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Por una Ética Flexible


Partes: 1, 2
Monografía destacada
  1. Abstract
  2. Justificación del presente trabajo
  3. Delimitación necesaria del concepto «Ética»
  4. El principio de «Igual Consideración de Intereses»
  5. Nociones Propedéuticas de «Bio-Ética»
  6. Primeras Conclusiones en torno a la Bioética
  7. Primero hay que saber: ¿Qué es el «Aborto»?
  8. Después hay que saber: ¿Cuándo comienza y termina la «Vida Humana»?
  9. ¿Quiénes son «Sujetos Éticos» o «Personas en Sentido Moral»?
  10. ¿Qué hay de malo en matar?
  11. Clasificación de las personas según éstas posiciones
  12. Argumentos Definitivos de ambas posiciones a favor y en contra del Aborto
  13. Conclusión: Tragedia
  14. Anexo

[ Abstract ]:

Se da cuenta de los puntos más importantes de las diversas lecturas (textos base) y videos documentales de Ética General y Bioética escogidos para el desarrollo del trabajo; se analizan y resumen las propuestas de cada "escuela" o "posición" tratado, realizando en lo posible un paralelo de coincidencias y diferencias en sus concepciones; se sintetizan y explican los "conceptos clave" mencionados; se concluye con una apreciación global del tema indicando abreviadamente su aporte específico para la vida, en lo que respecta al estudio de la Ética desde la Filosofía, enfatizando el respeto a la diferencia, el reconocimiento del yo en el otro y del otro como otro en sí y para sí. Se enfatiza también la importancia del diálogo racional para la consecución del acuerdo mutuo y la generación de las condiciones de posibilidad de la vida social armónica.

Términos Clave: Filosofía; Ética Práctica; Diálogo Racional; Principio de Igual Consideración de Intereses; Bioética; Aborto; Personas en sentido moral o sujetos éticos; Principales argumentos sobre el aborto; mi conclusión.

Justificación del presente trabajo.

Este trabajo se elaboró expresamente para la cátedra intitulada Ética (Ética General I), que se dicta al interior de la Universidad Sergio Arboleda como asignatura indispensable y obligatoria para las carreras de Derecho, Comunicación Social y Periodismo y Filosofía, Humanidades y Educación. En clases pasadas (exactamente en las últimas dos semanas de agosto de 2005) se convino, por disposición del docente titular Dr. José Rafael Alberto Bulla Pinto y con el beneplácito de todos los estudiantes, que para la calificación final de la clase [correspondiente a un 50% sobre el valor total de la nota definitiva] los alumnos elaboraríamos una exposición sobre algún tema de Ética Aplicada a la luz de los conceptos estudiados en clase, invitando a un conferencista especializado y reconocido para tratar dicho tema ante toda la clase. Dicha exposición debía además sustentarse en un trabajo escrito. A eso responde la elaboración de este escrito. La temática específica y la forma de exposición quedaron a entera escogencia del estudiante.

Advertencia.

Este trabajo no es más que el resumen más concreto posible de los temas abordados en la exposición ante la clase y por lo mismo no pretende exponerlos en su totalidad, sino sólo brindar acaso algunas nociones básicas y de fácil acceso para la ulterior profundización individual. De acuerdo con el «Reglamento de la Universidad», con las «premisas y regulaciones para la elaboración de Monografías y Tesis de Grado», así como de la «Misión y Visión» que la dirigen según los preceptos de sus fundadores (Dr. Álvaro Gómez Hurtado y Dr. Rodrigo Noguera Laborde), este texto no pretende socavar, disputar, ni controvertir desde ningún punto de vista y en ningún aspecto la doctrina e ideología expresamente cristiana (Católica, Apostólica y Romana, Iusnaturalista y Tomista) ni la política Conservadora que caracteriza y predica la institución, en especial y radicalmente las Escuelas de Derecho y de Filosofía. Por lo anterior el autor no se compromete con las opiniones expresadas en este trabajo, ni con las de los textos citados para su elaboración.

Fuentes.

La elaboración del presente trabajo se inspiró en las excelentes clases dictadas al interior de la Facultad de Jurisprudencia (Universidad del Rosario, Bogotá) de los Doctores Mauricio Rengifo, Andrés Molina Ochoa y Julio Gaitán, abogados y filósofos de la Universidad Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario (Argumentación Jurídica I, II y III, Introducción al Derecho y Filosofía del Derecho, Historia del Derecho, respectivamente) tomadas a lo largo de los años 2001, 2002 y 2003; así mismo, en el Curso de Ética dictado por el Dr. Mauricio Uribe Blanco, Pbro. (Videoconferencia vols. 14 "El respeto a la Vida" y 15 "Ética y Política").

