Segunda Parte. Práctica:

Consideraciones Éticas en torno al aborto

Frente al aborto hay dos posiciones éticas genéricas (aprobación y desaprobación). Dentro de ellas hay un sinnúmero de tesis, movimientos, teorías y posiciones religiosas. En esta parte del trabajo sólo abordaré el aborto desde las dos tradiciones éticas antagónicas más importantes. Este capítulo pretende, no mostrar que el aborto es lícito o ilícito, sino mostrar que para tomar una postura ética frente a él, y hasta llegar a pronunciarse sobre ello, hay que conocerlo a profundidad y razonar primero, con base a muchos testimonios, estudios estadísticos, jurisprudencias de distintos Estados, argumentos religiosos, aportes teóricos (filosóficos, médicos, antropológicos, económicos, jurídicos…) y experiencia personal si la hay. "De lo que no se sabe es mejor callar" dijo el filósofo; aquí se afirma además: "De lo que no se sabe es mejor investigar". Lo mismo para todos los demás dilemas éticos sobre los que uno pretenda pronunciarse, homosexualismo, eutanasia, etc.

Primero hay que saber: ¿Qué es el «Aborto»?

Coloquialmente entendemos por aborto la acción de una hembra de interrumpir de forma natural o provocada el desarrollo del feto durante el embarazo. Tradicionalmente y en sentido figurado se entiende por aborto la acción de echar de sí alguna cosa sumamente imperfecta, extraordinaria, monstruosa o abominable. Finalmente, en sentido lato se entiende por "abortar" la acción de interrumpir o abandonar algo que se ha venido haciendo, por ejemplo, "abortar la misión". No obstante, estas acepciones siempre resultan insuficientes a la hora de argumentar a favor o en contra de algo, debiéndose profundizar el concepto.

1

 

DEFINICIÓN

Aborto, interrupción del embarazo antes de que el feto pueda desarrollar vida independiente. Se habla de parto prematuro si la salida del feto desde el útero tiene lugar cuando éste ya es viable (capaz de una vida independiente), por lo general al cabo del sexto mes de embarazo.

2

 

TIPOS DE ABORTO

El aborto puede ser espontáneo o inducido. Los fetos expulsados con menos de 0,5 Kg. de peso o 20 semanas de gestación se consideran abortos.

2.1

 

Aborto espontáneo

Se calcula que el 25% de todos los embarazos humanos finalizan en aborto espontáneo, y tres cuartas partes de los abortos suceden en los tres primeros meses de embarazo. Algunas mujeres tienen cierta predisposición a tener abortos, y con cada aborto sucesivo disminuyen las posibilidades de que el embarazo llegue a término.

Las causas del aborto espontáneo no se conocen con exactitud. En la mitad de los casos, hay alteración del desarrollo del embrión o del tejido placentario, que puede ser consecuencia de trastornos de las propias células germinales o de una alteración de la implantación del óvulo en desarrollo. También puede ser consecuencia de alteraciones en el entorno materno. Se sabe que algunas carencias vitamínicas graves pueden ser causa de abortos en animales de experimentación. Algunas mujeres que han tenido abortos repetidos padecen alteraciones hormonales. Otros abortos espontáneos pueden ser consecuencia de situaciones maternas anormales, como enfermedades infecciosas agudas, enfermedades sistémicas como la nefritis, diabetes o traumatismos graves. Las malformaciones y los tumores uterinos también pueden ser la causa; la ansiedad extrema y otras alteraciones psíquicas pueden contribuir a la expulsión prematura del feto.

El síntoma más común de una amenaza de aborto es el sangrado vaginal, acompañado o no de dolor intermitente. Sin embargo, una cuarta parte de las mujeres gestantes tienen pequeñas pérdidas de sangre durante las fases precoces del embarazo, y de éstas el 50% llevan el embarazo a término. El tratamiento para una situación de riesgo de aborto consiste en llevar reposo en cama.

En mujeres con varios abortos puede ser necesario el reposo en cama durante todo el embarazo. El tratamiento con vitaminas y hormonas también puede ser eficaz. En ocasiones deben corregirse quirúrgicamente las anomalías uterinas si son causa de abortos de repetición.

En un aborto espontáneo, el contenido del útero puede ser expulsado del todo o en parte; sin embargo, en ocasiones, el embrión muerto puede permanecer en el interior del útero durante semanas o meses: es el llamado aborto diferido. La mayor parte de los médicos recomiendan la excisión quirúrgica de todo resto embrionario o placentario para eliminar las posibilidades de infección o irritación de la mucosa uterina.

2.2

 

Aborto inducido

El aborto inducido es la interrupción deliberada del embarazo mediante la extracción del feto de la cavidad uterina. En función del periodo de gestación en el que se realiza, se emplea una u otra de las cuatro intervenciones quirúrgicas siguientes: la succión o aspiración puede ser realizada durante el primer trimestre (hasta la duodécima semana). Mediante el uso de dilatadores sucesivos para conseguir el acceso a la cavidad uterina a través del cérvix (cuello del útero), se introduce un tubo flexible conectado a una bomba de vacío denominado cánula para extraer el contenido uterino.

Puede realizarse en un periodo de tiempo que va de cinco a diez minutos en pacientes no internadas. A continuación se introduce una legra (instrumento metálico en forma de cuchara) para eliminar por raspado cualquier resto de las cubiertas uterinas. El método de aspiración, introducido en China en 1958, pronto sustituyó al método anterior de dilatación y legrado (en el que la legra se utilizaba para extraer el feto).

Durante la primera parte del segundo trimestre la interrupción del embarazo se puede realizar por una técnica especial de legrado-aspiración combinada a veces con fórceps, denominada dilatación y evacuación (DE). La paciente debe permanecer ingresada en el hospital puesto que puede haber hemorragias y molestias tras la intervención.

A partir de la semana 15 de gestación el método más empleado es el de infusiones salinas. En esta técnica se utiliza una aguja hipodérmica o un tubo fino para extraer una pequeña cantidad de líquido amniótico del útero a través de la pared abdominal. Este líquido es sustituido lentamente por una solución salina concentrada al 20%. Entre 24 y 48 horas empiezan a producirse contracciones uterinas, que producen la expulsión del feto y la paciente puede abandonar el hospital uno o dos días después.

Los abortos tardíos se realizan mediante histerotomía: se trata de una intervención quirúrgica mayor, similar a la cesárea, pero realizada a través de una incisión de menor tamaño en la parte baja del abdomen. Como alternativa a estos procedimientos, existe una píldora denominada RU-486 que bloquea la hormona progesterona y es eficaz en los primeros 50 días de gestación. La RU-486 se desarrolló en Francia y en 1988 se legalizó su uso.

