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La educación en un medio carcelario




Enviado por Mariana Benavidez



     

    Introducción

    La pregunta ¿para qué una escuela en la cárcel?
    recibió, a lo largo de la época estudiada, diferentes
    respuestas: la ignorancia genera delincuentes y el delito es producto del medio social,
    la educación ayuda a la
    socialización y
    reinserción en la sociedad, capacita
    laboralmente al preso y, mucho más recientemente, porque la
    educación beneficia al detenido colaborando con la
    disminución de la pena. Asimismo, ya que se inscribe en la
    modalidad de la educación de Adultos, nos remite a un
    aspecto básico de la misma: el analfabetismo.

    Cuando trasladamos esta pregunta a la realidad de la
    cárcel de Río Gallegos en la época territoriana
    nos enfrentamos, además, a la duda acerca de la época
    en que se inauguró la escuela en la misma y la continuidad
    de su primera creación. El objetivo de esta ponencia es
    brindar una primera aproximación a la problemática de
    la educación carcelaria en Río Gallegos, sus
    características, evolución y objetivos, en el marco de un
    Proyecto de Investigación
    que está en sus inicios. (1)

     

    La Educación de Adultos
    Carcelaria

    Si analizamos históricamente la modalidad educativa
    de adultos observamos que el concepto de Adulto, antes que
    centrarse en el aspecto etario presente en las definiciones de
    los diccionarios (2) se
    asoció, y en ocasiones fue reemplazado, con otros tales como
    analfabeto, ineducado, ignorante, inmigrantes y
    obreros.

    Más recientemente, estudiosos del tema como Silvia
    Brusilovsky han coincidido en que el "adulto de la educación
    es un eufemismo que oculta que el destinatario es "un 'marginado
    pedagógico' que pertenece a sectores sociales subordinados,
    lo cual es bastante independiente de su edad cronológica " .
    La misma autora concluye en que "el adulto de la educación
    de adultos no se define por su edad ni por el grado de desarrollo de sus capacidades.
    Es, simplemente, un marginado del sistema escolar, al que el
    discurso pedagógico
    dominante construye como un sujeto carenciado" . (3)

    Continuando con estas asociaciones de conceptos, es
    interesante resaltar que, en el caso de la educación de
    adultos carcelaria, objeto de nuestro estudio, se relacionaba la
    falta de educación con el delito (4) y que en la misma se
    suman dos marginaciones: la del origen social del detenido ya que
    en su mayoría pertenecen a los sectores populares, y la del
    ámbito penitenciario en el que se encuentra. (5)

    Aunque en una investigación anterior (6)
    realizamos una periodización referida a la educación de
    adultos, en el caso que nos ocupa la misma no puede ser utilizada
    textualmente ya que, por encima del aspecto educativo, la
    realidad carcelaria fue sufriendo las modificaciones,
    ideológicas y políticas de la ideología criminalística. Debemos
    tener en cuenta también que en la realidad penitenciaria,
    independientemente de la época de que se trate, el objetivo
    máximo es el de la seguridad y a él se
    subordinan todos los otros aspectos, tanto los educativos,
    laborales, sanitarios o espirituales.

    Sin embargo, podemos señalar algunos momentos
    importantes en el campo de la educación penitenciaria. El
    primero de ellos es el de la Ley de Educación Común
    de 1884 que le dedicó los artículos N° 11 (7) y
    N° 12 (8). A los inconvenientes sufridos por esta
    modalidad en su implementación lo que provocó sucesivas
    reformas sin que se alcanzaran, a decir de sus estudiosos,
    resultados satisfactorios, debemos agregar el hecho de que la
    misma se sancionó en pleno auge del positivismo que manifestó
    una gran preocupación sobre la delincuencia y sus
    influencias, como muestra Caimari. (9) El
    positivismo se ha asociado a las ansiedades de las élites
    hegemónicas latinoamericanas de cristalizar un orden social
    en el marco de las necesidades políticas y económicas
    del proceso de constitución de las
    economías exportadoras primarias latinoamericanas, y la
    criminología positivista,
    más que una corriente de pensamiento con
    metodologías, clasificaciones, e hipótesis nuevas,
    constituyó una configuración de saber-poder nuevo que coadyuvó
    a crear nuevas perspectivas desde donde cuestionar y examinar los
    problemas sociales en la
    Argentina. (10) Aunque la criminología positivista
    consideraba necesaria la educación para la conversión
    del delincuente, aunque en menor medida que el trabajo, la realidad
    muestra que en la primera década del siglo XX sólo la
    mitad de los establecimientos penitenciarios contaban con una
    escuela y la mayoría que no lo tenía correspondía
    a las cárceles de los Territorios Nacionales.
    (11)

    Podemos señalar como segundo momento la
    sanción de la Ley N° 11.833 (1933) de Organización Carcelaria y
    Régimen Penal que creó la Dirección General de
    Institutos Penales. En el aspecto educativo esta Ley
    establecía que " el régimen correccional tendería
    a desenvolver en el recluso su educación instructiva con la
    finalidad de contribuir a la formación positiva de la personalidad por la
    captación de conocimientos " y en la creencia de que la
    educación primaria " cooperaba con la modificación de
    la conducta por la cultura intelectual".
    (12)