Se tomaron como textos básicos:

  • Colección Bíos y Ethos (varios autores), Universidad del Bosque, 9 T. Ediciones el Bosque; Santa Fe de Bogotá, Colombia: especialmente Vol. 4, "Problemas de Ética Aplicada – Fundamentación y estudios de casos", y Vol. 6, "Bioética y Derechos Humanos".
  • Didier Eribon: "Reflexiones sobre la Cuestión Gay"; Ed. Anagrama Filosofía, S.A.; Barcelona, 2001.
  • Didier Eribon: "Una Moral de lo Minoritario"; Ed. Anagrama Filosofía, S.A.; Barcelona, 2004.
  • H. Tristram ENGELHART: "Fundamentos de la Bioética"; Ed. Paidós, S.A.; Barcelona, 1995.
  • Hannah Arednt: "La Condición Humana"; Ed. Paidós, S.A.; Barcelona, 19983.
  • M. Tooley: "Abortion and Infanticide"; Ed. Oxford University Press; Oxford, 1991.
  • Martha C. Nussbaum: "Poetic Justice: The literary imagination in Public Life"; Northwestern University Law School, Beacon Press Books; 1995, Boston, Massachusetts.
  • Marvin Harris: "Our Kind", Ed. Harper & Row, Inc., 1994, U.S.A.; Versión española de Alianza Antropología Editorial, "Nuestra Especie"; Barcelona, 1999.
  • Peter Singer (editor y coordinador), varios autores: "Compendio de Ética"; Alianza Editorial, S. A.; Madrid, 1995. Y especialmente de Peter Singer su gran obra: "Ética Práctica".
  • Ramón Bernardo Bulla Pinto: "Lecciones de Ética General", Ediciones Universidad de la Sabana, 1996. y "Lecciones de Ética Profesional", Ediciones Universidad de la Sabana, 1997. Santa Fe de Bogotá, Colombia.

Primera Parte. Teoría:

Delimitación necesaria del concepto «Ética»

En la vida nos vemos constantemente obligados a tomar decisiones, muchas veces difíciles: escoger una carrera y decidir con quién vamos a compartir la vida pueden ser dos buenos ejemplos de ello. Pero muchas veces nos encontramos con decisiones todavía más difíciles, en las que no hay una sola respuesta o alternativa posible, sino múltiples y razonables.

Más allá, en el campo de lo político y lo jurídico, con frecuencia se ve que dos derechos fundamentales se encuentran y chocan, ambos igual de importantes e inviolables por su carácter: es el caso del Derecho a la Privacidad vs. El Derecho a la Libertad de Prensa, por ejemplo. Cuando se presentan estos choques el hombre (el juez, en esos casos) tiene que decidir entre favorecer un derecho u otro, siendo ambos de igual status.

Pero cuando los hombres decidimos, naturalmente decidimos de acuerdo a nosotros mismos para dirimir el conflicto (o sea, de acuerdo a quiénes somos, a nuestras creencias, religión, educación, background sociocultural; nadie puede decidir objetivamente según la fórmula del silogismo, pues la objetividad es imposible en el ser humano). La toma de decisiones puede traducirse en injusticia y discriminación dependiendo del grado de dogmatismo e inflexibilidad de las opiniones: por defender un derecho, un valor, una creencia o una opinión se vulneran los derechos, valores y creencias de otros. Es así que en Estados Unidos, como consta en la Jurisprudencia, la Corte Suprema hubo de decidir entre dos derechos fundamentales en punga: el derecho a la Autodeterminación o Libertad Individual y el derecho a la Vida (a propósito de la condena del aborto como homicidio en primer grado), entre tantos otros casos constantes en la vida moderna.

La solución a estos problemas parte de la concepción Ética que se tenga. Las concepciones éticas, las posiciones frente a cómo debemos actuar, son muchas y diversas (casi siempre mutuamente excluyentes) y veremos más adelante las dos concepciones éticas genéricas más importantes.

Por otra parte, en nuestra cotidianidad también tenemos que decidir entre dos o más opciones, todas ellas igualmente válidas y queribles o deseables. Tenemos entonces que decidir de acuerdo a nuestros intereses particulares, pero también tomando en cuenta los intereses de los demás, simplemente porque se ha convenido universalmente que la vida humana debe ser respetada, y puesto que vivimos solamente en sociedad, de lo contrario la vida social sería imposible. Un mundo donde cada uno se preocupara solamente de sí mismo resultaría en la extinción de la raza y la destrucción del mundo tal como lo conocemos.