Los abortos del primer trimestre son relativamente sencillos y seguros cuando se realizan en condiciones clínicas adecuadas. Los riesgos de complicaciones aumentan de manera paralela a la edad de la gestante y consisten en infecciones, lesiones del cuello uterino, perforación uterina y hemorragias. Hay situaciones clínicas concretas en las que un aborto inducido, incluso tardío, supone menor riesgo para la paciente que la terminación del embarazo.

3

 

REGULACIÓN DEL ABORTO

En la antigüedad la realización de abortos era un método generalizado para el control de natalidad. Después fue restringido o prohibido por la mayoría de las religiones, pero no se consideró una acción ilegal hasta el siglo XIX. El aborto se prohibió para proteger a las mujeres de intervenciones quirúrgicas que, en aquella época, no estaban exentas de riesgo; la única situación en la que estaba permitida su práctica era cuando peligraba la vida de la madre. En ocasiones también se permitía el aborto cuando había riesgos para la salud materna. En la actualidad, en la mayoría de países latinoamericanos católicos el aborto es ilícito legal.

Durante el siglo XX la legislación ha liberalizado la interrupción de embarazos no deseados en diversas situaciones médicas, sociales o particulares. Los abortos por voluntad expresa de la madre fueron legalizados primero en la Rusia posrevolucionaria de 1920; posteriormente se permitieron en Japón y en algunos países de la Europa del Este después de la II Guerra Mundial. A finales de la década de 1960 la despenalización del aborto se extendió a muchos países. A propósito del caso Virginia Mabes contra el Estado de Alabama, en apelación ante la Suprema Corte de Justicia de los Estados Unidos, se reguló el aborto inducido para todos los estados de la nación hasta las primeras 20 semanas de embarazo y, después de este término, según requisitos y condiciones específicas y contempladas jurídicamente.

Las razones de estos cambios legales fueron de tres tipos:

1) el infanticidio y la mortalidad materna asociada a la práctica de abortos ilegales;

2) la sobrepoblación mundial;

3) el auge del movimiento feminista.

Hacia 1980, el 20% de la población mundial habitaba en países donde la legislación sólo permitía el aborto en situaciones de riesgo para la vida de la madre. Otro 40% de la población mundial residía en países en los que el aborto estaba permitido en ciertos supuestos —riesgo para la salud materna, situaciones de violación o incesto, presencia de alteraciones congénitas o genéticas en el feto— o en situaciones sociales especiales (madres solteras o con bajos ingresos). Otro 40% de la población mundial residía en países donde el aborto estaba liberalizado con las únicas condicionantes de los plazos legales para su realización.

El movimiento de despenalización para ciertos supuestos, ha seguido creciendo desde entonces en todo el mundo y ha sido defendido en las conferencias mundiales sobre la mujer, especialmente en la de Pekín de 1995, aunque todavía hay países que sobre todo por razones religiosas se ven presionados a mantener legislaciones restrictivas y condenatorias con respecto al aborto, como es el caso de Colombia.

Después hay que saber: ¿Cuándo comienza y termina la «Vida Humana»?

En el Código Civil, art. 90, está estipulado el comienzo jurídico de la persona:

"La existencia legal de toda persona principia al nacer, esto es, al separarse completamente de su madre. La criatura que muere en el vientre materno, o que perece antes de estar completamente separada de su madre, o que no haya sobrevivido a la separación un momento siquiera, se reputará no haber existido jamás".

Ahora bien, sobre la protección de los derechos del nonato, el Código Civil estipula (art. 93 y ss.) que se le difieren o prorrogan hasta que nazca y sobreviva: "…estarán suspensos hasta que el nacimiento se efectúe". Constituye pues una ficción jurídica en pro a la protección de los derechos potenciales que sólo tendrá al comenzar a ser persona, en concordancia con el art. 90 antes citado. La ficción es esta: si el feto nace y vive se reputará haber tenido los derechos propios de la persona, pero en caso de no nacer o haber nacido y muerto tras el parto, tales derechos nunca existieron, pues nunca existió como persona.

En el art. 94 se estipula el fin de la persona, que ocurre con la muerte, esto es, cuando hay ausencia de respiración espontánea y muerte cerebral. Sobre este punto hay que recordar que existen personas en estado vegetativo persistente, a quienes se puede mantener vivas con respiradores artificiales y otras máquinas, o estados en los cuales no hay cese de actividades vitales pese a la muerte cerebral, en cuyo caso se convierten en potenciales donantes de órganos.

Pero ¿Una persona realmente tiene derecho a que se le desconecte estado en esas circunstancias? El Código Penal, en su art. 106 condena la Eutanasia Activa… ¿Qué sucede si se desconecta a alguien con muerte cerebral parcial? Pena privativa de la libertad (cárcel), pero ¿Es eso justo?. En la ley colombiana se condena, empero, el aborto, y el homicidio piadoso se castiga con 1 a 3 años de prisión, así mismo se condena la manipulación genética y la clonación.

¿Quiénes son «Sujetos Éticos» o «Personas en Sentido Moral»?

Primero habría de distinguirse entre los diferentes conceptos de persona. Coloquialmente utilizamos la voz "persona" para referirnos a todo miembro de la especie homo sapiens. Jurídicamente (C.C. art. 74) se define la persona natural como "todos los individuos de la especie humana, cualquiera que sea su edad, sexo, estirpe o condición".

Estas dos acepciones responden en gran medida, si no totalmente, a profundas raíces históricas e ideológicas, en especial a las doctrinas que históricamente proclaman que toda vida humana es sagrada –doctrinas de la que no nos ocuparemos por pertenecer a la esfera de la religión–.

Desde la Ética actualmente se ha profundizado en la significación del concepto "persona" y sus implicaciones. Hoy en día se entiende que genéricamente son "personas morales" o "sujetos éticos" o "personas en sentido ético" todos los seres con ciertos intereses vitales e imperativos biológicos (como no sufrir), que sean conscientes del dolor y del placer, de sus expectativas, de sí mismos (consciencia de su propia existencia separada de la de otros seres), así como de su pasado y su futuro.

Ahora bien, ¿Hay miembros de la especie humana que no sean personas en sentido moral? ¿En qué radica la "santidad" de la vida humana? ¿Puede o no practicarse el aborto y por qué?

Existen seres conscientes del dolor o susceptibles de sufrir, pero hay seres además conscientes de sí mismos, de sus expectativas, de su pasado y su futuro: por ejemplo, un pez tiene consciencia del dolor; un elefante, además, tiene también consciencia del pasado. Se afirma que también son personas en sentido moral los seres susceptibles de sentir dolor y con sentido o consciencia de pasado y futuro: dentro de esta definición se incluirían animales no humanos como el delfín, el elefante, los grandes primates, entre otros señalados por la ciencia. La Ética contemporánea afirma que se pueden matar seres conscientes del dolor (animales) sólo en un caso y siempre que se remplacen: cuando sea necesario para la supervivencia, por ejemplo, cuando tengo que matar una vaca para alimentarme.