    Un tercer momento se encuentra inscripto en la nueva
    concepción de la prisión sustentada por el peronismo, (13) e implementada
    por la Dirección General de Institutos Penales presidida,
    hasta su intervención por la Revolución Libertadora el
    28.9.1955, por Roberto Pettinato (14).Si bien
    continuó siendo prioritario el aspecto laboral (15) ,se
    desarrolló una tarea de reorganización y promoción de la
    educación. (16)

    En ese marco se inscribe la aprobación, en
    noviembre de 1948, del Reglamento y Programas de Estudios para las
    Escuelas de Adultos dependientes de la Dirección General de
    Institutos Penales de la Nación para cumplir con
    la ley 11.833, en la que se proponía " la armonía que
    debe existir entre la instrucción y la educación del
    pueblo con el progreso económico, social y político de
    la nación " . (17) Asimismo
    se reorganizó el aspecto educativo en las cárceles (18)
    tendiente a asegurar prioritariamente la asistencia a la escuela
    de los analfabetos y semi analfabetos tratando de que las otras
    actividades no interfirieran con el horario de la escuela. Se
    implementaron formularios en los cuales se
    debía volcar toda la información referida al
    personal designado, el nivel
    de instrucción de los internos y la asistencia a la escuela.
    Las actividades no se limitaban a lo meramente escolar sino que
    se trataba de promover los actos de difusión cultural, "
    procurar el aprovechamiento educativo de los momentos libres del
    recluso con la finalidad de que el descanso no se transforme en
    ocio " (19).

    Además de los libros de lectura (20) ,las
    bibliotecas, a cargo del maestro
    director de la escuela, contaban con un variado material de
    consulta para los internos. Colaborando con esta política cultural se distribuía
    gratuitamente el periódico " El Domingo "
    (21) que contenía artículos elaborados por el personal
    penitenciario, especialmente los docentes, con fines
    instructivos (22). A comienzos del año 1947 su
    nombre fue cambiado por el de " Mañana " (23) y luego, con
    la Revolución Libertadora, se le restituyó su nombre
    original. (24)

    Y, aunque escapa al período estudiado, no podemos
    dejar de señalar la nueva concepción que sobre la
    educación en la cárcel tiene la Ley N° 24660 de
    Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad (1996) que establece
    que la educación es un derecho del interno y que beneficia
    al detenido colaborando con la disminución de la pena. Hasta
    la sanción de esta Ley el Servicio Penitenciario Federal
    se comprometía solamente a cumplir con la obligatoriedad
    establecida por la Ley de Educación Común N° 1420.
    Debido a que la Ley 24.660 considera a la educación como una
    herramienta fundamental en el progreso del detenido(lo que se
    traduce en beneficios concretos en cuanto a la evaluación del mismo por
    parte de las autoridades),el Servicio Penitenciario Federal
    alienta actualmente a que éstos continúen con los
    estudios secundarios.

     

    La Escuela de la Cárcel
    de Río Gallegos

    La cárcel de Río Gallegos, cuyas instalaciones
    no fueron construidas con tal fin, fue habilitada como tal en
    1900. Inicialmente tuvo una población muy reducida,
    treinta y tres según el censo de 1906, que fue aumentando
    con el correr de los años llegando a alcanzar a una
    población entre doscientos y doscientas cincuenta personas
    (25). En sus comienzos el servicio de custodia
    y seguridad de la cárcel era cumplido por un piquete del
    Regimiento 2 de Infantería compuesto de 30 hombres de tropa.
    Si bien la educación no estuvo presente desde los
    orígenes, ya que la escuela comenzó a funcionar en
    forma regular recién desde 1921, sí lo estuvo el
    trabajo de los presos que
    generalmente se realizaba en la vía publica y a pedido de la
    Municipalidad. (26) Este aspecto laboral responde claramente a la
    criminología positivista que consideraba que las
    cárceles debían transformarse en verdaderas
    clínicas criminológicas donde los delincuentes
    recibieran un trato individualizado destinado a modificar sus
    actitudes antisociales y
    delictivas y en las que el concepto central para su
    reeducación era el trabajo. Por tal motivo, entre los
    años 1900 y1920, tanto en las prisiones como en las colonias
    agrícolas para menores y en las casas de corrección de
    mujeres el trabajo forzado apareció como el método reformista por
    excelencia para hacer internalizar en el detenido hábitos
    compatibles con el trabajo asalariado " . (27)

    Un primer acercamiento a la población carcelaria de
    Río Gallegos muestra una coincidencia con las
    características de los internos en la Penitenciaría
    Nacional estudiados por Caimari así como los de la
    cárcel de Neuquén estudiados por Bohoslavsky (28) y
    Casullo (29) que señalan un perfil del delincuente ligado a
    la precariedad social y la inestabilidad laboral. En el caso de
    la Penitenciaria la autora señala una " sobre
    representación " de inmigrantes italianos o españoles;
    en las australes (30) , esta " sobre representación " era de
    chilenos, lo que estaba más acorde con la realidad
    socio-económica de estos Territorios. También podemos
    señalar, en concordancia con la realidad del Neuquén,
    que también en la cárcel de Río Gallegos las
    reformas positivistas chocaban con las graves carencias en cuanto
    al personal calificado, el escaso presupuesto y la moralidad del
    personal.