La ÉTICA se define entonces como el Estudio de la Toma de Decisiones, teniendo en cuenta no sólo nuestros intereses egoístas sino también los Intereses Ajenos, en pro a la Generación de las Condiciones de Posibilidad de la Vida Social

Armoniosa y Pacífica: de la Realización Individual

en la Igual Consideración de Intereses.

Un ser humano normal no puede ser totalmente egoísta, pues en principio los seres humanos tenemos intereses compartidos (no sólo imperativos biológicos sino también anhelos y necesidades intelectuales/espirituales similares): en general todos deseamos vivir bien, exigimos el respeto de nuestros derechos, buscamos la satisfacción de nuestras necesidades y anhelos, y las condiciones de posibilidad para nuestra realización personal (esta realización es única en cada persona, individual, no es la misma para todos). En este sentido se dice que la Ética debe estudiar la toma de decisiones en la contemplación de los intereses del otro y no sólo de los míos propios.

De lo anterior se deducen las características que delimitan el concepto «Ética»:

1. La Ética no es Dogmática

En primer lugar, la Ética no es dogmática, entendido esto en su sentido coloquial o natural; vale decir, que la Ética no puede ser fundamentalista, o sea, rígida, absolutizante, inflexible, dogmática, tendenciosa y parcializada. Esto se traduce diariamente en el crimen, es decir, en el irrespeto, la discriminación y la injusticia de los intereses de unos respecto de los otros cuando no concuerdan. ¿Por qué la Ética no puede ser dogmática? Una "Ética" así es un contrasentido: significaría un código de conducta unilateral, excluyente y discriminatorio, consecuentemente no sería Ética, sino otra cosa: una política estatal, una posición personal frente al mundo, una moral religiosa, etc. Es el tipo de Ética en que se fundan jurídicamente los totalitarismos, por ejemplo.

2. La Ética no es Relativa

En segundo lugar, la Ética no es individualista, subjetiva ni relativa: En una palabra, el relativismo es la posición intelectual que afirma que todo es relativo, en el sentido de que "todo vale", y desemboca en el solipsismo. ¿Por qué la Ética no puede ser relativa ni subjetiva? Si el subjetivismo fuera válido y correcto no habría forma de discusión racional entre los hombres, y la prueba de ese error es que podemos efectivamente discutir argumentativamente y llegar a un acuerdo. La Ética no está llamada a justificar o excusar las actuaciones y pareceres de las personas. Sucede constantemente que las personas actúan movidas simplemente por sus pareceres y opiniones, justificándose en la frase "es mi punto de vista", "es mi parecer", "según mi consciencia"… etc. A veces apelan a sus creencias religiosas, sus valores y otros conceptos no generalizables, lo cual es peor. Actúan según sus pareceres y vulneran a las demás personas bajo el "argumento" de estar defendiendo alguna instancia superior (es el caso de José Galat con sus abominables publicaciones, por poner el ejemplo más aberrante y grotesco conocido).

3, La Ética no es Religión

En tercer lugar, la Ética no es la religión; la religión se ocupa de la relación personal de los hombres con la divinidad. La Ética no se ocupa de ello: los éticos contemporáneos afirman que "Aún cuando no existiera Dios deberíamos ser éticos". La relación entre Ética y religión consiste en que aquella está llamada a estudiar y regular las decisiones y actuaciones de los practicantes o religiosos en su interacción social con otros, para evitar que en razón de sus creencias violen los derechos ajenos e imposibiliten la vida social, necesariamente diversa, múltiple.

4. La Ética es Flexible

En cuarto lugar, la Ética –no pudiendo ser dogmática, relativista/subjetivista ni religiosa– es necesariamente flexible. ¿Cómo es posible una «Ética Flexible»? Que la Ética sea flexible no significa permisivismo, subjetivismo, relativismo ni individualismo; tampoco implica alguna teoría del liberalismo contemporáneo al estilo de S. Mill, Dworkin o Hart. Que la Ética sea flexible atiende a la necesaria pluralidad en la vida social, a la libertad y racionalidad del ser humano, que está en condiciones de argumentar ponderadamente para llegar a un mutuo acuerdo sobre un determinado tema, y al principio generalizable de que la realización personal, única y distinta en cada uno, al interior de la vida social es un derecho fundamental y un deber por parte del Estado.