¿Qué hay de malo en matar?

Además de los argumentos jurídicos y religiosos, y otros ampliamente conocidos, aquí hay 4 más:

A.- Argumento del Utilitarismo Clásico

La respuesta utilitarista clásica (desde la cual el objetivo de toda sociedad es la consecución de la felicidad, entendida como la mayor cantidad de placer para la mayor cantidad de personas) es una defensa indirecta por cuanto no defiende la vida de la persona en sí y por sí sino por el efecto que pueda producir su muerte en los demás miembros de la sociedad. En esta perspectiva el asesinato no es valorado éticamente sino por los efectos de temor, inseguridad jurídica, caos, frustración de la mayoría que produce.

B.- Argumento del Utilitarismo Preferente

La respuesta del utilitarismo preferente, también llamado utilitarismo de preferencias es una defensa directa de la vida humana, por cuanto defiende los intereses de la persona en sí, en tanto y en cuanto todas las personas tienen intereses y preferencias que no pueden ser frustradas.

C.- Argumento de la Teoría del Deseo

La respuesta desde la Teoría del Deseo, también llamada de la Expectativa, y que tiene por máximo exponente a M. Tooley (filósofo ético contemporáneo de Oxford, v. Fuentes), afirma es una defensa directa de la vida humana por cuanto todos tienen deseos, y los deseos son fundamento de los derechos, entonces una persona tiene derecho a seguir viviendo pues desea hacerlo para la consecución de sus otros anhelos.

D.- Argumento Kantiano

La respuesta kantiana es una defensa directa e indirecta de la vida humana; indirecta en tanto que referida a mí mismo, que no debo matar en virtud del imperativo categórico y de mi mayoría de edad –en sentido kantiano–; directa en tanto que se ocupa de la vida del otro desde el otro en sí apelando a su autonomía: se defiende la vida del otro por cuanto de matarla la estoy privando de su facultad de elegir. En últimas se trata de una defensa a la Autonomía de la Voluntad.

Tercera Parte. Dos posiciones frente al aborto

Clasificación de las personas según éstas posiciones:

  1. Clasificación de los Sujetos desde la Perspectiva Tradicional o Religiosa
  2. Clasificación de los Sujetos desde la Perspectiva de la Ética Flexible

  1. Seres Inconscientes:
    1. Vegetales.
    2. Seres humanos:
      1. Pre-embriones.
      2. Fetos de menos de 18/20 semanas.
      3. Bebés anancefálicos.

  2. Seres Conscientes: Susceptibles de sufrimiento.
    1. Animales con sistema nervioso (peces, aves, anfibios, otros).
    2. Seres humanos:
      1. Fetos de más de 18/20 semanas.
      2. Discapacitados de origen { Críticos.
      3. Discapacitados derivados { No críticos.
      4. Bebés hasta antes de los 2½/3 años. 

  3. Seres Conscientes de Sí Mismos: Personas en Sentido Ético.
    1. Mamíferos superiores (perros, delfines, ballenas, primates, otros).
    2. Seres humanos mayores de los 2½/3 años.
    3.  Discapacitados: asimilados a personas morales salvo la voluntad de sus padres o tutores en caso de ser discapacitados de origen, o manifestación previa de su voluntad si son discapacitados derivados críticos (por ejemplo, en estado vegetativo).
    4.  Bebés: siempre se asimilan a personas morales.
  1. Clasificación de Nuestra Legislación

La misma clasificación de la perspectiva Tradicional o Religiosa.

Argumentos Definitivos de ambas posiciones a favor y en contra del Aborto:

Antes de abordar los argumentos a favor y en contra del aborto hay que plantearse las preguntas específicas a que estas argumentaciones están encaminadas: ¿Tienen las mujeres derecho a interrumpir embarazos no deseados? ¿O tiene el Estado derecho a (o quizás por razones éticas) prohibir el aborto intencionado? ¿Deberían permitirse algunos abortos y otros no? ¿Es el status legal correcto del aborto una consecuencia directa de su status ético? ¿O debería ser legal abortar incluso si es algunas veces o siempre anti-ético?

1.

 

Argumento Médico Histórico

 

Curiosamente, en la mayoría de países industrializados el aborto era una práctica común y no se contemplaba como un delito criminal hasta la segunda mitad del siglo XIX, aproximadamente, cuando empezaron a promulgarse una serie de regulaciones restrictivas del aborto. En ese entonces la prohibición del aborto se argumentaba generalmente en base a los peligros médicos que el aborto implicaba para la madre. Así mismo, algunas veces se argumentaba que los fetos eran ya seres humanos plenos desde el momento de la concepción y que los abortos intencionados eran, por tanto, una forma de homicidio premeditado. Ahora que las técnicas científicas se han perfeccionado y que los abortos se realizan con más seguridad médica que los nacimientos, el argumento médico histórico ha perdido toda su fuerza. Por tanto, la argumentación en contra del aborto ha pasado de la seguridad de la mujer al valor moral de la vida del feto.

2.

 

Argumentos Utilitaristas

El utilitarismo, en resumen, defiende la vida de forma indirecta, siempre que el respeto a la vida afecta a la sociedad en general, en tanto que disminuye la felicidad de la mayoría. El utilitarismo se ocupa del aborto desde una perspectiva ética de la felicidad, placer o calidad de vida de la mayoría, mas no desde un cuestionamiento directo sobre el valor moral de la vida del feto. Sin embargo hay 2 enfoques utilitaristas desde los que se aborda la cuestión del aborto:

* El primer enfoque (clásico) se llama enfoque total del utilitarismo, se preocupa por el aumento y disminución del número de personas ya existentes y que pueden existir y su repercusión en el placer o la felicidad de la mayoría. Desde esta perspectiva, una pareja que sabe que va a tener un hijo con anormalidades graves está en la obligación de abortarlo, por cuanto el tenerlo significaría una disminución de la felicidad de la pareja ya existente y de la persona que nacerá y será enferma y sufrirá. Este argumento tiene un grave problema: propugna el argumento de la reemplazabilidad del ser humano, es decir, desde esta posición tiene sentido reemplazar a una persona por otra (por ejemplo, no tener un bebé con problemas para luégo embarazarse de nuevo a ver si el segundo está sano).

Desde todo punto de vista ético la reemplazabilidad de unos seres humanos por otros es inaceptable. El argumento utilitarista de enfoque total pierde toda fuerza: es inválido.

* El segundo enfoque (moderno) se llama enfoque previo del utilitarismo, se preocupa y atiende solamente al aumento o disminución de la felicidad (calidad de vida) de las personas plenas que ya existen. No se ocupa de la potencialidad. Este enfoque es más complicado que el anterior pues no explica por qué estaría bien el no tener hijos potencialmente sanos, es decir, que podrían llevar una vida placentera. En el enfoque total está bien considerar la calidad de vida del ser posible, pero el segundo enfoque no dice nada sobre el ser posible; así, tampoco se podría considerar el posible sufrimiento de un hijo. En definitiva, este segundo enfoque argumentativo del utilitarismo pierde toda validez por insuficiente y porque se traduce en una política general de aborto casual infundamentado.