    Si bien la Ley de Educación Común ponía
    como objetivo de la educación de adultos la atención de los
    analfabetos, lo que también era considerado prioritario
    durante la época peronista (31) , los datos estadísticos (32)
    mostraban que el número de ellos era relativamente bajo,
    teniendo en cuenta el origen social de los detenidos, y que los
    niveles de instrucción de sus internos eran similares a los
    de las restantes prisiones nacionales. Como en ellas,
    también aquí el grupo de analfabetos
    coincidía con el de peones rurales y/o chilenos. (33) Por
    tal motivo la escuela carcelaria cumplía, prioritariamente,
    con la tarea de completar los estudios primarios.

    La escuela de la Cárcel de Río Gallegos tuvo
    un primer intento de creación el 31.5.1916 bajo la
    dirección del maestro José M. Gutiérrez,
    integrante de la comisión de vecinos que propuso en 1921 la
    creación del Primer Instituto de Enseñanza Secundaria de
    Santa Cruz (34) y el segundo el 23.10.1921 designándose como
    director de la misma a Ambrosio Miranda. Dos años más
    tarde se habilitaron las aulas destinadas a tal efecto con la
    asistencia de doce alumnos (35).

    El Reglamento de las Cárceles de los Territorios
    Nacionales, del 10. 1.1924, establecía que los docentes
    carcelarios, el Regente y los Profesores (36) eran designados por
    el Director de la cárcel. Transcribía también el
    plan escolar en forma
    detallada (37).Cada maestro debía llevar un
    registro de sus alumnos en el
    cual mencionaría su aplicación, conducta, carácter, moralidad y
    disciplina además del
    número de alumnos. El informe sobre el movimiento escolar era elevado
    por el regente al director de la cárcel.

    A pesar de que en los periódicos locales había
    pocas referencias a la cárcel de Río Gallegos, la
    existencia de una escuela en la misma era vista con
    beneplácito elogiándose la obra que hacia con los
    presos analfabetos de origen rural (38).

    En los informes de la década de
    1940 la escuela figuraba como "Escuela Militar N° 68 anexa a
    la Cárcel" siendo Manuel Miranday el maestro a cargo de una
    sola sección, que atendía fundamentalmente a los
    analfabetos y semi analfabetos, bibliotecario y tesorero del
    Patronato de Excarcelados. (39) No era personal del Servicio
    Penitenciario Nacional sino que pertenecía al personal
    docente del Territorio de Santa Cruz (40).

    La escuela contaba con una sola aula con un pequeño
    museo regional, que era obra de Miranday. Los informes
    proporcionados por los Directores de la cárcel son siempre
    muy satisfactorios y en ellos se resalta el origen rural de los
    alumnos y la posibilidad de que a través de la
    educación recibida puedan reinsertarse en la vida post
    carcelaria (41).

     

    Algunas
    Conclusiones

    Entre las conclusiones que podemos expresar en esta
    primera aproximación al tema de la escuela de la cárcel
    de Río Gallegos debemos señalar que coincidimos con los
    estudios realizados sobre la Penitenciaría Nacional y la
    cárcel del Neuquén ya citados en cuanto a que las
    reformas propuestas desde Buenos Aires e introducidas en
    los establecimientos de esa localidad, no se hicieron efectivas
    en la cárcel de nuestro Territorio que continúo
    sufriendo graves carencias en cuanto al personal, las
    instalaciones y las partidas presupuestarias.

    Como consecuencia de estas falencias y a pesar de que la
    cantidad de analfabetos era reducida, la escuela se limitó,
    durante casi todo el período estudiado, a brindar
    exclusivamente instrucción a los mismos o a los semi
    analfabetos sin que se pudieran implementar en ella las reformas
    culturales propuestas por Roberto Pettinato durante el gobierno peronista.

    Sin embargo. es importante notar que, a diferencia de la
    escuela primaria de adultos de Río Gallegos, la
    ‘Carlos Pellegrini’, que recién fue creada en
    forma definitiva en 1949, la escuela de la cárcel bautizada,
    posteriormente, con el nombre de " Juan José Paso " tuvo una
    vida mucho más extensa.

     

    Fuentes
    consultadas

    Archivo Histórico
    Provincial. Años 1900- 1930

    – Archivo Histórico Municipal. Años 1912 –
    1947

    – Archivo de la Unidad Penal N° 15 de Río
    Gallegos. Años 1944 – 1957. (Memoria Anual de 1944,1945,
    1947, 1948, 1949 y 1953; Memoria de la Dirección
    General de Institutos Penales de 1954 ; Leyes Nacionales
    años
    1923,1924 y 1927.)

    – Dirección General de Institutos Penales Orden
    del Día 1947-1949, 1950-1951, 1952-1953, 1954
    -1957;

    – Dirección General de Institutos Penales
    Ordenes Reservadas 1947 – 1952, 1953 – 1954, 1954 –
    1955, 1955 – 1956 y 1957.

    – Ministerio de Educación. Boletín de
    Comunicaciones

    . Ministerio de Justicia e Instrucción
    Pública. Resultados Generales del Primer Censo Carcelario
    de la R.A. levantado el 31.12.1906.