En definitiva, la Ética flexible responde al reconocimiento de las diferencias individuales y la igualdad jurídica (igualdad de derechos), a la igual consideración de intereses al interior de

Una sociedad que es necesariamente plural o multicultural.

El principio de «Igual Consideración de Intereses»

Arriba se ha visto que una posición Ética seria y posible en nuestras sociedades contemporáneas debe estar fundada en la igual consideración de intereses. Con este concepto hay que tener mucho cuidado, pues su mala interpretación puede degenerar en la llamada "discriminación inversa". Mucho peor, puede llegar a confundirse con igualitarismo por el lector desprevenido. Para aproximarse por primera vez a este concepto hay que basarse en un ejemplo de la vida diaria:

La discriminación se define como la ignorancia o la inobservancia del Principio de Igual Consideración de Intereses. Con respecto de la igualdad argumentan los sexistas, los racistas y los clasistas –sólo para mencionar los tres ejemplos más ampliamente difundidos– que unas personas tienen derechos y que otras no los tienen, o no en la misma medida, etc. Estas opiniones están fundadas por lo general en argumentaciones de tipo religioso, pseudocientífico o cultural de un lado, y de otro lado en argumentos económicos y del llamado "interés social" (argumentos de este último tipo en los que se justifican los grupos de "limpieza social").

Los racistas, por ejemplo, predican la desigualdad de derechos partiendo de una base de desigualdad genética o una superioridad de su raza; "Si nosotros tenemos más posibilidades fácticas de sobrevivir –dirán los racistas– ¿Por qué habríamos de invertir recursos en una raza inferior?"; Los homófobos, por su lado, predican la desigualdad de derechos partiendo de una base de desigualdad moral (religiosa), apelando a una superioridad social u otro tipo de argumentos pseudocientíficos o naturalistas: "Si Dios hizo llover fuego y azufre sobre Sodoma y Gomorra –dirán ellos– ¿Cómo podríamos nosotros regular jurídicamente el matrimonio homosexual?". O quizá: "Dado que la interacción sexual tiene por fin natural la procreación, los métodos anticonceptivos son ilícitos en tanto que negación del plan divino". Es difícil ponerse en el ejercicio de argumentar hipotéticamente desde estas posiciones, pero para una lista bastante completa y representativa de este tipo de consideraciones véanse en la Internet las publicaciones de José Galat a propósito del Proyecto de Ley para la regulación del "matrimonio gay". Lo mismo para el sexismo, el clasismo y la más novedosa forma de discriminación en base al genoma y la predicción genética.

Pero en la sociedad civil las diferencias no pueden generar desigualdad jurídica y de ahí viene el concepto de «Igual Consideración de Intereses»: sólo somos iguales en los intereses que todos los seres humanos compartimos indistinta y universalmente, sin que puedan pesar más los intereses de unos sobre los de los otros.

¿Por qué del principio de «Igual Consideración de Intereses» se sigue la «Igualdad de Derechos»? Porque todos tenemos unos intereses comunes, una misma capacidad para sufrir, y es esto lo que ha de tenerse en cuenta a la hora de tomar una decisión social.

A la hora de legislar, como dice Peter Singer "Todos cuentan como uno y nada más que uno". Sin embargo, el principio de «Igual Consideración de Intereses» no significa igualitarismo raso (que es, en el otro extremo, la forma más exacerbada de injusticia). No implica, pues, igualdad de trato sino que busca, en principio, que los intereses se tomen en cuenta por igual, pero conscientes de que las circunstancias varían. A las personas se les debe, pues, igual consideración de intereses pero no igualdad de trato: se trata de una igualación formal, jurídico-política, pero nada más. Así es como a un genocida o un homófobo no se le debe tratar igual que a la madre Teresa de Calcuta. Así es como a José Galat no se le debe el mismo trato que a un campesino o un miembro del hampa de la más baja estofa, teniendo éste más dignidad que aquél.

Arriba se habló del peligro de la discriminación inversa y ello nos lleva al tema de la acción afirmativa. Cuando se impone la igualdad (como sucede, por ejemplo, en los regímenes totalitarios del tipo comunista) se da la discriminación inversa, que es aún mucho peor pues, al menos, la discriminación parte del reconocimiento de la diferencia mientras que la discriminación inversa parte del no reconocimiento de la misma.