3.

 

Argumento Análogo del Nacimiento

 

 

El argumento análogo sobre el nacimiento es un argumento histórico del Liberalismo tan obvio que casi no merecería la pena ser mencionado. No obstante se menciona, porque hace énfasis en una particularidad importante que no suelen tocar otro tipo de argumentos: resalta el hecho de que no hay diferencia entre el nacimiento como línea divisoria entre el derecho a la vida y la posibilidad de aborto, pues el bebé que acaba de nacer es prácticamente el mismo ser que está en el vientre de la madre desde el séptimo mes en adelante. En este sentido se argumenta que, así como cuando el bebé nace y vive es imposible desde todo punto de vista matarlo, también lo es matarlo dentro del vientre en tanto que es prácticamente el mismo desde el séptimo mes de gestación. Este argumento es científicamente probable y verídico.

4.

 

Argumento de Viabilidad

 

 

El argumento de la viabilidad (entendida no como potencialidad sino como posibilidad fáctica de supervivencia) es un ejemplo típico de mal argumento o pseudo argumento. El error de este argumento radica en el criterio de donde parte la afirmación del comienzo de la persona humana en sentido ético. Afirma que un bebé es plena persona en sentido ético desde el momento en que pueda vivir separado del vientre de la madre.

Hoy día se sabe científicamente que esto es alrededor de los seis meses de gestación. Es una falacia argumentativa porque la tecnología permite que el feto prematuro sobreviva artificialmente, y no resuelve directamente el cuestionamiento ético a que se encamina: no prueba directamente por qué un feto de cinco o seis meses de gestación mantenido vivo sólo por medios artificiales habría de considerarse persona en sentido ético: por lo tanto, este supuesto argumento del tipo inductivo analógico es una falacia: es insuficiente e inválido.

5.

 

Argumento del Movimiento

 

 

El argumento del movimiento es del tipo de afirmaciones que se llaman coloquialmente "juicios temerarios". Afirma que el criterio de determinación de la existencia de la persona moral radica en el movimiento (no en el movimiento entendido en sentido metafísico como paso del acto a la potencia ni nada semejante), en el movimiento como lo entendemos coloquialmente, en sentido locativo, de desplazamiento, etc. Afirma entonces que un feto es una vida humana desde el momento en que empiece a moverse, aproximadamente entre los 3 y los 6 meses de gestación. Este argumento, aunque muy utilizado en el pasado, no tiene ninguna relevancia a la hora de definir al ser humano, porque, en primer lugar no puede saberse con exactitud en qué mes de la gestación empieza a moverse el feto ni en qué medida, y en segundo lugar porque hay personas en sentido moral adultas que no se mueven. Desde esta perspectiva un cuadraplégico, una persona de extrema avanzada edad, alguien paralizado corporalmente no es persona moral, lo cual es inválido.

6.

 

Argumentos Consecuencialistas y a favor de la Mujer

 

 

Los argumentos consecuencialistas son sumamente importantes en el debate racional actual a propósito del aborto desde la bioética. En principio, si las acciones han de evaluarse moralmente por sus consecuencias puede argumentarse fundamentadamente que la prohibición del aborto es indebida.

A lo largo de la historia se ha visto que las mujeres han pagado un precio demasiado alto por la ausencia de métodos anticonceptivos y de un aborto legal y seguro. Hasta el siglo XIX a menudo se veían obligadas, por razones ideológicas o religiosas, a tener muchos hijos en cortos períodos de tiempo, lo que se traducía en debilitamiento físico, sufrimiento y muerte prematura de la madre (en consecuencia, pobreza, abandono o traumatismos en los hijos). En la actualidad, en los países del tercer, cuarto y quinto mundo esta es aún una realidad común. Los embarazos no deseados agudizan la pobreza, aumentan los índices de mortalidad neonatal e infantil y causan estragos en los recursos de las familias y los Estados.

En todo el mundo actual (incluyendo todas formas de estado y sistemas de gobierno), el trabajo remunerado es una realidad y se ha convertido en una necesidad para las mujeres, casadas y solteras. El control de natalidad es indispensable para las mujeres solteras y las familias que deben ganarse la vida, es decir, que tengan que trabajar en algo, trátese de países del quinto mundo (Colombia) o los de mayor ingreso per capita (Luxemburgo, Noruega, Suiza y Gran Bretaña, por ejemplo). Los métodos anticonceptivos y el aborto –se argumenta– no garantizan una autonomía reproductiva, porque la gente no puede permitirse tener los hijos que quisiera y criarlos adecuadamente (alta calidad de vida), pero tanto los métodos anticonceptivos como el aborto son esenciales para que las mujeres tengan el modesto grado de autonomía sobre su cuerpo que les permita sobrevivir en las sociedades de hoy.

A largo plazo, el acceso al aborto es esencial para la salud y supervivencia no sólo de las mujeres y las familias sino también la de sistemas biológicos y sociales mayores de los que nuestras vidas dependen. A menos que el ritmo de crecimiento de la población se reduzca (milagrosamente) en las sociedades pobres con altos índices de natalidad, la desnutrición y el hambre, y en consecuencia la delincuencia y la injusticia social, y en consecuencia la corrupción y el descontento generalizado se extenderán todavía mucho más que en la actualidad.

Aún cuando se diera un milagro y se realizara plenamente la justicia social global, la conscientización de las potencias mundiales y la cesación de argumentos religiosos dogmáticos y fundamentalistas en pro de la consecución efectiva de la ecuánime redistribución de recursos en todo el planeta, de no lograrse un acceso razonado a la contraconcepción los sistemas de los que la raza humana depende se agotarán: la escasez de recursos, la erosión del suelo, los cambios climáticos y geológicos ocasionados por la destrucción de bosques y mares, así como el consumo de combustibles fósiles, amenazan ya con destruir las probabilidades de supervivencia de las siguientes generaciones humanas, debido a la drástica disminución y agotamiento de la capacidad global de producción de alimento… y eso por no hablar de distribución equitativa.

En este orden de ideas los argumentos consecuencialistas a favor del aborto siguen siendo sólidos.

7.

Argumento de la Responsabilidad

 

El de la responsabilidad es un contra-argumento de los adversarios del aborto hacia la argumentación consecuencialista, entre otras posiciones pro-aborto. Se niega desde esta posición que haya que permitir el aborto por evitar consecuencias desfavorables "poco probables". Afirma que, si bien "algunos pocos casos de aborto en el mundo" son resultado de violaciones, incesto involuntario, relaciones casuales y no premeditadas, la mayoría de embarazos son resultado de una conducta heterosexual aparentemente voluntaria consciente. En consecuencia se afirma que las mujeres que deciden abortar están rechazando la responsabilidad de sus actos.