    – Ministerio de Justicia e Instrucción
    Pública. Digesto.

    – Ministerio de Justicia e Instrucción Pública
    Revista Penal y Penitenciaria. Años 1941, 1946,
    1947,1950,1951, 1953, 1954.

     

    Bibliografía

    – Bohoslavsky, Ernesto- Sobre los angustiantes límites del control social- Estado, historia y política en la periferia
    argentina (1890-1930) en: Bohoslavsky, E- y Di Liscia, María
    Silvia (comp.) Instituciones y formas de control social en
    América Latina,
    1840-1940- Una revisión- Universidad Nacional de General
    Sarmiento y Universidad Nacional de La Pampa, Buenos
    Aires

    – Ib. " Bang, bang- El mundo del delito en el territorio
    del Neuquén, 1900-1930 " . Mimeo.

    – Ib. " La vocación de control social frente a la
    tiranía del presupuesto nacional- Justicia, cárcel y
    delito en la norpatagonia (1890-1930) " .

    – Bohoslavsky, Ernesto y Casullo, Fernando, " Sobre los
    límites del castigo en la Argentina periférica- La
    cárcel de Neuquén (1904-1945) " , Revista de
    Historia Regional Quinto Sol
    , Universidad Nacional de La
    Pampa, Año 7, N° 7.

    – Brusilovsky, Silvia- " Educación de Adultos y
    actualidad " . En: IICE, N° 8, Año V, mayo de
    1996.

    – Caimari, Lila. Apenas un delincuente. Crimen,
    Castigo y Cultura en la Argentina, 1880-1955, Buenos Aires,
    Siglo XXI, 2004.

    – Casullo, Fernando " " Mano de obra obediente " – Mundo
    del Trabajo y criminología positivista en los Territorios
    Nacionales de Río Negro y Neuquén. " Mimeo

    – Ib. " Amores Presos " : La cárcel del
    Neuquén (1904-1955) " – Tercer Congreso de Historia del
    Neuquén, Junín de los Andes, agosto del
    2003.

    Foucault, Michel. Surveiller
    et punir- Naissance de la prison- Paris, Ed. Gallimard,
    1975.

    – Taddeucci, María Rosa- " Un ejemplo de la
    relación entre estado, gobierno y sociedad en los
    Territorios Nacionales argentinos a principios del siglo XX- El caso
    de las DAMAS DE GALLEGOS. " Mimeo.

     

    Notas

    (*) Trabajo presentado como ponencia en el X: Congreso
    Interclaustros de Historia, 2005, Facultad de Humanidades de
    Rosario. Rosario, 20 al 23 de septiembre de 2005.