Ahora bien, el principio de «Igual Consideración de Intereses» es un mínimo ético: quiere decir que deriva de la llamada Ética de Mínimos. Por ejemplo: las aplicaciones para la admisión a una Universidad, una Magistratura o una Cátedra no se rigen por igual consideración de intereses. Así mismo sucede con otras instituciones sociales, creadas precisamente para salvaguardar las diferencias, como es el caso los clubes. Sería del todo absurdo pensar que, en consideración de los intereses, cualquier persona pudiera acceder a la Corte Constitucional o a una Magistratura. En este sentido se dice que el Principio de «Igual Consideración de Intereses» es un principio de mínimos éticos, pues está referido primordialmente a los derechos básicos, es decir, a los derechos fundamentales o de primera generación.

Nociones Propedéuticas de «Bio-Ética»

Para este apartado me baso exclusivamente en la exposición del profesor H. Tristram Engelhart en su libro "Fundamentos de la Bioética"; Ed. Paidós, S.A.; Barcelona, 1995 y en la colección "Bíos y Ethos" (v. Fuentes).

  • «¿Y cómo empezó todo?» El hombre, llegado cierto momento en la Historia de Occidente y a raíz del advenimiento del cristianismo, en un principio sólo encontraba su razón de ser, existir y morir en una serie de preceptos divinos, fuera cualquiera la existencia que llevara. Posteriormente, pasados siglos de producción intelectual, se llegó a un punto en que el hombre quiso abstraerse de la concepción teológica del universo y, a la sola luz de su racionalidad, quiso buscar por sí mismo, preguntándose sobre su situación en el mundo. La razón anhelaba encontrar el principio de causalidad y finalidad, el sentido de la vida toda, al haber rebatido las tesis teológicas primarias. Ya en el siglo XVIII Immanuel Kant se propuso encontrar preceptos universales racionales, que reunieran a todos los seres humanos no en razón de una metafísica o una religión.
  • «¿Qué sucedió después?» Pues su teoría resultó insuficiente y, como sucedía ya desde tiempos de Descartes y de Ockham, sobrevino un mare mágnum de teorías, posturas y pareceres en torno a la eticidad. Esto llevó al escepticismo, pues se perdió la fe en las formas tradicionales de abordar el problema, y además la teoría de la Razón kantiana tampoco logró ofrecer una respuesta genérica aplicable y factible. Vino la Bioética en la década del 60, como una ciencia interdisciplinaria más o menos identificada con lo que llamamos "Ética práctica". Pero se vio que la Bioética, ni siquiera aunando los esfuerzos de científicos, médicos, filósofos, economistas y juristas logró generar premisas universales y aplicables con respecto a la Ética Práctica, sino que hubo de limitarse a reconocer la existencia de diversidad de sociedades, cultos, legalidades, creencias y otros particularismos, que unidos al avance de la ciencia y la investigativa no hicieron más que ofrecer un mayor número de interrogantes.
  • «¿Cómo se concibió la Bioética a partir de entonces?» Al no haber logrado ofrecer respuestas absolutas a todos los interrogantes planteados (respecto de la divinidad, de lo científico, de lo filosófico, de lo jurídico, de lo político y de lo económico) se comprendió que la Bioética abarcaba un campo ilimitado, estando fuera de todo dominio humano desde perspectivas absolutas. La Bioética tendría que dedicarse a la solución de conflictos específicos, dando respuestas singulares al caso concreto, abrazando diversas disciplinas para ello. La Bioética se concibió entonces, y sobre todo, como un campo para el diálogo racional y la solución de problemas razonada y mediante el acuerdo mutuo.
  • «¿Y entonces la Bioética no logró aportar nada en absoluto?» Por el contrario, lo más importante de todo es que, a partir del reconocimiento de la imposibilidad de universalización de ninguna teoría sobre lo ético, a partir del reconocimiento de la imposibilidad del intelecto humano de ofrecer respuestas unánimes, universalizables y aplicables sin detrimento de los derechos ajenos, al ver que no podía formular principios de carácter universal e igualitario, se constituyó en un espacio de diálogo. Determinó que en cada caso se debería abrir un espacio reflexivo, analítico, argumentativo, basado en el reconocimiento de los precedentes genéricos pero sobre todo de las particularidades del caso presente. Cada caso deberá tomarse como único, no actuando el precedente (lo que uno diría la jurisprudencia) sino como referente, como ayuda, mas no como ley a seguir.
  • «Si la bioética es una disciplina seria, una ciencia, no puede pretender ser ciencia de lo particular; la ciencia es sobre universales» ¡Claro! La Bioética parte del reconocimiento de las particularidades así como de la existencia de elementos comunes y vinculantes a todos los hombres, como son el derecho a la autodeterminación, la vida, el dolor, el nacimiento y la muerte, la búsqueda de la felicidad, y otros, pero en atención a su cultura, credo político y religioso, estirpe, escala de valores y demás particularidades constitutivas de la personalidad. La Bioética –afirma Engelhart una y otra vez en el libro– aborda temas "igualitarios", "universales", "comunes" o "generalizables" pero de forma diferenciadora.