Desde esta posición, pues, las mujeres deberían evitar tener relaciones sexuales heterosexuales a menos que estuvieran absolutamente preparadas para responsabilizarse plenamente de cada embarazo resultante de ellas, así como de la responsabilidad de los hijos. En su defecto, deberían preferir éticamente el celibato.

Refutación: ¿¡Es acaso medianamente razonable semejante petición!? El argumento de la responsabilidad está lejos de ser razonable por los siguientes motivos: Si bien es cierto que la relación sexual heterosexual no es biológica ni culturalmente necesaria para la salud física ni mental de la mujer ni del hombre, y que de hecho las mujeres y hombres célibes y homosexuales son menos vulnerables al cáncer, al SIDA y otras enfermedades directa e indirectamente propiciadas por la interacción sexual, no obstante muchas personas las encuentran intensamente placenteras y las practican en ejercicio de su libre elección; además, las cifras demuestran que la mayoría de seres humanos en el planeta parece preferir el sostenimiento de relaciones sexuales heterosexuales al celibato; de hecho a la mayoría de mujeres se le dificulta la elección racional de un celibato permanente. En resumen: a la mayoría de personas heterosexuales en el mundo les resulta muy difícil la elección racional de un celibato permanente, y como toda mujer (y aún los hombres en mínimos porcentajes) son potencialmente vulnerables a la violación –incluso las célibes y lesbianas–, pueden tener que enfrentarse a un embarazo no deseado. En conclusión, el Argumento de la Responsabilidad no rebate el Argumento Consecuencialista.

8.

Argumentos Religiosos

 

Se hace mención aquí de los argumentos religiosos sólo para poner de manifiesto las premisas deseables que se han expuesto exhaustivamente arriba del análisis de todas las posiciones, de la no discriminación y del diálogo racional entre las diversas partes en pro al acuerdo para posibilitar la convivencia, aunque los argumentos de tipo religioso no competan al campo de la deliberación racional de cuestiones estrictamente éticas.

Los argumentos de tipo religioso afirman que la vida es santa o sagrada en virtud de principios sobrenaturales o teológicos no generalizables: en el caso de la religión jainista de la India se considera la muerte de cualquier ser (es decir, de todo ser que tenga vida vegetativa o sensible) un obstáculo para llegar a la iluminación, pero ni siquiera en este caso, que es el más omnicomprensivo en términos de extensión a la protección a la vida, NO niega totalmente la posibilidad de la muerte en casos especiales. En el caso del cristianismo –desde sus diversas vertientes– es permitida la muerte de todos los seres no humanos y sólo se hace una defensa indirecta autorreferencial de la vida de los animales y las plantas; se argumenta que la vida humana comienza desde el momento mismo de la concepción, basándose siempre en argumentos de tipo metafísico, o en argumentos científicos de tipo metafísico (explícito o no); de todas formas, la metafísica (tomista o realista en todo caso) no alcanza a responder al cuestionamiento sino remitiéndose siempre e irremediablemente a la teología en que se funda: en conclusión, los argumentos científicos y filosóficos (metafísicos) en que se basan estas teorías siempre se basan en mayor o menor grado de proximidad en dogmas de la fe (se define como el acto voluntario de la razón de aceptar lo que no logra entender por su finitud o imperfección).

En último término, se argumentará siempre desde esta posición conforme a un criterio de personalidad moral del feto en base a su posesión de un alma espiritual. Desde la esfera de lo sobrenatural, de lo espiritual y de lo ultraterrenal no hay diálogo racional posible generalizable entre los diversos seres humanos, en tanto que se trata aquí con creencias absolutizantes y necesariamente excluyentes, donde no se contempla el principio de análisis y diálogo racional para la consecución del acuerdo. En consecuencia, no se diré nada más al respecto.

N. B.: Debo hacer en este punto una digresión necesarísima a pesar de la continuidad del texto. En clases pasadas, exactamente en la penúltima semana de septiembre de 2005, hubo un pronunciamiento que ya se había hecho alguna vez en las primeras semanas del semestre; quien se pronunció dijo, ciertamente de forma enfática: "…en definitiva, y como dice el Papa, lo que vamos a tener que hacer es dividir la humanidad en dos bandos: los cristianos y los no cristianos, y a ver quién gana…" etc. Después el exponente se entretuvo en una dilatada exposición de cómo los maricas –se utiliza su mismo léxico– fueron aplastados por la ira divina bajo un diluvio de fuego y azufre en Sodoma y Gomorra, pero que, no obstante esa conducta era asquerosa y no podía aceptarse por pecaminosa estaba perfectamente justificado desde el punto de vista ético el hecho de que Lot ofrezca al pueblo sus dos hijas "que todavía son vírgenes" (v. Génesis, 19:1 y ss.); y de qué forma era perfectamente razonable el hecho de que, después, las hijas de Lot, tras la salida de Sodoma, yacieran sexualmente con él para proporcionarle descendencia.

Después el expositor se detuvo en anécdotas de tipo personal en las que recomendaba a una amiga no permitir que su hijo se preparara para la primera comunión con X sacerdote porque este tenía fama de maricón y, por lo general, éstos siempre son pedofílos, etc.

Estas aseveraciones no son dignas de que les dedique un minuto de mi pensamiento y sólo me referiré a ellas en conjunto, sin adentrarme en el exabrupto de sus particularidades, para decir que ésa clase de actitud es perfectamente antiacadémica, antifilosófica y expresa y orgullosamente discriminatoria. Esta clase de exacerbaciones febriles de las manifestaciones sexistas, clasistas, racistas, homófobas y discriminatorias de todo tipo enraizadas en accesos de fervor religioso demuestran más que suficientemente la imposibilidad de diálogo racional y respetuoso en la búsqueda del acuerdo social para la convivencia partiendo de posiciones de fe.

Si la Filosofía, la Ética y el Derecho están llamadas tan sólo a ser cuestiones puramente teoréticas o "de escritorio", sin ninguna aplicación práctica para la vida en sociedad, debe ser cancelada la Cátedra de Ética en todas las facultades; debe ser prohibido entonces el estudio de la Filosofía, y debe ser borrado del planeta todo rastro del Derecho; si todo ello es así todas las universidades deben ser clausuradas y debemos salir a las calles al pillaje, al saqueo, a la violación y la aniquilación de la raza humana. A la persona que profirió ese discurso, quién quiera que sea, le digo: la Ética empieza por la Palabra.

9.