    1. " La educación de adultos en un medio
      penitenciario. la escuela de la cárcel de Río
      Gallegos durante la época territoriana " . En trámite
      de radicación en la Unidad Académica de Río
      Gallegos de la UNPA.
    2. Llegado a su mayor crecimiento o desarrollo, llegado
      a cierto grado de perfección, cultivado, experimentado,
      persona o animal que ha llegado
      a su pleno desarrollo o edad en que es apto para la
      procreación, participio pasado del verbo adolescere:
      crecer.
    3. Brusilovsky, Silvia. " Educación de Adultos y
      actualidad " . En: IICE, N° 8, Año V, mayo de
      1996 pág. 83
    4. La Dirección General de Institutos Penales
      decía en 1948, en ocasión de la reforma de planes,
      que: " la carencia de enseñanza primaria (…) es sin
      lugar a dudas la causa generadora de muchos delitos particularmente en
      regiones del interior del país, hasta las cuales no han
      llegado todavía con la amplitud necesaria las ventajas de
      la primera educación práctica "
    5. Coincidimos con lo expresado por el Programa 'Educación en
      Establecimientos Penitenciarios y de Minoridad' del Ministerio
      de Educación de la Nación, en que " las personas
      internadas en las unidades penitenciarias configuran uno de los
      grupos sociales más
      vulnerables y abandonados de la población. Sujetos de
      múltiples exclusiones, suman a la marginación
      sociocultural de origen, la marginación socio – educativa
      y laboral de sus vidas. El ingreso en el sistema penitenciario
      produce en ellos una nueva marginación traducida en el
      hecho de la privación de la libertad, la que se constituye
      en un estigma indeleble ante las posibilidades de reinserción social y
      laboral una vez cumplida la condena " . Es interesante
      señalar también cómo, la misma terminología
      penitenciaria fue evolucionando con la incorporación de
      términos que tendieran a atenuar esta marginalidad ya que de los
      conceptos iniciales de " presos / reos " se fue pasando al uso
      de los términos " detenidos / hombres privados de libertad
      " . Lo mismo ocurrió con los términos " cárcel
      /prisión " que fueron reemplazados por " unidades
      penitenciarias " .
    6. La Educación de Adultos en Santa Cruz: la
      escuela 'Carlos Pellegrini' de Río Gallegos. Análisis de la
      matrícula escolar (1949 – 1959) "
    7. . Estableció su creación en los "
      cuarteles, guarniciones, buques de guerra, cárceles,
      fábricas u otros establecimientos donde pueda encontrarse
      ordinariamente reunido un número, cuando menos, de
      cuarenta adultos ineducados " .
    8. Al especificar el mínimum de enseñanza para
      escuelas ambulantes y de adultos se refirió a la "
      enseñanza de los objetos más comunes que se
      relacionen con la industria habitual de los
      alumnos de la escuela "
    9. Caimari, Lila. Apenas un delincuente. Crimen,
      Castigo y Cultura en la Argentina, 1880-1955, Buenos Aires,
      Siglo XXI, 2004.
    10. " En cierta medida, aunque sesgadas sus
      interpretaciones por el propio aparato de observación y
      clasificación, las estrategias y prácticas
      disciplinarias que ellos sugirieron aparecen como una respuesta
      a problemas creados por las
      propias condiciones de mercado de trabajo. Los
      escritos y políticas de los miembros de esta escuela (…)
      no deben leerse solamente como 'ideas' o 'teorías' acerca de la
      'criminalidad' sino como una grilla interpretativa que, desde
      el estudio del delito y desde una cierta perspectiva
      disciplinar (…) cuestionó concepciones centrales al
      orden social argentino de principios de siglo " .Ricardo
      Salvatore, citado por Fernando Casullo " " Mano de obra
      obediente " . Mundo del Trabajo y criminología positivista
      en los Territorios Nacionales de Río Negro y Neuquén.
      " Mimeo
    11. Anexo II.Ministerio de Justicia e Instrucción
      Pública. Resultados Generales del Primer Censo
      Carcelario de la R.A. levantado el 31.12.1906
    12. Estableció, en su art. 13 que " la organización de los
      establecimientos penales debe consultar a) un régimen de
      educación moral e instrucción
      práctica; b) un régimen de aprendizaje técnico de
      oficios " . Esta Ley continuó en vigencia durante todo el
      período estudiado, siendo derogada, sucesivamente, por las
      leyes 17.236 y 20.416
    13. " El fin primordial de lo penitenciario es la
      reeducación social de los sancionados. […] Para lograr
      este propósito el régimen penitenciario debe emplear
      todos los medios curativos,
      educativos, morales, espirituales, de tutela y asistencia o de otra
      índole de que puede disponer " . Orden del
      Día. 1954 – 1955. Por su parte, el Segundo Plan
      Quinquenal, aunque no muy detallado acerca del sistema
      penitenciario, establecía que " el régimen carcelario
      tendrá como objetivo general procurar de manera
      preeminente y efectiva la reeducación y adaptación
      social del delincuente " . Capítulo XXIX. Legislación
      General. G.8. Régimen Carcelario. Ley 14.184 /
      1952.
    14. Había comenzado su carrera en la
      Penitenciaría Nacional, desempeñado funciones en el penal de
      Ushuaia y designado Director de la Penitenciaría Nacional
      el 21.11.1946. Durante toda su carrera penitenciaria
      manifestó un gran interés por " mejorar la
      vida de los reclusos y facilitar su recuperación social "
      , fundamentalmente a través del trabajo y la
      educación en oficios y, en gran sintonía con el
      espíritu peronista por medio del deporte. Como dato anecdótico podemos
      señalar que como una de las medidas para mejorar la vida
      de los presos dispuso, el 2.8.1947 el " cambio del uniforme a rayas,
      que es desde todo punto de vista deprimente, por otro más
