documento fue
elaborado por la ingeniera Luz Victoria
Díaz Rodríguez, consultora asociada de CINTEL,
con la colaboración del ingeniero Mario Castaño
González, gerente de
la Oficina de
Planeación de CINTEL. - httt://www.mincomunicaciones.gov.co/
- Personal Communications Services (PCS)
Tutorial,
httt://wedproforum.com/iec06/full.html
UNIVERSIDAD DEL CAUCA
DE INGENIERIA ELECTRONICA Y
TELECOMUNICACIONES
POPAYAN
Autor:
Hector Mora