Argumento de la Potencialidad

 

 

El argumento de la potencialidad humana es quizá el más utilizado corrientemente para defender moralmente la vida del nonato. Desde esta posición se afirma que el feto, desde que se concibe como un organismo unicelular, en ningún caso puede ser abortado porque es un ser humano potencial, o una persona moral en potencia. El argumento de la potencialidad aparece en prácticamente todos los debates conocidos sobre el tema y se niega a claudicar porque el potencial que tienen los fetos de convertirse en seres humanos plenos es una buena razón para apreciarlos. El potencial del feto reside no sólo en su ADN, sino también en el compromiso materno (y paterno) y estatal, es decir, en las condiciones de posibilidad fácticas sociales y familiares que lo permitan desarrollarse.

No obstante lo anterior, el argumento de la potencialidad no es plausible, por los siguientes motivos: En ningún otro caso se considera que el potencial de conseguir un status supone ciertos derechos subjetivos como título para esos mismos derechos:

Por ejemplo, el Príncipe de Gales es un potencial Rey de Inglaterra, pero sólo cuando sea rey tendrá el derecho a gobernar; mientras no sea rey no tiene el derecho.

Por ejemplo, todos los niños nacidos en Colombia son votantes en potencia, pero ningún menor de edad tiene derecho al voto en nuestro país: podrán votar sólo cuando se hagan mayores de edad.

Por ejemplo, yo soy un potencial profesor de filosofía, pero en la actualidad estoy lejos de recibir el trato propio del status de catedrático –en caso de que en Colombia se tuviera la profesión docente como de gran dignidad y respeto, como en otras naciones–, y sólo lo recibiré cuando efectivamente detente dicho status.

Por ejemplo, en nuestra legislación se contempla que una persona puede dejar donaciones a alguien que está por nacer, y explica cómo ese niño tendrá derecho sobre dicho patrimonio sólo cuando nazca, sobreviva, y sea persona (v. arriba en la página 11 la ficción jurídica en pro a la protección de los derechos potenciales que sólo tendrá al comenzar a ser persona, en concordancia con el art. 90).

Ahora bien, una vez que una mujer embarazada se ha comprometido a continuar la nutrición del feto, ella y sus seres queridos probablemente piensen que es un "bebé no nacido", valorándolo potencialmente. Una vez que la mujer se ha comprometido en su interioridad, y de acuerdo a posibilidades fácticas de calidad de vida, a continuar con su embarazo, es correcto y lógico que valore al feto y proteja a toda costa su potencial –como hacen la mayoría de madres, sin necesidad de coacción legal–. Pero es impropio pedir que una mujer siga embarazada y se haga cargo del hijo no deseado y/o que no tiene posibilidades fácticas de calidad de vida cuando no está dispuesta, no quiere, o es incapaz ante esa enorme responsabilidad.

Ahora bien, si se afirma que un feto es un ser humano en potencia también lo serán los gametos, y el óvulo y los espermatozoides humanos serán efectivamente seres humanos en potencia; pero pocos sugerirían seriamente que estos seres humanos vivos deberían tener un status moral pleno e igual al de la persona moral.

El feto, durante la primera mitad del embarazo aproximadamente, aún no es persona en sentido moral pero se convertirá en tal; si se acepta que el feto desde el momento mismo de la concepción es persona en sentido moral deberá aceptarse bajo los mismos términos que otros organismos unicelulares humanos reproductivos también son personas; en este orden de ideas, si uno se opone al aborto como ilícito en esos términos también tendrá que afirmar ilícita la castidad y la prohibición de métodos anticonceptivos: si el aborto es criminal entonces lo serán también la planeación familiar, los métodos anticonceptivos y la castidad.

El argumento de la potencialidad, como se demuestra, fracasa en estos términos, y sólo se sostiene en virtud de afirmaciones religiosas; el argumento de la potencialidad fracasa a menos que se afirme en virtud de creencias religiosas que el óvulo fecundado posee un alma racional y espiritual impresa por Dios. Este argumento, por tanto no es válido. Pero, aún si se quisiera profundizar en el asunto por curiosidad académica personal –ya no encaminada a la solución de este problema–, buceando en las oscuras profundidades de la teoría filosófica, no se alcanza a dilucidar (ni siquiera claramente desde la metafísica) en qué momento exactamente es impresa el alma racional y espiritual en los gametos, y de qué forma específica, limitándose la teoría a la apelación de dogmas de fe; lo cual ya no interesa al interior del debate.

Conclusión: Tragedia.

Resulta muy difícil tratar de concluir con cabeza fría un ensayo –en realidad unos pobres pensamientos desordenados– en el que hay cuestiones tan graves en juego. El lector decente sabrá disculpar que un ingenio tan mal cultivado como el mío, en medio de un trópico que todo lo corroe y donde todo se dirige a destruir la belleza y la racionalidad de pensamiento, no haya podido conseguir en un espacio tan breve la sensata nitidez de expresión ni el estilo grácil, sutil y elegante que caracteriza las líneas de mentes tan brillantes como las de mis queridos Didier Eribon o Martha Nussbaum. Pero en tratándose de cuestiones tan viscerales como las que se dicen, a causa de las cuales mueren hombres todos los días, uno se ve nublado por la angustia, por el impotente afán de detener el sinsentido que constituyen la intransigencia intelectual, las ínfulas de superioridad moral y el desdeñoso conformismo que caracteriza a los académicos de escritorio con los que uno trata día a día.

¡Que ellos se manchen las manos de sangre si quieren, y se regodeen en ello!. Yo no lo haré.

No estoy dispuesto a concederme el plácido descanso de la indiferencia y la insensibilidad académica. Siempre he sabido que sólo el Arte está llamado a redimir al hombre, pero no estoy dispuesto tampoco a admitir que la Filosofía, el Derecho y las demás ciencias estén llamadas a ser estériles compendios de datos historiográficos, pesados fósiles polvorientos; ni por el contrario, brillantes y sofisticadas teorías que compiten en sutilezas y en ininteligibilidad, vacuas y superfluas por lo inútiles a la postre, sin ninguna aplicación fáctica, llamadas tan sólo a inflar más y más el autoestima de aquellos espíritus pequeño burgueses, y a separarlos más de los otros seres que, por no haberse iniciado en aquellos misterios (pueriles siempre), no son dignos en su parecer de llamarse siquiera ‘pensantes’. Esto no puede ser. No podemos seguir matándonos en nombre de fantasmas. La Ética no puede ser una arena de coliseo, debe ser un espacio de diálogo… pero de bello diálogo, en el sentido griego, en el sentido de los verdaderos filósofos, Rimbaud, Wilde, Proust, Mann, Vladimir Horowitz o Wanda Landowska. ¡Qué lejos está ahora en verdad la humanidad de aquellos seres sublimes, y parece que murieron ayer apenas!