      adecuado " .Orden del Día. 1947.
    15. En 1954 se llevó a cabo el Segundo Congreso
      Penitenciario Justicialista cuyo tema central fue el trabajo
      penitenciario; sus organizadores expresan que dejan para ser
      tratados en el futuro los "
      problemas relativos a la educación de los penados,
      incluyendo su educación física y
      las practicas deportivas " . M. Revista Penal y
      Penitenciaria. N° 74. 1954. pág. 51
    16. . En la Directivas Pettinato establecía
      que " se les brinde a los reclusos enseñanza instructiva y
      educación en todos los órdenes de la actividad con el
      propósito de ampliar su mundo moral y para mejorar, por la
      idoneidad, sus posibilidades de éxito en la lucha por
      la vida " . Orden del Día. 1947 y en el texto " La Educación y
      la Alfabetización obligatoria en los Institutos
      Penitenciarios, de 1954, expresaba que " La educación debe
      ser efectiva en cada una de las secciones de la
      Institución y debiera ser el motivo de cada una de las
      actividades dentro del establecimiento. La educación es un
      proceso continuo que se desarrolla durante toda la vida del
      individuo. El hecho de que
      el ser humano pueda aprender es una de sus más notables
      características y constituye una base para todos los que
      tengan interés en la rehabilitación sea del
      delincuente o de cualquier otro grupo especial. La
      educación dentro de la cárcel no difiere
      fundamentalmente de la educación en cualquier otro lugar.
      En su más amplio sentido, la educación no significa
      tan sólo el aprender nuevas actividades sino también
      el corregir o el " desaprender " las viejas. No sólo
      significa la adquisición de nuevos conocimientos y el
      desarrollo de nuevos oficios y de nuevas aptitudes, sino que en
      el caso del delincuente significa también que los
      conocimientos adicionales, las nuevas habilidades y las
      actitudes combinadas deben todas cambiarse de tal manera que el
      reajuste del individuo en la sociedad sea un reajuste, real y
      efectivo. "
    17. Reglamento y Programas de Estudios para las Escuelas
      de Adultos dependientes de la Dirección General de
      Institutos Penales de la Nación).
    18. Por Resolución de la Dirección se
      creó, el 31.10.1951,la Sección Educación en la
      Penitenciaría Nacional, la Prisión Nacional, el Asilo
      Correccional de Mujeres y alguna cárceles de los
      Territorios Nacionales entre las que no se hallaba la de
      Río Gallegos donde, recién en la década de 1970,
      comenzó a funcionar. Revista Penal y Penitenciaria.
      1951.
    19. Revista Penal y Penitenciaria. 1951. pág.
      363
    20. . Entre ellos perduró durante muchos años
      el libro " El Nene " y luego,
      desde 1952 como de lectura obligatoria " La Razón de mi
      vida "
    21. " Esa publicación fue creada para servir al
      mismo tiempo que de elemento de
      distracción para el lector, de difusión de
      conocimientos, exaltando en todos los aspectos el valor moral de la
      existencia, el comentario de actualidad ponderable, el conocimiento útil,
      etc., elementos éstos de gravitación mediata pero
      eficaz en la tarea de readaptación social de los reclusos.
      " Eduardo A. Ortiz, Director de Institutos Penales, Revista
      Penal y Penitenciaria. Año 1941, pág.
      813
    22. En 1941 surgió un conflicto entre la Redacción del periódico y el Inspector
      de escuelas de Cárceles ya que el segundo quería
      colocar en el mismo exclusivamente artículos de temas
      históricos. El conflicto fue resuelto por el Director de
      Institutos Penales, Eduardo A. Ortiz, que dispuso que se
      incluyeran otros temas más variados e interesantes para
      que los objetivos del periódico se lograran mediante la
      elección de temas " que sepan desertar interés
      ininterrumpidamente en los lectores " . Revista Penal y
      Penitenciaria. Año 1941, pág. 813.
    23. " Destinado a contribuir a la formación de la
      personalidad integral del
      recluso, manteniéndolo asimismo informado de los
      acontecimientos nacionales y extranjeros que puedan facilitarle
      su correcta reincorporación a la sociedad " . Orden del
      Día. 1949.
    24. Según lo expresado por la Resolución del
      Director de Institutos Penales, " el cambio de nombre no
      tenía sentido y alteraba el propuesto por la insigne
      penitenciarista Concepción Arenal en el Congreso
      Penitenciario Internacional de Roma. Orden del
      Día. 1954 – 1955.
    25. En la actualidad apenas superan a las
      cien.
    26. Ministerio de Justicia e Instrucción
      Pública. Resultados Generales del Primer Censo
      Carcelario de la R.A. levantado el 31.12.1906. Las
      referencias a los trabajos de los presos son permanentes en los
      documentos municipales,
      fabricaban ladrillos, baldosas, caños de hormigón y,
      durante el funcionamiento de la Sociedad de Beneficencia 'Damas
      de Gallegos', cavaban las fosas para los cadáveres cuyo
      entierro corría por cuenta de las Damas. Archivo
      Histórico Municipal, años 1912, 1916, 1939, 1940,
      1943 y 1947; y Taddeucci, M.R " Un ejemplo de la relación
      entre estado, gobierno y sociedad en los Territorios Nacionales
      argentinos a principios del siglo XX. El caso de las DAMAS DE
      GALLEGOS. " mimeo
    27. Casullo, Fernando. Mano de obra obediente " . Mundo
      del Trabajo y criminología positivista en los Territorios
      Nacionales de Río Negro y Neuquén. Mimeo
    28. Bohoslavsky, Ernesto, " Bang, bang. El mundo del
      delito en el territorio del Neuquén,1900-1930 " Mimeo; La
      vocación de control social frente a la tiranía del
      presupuesto nacional. Justicia, cárcel y delito en la
      norpatagonia (1890-1930) " . Sobre los angustiantes
      límites del control social. Estado, historia y