De ahí la Bioética pasó a ser orientadora en la comprensión del hombre a través de un análisis disciplinado y formal, excluyendo esa tarea de la circunscripción exclusivamente religiosa y científica para hacerla una ciencia multidisciplinaria.

  • «¿Y toda esa palabrería se tradujo en algo concreto?» Por supuesto: nada menos que en los Comités de Bioética, donde confluyen los conocimientos de diversas disciplinas, como la medicina y el derecho, o la genética y la filosofía, para encontrar soluciones a problemas de Ética Práctica o aplicada. Dichos Comités, como las Comisiones de la Verdad y otras entidades por lo general supraestatales, están llamados a la solución de conflictos difíciles de dilucidar a la sola luz del credo político, de la religión o de la medicina, apelando siempre a otras ciencias, tales como la Antropología, la Filosofía, la Psicología y la Sociología-
  • «¿Cómo por ejemplo qué?» Por ejemplo, la Verdad: las Comisiones de la Verdad asisten a las personas que han sido afectadas a lo largo de regímenes totalitarios, como las dictaduras militares, donde los Estados vulneran sistemáticamente los derechos de sus habitantes, por ejemplo, ordenando fusilamientos masivos de estudiantes en protesta o la "desaparición" de las familias de los opositores. Pasadas las dictaduras los Estados adoptan paulatinamente formas de esas que llamamos "democráticas y participativas", y oficialmente se borra todo rastro de lo que sucedió. Las Comisiones de la Verdad procuran que las generaciones venideras puedan saber lo que en realidad sucedió, y que esos crímenes contra la humanidad nunca sean olvidados. La multiplicidad se da cuando unos afirman que hay que olvidar y otros argumentan que hay que recordar para poder seguir viviendo.

El caso más controvertido es la Vida. La vida es una realidad de a puño, cualquiera que sea la posición frente a ella; la multiplicidad se da cuando para el "mundo A" (por utilizar la terminología de los textos) la vida debe salvarse a toda costa, bajo toda circunstancia, sean cuales fueren las consecuencias; mientras que para el "mundo B" la vida sólo debe salvarse en términos de vida plena y no de simple existencia, o sea, la vida debe salvarse en términos concretos y factibles de calidad de vida.

  • «¿Y en esos casos quién tiene la Razón? Porque alguien siempre tiene la razón» El cristianismo, al llegar a la Grecia Clásica, importó el concepto de estar equivocado, es decir, "tú estás en el error y yo en la verdad"; eso no existía de principio: se argumentaba a favor o en contra de algo, y no obstante los regímenes monárquicos y el esclavismo justificado cada uno tomaba el lugar que le correspondía en la Polis, cada quien se realizaba según sus fines propios. Todavía hoy solemos preguntar "quién de los dos tiene la razón sobre algo", y resulta que, en tratándose de cuestiones humanas, nadie tiene la última palabra. "A la luz de la Bioética afirmaremos que no hay respuesta genérica correcta y por ende deberá ser analizado cada mundo en procura del acuerdo".
  • «Surge la ponderación de Principios Genéricos encontrados» Los temas de Libertad de Elección, Autonomía, Principio de Beneficencia, Principio de Razón Social, Justicia Sanitaria… surgen dilemas.

Caso – En el ejercicio de mi autonomía y de mi derecho de Libertad de Elección gasté una suma de dinero y de tiempo importante en la elaboración de este trabajo: compra de textos, lectura y resumen de los mismos, elementos de trabajo (ordenador, impresora, tinta, cd’s, alquiler de documentales), etc. en contraposición al Principio de Beneficencia, de hacer el bien a los indigentes o hambrientos dedicándoles ese tiempo y dinero que invertí en esta cosa. ¿He debido gastar mi tiempo y dinero en la elaboración de un largo y arduo trabajo que nadie va a leer o he debido invertirlo en la ayuda social a otros más necesitados que yo?