¿Acaso no es posible ponernos de acuerdo racionalmente? Es evidente que la mayor parte de las especies naturales son violentas, y luchan por su alimento y reproducción; pero al menos hay belleza en ellos, porque son sabios: uno observa –si es que todavía alguien observa la realidad sin estar en medio una pantalla de televisor o de computadora– que aún en las especies animales que nosotros osamos llamar inferiores hay conductas rituales para resolver los conflictos, y hay señales para evitar el sufrimiento, el dolor y la muerte. No hay nada más hermoso que observar –siempre con respeto, pues ellos estaban antes que nosotros– a una manada de lobos en las estepas, y un lobo viejo se echa para que el otro lobo, más joven y fuerte, no lo ataque. Pero no hay nada más grotesco, en contraposición, que observar una manada de lobos humanos. Por eso es muy incorrecto decir Homo homini lupus, pues los lobos nunca son tan violentos como nosotros. A ellos los caracteriza el ingenio y a nosotros la estulticia.

Sin embargo, también entre los hombres hay algunos rituales para evitar la violencia sin sentido. Se sabe que en el África algunas tribus se recrean en el juego de las guerras simuladas, que en realidad son bailes acompañados de música festiva. ¿Cuál es la diferencia entonces entre las especies naturales y los humanos? Que la especie humana es quizá la única que se dedica a dar muerte sistemáticamente, sin ninguna razón verdaderamente válida, a los demás miembros de su propia especie. Nuestra especie es la más cruel de toda la naturaleza.

¿Por qué, me pregunto, tienen que llegar los desacuerdos entre los hombres hasta tal punto? Claro, porque la complejidad del desacuerdo es mucho mayor, involucrando actitudes, valores, educación, sentimientos, objetos infinitamente más abstractos que la comida o la reproducción, como son los derechos y las religiones. Y a eso le sumamos nuestras actitudes complejas y nuestras ideas locas.

Usamos la religión y el derecho para resolver conflictos desde hace mucho tiempo: el Oráculo de Apolo, las Naciones Unidas, en fin. Y supuestamente dentro de estas técnicas hay algunas que son racionales. Especialmente del Derecho y la Filosofía se dice que son el conjunto de técnicas más útiles para resolver los conflictos humanos sin violencia. Pero uno ve desde el primer año de carrera (y yo estuve en ambas) que todos los estudiantes son amigos el primer día, y en el tercer año uno tiene suerte de no amanecer asesinado en su propia cama.

Éstas técnicas humanas para prevenir el caos, como crear normatividades; es lo que hacen las religiones y los Estados, intentando prever con suficiente alcance la forma de resolver todos los posibles conflictos. Pero estas técnicas, antes que resolverlos suficiente y ecuánimemente, parecen sólo provocarlos más rápido. ¿Por qué?

Otra técnica, que está ampliamente difundida en el planeta es la mayoría, la temible y avasalladora mayoría, que establece por medio de constituciones y democracias quién va a gobernarlos.

Pero estas mayorías ¡Cuán lejos están de ser como las mayorías de las hormigas y de las abejas, comunidades perfectas! Claro, las hormigas y las abejas son suficientemente más inteligentes que nosotros para organizarse en monarquías hereditarias matriarcales, y no en nuestras risibles democracias participativas…

Parece ser, empero, que hay otra técnica más, aunque difícilmente popular hoy por hoy: se trata de solucionar los conflictos de mutuo acuerdo a partir de un diálogo racional. Pero, ahora que el lector está adormecido, quizá deba detenerme un momento sobre estas tres técnicas.

Sobre las normatividades (religiosas y jurídicas) como solución, no parecen ser un buen método: quienes reducen el Derecho a la normatividad no se dan cuenta de que así no pueden resolverse los conflictos, y menos los más graves, pues las normas son insuficientes, vagas, ambiguas, y no pueden preverlo todo. Sobre la mayoría… ¿qué decir de ese tirano? Parece ser que estos sistemas de mayorías "participativas" sirven para grupos muy grandes y logran satisfacer a las más de las personas, que siempre son las menos. ¡Y esto era lo que pedían las escuelas utilitaristas del derecho! La opinión de la mayoría, aunque a la gente le parezca una guía para la solución de conflictos, siempre significará una tiranía peor que la de un solo hombre. Con respecto a las mayorías, ya en los 60’s ese Nóbel de Economía había probado, con su teorema de la imposibilidad de la democracia, la regla en que se ve cómo la mayoría siempre será manipulable. Pero la mayoría no sólo es manipulable, además puede ser irracional y horrible: en ella no se acumulan el talento y la belleza, sólo la estupidez. No resulta entonces una buena técnica de resolución de conflictos. Los conflictos humanos siguen, pues, por su complejidad y por la ineficacia de las soluciones.

Sí, no hay duda, el mejor método alternativo es el diálogo racional. Ahora que uno lo piensa, los grandes juristas y filósofos de la historia no fueron esos de la retahíla de monumentos a que la Academia nos tiene acostumbrados, fueron Gandhi, Martín Luther King, Yehudi Menuhin… aquellos grandes que no hicieron más que intentar enseñar el valor del diálogo racional y la cultura de la no violencia, tratando de cubrir los intereses de todos.

El Estado de Colombia en este punto ya dejó de ser risible: es paupérrimo. Cuando dos personas están en desacuerdo antes cada una intentaba imponer su posición, ahora se matan, simplemente. Lo grave es que toda la serie de factores que normalmente propenden al diálogo irracional (manoteos, malas caras, malos argumentos, discusión por medio de sonidos y gritos incomprensibles y, todavía peor, basadas en los mismos dogmas que el mundo ya revaluó tras dos guerras mundiales y cientos de dictaduras y guerras civiles) son el estado normal de cosas al interior de las universidades. Varias personas hablando al tiempo –creen que la fuerza de sus argumentos radica en el volumen con que los proyectan–, o monólogos donde alguien argumenta y los otros simplemente dejan de escuchar; el estudiante que pregunta a raíz de una inquietud auténticamente intelectual y el profesor que, lejos de alegrarse, se malhumora y cambia de tema; los debates en complicidad, o donde las partes se duermen, y otras cuchichean o simplemente no ponen atención, están a la orden del día en todas nuestras universidades. ¿Acaso no se darán cuenta de que al callar al otro lo están asesinando en cierto modo?

Estamos tan acostumbrados a todo eso que quizá dejamos de advertir la gravedad de sus consecuencias. Nos seguiremos asesinando, irremediablemente, hasta que veamos de alguna forma que las razones no están apoyadas en convicciones personales gratuitas. Y todo esto ¿Qué fuerza tiene? No basta con que sea verdad, es necesario darle fuerza a esa verdad… tal vez por eso lo pongo por escrito.

Resulta cómodo pensar que estamos condenados a la irracionalidad dogmática, a la violencia, a la burda plebeyez de la masa indolente. Pero ahora escucho a Hans Graf al piano, acompañado de la Sinfónica de Viena, interpretando las variaciones que escribió Chopin sobre el "Don Giovanni" de Mozart. Sólo por este momento, sólo por esta música, vale la pena seguir intentándolo.

Andrés Martínez Pardo,

Santafé de Bogotá, 2005.