      política en la periferia argentina (1890-1930) en:
      Bohoslavsky, E. y Di Liscia, María Silvia (comp.) Instituciones y formas de
      control social en América Latina,
      1840-1940. Una revisión, Universidad Nacional de General
      Sarmiento y Universidad Nacional de La Pampa, Buenos Aires;
      Bohoslavsky, Ernesto, y Casullo, Fernando. " Sobre los
      límites del castigo en la Argentina periférica. La
      cárcel de Neuquén (1904-1945) " ; en: Revista de
      Historia Regional Quinto Sol
      , Universidad Nacional de La
      Pampa, Año 7, N° 7.
    29. . " Mano de obra obediente " . Mundo del Trabajo y
      criminología positivista en los Territorios Nacionales de
      Río Negro y Neuquén. Mimeo; " Amores Presos " : La
      cárcel del Neuquén (1904-1955) " . Tercer Congreso de
      Historia del Neuquén, Junín de los Andes, agosto del
      2003.
    30. Al referirse a las demás cárceles Caimari
      utiliza el término muy gráfico de
      'pantanos'.
    31. " La gran tarea desde luego es alfabetizar, completar
      el ciclo de la escuela primaria o actualizar sus nociones si se
      lo ha cumplido. De la masa de hombres que el delito arroja a
      los establecimientos carcelarios el mayor número carece de
      instrucción elemental o la posee deficientemente.
      Circunstancias infortunadas o el propio descuido o
      incomprensión les privó del bien del saber
      mínimo indispensable. Y quien dice falta del saber
      indispensable no quiere significar la simple incompetencia para
      el cálculo aritmético
      elemental o la lectura y escritura deficientes, sino
      carencias más graves que casi infaliblemente corren unidas
      a otros estados tales como incomprensión de los valores morales, torpeza
      para buscar el bien honesto, ignorancia del deber y de los
      derechos. Con estos hombres la
      sociedad está en deuda y, siempre que se trate de
      individuos normales, hay que ponerlos en posesión de su
      patrimonio de ciudadanos de
      un país culto Roberto Pettinato. " La Educación y la
      Alfabetización obligatoria en los Institutos
      Penitenciarios " , 1954
    32. Anexo II: Censo carcelario de 1906 y Censo de
      Analfabetos de 1950
    33. En las Planillas mensuales de ingreso de los presos,
      entre otros datos se colocaba si sabía leer y escribir,
      haciéndose la aclaración de que si sabía
      sólo firmar se debía colocar un " NO " en ese
      ítem..Archivo interno de la Unidad Penitenciaria N°
      15.
    34. . Archivo Histórico Provincial, Extr. 1853/ 1916
      y Expte. 2669/16
    35. AHP Expte. 1611/21.
    36. " Es uno de los deberes primordiales del
      profesor secundar con la
      enseñanza los esfuerzos del Director para obtener la
      corrección y regeneración de los presos " .
      Ministerio de Justicia e Instrucción Pública.
      Digesto. pág. 700.
    37. El plan escolar estipulaba los siguientes contenidos:
      a) lectura – corriente intelectual y expresiva con
      explicación de lo leído. Reflexiones morales e
      instructivas que surgieran del asunto leído. b)
      Escritura: de letra vertical y oblicua y escritura a
      máquina. c) Idioma nacional: breves nociones
      gramaticales, ejercicios de copia y dictado. Composición
      sobre temas sencillos, redacción de documentos visuales y
      explicación de ellos. d) Aritmética: las
      cuatro operaciones fundamentales con
      números enteros y decimales. Sistema métrico decimal,
      problemas, aplicaciones comerciales y ejercicios. e)
      Instrucción moral y cívica
      : Moral individual y
      social. Deberes del ciudadano. Principios generales de economía, sus ventajas. f)
      Conversaciones instructivas
      sobre Geografía, Historia,
      Ciencias naturales,
      Industria, Comercio, Geometría, relacionada
      con los oficios que se enseñan en e establecimiento. "
      Ministerio de Justicia e Instrucción Pública.
      Digesto. págs. 699 – 700.
    38. Respecto a la decisión del Poder Ejecutivo Nacional, en
      1938, de ampliar las cárceles de los Territorios y el
      propósito de reducir la permanencia de los presos de buena
      conducta en ellas, La Unión de Río Gallegos expresaba
      que " para los provenientes de los medios rurales la
      cárcel es más penosa excepto en que se reduce un poco
      su ignorancia y analfabetismo, causa la más de las veces
      que les hace caer en la delincuencia propia del medio ambiente en que
      vivieron " . El diario proponía también que se les
      enseñara algún oficio para que no volvieran a
      reincidir. La Unión, 12.12.1938
    39. Miranday se desempeñaba también como
      director de la escuela primaria común N°1 y la
      escuela de Adultos N°1 'Carlos Pellegrini'.
    40. En la estructura del Servicio
      Penitenciario Nacional, existía en esa época el
      Personal Docente: Adjutor principal, Adjutor y Sub Adjutor como
      " Personal asimilado " y que cobraba un poco más que los
      capellanes de la cárcel.
    41. Horacio Rotondaro señalaba en 1945 que los "
      reclusos, que a su ingreso a este establecimiento sólo
      tenían conocimientos rudimentarios de las labores de campo
      […] a su egreso se han convertido en oficiales albañiles, herreros,
      carpinteros de obras, etc.[…] La escuela, al impartir
      enseñanzas para ellos desconocidas, les despierta
      inquietudes nuevas y deseos de superación " . Archivo
      Unidad N° 15. Memoria Anual. 1945. Coincidentemente
      con esas apreciaciones, en 1952 el Director observaba " una
      marcada transformación en la mayor parte de los internos
      dado que a la mayor parte de ellos que son hombres que han
      actuado en ambiente rural, se les
      adaptó los conocimientos de las diferentes asignaturas a
      fin de munirlos de los elementos necesarios para el desarrollo
      de sus actividades al recobrar su libertad " . Archivo Unidad
      N° 15. Memoria Anual. 1952.