Caso – En el ejercicio de mi profesión de Comunicador Social y Periodista sigo a X magistrado y descubro que secretamente es asiduo visitante de los prostíbulos masculinos y los fumaderos de opio; como este magistrado se ha pronunciado oficial y públicamente en contra de la legalización de la "dosis personal" y en contra del proyecto de ley sobre "matrimonio gay" decido exponer su conducta a través de los medios masivos de comunicación.

En contraposición al derecho a la verdad y al libre ejercicio de mi profesión están sus derechos a la intimidad, a la autodeterminación, a la honra y el buen nombre. En contraposición está también el Principio de Beneficencia, afectando a su mujer y a sus hijos, pues la publicación destruiría la reputación, la carrera y la familia de este hombre de llegar a conocerse su conducta a nivel nacional.

¿Qué hacer en estos casos cotidianos? La Bioética no ofrece respuestas unilaterales, genéricas y universales.

  • «Surge otro interrogante bioético: ¿Quiénes son "personas"?» Esto tendrá gran importancia para los casos de discriminación; también para los problemas en torno a la Eutanasia y el Aborto, así como para el maltrato animal. Peter Singer, en su genial libro "Ética Práctica", demuestra que los animales son "persona en sentido moral", en tanto que susceptibles de sentir dolor y estar conscientes de ello; el caso difícil está en los seres humanos: hay dos posiciones: Todo ser humano es persona vs. No todo ser humano es persona. Sobre la respuesta a este interrogante véase más adelante el título "¿Quiénes son Personas?".

Si hablamos de que sólo se es persona en virtud del reconocimiento de la Libertad y de la Autonomía de la Voluntad, así como de la consciencia de sí mismo y la susceptibilidad de sentir dolor, y persona es el ser humano que goza de consentimiento libre y espontáneo (persona en sentido moral), resultará que los fetos, los enajenados mentales y otros seres humanos no son "personas". Si decimos que "es persona todo miembro de la raza humana" (C.C.) los fetos, los dementes y quienes se encuentran en estado vegetativo son personas.

Caso – En el ejercicio de mi profesión de Médico tengo que atender un caso de emergencia: un hombre de mediana edad (Rafael) ha chocado en un auto. Ha quedado perfectamente desfigurado y en tan mal estado que sólo sigue viviendo por medios artificiales; su cerebro se ha dañado gravemente (muerte cerebral) pero otros órganos vitales están en buen estado. Llegan a la Clínica sus parientes (su esposa Celia, sus hijos Fulano y Sultana y su hermano Bernardo que es sacerdote). Hablo con ellos y todos concuerdan en que no debo desconectarlo, sino esperar "a que el Señor lo llame".

Ha pasado un año y, debido a los costos médicos, su esposa Celia y su hermano Bernardo han tenido que vender sus casas, sus autos, sus muebles, y están viviendo casi en la pobreza para sostener artificialmente la vida de Rafael; sus hijos Fulano y Sultana han tenido que retirarse de la universidad por el mismo motivo, y toda la familia ha tenido que cancelar la suscripción al seguro médico. Yo les insisto en desconectarlo, pero el padre Bernardo se niega enérgicamente y me grita "profano, endemoniado y sacrílego".

Al día siguiente Fulano y Sultana son atropellados por el Transmilenio, y dado que no tienen seguro médico son llevados a un hospital público y de beneficencia social, en el que también soy el médico. Necesitan transplante de órganos. No hay órganos disponibles en ningún hospital. Sólo su padre Rafael, que está en coma, podría donárselos. Bernardo el sacerdote se niega a desconectarlo y dice "Se hará la voluntad de Dios". Sus hijos sólo podrán salvarse y tener una vida normal si les transplanto los órganos buenos de su padre, pero esto implicaría desconectarlo de las máquinas. (Decida el lector como médico qué hacer en este caso).