Anexo Nº 1:

Ponencia del Juez Joseph Kirkland sobre el veredicto de la Suprema Corte

de los Estados Unidos sobre la regulación del aborto, a propósito de

la apelación del caso "Virginia Mabes vs. El estado de Alabama".

"La Vida. La Libertad. Las palabras que usamos para enfrentarnos unos y otros. Yo apoyo la Vida y la Libertad, y lo mismo todos y cada uno de ustedes aquí reunidos, y Dios permita que esta República siempre defienda ambas.

¿Cómo llegamos a esto cuando ambas partes tienen la razón?

Por supuesto, un feto es vida y la vida es preciosa. Y en un país que se preocupa tanto de la supervivencia de las ballenas y los búhos, y tantas otras formas de vida ¿Cómo podemos darle la espalda a la verdad de que un feto es una vida que se está volviendo como somos nosotros día tras día?

Y ¿Cómo podría nadie negar que el derecho de una mujer a controlar su cuerpo y funciones reproductivas es la más básica y elemental libertad, para la que ella puede buscar protección?

Junto a la verdad de que ambas partes tienen la razón está la verdad de que ambos lados están errados: porque por la conveniencia del argumento cada parte le negaría sus derechos a la contraparte. Una verdad más y estaremos listos para empezar: estos dos derechos riñen. Y nosotros debemos balancearlos, lo que significa limitar ambos derechos en algún aspecto para permitir el ejercicio del otro. Ahora bien, esto es injusto para ambas partes pues ambos derechos son preciosos y merecen florecer sin restricción. Pero, puesto que riñen, no hay ninguna otra forma.

Somos humanos. Somos imperfectos. Les pedimos que entiendan el espíritu que nos ha motivado a pronunciar lo que oirán hoy. Comenzamos, como es lógico para balancear, trazando una línea: Cuántas semanas deben pasar para que a un Estado le sea permitido prohibir la terminación del embarazo: Veinte semanas. No hay una razón lógica infalible para esta decisión pero hay razones: Hemos dividido los nueve meses de la preñez por la mitad, y también hay alguna significación simbólica en esto, y es un reflejo de nuestro deseo de ser ecuánimes.

Pero las dos mitades son ciertamente muy diferentes: Tomamos nota judicial del hecho de que aproximadamente el 99% de todos los abortos ocurren durante la primera mitad. En total, este es un lapso de tiempo suficientemente amplio, pensamos, para que la mujer tome su decisión. En la segunda mitad el feto realiza la mayor parte de su desarrollo, desde unas cuantas pulgadas hasta su tamaño definitivo, y adquiere las facultades de consciencia y advertencia que el bebé exhibe al nacer. En esta segunda mitad sostenemos que los Estados podrán prohibir el aborto, excepto de aquellos necesarios para proteger la vida de la madre.

Sin embargo, bajo ninguna circunstancia podrán estas mujeres ser consideradas criminales. Bajo ninguna circunstancia, ninguna.

Sabemos que este compromiso puede resultar insatisfactorio para aquellos que, por convicciones religiosas, sostienen que la vida humana plena empieza desde la concepción: A ellos sólo podemos decirles que esta Nación está fundada sobre los derechos de cada uno de nosotros a practicar nuestras propias convicciones, libres de la opresión o imposición de las convicciones de otros.

Esto no significa que esta Nación esté a favor del aborto casual ni nada semejante. De hecho, no lo estamos. Y de acuerdo a ello sostenemos que, incluso durante las primeras veinte semanas de embarazo, mientras la mujer conserva su derecho a la Autodeterminación (Choice), los Estados podrían requerir lo siguiente, si así lo creen conveniente: Primeroinformación y asesoría para la madre, si razonablemente requeridos, para ayudarla a tomar su determinación. Esto puede incluir material escrito y fotográfico aunque resulte molesto para la sensibilidad de la madre. Segundo – Orientación obligatoria individual o grupal con uno o varios asesores, dirigida a la toma de la decisión sobre el aborto con un período de espera de hasta setenta y dos horas. Tercero – el Estado podrá requerir de la madre una declaración escrita en la que ratifique que está tomado su determinación en pleno conocimiento y voluntariamente.

La autodeterminación debe ser libre, pero no fácil, pues la facilidad puede volverse indiferencia: antes en este país era más fácil hacerse un aborto que conseguir licencia para conducir y esto nos insensibiliza a todos sobre la gravedad de esta decisión; a todos incluyendo a la madre.

Lo que nos lleva a la parte más importante de este veredicto, porque hay una parte en esto que se supone defendida plenamente por ambas partes pero que en realidad no es la prioridad para nadie, hasta ahora. Pro-vida y Pro-aborto ¿Pero dónde está el movimiento que se autodeclare pro-niñez? Medio millón de niños en este país está en instituciones o en familias de cuidado, porque nuestro actual sistema de adopción sólo puede colocar aproximadamente unos 30.000 cada año, y por eso cada año los no queridos, los no adoptados, los no amados aumentan. Imaginen lo que sucedería con esas cifras si el aborto fuera criminal.

Uno de cada cinco niños en este país está viviendo en la pobreza. Imaginen las cifras para aquellos no queridos. Hay Estados que nos piden regular estrictamente contra el aborto y redistribuir los fondos destinados a los abortos de los desposeídos, resultado en que vienen al mundo cada vez más niños no amados en quienes, frecuentemente, esos mismos estados pierden inmediatamente todo interés. Hoy decimos que no pueden: cada Estado debe aceptar la responsabilidad por esos niños. Debe hacerlo y créanme que desde este día en adelante lo harán. Estamos poniendo el sufrimiento de estos niños no queridos en la agenda de esta Corte hoy mismo, en la primera página, donde pertenece.

Por las razones arriba mencionadas hayamos que el Estatuto de Alabama en que se funda la condena de Virginia Mabes (homicidio en primer grado por aborto) la ha privado de su Libertad sin un debido proceso legal según la 14ª Enmienda. Esa condena es aquí revocada. En estricta conformidad con las nociones arriba mencionadas el Estado de Alabama tiene el derecho, así descrito, a regular el aborto pero sólo como parte de un plan comprensivo –de conjunto– de cuidado infantil, para proporcionar a los niños de dicho Estado la garantía de esos derechos que les reconoce de Protección Igualitaria y Debido Proceso contemplados en la 14ª Enmiendo de la Constitución de los Estados Unidos.

El derecho de los Estados de proteger la vida del feto debe ir junto con el deber a proteger la vida de los niños en los que esos fetos se convierten. El cuidado de los niños efectivamente cuesta dinero y derrochar los ingresos públicos no es la respuesta. (…)"-

 

Por:

Andrés Martínez Pardo

martinezpardoandres[arroba]yahoo.com

Universidad Sergio Arboleda

Escuela de Filosofía y Humanidades

Cátedra: Ética General I.

Septiembre de 2005.

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