     

    ANEXO I

    Primer Censo Carcelario de la
    R.A. 1906

    A. Situación General de
    las cárceles nacionales:

    Localidad

    Población
    total

    N° de
    Condenados

    % por habitante

    N° de
    Procesados

    % por habitante

    Cap. Fed.

    1.025.653

    1033

    10.07

    880

    8.57

    Bs.As.

    1.392.208

    761

    5.47

    1795

    12.89

    Santa Fe

    690.078

    313

    4.54

    510

    7.39

    Santa Cruz

    3992

    0

    0

    33

    82.66

    Río Negro

    20.147

    5

    2.48

    87

    43.19

    Chubut

    10.218

    11

    10.76

    17

    16.62

    Neuquén

    23.901

    10

    4.18

    55

    23.01

    (Fuente: Primer censo carcelario. 1906. Pág.
    24
    )

     

    Síntesis de la Situación
    Nacional

    En las 65 cárceles de la
    República Argentina hay:

    Hombres:

    Mujeres:

    Total

    7741

    270

    Condenados

    3066

    140

    Encausados

    4675

    130

    (Fuente: Primer Censo
    carcelario)

     

    Situación en la Cárcel de Río
    Gallegos:

    Procesados Varones

    23

    Homicidios

    12

    Lesiones

    7

    Disparos de armas de
    fuego

    3

    Estupro

    1

    Hurtos

    8

    Robo

    1

    Estafas y defraudaciones

    1

     

    B. Nivel de
    Instrucción en las cárceles nacionales

    Cárceles con Instrucción

    1. Penitenciaría Nacional

    SI

    2. Cárcel de Encausados

    SI

    3. Asilo Correccional de Mujeres

    SI *

    4. Presidio de Ushuaia

    SI

    5. Sierra Chica

    NO

    6. La Plata, Penitenciaría

    SI

    7. La Plata, Cárcel de Detenidos

    s/d

    8. San Nicolás

    SI

    9. Mercedes

    SI

    10.Dolores

    SI

    11. Santa Fe, Capital

    NO

    12. Rosario

    SI

    13. Paraná

    SI

    14. Gualeguay

    NO

    15. Concordia

    NO

    16. Victoria

    NO

    17. Uruguay

    NO

    18. Gualeguaychú

    NO

    19. Córdoba

    SI

    20. Asilo de Menores varones

    SI

    21. Correccional de Mujeres

    SI *

    22. San Luis Capital

    NO

    23. Santiago del Estero Capital

    NO

    24. Mendoza Capital

    SI

    25. San Juan Capital

    s/d

    26. Correccional de Mujeres

    SI *

    27. Jáchal

    NO

    28. La Rioja

    NO

    29. Tucumán

    SI

    30. Asilo San Roque

    SI *

    31. Salta

    SI

    32. Contraventores

    NO

    33. Jujuy

    NO

    34. De mujeres " El Buen Pastor "

    SI *

    35. Posadas

    NO

    36. Formosa

    NO

    37. Resistencia

    NO

    38. Santa Rosa de Toay

    s/d

    39. General Acha

    SI *

    40. Neuquén

    NO

    41. Viedma

    NO

    42. Choele Choel

    NO

    43. Rawson

    NO +

    44. Río Gallegos

    NO

    * " enseñanza religiosa y práctica
    "

    + " autoeducación comunitaria "

    (Fuente: Primer censo
    carcelario.)

     

    Preguntas del Censista:

    1) ¿Se da instrucción en la
    cárcel?

    2) ¿Con qué programas?

    3) ¿Cuántos maestros hay?

    4) ¿Cuál es la asistencia diaria de los
    presos?

    5) ¿Qué tiempo se dedica diariamente a la
    instrucción?

    6) ¿Hay biblioteca para uso de los
    presos? ¿Cuántos volúmenes tiene?

    (Fuente: Primer Censo carcelario,
    pág.85)

     

    ANEXO
    II

    CENSO NACIONAL DE ANALFABETOS
    de 1950

    A. Situación en las
    cárceles:

    Total de Alojados:

    2890

    Condenados

    1815

    62,80%

    Procesados

    1075

    37,20%

    Alfabetos

    Analfabetos

    Condenados

    1693

    93,28%

    122

    6,72%

    Procesados

    753

    70,05%

    322

    29,95%

    Total

    444

    15,36%

     

    B. Analfabetos: concurrencia
    a la escuela:

    Concurren

    No concurren

    Condenados

    104

    18

    Procesados

    248

    74

    Fuente: Ministerio de Justicia. Revista Penal y
    Penitenciaria. Año XV. N° 55 – 58. 1950.
    Pág.613

    C. Algunos datos sobre
    los presos analfabetos censados

    Sexo:

    Varones

    Mujeres

    420

    24

    Nacionalidad:

    Argentina

    Extranjera

    345

    99

    Situación Jurídica

    Condenados

    Procesados

    122

    322

    Edades:

    18 – 22

    23 – 30

    31 – 40

    41 – 50

    95

    153

    122

    74

    Fuente: Ministerio de Justicia. Revista Penal y
    Penitenciaria. Año XV. N° 55 – 58. 1950.
    Pág.613

    D. Causas del Analfabetismo:

    .A. Por negligencia de los padres:

    82

    B. Por ayudar al sostenimiento
    familiar:

    72

    C. Negligencia o falta de voluntad para ir a la
    escuela:

    41

    .D. Razones de distancia:

    179

    .E. Otras causas:

    70

    Fuente: Ministerio de Justicia. Revista Penal y
    Penitenciaria. Año XV. N° 55 – 58. 1950.
    Pág.613

     

     

    Mariana Benavídez

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