  • «Principio y Fin de la existencia de la persona vs. Principio de Beneficencia y de Justicia Sanitaria» Si basamos la existencia de la persona en el reconocimiento de su Autonomía, como facultad de ejercicio de la libre elección, es decir, fundamentándola en la consciencia y el consentimiento, en igual sentido afirmamos que su fin estará determinado por la carencia de dichas facultades –lo que el autor denomina muerte cerebral –. En este caso ¿es susceptible de ser sujeto del Principio de Beneficencia y de Justicia Sanitaria? ¿A quiénes, entre los locos, los discapacitados mentales y los "vegetales" los ofreceremos?
  • «El consentimiento informado, el permiso, tratamiento y equipo sanitario» : Al reconocer a la persona en sus características de autonomía y de libre elección, correlativamente se le suma el derecho a estar debidamente informado para de esta forma tomar una decisión consciente y razonada y otorgar el permiso para una intervención sobre sí mismo, en la escogencia del tratante y del tratamiento al igual que su rechazo. Ante esta situación ¿Cómo opera el principio de Beneficencia? Si el tratante no ofrece total información y su defecto conlleva a realizar un posible bien en el paciente pero sin su consentimiento ¿Se violaría el consentimiento informado?
  • «¿Hasta qué punto está obligado el profesional a revelar información?»: Afirmamos que toda persona tiene derecho a estar totalmente informado, para tomar una decisión libre y autónoma. El profesional, ante el temor al rechazo a un tratamiento que procuraría el bien de la persona, porque le produce temor o porque esté en contra de sus creencias religiosas ¿Continuaría obligado al principio antes citado? ¿O está facultado para limitar la cantidad y forma de información que considere prudente? Y si adoptamos ésta última tesis ¿No estaríamos ante una acomodación de la teoría?
  • «¿Y en el caso de los denominados incompetentes qué decir del consentimiento del delegado?» Esta cuestión se refiere a aquellos casos en los que en principio existió la persona como tal, y además dejó el instructivo de su decisión en caso de quedar vegetal, en cuyo caso los tratantes deben respetarla y no existiría dilema. Pero ¿qué sucede cuando la persona que sufrió de muerte cerebral no deja instrucción? ¿En quién se delega el consentimiento? Se acudirá primero a consultar la legalidad del país, pero ello no concluye el dilema: ¿Acaso el delegado decidirá conforma a la voluntad del incompetente? No se encuentra respuesta satisfactoria a este dilema.
  • «Asistencia Sanitaria y Justicia Social ¿Otra frustración?» Se afirma que todo ser humano posee derecho en forma igual a la Asistencia Sanitaria. Si ello es así estaremos en presencia de la escogencia de ofrecerla sólo a los que se consideran personas para no afectar los recursos. Y si tomamos la tesis según la cual deben ser igualmente tratados o aún mejor ofrecer mayor protección a los menos favorecidos ¿Estaremos aplicando el principio de Justicia Sanitaria? O por el contrario ¿No estaremos violando el principio de Justicia Sanitaria por agotar recursos innecesariamente?
  • «¿En qué consiste la llamada Lotería Natural según el autor?» Unos nacen saludables, viven con calidad y dignidad, desarrollan las actividades que consideran se dirigen a su plenitud personal y que les dan poder económico; esta es la Lotería Natural (¡!) Otros nacen anormales, incompetentes y deformes, y muchos nacen en la pobreza absoluta. Nos preguntamos: ¿Quién asumirá la asistencia sanitaria, si no hay responsable de dicha situación natural? En principio la trasladamos al Estado, pero al medir la distribución de recursos, finitos y escasos ¿Se justificará efectuar repartición a estos seres? ¿Estaremos desprotegiendo por ello a los desfavorecidos?

Estos y muchos otros temas son tratados por la Bioética, que en conjunto se reduce a estas características

Primeras Conclusiones en torno a la Bioética

  • Los dilemas en torno al hombre siempre han existido y diferentes han sido sus enfoques.

    No podemos a la luz de ninguna ciencia encontrar respuestas generales que resuelvan los conflictos o dilemas de manera universal.

    Siempre existirán conflictos por resolver en torno al hombre y por ser complejo, único e irrepetible, debemos abordarlo en un todo contextualizado donde una única disciplina no producirá respuestas inequívocas.

    La bioética nos ofrece agrupar en forma interdisciplinaria al hombre en un espacio de diálogo reflexivo y analítico para considerarlo integralmente, y en base a eso resolver dilemas éticos específicos.

    No existe la posibilidad de establecer principios universales para que, en la resolución de todo conflicto, queden plenamente satisfechas en igualdad las partes afectadas.

    Obedecemos al reconocimiento que profesamos a cada ser, como un ente particular, perteneciente a una sociedad, con un momento histórico, cultura, credo político, religioso y escala de valores.

    Encontramos en la bioética principios orientadores para el análisis de los conflictos, sin que afirmemos que será la ciencia resolutoria de los dilemas.

    El avance de la ciencia, en forma paradójica, lejos de ofrecer resolución a los dilemas éticos, abrirá mayor posibilidad de existencia a los mismos.

Partes: 1, 2

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